P.IMCETON
I 5 2000
I
THEOLOGICAL SEMINakY
BX4625.V4 C352 1963 v.l
Catedral de Caracas. Cabildo.
Actas del Cabildo Eclesiáastico
Caracas; compendio cronoláogico
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BIBLIOTECA DE LA ACADEMIA NACIONAL DE LA HISTORIA
64
ACTAS
DEL CABILDO ECLESIASTICO
DE CARACAS
COMPENDIO CRONOLOGICO
TOMO I
(1580 - 1770)
Fuentes para la Historia Colonial de Venezuela
CARACAS - 1963
LI8HARY OF PHINCETON
AUG 1 7 2000
THEOLOÜICAL Sl.MINAHY
BIBLIOTECA DE LA ACADEMIA
NACIONAL DE LA HISTORIA
64
ACTAS
DEL CABILDO ECLESIASTICO
DE CARACAS
Director de la Academia Nacional de la Historia:
Cristóbal L. Mendoza
Comisión Editora:
Héctor García Chuecos
Carlos Felice Cardot
Guillermo Morón
Joaquín Gabaldón Márquez
Mario Briceño Perozo
Jefe de la Oficina de Publicaciones:
Guillermo Morón
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64
ACTAS
DEL CABILDO ECLESIASTICO
DE CARACAS
COMPENDIO CRONOLOGICO
TOMO I
(1580 - 1770)
LIBHAHY OF PRINCETON
JUL 2 1 2000
THEOLOGICAL SEMINARY
Fuentes para la Historia Colonial de Venezuela
CARACAS - 1963
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ACADEMIA NACIONAL DE LA HISTORIA
Caracas, 1963
Impreso en Venezuela por Italgráflca. c. a.
teléfono 4 1 . 26 . 8 6 - ca rae a s
Portada manuscrita del Indice - Compendio Cronológico de las actas del
Cabildo, elaborado por Juan José Guzmán.
La Academia Nacional de la Historia expresa su
gratitud al muy Venerable Deán y Cabildo de la Iglesia
Catedral de Caracas por haber autorizado la transcrip-
ción de este Indice, cuyo manuscrito original se conserva
en su Archivo, en la Sala Capitular. Igualmente agra-
dece a la Fundación John Boullon la cooperación pres-
tada para llevar a cabo la transcripción.
ESTUDIO PRELIMINAR
DE
Manuel Pérez Vila
A comienzos del siglo XIX, la Iglesia Venezolana había alcan-
zado una plena y bien lograda madurez, tanto en su organización
como en las junciones que a la jerarquía y al clero les correspondía
desarrollar. En el proceso de la integración j urídico-territorial ve-
nezolana, que culminó durante las últimas décadas del siglo XVIII
y primeros años del siguiente, todavía dentro del marco del imperio
hispánico, instituciones como la Capitanía General y la Real Au-
diencia habían extendido ya su jurisdicción, antes de que lo hiciera
la Iglesia, sobre todo el territorio que más tarde iba a constituir la
República de Venezuela. En materia eclesiástica, aquella integración
sólo se produjo en 1804, al quedar erigida en Metropolitana la
sede de Caracas, con los Obispados sufragáneos de Mérida y de
Guayana} . Mas es digno de ser tomado en cuenta, por tratarse de un
hecho no jrecuente en la historia de los dominios españoles de Amé-
rica, que a la cabeza del Arzobispado de Caracas jiguraba un prelado
nativo de la propia provincia* , el Dr. Francisco de Ibarra, quien
había sido años atrás, desde 1778, chantre del Cabildo eclesiástico
de la catedral caraqueña, hasta que jue promovido en 1791 al obis-
1 La Bula de erección del Arzobispado fue dada por el Papa Pío VII en
Roma el 24 de noviembre de 1803. El pase regio estaba contenido en una Real
Cédula de Carlos IV, fechada en Madrid el 16 de julio de 1804. La publicación
de ambos documentos en Caracas — es decir, la fecha del establecimiento efec-
tivo del Arzobispado Metropolitano — fue el 15 de noviembre de 1804. Adsum,
Organo oficial del Arzobispado, Año 48, N° 207, Caracas, abril-mayo 1955,
pág. 315.
2 Había nacido en Guacara en 1726. Murió en Caracas en 1806. Véase,
para datos biográficos: Nicolás Eugenio Navarro, Anales Eclesiásticos Ve-
nezolanos. Caracas, 1951 (2a edición), págs. 177-186. Mencionado en lo sucesivo.
Anales.
XIV
ESTUDIO PRELIMINAR
pado de Guayaría, de donde se le trasladó en 1799 al de Caracas,
y al ser convertido éste en Arzobispado continuó al frente de él como
primer Arzobispo de Venezuela, luego de haber sido el primer Obispo
venezolano.
Este hecho, simple en apariencia, y que podría ser considerado
como baladí por un observador superficial, es índice elocuente, sin
embargo, de que la Iglesia Venezolana había sabido cumplir a ca-
balidad su tarea, suscitando las vocaciones en el medio vernáculo y
llevando a los más altos puestos de la jerarquía eclesiástica, dentro
de la propia Capitanía General, a meritorios hijos de Venezuela.
Así, a partir de los comienzos dijíciles a los que más adelante me re-
feriré, las creencias religiosas y el desarrollo del espíritu nacional
tuvieron entre sí íntima vinculación. Si se compara el caso del Obispo-
Arzobispo /barra con tos de los Capitanes Genera/es, Intendentes o
Regentes de Audiencia, la dijerencia se hace bien patente, pues nunca
se vio en Venezuela a alguien nacido en la Provincia — y por lo
común, ni siquiera a un criollo de cualquier región de Hispano-
américa — desempeñar tan alias funciones1.
Dejemos, sin embargo, apuntado el lema, sin insistir por ahora
en él. Tampoco habremos de intentar aquí — en sus aspectos posi-
tivos, como en sus limitaciones y errores — el balance de la acción
de la Iglesia en Venezuela durante el dominio hispánico, en el triple
campo de lo espiritual, lo cultural y lo económico-social. Nos inte-
resaba destacar cómo la Iglesia jue — a la par del Cabildo secular —
la institución que más pronta y projundamente se criollizó, no en
dogmas y doctrinas, claro, pero sí en hombres y en procedimientos.
Y poner de relieve asimismo el importante papel que desempeñó du-
rante aquellos siglos, papel que sintetiza agudamente Octavio Paz al
escribir: « La Iglesia Católica es el centro de la sociedad colonial
porque de verdad es la juente de la vida que nutre las actividades, las
pasiones, las virtudes y hasta los pecados de siervos y señores, de
juncionarios y sacerdotes, de comerciantes y militares. Gracias a la
1 Distinto es el caso, naturalmente, del Cabildo secular, del Municipio,
que por sus atribuciones fue en Hispanoamérica el órgano específico de las
aspiraciones populares, o tal vez sea más exacto decir, vehículo de la presión
económico-política de los grupos dirigentes criollos. Sin embargo, recuérdese
que el 19 de abril de 1810, si uno de los dos Alcaldes que luego compartieron la
jefatura de la Junta, Martín Tovar Ponte, era vastago de una linajuda familia
mantuana de Caracas, el otro Alcalde, Joseph de las Llamozas, era un español
europeo, como entonces se decía.
ESTUDIO PRELIMINAR
XV
religión, el orden colonial no es una mera superposición de nuevas
formas históricas, sino un organismo viviente. Con la llave del bau-
tismo, el catolicismo abre las puertas de la sociedad y la convierte
en un orden universal abierto a todos los pobladores »*. Así, colocada
la Iglesia en el centro mismo de la vida colonial, la publicación de
sus fuentes documentales habrá de interesar no tan sólo a quienes
cultiven la Historia Eclesiástica, sino asimismo a los estudiosos de
la cultura, de la economía, de la evolución política y social del país.
*
* *
Se ha dicho, y con razón, que ta preocupación por conservar los
testimonios del pasado — edificios, utensilios, escritos, monedas, etc.
— es propia de pueblos o comunidades que han alcanzado un grado
de plenitud en su desarrollo. Y claro exponente de la madurez que,
como se dijo más arriba, había logrado la Iglesia Católica en Ve-
nezuela, jueron los acuerdos tomados en septiembre de 1806 y en
julio de 1807 por el Cabildo Eclesiástico de la Catedral de Caracas,
para que se procediese a reordenar, restaurar y encuadernar los
Libros manuscritos de Actas del Cabildo, y para que se elaborasen
dos índices, cronológico y alfabético, del contenido de dichos libros.
Queden aquí consignados, como tributo de gratitud que les debe la
posteridad, los nombres de quienes constituían el Cabildo cuando se
adoptaron aquellos acuerdos, que salvaron un archivo de inapreciable
valor para la Historia de Venezuela: el Deán Pedro Martínez, el Ar-
cediano Antonio Patricio de Alcalá, el Chantre Joseph Francisco
López Aléndez, el Al aestr escuela Baltasar Alarrero, el Tesorero San-
tiago de Zuloaga, el Canónigo Alagistral Juan Vicente de Echeverría,
el Canónigo Penitenciario Joseph Suárez de Aguado, el Canónigo
Doctoral Domingo Blandín, el Canónigo de Merced Joseph Cortés
Madariaga, los racioneros Raymundo Bolea y Justo Buroz, y los
medio racioneros Francisco Antonio Pimentel, Domingo Díaz Argote,
y Nicolás Antonio Osío.
*
* *
La misión de reorganizar y preservar el archivo capitular, así
como la elaboración de los índices cronológico y alfabético, recayó
1 Citado por Jaime Delgado, en « La cultura en la colonización de Amé-
rica ». Bolívar (Revista Colombiana de Cultura), vol. XIII, Nos. 55-58. Bogotá,
enero-diciembre 1960, pág. 50.
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Portada manuscrita del más antiguo Libro de Actas del Cabildo Eclesiástico
(1580 - 1625).
ESTUDIO PRELIMINAR
XVII
en el meritorio sacerdote que desempeñaba entonces las Junciones de
Secretario del Cabildo: el presbítero Juan Joseph Guzmán. No hubiera
podido encontrarse persona más apta e idónea para aquella tarea, ni
que hubiera sido capaz de llevarla a jeliz término con el entusiasmo,
la dedicación y la constancia realmente ejemplares de que dio pruebas
Guzmán. Este, cuando aún vestía sólo traje talar, había acompañado
al gran Obispo Jlariano Martí en la visita pastoral realizada de
diciembre de 1771 a marzo de 1784, como notario, sustituto del se-
cretario, y hombre de confianza. Lo jué también del sucesor de Martí,
el Obispo jray Juan Antonio de la Virgen Alaría y Viana quien Le
conjirió en 1793 las Sagradas Ordenes y años después, cuando jue
trasladado al Obispado de Almería, en España, quiso llevárselo con-
sigo, lo cual no se llevó a efecto. Consumado latinista — como lo
demuestra su elogio fúnebre del Obispo Martí — el presbítero Guzmán
desempeñó luego las Junciones de V ice-Secretario del Arzobispo
Ibarra. En los dijíciles tiempos de la guerra de la independencia,
mereció la entera conjianza que en él depositó el Arzobispo Narciso
Cotí y Prat, a quien secundó Guzmán con discreta e ilustrada Jide-
lidad. Cuando bajó al sepulcro, en octubre de 1819, desempeñaba
aún el cargo de Secretario del Cabildo Eclesiástico. De él ha escrito
quien mejor ha estudiado su persona y sus actuaciones: « Durante
más de cuarenta años Jue el hombre de la máxima conjianza de sus
cuatro prelados, Jidelísimo y leal servidor, llevando los libros, lo mismo
del Archivo episcopal que los del Cabildo, con tal exactitud y escru-
pulosidad, al mismo tiempo que con la más hermosa caligrajía del
Archivo, que se desearía hubiese durado un siglo más en el ojicio »'.
Hasta el año de 1807, las Actas del Cabildo Eclesiástico se habían
asentado en 25 volúmenes, numerados de 1 a 23 inclusive, pues había
dos de ellos {el 7 y el 18) que tenían repetido el número. Al volumen
más antiguo, que abarcaba el período 1580-1625, luego de haber sido
convenientemente restaurado y reencuadernado bajo el cuidado del
Secretario Guzmán, se le colocó una carátula redactada por éste, que
a la letra rezaba así:
« Libro primero de Acuerdos Capitulares del M[uy] V[enerable]
Se[ñor] Deán y Cabildo de esta Santa Iglesia, entonces Catedral y
1 Jaime SuriÁ, El eximio Prelado doctor Jlariano Martí, Obispo de Caracas
y Venezuela. Caracas, 1962, págs. 30-31. De este trabajo hemos extractado
la mayor parte de los datos que proporcionamos sobre Guzmán. Es de desear
que el Padre Suriá publique pronto su anunciado estudio biográfico sobre tan
interesante personaje, precursor de los archiveros venezolanos.
la — Aclat, I.
XVIII
ESTUDIO PRELIMINAR
hoy Aletropolitana. Está, joliado desde el número 1 hasta el 281,
pero le Ja/tan el 198 y 199, y otros dos más que no le hacen Jaita, pues
sigue bien lo escrito, y acaso sería error al numerar; pero también
tiene menos el 245 y 246 que le pueden hacer Jaita y no se hallaron
al tiempo de hacerse esta nueva encuademación en el presente año
de 1807 de mandato del M. V.S. Deán y Cabildo en acta de 12 de
septiembre de 1800. Comienza en 3 de septiembre de 1580, y sigue
hasta 25 de agosto de 1625. Del Jolio 258 hasta el Jin contiene algunos
inventarios. Es el Libro más antiguo que existe en este Archivo Ca-
pitular ». Y al pie, Jirmaba y rubricaba: « Juan Joseph Guzmán,
Secretario del Cabildo ».
Los pormenores que Jiguran en esta carátula, toda de puño y
letra de Guzmán, dan Je del celo y la escrupulosidad con que se
abocó a su tarea. Haciendo gala de una extraordinaria capacidad de
trabajo, el Secretario del Cabildo, luego de haberse concluido la encua-
demación de los 25 libros y de haber provisto a cada uno de éstos
de una carátula similar a la transcrita, emprendió la elaboración
de los índices cronológico y alfabético, el primero de tos cuales
quedó terminado el 31 de diciembre de 1808, al cumplirse los diez
y ocho meses de haberle sido encomendado aquel trabajo por el Ca-
bildo. Es verdad que Guzmán hubo de contar con la cooperación de
uno o más amanuenses. Por otra parte, varios indicios permiten su-
poner que tal vez él hubiera ya empezado por su cuenta los índices
antes de la resolución ojicial del Cabildo. Es cierto igualmente que
el índice alfabético1 hubo Jorzosamente de ser terminado más tarde,
pues sus entradas no rejerían directamente a los Libros de Actas,
sino al índice cronológico. Pero así y todo, la labor que llevó a cabo
es de una magnitud extraordinaria. Piénsese que sólo para redactar
el índice cronológico, hubo de leer unos 7.500 Jolios, o sea, 15.000
páginas, de letra manuscrita, a veces casi ilegible, ya Juese por ha-
berse desvaído la tinta, o porque el exceso de anilina había corroído
1 He aquí su carátula: « Indice Alfabético de lo contenido en los Acuerdos
del M[uy] V[enerable] S[eñor] Deán y Cabildo de esta Santa Iglesia antes Ca-
tedral y ahora Metropolitana del Arzobispado de Caracas y Venezuela exten-
didos en sus respectivos Libros Capitulares y substancialmente extractados en
otro Indice Cronológico de ellos, a que es relativo el presente, el cual se ha for-
mado en virtud de lo dispuesto por su Señoría Muy Venerable en sus actas de
3, 17 y 31 de julio de 1807. Consta de 184 hojas todas sucesivamente numeradas
desde la que sigue por el infrascrito Presbítero Juan Joseph Guzmán [rubricado],
Secretario de Cabildo ».
ESTUDIO PRELIMINAR
XIX
el papel; amén de que la escritura encadenada o curialesca en que
aparecen asentadas no pocas actas desde Jines del XVI hasta me-
diados del XVII no debía de facilitarle la tarea. Pero Guzmán su-
peró todos los obstáculos y pudo presentar ante el Cabildo un grueso
tomo de 554 folios en el cual, por orden cronológico estricto, figu-
raban los extractos, clara y elegantemente redactados, del contenido
de cada una de las actas de las sesiones celebradas por el Cabildo
Eclesiástico desde el 3 de septiembre de 1580 hasta el 31 de diciembre
de 1808, siempre que tales actas hubiesen sido consignadas en los
Libros del Cabildo. Al margen de cada extracto, Guzmán había ano-
tado el Libro y el folio en donde se hallaba el acta original, con lo
cual la obra que había elaborado era a la vez un índice y un compendio
de las actividades del Cabildo Eclesiástico durante aquel período.
La portada decía así:
« Indice Cronológico de los Acuerdos del M\uy\ V[enerable\
S[eño]r Deán y Cabildo de esta Santa Iglesia antes Catedral, y ahora
Metropolitana del Arzobispado de Caracas y Venezuela extendidos
en sus respectivos Libros Capitulares. Se ha formado en virtud de
lo dispuesto por su Señoría Jluy Venerable en sus actas de 3, 17 y
31 de julio de 1807. Consta de 554 fofas todas sucesivamente nume-
radas desde la que sigue por el infrascrito Presbítero Juan Joseph
Guzmán [rúbrica], Secretario de Cabildo ».
Tal es la obra que publica ahora en dos volúmenes de su Biblio-
teca la Academia Nacional de la Historia, en la serie « Fuentes para
la Historia Colonial de Venezuela ».
*
* *
« Los Cabildos — - escribe un ¿lustrado sacerdote venezolano1 —
se llamaron también Capítulos, por el Capítulo de la Escritura o
de las Reglas que leían en sus reuniones; etimológicamente, ambos
nombres se derivan de ¿a palabra latina Caput; históricamente toman
su origen del antiguo Presbiterium, que ayudaba al Obispo, con su
obra y su consejo, en el gobierno de la Diócesis; sus miembros se
llamaron canónigos, porque estaban inscritos en la matrícula de la
Iglesia Catedral, llamada Canon, o porque vivían según una regla,
1 Guillermo Figuera, La Iglesia y su Doctrina en (a Independencia de
América. Contribución al estudio de las causas de la Independencia. Biblioteca
de la Academia Nacional de la Historia. Vol. 33. Caracas, 1960, pág. 21.
XX
ESTUDIO PRELIMINAR
dicha Canon; o porque vivían del estipendio que se les daba de los
proventos de la Iglesia, cuyas rentas jormaban el Canon: por primera
vez se les llama « Capítulos » en el concilio II de Letrán; jurídica-
mente, los Cabildos, como no se concibe principado sin Senado, ni
autoridad sin Consejo, desde el siglo XII adquieren ciertos honores
y derechos propios, cuando antes constituían una sola Corporación
con el Obispo; Jueron sujeto de derecho, por consiguiente persona
jurídica, con atribuciones propias y exclusivas, como el derecho de
elegir el Obispo, de gobernar la diócesis, sede vacante, y de ayudar
al Ordinario en el régimen de la diócesis ». Luego de haber expuesto
así, con insuperable concisión, tanto el origen como las junciones de
los Cabildos Eclesiásticos, el historiador que nos sirve de guía en la
materia agrega, entre otros pormenores de interés, que « el Derecho
Canónico vigente lo dejine [al Cabildo] como Colegio Sacerdotal dec-
linado a servir al culto de la Catedral y a asistir al Obispo con su
consejo o asentimiento, como Senado, y a gobernar la Diócesis, sede
vacante o impedida »'.
En efecto, entre las junciones esenciales del Cabildo jiguraban
las de sostener el culto divino en la iglesia catedral, celebrando dia-
riamente la misa conventual y recitando en el coro la,r horas canónicas.
Además, en sede plena, es decir, mientras el Obispo se hallase a la
cabeza de la diócesis, el Cabildo actuaba como cuerpo consultivo del
Prelado en ciertos negocios trascendentales que requerían meditación
y consejo. En los casos de sede vacante — es decir, luego del jalleci-
miento de un Obispo, antes de que tomase posesión el sucesor, la cual
podía retrasarse por años durante el período colonial — el Cabildo
se convertía en la más alta autoridad eclesiástica de la diócesis, a la
cual gobernaba directamente. A partir del Concilio de Trento, o sea,
desde el último tercio del siglo XVI, el Cabildo hubo de designar un
Vicario Capitular que gobernase en su nombre. Este vicario era gene-
ralmente algún prebendado, si bien no jue tampoco raro que se le eli-
giese entre los sacerdotes ajenos al Cabildo. En todo caso, éste solía re-
servar para sí importantes jacultades, y conservaba el derecho de revocar
el nombramiento. De este modo, la jurisdicción ejecutiva del Cabildo
Eclesiástico que, en sede plena, apenas si trascendía los muros de la
catedral, hacíase extraordinariamente amplia, hasta abarcar el terri-
torio entero de la diócesis, en los casos de hallarse vaca la sede epis-
copal. Como estos casos, dadas las dijicultades en las comunicaciones,
1 Guillermo Figuera, op. cit., págs. 21-22.
ESTUDIO PRELIMINAR
XXI
se presentaron con relativa frecuencia en Venezuela durante el do-
minio hispánico, el Cabildo hubo de asumir en numerosas ocasiones^
por períodos de dos a tres años generalmente, pero a veces hasta de
seis o siete, el gobierno del Obispado, ya por sí, ya mediante Vicario
Capitular.
*
* *
La primera sede episcopal venezolana — y en ella, su corres-
pondiente capítulo — Jue erigida en la ciudad de Coro, mediante
Bula expedida en Roma el 21 de junio de 1531 por el Papa Cle-
mente VII, que en la parte que nos interesa, decía así:
«... por el tenor de las presentes señalamos con título de ciudad
el pueblo llamado Coro que está en la dicha provincia de Venezuela
en la cual hay algunos cristianos e instituímos en ella una iglesia
catedral debajo la invocación que parecerá al mesmo don Carlos
Emperador, en la cual esté un Obispo llamado de Coro que en la
iglesia y ciudad dicha y diócesis que se le señalare predique la pa-
labra de Dios y convierta los naturales infieles delta y las gentes
bárbaras al culto de la Santa Fe Católica y les dé la gracia del bau-
tismo y administre y haga administrar así a todos los convertidos
como a los demás fieles que hubiere en la dicha ciudad y diócesis y
a los que a ella y de otras partes vinieren, los sacramentos eclesiás-
ticos y las demás cosas espirituales. E instituya en la dicha iglesia,
ciudad y diócesis dignidades, canonjías, prebendas y beneficios ecle-
siásticos con cura y sin cura, y distribuya y siembre las demás cosas
espirituales como mejor le parezca que convenga al culto divino y
salud de las ánimas de los naturales . . . »2.
1 Por varios años, aunque sin poderse precisar bien cuáles, en tiempos
del Obispo fundador, Diego de Bastidas, a partir de 1531; luego, desde el tras-
lado de Bastidas hasta la llegada del sucesor, Miguel Jerónimo de Ballesteros,
entre 1542 y 1547 posiblemente; por corto tiempo también a la muerte del
tercer Obispo, Fray Pedro de Agreda, en 1579-1580; y luego, de 1592 a 1595;
de 1596 a 1599; de 1600 a 1603; de 1610 a 1612; en 1618-1619; de 1633 a 1635;
de 1637 a 1640; de 1653 a 1661; de 1668 a 1672; de 1682 a 1684; de 1706 a 1712;
en 1717-1718; de 1729 a 1731; en 1741-1742; de 1747 a 1750; en 1752-1753;
en 1755-1756; en 1769-1770; en 1792-1793; de 1806 a 1808. Es decir, en números
redondos, unos 75 años sobre un total de 277 que corrieron de 1531 a 1808.
Véase Anales, págs. 505 sgs.
2 Anales, págs. 11-12. Hemos modernizado la ortografía.
XXII
ESTUDIO PRELIMINAR
Las « dignidades, canonjías, prebendas *, del párrajo tránsenlo,
apuntan, aun cuando no se le mencione expresamente, al Cabildo
Eclesiástico. De acuerdo con la Bula de Clemente VII, el primer
Obispo « de Coro y Venezuela », Rodrigo de Ba.rtida.r, Jirmó en
Medina del Campo el 4 de junio de 1532 unas « letras * o consti-
tuciones para la organización de su diócesis. En ellas, luego de se-
ñalar la iniciativa de los monarcas españoles al pedir a la Santa
Sede la creación de nuevas diócesis en tas tierras recién descubiertas,
y después de insertar el texto de la Bula citada, el Obispo escribía:
« Después de la presentación y recibimiento de las letras Apos-
tólicas fuimos con debida instancia requeridos de la serenísima Reina
Doña Juana y del Emperador don Carlos su hijo nuestros señores
Reyes de Castilla que procediendo al cumplimiento de las dichas
letras Apostólicas y de las cosas en ellas contenidas ordenásemos e
instituyésemos en la dicha nuestra iglesia catedral en honor de Santa
Ana en la dicha provincia de Venezuela tierra Jirme del mar océano,
dignidades, canonjías, prebendas, raciones y otros benejicios y o/icios
eclesiásticos todos los que nos parecieren más convenir ansi en la
dicha ciudad como por toda la diócesis, por lo cual
« Nos don Rodrigo de Bastidas Obispo y Comisario Apos-
tólico ya dicho considerando la petición y requerimiento ser justo y
muy allegado a razón queriendo como verdadero hijo de obediencia
guardar y cumplir los mandamientos apostólicos a Nos dirigidos
como somos obligados aceptamos la dicha comisión y con la misma
autoridad apostólica de la cual usamos en esta parte y pidiéndolo
su Jlajestad en la dicha iglesia catedral de la ciudad de Coro y de
la dicha provincia de Venezuela a honra de Dios y de Nuestro Señor
Jesucristo y de la bienaventurada Virgen Santa Alaría su madre y
de La bienaventurada Santa Ana en el título y debajo del título de la
cual por el dicho nuestro Santísimo Padre la catedral Iglesia es
elegida.
« Deán. Por el tenor de las presentes letras elegimos criamos e
instituimos el deanazgo la cual dignidad primera después de la
Obispal asista en la misma Iglesia — el cual Deán provea y procure
el o/icio divino y todas las demás cosas que al culto divino perte-
necen ansi en el coro como en el altar y en las procesiones y en el
cabildo — y donde quiera que el cabildo estuviere junto procure que con
todo silencio, honestidad y modestia recta y religiosamente sea hecho,
al cual asimismo te pertenezca dar licencia a tos que con justa causa
explicándola y no de otra manera les conviniere salir juera del coro.
ESTUDIO PRELIMINAR
XXIII
« Arcediano. Elegimos más en la dicha iglesia catedral un arce-
dianazgo a la cual dignidad le pertenezca el examen de tos clérigos
que hubieren de ser ordenados y la administración al Obispo en el
altar cuando hubiere de administrar el oficio de pontifical y siendo
nombrado por el Obispo podrá ser visitador y ejercer otras cosas que
de derecho le competen y el que a esta dignidad ha de ser presentado
ha de ser bachiller en cánones o leyes.
« Chantre. Instituimos y ordenamos una chantría a la cual
ninguno pueda ser presentado si a lo menos no fuere músico en
canto llano, el oficio del cual sea cantar en el facistol y enseñar a
cantar a los ministros de la iglesia y finalmente ordenar y corregir
y enmendar en el dicho coro y donde quiera por sí mismo y no por
otra persona todo aquello que conviniere al canto.
< Maestrescuela. Item erigimos una maestrescolía a la cual Dig-
nidad ninguno sea presentado si no fuere por alguna de las univer-
sidades de España graduado de bachiller en santa teología o en artes
el cual sea obligado por sí o por otra persona enseñar gramática a
los clérigos y a los ministros de la iglesia y a todos los parroquianos
que lo quisieren o ir.
« El Tesorero. Item asimismo instituimos una tesorería y el
oficio del que a ella fuere presentado ha de ser cerrar y abrir la iglesia,
mandar hacer tañer las campanas guardar todos los muebles perte-
necientes al servicio de la iglesia y tener cuidado de las lámparas,
del incienso, de las candelas y pan y vino y de todas las demás cosas
necesarias para celebrar y también proveer que sean guardadas y
gastadas con parecer del cabildo de la iglesia las rentas y frutos de
la dicha iglesia
Seguían los parágrafos que trataban de la institución de un
prior y seis canónigos, de cuatro racioneros y otros tantos medio
racioneros, dos curas párrocos de la Catedral, seis acólitos, seis ca-
pellanes, y sacristán, organista, pertiguero, mayordomo o procu-
rador, notario, hasta llegar al perrero o caniculario. Mas lo cierto
es que muchas de las plazas previstas en este documento no vinieron
a llenarse sino muchos años más tarde, e inclusive hubo alguna — la
del prior, si no andamos desencaminados — que nunca se estableció
formalmente, y quedó tan sólo en el papel. El mismo Obispo, que había
planeado la organización de su catedral cor ¿ana de acuerdo con mo-
1 Anales, págs. 13-15. Se ha modernizado la ortografía.
XXIV
ESTUDIO PRELIMINAR
délos de la Península — Sevilla, y Palencia — comprendió que su
establecimiento de hecho había de llevarse a cabo paulatinamente en
tierras de América. Y por tal motivo, se decía acto seguido en las
mencionadas « tetras », que a causa de no haber diezmos bastantes para
sustentar todas las dignidades y canonicatos previstos, se suspendía
o difería la creación del deanazgo, del arcedeanazgo, de la tesorería
y del priorato; de los seis canónigos se suspendían cuatro; de los
cuatro racioneros, dos; y asimismo quedaban aplazados entonces los
cuatro medio racioneros, los acólitos y capellanes, el organista, el
pertiguero, el mayordomo, el notario y el perrero, « hasta tanto y
cuando juere Dios servido que mejorándose los tiempos y los réditos
y /rulos de la dicha santa Iglesia vayan en aumento y se acrecienten
y haya bastantes diezmos ■». En tal caso, y sin necesidad de nuevas
disposiciones, se procedería a llenar las plazas del Deán, del Arce-
diano, Tesorero y otras dignidades, prebendas y oj icios previstos, por
orden jerárquico.
De manera que el Cabildo Eclesiástico de la primera Catedral
venezolana — la de Coro, posteriormente trasladada a Caracas —
constaba en sus comienzos de sólo Chantre, Maestrescuela y dos ca-
nónigos. Y esto aun en teoría, pues en la práctica la plaza del ¿Maes-
trescuela no jue llenada sino muchos años más tarde. De hecho, el
Cabildo actuó, durante el resto del siglo XVI y casi todo el siglo XVII
con sólo las cuatro dignidades siguientes: Deán, Arcediano, Chantre
y Tesorero, cuyas junciones respectivas se desprenden de las « letras *
del Obispo Bastidas arriba transcritas. Es de advertir, sin embargo,
que durante el siglo XVI y primera mitad del XVII jue muy raro
que esas cuatro dignidades se hallasen presentes al mismo tiempo
en Coro. A veces, y esto jue lo más usual, había únicamente dos;
en ocasiones, una sola persona jormó Cabildo, y aun hubo largos
períodos durante los cuales parece que el Cabildo estuvo enteramente
desierto. Sin embargo, a partir de la traslación de la sede episcopal
a Caracas, la situación se regularizó mucho. En cuanto a las demás
prebendas, el primer canónigo de merced que tomó posesión lo hizo
en 1688; el primer canónigo penitenciario, en 1697 ; el primer canó-
nigo magistral, en 1700; los primeros racionero y medio racionero,
respectivamente, en 1725 y 1726; el primer canónigo doctoral, en
1732, y el maestrescuela en 17 37* .
1 Ya se ha visto, más arriba, por declaración del Obispo Bastidas, cuales
eran las funciones del maestrescuela y de los racioneros y medio racioneros-
ESTUDIO PRELIMINAR
XXV
Volviendo ahora a las constituciones del Obispo Bastidas, diremos
que jijaban la « paga a las dignidades y ojie i ales » del modo si-
guiente: 200 pesos anuales al Deán; 150 al Arcediano, Chantre,
Al aestr escuela y Tesorero; 130 a los canónigos; 100 a cada racionero,
80 a cada medio racionero, y así iba descendiendo la escala jerárquica
hasta llegar al perrero, que percibía 12 pesos anuales. Y como sea
— añadía el Obispo — que « el benejicio se da por el ojicio, man-
damos en virtud de santa obediencia que estos estipendios se den a
los que de día y de noche estuvieren presentes a los Ojicios Divinos,
de suerte que desde el deán hasta el acólito y el ínfimo ojicio que no
estuviere presente a los Divinos Ojicios sea multado todas las veces
[a] rata del sueldo en su salario ». Las dignidades, canónigos y ra-
cioneros estaban obligados a residir y servir ocho meses por año en
la Catedral so pena de perder el empleo, si bien se exceptuaban, bajo
ciertas condiciones, los casos de enfermedad, así como los viajes
emprendidos para servicio y utilidad de la Iglesia, con anuencia
del Obispo y del Cabildo. De los diezmos de la diócesis habían de
hacerse cuatro partes iguales, una de ellas para el Prelado y otra
para el Deán y Cabildo, la cual había de dividirse entre sus miembros
de acuerdo con el monto de los sueldos que les habían sido asignados.
Las dos cuartas partes restantes proveían a los « novenos reales »,
a la edijicación y reparo de iglesias, al sostenimiento de hospitales,
y al sustento de los curas de la diócesis.
Un parágrajo del documento que glosamos se rejería al « escusado
de la Catedral », expresión que por aparecer con jrecuencia en el
texto que ahora se edita, consideramos necesario aclarar, acudiendo
para ello a la autoridad de Monseñor Navarro, quien expone así el
punto: « Llamábase Casa del Escusado, en lenguaje 'decimal' , una
casa o dezmero cuyos diezmos, tanto en la ciudad episcopal como en
cada una de las parroquias, cedían exclusivamente en javor de la
Iglesia Catedral, de manera que no se incluían en la masa común
de los diezmos. Era éste un privilegio para cada Catedral, en recono-
cimiento de su principalidad, como madre de todas las demás iglesias
de la Diócesis. Pero bajo la regla de que no debía elegirse para tal
decimación al parroquiano mayor, o más rico de la localidad, sino
al que le siguiere en opulencia: secundus post primum
El canónigo doctoral era el asesor jurídico del Cabildo, y había de estar doc-
torado, o ser perito, en Derecho Canónico; el canónigo magistral era el predi-
cador propio del Cabildo; el penitenciario era su confesor.
1 Anales, págs. 20-21, nota 15.
XXVI
ESTUDIO PRELIMINAR
En otros parágrafos, tras de estipular que el O/icio Divino había
de decirse según la costumbre de la Catedral de Sevilla, se jijaban
de un modo detallado las obligaciones de los prebendados en lo tocante
a la celebración de la misa y a las horas canónica-t, así como los
proventos que en cada caso les correspondían: « Item en la Iglesia
Catedral en los días de Jiesta ha de haber una solemne misa en la
hora de tercia, y en todos los otros días ha de haber dos misas una
en la hora de prima y ésta todos los primeros viernes de cada mes
ha de ser de aniversario por los Reyes de España, los sábados se ha
de decir solemne por la salud de los Reyes presentes.
« Item todos los lunes primeros de cada mes se ha de decir una
misa solemne por las Animas del Purgatorio, en todos los demás
días la primera misa se puede decir por quien mejor la dotare a
contento del ordenamiento del Cabildo, la segunda misa que se ha
de decir a la hora de tercia cada día ha de ser de la jiesta o de la feria
según la costumbre de la Iglesia de Sevilla.
« Item al que celebrare la misa mayor juera de la común distri-
bución señalada le concedemos el triple de la distribución corres-
pondiente a cualquiera hora del día, y el diácono la lleve doblada
y el subdiácono sencilla, y el que no estuviere presente a la misa, no
gane la tercia y sexta de aquel día si no juera por justa causa y con
licencia del que en el coro presidiere; al cual sobre el dar la dicha
licencia le encargamos la conciencia.
« Item mandamos que el que estuviere presente en maitines y en
las laudes gane tres veces más que en cualquiera de las horas diurnas
y pueda llevar el estipendio de la prima aunque a ésta no esté pre-
sente
Finalmente, para concluir esta glosa de los párrafos que en ei
escrito del Obispo Bastidas hacen rejerencia al establecimiento y a
las junciones del Cabildo Eclesiástico de la primera Catedral vene-
zolana, anotaremos que, dos veces por semana, había de reunirse
el Cabildo en dicha Catedral: « la una vez el martes, adonde se ha
de tratar de los negocios que hubiere, y la otra el viernes en la cual
no se ha de tratar sino de la corrección y enmienda de la vida y de
las cosas que pertenecieren al divino culto ». En tales reuniones
— llamadas también cabildos o capítulos — tenían voz y voto, en
igualdad de condiciones, Deán, Arcediano, Chantre y Tesorero. En
1 Anales, págs. 21-22.
ESTUDIO PRELIMINAR
XXVII
cuanto a los racioneros y medio racioneros, se disponía que tuviesen
también voto, en lo espiritual y en lo temporal, « pero no — se agre-
gaba — en las elecciones y cosas prohibidas por derecho, que en
éstas [sólo] las dignidades han de tener voto ».
El 13 de septiembre de 1505, cinco lustros antes de la erección
de la Catedral de Coro y Venezuela, Fernando el Católico le escribía
a su embajador en Roma:
« Yo mandé ver las Bulas que se expidieron para la creación y
provisión del Arzobispado y Obispados de la Española; en los cuales
no se nos concede el Patronazgo de los dichos Arzobispados y Obis-
pados, ni de las dignidades y canonjías, raciones y beneficios con
cura y sin cura que en la dicha isla Española se han de erigir. Es
menester que Su Santidad conceda el dicho Patronazgo de todo ello
perpetuamente a mí y a los Reyes que en estos Reinos de Castilla
y de León sucedieren, aunque en las dichas bulas no haya sido hecha
mención de ello, como hizo en las del Reino de Granada »1.
A consecuencia de éstas y de posteriores gestiones del monarca
español, el Papa Julio II le concedió el deseado Patronato Regio
sobre la Iglesia en América, por la célebre Bula Universalis Ec-
clesiae regimini, de 28 de julio de 1508. Para lo que hace a nuestro
propósito, bastará recordar que en ella se concedía al Rey y a sus
sucesores, entre otras prerrogativas, el derecho de « presentación » de
Obispos, Dignidades de los Cabildos, Canónigos, Párrocos, derecho
que en la práctica equivalía al nombramiento efectivo. Los Arzo-
bispos, Obispos y Abades eran presentados directamente por el Rey
al Santo Padre. Los miembros de los Cabildos Catedralicios, canó-
nigos, racioneros y medio racioneros eran presentados por el propio
Monarca, o su Consejo de Indias, al Prelado de la Diócesis. En el
nombramiento de párrocos y doctrineros intervenían, por la potestad
civil, los Virreyes, Capitanes Generales o Regentes de Audiencias.
Los diversos aspectos del Regio Patronato Indiano fueron más tarde
recogidos en la llamada « Cédula Magna » de Felipe II, dada en
el Escorial a Ia de junio de 1574, de la cual se reproducen a conti-
nuación los párrafos relativos a los Cabildos y a sus miembros:
1 Pedro de Leturia, S. I., Relaciones entre la Santa Sede e Hispano-
américa. Roma-Caracas, 1959, vol. I, pág. 13.
XXVIII
ESTUDIO PRELIMINAR
« Queremos y mandamos que no se elija, instituya, junde ni
constituya Iglesia Catedral ni parroquial, monasterio, hospital,
Iglesia votiva ni otro lugar pío ni religioso sin consentimiento ex-
preso nuestro o de la persona que tuviere nuestra autoridad y veces
para ello y otro. Y que no se pueda proveer ni instituir Arzobispado,
dignidad canónica, ración ni media ración, benejicio curado ni
simple ni otro cualquier benejicio eclesiástico o religioso sin consen-
timiento o presentación nuestra o de quien tuviere nuestras veces y
que la tal presentación y consentimiento sea por escrito en el estilo
acostumbrado.
« Los Arzobispados u Obispados se provean por nuestra presen-
tación hecha a nuestro muy Santo Padre que por tiempo fuere como
hasta aquí se ha hecho.
« Las dignidades, canonjías, raciones y medias raciones de todas
las iglesias catedrales de las Indias se provean por presentación
hecha por nuestra provisión real librada por nuestro Consejo Real
de las Indias y jtrmada de nuestro nombre y por virtud de la cual
el Arzobispo u Obispo de la Iglesia donde juere la dicha dignidad,
canonicato o ración le haga colación y canónica institución la cual
asimismo sea por escrito sellada con su sello y jirmada de su mano,
y sin la dicha presentación y título, colación y canónica institución
por escrito no se dé la posesión de la tal dignidad canónica, ración
y media ración ni se le acuda con los jrutos y emolumentos de ella
con las penas contenidas en las leyes contra los que van contra nuestro
Patronazgo Real.
« Cuando en alguna de las Iglesias catedrales de las Indias no
hubiere cuatro benejiciados por lo menos residentes proveídos por
nuestra presentación y provisión y canónica institución del prelado,
por estar las demás prebendas vacantes o estando proveídas por estar
los beneficiados ausentes aunque sea por legítima causa por más de
ocho meses, el prelado, entre tanto que Nos presentamos, elija al
cumplimiento de cuatro clérigos sobre los que hubiere proveídos resi-
dentes de los más hábiles y suficientes que se ojrecieren o pudieren
hallar para que sirvan el coro, altar e Iglesia de curas si juere me-
nester en la dicha iglesia en lugar de las prebendas vacantes o de los
ausentes, como dicho es, a los cuales señalará salario competente
como Nos lo tenemos ordenado a cuenta de las prebendas vacantes
o de los ausentes y la dicha provisión no sea en título sino ad nutum
et amovibilem. Y no tendrá silla de benejicio en el coro ni entrarán
ni tendrán voto en Cabildo y habiendo cuatro benej ¿ciados o más en
ESTUDIO PRELIMINAR
XXIX
la Iglesia Catedral los prelados no se entremetan a proveer ninguna
prebenda ni poner sustituto en ella así en las que mearen como en
las que estuvieren ausentes, sino darnos lian noticia para que Nos
presentemos o proveamos lo que convenga.
« Ningún Prelado, aunque tenga cierta relación e información de
que Nos hemos presentado alguna persona a dignidad, canonicato u
otro cualquier benejicio, no le hará colación ni canónica institución
ni le mandará dar la posesión sin que primero le sea presentada
nuestra provisión original de la dicha presentación, ni los nuestros
Viso-Reyes y Audiencias se entremetan en lo hacer recibir sin la
dicha presentación.
« Habiéndoles presentado la provisión original de nuestra pre-
sentación, sin dilación alguna le harán la colación y canónica insti-
tución y le mandarán acudir con los jrutos excepto teniendo alguna
legítima excepción contra la persona presentada y que se le pueda
probar sin excepción legítima o poniéndole otra que legítima sea no
se la probando el Prelado le dilatare la provisión e institución y po-
sesión sea obligado a le pagar los jrutos y rentas, costas e intereses
que por la dilación se le recrecieren.
« Queremos que para las dignidades, canonjías y prebendas de
las iglesias catedrales de las Indias, en las presentaciones que hubié-
remos de hacer sean prejeridos los letrados a los que no lo jueren,
y los que hubieren servido en iglesias catedrales de estos nuestros
Reinos si tuvieren más ejercicio en el servicio del coro y culto divino
sean prejeridos a los que no lo hubieren servido en iglesias catedrales.
« Por lo menos en las partes donde cómodamente se pueda hacer,
se presente un jurista graduado en estudio general para un Canonicato
Doctoral, y otro Letrado Teólogo graduado en estudio general para
otro Canonicato Magistral que tenga el pulpito con la obligación que
en las iglesias de estos Reinos tienen los Canónigos Doctorales y
Magistrales; presentarse otro Letrado Teólogo aprobado por estudio
general para leer la lección de la Sagrada Escritura, y otro Letrado
Jurista o Teólogo para el Canonicato de Penitenciario, conforme lo
establecido por los decretos del Sacro Concilio Tridentino, los cuales
dichos cuatro canónigos sean del número de los de la erección de la
Iglesia . . .
Posteriormente, la sustancia de la Real Cédula precedente y de
otros instrumentos jurídicos se incorporó a las Leyes de Indias, en
1 Anales, págs. 28-31. Se ha modernizado la ortografía.
XXX
ESTUDIO PRELIMINAR
cuya Recopilación {Libro Ia, título VI: « Del Patronazgo Real de
las Indias ») figuran leyes con los acápites siguientes:
Ley 1. Que el patronazgo de todas las Indias pertenece privativa-
mente al Rey y a su Real Corona, y no puede salir de ella en todo
ni en parte.
Ley 2. Que no se erija Iglesia ni lugar pío sin licencia del Rey.
Ley 3. Que los Arzobispados, Obispados y Abadías sean pro-
veídos por presentación del Rey a Su Santidad.
Ley 4. Que las Dignidades y Prebendas se provean por presen-
tación del Rey a sus Prelados.
Ley 7. Que las cuatro Canonjías [Doctoral, Jlagislral, Teologal
y Penitenciaria] se provean en las Iglesias y en la forma que esta
ley declara [era mediante oposición, previo edicto, con asistencia del
Virrey o la más alta autoridad civil].
Ley 15. Que los Prelados y Cabildos en sede vacante hagan di-
ligente examen de los presentados a Prebendas.
Ley 19. Que los Prelados envíen en todas las /Iotas relación
de las Prebendas y beneficios vacos, y de los sacerdotes beneméritos,
y qué diligencias han de preceder a la presentación.
Ley 20. Que ningún clérigo pueda tener a un tiempo dos Dig-
nidades ni beneficios.
*
* *
Otra importante fuente de información relativa a las actividades,
la composición y el funcionamiento del Cabildo Eclesiástico de ta
Diócesis venezolana — luego de trasladada ya a Caracas la sede —
son las Constituciones Sinodales aprobadas en Caracas en 1687,
en tiempos del Obispo Diego de Baños y Sotomayor1 . El sínodo se
abrió el 31 de agosto de aquel año, con una solemne procesión, cuya
reseña — que extractamos de la obra mencionada — permite apreciar
el importante lugar que el Cabildo Eclesiástico ocupaba en la so-
ciedad colonial:
«... salió de la Santa Iglesia Catedral, con repique de cam-
panas, el Cabildo de ella, acompañado del Clero, que para este efecto
fue llamado por edicto, y juntamente las religiones de esta ciudad,
1 Constituciones Sinodales del Obispado de Venezuela y Santiago de León
de Caracas hechas en la Santa Iglesia Catedral de dicha ciudad de Caracas en el
año de 1687. Madrid, 1698. Citamos por la reimpresión de 1761.
ESTUDIO PRELIMINAR
XXXI
cada una con preste, diáconos, cruz y ciriales, llevando los Preben-
dados capas pluviales carmesíes, presidiendo la Cruz del Cabildo
al Clero, acompañada de ciriales; y después de dicho Cabildo Ecle-
siástico, el Secular de esta ciudad, llegaron procesionalmente a la
puerta del Palacio Episcopal, donde salió Su Ilustrísima [el Obispo
Baños] con capa consistorial carmesí, y se hizo la procesión por el
circuito de la plaza principal, en que se Jueron cantando los salmos
e himnos . . » *. Durante la misa pontifical que el Obispo ojició de
inmediato en la Catedral, el Licenciado Sebastián Moreno, Deán,
actuó como primer asistente del Prelado. El Cabildo, como era lógico,
tuvo parte muy destacada, tanto en la preparación como en el des-
arrollo del sínodo. La nómina de los asistentes al mismo estaba enca-
bezada por el Licenciado Nicolás Fernández Ortiz, Chantre, « Di-
putado por el Venerable Deán y Cabildo de esta Santa Iglesia Ca-
tedral », y seguíale en la lista el nombre de su hermano el Maestro
Juan Fernández Ortiz, Tesorero del Cabildo, quien desempeñaba,
además, las junciones de Provisor y Vicario General del Obispado.
Alas lo que aquí interesa destacar ahora es lo que en las Constitu-
ciones Sinodales se consignaba sobre el Capítulo caraqueño. En el
Libro segundo, dedicado a « las personas eclesiásticas », iniciábase
así el título l:
« De la Iglesia Catedral y sus Ministros: Así como la Santa Aladre
Iglesia Católica Romana es Aladre y Alaestra de la Verdad, y ejemplar
de todas las demás iglesias del orbe cristiano, así las Catedrales, en
cada Provincia y Diócesis, deben ser el ejemplo y jorma de gobierno
para todas las demás iglesias de su distrito, de suerte que a su imi-
tación todos los ministros de las iglesias inferiores compongan sus
acciones y regulen sus ministerios por la influencia que reciban de
los superiores.
« 1. — De los Prebendados.
« Deben ser los Prebendados de Nuestra Santa Iglesia Católica
Varones Perfectos en letras, virtud y ejemplo, estudiando cada día
en el cumplimiento de sus obligaciones en lo que toca al gobierno de
su iglesia y al ministerio del Altar y Coro, procurando se celebre
el culto de Dios, y sus divinas alabanzas con la mayor perfección
que sea posible.
< Tengan muy presente lo que dispone la erección de este Obis-
pado, hecha con autoridad Pontijicia y Real por el Illmo. Señor
1 Id., Id., págs. 13-14.
XXXII
ESTUDIO PRELIMINAR
don Rodrigo de Bastidas, Primero Obispo de esta Diócesis, en Ale-
dina del Campo, el año de 1532, la cual Su Majestad repetidas veces,
manda guardar por sus Reales Leyes del Gobierno de las Indias y
Nos queremos y mandamos se guarde y cumpla sin que se Jal/e a
ella en cosa alguna, y los estatutos, que se hallan en los libros capi-
tulares, hechos por nuestros predecesores, de consensu capituli, y los
que en adelante, con ayuda de Dios, hiciéremos. Y queremos se tenga
especial cuidado en la celebración de los capítulos que señala dicha
erección en cada semana haciendo se ponga en ejecución ¿o que se
resotviere, de que Nos darán cuenta para que por Nos, o Nuestro
Provisor, lo hagamos ejecutar. Y porque es de Nuestra obligación
conservar en Nuestros subditos la paz, que de ordinario se suele
turbar entre las personas eclesiásticas por no constar a cada uno el
lugar que le toca, por razón de su ojicio, grado o ministerio: por
tanto, para que cada uno se contenga en la autoridad que le toca,
sin ojensa de otros, tenemos por bien declarar y ordenar los puntos
siguientes:
« Por derecho, y erección de este Nuestro Obispado, es el Deanato
la Primera Dignidad, a quien, después de Nos, deben todos en el
Gobierno de Coro y Altar, reverencia y obediencia. Por tanto, man-
damos tenga en el coro, altar, procesiones, capítulo y dondequiera
que se hiciere concurso de prebendados y demás ministros, el primero
lugar.
« Haga principio de asiento en el Coro, y de ninguna manera
ocupe la Sede Obispal.
« Lo que mandare el Deán en lo tocante al ministerio de la Iglesia
se haga y cumpla sin réplica alguna, sin que obste el decir que es
mandato injusto; pues si lo juere, se debe ocurrir a Nos, o al capítulo
en Sede Vacante, para que lo remedie.
« Toca al Deán mandar penar las Jaitas de los demás prebendados
y demás ministros del Coro y Altar; y ninguno puede penar las
jaitas que hiciere dicho Deán, sino el Prelado. Toca al Deán dar
licencia para hacer ausencia del Coro, con causa expresa; y por
ausencia de dicho Deán, toca todo lo sobredicho al Arcediano o Dig-
nidad más antigua.
« Las demás Dignidades y Prebendas que se siguen guarden en
todo y por todo el orden y disposición que por dicha erección se les
da, no sólo en la precedencia sino en el ministerio y obligación que
cada uno tiene y debe observar.
ESTUDIO PRELIMINAR
XXXIII
« Nuestro Provisor y Vicario General, siendo Prebendado, tenga
en el coro el lugar que te toca por razón de su Prebenda, asistiendo
con sobrepelliz; y no siendo Prebendado se sentará a la mano de-
recha, después del capítulo, según que por costumbre está dispuesto
y practicado en Nuestra Iglesia.
« En caso que por Nos fuese nombrado algún eclesiástico para
servir alguna prebenda vaca, declaramos no le toca la silla alta y
demás preeminencias que tocan al Prebendado propietario y pre-
sentado por Su /Majestad, según que lo tiene dispuesto por las Leyes
del Gobierno de estas Indias »*.
* *
El 12 de enero de 1725, tras maduras deliberaciones, acordó el
Cabildo que era conveniente formar unas Constituciones y Regla de
Coro, que sirviesen de norma para el Gobierno interno de la Ca-
tedral y del propio Cabildo. Se encomendó la redacción de un pro-
yecto « al Arcediano Dr. Don Gabriel Matías de Ibarra, por parte
del Cabildo, y se mandó remitir testimonio de este acuerdo al Ilus-
trísimo Señor Obispo a fin de que por la suya nombrase otro de los
señores capitulares. Y que hechas las Constituciones, se remitiesen
al Rey ». Estaba entonces a la cabeza de la Diócesis el Dr. Juan
José de Escalona y Calatayud, quien acogió de un modo favorable
la idea del Cabildo, y designó al Canónigo Penitenciario Dr. Fran-
cisco Martínez de Porras para que cooperase con el Arcediano Ibarra.
El 18 de octubre de 1728, luego de haber sido examinado el proyecto
por todos los eclesiásticos interesados en el asunto, el Obispo Escalona
lo firmó, previa declaración de que se daría cuenta al Rey para ob-
tener su aprobación. Mas el Gobernador de Caracas, apoyado en las
leyes del Real Patronato, se opuso terminantemente a que la « Regla
de Coro y Altar de la Catedral de Caracas » — que así se llamaba
oficialmente al largo documento, de treintidós capítulos — se pu-
siera en práctica, ni siquiera interinamente, hasta que no le hubiera
dado el pase la Real Audiencia de Santo Domingo. En 1730, aun
no se había resuelto nada. Además, parece que en el seno mismo del
1 Id., Id., págs. 101-103. Del parágrafo II, que trataba « De los demás
ministros de la Catedral y su precedencia », se desprendía que había en aquel
tiempo dos curas rectores, un sochantre, un maestro de capilla, un sacristán
mayor, ocho capellanes de coro, un maestro de ceremonias, un bajonista, un per-
tiguero, dos sacristanes menores y 6 monacillos.
\k — Actat. I.
XXXIV
ESTUDIO PRELIMINAR
Cabildo habían surgido dijicullades ante la tendencia de varios capi-
tulares a modificar algunas partes de la « Regla ». En 1738, se pro-
seguía aún el pleito, ante la Audiencia de Santo Domingo. Esta
aprobó el documento en 1740, pero haciéndole algunas modijicac iones
que despertaron en Caracas nuevas resistencias. Finalmente, el 6 de
agosto de 1745, el Cabildo Eclesiástico caraqueño te dio su apro-
bación dejt ni/iva, y la Catedral tuvo, así, como lo había ordenado
ca n dos siglos atrás el Concilio Tridentino, Constituciones y Regla
de Coro1.
El capítulo primero, « Del toque de campanas », trae hasta el
lector un Jresco hálito lleno de nostálgico sosiego. En 31 artículos,
quedan señalados con lujo de detalles, los toques projundos y lentos,
o acelerados y cantarines, que regían y regulaban la vida, no sólo
de la Catedral y del Cabildo, sino de la ciudad entera. « Primera-
mente, se tocará el alba a las 5 de la mañana con la campana de
Santa Ana, dando 33 golpes seguidos con moderado intervalo » . . .
« A prima se tocará a las 6 por una hora en esta jorma [minuciosa
y precisamente descrita] . . . y continuará el toque con la esquila
{vulgo esquilón) — anota el comprensivo capitular — cuyo toque
sea continuo y acelerado » . . . « A la queda se tocará a las 9, mediante
15 golpes con la campana de Santa Ana » . . . En las exequias por
muerte de Reyes y Pontíjices, antes del doble juneral, « se tocará
con la campana de San Pedro 200 golpes con mucho despacio «...
Había, inclusive, toques especiales para que los ojiciales y peones de
albañilería supiesen con certeza cuándo debían empezar o concluir
su trabajo.
El capítulo segundo, en 9 artículos, dice « Del modo y orden de
entrar y asistir a los Ojicios Divinos en el Coro ». Cinco artículos
más, de que consta el capítulo III, instruyen a los miembros del
Cabildo acerca « Del orden de asientos en el Coro ». El capítulo
siguiente está dedicado al « JIodo de celebrar los Divinos Ojicios »,
y en el primero de los 5 artículos que contiene se hacen interesantes
prevenciones: « Conviene mucho — se lee ahí — que en los Divinos
Ojicios así cantados como rezados se ponga toda atención, de modo
que no se atropelle la pronunciación; se haga pausa en los asteriscos;
no comience un coro antes que acabe el otro; se iguale la voz de cada
coro, para que sea una la pronunciación y aparezca una sola voz
la que canta o reza, y para esto no hagan ecos; y el que contraviniere
1 Regla de Coro de la Santa Iglesia Metropolitana de Caracas. Caracas, 1879.
ESTUDIO PRELIMINAR
XXXV
a la uniformidad que va dispuesta, siendo una vez amonestado,
pierda un punto o más, si fuere contumaz.» . El capítulo V está
consagrado a tratar acerca « Del silencio, reverencia y compostura
con que ha de estarse en el Coro », por lo cual es apenas natural
que en su artículo segundo se prevean eventualidades no comunes,
sin duda, pero que el legislador no debía olvidar: « En asistencia a
los Divinos Oficios — reza aquel artículo — ninguno lea cartas, ni
haga señas, burlas, risas o acciones que provoquen a esto, ni envíen
de un coro a otro recados . . . ». En el capítulo VI, 14 artículos regla-
mentan « Cuando se ha de estar de pie o sentados, y hacer genu-
flexión ». En el VII, se prescribe cuándo y cómo hay que volver el
rostro hacia el Altar. En el VIII, cuándo deben los capitulares
quitarse o ponerse los bonetes, y bajar las cabezas. Otros capítulos
hablan de las ceremonias y ritos, de las misas cantadas o rezadas,
del modo de incensar y dar la paz, de la manera de ganar horas y
manuales.
Sendos capítulos se refieren, sucesivamente, a los Celadores,
Curas rectores de la Catedral, Sacristanes, Sochantres, Jlaestro de
Capilla y Jlúsico, Capellanes de Coro, Jlaestro de Ceremonias,
Apuntador del Coro, Bedel o pertiguero, Jlonaguillos y caniculario.
El capítulo XXVII trata « De la vida, honestidad y costumbres de
los Prebendados », a quienes se les recomienda que se atengan a lo
ordenado al respecto por el Concilio de Trento, y que procuren servir
siempre de ejemplo, recordando que su institución fue para que
ayudasen en cuanto estuviese a su alcance al Prelado en su cargo
pastoral, por lo cual debían obedecerle y guardarle toda reverencia.
A las ceremonias prescritas en el entierro y sufragios de un
Obispo, Deán o Capitulares, se dedica el contenido de un capítulo,
mientras que por otra parte aprendemos que con la palabra recles
se designaban los cuatro meses de licencia a que tenía derecho cada
capitular anualmente, y que por patitur se entendía el estado de un
capitular que por hallarse enfermo veíase impedido de participar en
las actividades del Cabildo. El capítulo XXXII y último trata « De
las multas y su aplicación ».
« Del oficio del Deán y demás Prebendados » lleva por título el
capítulo XVI, que por su importancia y por la directa relación que
tiene con el contenido de la. obra, insertamos íntegro a continuación.
Lo mismo hacemos también, por razones similares, con los capítulos
XXX, « Del Cabildo », y XXXI « Del Secretario del Cabildo », que
se reproducen más adelante.
XXXVI
ESTUDIO PRELIMINAR
« Capítulo XVI.
« Del ojicio del Deán y demás Prebendados.
« 1°. El Deán por la erección de este Obispado es ta primera
Dignidad después de la Episcopal, a quien deben todos obedecer en
el Gobierno del Coro, /litar y Cabildo; por cuya razón, lo que mandare,
por lo tocante a dichos ministerios se haga, cumpla y ejecute sin re-
plica alguna, menos que toca en cosa económica del Cabildo, y sin
que obste el decir ser mandato injusto, porque siendo se debe ocurrir
al Prelado, su Provisor o Cabildo, Sede vacante, ejecutando por en-
tonces lo que el dicho Deán, o en su ausencia el Presidente mandare.
« 2°. Toca al Deán o Presidente mandar penar las jaitas de
los prebendados y conjorme a estas constituciones y reglas, y si al-
guno se resistiere agravará y reagravará la pena; y si no tuviere
enmienda, se dará cuenta al Prelado, su Provisor o Cabildo, Sede
vacante.
« 3°. Atentos a que en estos estatutos se hallan impuestas algunas
penas por defectos cometidos ultra regulam y que en estos casos no
tiene el Deán jurisdicción para penar tos; para que por jaita de ja-
cullad no padezca disminución el culto divino, y el gobierno de éste
sea unijorme y consiguiente, le concedemos nuestra jurisdicción a
dicho Deán, y por su ausencia al Presidente para que pueda mandar
jallar dichas penas, agravarlas y reagravarlas, dejando los recursos
al Prelado, su Provisor o Cabildo, Sede vacante, sin que por seme-
jante recurso se deje de ejecutar lo que se mandare.
« 4o. Si el Deán se hallare dentro de la Iglesia aunque no en el
Coro, puede mandar las licencias que se pidieren para no asistir a
las horas; pero si dicha licencia juere pedida dentro del Coro y em-
pezadas las horas, toca al Presidente el concederla y mandar al
Apuntador ponerla en el cuadrante.
« 5°. Si se hallare en recle o patitur, toca al Arcediano el con-
ceder dichas licencias extra chorum, y por jaita de éste recae esta
autoridad en el Capitular más antiguo.
« 6°. Al Deán toca mandar citar al Cabildo extraordinario,
aunque no esté en la Iglesia, con tal que se halle dentro de la ciudad
y sin grave enfermedad, que en este caso lo podrá hacer el que pre-
sidiere.
« 7°. Al Deán o en su ausencia al Presidente les es concedido
proponer en Cabildo los negocios que se han de tratar y conferir, y
ESTUDIO PRELIMINAR
XXXVII
hacer cómputos de votos en las materias que los hubiere y declarar
lo que se ha decretado, según el mayor número de ellos.
« 8°. Puede el Deán según práctica de esta Santa Iglesia, re-
servar la expresión de su voto y dictamen para darlo después de todos.
« 9°. Cuando al Prelado, por haber de celebrar la misa mayor
le toca el oficio de vísperas, u otro, no viniendo a ejecutarlo, lo hará
el Deán y por su jaita el Dignidad o Canónigo más antiguo.
« 10°. Por vacante del Deanalo queda presidiendo el Arcediano
y por la de éste el Dignidad o Canónigo más antiguo. El Presidente
tiene las mismas preeminencias y facultades que el Deán durante
dicha vacante; pero no puede ocupar otra silla que la que le toca por
la prebenda; y mandamos se le obedezca y que así se ejecute por todos
los ministros.
« 11°. Cuando hubieren de haber capas de vísperas, nombrará
el Deán o Presidente acabada la misa mayor de aquel día, los que se
han de poner capas en ellas; y en la Gloria y los maitines del sub-
secuente.
« 7-?°. Toca al Deán y en su ausencia al Presidente, hacer la
seña.
« 13°. Tendrá gran cuidado que se guarde silencio en el coro,
y que se cumpla con las demás ceremonias y cosas pertenecientes al
buen servicio del altar, coro e Iglesia; y al que faltare a ello, si no
tuviera pena impuesta, le amonestará, y si no hubiere enmienda
mandará al Apuntador que le falle; sobre lo cual encargamos la
conciencia.
« 14°. Y por cuanto al Prelado sólo toca penar las fallas del
Deán, en atención a las ausencias precisas de éste, y por esto sién-
dole imposible estar a la vista de ellas damos nuestra facultad al
Arcediano, y por su ausencia al que le sigue en el Cabildo para que
observe y atienda a los defectos y faltas que el Deán cometiere de que
dará cuenta al Prelado, su Provisor o Cabildo, sede vacante, para
que le mande penar.
« 15°. Asimismo cuidará el Deán o Presidente de reconocer el
cuadrante, las veces que le pareciere, y de haber falla o descuido en él,
lo mandará enmendar y multará al Apuntador según fuere la omisión.
« 16°. Procurará que cada uno en su oficio, se ejercite con toda
puntualidad así en el coro como en la Iglesia y Altar; sobre lo que
le volvemos a encargar la conciencia.
\h* — Acta*. I.
XXXVIII
ESTUDIO PRELIMINAR
« 77°. El Arcediano en conjormidad de lo dispuesto por la erec-
ción de este Obispado, debe asistir a la administración del ojicio de
Pontijtcal siempre y cuando que por el Prelado se le avisare, y no
se hallase legítimamente impedido y no se excusará de examinar los
Ordenandos que le fueran remitidos y en todo lo demás cumplirá con
las obligaciones de su Dignidad.
« 18°. Al Chantre toca por dicha erección el Gobierno del canto
en el Coro cuya obligación está sustituida en el Sochantre.
« 19°. El ojicio y ministerio de la Dignidad de Tesorero debe
servir al presente, por el Sacristán mayor y menores, cuyas obliga-
ciones se prescriben en capítulo particular de cada uno.
« 20°. Al Canónigo magistral toca por obligación de su pre-
benda predicar en la Santa Iglesia Catedral en las festividades si-
guientes: la Epifanía del Señor; Feria cuarta cinerum; la Anuncia-
ción de Nuestra Señora; el Mandato; la Ascensión del Señor; el día
de Santa Ana, Patrona del Obispado; la Asunción de Nuestra Se-
ñora; Santa Rosa, patrona de estas Indias; la Dominica segunda de
Adviento, y en la solemnidad de los Desagravios.
« 21°. Por constitución sinodal de este Obispado se tiene pre-
sente a dicho magistral en el Coro ocho días siempre y cuando que
predica sermones de obligación de su prebenda, los cuales deben ser
los inmediatos, continuos y antecedentes al día del sermón, contán-
dose entre ellos; y en el día que predica gana también los manuales
y el aviso de que goza de este privilegio se le dará al Apuntador para
que se le tenga como presente; y en los referidos ocho días puede
asistir a la hora que quisiere, sin que por ello quebrante el privilegio,
como también tener los ratos de recreación en la forma que le fuere
conveniente pues en todo esto usa de su derecho.
* 22°. Si dicho Magistral u otro prebendado en dicha Iglesia
voluntariamente predicase deberá dar aviso al Deán o Presidente
para que se le ponga presencia los ocho días referidos en la forma
de la constitución antecedente, con tal que esto se entienda en ínterin
que Su Majestad otra cosa no dispone por no poder ni deber llevar
dichos prebendados dos obvenciones a un tiempo, ni por un trabajo
voluntario jaltar a la asistencia del Coro como se ha practicado hasta
aquí en juerza de dicha constitución sinodal.
« 23°. Es obligación del Canónigo Penitenciario oir confesiones
en la Catedral todos los días especialmente en la Cuaresma, Adviento,
ESTUDIO PRELIMINAR
XXXIX
Témporas, Pascuas y oirás j ¿estas de semejante solemnidad y de-
voción, como también en los días de jubileos, y de concurrencia del
pueblo; en cuyo tiempo, en ínterin que se ocupa en dicho ministerio,
se tiene por presente en el Coro, y demás junciones donde concurre
el Cabildo para ganar distribuciones y manuales, como los intere-
santes; y si por haber estado con/esando, dijese misa tarde, deberá
ganar dichas distribuciones, como si estuviere en el ejercicio del
conjesionario.
« 24a. Al Canónigo Doctoral pertenece por su prebenda dejender
los derechos de la Iglesia, ya sean pertenecientes o a sus bienes, a
sus preeminencias, y no llevará estipendio alguno por causa de dicha
dejensa, y cuando estuviere ocupado en ella se le pondrá presencia
para todo en el cuadrante.
« 25a. A los Racioneros pertenece cantar los Evangelios y a los
medio racioneros las Epístolas, y a jaita de éstos las cantará el
Capellán que nombrare el Deán o Presidente.
« 26a. Y mandamos se guarde en todo lo demás concerniente a
dichos racioneros y medios racioneros el decreto capitular jecho en
este asunto, pena de un punto al que jaltare en cualquier cosa de las
aquí prevenidas »1.
« Capítulo XXX
« Del Cabildo
« Ia. En cumplimiento de la erección de este Obispado se cele-
brarán los Cabildos cada semana, que serán el martes en que tratarán
los negocios que ocurrieren y todo lo perteneciente a la economía de
la jábrica de la Iglesia; y los viernes en que se conferirá de las cosas
espirituales; a que concurrirán todos los capitulares, no embarazán-
dolo justa causa, que manij estarán al Deán o Presidente, pena de la
hora al que no concurriere.
« 2°. Cuando hubiere algún negocio urgente y extraordinario se
tendrá Cabildo, aunque no sea en los rejeridos días y para él pre-
cederá citación de los prebendados que les hará el Deán o Presidente
con el Pertiguero por Cédula ante diem con expresión de la materia,
pero siendo el caso repentino, y que pida pronta resolución, y por
ello no pueda diferirse para otro día, se hará la citación en el mismo
1 Id., Id., págs. 42-48.
XL
ESTUDIO PRELIMINAR
día que se ha de celebrar, sin que sea preciso hacerse por Cédula;
y excusándose el Deán o Presidente de citar a dicho Cabildo, requerido
por alguno o algunos capitulares, los mismos citarán y lo celebrarán,
asistiendo a él tres o más, porque no perezcan los negocios; y juera
de estos casos no podrán hacer dicha citación y Cabildo.
« 3°. Habiendo entrado a la Sala Capitular y estando cada uno
en el lugar de su prebenda, el Deán o Presidente dirá la oración
Actiones riostras etc., y jinalizada tomará su asiento y propondrá
el negocio o negocios que se ojrecieren, y dirá asimismo que si alguno
de tos capitulares tuviere que proponer, lo haga, y se conjerirá primero
sobre lo que propusiere dicho Deán o Presidente, y después, cada uno
en su lugar, dirá si se le ojreciere o no qué proponer, y en cada cosa
que se propusiere se conjerirá diciendo cada uno en su lugar con
modestia y compostura su parecer y las razones que se le ojrecieren,
y siendo la materia muy grave, podrán dijerir su resolución a otro
día, conviniendo en ello la mayor parle del Cabildo.
« 4°. Jlientras uno habla no hablen los demás, ni su parecer
ni otra cosa, aunque sea en voz baja, porque estén atentos; y sólo
lo hará cada uno en su lugar.
« 5o. El Deán o Presidente y lo mismo otro cualquiera que
hiciere proposición, procurará hacerla brevemente; y lo mismo ejecu-
tarán en la expresión de su voto, y en el votar ninguno repita lo que
otro diga, pero podrá conjormarse con el voto que le pareciere, si no
tuviere nuevas causas o razones para ser de diferente diclamen.
« 6o. Cuando hubiere alguno de decir su voto estando presente
el Prelado, se ponga en pie y quite el bonete y luego tomando su
asiento y puesto el bonete, diga su parecer al Prelado, y habiendo
acabado hará el mismo acatamiento, y en su ausencia hará venia
al Presidente quitando el bonete.
« 7°. Ninguno porque otro sea de parecer contrario al suyo se
muestre sentido, sino que todos voten libremente lo que en su con-
ciencia hallaren ser de más razón, sin que por esto se originen dije-
rencias y pasiones de ánimo, palabras ni acciones descompuestas o
destempladas, sino que con toda gravedad diga cada uno su sentir;
y el que contraviniere en cualquiera de estas cosas le corregirá el
Deán o Presidente y de no enmendarse, dará cuenta al Prelado o
su Provisor.
ESTUDIO PRELIMINAR
XLI
« 8o. Conferida la materia, y expresados los pareceres de cada
uno, el Deán o Presidente mandará al Secretario lome la razón en
el libro a que pertenece; y hecho, el Deán o Presidente computará
los votos y declarará por resolución del negocio la que tuviere la mayor
parte o si se ha hecho unánime, sobre que recaerá el decreto capitular.
« 9a. Cuando se votare alguna cosa por sufragio secreto, reco-
gidos los votos, por el Secretario en la arca, según la antigüedad de
cada voto y entregada dicha Arca al Deán o Presidente y reconocidos
por éste y los dos inmediatos que hacen ojicio de escrutadores, los
votos que hay por uno y otro sujeto de los que entran en ellos, los
que hay de aprobación o reprobación, concesión o negación, expresará
la parte por donde está el mayor número de votos y esto mandará
poner por el Secretario en el libro, declarando el número de los que
hubo a favor y en contra, y aquello que saliere con mayor número
de votos, mandará el Cabildo se declare por aprobación, reprobación,
concesión o negación. Y firmarán todos el decreto que en su conse-
cuencia se hiciere, y los despachos que en su virtud se expidieren,
cuando el caso lo requiera; pena del que negare su firma quede pri-
vado del voto activo y pasivo por un mes, y de un doblón de cuatro
pesos, y no por esto se entienda quedar por el dicho tiempo exento
de la asistencia a los Cabildos, porque si faltare incurrirá en la pena
establecida a los que faltan.
« 10°. En las votaciones, así públicas como secretas, ninguno
muestre su voto a otro ni lo diga, y asimismo ninguno lo prometa
a pretendiente ni a otro capitular en cualquier materia, pena de
que no pueda votar en aquel negocio.
« 11°. Cuando se pretendiere alguna gracia que dependa del
Cabildo, se prohibe estrechamente a cada uno de los capitulares ofrecer
al pretendiente dicha gracia, y esta pretensión la propondrá en Ca-
bildo al Deán o Presidente o a algún capitular, y si alguno o algunos
de los capitulares no hubieren sido noticiados de ella por el Presi-
dente, no tomará resolución por depender de todos su concesión o
negación; y de no concurrir este reparo y haber el Presidente hablado
sobre su pretensión con todos los capitulares, mandará dicho Deán
o Presidente que se vote A A para conceder y por RR para negar
que se recibirán en el Arca por el Secretario; y hecho se guardará
la forma arriba prevenida con la limitación siguiente: que para que
la gracia sea concedida haya de exceder la mayor parte de los votos
XUI
ESTUDIO PRELIMINAR
en dos sobre la mitad, y de no es negada y sobre ella no se vuelva
a hablar sino en caso de que sobrevenga justa y grave cau.ra.
« 12". En la votación de los lugares para la nominación de los
sujetos para las cononjías de ojicio, se guarde la forma y práctica
acostumbrada y que consta de autos sobre la oposición de dichas
canonjías.
« 13°. Hecha la votación y publicada, ninguno puede volver a
volar, aunque se diga y crea que se erró; y en las materias que una
vez se votare y se determinaren en Cabildo no se pueden revocar no
sobreviniendo causa grave, y en Cabildo pleno, para que se hará
citación particular a cada uno de los capitulares y esto no se entienda
en la votación para lugares de canonjías y en todo lo electivo.
« 14". Por costumbre inmemorial de esta Santa Iglesia, en las
votaciones públicas es primer voto o último el Deán con arbitrio;
así se observe y guarde por ser esto inconcuso con el Prelado, como
supuesto no se previene.
« 15°. El que por enjermedad o justa causa no pudiere venir a
Cabildo, podrá enviar su voto por escrito, jirmado, cerrado y sellado,
el que entregará al Secretario quien lo pasará al Deán o Presidente
y recibidos los demás votos, mandará abrir éste, y hacer cómputo
de él, lo cual se entiende en los negocios que se hubieren de tratar
públicamente.
« 16°. En tas votaciones de los lugares de las personas que se
han de nombrar al Rey Nuestro Señor para la presentación de las
canonjías de ojicio, precederá citación al Prelado y a todos los capi-
tulares; como está dispuesto, aunque alguno o algunos por estar en
patitur, no asistan a la Iglesia, para que si quieren usar de su de-
recho en dicha votación, lo puedan hacer, y en este caso se les citará
como se acostumbra para la votación, y si dijere renuncia a su voto,
se pondrá por diligencia, pero si se expresare quiere votar por Comi-
sario, mandará el Cabildo a su Secretario que por ante él en los
autos del concurso haga el nombramiento del dicho Comisario, que será
el Prelado, o en un capitular y no en otra persona, y el nombrado
jurará por ante dicho Secretario de que no cometerá jraude en la vo-
tación y que la hará según y como le juere comunicado, y toda esta
diligencia se hará el día antes de la votación.
« 17°. Ninguno juera de Cabildo descubra ni diga lo que en él
se ha tratado en particular ni en general, ni su voto, ni el de otro,
ESTUDIO PRELIMINAR
XLIII
por obviar los graves inconvenientes que se siguen, y que sean los votos
con la libertad que se requiere.
« 18°. Cuando se ofreciere algún negocio del Cabildo, se dará
comisión a uno o más de los capitulares, los que eligiere la mayor
parte de votos, y no podrán resistirse ni excusarse sino con grave
causa, teniéndola por tal el Cabildo, pena de que no pueda votar
en un mes, y según la cualidad del negocio y comisión que no admi-
tiere, le multará el Cabildo en pena pecuniaria; pero así esta pena
de privación de voto en este caso como en los que antes se puso, no se
entiende comprenderle a ninguno por votación en lugar de canonjías
y elecciones de provisores.
« 19°. Habrá un libro en que se tome razón del día, mes y año,
de las diputaciones y comisiones que se dan cada uno de los capi-
tulares y a cada mes, después de haber tratado el Cabildo de cosas
espirituales, se verá dicho libro para que conste el estado en que
están los negocios de dichas comisiones y diputaciones y lo que se
ha adelantado en ellas, para que en habiendo omisión se le inste
por el Cabildo a los capitulares que se le han dado la prosigan y
fenezcan con la mayor brevedad, y los dichos diputados y comisionados
cada ocho días en el Cabildo espiritual o económico, según el que
perteneciere, darán razón del estado en que llevan su diputación y
si no hubiere hecho las diligencias que se pudieren hacer hasta aquel
tiempo se le amoneste el cuidado con que debe tratar la materia y
lo mismo en los demás cabildos hasta que el negocio se finalice.
« 20°. El día primero de enero de cada un año se nombrará
un capitular para que tenga cuidado de hacer todos los informes
que se ofrecieren a Su Santidad y al Rey Nuestro Señor, y asimismo
escribir otras cualesquiera cartas que se ofrecieren en negocios de
Cabildo, y para todo lo dicho precederá tratado y conferencia en el
Cabildo y según lo que se resolviere en éste, escribirá dicho capitular,
y leído en el Cabildo, firmarán a Su Santidad, al Rey Nuestro Señor,
al Prelado o algún Tribunal todos los del Cabildo, y si fuere a * otra
persona aunque sea constituida en Dignidad, firmarán sólo tres
por todo el Cqbildo que serán un Dignidad, un Canónigo y un Ra-
cionero, los cuales se nombrarán cada semestre, empezando por los
más antiguos; y para abrir las cartas que se recibieren, citará el
Deán o Presidente y se abrirán en la Sala Capitular: dicho día se
elegirá Obrero Mayor.
XLIV
ESTUDIO PRELIMINAR
« 21". En el primer viernes, de dos en dos meses, no se tratará
de otra cosa que leer en los capítulos la regla de Coro y estos estatutos,
por el tiempo de media hora, comenzándose desde el principio hasta
acabar, y habiéndole dado Jin, volverá a leerse en la misma jorma,
para que de esta manera se logre tener presente las constituciones,
que en dicha regla se contiene: y así se observe puntualmente.
« 22". Cuando algara persona de Juera del Cabildo propusiere
algún negocio en él o Juera de él, el Deán o Presidente reservará la
propuesta para después de haber deliberado con el Cabildo. Así para
estas proposiciones como para las demás que se ojrecieren consultar,
aunque no sea día de Cabildo hará rilar a todos el Deán o Presidente
para que concurra en la Sala Capitular, y allí se le hará la propo-
sición, y cada uno dirá su sentir, y si la materia pidiere resolución
iudicial se dijerirá para el primer Cabildo o se citará extraordinario
si el caso lo pidiere y el capitular que rehusare decir su sentir o con-
currir incurrirá en la pena de perder lo que le toca por la hora de
tercia de aquel día.
« 23". Lodos los capitulares que al presente son, jurarán de
guardar secreto de todo lo que trataren en el Cabildo y de no decir,
ni revelar los votos y pareceres de cada uno; y los que en adelante
fueren lo harán después de la projesión de je.
« 24". Al Archivo de la Sala Capitular se le pondrán dos llaves,
una que tendrá el Deán o Presidente y otra el Secretario y en dicho
Archivo se guardará el sello y se pondrán por su orden los libros capi-
tulares y Reales Cédulas, provisiones, despachos, escrituras y demás pa-
peles pertenecientes al Cabildo, de los cuales se hará inventario jurídico
por el que recibirá y entregará el Secretario cuando se mude este ojicio.
« 25°. Los libros de Cabildo en ningún caso se sacarán de la
Sala Capitular, sino es que sean pedidos por el Prelado, y entonces
los llevará el Secretario; y hecha la diligencia que en ellos se ojreciere,
los volverá al Archivo.
« 26". Cuando jueren convocados los Capitulares para algún
negocio, no se entienda en otro sin jenecerlo, y los votos sean breves.
« 27". Procúrese la noticia de los Patronatos que tiene el Ca-
bildo, y de ellos y sus escrituras se sacará testimonio, y se pondrá
por relación en una tabla » 1 .
1 Id.. Id., págs. 72-81.
ESTUDIO PRELIMINAR
XLV
«Capítulo XXXI
«Del Secretario del Cabildo
« Io. Toca el nombramiento del Secretario a la Dignidad Epis-
copal; pero atendiendo a que este sujeto debe ser de toda confianza
y satisfacción del Cabildo le concedemos nuestra facultad para que
por sí lo pueda nombrar y nombre, ocurriendo ante Nos o nuestros
sucesores por el título y confirmación de dicho nombramiento.
« 2o. Es muy conforme al empleo que dicho ¿Ministro sea ecle-
siástico y así encargamos que siempre que se hallare a propósito
especialmente entre los Aíinistros de la Iglesia, no sea secular.
« J°. Si obtuviere el título de Notario loca a la Dignidad Epis-
copal su nombramiento y entonces estará a su cuidado hacer y celebrar
todos aquellos actos y diligencias judiciales que a su oficio le competen
y se le conceden por la erección de este Obispado.
« 4°. Asimismo asistirá al Juez General de diezmos a hacer los
despachos e instrumentos que en su Juzgado se ofrecieren, así de oficios
como de pedimentos de partes, para la cobranza de las rentas deci-
males en el tiempo debido, como también a escribir las cartas que el
Juez de Diezmos despachará en orden a la cobranza de dicha renta.
« 5o. Por el trabajo de los pregones, asistencia al remate de
diezmos y recudimiento que se da a los arrendatarios para su per-
cepción y cobranza, llevará por cada vereda cien reales, como hasta
aquí se ha usado.
« 6o. Antes de entrar al uso y ejercicio de ¿os oficios referidos,
hará especial juramento de guardar secreto de todo lo que se tratare
y confiriere en Cabildo, y además de esto hará el de fidelidad, y si
faltare en lo que va prevenido, o en algunas otras cosas que sean de
su oficio, será multado por el Cabildo, a proporción de su delito, y
si no tuviere enmienda y necesitare de pena judicial, se dará cuenta
al Ordinario. Guardará y observará todo lo dispuesto en orden a los
libros y a su archivo »*.
* *
Llegados aquí, será bien aclarar que no ignoramos cuán largo
suele ser el trecho que separa al dicho del hecho, a la legislación de la
1 Id., Id., págs. 81-82.
XLVI
ESTUDIO PRELIMINAR
vida. Por tal razón, si nos hemos dedicado en las página? precedentes,
con voluntaria prolijidad, a rastrear los orígenes del Cabildo Eclesiástico
venezolano, y a presentar el marco jurídico de bulas, reales cédulas
y reglamentaciones dentro del cual transcurría su existencia, ha sido
porque lo hemos considerado indispensable para la cabal interpre-
tación y aprovechamiento de los materiales que hoy edita la Academia
Nacional de la Historia. Ahí, en las páginas del Compendio Cro-
nológico redactado por Juan José Guzmán, bulle o transcurre pláci-
damente la vida con las mil incidencias que le son propias. El precio,
la alimentación, o la calidad del trabajo de los esclavos, junto a apre-
ciaciones acerca de la biblioteca y la pinacoteca donadas al Cabildo
por el Obispo jray Gonzalo de Angulo. Enconados pleitos, como el
relativo a la traslación de la sede episcopal de Coro a Caracas —
cuando el Cabildo mandó hacer una silla obispal de cal y canto,
símbolo de su oposición — al lado de las repetidas pruebas de cari-
dad dadas después del tremendo terremoto que destruyó a Caracas
en 1641. Datos sobre la constante alza del costo de la vida, a la que
sirven de índice los aumentos en el sueldo de los monacillos y en el
interés del dinero puesto a censo, es decir, en hipoteca. Noticias de
antiguas Coj radías, como la instituida en Caracas por la legendaria
Jlaría Pérez, o las jormadas por negros, morenos y esclavos. Nu-
merosas rejerencias a sacerdotes, a músicos y cantores de Catedral,
o a pintores, plateros, albañiles, carpinteros, herreros, y otros arte-
sanos. Detalles precisos sobre el ordenamiento de la jerarquía ecle-
siástica. Precios de alimentos, vestidos y otros productos de primera
necesidad. Los preceptores de gramática, el Seminario, la Univer-
sidad. Fundaciones de misas y capellanías. Transporte de ma-
teriales de construcción. Cuidado a los enfermos en los hospitales.
Llegada de reliquias de Santos. Organización de Archivos. Amenazas
y saqueos de piratas. Trato dado a ¿os portugueses. Relaciones — ar-
moniosas a veces, ásperas otras — entre autoridades seglares y ecle-
siásticas. Exportación de cueros y cacao. Santos patronos de la
Catedral y de la ciudad de Caracas. Y mil temas más, que se entre-
lazan y se oponen o complementan, con la urdimbre misma de la
vida.
*
* *
Como antes se dijo, el Indice Cronológico elaborado por el Se-
cretario Guzmán empieza en 1580, porque a ese mismo año corres-
pondían las más antiguas Actas del Cabildo eclesiástico que se con-
ESTUDIO PRELIMINAR
XLVII
servaban a comienzos del siglo XIX, las cuales, por jortuna, existen
hoy todavía. Faltan, por consiguiente, las Actas de los años anteriores
al de 1580, desde la creación de la Diócesis de Coro y Venezuela.
Son casi cincuenta años. Lo cierto es que muy poco se sabe acerca
de los Obispos que actuaron durante aquel período — Bastidas,
Ballesteros, Agreda — y menos aun lo que se conoce sobre la com-
posición real y el juncionamiento efectivo del Cabildo eclesiástico en
el curso de aquellos años. Ni siquiera se puede ajirmar que las Actas
anteriores a 1580 llegasen a ser verdaderamente redactadas; en todo
caso, si existieron, parecen haberse perdido del todo. De otras fuentes1
proceden los escasos datos que ha sido posible recoger. En tiempos
del Obispo Rodrigo de Bastidas, se menciona a dos prebendados
residentes en Coro: el Deán2 Juan Rodríguez Robledo* y el Chantre
Juan Frutos de Tudela, cantados ambos en sus Elegías por Juan
de Castellanos* :
Quedó por provisor don Juan Robledo
Chantre y después Deán de Venezuela.
Que yo comuniqué con verso ledo
y prosa, desde Coro de la Vela.
De otra dignidad decir no puedo
sino del padre Fructos, de Tudela,
en aquella provincia bien antigo
y que también yo tuve por amigo.
1 Anales, págs. 41 a 84, principalmente. También el prólogo del Dr. En-
rique Otte a Cedularios de la Jlonarquia Española relativos a la Provincia de
Venezuela, ediciones de las Fundaciones John Boulton y Eugenio Mendoza,
2 vols., Caracas, 1959. En especial, vol. 1, pág. LXXIII sgs. Citado en lo su-
cesivo, Cedularios.
2 En Anales, pág. 45, nota 4, Monseñor Navarro destaca la contradic-
ción evidente entre la existencia efectiva del Deán, y el artículo de la erección
que dejaba en suspenso el Deanazgo.
3 Tal vez sea el mismo Juan Rodríguez que en 1528 era cura de Santa
Marta. Ver Documentos inéditos para la Historia de Colombia. Coleccionados
en el Archivo General de Indias por el Académico Correspondiente Juan
Friede, de orden de la Academia Colombiana de Historia, vol. I, Bogotá,
1955, pág. 308.
4 Anales, págs. 45-47.
XLVI1I
ESTUDIO PRELIMINAR
Cuando el Obispo Bastidas llega por fez primera a Coro, el 11
de julio de 1534, encuentra allí a cuatro /railes agustinos y al pro-
visor que él había nombrado anteriormente, que era Juan Rodríguez
Robledo. Recomienda a éste para ocupar la Chantría de la nueva
Catedral, pero de momento Carlos V no accede a ello, « por razones
de salud ». Se le da, sólo, una canonjía, pero el 14 de enero de 1536
se le nombra Chantre por Jin, con la condición de que renuncie a la
canonjía. En 1538, parece que todavía no hay otra dignidad capitular
en Coro, pues el Emperador, por real cédula de 8 de noviembre,
asigna « al chantre y a tos dos canónigos de la Catedral » un salario
de 50.000 maravedises, mientras no haya diezmos, bajo la condición
de que sirvan de curas. 1 Años adelante, ya en tiempos del Obispo
Jliguel Jerónimo de Ballesteros, reales cédulas y órdenes hablan
del chantre, de los canónigos, de otros sacerdotes, hasta de un sa-
cristán, pero sin mencionar sus nombres. En 1 551, el Chantre de la
Catedral de Coro — no se expresa, en el documento, su nombre —
acusado por el Obispo Ballesteros de haber cometido « delitos y cosas
por donde debe ser castigado », se alzó contra el prelado cuando éste
le reprendió, y aliándose con un regidor del Cabildo secular de Coro,
se enjrentó a la autoridad del Obispo. Eran tiempos, en verdad,
calamitosos.2 ¿Monseñor Navarro da a entender que durante la época
de ese Obispo (1546-1556) sólo hubo en Coro Deán.3 No mejoraron
mucho las cosas en tos años siguientes, cuando regía ya la Diócesis
Fray Pedro de Agreda: a poco de haber vuelto éste de Santa Fe de
Bogotá, a donde se había trasladado para recibir la consagración
episcopal, Coro jue saqueado, en 1567, por unos corsarios jranceses.
El 3 de diciembre de ese año, desde la propia sede de la Catedral,
el Obispo Agreda dirigió un injorme al Rey, del cual reproduzco un
párrajo que pinta del modo más vivo la triste situación a que había
llegado la Provincia, en lo material y en lo espiritual:
«... vine a residir a esta ciudad de Coro do está la Iglesia Ca-
tedral de este Obispado, donde después de haber conjirmado los ve-
cinos y visitado la dicha iglesia, sirviendo en ella y administrando
1 Ccdularios, vol. I, págs. lxxv-lxxviii. En el vol. II, págs. 30-3!.
la presentación de Juan Rodríguez Robledo a la Chantría.
2 Cedutarios, vol. II, págs. 290-291.
3 Anales, pág. 60.
ESTUDIO PRELIMINAR
XLIX
los Santos Sacramentos por falta de sacerdotes, sucedió que el día
de Nuestra Señora de septiembre de este presente año de mil y qui-
nientos y sesenta y siete años, otros corsarios Jranceses y escoceses,
que venían en venganza de los que mató Pedro Jleléndez en la Florida,
dieron en esta ciudad por la mañana sin ser sentidos . . .
Sin embargo, pasada la crisis, el Obispo no se desanimó, sino que
se es/orzó en organizar del mejor modo posible su iglesia. Para ello,
reunió el primer sínodo diocesano celebrado en Venezuela, al cual
asistieron, además del Prelado, dos curas, dos religiosos dominicos,
dos Jranciscanos y un sacristán mayor. JIonseñor Navarro2 — a
quien seguimos — no menciona a ningún miembro del Cabildo
Eclesiástico en relación con el sínodo. Pero en todo caso el Cabildo de-
bió de reanudar sus actividades antes de la muerte del Obispo Agreda,
acaecida en 1579, pues en 1580, cuando empiezan las Actas que
conocemos, jiguran ya el Deán Francisco Gómez de Gamboa, el
Arcediano Antonio de los Ríos, y el Chantre Francisco López.
A partir de entonces, hubo cierta continuidad en el desarrollo
de las junciones del Cabildo {así lo atestiguan las Actas) aun cuando
con intervalos más o menos largos de inactividad: en 15S4, por ejem-
plo, se celebró una sola reunión del Cabildo, en enero; en 1591, hubo
únicamente dos, en enero y jebrero, a las cuales se hallaba presente
— jor mando él todo el Cabildo — el Chantre Francisco López, quien
se titulaba « Deán de Venezuela ». Durante los años siguientes, jueron
jrecuentes los conjlictos surgidos en el seno del Cabildo, por constar
éste de sólo dos miembros, que no siempre lograban acordar sus
opiniones. En 1621 y 1622 no se reunieron los capitulares, o en
todo caso, si lo hicieron, no ha quedado constancia de lo que trataron
en el Libro de Actas. En realidad, a causa de los escasos recursos
humanos y económicos de la región y por hallarse Coro tan abierta-
mente expuesto a las depredaciones de los corsarios, tanto la Catedral
como su Cabildo Eclesiástico llevaron una existencia harto precaria
durante su permanencia en aquella ciudad. Sin embargo, ello no
impidió a los capitulares laborar en pro de su iglesia brindando su
apoyo al Obispo Alzega para la preparación del segundo sínodo
diocesano, convocado hacia 1609, y esjorzándose en concluir la ediji-
cación de la Catedral, en la cual llegaron a construir hasta una sala
1 Anales, págs. 78-79. Se ha modernizado la ortografía.
2 Id. Id. pág 84.
L
ESTUDIO PRELIMINAR
capttular. Uno de los aspectos más interesantes de la vida del Cabildo
durante las tres primeras décadas del siglo XVII lo constituye la
polémica sobre si se debía mantener en Coro la Catedral y su capítulo
o si sería prejerible mudar la sede a Caracas, cabeza política de la
Provincia venezolana en donde jijaron su residencia los diversos
Obispos que se sucedieron durante ese período. Finalmente, se ve-
rijicó el cambio de heclio, cuando los miembros del Cabildo se tras-
ladaron a Caracas y realizaron allí su primera reunión el 18 de
marzo de 1636, en presencia del Obispo Juan López Agurlo de la
Mata. La sanción jurídica llegó poco después mediante Real Cédula
expedida en Aladrid el 20 de junio de 1637 « en la cual se manda
que permanentemente esté la Santa Iglesia Catedral en esta ciudad
de Santiago de León de la Provincia de Caracas, y que en ella resi-
diesen el Obispo y el Deán y Cabildo por los inconvenientes que había
en la ciudad de Coro, de que ya se había tratado en el Concilio Pro-
vincial celebrado en Santo Domingo el año de 1622 y las grandes
ventajas de esta dicha ciudad de Santiago de León, dejendida por su
naturaleza, habitada de muchos vecinos y jorasteros, rica y abundosa
de trigo, maíz, cacao, corambre y otros jrulos; de apacible y saludable
temple, y de muchos y buenos edijicios, con estudio público de gra-
mática y dos conventos donde se leían artes y teología y donde residía
el gobernador y ojiciales reales . . . ». Así resume Juan José Guzmán,
en cuidada y limpia prosa que recuerda la de Oviedo y Baños, el
acta del Cabildo Eclesiástico de 7 de marzo de 1638, día en el que,
dejinitivamente, Caracas vino a convertirse en la sede episcopal de
la diócesis venezolana. En las gestiones relativas al traslado, así
como en las actividades que emprendió el Cabildo para transjormar
la Iglesia parroquial de Caracas en verdadera Catedral, tomó parte
muy destacada un varón de recio temple, el Deán Bartolomé de Escoto,
cuya intervención parece haber sido determinante en el asunto.
El Cabildo, instalado ya en Caracas, y el sucesor del Obispo
Agurto, Fray Jlauro de Tovar, llevaban adelante con entusiasmo la
reestructuración de la Catedral y la erección de un seminario dio-
cesano, cuando el terrible terremoto de 11 de junio de 1641, llamado
por la jestividad del día « Terremoto de San Bernabé », vino a destruir
casi por entero a la ciudad y retrasó por muchos años la realización
de aquellos anhelados proyectos. Por espacio de casi cuatro lustros
la naturaleza y los hombres parecieron conspirar de consuno contra
el progreso de Caracas: a los ejectos devastadores del temblor vino
luego a sumarse una agria y prolongada desavenencia entre autori-
ESTUDIO PRELIMINAR
LI
dades civiles y eclesiásticas de la provincia. La peste hizo también
grandes estragos en hombres y bestias, mientras las costas se veían
amenazadas por /Iotas y corsarios enemigos. La conducta del Ca-
bildo Eclesiástico durante esos tristes años jue verdaderamente ejem-
plar. La je viva de todos sus miembros, así como el caritativo espíritu
que les animaba, se pusieron de manijiesto a raíz del terremoto. Sumas
considerables, para la ¿poca, de los bienes pertenecientes a la Ca-
tedral, jueron distribuidas entre los vecinos más ajectados por la
catástrofe. Poco más tarde, cuando hay peligro de invasión extranjera
y grupos de negros cimarrones andan alzados por los alrededores de
la capital, Obispo y Cabildo ojrecen « sus personas y las de todos
los clérigos aun para apostarse en cualquiera punto » lo cual da la
medida de la energía y el valor de aquellos sacerdotes. Eso ocurría
en 1642. Eran tiempos, como lo anota el secretario Guzmán, de gran
tribulación. En 1643 no hubo ningún cabildo, ni tampoco en 1649,
1650, 1651. Entre 1644 y 1648 fueron muy escasas las reuniones
pues todas las energías debían estar tensas en la empresa de reedificar
la ciudad y sus templos. En 1653, cuando el obispo J/auro de Tovar
abandona la Diócesis por su traslado a Chiapa, el Cabildo Ecle-
siástico, que había sido testigo y aun actor al lado de su Prelado de
los choques con el Gobernador de la Provincia, manifestó sus senti-
mientos de solidaridad y de respeto hacia el Obispo.
De 1665 a 1675, la atención del Cabildo parece haberse concen-
trado principalmente en la reedificación de la Catedral. Luego, acto
seguido, secundará los esfuerzos de los obispos Antonio González de
Acuña y Diego de Baños y Sotomayor para establecer y organizar
el seminario de Santa Rosa, que más tarde dará origen a la Real y
Pontificia Universidad de Caracas. Durante el siglo XVLLI, entre
algún resonante proceso como el que le opone al Cabildo Alunicipal
a causa del pendón de la ciudad, el Capítulo de la Catedral caraqueña
alcanzará su máximo esplendor, centro de luces por la sabiduría y
la prudencia que suelen distinguir a sus miembros, los cuales cada
vez con mayor frecuencia son escogidos entre los más cultos y vir-
tuosos individuos del clero criollo. El Cabildo se convertirá asimismo
en un verdadero semillero de obispos, sobre todo a mediados del siglo
XVIII; ya en 1677, el Deán Marcos de Sobremontes había sido
promovido al Obispado de Puerto Rico; en 1739 el Deán José Mijares
de Solórzano — de la casa de los Marqueses de Alijares — pasará,
con la dignidad episcopal, a Santa Alarla; y en 1753, 1756, 1757,
respectivamente, el Tesorero José Alartínez de Porras, el Arcediano
LII
ESTUDIO PRELIMINAR
Jlanuel de Sosa y Betancourt, el Chantre Pedro Tantarán, serán
promovidos a los obispados de Puerto Rico, de Cartagena de Indias,
y de Durango. Como se ha recordado al comienzo de estas notas, en
1791 el Chantre Francisco de I barra, natural de Guacara, es de-
signado Obispo de Guayana, y más tarde se le traslada al Obispado
de Caracas, y al ser éste elevado a Arzobispado, se convierte en el
primer Arzobispo de Venezuela.1
Así, no puede extrañar que un observador tan perspicaz de la
nealidad venezolana como lo fue en las postrimerías del período
hispánico Francisco Depons, se expresara del modo siguiente:
« En las posesiones españolas no se conceden las canonjías sino
a individuos escogidos por el Rey, quien cuida siempre de que la
elección recaiga en persona de mérito. En ejecto, como estos empleos
requieren más constancia que actividad y son propios para personas
sedentarias, casi siempre se recompensa con ellos a curas viejos,
fatigados por el celo con que atendieron sus parroquias, Jamás he
visto entre los canónigos, uno que de sus rentas tome más de lo indis-
pensable y deje de repartir el resto entre sus parientes y los pobres
de la ciudad ».2
Y es muy digna igualmente de mención la opinión que el Precursor
Francisco de Jliranda le expresa a Bernardo 0 Higgins:
« Es un error creer que todo hombre, porque tiene una corona
en la cabeza o se sienta en la poltrona de un canónigo, es un janático
intolerante y un enemigo decidido de los derechos del hombre. Conozco
por experiencia que en esta clase existen los hombres más ilustrados
y liberales de Sud- América ».3
* *
Estamos seguros de que las horas que el lector pase sumergido
en esas aguas del pasado, sosegadas y límpidas unas veces, turbias
y revueltas otras, no serán perdidas. Pues los hombres que con po-
1 Anales, pág. 527.
2 Francisco Depons. Viaje a la parte oriental de Tierra Firme en la
América Meridional. 2 vols. Edición del Banco Central de Venezuela Colec-
ción histórico-económica venezolana, nos. IV y V. Traducción de Enrique
Planchart. Estudio Preliminar y notas por Pedro Grases. Caracas, 1960. (vol.
I, págs. 233-234).
3 Citado por Caracciolo Parra Pérez, El Régimen español en Vene-
zuela, Madrid, 1932, pág. 119.
ESTUDIO PRELIMINAR
luí
deroso espíritu de cuerpo constituyeron el Cabildo Eclesiástico — en
Coro, desde la erección de la Diócesis hasta 1636, en Caracas desde
el año siguiente hasta 1808, en vísperas ya de un cambio radical —
contribuyeron de un modo notable a configurar el rostro de Venezuela.
Manuel Pérez Vila.
Caracas, octubre 1963.
INDICE CRONOLOGICO
de lo contenido en los Libros de Acuerdos Capitulares
del Muy Venerable Señor Deán y Cabildo de esta Santa
Iglesia Metropolitana de Caracas y Venezuela.
9
Nota Preliminar
La erección de esta Santa Iglesia en Catedral, fue hecha en
la ciudad de Coro por la bula que inicia: Pro excellenti prea-
minentia, expedida por el Sumo Pontífice, siéndolo el señor Cle-
mente VII, en San Pedro de Roma a 21 de junio de 1531, en
cuya virtud su primer Obispo el Illmo. Sor. Dn. Rodrigo de las
Bastidas, estando en Medina del Campo de España formó allí
en 4 de junio de 1532 las reglas de su establecimiento y gobierno
o formal erección: lo cual consta de la que existe copiada en los
mismos libros capitulares. No se sabe cuando vino a Coro este
primer prelado, pues el libro más antiguo existente comienza
en el año de 1580; y parece que aún entonces no había otro,
pues solo éste se apunta en un inventario extendido al folio 127
de él. Mas por una relación que se halla en uno de los de la se-
cretaría arzobispal, formada según se apunta en su inicio por
algunos documentos vistos, por el libro de la conquista de esta
Provincia, y por el de una relación de la Religión de Santo Domin-
go resulta que en el tiempo intermedio gobernó el obispado el dicho
Illmo. Sor. Bastidas desde el año de 1536 hasta el de 1542 en que
fue promovido al obispado de Puerto Rico: que le sucedió el
Illmo. Sor. Dn. Miguel Jerónimo Ballesteros desde el año de 43
hasta el de 58 en que falleció en la dicha ciudad de Coro: que
a éste siguió aunque no vino, el Illmo. Sor. Dn. Bartolomé (no
se dice el apelativo) según se expresa en las bulas del sucesor,
que fué el Illmo. Sor. Dn. Fr. Pedro de Agreda el cual fue electo
en 23 de junio de 1561, y murió en Coro en el dicho año de 1580.
En cuya inteligencia comienza el índice del modo siguiente:
2 — Actat, i.
2
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
Año di 1580.
En acta de 3 de septiembre, estando vacante la silla obispal,
y componiéndose el Cabildo de sólo los señores Dn. Francisco
López de Gamboa Deán, Dn. Antonio de los Ríos Arcediano, y
Dn. Francisco López Chantre, y de los cuales estaba entonces
ausente el dicho señor Deán, se nombró por notario (no se dice
que hubiese habido otro anterior) a Juan Tello. Sólo firmaron los
dos señores asistentes: y por los mismos seguidamente autori-
zando este notario, se hubo por presentada una Real Provisión
del Sor. Rey Dn. Felipe (a semejanza de las canongías) expedida
en San Lorenzo a 14 de abril de 1579 en que se presenta al pres-
bítero Bernardo Vallejo por cura de la ciudad de Santiago de
León; no dice si estaba vacante por promoción o fallecimiento
de otro, ni si este cura fue el primero. Se obedeció con la cere-
monia de besar y poner sobre la cabeza esta Real Provisión, y se
mandó comparecer personalmente al dicho presentado. (Libro 1,
fol. 1).
En el mismo día en otra acta se dice, que pues el Sor. Deán
ausente y el Sor. Chantre eran curas de la catedral, como anti-
guamente lo habían sido sus antepasados, por la pobreza y pe-
nuria de las pocas rentas de la Iglesia y de la mesa capitular y
que por ella no se podían sustentar sin los curatos, y esto con
mucha pobreza y miseria; y que el Sor. Chantre estaba enfermo
de un brazo; se nombró, mientras volvía el Sor. Deán, por cura
interino al padre Mateo Alvarez. (Libro 1, fol. 1).
En 24 de dicho mes de septiembre, a instancia del padre Blas
de la Puente, apoderado del padre Bernardo Vallejo, se admitió
a aquél a recibir en nombre de éste, la colación del curato de
Santiago de León con condición de que dentro de tres meses, y
bajo la multa de 10 pesos de oro, presentase los autos del examen
que se le hizo en aquella ciudad, y que entretanto se depositasen
las letras de la colación en Alonzo Arias Baca, vecino de Coro.
(Libro 1, fol. 2).
Sigue una copia de las letras de colación con inserción de
la Real presentación, fechas en 25 de octubre del propio año,
en ellas se dice haber sido examinado diligentemente el cura
presentado, y se manda a los venerables vicarios y cura de la
dicha ciudad de Santiago de León, en virtud de santa obediencia
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1580
3
y pena de excomunión mayor y de cien pesos de oro aplicados
a obras pías, que lo reciban y le den la posesión. (Libro 1,
fol. 3).
En 21 de noviembre, por haber fallecido el notario Juan
Tello se nombró por notario público del Cabildo a Ambrosio
Ruíz, que allí mismo aceptó y juró. (Libro 1, fol. 3).
En el mismo día se hubo por presentada una Real Provisión
de la Real Audiencia de Santo Domingo, con inserción de una
Real Cédula, en que se presentó al padre Blas de la Puente por
cura de la ciudad de la Nueva Segovia de Barquisimeto, con
adición de las diligencias operadas en cuanto al inconveniente
que se ofrecía al Sor. Gobernador de Caracas a recibir la colación
en 25 del propio mes de noviembre, asegurándose ser persona
idónea; y se le mandó poner en posesión. (Libro 1, fol. 3).
En 10 de diciembre, por estar ausente Ambrosio Ruíz, se
nombró por Notario del Cabildo a Bartolomé de Castells, y en
el mismo acto aceptó y juró. (Libro 1, fol. 6).
En 23 del mismo, se nombró por mayordomo de fábrica de
la catedral a Francisco Rodríguez vecino de Coro (que parece
ser el mismo notario) y se le señalaron 12 pesos de plata de renta
anual, como era costumbre y se había señalado a los anteriores
mayordomos de fábrica. Y en este Cabildo y los dos antece-
dentes asistía sólo el Sor. Chantre Dn. Francisco López por
ausencia de los demás señores capitulares. (Libro 1, fol. 6).
En 20 de abril, habiendo tenido noticia el Cabildo, que en
la ciudad de Caravalleda de la provincia de Caracas, estaba
un vecino de ella viviendo en mal estado con su suegra, se dió
comisión a Bernardo Vallejo, vicario de la ciudad de Santiago
de León, para que pasase a aquella ciudad a evacuar sumaria,
quedando reservada al Cabildo la sentencia. (Libro 1, fol. 7).
En 9 de junio se acordó escribir una carta al Rey, poniendo
presente la gran pobreza de la Iglesia, y pidiendo a Su Majestad
una limosna. (Libro 1, fol. 7).
En 14 del mismo, se concedió licencia al Sor. Arcediano Dn.
Antonio de los Ríos, para que por tres o cuatro meses, como
había pedido, pudiese pasar a tierra adentro a negocios propios
de él. Y al mismo tiempo se le nombró por visitador del obispado,
y se mandó a los vicarios y curas que lo recibiesen y obedeciesen
bajo la pena de excomunión mayor, y de cien pesos de oro apli-
cados para la fábrica de la Iglesia. (Libro 1, fol. 8).
4
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
En 2 de agosto, se nombró por sacristán mayor de la ca-
tedral al padre Rodrigo García, clérigo subdiácono. Y no se dice
si antes hubo otro. (Libro 1, fol. 8).
En 30 de octubre, habiéndose presentado Luis de Larraga
tesorero de la Santa Cruzada con tres Reales Cédulas, sobre la
publicación de la bula, y unas letras del Rmo. comisario ge-
neral Dn. Pedro Velarde, se prestó a todo el obedecimiento por
el Cabildo. (Libro 1, fol. 9).
En 19 de noviembre, se presentó en el Cabildo el Illmo. Sor.
Dn. Fr. Juan de Manzanillo, obispo electo de esta diócesis;
y habiendo exhibido una Real Cédula expedida en Badajoz a 14
de octubre de 15&0, en que se avisa estar presentado para obispo
de esta diócesis, y mandadas impetrar las bulas, se previene que
se le entregue el gobierno del obispado: el cabildo no solamente
se lo entregó, sino que le dió posesión sentándole en la Silla
obispal y entregándole las llaves de la Iglesia. Firmó su señoría
Illma. poniendo así Fr. Joannes Episcopus eíectus V entzuelensis:
a lo cual sigue una diligencia, en que el Cabildo traslada a su Sría.
Tilma, toda la jurisdicción que tenía. (Libro 1, fol. 9 vto.).
En 11 de diciembre, presente su Sría. Illma., se mandó al
mayordomo, que pagase a Diego de Molina 40 pesos por el tra-
bajo de las puertas que tenía hechas en la Iglesia. (Libro 1, fol.
10 vto.).
En el mismo día se mandó que se hiciesen sillas para sentarse
en el coro los señores dignidades: que el secretario (así se titula
ya el notario del Cabildo) hiciese el juramento de guardar secreto
pena de excomunión mayor y de 50 pesos de oro para la Iglesia
y que todos los sábados al ponerse el sol se cantase con mucha
devoción la salve a la Santísima Virgen María Nuestra Señora;
para cuyo acto diese el mayordomo de la cofradía candelas a
los hermanos que asistieren. (Libro 1, fol. 11).
En el propio día, se hizo nombramiento de sochantre en Pedro
Juárez, imponiéndosele la obligación de asistir a todas las horas
en la Iglesia y hacer aquello que fuese necesario; y asimismo
de enseñar a cantar a todos los ordenantes; señalándosele el sa-
lario anual de cincuenta pesos de plata; pero no se dice de cuales
rentas. (Libro 1, fol. 11).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1582
5
Ano de 1582.
En 5 de enero, presente su Sría. Illma., se dispuso que se
pusiese una reja a la pila de agua del bautismo, y se hiciese una
cajita para poner el Santo Oleo y Chrisma. Y en este mismo
acto se dio licencia al Sor. Arcediano Dn. Antonio de los Ríos
para que pudiese pasar al nuevo Reino de Granada a cosas que
le convenían, por ser comisario del Santo Oficio. (Libro 1,
fol. 11 vto.).
En 12 del mismo, presente el sobredicho Illmo. Sor. Obispo
electo, se dispuso que no se usase del misal viejo, y que para las
misas se sirviesen con el nuevo que trajo su Sría. Illma., entre-
tanto Su Majestad remediaba las necesidades de la Iglesia. Se
mandó también, que se guardasen las ceremonias del nuevo,
rezado, bajo la pena de excomunión papal puesta en él. Y así
mismo, se hizo nombramiento en el mayordomo Francisco Ro-
dríguez, para que saliese a cobrar lo que se debía a la Iglesia de
escusados, y de otras cualesquiera cosas que le perteneciesen.
(Libro 1, fol. 11).
En 17 del propio mes, presente su Sría. Illma. se dispuso que
fuese desde luego el mayordomo a las cobranzas de lo que se
debía a la Iglesia, señalándosele por su trabajo cincuenta pesos
de oro. (Libro 1, fol. 12).
En 19 del mismo, presente su Sría. Illma. se acordó que tres
o cuatro vecinos saliesen por fiadores para la cobranza de la mo-
neda de la Santa Iglesia que estaba en Caracas. (Libro l,fol. 12 vto.)
En 23 del mismo, presente su Sría. Illma., se dispuso que
se hiciese un escaño de tres asientos para los sacerdotes en el altar
mayor: que se hiciesen bolsas de corporales de tafetán carmesí;
guardar los libros de canto, y demás del Oficio Divino. (Libro 1,
fol. 12).
En 26, se dispuso que todos los sacerdotes trajesen corona
abierta y que los servidores de la Iglesia en los Domingos y fiestas
y demás que fuese necesario usasen de sobrepelliz para mayor
reverencia. (Libro 1, fol. 13).
En 30, presente su Sría. Illma., se juntaron, y no hubo cosa
necesaria de que tratar. (Libro 1, fol. 13).
En 9 de febrero, se reiteró el mandato de que los ministros
de la Iglesia curas y beneficiados en el rezo y misa se arreglasen
6
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
al nuevo romano: que los sábados muy de mañana se cantase
la Misa de Nuestra Señora por el cura semanero; y que por el
otro se dijese la Misa mayor del día y que por este mismo orden
se cantase los lunes la Misa de las Benditas Animas. (Libro 1,
fol. 13).
En 16 del mismo, presente su Sría. Illma., se nombró por
secretario del Cabildo, por ausencia de Francisco Rodríguez a
Rodrigo Suárez notario que era de la Audiencia Episcopal, y
en el mismo acto aceptó y juró, y se le mandaron guardar los
privilegios de tal secretario pena de excomunión mayor y de
cincuenta pesos de oro, la mitad para la Iglesia, y la otra mitad
para penas de cámara del Fisco Episcopal. (Libro 1, fol. 13).
En el mismo día, se dispuso que ninguno, aunque fuese Pre-
bendado, en adelante entrase al coro sin sobrepelliz estando en
las horas, y que ninguno de los señores falte sin tener impedi-
mento legítimo, y expresa licencia del que presidiere: y se nombró
al sochantre para apuntar las fallas. (Libro 1, fol. 14).
En 20 del mismo, se acordó escribirse al Rey, dando el Cabildo
a Su Majestad las gracias por haber concedido a esta diócesis
tan buen prelado cual le convenía; y se cometió al señor Deán
el escribir la carta, y que escrita, se trajese al Cabildo para fir-
marla. (Libro 1, fol. 14).
En 23 del mismo se aprobó la carta y se firmó. (Libro 1, fol. 14).
En 9 de marzo, se acordó que se avisase a los ordenantes de
prima tonsura para arriba, habitantes en la ciudad, que asistiesen
a las horas canónicas, pues tanto provecho espiritual se les seguía,
y que estas son las armas de los soldados de Jesucristo. (Libro 1,
fol. 14 vto.).
En 13 del mismo, se reiteró el mandato del atril o facistol
del coro por no haberlo hecho al mayordomo, y se le previno que
comprase bocraz negro y azul obscuro para poner frontal a los
dos altares colaterales en la cuaresma. (Libro 1, fol. 14).
En 1 1 de mayo se acordó, que el oficio divino se haga con la
autoridad y decencia conveniente, de modo que el pueblo cris-
tiano fuese edificado. (Libro 1, fol. 14).
En 12 de junio, presente su Sría. Illma., se acordó tomarse
las cuentas al mayordomo de la Iglesia Francisco Rodríguez
que ya había regresado, de lo que había cobrado de los escusados
y de lo que debía a la Iglesia el difunto prelado Sor. Dn. Fr. Pedro
de Agreda. Y en este mismo acto se dispuso que toda la octava
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1583
7
de Corpus Christi a prima se sacase el Santísimo Sacramento,
y se pusiese en el altar mayor con cuatro candelas encendidas
y dos hachas; y lo mismo desde nona hasta acabar las vísperas;
y que después de éstas se hiciese procesión por dentro de la Iglesia
con toda solemnidad. (Libro 1, fol. 15).
En 26 de julio, se dispuso, que en las cuatro pascuas del año,
y fiestas de Corpus, de la Asención, de San Pedro, de Santiago,
de San Juan Bautista, y de la señora Santa Ana Patrona de la
ciudad, se aderesase la Iglesia de ramos y juncia (es hierba olo-
rosa) y se limpiase como mejor conviniese. (Libro 1, fol. 15).
En 25 de agosto, presente su Sría. Illma, se mandaron pagar
cuarenta pesos de plata al carpintero que trabajó el pulpito
para la Iglesia. (Libro 1, fol. 15 vto.).
En 10 de octubre, habiendo representado el mayordomo de
fábrica Francisco Rodríguez que había cobrado en virtud del
encargo que se le hizo en Acta de 17 de enero 588 pesos, y cinco
tomines de plata corriente de diez reales cada peso, que reunidos
a oro fino de a diez y seis reales cada un peso, montan 367 pesos
6 tomines y 6 granos: se dispuso que se pagase de los 50 pesos
de oro que se le habían ofrecido por su trabajo, con más 12 pesos
y dos tomines que se dieron para ayuda de costa, y que del resto
se hiciese cargo. (Libro 1, fol. 15).
En 18 del mismo, enunciándose la necesidad de que hubiese
dos muchachos de coro, que en la Iglesia sirviesen de lo nece-
sario, se hizo el nombramiento en Antonio, hijo de Jerónimo
Valenzuela, y en Alonzo hijo de Martín Jorge, y se les señala
por su trabajo el estipendio anual de diez pesos de plata corriente,
de las rentas de la Iglesia para ellos, y los que en adelante así
sirviesen, y que sus padres y madres otorgasen las cartas de
pago. (Libro 1, fol. 16).
Año de 1583.
En 15 de enero, presente el Illmo. Sor. Obispo electo, se dis-
puso que el mayordomo de fábrica Francisco Rodríguez para
la compra de un cáliz, entregase a su Sría. Illma., trece pesos, dos
tomines y ocho granos de oro fino. (Libro 1, fol. 16 vto.).
En 8 de abril, por haberse ausentado de la ciudad el secretario
Rodrigo Suárez, fué nombrado por notario y secretario de Ca-
8
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
blldo Juan de Arteaga, y en el mismo acto aceptó y juró. (Libro 1,
fol. 16).
En 6 de junio, se dispuso que para que la Iglesia fuese ser-
vida, como es razón, y celebrado el culto divino, que aunque
entonces era sacristán Juan Gil Morcillo, para más abundancia
se le nombró por compañero a Francisco Ramírez, atento el man-
damiento hecho por el Illmo. Sor. Obispo electo: y se señaló de
salario a ambos sacristanes 30 pesos de plata cada año de las
rentas de la Iglesia; por ser poco el que Su Majestad (esta ex-
presión Su Majestad la pongo porque en el original se pone su m. ;
sino es que acaso diría su merced por el Cabildo) les daba, y que
se había de cobrar fuera de esta provincia. Y en este Cabildo
vuelve a autorizar el secretario Francisco Rodríguez, y prosigue.
(Libro 1, fol. 17).
En 7 del mismo, expresándose el gran riesgo en que estaba
el Santísimo Sacramento, por ser la Iglesia hecha de pajas, y
que para evitarlo se había hecho concierto con un oficial de alba-
ñilería de trabajarla por el precio de 500 pesos de oro, según la
Escritura que estaba otorgada con inteligencia del Cabildo se-
cular a quien se había pedido favor y ayuda, para que tanta
obra no pereciese, y lo tenía ofrecido como tan importante y
por ser Coro el pueblo más antiguo de esta Gobernación: se acordó
que pues ya estaba puesta la obra en efecto, se daba nuevamente
poder al mayordomo de fábrica para que acudiese a las cosas
de gastos que fueren menester. (Libro 1, fol. 17 vto.).
En 3 de septiembre, a fin de que mejor prosiguiese la obra
del nuevo edificio, fué nombrado un hombre para andar con la
carreta, domar bueyes y hacer todo aquello que cumpliese a la
Iglesia, y se concertó por 50 pesos de plata de a diez reales por
un año y dos reales de carne cada semana. (Libro 1, fol. 18).
En el mismo día, habiéndose presentado por escrito Francisco
López, mayordomo de la cofradía de Nuestra Señora de la Con-
cepción, relacionando que el Illmo. Sor. Obispo, le había mandado
por auto y con censuras que se hiciese un hospital, y que ya lo
tenía hecho con todo lo demás que se le había prevenido y supli-
cando al Cabildo que sus mercedes nombrasen mayordomo; se
acordó nombrar como nombraron al mismo Francisco López por
mayordomo del hospital, como que lo era de la cofradía, a cuya
costa se había hecho; y se le dió el mismo título de la Concepción:
se le encargó lo ejerciese con caridad y cristiandad a beneficio
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1585
9
de los pobres enfermos: y al mismo tiempo para que con más
cuidado fuese servido el hospital, se hizo nombramiento de dipu-
tados coadjutores a Alonzo Arias Baca y a Gaspar Baes: y en
este propio acto aceptaron todos sus nombramientos. (Libro 1,
fol. 18 vto.).
Año de 1584.
En 8 de enero, habiéndose presentado el Illmo. Sor. Diego
Gutiérrez de Camargo, presentando un trasunto (que no se halla
copiado en el libro) de las bulas despachadas al Illmo. Sor. Dn.
Fr. Juan Martínez de Manzanillo (no se dice donde estaba) y
pidiendo en virtud del poder que también se dice haber presen-
tado, se le diese la posesión de esta diócesis: y vistas las bulas
y poder, se mandó poner una silla en el lugar tocante a la Dig-
nidad Episcopal; y habiéndose sentado en ella, le entregaron
todas las llaves de la Iglesia con que aprehendió y tomó quieta
y pacíficamente la posesión en presencia de todo el pueblo que
se hallaba allí congregado; y no se dice de más ceremonias. Y
advierto que al fol. 30 de este mismo libro en el encabezamiento
de un título allí copiado, se titula obispo de Venezuela y pro-
vincia de Caracas, y de las Islas de Curazao, Aruba y Bonaire.
No hubo otro Cabildo en este año. (Libro 1, fol. 20).
Año de 1585.
En 21 de enero, presente el Illmo. Sor. Obispo, que aquí se
firma Fr. Joannes Episcopus: se dice que congregados el Cabildo
en las casas episcopales, trataron de cosas espirituales y lo for-
maron. (Libro 1, fol. 20 vto.).
En 27 del mismo, presente su Sría. Illma., en las casas epis-
copales, se dispuso que el Sor. Chantre ejerciese las funciones de
tesorero para mirar por los ornamentos y que estuviesen bien
tratados y mirados, y listas las demás cosas tocantes al oficio
de tesorero, por no tenerlo la Santa Iglesia. (Libro 1, fol. 21).
En 8 de febrero, presente su Sría. Illma. en las casas epis-
copales, se trató de la reforma que se había de tener en el culto
divino, para que se dijese como se ha de decir, y con la estofa
que se requiere, y se dispuso que a un mozo del coro se añadiesen
1(1
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
cinco pesos a su renta de diez anuales, y que se hiciesen unas
bolsas de corporales. (Libro 1, fol. 21).
En 22 del mismo, presente su Sría, Illma. y en cus casas,
habiéndose presentado por dos diputados una Real Cédula, y
una instrucción para la publicación de la bula de la Santa Cru-
zada y su recibimiento, se prestó el obedecimiento; y manifestó
su Señoría Illma. y el Cabildo estar prontos a todo. (Libro 1,
fol. 21 vto.).
En 15 de octubre, presente su Sría. Illma. y en sus casas,
se dispuso (otra vez) que ninguno entrase al coro, sin que fuese
conforme a su orden clerical con bonete y sobrepelliz: que se
dijese el oficio divino con mucha solemnidad, y que los señores
Deán y Cabildo hagan su oficio conforme a la erección, y haciendo
en el coro lo que allí se les ordena. Y asimismo para quitar muchos
males que se seguían del juego de naipes, lo prohibió su Sría.
Illma. (Libro 1, fol. 22).
En 27 de noviembre, presente su Sría. Illma. y en sus casas,
se mandó que los sacerdotes que residían en la ciudad, de este
día en adelante ninguno anduviese fuera de su hábito clerical,
así en el vestir, como en lo demás, y que asistiesen al coro a las
horas del día, llevando cada uno bonete y no sombrero, y que se
ocupasen pasando los ordinarios dos horas al día.
En 31 de diciembre, presente el Illmo. Sor. Obispo, y en sus
casas, dijo su Sría. Illma. que hasta entonces habían usado, y
servido el oficio de cura los señores Dn. Francisco Gomes de
Gamboa, y Dn. Francisco López por no haber sacerdotes, y que
al presente los había; por lo cual nombraba y nombró a los padres
Mateo Col de Morales, y Francisco Ramírez dándoles facultad
para que ejerciesen el oficio de cura de esta manera que admi-
nistrasen los Santos Sacramentos a sus feligreses, que enterrasen
los muertos que falleciesen en la ciudad de Coro, a excepción de
cuando se pidiese el entierro de Deán y Cabildo y que entonces
se les diesen seis pesos y a más de ellos se les diese el acompa-
ñamiento que habían de hacer al Cabildo: que cantasen la Misa
de los lunes a las Benditas Animas oficiándolas el sacristán,
y que entre ellos se repartiese la limosna que las Misas rezadas
de los testamentos, se distribuyesen entre ellos y el Cabildo:
que las Misas cantadas, de los sábados, y todas las que saliesen
de las cofradías las cantasen los señores Deán y Cabildo: que
las Misas de todos los días se dijesen por hebdómadas por cada
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1587
11
uno de aquellos señores y de los curas, como les cupiesen excepto
los domingos y fiestas que las habían de decir aquellos señores
Deán y Cabildo: que los dichos dos curas fuesen obligados a
asistir en el coro todos los domingos y fiestas sábado y vísperas
de fiesta; y cuando el Cabildo celebrase alguna fiesta y a vestirse
cuando hubiese necesidad de Diácono y Subdiácono a excepción
de cuando fuese Misa de devoción, mortuorio, u otra que se les
había de pagar su vestuario. Y mandó su Sría. Illma. que así
se intimase y notificase a los señores Deán y Cabildo y a los
curas. Y aunque están encabezados los señores Deán y Chantre,
sólo firmó el Illmo. Señor Obispo, y sigue la diligencia de inti-
mación. (Libro 1, fol. 23).
Año de 1586.
En 8 de enero, presente su Sría. Illma. y en sus casas, se nombró
de nuevo a Francisco Rodríguez, por mayordomo de la Iglesia,
con el sueldo anual de veinte y cuatro pesos de plata corriente:
y atentos los servicios que había hecho y estaba haciendo, se le
concedieron dos sepulturas para él y para su mujer Germana
de la Peña. (Libro 1, fol. 23 vto.).
En 6 de junio, se nombró por sacristán mayor de la santa
Iglesia a Juan de Soto de Acuña, clérigo presbítero. Y también
se nombró a Pedro de Arenas por mozo de coro. (Libro 1, fol. 24).
En 30 de septiembre, habiéndose presentado en nombre del
tesorero de la Santa Cruzada tres Reales Cédulas, sobre reci-
bimiento de la santa bula, y una instrucción del Rmo. Comisario
General y así mismo un Vidimus de su Santidad; se obedeció
todo con las ceremonias de estilo, y manifestó el Cabildo estar
pronto al recibimiento. (Libro 1, fol. 24 vto.).
Año de 1587.
En 24 de enero, por ausencia y ocupaciones del secretario
Francisco Rodríguez, fué nombrado Francisco Gómez; y en el
mismo acto aceptó y juró. (Libro 1, fol. 25).
En el mismo día se mandó que el mayordomo atendiese como
convenía a la obra del nuevo edificio de la Iglesia, y se reiteró
12
FUENTES PARA I.A HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
el mandato de que los curas asistan con sobrepelliz y bonete a
vísperas y salve; pues a ello estaban obligados, y a Dios hacían
servicio para la estofa y ornato de la Santa Iglesia: y para que el
sacristán y mozos de coro asistiesen a lo que están obligados
por su oficio. (Libro 1, fol. 25).
En 16 de marzo, estando ausente el Illmo. Sor. Obispo y re-
mitido al Cabildo una bula de su santidad para que perpetua-
mente el día 2 de abril se rece doble común a San Francisco de
Paula confesor no pontífice; el Cabildo prestó su obedecimiento,
y lo mismo hicieron todos los sacerdotes y religiosos que se ha-
llaban en la ciudad y fueron al efecto llamados al Cabildo: y
se Ies mandó que lo pusiesen en el calendario. (Libro 1, fol.
25 vto.).
En el mismo Cabildo se dispuso que el mayordomo pudiese
nombrar un hombre que asistiese a la obra de la construcción
de la Iglesia, y que cuidase de los bueyes y carreta, pagándole
el correspondiente salario. (Libro 1, fol. 25 vto.).
En 17 de marzo, se nombró por sacristán mayor de la Santa
Iglesia al Reverendo Padre Fr. Juan Ramos, Sacerdote del Orden
de San Francisco; y se mandó que se le diesen sus estipendios
correspondientes, y lo recibieron por tal sacristán mayor, pena
de excomunión y de 20 pesos de oro para la Iglesia. (Libro 1,
fol. 26).
En 12 de junio, por haberse retirado uno de los mozos del
coro, se nombró a Marcos Arias. (Libro 1, fol. 26 vto.).
En 13 de julio, por haberse retirado el sobredicho religioso
Fr. Juan Ramos, se nombraron por sacristanes mayores simul-
táneamente a Marcos Arias y Antonio Valenzuela, clérigos ton-
surados, y se les mandó entregar la plata y ornamentos, dando
la correspondiente fianza: y en atención a que eran mozos del
coro, se nombró para este oficio a Francisco, y a Juan hijos de
vecinos de la ciudad, con el salario de 15 pesos cada año, que
les había de pagar el mayordomo de la Iglesia. (Libro 1,
fol. 27).
En 21 de noviembre, se nombró a Vicente Alejo para que
anduviese con la gente que trabaja en la obra de la Iglesia, y se
hizo con él en este mismo acto el concierto de darle 50 pesos de
plata por un año. Sólo asistió el señor Chantre. (Libro 1,
fol. 27).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1588
13
Año de 1588.
En 21 de enero, se mandó aderezar y aliñar la plaza del ser-
vicio de la Iglesia, haciéndose concierto al efecto con un platero
que se llamó al Cabildo, y que pagase el mayordomo los veinte
pesos de plata del concierto y lo más necesario. Y en este mismo
se dispuso que se hiciesen dos carretones para la obra de la Iglesia,
los cuales se concertaron con un carpintero en 12 pesos de oro fino:
asistió sólo el señor Chantre. (Libro 1, fol. 28).
En 13 de febrero, se reiteró el mandato de que los curas de
la Santa Iglesia, asistiesen todos los domingos y fiestas de guardar
a la Misa y los sábados a las vísperas y salve, y observasen y
cumpliesen lo demás que les había prevenido el Illmo. Sor. Obispo.
Y se mandó también, que los sacerdotes asistiesen a vísperas y
a la Misa y que los tonsurados ocurriesen al servicio de la Iglesia.
Y en este mismo Cabildo, se mandó asimismo a los curas que guar-
dasen la forma que le había ordenado el Illmo. Sor. Obispo, en
cuanto a celebrar las Misas del Alva en los domingos y fiestas
para los indios y negros, y que previniesen a los vecinos de la
ciudad que asistiesen a la Misa mayor, advirtiéndoles las cen-
suras impuestas por su Sría. Illma. a los que faltasen no estando
impedidos. Asistió sólo el Sor. Chantre; y sigue la diligencia de
obedecimiento de los curas y demás sacerdotes. (Libro 1, fol.
28 vto).
En 8 de marzo, habiéndose presentado el muy Revdo. Padre
Mateo Col de Morales con un título despachado por el Illmo.
Sor. Obispo Dn. Fr. Juan Martínez Manzanillo en Caracas a
22 de febrero de este mismo año; y en el cual expresando que tiene
Cédula de Su Majestad para nombrar cuatro prebendados y
dignidades cuando no los hubiese en la Iglesia, y que al presente
sólo había el Chantre, por haber fallecido el Deán; nombraba
y nombró al dicho Padre Mateo Col para esta dignidad, con la
renta anual de 150 pesos para su sustento, y con calidad de ser
amovible ad nutum; y de que no tuviese voto en Cabildo, ni silla
de prebendado: y el Sor. Chantre único asistente a este Cabildo
lo recibió con las expresadas condiciones y se puso seguidamente
copia del dicho título. (Libro 1, fol. 29 vto.).
14
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
Año de 1589.
En 25 de enero, de mandato de su Sría. Ulma. se nombraron
por mozo del coro a Alonzo Ruíz y Francisco Jara, y se les señaló
el salario de 15 pesos anuales, el cual se mandó al Deán Mateo
Col de Morales, que como mayordomo de la Iglesia los pagase
(el nombramiento de tal mayordomo no está en este libro) :
asistió sólo el señor Chantre. (Libro l, fbL 30 vto.).
En el mismo día, en vista de una petición del Padre Mateo
Col de Morales cura de la Santa Iglesia (era también Deán in-
terino y mayordomo de fábrica) se le concedió licencia para
pasar a Caracas a la audiencia del Illmo. Sor. Obispo, y al mismo
tiempo para cobrar los escusados que allí y en otro lugar de tierra
adentro estuviesen sin pagarse; y se le admitió que dejase en su
lugar al padre Francisco Montesinos clérigo presbítero sirviendo
el curato. (Libro 1, fol. 31).
En 24 de julio, sin expresarse causa, se nombró por secretario
de Cabildo a Francisco Navas de Cea, y al mismo tiempo de
notario seglar para las causas de la jurisdicción eclesiástica de
la ciudad. Sólo asistió el Sor. Chantre: y se infiere de este nom-
bramiento que acaso el Illmo. Sor. Obispo lo tendría comisionado.
(Libro 1, fol. 31 vto.).
En 27 del mismo; habiéndose presentado el Revdo. Padre
Bartolomé Gómez clérigo presbítero, al cual (como queda dicho,
del Deán Mateo Col de Morales) nombró el Illmo. Sor. Obispo
por arcediano amovible ad nutum con las condiciones de no tener
voto en Cabildo, ni silla de prebendado, y con el salario de 140
pesos de oro fino cada año; se le recibió por tal arcediano. Sólo
asistió el señor Chantre. Y sigue una copia del título expedido
en Caracas a 23 del mes de junio anterior. (Libro 1, fol. 32).
Año de 1590.
En 19 de junio se dispuso se intimase a los dignidades nom-
brados por el Illm. Sor. Obispo que acudiesen todos los días al
coro a cantar o rezar las horas canónicas conforme a la erección
del obispado, sin hacer ausencia: y para la cumplida ejecución
de este acuerdo, se nombró por apuntador de ausencias y que
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1590
15
a los descuidados se les quitase las fallas que tuviesen según la
erección, a Marcos Arias clérigo tonsurado, sacristán de la Iglesia;
cuyo oficio, rectitud, diligencia y cuidado y que guardaría la orden
que le fuese dada por el Cabildo, y se le señaló de renta anual
20 pesos de oro, sacables de las mismas fallas. (Libro 1,
fol. 33).
En el propio Cabildo se dispuso que los curas de la Santa
Iglesia, acompañasen desde el coro al dignidad que fuese a ves-
tirse para cantar la Misa, por no haber capellanes, ni otros sacer-
dotes que lo hiciesen; y se recordó la obligación de los mismos
curas de su ausencia a vísperas y Misa los sábados y días de fiesta.
(Libro 1, fol. 22 vto.).
En este mismo Cabildo se dispuso también, que los sacristanes
acudiesen a tañer todos los días las horas canónicas y Misas, y
que estuviesen presentes a ayudar a cantar o rezar las mismas
horas. Sólo asistió el Sor. Chantre. (Libro 1, fol. 33 vto.).
Habiéndose notificado todas las disposiciones antecedentes
fueron obedecidas; pero el padre Mateo Col de Morales, resistió
el acompañamiento al dignidad que fuese a cantar la Misa, por-
que él era Deán interino. (Libro 1, fol. 34).
En 7 de julio, habiéndose presentado el Padre Francisco Mon-
tesinos con un título del Illmo. Sor. Obispo, en que le nombra
cura de la catedral amovible ad nutum, fué recibido por tal cura,
hasta que otra cosa se proveyese, y aunque se mandó al secre-
tario poner testimonio del título en el libro, no lo hizo, y quedó
una hoja blanca, que es el folio 35. (Libro 1, fol. 34 vto.).
En 27 de septiembre, por haber hecho dejación el padre Mateo
Col de Morales, se nombró por mayordomo de fábrica a Fran-
cisco Rodríguez, teniente de contador real en Coro, con facultad
de poder nombrar un mandador de los indios trabajadores de
la obra de la Iglesia, y de castigar a los negros esclavos de ella.
(Libro 1, fol. 36).
En 16 de noviembre (debe ser de octubre según el siguiente,
y las circunstancias de ambos Cabildos) en atención a no haber
aceptado la mayordomía de fábrica el dicho Francisco Rodríguez
con motivo de la mucha necesidad de dinero que padecía la Iglesia,
y que él no tenía con que suplirlo, se dispuso que para que no se
siguiese perjuicio a la obra del edificio que se estaba constru-
yendo, la mayordomía estuviese en el Cabildo, hasta que hubiese
quien la admitiese. (Libro 1, fol. 36 vto.).
16
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
En 24 de octubre, por ausencia del anterior secretario, fué
nombrado por tal secretario de Cabildo, y notario de las causas
eclesiásticas al padre Francisco Montesinos, clérigo presbítero;
y en el mismo acto aceptó y juró. (Libro l, fol. 37).
En 18 de enero, se nombró por mozo de coro a Miguel López,
y por monacillo a Francisco López; y en la enunciativa se dice
que el mozo de coro era destinado a asistir mientras los divinos
oficios y horas canónicas en hábito decente para acudir a traer
recaudo y a los demás que suelen acudir los tales mozos de coro:
y según las expresiones con que concluye este Cabildo, parece
que lo mismo era monacillo, que mozo de coro; pues ambos eran
subrogados por otros que se habían retirado, y se les señaló la
misma renta de quince pesos de plata anuales, como lo había
dispuesto el Illmo. Sor. Obispo, respecto de aquéllos. (Libro 1,
fol. 37).
En 4 de febrero, (asistiendo sólo como en todos los anteriores
Cabildos el Sor. Dn. Francisco López, Chantre, en este se titula
Deán y se firma: «el Deán de Venezuela » y no consta en parte
alguna su recibimiento), se nombró por secretario de Cabildo y
notario público de las causas de la jurisdicción eclesiástica, a
Francisco Rodríguez en atención a que por la cualidad de tal
notario debía ser seglar, conforme al Real Patronato: y en el
mismo acto aceptó y juró. (Libro 1, fol. 38).
Año de 1592.
En 4 de febrero, asistiendo el sólo Deán Dn. Francisco López
(que aquí se firma «el Deán Dn. Francisco López» y así prosigue
en lo sucesivo) representando, como siempre, a todo el Cabildo,
en atención a que el día 3 anterior, que fué lunes, llegó la noticia
auténtica de haber fallecido el día primero de enero de este año
a las doce de la noche el Rmo. Sor. Dn. Fr. Juan Martínez Man-
zanillo (en Caracas según otro Cabildo) y haber recaído el Gobierno
en el Cabildo sede vacante, fué nombrado por provisor y vicario
general el Revdo. Padre Fr. Cristóbal de Ojeda del Orden de
Santo Domingo, con el goce de la preeminencia concedida al
Cabildo por el Santo Concilio; y que siendo necesario se le confir-
maban los poderes y nombramiento que tuvo de provisor y vicario
General del dicho Illmo. Sor. Obispo. (Libro 1, fol. 38 vto.).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1692
17
En 5 de junio, habiéndose presentado el padre Mateo Col de
Morales con representación y una Real provisión (que es un
ejecutorial) del Sor. Dr. Dn. Pedro Duque, Deán de la Santa
Iglesia Metropolitana de Santo Domingo, provisor y vicario
general del Arzobispado en sede vacante; se hubo por presentada,
y que después se respondería; a cuyo fin se mandó copiar en el
Libro. (Libro 1, fol. 39).
En este ejecutorial ganado a instancia de Luis de Morales
vecino de Coro (que sigue copiado) se declara nulo el nombra-
miento de provisor de este obispado sede vacante hecho en el
sobredicho Revdo. padre Fr. Cristóbal de Ojeda, por haber sido
hecho fuera del término señalado por el Santo Concilio de Trento.
y ser el electo incapaz de poder ejercerlo por ser Fraile profeso:
se manda que se lleven los autos de la elección para la determi-
nación que corresponda, y se determinó que en el entretanto, se
sirva el provisorato en lo espiritual y temporal por el dicho Padre
Mateo Col de Morales: que sí el dicho religioso tuviese que alegar
compareciese en la Corte Arzobispal de Santo Domingo: y que
recibieren desde luego al nuevo electo bajo la pena de excomunión
mayor, y de mil ducados de oro para la fábrica de la catedral
de este obispado, a cualquiera que no le obedeciese. (Libro 1,
fol. 39 vto.).
En Io de julio, se mandó que no se diese al padre Mateo Col
un testimonio que pedía, ni se le tuviese por tal provisor; pues
no había sido electo por el Cabildo; y se puso pena al nombrado
si ejerciese el nombramiento, y al notario si le obedeciese, de
excomunión mayor y de 150 pesos de oro fino para la Iglesia;
y que a su tiempo se remitiese testimonio de los autos a Santo
Domingo. (Libro 1, fol. 40).
En el mismo día primero de julio, se determinó obedecer el
sobredicho ejecutorial, en cuanto a que no sea provisor el sobre-
dicho religioso Fr. Cristóbal de Ojeda: se disculpa el nombra-
miento hecho en él, con el motivo de que había sido por muchos
años provisor del Illmo. Sor. Manzanillo y con aprobación del
gobernador Dn. Diego Osorio y general aceptación, y que el
Cabildo lo confirmó en sede vacante; se hace ver que la elección
fué hecha en tiempo según el día en que se recibió la noticia;
pues el dicho Sor. Obispo murió en Caracas cien leguas distante
de Coro: no se admite al sobredicho Mateo Col, por ser ilegítimo
el nombramiento, y porque era defectuoso en su persona, vida y
3 — Acta*, 1.
[8
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
costumbres: se hace ver que en el Cabildo hay sujeto apto para
Provisor en el nuevo Arcediano Dn. Juan de Bellaz, que estaba
en Caracas y se interpone recurso de fuerza para la Real Au-
diencia. (Libro 1, fol. 41).
Sigue la copia de una Real Cédula de presentación del mismo
Mateo Col de Morales a la Chantría: se dice está vacante, y no
se expresa el que la obtenía: y es fecha en San Lorenzo a 18 de
septiembre de 1591. (Libro 1, fol. 42).
En Io de agosto, se declara espontáneamente, que el haberse
dicho en el anterior que Mateo Col de Morales era defectuoso
en su persona, fué por la fealdad que tenía en el rostro y narices:
que en cuanto a su vida fué por ser amigo de soldados; y que por
lo respectivo a costumbres, fué por tenerla de jugar a los naipes;
cuya declaratoria dice que se hace por las malas interpretaciones
que se habían dado a estas expresiones. (Libro 1, fol. 42 vto.).
En 6 de agosto, sigue un testimonio de las diligencias de la
colación canónica, y posesión que se le dió al mismo padre Mateo
Col de Morales, de la Chantría. (Libro 1, fol. 43).
Sigue otra copia de la dada del arcedianato al licenciado
Dn. Juan de Bellaz Presbítero en 19 de septiembre, en que está
inserta la Real presentación expedida a 18 de septiembre de 1591,
por muerte de Dn. Antonio de los Ríos en ambas se dió la co-
lación por el Cabildo sede vacante, compuesto de sólo el Sor.
Deán, y después por el mismo la posesión, cuyas ceremonias no
se expresan: sólo se dice que se le puso en el mismo asiento y
lugar de los antecesores. (Libro 1, fol. 44).
En 21 de septiembre, entre los señores Deán y Chantre, nom-
braron por visitador del obispado al dicho señor arcediano.
(Libro 1, fol. 46).
En 22 de septiembre se dispuso que los dos curas de Caracas
Bernardo de Vallejo, y Bartolomé de la Canal, recogiesen los
papeles de visita que estaban en poder del Revdo. Padre Fr.
Mateo de Ojeda: y se nombró por sochantre al padre Bartolomé
Gómez, presbítero, y que se le pagase por la fábrica. (Libro 1,
fol. 46 vto.).
Año de 1593.
En 2 de enero, se nombró por cura de la catedral, al sobredicho
sochantre Bartolomé Gómez, por estar vacante el curato; no se
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1593
dice por quien: y se le hace el nombramiento como propietario.
(Libro 1, fol. 46 vto.).
En Cabildo de 15 de febrero, con motivo de haberse sobre-
cartado la provisión de Santo Domingo, sobre nombramiento
de provisor sede vacante, se admite por Provisor a Dn. (así se
nombra ya y firma) Mateo Col de Morales, bajo la protesta de
que no pare perjuicio al recurso de fuerza interpuesto a la Real
Audiencia: y al folio 48 vto., sigue la tal Provisión o ejecutorial
sobrecartado. (Libro 1, fol. 47).
En 17 de marzo, se manda retirar de la visita por algunas
querellas al señor arcediano Licdo. Dn. Juan de Bellaz y que
venga a Coro. (Libro 1, fol. 48).
En 12 de abril, presentó el señor Chantre la Real Cédula ori-
ginal de su presentación, porque lo que presentó antes fué un
testimonio, y se mandó poner otra copia en este libro. (Libro 1
fol. 50).
En 21 de junio, habiéndose recibido ciertas querellas del To-
cuyo y de La Laguna, se acordó con el voto del Sor. Deán y con-
formidad de los señores Arcediano y Chantre; que en la ciudad
de La Laguna (que es Maracaibo) se pusiese otro cura, para que
hubiese dos; y que de la del Tocuyo se removiese al Padre Francisco
Gallegos, dándosele dimisorias, para que se fuese fuera de la
gobernación, y se pusiese al padre Carrizales. Y asimismo se dis-
puso, que se diese gusto a los vecinos de La Laguna en fundar
allí un convento como querían. (Libro 1, fol. 51).
En 16 de septiembre con vista de lo pedido sobre publicación
de la bula de la Santa Cruzada, recibimiento de la Real Cédula,
y del Viditnus de la tercera predicación en Trujillo; se dispuso
que cualquiera de los curas de la ciudad, lo manifestasen al pueblo
en la Iglesia de San Lázaro con mucho rigor y censura, para que
todos los vecinos estantes y habitantes, hombres y mujeres de
siete años para arriba estuviesen presentes al recibimiento y
publicación, saliendo la Santa Bula de aquella Iglesia a la de San
Gabriel donde se había de predicar: y que uno de los curas asis-
tiese con el Diputado a la distribución de Bulas. (Libro 1,
fol. 52).
En 9 de octubre, se trató sobre dar algún curato al padre
Francisco Gallego, y acerca de remoción del cura de Trujillo,
Bartolomé Fernández: hubo tres votos distintos en los tres señores
concurrentes, y no se puso resolución. (Libro 1, fol. 52 vto.).
20
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
Año de 1594.
En 27 de enero, se manda observar lo que está dispuesto en
orden al culto Divino, en otros Cabildos anteriores simultánea-
mente con el prelado y especialmente la disposición de que en las
Misas de todos los días hagan hebdómadas los señores capitulares
y los curas; pero que los domingos y fiestas siempre la digan
aquéllos. Y se dispuso que la Misa se diga todos los días de tra-
bajo a las ocho de la mañana, y que también asista el sacristán
mayor. (Libro 1, fol. 53).
En Cabildo de 26 de febrero, se obedeció sin perjuicio de los
derechos del Cabildo y de la fuerza interpuesta, una provisión
del Illmo. Sor. Dn. Fr. Nicolás Ramos, Arzobispo de Santo
Domingo, en que vuelve a nombrar al Chantre Dn. Mateo Col
de Morales por provisor sede vacante: y qunque se mandó poner
copia de la provisión, no se puso. (Libro 1, fol. 53 vto.).
En 3 de marzo, por haber muerto el dicho Dn. Mateo Col de
Morales el día lunes 28 del inmediato febrero, se hizo nombra-
miento de provisor en Francisco Cébennos, presbítero, cura y
vicario de Trujillo, sin perjuicio de la jurisdicción del Illmo.
Sor. Metropolitano, a quien se mandó dar cuenta. Y sigue el
título de provisor despachado al siguiente día cuatro. (Libro 1,
fol. 54 vto.).
En 16 de agosto, el Sor. Deán Dn. Francisco Gómez, presentó
una provisión del Illmo. Sor. Arzobispo de Santo Domingo Dn.
Fr. Nicolás Ramos, en que lo nombra por provisor sede vacante:
y luego que se leyó el Arcediano (único que asistía con él) tomando
la voz de Cabildo lo mandó salir del Cabildo: y habiendo obe-
decido, siguió el mismo Arcediano pidiendo un traslado de la pro-
visión del Illmo. Sor. Arzobispo, y el secretario en nombre del
Deán se lo concedió; y concedido, prosiguió protestando el nom-
bramiento que lo obedecía por temor de las censuras, entretanto
resolvía la real audiencia de Santo Domingo, o el Nuncio de su
Santidad existente en Madrid el punto. Y el Deán nada más
dijo, y el solo Arcediano firmó el Cabildo, y no el Deán aunque
no se dice porque: y sigue una copia de la provisión del Illmo.
Sor. Arzobispo, dada en Santo Domingo a 18 de junio de este año.
(Libro 1, fol. 56).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1595
21
Año de 1595.
En 10 de enero, se nombró al Revdo. Padre Pedro Graterol,
clérigo presbítero por visitador de la ciudad de Trujillo, sus
términos y jurisdicción; y al mismo tiempo se le nombró por vi-
cario de la misma ciudad: y en este propio acto se nombró a Juan
Martín clérigo presbítero por cura de la ciudad del Tocuyo,
compañero del otro que era vicario nombrado Alvaro de Carri-
zales, por fallecimiento de Francisco Gallegos. Sólo asistió el
Sor. Deán, y se titula provisor y vicario general de este obispado.
(Libro 1, fol. 57 vto.).
En 10 de febrero, se dijo que en atención a estar la Iglesia
catedral sin acólito para su mejor estofa, que Francisco López
vecino de Coro, presentase al efecto a sus hijos (no se dice cuantos)
al Cabildo y que de la fábrica se les pagase lo que fuese justo.
(Libro 1, fol. 58).
En Cabildo de 10 de octubre se presentó personalmente con
dos Cédulas Reales el Illmo. Sor. Dn. Fr. Pedro Mártir (no tiene
otro apelativo) del orden de Santo Domingo. Obispo electo de
esta Diócesis, y se le dió la posesión del obispado, sentándole
en la silla correspondiente y entregándole las llaves de la Iglesia
con las demás ceremonias del caso y el mismo Illmo. Sor. firmó
así: «Fr. Pedro Mártir Obispo de Venezuela» pero nada se dice
de consagración, ni de las bulas. Las dichas Cédulas que siguen
copiadas, y son fechas en 4 de abril del año anterior de 94 se
dirigen, la una a nombrarle por obispo; y la otra a que se le
entregue el gobierno, y que ya están mandadas solicitar las
bulas. Según se expresa al folio ciento cuarenta y cinco, el
apelativo es Palomino. (Libro 1, fol. 58 vto.).
Año de 1596.
En Cabildo de 24 de febrero, se nombró por provisor sede
vacante al Padre Pedro Graterol, clérigo presbítero de la ciudad
de Trujillo: y es notable este Cabildo en el modo de votar y con-
cluir por haberse escrito y firmado después del encabezamiento
los dos votos del Deán y Arcediano únicos asistentes: y después
por ambos el decreto capitular. Se dice que murió el sobredicho
22
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
Illmo. Sor. electo Obispo Dn. Fr. Pedro Mártir, jueves en la
noche de 22 del dicho mes y año de enfermedad que Dios fué
servido darle, y se supone haber sido en la misma ciudad de Coro.
(Libro l, fol. 50).
En 1 ° de marzo, se relaciona el nombramiento hecho en el
antecedente Cabildo de provisor y vicario general en el padre
Pedro Graterol, y habiéndosele ya despachado el título, de que
sigue copia, y el Cabildo dejó reservado en sí lo que por derecho
está reservado; conviene a saber: nombramientos de curas y
vicarios, sacristanes y doctrineros, comisiones de visitadores
y la visita general. (Libro 1, fol. 60 vto.).
En 10 de abril, se nombró al Sor. Deán Dn. Francisco Gómez
por mayordomo interino de fábrica, en ausencia del propietario,
que se dice lo era Juan de Arteaga, para proseguir la obra de la
Iglesia, y en el mismo acto aceptó hasta que vuelva el dicho
Arteaga. (Libro 1, fol. 61).
En 27 de mayo, se nombró a Juan Camargo por mozo y cantor
del coro, con la renta de 40 pesos de plata anuales; y a los dos
acólitos se les aumentó la suya hasta cuarenta pesos de plata para
ambos: todos pagables de la fábrica. (Libro 1, fol. 61 vto.).
En 28 de mayo, se resolvió atenta la ausencia del dicho Ar-
teaga, nombrar por mayordomo de fábrica al capitán Diego
Gutiérrez de Camargo; y en efecto fué nombrado por tal mayor-
domo, y en el mismo acto aceptó y juró. (Libro 1, fol. 62).
En 24 de junio, por haber vacado el curato de Santiago de
León de Caracas por muerte de Bernardo Ballejo cura presentado
por el Rey y asimismo el de Trujillo por de; ación que hizo Bar-
tolomé Fernández, se mandan fijar edictos conforme al Patronato
Real, con participación al Sor. Gobernador Dn. Diego Osorio
para la admisión de opositores. (Libro 1, fol 62 vto.).
En 4 de septiembre, con motivo de haber llegado de Coro
un cantero, se le mandó hacer la fuente bautismal, ajustada en
65 pesos de oro fino. Y en este mismo acto se revocó una licencia
concedida al Sor. Arcediano Dn. Juan de Bellaz, para ir a tierra
adentro, por haber ya pasado dos meses, y se dispuso que no
ganase renta alguna, desde este día ni se le tuviese presente mien-
tras no volviese a servir su prebenda. (Libro 1, fol. 63).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1597
25
Año de 1597.
En 20 de febrero, por haber renunciado Marcos Arias la sa-
cristía mayor, se nombraron por interinos a Miguel López y a
Juan Camargo, mientras se proveía conforme al patronato real.
(Libro 1, fol. 63 vto.).
En Io de septiembre, se mandó a los clérigos de cuatro me-
nores órdenes, que asistan al coro y al altar con sotana y sobre-
pelliz los días de fiesta, y que vivan recogida y honestamente,
así en el pueblo como dentro de la Iglesia: que los sacristanes
hagan lo mismo en cuanto al vestido: y que los monacillos en los
días de fiesta se vistan las ropas acostumbradas y sobrepelliz.
E igualmente se mandó que se fijasen edictos para la sacristía del
Tocuyo, y se nombró de interino a Diego Felipe. (Libro 1, fol. 64).
En 15 de octubre, se mandó al capitán Juan Fernández, que
desocupase un cuarto de la casa obispal, dentro de tres días,
y se le devuelvan los alquileres, y que resistiendo sea declarado
por excomulgado; pues está casa estaba dedicada al servicio de los
señores obispos, y en alguna ausencia para el de los Sres. Digni-
dades. (Libro 1, fol. 64 vto.).
En 16 del mismo se trató sobre publicación de la bula en la
ciudad de Coro, que ya se había recibido en Trujillo donde estaba
el provisor Pedro Graterol: y se mandó ponerla para la entrada
en la Hermita de San Lázaro y San Antón. (Libro 1, fol. 65).
En 10 de noviembre se acordó como ya antes se dice haberse
tratado, nombrar un tesorero que cobre las cuartas capitulares;
y quedó por entonces suspensa la elección de persona. (Libro 1,
fol. 65 vto.).
En 28 de noviembre, se señalan 30 pesos anuales a cada uno
de los dos sacristanes a título de cantores del coro, para la mayor
abundancia y ornato de él. (Libro 1, fol. 66).
Año de 1598.
En 3 de enero, con motivo de las letras copiadas al siguiente
folio, expedidas por el Illmo. Sor. Dn. Fr. Nicolás de Ramos
Arzobispo de la Concepción de la Vega, en las cuales suspende
de oficio al provisor Pedro Graterol, y le conmina con pena de
24
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
excomunión mayor reservada, y de dos mil pesos de oro, y de
ponerlo preso en la Casa Real, y requiere el Cabildo para su cum-
plimiento y que nombren otro; se eligió al Revdo. Padre Barto-
lomé Gómez, que fué Arcediano interino, y era actualmente cura
de la Catedral. (Libro 1, fol. 66 vto.).
En 22 de enero, con motivo de baber fallecido el mayordomo
de fábrica, Diego Gutiérrez de Camargo, y que al presente no
había a quien nombrar, por estarse padeciendo muchas calami-
dades en la ciudad, se puso en depósito la mayordomía en el Sor.
Deán Dn. Francisco López. (Libro 1, fol. 67 vto.).
En Io de junio, se trató de deponer al padre Bartolomé Gómez
del vicariato general capitular, y de los oficios de cura de la ca-
tedral y de sochantre: el Sor. Deán dió su voto diciendo que
suscribiese como hombre de bien y honrado, y merecedor de
mejores cargos y honras, como que había quince años que lo
conocía, y que había desempeñado bien sus oficios, y que los
prelados lo habían siempre honrado. Y el Sr. Arcediano dijo:
que fuese privado de los tres oficios, porque así como el Cabildo
lo nombró, así era necesario el consentimiento de todo el Cabildo
para que continuase, y que pues el sólo Arcediano representaba
la mitad, y también por las cinco razones que dió y no es bien
referirlas aquí por ser muy ofensivas e indecentes. Mas al reverso
del folio 69, en 20 del mismo mes, se desdijo de todo, y confesó
llana y espontáneamente cuanto se puede decir de bueno en la
persona del dicho padre Bartolomé Gómez: y que continuase en
sus oficios. (Libro 1, fol. 68).
En 28 de junio, se presentó Diego Fernández de Cárdenas,
clérigo presbítero, con una Real provisión del Rey, dada en 14
de julio de 1596, en que lo presenta a la Chantría: se obedeció
y se reservó tratar acerca de su cumplimiento: y en 30 del mismo
mes, se acordó otra vez su obedecimiento, pero que de presente
no había lugar su cumplimiento, porque el Cabildo tenía que
representar a Su Majestad. Mas en otro Cabildo de 7 de julio,
se acordó, que sin embargo de cualesquiera contradicciones se le
diese la posesión, en atención a ser hábil y suficiente, y haber
padecido tantos trabajos, y sido robado de ingleses. Y siguen
las diligencias en las cuales consta el juramento y profesión de la
fe, la colación dada por el Cabildo, y seguidamente la posesión
en la cual se dice que mandó derramar monedas de plata, luego
que se le sentó en la silla. (Libro 1, fol. 70).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1598
25
En 30 de agosto, se despidieron los cantores que pagaba la
Iglesia, por haber venido la dignidad de Chantre, y que estaba
cumpliendo su oficio: y en el mismo acto se propuso por el Chantre,
se cantasen las Misas que previene la erección cada mes en el
primer viernes por los Reyes difuntos, en el primer sábado por
los Reyes vivos, y en el primer lunes solemne por las animas.
Mas el Arcediano se opuso a que estas Misas fuesen cantadas
por la mucha penuria que había de ministros, y la pobreza de
éstos: y quedó pendiente la resolución de si habían de ser can-
tadas o rezadas, para cuando asistiese a Cabildo el Deán, por ser
solos el Arcediano y Chantre los concurrentes a este Cabildo.
(Libro 1, fol. 72).
En Io de septiembre, se acordó que se llamase con pena de
censuras y de deposición, a Juan Camargo que estaba ausente;
para que viniese a servir la sacristía de la Iglesia, como nombrado
por el real patronato; y que no viniendo dentro de cuatro días,
continuase con toda la renta Miguel López, que está nombrado
junto con él. (Libro 1, fol. 74).
En 27 de octubre, se dispuso, con los votos de los señores
Arcediano y Chantre, que se suspendiesen los mandamientos que
se habían librado para que los curas pagasen las cuartas de tes-
tamentos tocantes al prelado, al Cabildo sede vacante; pero que
los curas dentro de cuatro meses presentasen mejora del recurso
de apelación hecho a la Metrópoli de Santo Domingo. Más el
Sor. Deán fué de parecer, que se suspendiese la ejecución de
aquellos mandamientos, mientras se declaraba si de derecho
pertenecían las cuartas al Cabildo. (Libro 1, fol. 74 vto.).
En el mismo día, se nombró por visitador de la ciudad de
Carora, Tocuyo, Barquisimeto y Guayana al señor Chantre Dn.
Diego de Cárdenas, con calidad de concluirla en este mismo año
de 98, y que sólo en él ganaría la renta. Y se mandó hacer un
bugio para acopiar madera para la fábrica de la Iglesia, por haber
quemado los ingleses el que había, y las maderas que allí estaban.
(Libro 1, fol. 75).
En Cabildo de 15 de diciembre el señor arcediano sólo, con
voz del Cabildo dijo: que por haber muerto el día 13 del mismo
mes el Deán Dn. Francisco López, suspendía al Chantre del
oficio de visitador y le mandó que volviese dentro de 30 días al
Cabildo, pena de excomunión mayor, y de 50 pesos de oro fino
para la guerra contra infieles: y que los herederos del dicho Dn.
26
KU ENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
Francisco López, diese cuentas de la mayordomía de fábrica que
obtenía. (Libro 1, fol. 75).
En el propio día se nombró por mayordomo de fábrica a Fran-
cisco Rodríguez, regidor propietario de coro y notario que auto-
rizó el mismo Cabildo, que en otras ocasiones había ejercido la
mayordomía; y se le señalaron 22 pesos anuales de oro fino por
renta; y se asignaron también 6 pesos de oro fino anuales por
lavar la ropa de la Iglesia: y asimismo se le permitió que hiciese
los gastos ordinarios sin libranza del Cabildo, pero participán-
doselos. (Libro 1, fol. 75 vto.).
Afio de M99.
En 24 de enero, el señor arcediano sólo acordó a su favor con
referencia al acuerdo verbal que tuvo con el señor Deán antes
de su fallecimiento, el servirse de una criada del hospital señalán-
dole la mesada; y mandó al mayordomo pena de excomunión,
que no le pudiese cobrar más del salario señalado, que fue los dos
primeros meses a 30 reales, y los demás a 20. (Libro 1, fol. 76).
En 5 de febrero el mismo señor arcediano sólo celebró otro
Cabildo, en que dispuso varias suspensiones de empleos y multas,
y que no se le impidiese su ida en un navio, imponiendo a Diego
Perozo (no dice que empleo tenía) la multa de 500 pesos de oro
fino, sino admitía la fianza dada, y asimismo las de censuras etc.:
y al fin dice el notario que el mismo arcediano después que mandó
escribir este Cabildo no lo quiso firmar, y firmó sólo el dicho
notario. Y parece haberse ido el dicho arcediano pues no se halla
asistente en ningún otro Cabildo. (Libro 1, fol. 76 vto.).
En 20 de febrero, se mandó hacer una alacena junto al Bau-
tisterio, para custodia de los Santos Oleos y demás necesario.
Y se mandó que los clérigos de órdenes mayores y menores, usasen
hábito decente y que asistiesen a las vísperas, completas y salves.
(Libro 1, fol. 77).
En 10 de marzo, habiéndose presentado el capitán Alonzo
Arias Baca, teniente general de Gobernador con el real ejecu-
torial expedido en 24 de abril de 1598, y las bulas y poderes del
Illmo. Sor. Dn. Fr. Domingo de Salinas (no se dice el Orden,
pero parece era Dominico) que según se deduce estaba en Caracas:
y el Sor. Chantre Dn. Diego Fernández de Cárdenas, único capi-
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1599
27
tular que había, le dio en el mismo día la posesión en la persona
de aquél; el cual prestó juramento: fué sentado en una silla y se
le entregaron las Llaves de la Iglesia: y aunque se mandó poner
copia de todos los documentos presentados en el Libro, no se
puso. (Libro 1, fol. 77 vto.).
En 6 de mayo para continuación del edificio de la Iglesia se
nombró a Domingo Pérez en calidad de sobrestante con el sueldo
anual de 60 pesos de plata corriente, la mitad en plata y la mitad
en lienzo de cuatro reales vara, doce fanegas de maíz anualmente,
y dos reales cada semana para carne, y otros dos para pescado
en la cuarentena. (Libro 1, fol. 78).
En 17 de junio los albaceas del Deán Dn. Francisco López
exhibieron 200 pesos de oro fino de 22 quilates y medio que el
mismo tenía a tributo de los bienes del Deán su antecesor Dn.
Francisco de Gamboa, dotación de cuatro Misas, para que de
nuevo se impusiesen a razón de catorce mil el millar (así está
repetidas veces). Y el Chantre único capitular los recibió en
nombre del Cabildo y obligó a éste a su seguridad: y después
al reverso del folio 79 en 15 de septiembre con vista de la escri-
tura de fundación, declaró que las cuatro Misas se habían de
decir con vísperas, la una el día de la Inmaculada Concepción
de Nra. Sra., después de la fiesta de la Cofradía; otra el día de la
conmemoración de Difuntos ambas por la alma del dicho Deán
Gómez; y las otras dos por las de Simón Gómez y su mujer, con
responso en su sepultura; la una el día antes de todos Santos;
y la otra al cuarto día después de la fiesta de la Purificación.
(Libro 1, fol. 78 vto.).
En 26 de septiembre, se presentó Francisco Ramírez, cura de
la catedral con la Real presentación a la tesorería de esta Santa
Iglesia (no se dice por quien hubiese vacado) fué examinado en
la fe, y habiéndola confesado y hecho juramento de obediencia
a la Santa Iglesia y al Romano Pontífice, de guardar los privile-
gios del Cabildo conforme al Santo Concilio de Trento, y erección
de este obispado y de guardar secreto de lo que se tratare en
Cabildo, se le dió la posesión con las ceremonias acostumbradas.
Y sigue copia de la Real presentación expedida en el Pardo a
29 de noviembre de 1597 y de la colación que le dió en Caracas
el Illmo. Sor. Dn. Fr. Domingo de Salinas (el cual se titula Obispo
de Venezuela y de las Islas y tierra firme) según sus letras expe-
didas a 21 de agosto del presente año, precedido rigoroso ejercen
2h
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
en ciencia y suficiencia, e información de vita et moribus, y la
profesión de la fe. (Libro L, fol. 80).
En 8 de octubre, se dió comisión a Alonzo Fernández Santos
para cobrar en Caracas de los Oficiales Reales el expolio del Illmo.
Sor. Manzanillo: y se dispuso que remitiese a España de cuenta
y riesgo de la Iglesia en alguna Capitana o Almiranta, o en da-
leones por la vía de Cartagena, mil y trescientos ducados caste-
llanos para comprar las imágenes, alhajas y ornamentos que allí
se expresan. (Libro 1, fol. 81 vto.).
En 19 de octubre, se acordó que para el adorno del cemen-
terio y lugar donde estuvo la Iglesia que quemó el inglés se tra-
jesen unos palos: que se quitase la cruz que estaba en la puerta
del perdón: que no se enterrase allí otro difunto; y que se acabase
la casa que se estaba haciendo para tejar. Y aquí mismo se dió
licencia al Chantre para que fuese a Caracas, obedeciendo el
llamamiento que le hizo el Illmo. Sor. Salinas. (Libro 1, fol. 83).
En 3 de diciembre, se dispuso, que se comprase una casa para
archivar y custodiar los papeles de la Iglesia. Y se mandó que se
cantasen las Misas mensuales de los Reyes y de difuntos; pero
que la del sábado fuese rezada, porque se cantaba otra de la co-
fradía, y había poco concurso. (Libro 1, fol. 83 vto.).
En 31 de diciembre, se reeligió a Francisco Rodríguez por
mayordomo de fábrica, e hizo el juramento de fidelidad, y se le
señaló el mismo oficio de secretario de Cabildo con el salario de
doce pesos anuales. Y aquí mismo se nombró al tesorero Dn.
Francisco Ramírez por colector de capellanías y Manuales para
el siguiente año. Se cometió a éste el examen de las cuentas del
mayordomo, y se mandaron hacer dos escaños de dos asientos
cada uno bien torneados y con una grada que los levante del piso
del coro. (Libro 1, fol. 84).
Año de 1600.
En 4 de enero, se trató de hacer el primer nombramiento de
adjuntos, conforme al Sacrosanto Concilio de Trento: y en aten-
ción a que el Deán estaba difunto, y el Arcediano ausente, y que
sólo existían dos, que lo eran el Chantre y el tesorero, se acordó
que habiendo de ser visitados por el Illmo. Sor. Obispo, o su
vicario general, se acompañase con el Chantre para visitar al
tesorero, y con éste para visitar al Chantre. (Libro 1, fol. 84 vto.).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1600
29
En 21 del mismo, se dispuso que se agrandase el coro, para
que pudiese ponerse Tribuna para la Silla pontifical y asientos
para los capitulares como corresponde a las catedrales; y se nombró
de interventor de esta obra al Sor. Tesorero. En este mismo Ca-
bildo, se propuso por Gaspar de Agreda, en nombre de Ana Mo-
rales, la fundación de dos Alisas cantadas, la una en la fiesta
de la Encarnació.n por Ana de Morales; y la otra en la octava
de difuntos, por Antonio Col, difunto; para lo cual ofreció aquélla
100 pesos de oro fino de 22 quilates; y se respondió que lo vería
el Cabildo y provería. En el siguiente Cabildo volvió a requerir
la aceptación el Agente; y se acordó reservar la determinación
para el primer Cabildo. Al folio 86 en 26 del mismo mes se hizo
la aceptación con todas solemnidades, y que se cantasen las Misas
con vísperas y demás pedido, con el rédito de los dichos 100 pesos
a razón de catorce mil el millar poniéndose desde luego a censo:
y en efecto en 28 del mismo mes se concedieron a Micael de Quero
quien otorgó escritura. (Libro 1, fol.85).
En 25 del mismo enero, se mandó hacer candelero de tinieblas,
porque no lo había; y que a la fuente bautismal se le pusiese cu-
bierta para que pudiese tener Oleo y Crisma. (Libro 1, fol. 85 vto.).
En 11 de abril, se mandó hacer nuevo horno de cal, para
que la obra de la Iglesia pudiese progresar. Se reserva la deter-
minación sobre proseguir el sobrestante de la fábrica, a quien se
denomina mandador, y se nombró un monacillo con la renta de
diez pesos en lienzo. (Libro 1, fol. 87 vto.).
En 2 de mayo, compareció en el mismo acto del Cabildo,
el Ayuntamiento de la ciudad, compuesto de Alcaldes, Alférez
mayor y Regidores y representantes: que el Deán Dn. Francisco
Gómez en su testamento dispuso que se cumpliese el encargo
que le hizo el Illmo. Sor. Dn. Fr. Pedro Mártir, de la fundación
de una memoria de tres Misas cantadas con vísperas, la una al
Nacimiento del Señor en su Octava; otra a la Asunción de Nra.
Sra. en su Octava; y otra el día de la fiesta de todos los Santos;
señalando para ellas el capital de 150 pesos, y el de 121 pesos y
cinco tomines, para las rezadas, a razón de cuatro tomines la pi-
tanza de cada una. Todo el capital es 271 pesos y 5 tomines de
oro de 22 quilates y medio para imponerse a censo a razón de
catorce mil el millar; y que estas Misas cantadas y rezadas, se
aplicasen por el dicho Sor. Obispo difunto: suplicó el dicho Ayun-
tamiento como Patrono de esta memoria que se admitiese; y el
30
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
Cabildo respondió que lo vería. El Secular volvió a comparecer
y requerir al Eclesiástico en el de cuatro del mismo mes y res-
pondió que lo remitían por otro Cabildo. Y en el de cinco siguiente,
con asistencia del mismo Cabildo secular (que es el Patrono nom-
brado) se hizo la aceptación con todas solemnidades: y firmaron
estos Cabildos el eclesiástico y el secular; y éste exhibió allí mismo
la cantidad en dos barras de oro; y en 16 del mismo se concedieron
a censo del modo que allí se expresa. Aquí mismo se reeligió al
mandador de la fábrica por otro año. (Libro 1, fol 88.)
Kn 23 de junio, se reitera el mandato de que no entren secu-
lares al coro, mientras se canta o reza en él; y que se dé cuenta al
vicario para que provea auto con censuras. Y aquí mismo se
expresa haberse proveído un memorial sobre rédito de un censo.
(Libro 1, fol. 90 vto.).
En 4 de julio, se hizo la elección de provisor y vicario capi-
tular en el señor Chantre Dn. Diego Fernández de Cárdenas,
con solo el voto de otro capitular que había, y era el tesorero
Dn. Francisco Ramírez a cuyo fin, aquél omitió su voto activo;
y se reservó en el Cabildo el dar dimitorias y letras comendaticias,
y los nombramientos de visitador de vicarios foráneos, de curas,
de sacristanes y de jueces de comisión. Y al folio 93 vto. hizo el
juramento de fidelidad y desempeño del oficio a todo su saber
y entender; y en lo que su juicio no bastase, de aconssjarse con
persona de ciencia y conciencia. Y al folio 96 vto., se concedió
que pudiese comisionar causas. Y al folio 97 trató de hacer renuncia
del provisorato, y no se le admitió. (Libro 1, fol. 92).
En el mismo día, nombramiento de cura interino de uno de
los dos curatos de la catedral, hecho en Fernando de Ciero Br.
en Artes y se mandó fijar edicto con término de 60 días, convo-
cando a la provisión en propiedad, conforme al Patronato Real.
En 18 de agosto, se admitió la renuncia de la Sacristía
mayor que hizo Miguel López, se determinó la fijación de edictos
convocatorios, con término de 40 días; y se hizo nombramiento
de sacristán interino en Antonio Valera clérigo Diácono. Y aquí
mismo se dispidieron dos monacillos, y se nombraron otros dos,
el uno con 10 pesos de plata, y 5 pesos en lienzo, y el otro con 8
pesos en plata y 4 en lienzo anualmente. (Libro 1, fol. 94).
En 17 de octubre, se presentó una bula del Sor. Clemente
VIII, en que concede Indulgencia a la Cofradía de la Limpia Con-
cepción de Nra. Sra, establecida en la catedral: se mandó pu-
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1601
31
blicar, y se dieron disposiciones convenientes a que en todo tiempo
se tuviese noticia de esta gracia. (Libro 1, fol. 94 vto.).
En 31 de octubre, se dispuso que en atención a haber ocasión
de navios, se diese cuenta al Rey del fallecimiento del Illmo. Sor.
Salinas, y al mismo tiempo se noticiase a Su Majestad de los
méritos del Ledo. Dn. Nicolás de Añasco Deán de la Iglesia Me-
tropolitana de Santo Domingo y provisor de aquel arzobispado,
con quien estimaban sería Dios servido, y la Real conciencia de
Su Majestad. (Libro 1, fol. 95).
En 16 de noviembre, se dispuso que para el pago de 31 pesos
y 6 granos de oro de una deuda de la Iglesia a Rodrigo Muñoz;
el mayordomo los tomase a tributo sobre las rentas de la Iglesia,
y pagase. (Libro 1, fol. 95).
Año de 1601.
En 4 de abril, por haberse retirado un monacillo, se nombró
a Juan hijo de Beatriz, con el salario de 12 pesos, mitad en lienzo,
y mitad en plata, pagables por tercios con libranza del Cabildo.
(Libro 1, fol. 95 vto.).
En 8 de mayo, se eligió al padre Bartolomé Gómez cura de
la catedral, y se le concedió licencia por tres meses y medio para
que viniese a Caracas a cobrar de los oficiales Reales la mitad
de la vacante del Illmo. Sor. Manzanillo, de que el Rey hizo mer-
ced a la Iglesia. Y en este mismo acto se concedió al vicario ca-
pitular que pudiese nombrar juez receptor y de comisión. (Libro 1,
fol. 96).
En 31 de julio, se expresa que los oficiales reales de Caracas
dieron contra los de Coro, para el pago de la vacante del Illmo.
Sor. Manzanillo, una libranza de un ciento ochenta y siete mil
trescientos y cincuenta y un maravediz; y el Cabildo acordó
consultar con el señor Gobernador y capitán general Alonzo
Arias Baca, sobre las necesidades de las Iglesias para emplear
aquella cantidad. Y en este mismo acto, habiendo tratado el
señor provisor y vicario general, que lo era el Chantre Dn. Diego
Fernández de hacer dejación de este oficio, proponiendo por causa
que él era indigno y que tenía algunos negocios a que acudir, no
se le admitió por el otro señor asistente que era el tesorero.
(Libro 1, fol. 96 vto.).
32
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL RE VENEZUELA
En 3 de agosto, habiéndose redimido un censo perteneciente
al Cabildo de 150 pesos de oro, se comisionó al Sor. Tesorero
para que tratase de la nueva imposición de ellos. (Libro 1, fol.
97 vto).
En 3 de septiembre, habiendo vuelto el padre Bartolomé
Gómez, y cobrado de paso 195 pesos y medio de oro fino, de las
excusadas de Santiago de León, de Caravalleda, y de Valencia;
se acordó que se le diesen de gratificación 50 ducados castellanos,
por lo cobrado de la vacante del Illmo. Sor. Manzanillo, y 7 pesos
y medio de oro fino por lo demás. Y en este mismo acto se trató
de la redención de un tributo correspondiente a una memoria de
Misas. (Libro 1, fol. 98).
Hay aquí una copia de la Acta celebrada entre el Gobernador
y el Cabildo ante un escribano en Io de agosto de este año en la
ciudad de Coro, y acordaron que de aquel dinero cobrado de la
vacante del Illmo. Sor. Manzanillo, se sacasen 1.400 pesos de oro
fino, para comprar unos negros esclavos y dos negras, para pro-
seguir el edificio de la Iglesia que estaba parado: y lo restante
se emplease en la compra de varios ornamentos y utensilios para
el servicio de la Iglesia, que allí prolijamente se expresan. (Libro 1,
fol. 99).
En 22 de diciembre, se recibió el pontifical del Illmo. Sor.
Dn. Fr. Domingo de Salinas, enviado desde el Tocuyo, donde murió,
y se individualizan todas las piezas de que contaba. Y en este
mismo acto se dispuso que pasada la Pascua se presentase el
Mayordomo de fábrica a dar cuentas ante el Sor. Vicario ca-
pitular. (Libro 1, fol. 100).
Año de 1602.
En 13 de febrero, habiendo dado razón el señor vicario capi-
tular de haber recibido las cuentas del mayordomo de fábrica
Francisco Rodríguez, se aprobaron. (Libro 1, fol. 101).
En 18 de febrero, se obedecieron unas letras apostólicas y
reales provisiones sobre publicación de la segunda predicación
de la bula de la Santa Cruzada; una Real Cédula sobre el buen
tratamiento de los indios; otra para que el Gobernador, reser-
vando 200 pesos de oro de los Indios (esto es las Doctrinas) que
vacaron instituya un preceptor de Gramática: otra para que
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1602
33
ningún Dignidad vaya a España sin licencia de Su Majestad;
otra para que si algún sacerdote pretendiese ser presentado a
alguna dignidad, lo haga por medio del Illmo. Sor. Obispo: y
otra para que vacando algunos indios, se dé el beneficio por opo-
sición. El Gobernador compareció en este Cabildo, e intimó las
mismas Cédulas por su parte. Y siguen copias de tres de estas
Reales Cédulas. (Libro 1, fol. 101 vto.).
En 27 de abril, se dispuso que los negros mandados comprar
se traigan de Maracaibo, y que sean doce: se hizo este Cabildo
con asistencia del Sor. Gobernador y capitán general Alonzo
Arias Baca, y firmó en él, después de los señores capitulares. Y
sigue otro Cabildo del mismo día, en que se entregó el dinero al
Sor. Chantre para que fuese a Maracaibo de cuenta de la Iglesia
a la compra de los esclavos. Y al folio 105 vto. hay otro Cabildo
de 24 de mayo acerca de la entrega de los dichos esclavos que
trajo el señor comisionado. (Libro 1, fol. 104).
En 7 de mayo, se hizo ajuste con un pintor, para pintar en
un lienzo de 4 varas de alto la imagen de Santa Ana, y de Nra.
Sra. y las de San Pedro y San Pablo; y también separadamente
dos crucifijos, todo en 40 pesos de oro fino, y una botija de vino.
(Libro 1, fol. 105).
En 31 de agosto, se presentó Pablo Lara y Brito teniente de
Maracaibo y capitán general allí, con los poderes del Illmo.
Sor. Dn. Fr. Pedro de Oña del Orden de Nra. Sra. de la Merced,
y sus bulas y Reales Cédulas para que le diese la posesión de
este Obispado: y se acordó dársela, y que en conformidad de lo
que se había escrito al Cabildo por el religioso que trajo de España
y sostituyó los poderes para recibir la posesión (cuya carta está
copiada) quedase el gobierno en el Cabildo como estaba en la
sede vacante, hasta que viniese su Sría. Illma. Al siguiente día
Io de septiembre se dió la posesión, sentándose al dicho Apo-
derado en una silla que se puso en el coro, y entregándole las llaves
de la Iglesia, y se dió la obediencia al Illmo. Sor. Obispo &. No
hay copia de las bulas, ni de las Cédulas, ni de los poderes. (Li-
bro 1, fol. 106).
En 30 de diciembre, se dieron varias disposiciones para pro-
seguir la fábrica de la Iglesia: se mandaron hacer unos ornamentos;
y adornar el altar mayor, y se hizo nombramiento de un mona-
cillo. (Libro 1, fol. 108).
4 — dcteu. I.
54
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
Año de 1603.
En 14 de enero, insinuándose la necesidad de concluirse bre-
vemente la nueva Iglesia, por ser pajiza la que había, y entrarse
a ella la agua cuando llovía, y no poderse componer: se hizo ajuste
con un maestro arquitecto llamado Gaspar de Rivera Mata-
judíos, de acabar el edificio en dos años y medio, dándole qui-
nientos pesos de plata cada año; y también se hizo ajuste con
Juan de Artea^a de traer las maderas hasta ponerlas en el puerto
de Barlovento por la cantidad de Ó14 pesos y seis reales de plata.
(Libro 1, fol. 109).
En 24 de enero, recibida una Real Cédula en que participán-
dose la canonización de San Raymundo del Orden de Santo Do-
mingo, se manda solemnizar con fiestas de regocijo; se acordó su
obedecimiento y se señaló el día 21 de abril siguiente para la
fiesta en todas las Iglesias de la diócesis, y se mandó con pena
de censuras que todos los vecinos y moradores que no estubiesen
impedidos asistiesen a vísperas, procesión y Misa. (Libro 1,
fol. 110).
En 1 1 de marzo, se establece cofradía de Nra. Sra. de la So-
ledad para la procesión del Viernes Santo; y que el Deán y Cabildo,
y los curas de la catedral fuesen obligados a ir a aistir a ella des-
pués de tinieblas; y se ordena el giro de la procesión y las imá-
genes que se han de llevar en ella, y que se predique el paso de la
Soledad y descendimiento de la Cruz, si hubiere quien lo haga.
(Libro 1, fol. 110 vto.).
En 16 de mayo, se propone pedir al Rey la mitad de la va-
cante del Illmo. Sor. Salinas para la prosecución del edificio de
la Iglesia y que se prorrogue la merced del costo de vino y aceite,
y asimismo de las tercias y novenos para las demás Iglesias e
igualmente que se pidiese a Su Majestad un libro de canto llano
de las Misas de los Santos y uno de las dominicas. (Libro 1,
fol. 112 vto.).
En 27 de junio, subsistiendo el Cabildo compuesto de sólo
el Chantre y tesorero dijo aquél que ya había un año que había
dejado el oficio de Provisor, y que estaba parada una causa contra
Antonio Esteves del Tocuyo. Y ambos unidamente dieron provi-
dencia sobre esta causa, librando mandamiento contra el dicho
Esteves, y que se remitiese traslado auténtico cerrado y sellado
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1603
3;'.
de sus autos por vía de Cartagena y del Santo Oficio, consignados
a los señores del Santo Oficio del Castillo de Triana en Sevilla.
Y aquí mismo habiéndose tenido noticia que el Cabildo de la
ciudad de Guanaguanare, había llamado a Manuel López, pres-
bítero, y nombrándole cura de allí y que el vicario Ignacio Orta
lo había aprobado; se dio comisión al presbítero Diego López
para que fuese a Guanaguanare y cumpliese con censura al vicario
a comparecer ante el Cabildo, y suspenso el dicho López lo hiciese
también comparecer por procurador, y que él quedae de cura
y vicario interino. (Libro 1, fol. 113).
En 15 de julio, se dijo que había once meses que el Cabildo
estaba gobernando el obispado, por la dejación que hizo el señor
Chantre Dn. Diego Fernández de Cárdenas, el cual suplicó que
se nombrase provisor que gobernase hasta que viniese el Illmo.
Sor. Dn. Fr. Pedro de Oña, y él dió su voto en favor del señor te-
sorero, mas éste se excusó de aceptar, y propuso que se nombrase
otra persona de fuera del Cabildo, pues no había en éste sino ellos
dos: y habiendo el Chantre insistido en que el tesorero aceptase
el nombramiento o votase, el tesorero resolvió que el Cabildo
quedase en este estado, hasta que en otra acta se viese lo que
más convenía. (Libro 1, fol. 114).
En 26 de agosto, se trató acerca de la memoria de dos Misas
cantadas, la una con vísperas el día de la Natividad de Nra. Sra. ;
y la otra, después de la general conmemoración de Difuntos, por
la Alma de Juan Frías; y aquí mismo en virtud de lo acordado
se certificó que la fundación fué hecha en 9 de septiembre de 1585,
que el capital era cien pesos de oro fino, y su rédito anual siete
pesos, un tomin y tres granos de oro fino: y se declaró quedar el
Cabildo obligado anualmente a estas dos Misas. (Libro 1, fol. 115).
En Cabildo de 29 de noviembre, fué recibido el Br. Fernando
de Ciero, presbítero cura de la catedral, con un título de vicario
foráneo de la ciudad de Coro, el cual se admitió y obedeció por el
Cabildo. De la copia del título que sigue al reverso del folio 116,
resulta ser despachado por el beneficiado Pedro Graterol, que se
titula gobernador provisor y vicario general del obispado,
por el Illmo. Sor. Dn. Fr. Pedro de Oña; y en efecto en el mismo
título está inserto un poder otorgado por este Illmo. Señor en la
ciudad de Valladolid, Corte del Rey a 2 de febrero de 1603, en
que constituye al dicho Pedro Graterol, natural de Trujillo y be-
neficiado de Santiago de la ciudad de Caracas por tal gober-
36
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
nador y provisor en primer lugar, en segundo a Bartolomé de la
Canal, vicario de la dicha ciudad de Caracas, y en tercero a Juan
Mateos, beneficiado de Trujillo. El sobredicho título fué expedido
en Trujillo en 3 del mismo mes de noviembre. (Libro 1, fol. 115vto.).
En 31 de diciembre, se acordó que el mayordomo de fábrica
Francisco Rodríguez, rindiese cuentas; que se las tomase el te-
sorero y después se pasasen al Cabildo: se nombró aquí mismo
por colector de manuales al cura Bartolomé Gómez: y se mandó
requerir al que había de traer la madera de la Iglesia, por no tener
ya que hacer el albañil. (Libro 1, fol. 118 vto.).
Año de 1604.
En 26 de junio, habiéndose recibido un edicto expedido por
Pedro Graterol, beneficiado de Caracas, y provisor y gobernador
del obispado convocando a oposición al Deanato que estaba
vacante: el Cabildo con respecto a no constarle que hubiese Cé-
dula del Rey que lo facultase y exponiendo lo incongrus que
estaba el Cabildo y la pobreza del obispado se denegó a mandar
lijar el edicto, lo contradijo, y apeló para ante quien con derecho
debiere. (Libro 1, fol. 119 vto.).
En 30 de julio, se acordó nombrar y se nombró por apoderado
en la corte al efecto de pedir mercedes a Su Majestad para los
costos del edificio de la Iglesia que se estaba trabajando, y tam-
bién para las demás del obispado a Esteban Adarzo de San-
tander, Procurador de los Reales Consejos y a Nicolás de Pe-
ñalosa que iba de aquí a la Corte con poderes de la ciudad de
Santiago de León: y se señalaron 60 pesos de oro fino a cada
uno en la forma que constaría de escritura que se otorgaría para
ello, y según las memorias que se les darían de lo que habían
de pedir al Rey, y que en caso de no conseguirse todo, sólo se la
pagase a rata por cantidad. Y en este mismo Cabildo, se redimió
por Mateo Méndez de Avila, un tributo de 120 pesos de oro fino
(que no se dice a que pertenecía) y allí mismo se concedió a Fran-
cisco Romero. (Libro 1, fol. 120 vto.).
En 13 de octubre, se dispuso, que en atención a estar parada
la Iglesia por falta de materiales para el trabajo, por haber salido
mala la teja y ladrillo, y no haber venido las maderas, se per-
mitiese al maestro mayor Matajudíos, que se ausentase como
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1605
37
pretendía al Tocuyo hasta que se le avisase, quedando suspenso
el salario, del concierto hecho; y se nombró un sobrestante para
cuidar de que los negros de la iglesia trabajasen. Y todo ésto se
reiteró despidiéndose enteramente al dicho maestro mayor en Ca-
bildos de 15 y 16 del mismo mes. (Libro 1, fol. 121).
En el mismo día 13, se cerró el concierto con el sobrestante
Domingo Pérez, y se le señalaron 80 pesos anuales, la mitad en
lienzo de algodón y la otra mitad en plata corriente, distribuido
el primer tercio a dos reales cada semana y una fanega de maíz
cada mes, y que además de ésto se le diese de aguinaldo una bo-
tella de vino, para que de más buena voluntad asistiese a la obra:
y esto mismo se confirmó en otro Cabildo de 16 del mismo mes
de octubre. (Libro 1, fol. 122).
En 31 de diciembre, se mandaron exhibir las cuentas al ma-
yordomo de fábrica; se comisionó su inspección al señor tesorero,
y que evacuada volviesen al Cabildo: se eligió al mismo tesorero
por colector de manuales para el siguiente año; y aquí mismo se
acordó que en atención a que por Real Cédula del año de 1601,
dada en Valladolid, se había hecho merced a la iglesia de la mitad
de la vacante del Illmo. Sor. Dn. Fr. Domingo de Salinas, y que
los oficiales reales habían dado libramiento de ciento y sesenta
y dos mil cincuenta y cuatro maravediz, que montó en oro de
ley de veinte y dos quilates y medio, doscientos noventa y un
pesos, tres tomines y diez granos del dicho oro, los cuales recibió
el Cabildo se dispuso que dadas aquellas cuentas por el mayor-
domo, se entregase a éste la expresada cantidad para gastarlos
en el edificio de la Iglesia, y culto divino. (Libro 1, fol. 124 vto.).
Año de 1605.
En Cabildo de 22 de enero, se aprobaron las cuentas del ma-
yordomo de fábrica, con las expresiones de darle por libre y quitó
de lo que a su cargo estuviere. (Libro 1, fol. 125).
En 22 de febrero, con motivo de que había muchos años que
no se liquidaban los productos de los excusados de las ciudades
de Barquisimeto, Tocuyo, Guanaguanare y Carora, se comisionó
a Alonzo Freiré, vecino de Coro que hacía camino a aquellas
partes, para que hiciese la cobranza de los arrendamientos y de
las personas que hubiesen tenido poder de los mayordomos de
38
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
fábrica para cobrar y que todas las resultas las remitiese al Ca-
bildo, implorando al efecto las censuras necesarias del provisor
y de los vicarios foráneos. (Libro 1, fol. 125 vto.).
En 9 de mayo, habiéndose presentado por medio de apoderado
que lo era un vecino del reino de Santa Fe de Bogotá, un título
despachado por el sobredicho provisor del Illmo. Sor. Dn. Pedro
de Oña, en que constituye visitador general de toda esta diócesis
al muy reverendo Padre Fr. Diego Soler, ministro provincial del
Orden de San Francisco con omnímodas facultades para todo lo
relativo a la visita de todas las iglesias y curatos, y hasta para
nombrar curas interinos y separar a otros: el Cabildo en su vista
dijo, que sin perjuicio del derecho que por los Sagrados Concilios
le es concedido y de los que asimismo le son concedidos por la
erección de este obispado, no atribuyendo más jurisdicción que
la que por derecho hubiese lugar, salvo el derecho de la nulidad,
recibía al dicho reverendo Padre por tal visitador, suplicándole
guardase las exenciones, franquezas y libertades concedidas al
Cabildo en común, y a sus individuos. (Libro 1, fol. 126).
En 14 del mismo, habiendo expuesto Francisco Rodríguez,
que por ser teniente de contador de la Real Hacienda y alcalde
ordinario de Coro, ya no podrá continuar el servicio de la secre-
taría de Cabildo, se le admitió la renuncia de este oficio, y se le
mandó al mayordomo de fábrica que le pague lo que se le debía
de su salario. Y en este mismo acto fué nombrado por secretario
Agustín Ruíz; aceptó y juró y se le señaló el mismo salario se-
ñalado a su antecesor de 12 pesos de oro anualmente: y se co-
misionó al señor tesorero para hacer la entrega del archivo al
nuevo secretario, previniéndole que a la caja que servía de ar-
chivo se le pusiese un candado con dos llaves de las cuales una
tuviese el secretario y la otra la dignidad más antigua y que se
colocase la dicha caja en la Santa Iglesia: y sigue el inventario.
(Libro 1, fol. 127 vto.).
En 13 de junio, se mandó hacer nuevo pulpito para predicar
por haber quemado los ingleses el que había, y se diputó para in-
tervenir en esta obra al señor tesorero Dn. Francisco Ramírez.
Y también se mandaron hacer unas crismeras y unas vinageras
de plata y aderezar el insensario, poniéndole pie nuevo: cuyas
piezas encargaría el mayordomo a algún oficial en Carta-
gena, Santo Domingo o Caracas u otra parte. (Libro 1, fol.
128 vto.).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1605
7,9
En 23 de julio, se acordó que el señor tesorero y el mayordomo
tratasen con un oficial albañil, llamado Francisco Pérez, que
había en Coro, para ajustar con él el quemar dos hornos uno de
cal y otro de ladrillo. Aquí mismo se hizo en nombre de Alonzo
Freiré a quien se encomendó el cobro de algunas deudas de excu-
sados en tierra adentro, el exhibo de ocho fardos de lienzo y de
catorce libras y tres onzas de pita, y de unos vales de lo que se
quedaba restando y ascendía a 672 pesos y 6 tomines; pues aunque
se había hecho la solución de 697 pesos y 6 tomines, parecía que
hubo de gasto en la conducción de los fardos 25 pesos: y se mandó
al mayordomo de fábrica que se hiciese cargo de todo y que pudiese
emplear parte del lienzo en vestir los negros de la iglesia. (Libro 1,
fol. 129).
En 2 de agosto, habiendo noticiado el señor Chantre, que un
religioso visitador de Orden de San Francisco había fundado una
Cofradía de negros morenos y esclavos, y que ésto lo había sabido
con motivo de haber prevenido en las Constituciones que este día
de la Porciuncula lo guardasen como día de fiesta; y que su voto
era hacer contradicción porque ni aquél tenía facultades legítimas
ni los curas de la Catedral podían hacer procesión en ella: el otro
señor capitular asistente fué de parecer que se pusiese en noticia
del señor provisor para que determinase. No se dice el título de
la Cofradía, se infiere que sería la tercera Orden de San Fran-
cisco. (Libro 1, fol. 129 vto.).
En 26 del mismo, el señor tesorero solo por ausencia del
señor Chantre, haciendo memoria del Cabildo en que se admitió
la dejación del oficio de secretario a Francisco Rodríguez, y se
nombró a Agustín Ruíz, y expresando que éste se había ausentado
a su hacienda; lo dió por apartado del oficio, y subrogó al mismo
Francisco Rodríguez por tal secretario, haciendo que al efecto
prestase como prestó nuevo juramento y se le señaló el mismo
salario de 12 pesos de oro anuales contribuibles por la fábrica.
Y en este mismo acto se dijo; que pues el albañil Francisco Pérez
a quien se trataba de nombrar para la quema de los hornos de cal
y ladrillo, estaba viejo y enfermo, y en disposición de retirarse a
Santo Domingo, se suspendiese el ajuste, y que un negro de la
iglesia que era albañil quemase el de ladrillo. (Libro 1, fol. 130).
En 31 de diciembre, se nombró por colector de manuales a
Dn. Bartolomé Gómez, que estaba electo tesorero de esta catedral;
para que como tal comenzase a ejercer su oficio. Se reeligió a Fran-
40
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
cisco Rodríguez para mayordomo de fábrica: y se mandó pagar
su salario al sobrestante. Y concecutivamente comparecieron los
dos nombrados colector y mayordomo, y prestaron juramento.
(Libro i, fol. 132).
Año de 1606.
En 31 de enero, se acordó revocar el poder que conforme a
la acta de 30 de julio de 1604 se dió a un vecino de Caracas, y a
un procurador de la Corte, para pedir al Rey las mercedes que
allí se expresan: y en atención a que el procurador había muerto
y aquel vecino no trataba ya de ir a la Corte, y que actualmente
se partía para ella Dn. Francisco de la Piñuela vecino de Trujillo,
se le diese a éste el poder, con facultad de sostituirlo en procurador
de los de la Corte, y que llevase un memorial del Cabildo auto-
rizado por el secretario, pidiéndose estas mercedes: prorrogación
de la limosna de vino y aceite para todas las iglesias del obispado:
ampliación por otros seis años de la gracia de tercias y novenos,
hecha a las mismas iglesias: limosna de cuatro mil ducados para
poder acabar el crucero del edificio de la iglesia; pues iban ya
gastados más de veinte mil en lo que estaba trabajado: la de dos
libros de canto de coro, uno de santos y otro de dominicas y ferias:
solicitar si se había hecho la merced pedida de la mitad de la va-
cante del Illmo. Sor. Salinas: petición del tratamiento de señoría
al Cabildo estando congregado capitularmente: y de que se pre-
venga a los Illmos. Sres. Obispos, que asistan a la catedral y que
estando fuera en su oficio pastoral, deje su provisor en la misma
catedral. (Libro 1, fol. 133).
En 11 de febrero, se acordó que a las peticiones antecedentes
se añadiese otra; de que los dos curatos de la catedral, se incor-
porasen al Cabildo; pues ya tenía cuatro dignidades y se hallaban
con rentas muy cortas. Y sigue una diligencia de la entrega del
poder, instrucción y documentos al apoderado. (Libro 1, fol. 134).
En 13 del mismo, habiéndose presentado el Padre Henrique
Bello presbítero, vicario foráneo de Coro, con un título despachado
en Trujillo por Pedro Graterol gobernador y vicario general de
este obispado por el Illmo. Sor. Dn. Fr. Pedro de Oña a 2 de
febrero de este año, en que en virtud de facultades que expresa
tener de su Sría. Illma., nombra y constituye al dicho presbítero
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1606
41
por vicario general, que resida en dicha ciudad de Coro, y su
catedral, representando su misma persona y con iguales facul-
tades para todas causas, concursos a curatos y colación de pre-
bendas el Cabildo lo admitió y recibió por tal vicario general;
y en la misma acta está inserta una copia del título. (Libro 1, fol.
134 vto.)-
En 14 del mismo, se dió posesión de la dignidad de Deán, va-
cante por fallecimiento de Dn. Francisco López (con la circuns-
tancia de reiterar la colación por impositionem birreii a mayor
abundamiento, pues ya le había dado el vicario general, residente
en Coro) al Sor. Dn. Diego Fernández de Cárdenas que había
sido Chantre, en virtud de la real presentación expedida en Va-
lladolid a 29 de junio de 1604: se le dió con las ceremonias acos-
tumbradas, y derramó cantidad de moneda castellana. La dili-
gencia de colación dada por el vicario general, fué actuada en
la iglesia por impositionem birreti y sentándole en la silla de Deán,
precedido el examen prevenido en la real presentación y hecha la
profesión de la fe; la cual también hizo en la diligencia de la po-
sesión: y ambos actos fueron consecutivos en un mismo día y a
la hora de tercia. (Libro 1, fol. 136).
En 15 del mismo y a la hora de tercia igualmente (menos la
efusión de monedas, de que aquí no se hace mención) se dió co-
lación y posesión de la dignidad de Chantre, vacante por pro-
moción del sobredicho Dn. Diego de Cárdenas, al señor tesorero
Dn. Francisco Ramírez en virtud de la real presentación expedida
en Valladolid, a 24 de junio de 1604. (Libro 1, fol. 137 vto.).
En el propio día y hora, con iguales diligencias y ceremonias
(a excepción de la efusión de monedas de que aquí no se hace
mención) se dió colación y posesión de la dignidad de tesorero,
vacante por promoción del sobredicho Dn. Francisco Ramírez
al Sor. Dn. Bartolomé Gómez, que había sido cura y sochantre
de la catedral, en virtud de real presentación expedida en 29 de
junio de 1604. (Libro 1, fol. 139). Al margen: Así está.
En 16 de dicho mes de febrero, se mandó hacer una alacena
en la sacristía para custodiar los ornamentos y alhajas, que por
estar en cajas se maltrataban; y asimismo se dispuso que se hi-
ciesen unos ciriales, y que para cargarlos se concertase otro mo-
nacillo; que se hiciese una tumba para funerales y que se comprase
madera para hacer un pulpito y un marco al retablo de señora
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL ÜE VENEZUELA
Santa Ana. (Libro 1, fol. 135 vto.). Al margen: Está invertido
el folio por hallarse este Cabildo antes de aquellas posesiones.
En 14 de marzo, se nombró por monacillo a Diego Martínez,
con salario de 12 pesos de plata pagable por la fábrica y se cometió
al señor tesorero el hacer ordenar y trazar el monumento, y que
para el gasto ocurriese el Mayordomo. (Libro 1, fol. 141).
En 14 de abril con motivo de haberse experimentado no haber
tierra buena en Coro para hacer teja, pues seis mil que se quemaron
se deshicieron en la primera lluvia; y que el crucero del nuevo edi-
ficio de la iglesia estaba ya al concluirse, se acordó que se encar-
gasen a Cartagena o Santa Marta, a cuyo fin se dieron las dispo-
siciones congruentes; y que para el pago, respecto a que la iglesia
no tenía moneda amonedada, se remitiese la pita y lienzo que tenía
a la ciudad de Santo Domingo, para que allí se vendiese y se tra-
jese el producto empleándose sólo lo necesario en hacer unas
crismeras. (Libro 1, fol. 141 vto.).
En 18 del mismo, se trató nuevamente acerca de la traída de
la teja y se acordó que al efecto se remitiesen quinientas varas
de lienzo al Deán de Cartagena Dn. Jusepe de Barros, y a Dn.
Pedro de Barros, y al Capitán Diego de Peralta por lo respectivo
a la que se había de traer de Santa Marta: y se refiere el ajuste
hecho con Baltazar Martín Maestre de la Fragata Santa Lucía,
para traer la teja a razón de seis pesos el millar, puesta en sal-
vamento en el puerto de Sotavento de Coro que se nombraba
la Caleta de Diego Peroso. (Libro 1, fol. 142).
En 18 de agosto, se acordó que ni el Deán y Cabildo ni otra
persona diga Misa rezada en el Altar mayor, sino fuere por el
semanero que fuere: que las misas de capellanías que así por el
Cabildo como por los curas hubiesen de cantarse, no se dijesen
sino en los altares colaterales. Que los curas hiciesen su semana
como lo dispuso el Illmo. Sor. Manzanillo. Que la misa de Alba
se dijese muy de mañana en el altar mayor y que en ella al Ofer-
torio o concluido el rezo (que se supone se hacia al tiempo de ella
de algunas devociones) se denunciasen las fiestas por el sacristán:
y asimismo se dispuso que éste y los curas concluida aquella
misa, ocurriesen a sus respectivos servicios. Y en este mismo
Cabildo, se mandó que se preparase otro horno de cal, que se
vendiese un anillo del expolio del Illmo. Sor. Salinas, y que se
hiciese un frontal morado para el altar mayor. (Libro 1, fol.
142 vto.)
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1606
45
En 25 del mismo, con motivo de ser notorio que el Illmo. Sor.
Obispo de esta diócesis estaba en la ciudad de Santo Domingo
y que de allí había de venir a Coro, se mandaron componer y
aderezar las casas episcopales y que para esto ocurriesen los negros
de la iglesia. Y se dispuso también que se escribiese a su Sría.
Illma. insinuándole la necesidad que había de su persona: No
dice aquí el nombre de este prelado, pero más adelante consta.
(Libro 1, fol. 143).
En 17 de octubre, se dispuso que el mandador de la iglesia
fuese a recibir siete mil y quinientas tejas que se habían traido
de las encargadas a Santa Marta, y que se pagasen unas crismeras
de plata que también se habían traido, y se entregasen a los curas.
Y en este mismo acto se dispuso que el capitular que fuese sema-
nero asistiese al rezo de las horas con sobrepelliz, suponiéndose
que los demás no podían por la poca e incongruente sustentación.
(Libro 1, fol. 143 vto.).
En 7 de noviembre se presentó el mandador o sobrestante
Domingo Férez pidiendo aumento de salario, y se reservó para otro
Cabildo. Mas luego se trató el asunto y se le señalaron doscientos
pesos de plata por dos años, pagables los dos tercios en moneda
y el otro en lienzo a cuatro reales vara y la arroba de harina a diez
pesos; y que a más de ésto se le diesen las doce fanegas de maíz
y carne, según estaba antes señalado. (Libro 1, fol. 144).
En 30 de diciembre, atentos los buenos servicios de Francisco
Rodríguez, se le reeligió por mayordomo de fábrica; cuya reelec-
ción aceptó y juró: y se le mandó que presentase cuentas. También
se nombró por colector de manuales a Gaspar de Villalobos, cura
de la catedral, y en el mismo acto aceptó y juró, y se le señaló
un diez por ciento de lo que cobrase. Se diputó al Sor. tesorero
para tomar las cuentas al mayordomo, y que para su aprobación
se trajesen al Cabildo. Y se mandó al mayordomo que comprase
lienzo para vestir los negros de la iglesia, y que atendiese a la
curación de los enfermos de ellos. (Libro 1, fol. 144 vto.).
En el mismo día, Francisco Romero, alcalde de la hermandad,
exhibió 120 pesos de oro fino, capital de un censo de la memoria
del Illmo. Sor. Dn. Fr. Pedro Mártir Palomino: se hubo por
redimido y cancelada la escritura; y en el mismo acto se concedió
y entregó para el nuevo reconocimiento al Capitán Diego Peroso,
alcalde ordinario, y se cometió al señor Deán el intervenir en el
otorgamiento de la escritura. (Libro 1, fol. 145).
44
FUENTES PARA I.A HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
Año de 1607.
En 10 de enero, con motivo de que el señor tesorero Dn. Bar-
tolomé Gómez, había de pasar a la ciudad de Santiago de León
a consultar y tratar con el Illmo. Sor. Obispo Dn. Fr. Antonio de
Alzega las cosas convenientes en pro y utilidad de la catedral;
se le dió poder para tomar cuentas de los herederos de Bartolomé
de la Canal, cura que fué de la dicha ciudad en cuanto a lo que
hubiese cobrado de excusados allí, y en la ciudad de San Sebastián
y en Caravalleda y Valencia; y también se le dió poder para
pedir mercedes al Rey, procediendo consultar con el dicho Illmo.
Sor. Obispo. (Libro 1, fol. 145 vto.).
En 28 de mayo, habiéndose presentado una Real Cédula e
instrucción sobre la cuarta predicción de la bula de la Santa
Cruzada y su publicación; prestado el obedecimiento se dispuso
que para el recibimiento se pusiese la bula en la iglesia de San
Clemente, y que asistiesen a la procesión todo el clero y los vecinos
y moradores de la ciudad. Y sigue copia de la Real Cédula y de la
instrucción: y en aquélla se describe prolijamente como ha de
hacerse el recibimiento y quienes han de concurrir. (Libro 1,
fol. 146).
En 7 de julio habiéndose tenido noticia, que el Illmo. Sor.
Dn. Fr. Antonio de Alzega, obispo de esta gobernación de Ve-
nezuela iba a Coro, se acordó que uno de los dos señores capi-
tulares existentes, saliese a recibirle, y al efecto el Deán, aunque
impedido dijo; que él quería hacer este servicio al Cabildo; y el
otro que era el Chantre, quedó para proveer las cosas necesarias
para el recibimiento. (Libro 1, fol. 148).
Nota: que de este Sor. Illmo. no hay acta de su recibimiento
y posesión, ni copia de sus bulas; por lo cual he examinado la
cronología de obispos citada al principio de este Indice, y en
ella se dice; que era del Orden de San Francisco; que fué presen-
tado en 25 de septiembre de 1604, y electo en 12 de diciembre
de 605, habiendo vacado esta diócesis por promoción del Illmo.
Sor. Dn. Fr. Pedro de Oña, aún estando en España.
En 7 de agosto, presente el sobredicho Illmo. Sor. Dn. Fr.
Antonio de Alzega y en su casa, se acordó que bajo la intervención
del Sor. Deán se solicitase un oficial para cubrir a la mayor bre-
vedad la capilla mayor de la Santa Iglesia. Que se diese poder a
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1607
45
Francisco Carrillo para que pudiese pedir ante el señor gober-
nador y oficiales el cumplimiento de una Real Cédula, cuyo con-
tenido no se enuncia, ni hay copia de ella: y que se convocase
al Cabildo secular, para tratar junto con el eclesiástico acerca de
la traza de la Iglesia, respecto de que había mucho ladrillo y
cal, y la dificultad de cubrirse de tejas: el señor Obispo firmó
así: Fr. Antonias Episcopus. (Libro 1, fol. 148, vto.).
En 18 del mismo, habiendo exhibido Gaspar Sánchez 150
pesos de oro fino, capital de una memoria del Illmo. Sor. Dn.
Fr. Pedro Mártir Palomino; se hubo por redimido y por cancelada
la escritura, y el mismo día se concedieron los 300 pesos de plata
de a veinte reales cada pesos en que se hizo la dicha redención,
y se entregaron para el nuevo reconocimiento a censo a razón
de catorce mil el millar, a Francisco de Morales y a Ana de Mo-
rales, sobre las fincas que se expresan. (Libro 1, fol. 149).
En 18 de septiembre, presente el prelado y en su casa, se
trató acerca del cumplimiento de una Real Cédula, en que se
hace merced a esta Santa Iglesia del aceite para la lámpara del
Santísimo Sacramento y del vino para celebrar; y se acordó que
se pagasen 25 pesos de oro de sus costos al apoderado, y que se
presentase al señor gobernador y oficiales reales de Caracas pi-
diendo su cumplimiento. Y en este mismo acto, habiendo mani-
festado el señor Deán, que tenía en su poder 229 pesos y un tomín
de oro perteneciente a su antecesor difunto, y al arcediano Dn.
Juan de Bellaz, ausente, quienes habían hecho algunas cobranzas
de cantidades de la fábrica de la Iglesia en más de 400 pesos;
se acordó que se entregasen al mayordomo con declaración de lo
referido. (Libro 1, fol. 149 vto.).
En 27 del mismo, se dijo: que para la entrega de los dichos
129 pesos y un tomín de oro, se había tomado una negra ma-
zambique al señor Deán en cantidad de 135 pesos de oro fino;
y se mandó al mayordomo que la tomase como bienes de la iglesia,
y se otorgasen las escrituras. (Libro 1, fol. 150).
En Io de octubre, habiendo insinuado el señor Deán que el
Cabildo estaba hecho cargo de las misas de los sábados a la San-
tísima Virgen y que a la pitanza de ella sólo asignó la Cofradía
de la Limpia Concepción de Nuestra Señora en su principio 30
pesos de plata corriente, y que ya esta Cofradía no está pobre,
y el valor de todas las cosas era muy caro; se acordó que se supli-
case al Illmo. Sor. Obispo mandase acrecentar el estipendio de
46
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
estas misas; y que también se le pidiese que señalase lo que se
había de dar al Cabildo cuando fuese convidado para algún oficio
funeral; pues era muy poco lo que estaba tasado por el Sínodo.
Y en este mismo acto se acordó: que el pectoral del Illmo. Salinas
y tres esmeraldas de una mitra, se empleasen en dorar el círculo
de la Custodia del Santísimo, y un cáliz, y en adornar la cus-
todia grande. (Libro l, fol. 150 vto.).
En 2 del mismo, su Sría. Illma. en vista del acuerdo ante-
cedente, dispuso que se ejecutase lo acordado en cuanto al pec-
toral. Por lo respectivo a las misas de los sábados, señaló por
cada una ocho reales castellanos que hacen diez reales de plata
corriente; y que en los entierros de Deán y Cabildo llevase éste
por el acompañamiento del cuerpo, vigilia y misa doce ducados
castellanos. (Libro 1, fol. 150 vto.).
En 8 del mismo, presente su Sría. Illma. y en su casa, con
atención a que en esta catedral no había habido costumbre de
decir las misas conventuales por la intención que las demás iglesias
catedrales acostumbraban; se acordó y mandó que de este día en
adelante el semanero fuese obligado a decirla todos los días por la
exaltación de la fe, conversión de estos indios y demás infieles
y extirpación de las herejías, y por su Majestad y Casa Real y
por este pueblo, obispo y obispado, y que en ella siempre se dijese
la colecta:
Con declaración que las misas de erección que son tres cada
mes pudiesen cumplirse con esta misa conventual, sin embargo
del derecho que sobre esto pudiese haber conforme a las demás
catedrales, o fuese dispuesto de juro o de costumbre. (Libro 1,
fol. 151).
En este mismo acto, atendiéndose a que no se podía proceder
a la erección de seminario conforme al Santo Concilio de Trento
por la mucha pobreza del obispado, poco valor de los diezmos,
y escasez de beneficios, se dispuso que se criase un preceptor de
gramática para que la leyese a los pobres estudiantes y ministros
de la Santa Iglesia catedral, señalándole de renta 200 pesos de
oro en cada año, y concediéndosele habitación en las casas epis-
copales y que los dichos 200 pesos se contribuyesen de este modo:
100 por los veinte curas que había en diez pueblos de españoles
a cinco pesos cada uno: 44 y tomines la caja del Rey por el ser-
vicio de la sacristía de la catedral: el señor obispo en sus rentas
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1607
47
16 pesos: la fábrica otros 16, y la mesa capitular 24 pesos. (Libro 1,
fol. 151).
En el propio acto, se mandó que para memoria en lo futuro,
se escribiese en este mismo Cabildo, como los curas de la catedral
estaban obligados a decir misa todos los domingos y fiestas de
guardar el que fuese semanero, celebrándola muy de mañana,
aplicándola por el pueblo y declarando el Santo Evangelio y
doctrina cristiana. (Libro 1, fol. 151).
En 20 del mismo mes de octubre, el Illmo. Sor. Obispo, presente
el M.V.S. Deán y Cabildo, dijo: que habiendo visitado el hos-
pital lo había hallado muy necesitado y que para su remedio y
mejor asistencia de los enfermos rogaba y encargaba al Deán y
Cabildo que el que fuese semanero lo fuese también de visitar
aquellos enfermos, que la dignidad mayor fuese siempre rector
de él y que éste con los demás compañeros, todos los años el día
del Sor. San Joseph nombrasen un mayordomo: y asimismo
dispuso que luego se iniciasen los cimientos de un aposento, corral
y cocina para el dicho hospital. Sólo firmó su Sría. Illma. y el se-
cretario de Cabildo. (Libro 1, fol. 151, vto.).
En 3 de noviembre, se mandó entregar a los curas un relicario
de plata que para administraciones se hizo con una limosna que
dió el Illmo. Sor. Obispo y que lo sobrante y también el resto del
valor del lienzo que se llevó a Santa Marta para la compra de
la teja, se entregase al mayordomo. Se refiere en este mismo acto
haberse hecho el reconocimiento del capital de 200 pesos de una
capellanía de doña Catalina Baca. Se aumentó hasta 18 pesos
el salario anual de 15 que tenían los dos mozos de coro, que también
eran monacillos. Y por lo respectivo a la deuda de los señores
Deán, difunto, y arcediano, se declaró que todo ascendía a 138
pesos de oro y que quedaban entregados al mayordomo con inclu-
sión de la negra esclava que había recibido antes. (Libro 1, fol. 152).
En 14 de diciembre, se dispuso remitir poder a Francisco
Castillo vecino de la ciudad de Santiago de León, para presentarse
a cobrar de los oficiales reales la merced de la mitad de la vacante
que hizo Su Majestad. Y que a este mismo apoderado como que
lo era para cobrar allí los excusados, remitiese 100 pesos de oro
por la vía de Cartagena a la Corte para otro apoderado existente
allí: y asimismo se le previno que fletase una piragua hasta Pa-
raguachoa, para que viniese un maestro de cantería a trabajar
en la obra de la iglesia. (Libro 1, fol. 153).
48
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
Año de 160X.
En 12 de enero, habiendo venido el maestro de albañilería
y cantería Francisco Ramírez, se trató con éste acerca de acabar
la capilla mayor y colaterales, que son dos sacristías, y cubrirlas
de bóvedas; y se mandó al mayordomo que le diese todos avisos
necesarios y se le contribuyesen en cada un año trescientos y
ochenta ducados castellanos en los géneros que estaban declarados
en el concierto y con libranza al señor tesorero. (Libro 1, fol. 153).
En este mismo acto se mandó que Francisco Rodríguez conti-
nuase en la mayordomía de fábrica y también el colector de ma-
nuales Gaspar de Villalobos: y que el mayordomo librase 10 pesos
de oro a Santo Domingo para una resma de papel, y que lo restante
se emplease en aceite para la lámpara. (Libro 1, fol. 153 vto.).
En 16 del mismo, se admitió la redención de 200 pesos de oro
fino, capital de un censo, y se mandó al Sor. Deán Dn. Diego
Fernández de Cárdenas que exhibiese 100 pesos de otro censo
redimido que existía en su poder, y se le conminó en caso de no
exhibirlo luego. (Libro 1, fol. 154).
En 4 de febrero, habiéndose presentado Diego Gómez de Al-
varado diácono, con un depósito y nombramiento (quiere decir
interino) expedido por el Illmo. Sor. Obispo en Trujillo a 31 de
diciembre del año anterior en que lo constituye sacristán mayor
de la catedral y preceptor de gramática, se le mandó poner en
posesión y que se le contribuyese la renta asignada. (Libro 1,
fol. 154 vto.).
En el mismo acto, se mandó al Padre Marcos Arias, cura de
la catedral, que llevase cuenta de la cuarta funeral vacante a su
Sría. Illma. (Libro 1, fol. 154 vto.).
En el propio día, habiendo manifestado el Sor. Deán Dn.
Diego Fernández de Cárdenas, un despacho del Illmo. Sor. Obispo,
expedido en la nueva Zamora (es Barquisimeto) en 23 de noviembre
del año anterior, en que le amplia el término para salir al destierro
fuera de Coro, en que le tenía condenado por causa que siguió
contra el mismo Deán por haber quitado a Alonzo Uria de poder
de los ministros de justicia que lo llevaban para hacer justicia
de él, y que ya estaba en disposición de salir a cumplir su des-
tierro sin perjuicio de su derecho, se acordó que se pusiese copia
del dicho despacho en este libro, como se puso al reverso del folio
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1608
49
154 y también del sobredicho nombramiento de sacristán mayor.
(Libro 1, fol. 154 vto.)-
En 10 de marzo por haber hecho fuga el mandador sobrestante
Domingo Pérez, se nombró a Francisco Ruíz Tello Giraldo vecino
de Coro y carpintero y se le señaló el salario de 100 pesos anuales
de plata, la mantención, habitación y el servicio de una negra de
la iglesia. (Libro 1, fol. 156).
En 19 del mismo, después de celebrada la fiesta del Sor. San
Joseph en conformidad de lo dispuesto por el Illmo. Sor. Obispo,
se eligió por mayordomo del hospital al alcalde Cristóbal del
Monte; el cual en el mismo acto aceptó y juró; y se cometió
al señor tesorero, como juez eclesiástico que era, el tomar cuentas
al anterior mayordomo Micael de Tuero. (Libro 1, fol. 156 vto.).
En 18 de abril se trató de darse poder a Francisco Castillo,
vecino de la ciudad de Santiago de León, para el cobro de excusa-
dos, y de lo que han de contribuir los oficiales reales, por las mer-
cedes hechas de la media vacante, vino y aceite, y se mandó hacer
justificación de la pobreza de la iglesia: pues sus rentas no llegaban
a 500 ducados, y asimismo del gasto que había en ella en celebrar
diariamente por lo menos seis sacerdotes. (Libro 1, fol. 157).
En 30 de mayo, redimió Isabel de la Peña el capital de 100
pesos y habiéndose por redimido se mandó edicto convocatorio
al nuevo reconocimiento a razón de catorce mil el millar con-
forme a las leyes y pragmática de estos reinos. No se dice el des-
tino de este censo. Y en esta acta y otra anterior ya usa el Cabildo
del tratamiento de señoría. (Libro 1, fol. 157 vto.).
En este mismo acto, se dispuso que se diese cuenta a su Sría.
Illma. de no haber dinero con que edificar en el hospital vivienda
para la enfermera y la cocina, como lo había dispuesto su Sría.
Illma.; y se mandaron hacer dos o tres catres con sus colchones
y almohadas para los enfermos. (Libro 1, fol. 157 vto.).
En 6 de junio, se concedió el censo de 100 pesos de oro fino
redimido por Isabel de la Peña al alcalde Cristóbal López de
Belmonte y se cometieron las diligencias al señor tesorero. (Li-
bro 1, fol. 158).
En 16 del mismo habiéndose tenido noticia que el capitán
Alonzo Arias Baca, dejaba en su testamento 100 pesos de plata
para hacer una lámpara para el Santísimo; el Cabildo suplicó
al mismo testador (que aún vivía) le entregase los 100 pesos que
desde luego se obligaba a hacer la lámpara: y exhibidos allí mismo,
Ó — dctat, l.
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FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
el Cabildo se constituyó en esta obligación y mandó entre-
gar los 100 pesos al mayordomo para remedio de la mucha nece-
sidad que tenía la iglesia en su nuevo edificio. (Libro 1, fol.
158 vto.).
En 14 de agosto, habiéndose participado (no se dice desde donde)
por el Illmo. Sor. Dn. Fr. Antonio de Alzega que se hallaba en
determinación de celebrar sínodo; y que para representar por esta
Santa Iglesia y por el Cabildo, había nombrado al Sor. Deán
Dn. Diego Fernández de Cárdenas, se acordó dársela al efecto
los poderes necesarios y que desde luego formase las memorias
que tuviese por convenientes y las trajese a Cabildo para en su
vista acordar lo más que conviniese. (Libro 1, fol. 159).
En 10 de octubre, se celebró concierto con Pedro de la Peña
para hacer el retablo del altar mayor, dándosele a él 150 pesos
de plata; la madera necesaria, negros para aserrarla y un negro
de continuo servicio; y también se obligó a dorarlo y pintarlo,
dándosele los materiales por cantidad de 30 pesos de plata. (Li-
bro 1, fol. 159).
En 17 de diciembre, se dispuso que lo cobrado de la merced
que hizo Su Majestad de sus novenos por cuatro años se pagase
el concierto hecho en el Cabildo antecedente, sobre el retablo
del altar mayor, y se le entregase la madera necesaria. (Libro 1,
fol. 159 vto.).
En 31 del mismo, se dispuso que Francisco Rodríguez continuase
en la mayordomía de fábrica. Y en atención a que el mismo era
secretario de Cabildo y había de ausentarse, se nombró por tal
secretario a Gaspar de Villalobos, presbítero. Cura de la iglesia
con el mismo salario de 12 pesos de oro cada año; y en el mismo
acto aceptó y juró. También se cometió al señor tesorero la re-
cepción de cuentas al sobredicho mayordomo, y el recoger las que
recibió un religioso comisionado del Illmo. Sor. Obispo y que
todas se trajesen al Cabildo. (Libro 1, fol. 160).
En este mismo Cabildo se acordó que se diese al señor Deán
un semanero romano; y 12 pesos de oro de cuenta de la fábrica
por otro semanero y pasionario de canto toledano, en papel de
marca mayor, que el mismo señor Deán compró en Trujillo por
12 pesos de oro. Y también se mandaron pagar 300 reales que
importó el oro y colores traidos de la ciudad de Santiago de León
para el retablo del altar mayor. (Libro 1, fol. 160 vto.).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1609
51
Año de 1609.
En 16 de enero, precedida vista de las cuentas del mayordomo
Francisco Rodríguez, y el juramento que en el mismo acto hicieron
el señor Tesorero de haberla revisado bien, y el dicho mayordomo
de haberlas formado legalmente; y obligándose éste al saneamiento
de cualquiera error que se descubriese en adelante, se aprobaron
y se le mandó hacer nueva entrega. (Libro 1, fol. 161).
En 14 de marzo, se dispuso que el mandador sobrestante
Francisco Ruíz Tello, continuase este oficio por otro año, bajo
el mismo concierto. (Libro 1, fol. 161 vto.).
En 19 del mismo, después de celebrada la fiesta del señor
San Joseph, se eligió por mayordomo del hospital a Alonzo Freiré,
y en el mismo acto aceptó y juró. (Libro 1, fol. 162).
En 14 de abril, habiendo propuesto el señor Deán que se le
guardasen las preeminencias correspondientes a su dignidad y
que se le dejase su preeminencia en el orden del altar e Iglesia:
los otros dos señores Chantre y Tesorero únicos asistentes y
existentes dijeron que hasta entonces se las habían guardado
conforme a la erección: y firmaron todos, sin decir otra cosa. Y
en este Cabildo vuelve a autorizar el secretario Francisco Ro-
dríguez, y prosigue. (Libro 1, fol. 162 vto.).
En 25 de agosto, habiéndose insinuado que el sínodo se había
de celebrar por el mes de noviembre de este año en la ciudad de
Barquisimeto lugar señalado por el Illmo. Sor. Obispo; y ha-
biéndose también admitido la excusa del señor Deán al nom-
bramiento que se le había hecho para asistir a él; se subrogó al
señor Tesorero Dn. Bartolomé Gómez, y éste en el mismo acto
aceptó y juró que desempeñaría el encargo conforme a la me-
moria que le daría el Cabildo. (Libro 1, fol. 163).
En este mismo acto con atención a lo dispuesto por la erección
y a la práctica de otras catedrales, se hizo el primer nombra-
miento de pertiguero en Luis de Cuenca, clérigo de pronta tonsura,
con el estipendio que señala la erección, con tal que no pasase
de 20 pesos; y que el mayordomo de fábrica le pagase del día 19
de este mes en adelante, mitad en lienzo y mitad en plata. (Li-
bro 1, fol. 163).
En 2 de septiembre, habiendo insinuado Francisco Romero,
que a él había cedido Alonzo Arias Baca una libranza que se dió
62
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
para cobrar los excusados de la ciudad de Santiago de León, por
haber el mismo Alonzo entregado para la Iglesia doscientas y
ochenta arrobas de harina y que sólo había percibido 140 pesos
de oro, en perlas de todos géneros; se acordó que el mayordomo de
fábrica adjuntase la cuenta y dispusiese la paga del resto de
la dicha libranza. (Libro l, fol. 163 vto.).
En 6 de noviembre, habiendo redimido Diego López un censo
del capital de 100 pesos se le mandaron entregar al señor Teso-
rero para que tratase de su nueva impresión. No se dice a que estaba
destinado este capital. (Libro 1, fol. 164).
En 2 de diciembre, habiéndose recibido una carta misiva del
Illmo. Sor. Dn. Fr. Antonio de Alzega, fecha en Santiago de
León a 1 1 del mes anterior con atención a lo que en ella se expresa,
en cuanto a cobranzas se acordó que Francisco Castillo como
cobrador allí de las rentas de la Catedral librase 50 ducados cas-
tellanos a Pedro de Zabala, procurador del Real Consejo de Indias,
y que se escribiese carta y memoria a éste para que siguiese el
pleito contra el Illmo. Sor. Obispo Dn. Fr. Pedro de Oña, por lo
que había llevado de este obispado no perteneciéndole por no
haber residido en él. Y en este mismo acto se aprobaron las cuentas
de lo que había cobrado el señor Tesorero de lo tocante a la Iglesia
del Pontifical del Illmo. Sor. Salinas. (Libro 1, fol. 164).
En 7 de diciembre, habiéndose presentado Francisco Muñoz
de Ledezma con un título del Illmo. Sor. Obispo en que a pre-
sentación del señor Gobernador, lo nombra por sacristán mayor
de la Santa Iglesia Catedral; fue admitido por el Cabildo y se le
mandó hacer la entrega de los ornamentos y alhajas precediendo
el otorgamiento de fianzas legas, llanas y abonadas: se dice en el
título (que sigue copiado) que estaba vacante la sacristía por pro-
moción de Diego Gómez de Alvarado; y se le señalan al nom-
brado de renta anual veinte y cinco mil maravedices, que por
Su Majestad estaban señalados a este oficio en los diezmos, y
los había de percibir en las reales cajas. Fue expedido este título
en Santiago de León a 30 de septiembre de este año. Y consecu-
tivamente en el propio acto vistas por los señores Deán y Ca-
bildo las fianzas ofrecidas, se mandó realizar la entrega. (Libro 1,
fol. 164 vto.).
En 24 del mismo, se hizo ajuste con el Capitán Ambrosio Her-
nández de traer, hasta lugar donde pudiese ir la carreta de la
Iglesia a recibir las cuatrocientas tablas de cuatro varas y media
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1610
53
de largo, y media de ancho a razón de catorce reales y medio de
plata cada una, pagables la mitad en plata y la mitad en lienzo:
cuyas tablas se destinan para el techo del nuevo edificio.
En el mismo día se celebró contrata con un pintor para que
hiciese un monumento para la Semana Santa, que llenase todo
el hueco del arco toral hasta las gradas; que fuese de lienzo en-
grudado de modo que pudiese enrollarse para guardarse y que
llevase varias imágenes de los pasos de la pasión del Señor y do-
lores de la Santísima Virgen que allí menudamente se expresan:
todo en cantidad de 60 pesos de oro, dándosele los materiales y
un negro que le ayudase. Y en este propio acto se mandó retirar
al sobrestante por haber representado que estaba enfermo, y al
mayordomo que le pagase lo que hubiese ganado. (Libro 1, fol. 167).
Ano de 1610.
En 2 de enero, se reeligió por mayordomo de fábrica a Francisco
Rodríguez: se le mandaron exhibir las cuentas y se comisionó al
señor Deán para recibirlas. (Libro 1, fol. 168 vto.).
En este mismo acto fueron nombrados los señores Deán y
Chantre para adjuntos de su Sría. Illma, en las causas que ful-
minase contra los capitulares. (Libro 1, fol. 168 vto.).
En el propio acto, se nombró por colector de manuales a Diego
Gómez de Alvarado, cura de la catedral, y preceptor de gramática,
y se comisionó al secretario, recibirle el juramento. (Libro 1,
fol. 168 vto.).
Y también en este acto, con motivo de haber mucha cantidad
adeudada a la Iglesia en los pueblos de tierra adentro, se nombró
al señor Tesorero Dn. Bartolomé Gómez para hacer esta cobranza,
y se le señalaron por su trabajo y costos 200 ducados castellanos
mitad en lienzo y mitad en oro: y que el mayordomo de fábrica
pagase también al que supliese la semana de este capitular, una
vara de lienzo por la limosna de una Misa cantada, y otra rezada
y por la asistencia al coro y de este modo ganase toda su renta
con inclusión de manuales. Y el dicho señor Tesorero aceptó e
hizo gracia a la Iglesia de 100 de aquellos ducados señalados,
destinándolos para su sagrario de que había necesidad. (Libro 1,
fol. 168 vto.).
En 19 de marzo, mirándose la erección de este obispado y lo
dispuesto en la Santa sínodo, se reeligió a Alonzo Freiré por ma-
yordomo del hospital. (Libro 1, fol. 169).
54
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
En 1 1 de mayo, consecuente a lo impuesto por el señor Teso-
rero en cuanto a los 134 pesos que cobró de excusados en San-
tiago de León, cuando fue a asistir al sínodo, y de lo que última-
mente había cobrado en los pueblos de la tierra adentro a fin de
que se le descontase lo que había gastado en la compra de una
casulla de tafetán azul y morado, una ara y dos corporales los
unos labrados de hilo de oro, y los otros llanos; y también la pér-
dida que tenía de reducir a pesos de oro lo que había recibido
en perlas, que no tenían valor en Coro, se accedió a lo pedido, y
se mandó al secretario que formase la cuenta y se entregase el
resto al mayordomo de fábrica. (Libro 1, fol. 169 vto.).
En 28 del mismo habiéndose abierto y recibido un pliego del
señor Gobernador Sancho de Alquiza y del Cabildo y regimiento
de la ciudad de Santiago de León y también de Francisco Castillo,
apoderado del Cabildo, y teniéndose a la vista un certificado
autorizado por Juan Luis, escribano público a requerimiento de
Gabriel de Mendoza, cura de la Iglesia de Santiago de aquella
ciudad y del beneficiado Pedro Graterol, en que se asegura haber
fallecido (no se dice el día) el Illmo. Sor. Dn. Fr. Antonio de
Alzega; se acordó que se le hiciese el funeral oficio de cuerpo
presente con toda solemnidad, y un novenario de misas cantadas,
siendo la última de honras y cabo de año, y que la catedral como
su esposa costease la cera blanca y prieta: y asimismo se dispuso,
que pues ya iniciaba la sede vacante el provisor y demás jueces
eclesiásticos se abstuviesen de su judicatura. (Libro 1, fol. 170).
También en este acto se recibieron unas cédulas de merced
de vino y aceite y novenos de la Real Hacienda que remitían los
oficiales reales de Santiago de León a sus tenientes de Coro, y
se entregaron al mayordomo de fábrica para que las presentase
a éstos, y se cumpliese lo que aquéllos mandaban, y lo que pre-
venían las cédulas. (Libro 1, fol. 170 vto.).
En 31 de mayo, juntos en un Cabildo los señores Deán, Chantre
y Tesorero para elegir provisor y vicario general en sede vacante
y escritos y firmados separadamente los votos, salió electo el señor
Deán Dn. Diego Fernández de Cárdenas; quedando reservado
al Cabildo todo lo que de derecho le pertenece del gobierno de
este obispado. (Libro 1, fol. 171).
En el mismo día, habiéndose abierto una carta dirigida al
Illmo. Sor. Obispo difunto, por el Dr. Heriega de Alarcón, pro-
visor del arzobispado de Santo Domingo, se dispuso que se co-
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1610
55
piase en el libro, y se entregase original al nuevo provisor para
que hiciese las diligencias convenientes al honor de aquel prelado.
Todo el tenor de esta carta es muy insultante insinuándose a su
Illma. que tenía maravillado a aquel arzobispado por la vehe-
mente pasión con que se había movido contra un clérigo, y sindi-
cándole de que había hablado mal del señor arzobispo y de su
provisor en la expresión de que admitían cohechos, &. (Libro 1,
fol. 171 vto.).
En 7 de julio, tomadas las cuentas a Francisco Rodríguez
por el señor Deán y hecho por éste el juramento de haberlas to-
mado bien, se aprobaron. (Libro 1, fol. 172).
En el mismo acto, atentos los servicios hechos a la Iglesia
por el dicho Francisco Rodríguez, y el que hacía su yerno Alonzo
Freiré en la donación a la fábrica de un censo del capital; y tenién-
dose también presente lo que acerca de esto se trató en su vida
con el Illmo. Sor. Obispo; se concedió a ambos licencia para erigir
un altar en la Iglesia Catedral en honor de San Ildefonso y de
San Francisco; con tal que se obligasen como se obligaron a su
decente conservación; y asimismo se les concedieron dos sepul-
turas para ellos y para sus herederos. (Libro 1, fol. 172).
En 21 de agosto, por dejación que hizo Luis Hernández de
Cuenca, se nombró por perdiguero a Juan Quintero, clérigo de
prima tonsura con el mismo salario de 20 pesos anuales de a diez
reales cada peso, pagables por tercios, la mitad en plata, y mitad
en lienzo de algodón. Y en este mismo Cabildo se mandó pro-
ceder al dorado de la custodia, como ya estaba dispuesto en otro.
(Libro 1, fol. 173).
En 25 de septiembre, habiendo comparecido el beneficiado
Pedro Graterol, diciendo: que habiendo estado en la Corte de
Madrid en compañía del Illmo. Sor. Dn. Fr. Pedro de Oña, obispo
de Gaeta en Italia, le dió una reliquia de la canilla del bienaven-
turado San Vicente Mártir con destino para esta Santa Iglesia
en reconocimiento de haber sido obispo de ella, que en la misma
que exhibía con su correspondiente bula: el Cabildo la recibió
con gran veneración, y mandó estuviese reservada, hasta el día
22 de enero del año siguiente, en que se celebra el martirio del
mismo Santo, indicando este día para llevarla desde la Iglesia
de San Gabriel a la Catedral en solemne procesión, y que a ésta
asistiesen todos los vecinos: y mandó al mayordomo que pagase
al dicho beneficiado 23 pesos y un tomín de oro fino, valor del
56
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
relicario de plata en que estaba colocada. Y asimismo dispuso,
que se le comprasen dos libros que traía, el uno santoral y el otro
dominical. Y en este mismo acto, se mandó también que se hi-
ciesen dos hopas y dos sobrepellices para los monacillos. (Libro 1,
fol. 173 vto.).
En 12 de octubre, tratándose de cumplir lo que se ofreció a
Alonzo Arias Baca, en cuanto a la lámpara por el dinero que
exhibió a este fin según queda dicho, se dispuso hacerse ésta,
empleándose en ella una fuente y un jarro de plata, y asimismo
la vuelta de báculo que fue de su Illma. Salinas; cuya vara estaba
sirviendo de pértiga y se hizo el convenio correspondiente con un
platero. (Libro 1, fol. 174).
En 19 del mismo, se mandó hacer una capa de damasco de
colores, con destino para el asperges. (Libro 1, fol. 174 vto.).
Año de 1611.
En 15 de enero, se eligieron a los señores Chantre y Tesorero
para las causas contra los capitulares extra visitalionem: por co-
lector de manuales al cura Diego Gómez de Al varado: y por mozo
de coro y monacillo a Antonio de Saavedra con el mismo salario
de 18 pesos anuales: y los señores adjuntos aceptaron y juraron.
También en este acto se aprobó el gasto hecho por el señor Deán
en comprar nueve doseles de tafetán azules y amarillos. (Libro 1,
fol. 174 vto.).
En 19 de marzo, se reeligió a Alonzo Freiré por mayordomo
de hospital, atento al bueno y caritativo servicio que estaba
haciendo eficazmente y se le mandó presentase sus cuentas al
señor provisor. (Libro 1, fol. 175).
En 19 de julio, prestó el Cabildo su llano obedecimiento y
prometió el puntual cumplimiento de una Real Provisión de
28 de abril de este año, expedida por la Real Audiencia de Santo
Domingo, a instancia del señor fiscal Dn. Gerónimo de Herrera,
en que con motivo de haber tenido noticia que en este obispado
se habían proveído algunos curatos en clérigos portugueses pidió
se mandase cumplir y excusar la Real Cédula fecha en San Lo-
renzo a 16 de mayo de 1609 en la cual se dispone que para la
provisión de los curatos y doctrinas, se fijen edictos convocatorios
con expresión de hacerse de orden de Su Majestad, se nombren
57
examinadores para el examen en concurso y que de los opositores
se propongan tres los más dignos, al señor Gobernador y que
aquellos nombrados sean hijos de padre y madre españoles, na-
cidos en estas provincias, o nacidos en España y que los que
hubiesen de ser doctrineros supiesen la lengua de los indios: y
aunque el señor fiscal pidió que se removiesen a los curas que
estaban sirviendo curatos, sin tener las cualidades requisitas en
la expresada Real Cédula, la Real Audiencia sólo dispuso que
ésta se cumpliese puntualmente. (Libro 1, fol. 175 vto.).
Año de 1612.
En 12 de enero, habiendo comparecido en el Cabildo el Capitán
Ambrosio Hernández y propuesto que era su voluntad se cantase
una misa cada miércoles a Ntra. Sra. del Rosario con distintas
aplicaciones que allí se expresan mientras él pudiese sostener esta
devoción; y que daría cada año por la limosna de ella cinco machos
y cinco muías, y que cuando no las tuviese entregaría cinco pesos
de plata por cada macho o muía; el Cabildo aceptó y se obligó
a cantar estas misas con calidad de que si el miércoles fuese día
de fiesta se cantase al siguiente, y que fuese la misa del oficio
Sabe Radia Sánela. (Libro 1, fol. 178).
En este mismo acto se nombraron por adjuntos para las vi-
sitas que el señor obispo hiciese al Cabildo a los señores Deán
y Chantre. Se nombró también por monacillo a Martín, hijo de
Alonzo García. Se reeligió a Francisco Rodríguez por mayordomo
de fábrica, y se comisionó al señor Chantre para recibirle las
cuentas. (Libro 1, fol. 178).
En 9 de marzo, se aprobaron por el Cabildo estas cuentas y
se mandó que en ellas se anotase lo que se había cobrado en San-
tiago de León de los excusados, y casas en que se habían em-
pleado, y que se pagasen 3 pesos de oro al señor Chantre por la
asistencia que tuvo en estas cuentas. Se nombró por monacillo
a Baltazar Méndez con el sueldo de 18 pesos de plata anuales.
Se le señalaron 4 pesos de plata anuales al sacristán Francisco
Muñoz de Ledezma porque acudiese a escribir lo que se ofre-
ciese en los libros de Cabildo y cartas de su señoría. (Libro 1,
fol. 179).
En este mismo acto, habiendo comparecido Alonzo Freiré
suplicando al Cabildo, que le dijesen cada año cuatro misas can-
58
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
lacias con sus vísperas y responso en el altar de San Francisco
por el tiempo de su voluntad e insinuando que estaba en ánimo
de dotarlas con el capital que reditué 10 pesos de oro fino, que
son 20 de plata corriente, y con lo que ofrecía de limosna por
estas misas; las cuales habían de celebrarse el día de San Ilde-
fonso y otra el de Santa Eufemia, otra el de Nuestra Señora del
Rosario y otra en la octava de finados; el Cabildo aceptó llana-
mente. (Libro 1, fol. 179).
En 2ó de junio, el señor Deán insinuó que él había sido com-
padre de Alonzo Arias Baca de quien era hijo natural Marcos
Arias de Villasinda uno de los opositores a la doctrina vacante
y que por ello y otras razones casaba su voto para que los demás
señores capitulares determinasen, y asimismo queda por acuerdo.
También en este Cabildo se dispuso que se diese comisión al cura
del Portillo de Carora para cobrar ciertos vales de restituciones
a los indios; y también se le dieron otras comisiones relativas
a sus doctrinas y repartimientos y para recoger unas dimisorias
que se le habían dado a Pedro Camacho. (Libro 1, fol. 180).
En 27 de julio, asistiendo los señores Chantre y Tesorero se
querelló éste de que el señor Deán había anotado de falso al
margen lo que se había dicho en cuanto a que él retenía en su poder
100 pesos, en el Cabildo de 16 de enero de 608; protestó poner
su queja luego que viniese el Illmo. Sor. Obispo, y que se eximía
de votar: y el señor Chantre acordó que se remitiese la decisión
como proponía; pero que desde luego se notificase al señor Deán
que exhibiese los dichos 100 pesos para su imposición a censo.
(Libro 1, fol. 181).
En Io de octubre, los mismos señores acordando primero que
el señor Tesorero continuase votando en Cabildo, no obstante
su protesta por ser ésta perjudicial al bien de la Iglesia; se dis-
puso que en la nave del Santo Crucifijo, se abriese un tabernáculo
para altar en que se colocase a Ntra. Sra. del Rosario y sirviese
para que los curas de la Santa Iglesia tuviesen en ella orden de
decir las misas de las Animas. (Libro 1, fol. 181 vto.).
En 21 de diciembre, habiéndose presentado el señor Tesorero
Dn. Bartolomé Gómez con una bula de Su Santidad, expedida
en 17 de agosto de 1611, y poder del Illmo. Sor. Dn. Fr. Juan de
Bohorques, maestro en Sagrada Teología, electo obispo de esta
diócesis pidiendo en su nombre la posesión del obispado, se le
dió en el mismo acto, señalándole en la Silla Episcopal, entre-
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1613
59
gándole las llaves del Sagrario y Santos Oleos, y haciéndole jura-
mento de obedecerle y guardar sus mandamientos, y el dicho
apoderado en señal de posesión derramó mucha moneda usual.
No se puso copia de la bula ni del poder, ni se hace mención de
los Reales ejecutoriales. (Libro 1, fol. 182).
Año de 1613.
En 12 de enero, presente el Illmo. Sor. Obispo y en las casas
de su mando, se dispuso que para que pudiesen celebrarse los
Oficios Divinos en la nueva Iglesia, se tratase desde luego de
cubrir las naves, hasta donde alcanzasen los materiales de madera
y teja, y que lo restante hasta la puerta, se cubriese de enea, y
el coro se alargase y se pusiesen puertas y ventanas: que al efecto
se vendiese una negra de la Iglesia; y que fuese interventor y eje-
cutor de la obra con plenitud de facultades, el señor Chantre,
sin que nadie del Cabildo ni de fuera de él se entrometiese en
estorbarle ni contradecirle lo que ordenase, pena de 20 pesos de
oro aplicados para la Iglesia. Y el dicho señor obispo firmó así:
«El Obispo de Venezuela». (Libro 1, fol. 182, vto.).
En 20 del mismo, con atención a lo que se enuncia haberse
tratado con el Illmo. Sor. Obispo de que se hiciera concierto con
Sebastián Araujo cantor de canto de órgano y llano, para que
sirviese de sochantre e instruyese a los cantores del coro, dán-
dosele por parte de la Iglesia 30 pesos y 60 ú 80 los señores Deán,
Chantre y Tesorero: se acordó que no obstante la erección en
cuanto manda, que el Chantre asista al coro por su propia per-
sona y no por otro y sin ir ni venir contra la dicha erección; asis-
tiese el Chantre como es de su obligación a regir el coro en lo que
fuese de canto llano, y que el nominado Sebastián Araujo, a quien
se nombró por tal sochantre, asistiese a lo que es canto de órgano,
para que se adiestrasen en este canto los clérigos y cantores asis-
tentes al coro. Que este sochantre fuese obligado a asistir a las
vísperas y misas cantadas, para lo cual se le deba poder y no
para más, y que se le diese el salario de 30 pesos anuales señalados
de las rentas de fábrica. (Libro 1, fol. 183).
En este mismo acto, se acordó, que al padre Fr. Alonzo de
Sepúlveda que había de predicar la cuaresma en la Catedral
se le diesen de la renta de fábrica 6 pesos de plata y media fanega
60
FUENTES PARA l.A HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
de maíz y una negra que le sirviese. Y se mandó pintar el altar
de Nuestra Señora del Rosario, y que allí mismo se pintase un Cru-
cifijo y las Animas del Purgatorio. (Libro 1, fol. 183 vto.).
En 4 de junio, habiendo el señor Deán entregado a los señores
Chantre y Tesorero dos cartas del Illmo. Sor. Obispo Dn. Fr.
Juan de Bohorques en que los llama a tratar con su Sría. Illma.
en la ciudad de Santiago de León, negocios gravísimos, tocantes
al servicio de Dios y utilidad de este obispado, ahora fuese en
razón de mudar la catedral o bien fuese para no mudarla, sobre
lo cual ya había hecho algunas informaciones el Illmo. Sor. Alzega,
y se había escrito a Su Majestad: visto todo acordaron diferir
la resolución para otro Cabildo. (Libro 1, fol. 183 vto.).
En el mismo acto, habiéndose presentado una petición y reque-
rimiento del Capitán Diego Perozo, regidor, por sí y en nombre
del Cabildo secular de Coro, en que exhibiendo una Real Cédula
de 19 de mayo de 1584, en la cual se mandó al Sor. Gobernador
Dn. Diego de Uribe, que no consintiese se hiciese novedad en razón
de mudar de la ciudad de Coro a otra parte la Catedral, y pidiendo
que se agregase testimonio de la erección, hace reiteradas pro-
testas, apela y protesta el recurso de fuerza a fin de que no se
efectuase la mutación que de presente tenía noticia se intentaba
por el Illmo. Sor. Obispo, ni fuese a tratar con su Illma., sino
un solo prebendado para que subsistiese siempre el Cabildo en Coro;
pues era en grave perjuicio de la ciudad de Coro y sus vecinos,
protestando también repetir acerca de más de 15.000 ducados
que iban gastados en e! nuevo edificio, y todas las costas y costos
procesales y personales: se acordó en su vista, que en atención
a que la dicha Real Cédula era dirigida al señor Gobernador,
y que el Cabildo no debía admitir estas protestas y requerimientos
se le devolviese junto con la petición, quedando como quedó
copia en el libro capitular, para que ocurriese a pedir su justicia
ante quien hubiese lugar. (Libro 1, fol. 183 vto.).
En 8 del mismo se acordó que los señores Chantre y Tesorero
cada uno de ¿nsolidum respondiese la carta del Illmo. Sor. Obispo,
como más le conviniese. (Libro 1, fol. 185 vto.).
En 10 del mismo mes de junio, habiendo expuesto el señor
Deán que el Illmo. Sor. Obispo en su instrucción le ordenaba
y mandaba que de los negros que la Santa Iglesia tenía, llevase
consigo a la ciudad de Santiago de León ocho con sus mujeres
e hijos inclusive el negro albañil, los cuales habían de servir en
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1614
01
componer las casas de los señores prebendados, mientras estu-
viesen allí, y para que en la Iglesia de la misma ciudad, se for-
mase un género de coro, donde pudiesen rezar mientras estaban
ocupados en los negocios que había dispuesto Su Majestad: y
que los mismos señores llevasen los ornamentos y plata que les
pareciese: y asimismo, que se tratase de la venta de la negra Juana,
o se trocase por un negro: los señores Tesorero y Chantre dijeron
que ya sus mercedes contestaban al señor Obispo y que le su-
plicaban por ahora de su mandato; pues no se había de mudar la
Catedral, y era de gravísimo perjuicio el llevar la plata y orna-
mentos, y mucho más los negros, pues conforme al anterior man-
dato del mismo señor Obispo se estaba prosiguiendo el edificio
de la Iglesia, y había muchos materiales y era este un negocio de
importancia de más de 3.000 pesos. Y que por lo respectivo al
trueque de la negra Juana se trataría lo que más conviniese. Y
esto quedó por acuerdo, del cual pidió testimonio el señor Deán
y se le dió. (Libro 1, fol. 185 vto.).
A ño de 1614.
En 21 de enero, se confirmó a Francisco Rodríguez en el oficio
de mayordomo de fábrica, aceptó y juró, y se comisionó al Sor.
Chantre la toma de sus cuentas, y que con lo que expusiese se
presentasen al Cabildo se confirmó también a Sebastián Araujo
en el oficio de cantor por otro año se mandó remitir a Francisco
Castillo, apoderado del Cabildo en Santiago de León, un báculo
y unos guantes que fueron del Illmo. Sor. Alzega, para que allí
los vendiese a beneficio de la Iglesia, que allí mismo se comprase
para ella a un fulano Alzega un frontal y una casulla de damasco
y tafetán: que el mismo apoderado tratado el asunto con el Illmo.
Sor. Obispo enviase un carpintero para la obra del techo de la
Iglesia: que también encargase un órgano a España para el ornato
de la Iglesia, remitiendo bienes de cuenta y riesgo de ella: y que
remitiese 50 ducados al apoderado de la Iglesia en la Corte por las
Cédulas que enviaba. Y asimismo se mandó al mayordomo de
fábrica que diese 100 reales de plata corriente al padre Fr. Juan
de Figueroa por los sermones que había predicado en la cuaresma.
(Libro 1, fol. 186).
En 16 de abril, habiéndose tenido noticia que el cantor Se-
bastián Araujo era casado en su tierra, fue despedido; pues no
62
FUENTKS PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
debía subsistir en su oficio, viviendo descasado. Se despidió tam-
bién a un mozo de coro y monacillo y se nombró en su lugar a
Diego Mendoza con el mismo salario de 18 pesos anuales. (Li-
bro 1, fol. 187).
En 15 de mayo, el señor Chantre por hallarse indispuesto
renunció en el señor Tesorero el encargo que se le hizo en el Ca-
bildo en 12 de enero de 1613, que presenció el señor Obispo de
interventor en la obra de la Iglesia, y el dicho señor Tesorero
aceptó el encargo con el mismo poder conferido allí al señor Chantre
y demás prevenciones que se hicieron. (Libro 1, fol. 187).
En el mismo acto se mandaron remitir a Santo Domingo 32
pesos de oro en reales castellanos para hacer unas vinageras de
peso de 10 onzas de plata, y que también se trajesen de allí seis
botijas de buen vino para celebrar, ocho o diez varas de ruán
para hacer sobrepellicez a los monacillos y que si fuese posible,
y estuviesen a precios cómodos se trajesen también otras seis
botijas de vino, y 20 botijuelas de aceite para la lámpara. (Li-
bro 1, fol. 187).
En 20 de agosto, se hizo concierto con un pintor, en cantidad
de 30 pesos por la composición de los Crucifijos de la Iglesia. Y
por la ausencia de Diego Mendoza, se nombró por monacillo a
Acasio, hijo de Ana de Lugo, con el mismo salario anual que tuvo
aquél señalado de veinte y dos y media varas de lienzo y 90 reales
en plata, que parece compone todo la cantidad de 18 pesos. (Li-
bro 1, fol. 187 vto.).
Año de 1615.
En 10 de febrero, se dispuso que en atención a que estaban
acopiados los materiales necesarios para el techo de la Iglesia, se
solicitasen oficiales que lo hiciesen: y en este mismo acto se re-
eligió a Francisco Rodríguez por mayordomo de fábrica, el cual
aceptó y juró, y se comisionó al señor Tesorero la recepción de
sus cuentas. Y asimismo, atento lo representado por el mismo
mayordomo de que había servido diez año la mayordomía y nada
había recibido de salario, por la pobreza de la Iglesia, se dispuso
que quedando sus servicios por la gracia hecha de la erección de
un altar y concesión de dos sepulturas, se le dieron por los úl-
timos años 80 pesos de plata. (Libro 1, fol. 188).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1615
63
En 16 de abril, se hizo concierto con Bartolomé de Naveda,
cantero y Marcos Díaz, carpintero, de hacer el techo de la Iglesia
hasta la mitad de ella de armadura de par, y nudillo con sus ti-
rantes doblados y apenasados y hacer un arco dúplex sobre el
toral, nivelar paredes, &.; dándosele a cada uno 600 pesos, los
400 en moneda, y los 200 en lienzo a cuatro reales vara, y entre-
gándoseles por tercios. (Libro 1, fol. 188 vto.).
En 4 de julio, atenta la necesidad de proceder al techo de la
Iglesia, y que no había vuelto el que fue a cobrar sus rentas; se
acordó tomar sobre ellas un censo de 200 pesos que se habían
redimido de la capellanía de doña Catalina Vaca, para ocurrir
a la paga de los oficiales y que se pagase anualmente un cinco por
ciento, conforme a lo ordenado por el Rey en nueva pragmática.
(Libro 1, fol. 189).
En 31 de noviembre, por la misma causa se acordó tomarse
100 pesos de capital que exhibió Sebastián Antunes para dotación
de una misa cantada con vísperas a San Antonio de Padua, y
que la Iglesia pagase cada año el cinco por ciento. (Libro 1, fol.
189 vto.).
En 31 de diciembre, en atención a que el mayordomo de fá-
brica Francisco Rodríguez, aunque tan buenos servicios había
hecho, estaba ya en edad decrépita, y que la Iglesia en el estado
que se hallaba, necesitaba de persona ágil, fueron de parecer los
señores Deán y Chantre que el señor Tesorero hiciese el oficio
de mayordomo de fábrica, como persona a cuyo cargo estaba
el cobro de sus rentas y tenerlas en su poder y custodia para su
distribución en el edficio y ornato de la Iglesia: y el dicho señor
Tesorero en vista de esta elección aceptó el nombramiento y
juró de usarlo fielmente con puntualidad y cristiandad; que si
así lo hiciese Dios lo ayudase y que sino se lo demandase; y el
Cabildo confirmó el nombramiento; y para su validación, obli-
garon las rentas de la Iglesia, y sus bienes y rentas. Y se comi-
sionó la recepción de cuentas de aquel mayordomo al señor Chantre
(Libro 1, fol. 190).
En este mismo acto, en atención a haberse exhibido el mismo
Francisco Rodríguez de la secretaría de Cabildo, por estar impedido
de ejercerla, se eligió y nombró por secretario de Cabildo al rector
y cura de la Catedral Diego Gómez de Alvarado, quien el propio
acto aceptó y juró de fidelidad.
64
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
Año de 1616.
En 29 de enero, habiendo expresado el señor Tesorero, que no
podía continuar el servicio de la mayordomía de fábrica por ha-
llarse con ocupaciones del Santo Oficio, y las de su prebenda en
coro y altar, se admitió la dejación, y se reservó para después
el tratar del nombramiento de otro. Más en este mismo acto,
habiéndose presentado Cristóbal López de Belmonte, ofrecién-
dose a servirlo graciosamente, fue nombrado por tal mayordomo
de fábrica; y en el mismo acto aceptó y juró, y se le mandó hacer
la entrega por el señor Tesorero, al que también se diputó para
tirar las libranzas de gastos. (Libro 1, fol. 190 vto.).
En este propio acto, con consideración a la ausencia de Alonzo
Ereire, mayordomo del hospital, y que era casado en la ciudad
del Tocuyo, se nombró para este oficio a Juan Agustín (no tiene
apelativo) vecino de Coro, y aquí mismo aceptó y juró. (Libro 1,
fol. 191).
En 30 del propio mes de enero, volvió a presentarse el sobre-
dicho Cristóbal López de Belmonte, diciendo que no podía servir
la mayordomía de fábrica; y en esta atención, habiéndole por
inhibido de ella, fué nombrado Erancisco de Morales, vecino de
Coro, quien allí mismo aceptó y juró, se le señaló el salario de
50 pesos de plata anualmente, se le facultó el dar poderes para
las cobranzas de excusado; excepto en la ciudad de Santiago de
León, San Sebastián y Valencia (donde estaba Francisco Castillo
con poder) : y pone la expresión de revelársela en forma, y de obli-
garse las rentas de la Iglesia a la firmeza de los poderes. (Libro 1,
fol. 192).
En 20 de febrero, con motivo de haber quedado confundidas
las sepulturas concedidas a algunos vecinos por la construcción
del nuevo edificio, se dispuso: que para evitar las alteraciones
que se iban suscitando, se exhibiesen los títulos, en cuya vista se
examinaría cuales concesiones estuviesen vacas, y en cuales no
se hubiesen pagado los 10 pesos de su limosna, a fin de concederlas
el Cabildo a otras personas en depósito, mientras conseguían
título de propiedad despachado por el señor Obispo. Y asimismo
se mandó que se dividiese la nave mayor en cinco tramos, de-
jando calle en medio para el tránsito del altar al coro, cercado
con una reja de vara y cuarta de alto; dentro la cual quedasen
los escaños; y que lo propio se hiciese en las naves colaterales,
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1616
65
desde el primer pilar, reservados los asientos del Cabildo, y de-
jando paso para las procesiones. (Libro 1, fol. 192 vto.).
En 23 del mismo, habiéndose presentado los títulos de sepul-
turas, y de asiento de escaño, fueron amparados ellos, según la
lista que se dice haberse formado: se mandó a los que tenían en-
cuentros acerca del lugar, que ocurriesen al vicario general: se
concedieron las sepulturas vacas a los vecinos pretendientes, con
tal que cada uno diese 10 pesos a la fábrica y que todos ocurriesen
para la validación de los títulos al Illmo. Sor. Obispo, y para usar
de la nueva concesión en depósito, se presentasen al dicho vicario
general, que residía en Coro.
En 3 de marzo, se hizo nuevo concierto con el albañil por
quemar un horno de teja, y encalar la mitad de la Iglesia que
estaba ya cubierta por cantidad de 100 pesos, mitad en plata y
mitad en harinas. (Libro 1, fol. 193 vto.).
En 3 de noviembre, con motivo de haber de hacer ausencia
para la ciudad de Cartagena, Diego Gómez Alvarado, cura de la
catedral y secretario de Cabildo, y en consideración que no vol-
vería tan pronto, se nombró por secretario a Rodrigo de Palencia,
que era escribano público y de registro, por ser hábil y suficiente
para ello, y de la calidad que son sus cargas: y en el mismo acto
aceptó y juró de fidelidad y de guardar secreto, y se le señaló
el salario de 20 pesos de plata anuales. (Libro 1, fol. 194 vto.).
En el propio acto, fue nombrado Baltazar Méndez, clérigo
tonsurado por mozo de coro para registrar y cantar domingos y
fiestas y demás oficios que el Cabildo quisiese, atenta la nece-
sidad que había de cantores y la destreza de aquél en el canto,
señalándosele el salario de 20 pesos de plata, y asimismo con igual
salario fueron nombrados por monacillos para ayudar a misa y
al culto divino, por un año a Juan García y a Acasio Ruíz, y que
estos salarios los pagase el mayordomo de fábrica. (Libro 1,
fol. 194 vto.).
En el mismo acto, se acordó; que una capellanía que tenía
fundada en la catedral el Illmo. Sor. Dn. Fr. Pedro Palomino
de 270 pesos de oro fino para que se dijesen tres misas cantadas
con sus vísperas por el Cabildo, la una el día de todos Santos;
otra en la octava de la Natividad del Señor, y la otra en la Asun-
ción de Nuestra Señora, y cuatro misas rezadas cada año, apli-
cándose él un peso sobrante de los réditos para incienso y para
una bula en cada predicación: se cobrase cada año este peso so-
6 — Actas, 1.
66
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
brante por el mayordomo de fábrica para invertirlo en la Iglesia,
teniendo cuidado de poner dos velas en la tumba cuando se can-
tasen las misas y de tomar la bula en cada predicación. Y aquí
mismo se hace mención que el señor Deán Dn. Diego Fernández
de Cárdenas era ya difunto y que tenía a su cargo este censo.
(Libro l, fol. 195).
Aquí mismo se dispuso, que los patronos de una fundación
de capellanía exhibiesen su escritura por no tener bastante no-
ticia de ello el Cabildo, para poner en arreglo esta fundación.
(Libro 1, fol. 195 vto.).
También se mandó en este propio Cabildo, que se pusiesen
en una tablilla todas las misas cantadas y rezadas que el Cabildo
tenía de capellanías para su mejor cumplimiento; y al efecto segui-
damente se refieren dichas fundaciones: y de algunos cuyos censos
estaban a cargo de la fábrica se mandó al mayordomo que pagase
los réditos: y también se mandaron tomar 200 pesos de otro censo
por la misma fábrica, atenta la grave necesidad en que se hallaba
para sus gastos y dificultades de los cobros de lo que se le debía
en los pueblos de la tierra adentro. (Libro 1, fol. 195 vto.).
En 2 de diciembre, habiendo redimido el capital de 200 pesos
que tenía reconocidos el señor Deán difunto Dn. Diego Fernández
de Cárdenas, de la fundación del Deán Dn. Francisco Gómez
de Gamboa; se hubieron por redimidos y se mandó al mayordomo
de fábrica que los tomase para remedio de las necesidades de
ésta, reconociéndolos sobre sus rentas y esclavos, y pagando anual-
mente los réditos. Y en este mismo acto se mandaron rendir
cuentas al mayordomo, y se comisionó su recepción al señor Te-
sorero. (Libro 1, fol. 197).
En 20 del mismo, habiéndose presentado Manuel Martínez de
Andrade, cura de la catedral, en nombre de Dn. Joseph Escudero,
con un título del Illmo. Sor. Obispo Dn. Fr. Juan de Bohorques,
en que nombra a éste por Deán temporal por haber vacado esta
dignidad al dicho Escudero con la mitad de la renta del propie-
tario: el Cabildo lo recibió no obstante estar ausente, con tal
que el dicho apoderado sirviese por él en el coro y altar, y que
percibiese la mitad de la renta de diezmos, presentando antes el
poder, mas en cuanto a observaciones suplica el Cabildo no se le
diesen por no pertenecerle y al efecto mandó pasar a su Sría.
Illma. copia de otros semejantes nombramientos que anteriormente
hubo. (Libro 1, fol. 200).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1617
67
Sigue una copia del enunciado título de Deán interino: fue
despachado en la ciudad de La Laguna de Maracaibo en 15 de
noviembre de este año. (Libro 1, fol. 201).
Ario de 1617.
En 12 de enero se aprobaron las cuentas del mayordomo de
fábrica Francisco Morales, y atentos sus buenos servicios, se le
reeligió para que continuase habiendo presentado el juramento
de fidelidad en este acto. (Libro 1, fol. 201 vto.).
En el propio acto, se nombró por mozo de coro, y que supla
el oficio de pertiguero a Martín Hernández clérigo de prima ton-
sura que era monacillo, con 24 pesos anuales de renta, y para
monacillo fue nombrado a Ignacio, hijo de Ana de Lugo, viuda.
Y así mismo se dispuso que pues la Iglesia tenía mucha gente
de esclavos de servicio, el mayordomo gastase para su sustento
en carne y pescado, quince reales cada semana, y veinte y cinco
en las siete de cuaresma. (Libro 1, fol. 202).
En 30 de diciembre, habiéndose presentado Francisco López
el mozo, haciendo presente la fundación de una capellanía de
100 pesos de oro, que hizo su padre Francisco López y estado
en que se hallaba el censo, se trató acerca de su aseguramiento,
y de otro censo perteneciente a la capellanía del Deán Dn. Fran-
cisco Gómez y al efecto se mandaron compulsar dos testimonios.
(Libro 1, fol. 203).
En el mismo acto en atención a la falta que había en el coro,
y que actualmente se hallaba en la ciudad un mozo llamado Bal-
tazar Méndez, clérigo de prima tonsura que sabía de canto y tenía
buena voz; fue nombrado por sochantre con el salario anual de
30 pesos de plata que se le pagarían de las rentas de fábrica 15
pesos, 10 le daría el señor Chantre, y 5 el señor Tesorero. Se
mandó también al maestro de la obra de la Iglesia, que hiciese
una silla obispal de ladrillo y cal con sus gradas, espaldar y pir-
lanes; y un altar para el señor San Juan a costa de su cofradía
y que ésta enladrillase aquella parte entre pilar y pilar, siendo
interventor el señor Chantre el cual diese la libranza de lo que
había de pagar la Iglesia. Y asimismo se mandaron hacer rejas
torneadas para cercar el coro y dos escaños de tres asientos.
(Libro 1, fol. 203 vto.).
68
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
Año de 1618.
En 22 de mayo, habiéndose recibido una carta del Illmo.
Sor. Obispo, en que avisa al Cabildo que una armada de piratas
iba a aquellas costas, a fin de que asegurase la plata, alhajas y
ornamentos de la Iglesia: se mandó al mayordomo que aprontase
lo necesario para sacarlos fuera de la ciudad, y ponerlo todo en
lugar seguro, llevando los negros y negras de la Iglesia, y cui-
dando de su custodia. (Libro 1, fol. 204 vto.).
En 2 de julio, redimió el capitán Diego Perozo un censo de
240 pesos de capital, y en el mismo día se concedió a Miguel Aure,
clérigo presbítero, a razón de veinte mil el millar conforme a la
nueva pragmática: y se expresa que pertenece a la capellanía
fundada por el Illmo. Sor. Dn. Fr. Pedro Mártir, y que se han
de decir once misas rezadas a peso cada año y cada dos años
tomarse una bula de difuntos. Y se mandó que la escritura de otro
censo de la capellanía de Juan de Leal se pusiese en el archivo de
la Iglesia: y también en este mismo acto habiendo dado cuenta
el señor Tesorero de la conclusión del coro y silla obispal, se mandó
al mayordomo que pagase al maestro Bartolomé Naveda los 200
pesos del concierto. (Libro 1, fol. 205).
En 6 de agosto, habiéndose presentado el señor Chantre Dn.
Francisco Ramírez, con la Real Cédula de su presentación al
deanato vacante por Dn. Diego Fernández de Cárdenas, y las
diligencias de haber recibido en Santiago de León de mano del
Illmo. Sor. Obispo la colación e institución canónica en la per-
sona de su apoderado, por no poder presentar personalmente a
causa de ser hombre viejo e impedido para poder andar las 100
leguas de distancia desde Coro hasta aquella ciudad, se le mandó
que ratificase las diligencias hechas por su apoderado; lo cual
incontinenti lo ejecutó, reiterando la renuncia de la chantría, y
habiendo por bien hecho lo practicado por su apoderado reci-
biendo la colación y consecutivamente hecho el juramento y
demás diligencias que en el caso se requieren; se le dió la posesión
sentándosele en la silla tocante a la dignidad de Deán y en señal
de posesión derramó moneda sellada y marcada con la marca real
de Su Majestad. Y ejecutado todo por el señor Tesorero único
capitular llevando la voz de Deán y Cabildo dijo: que en atención
a que para la colación debió haber poder particular, que no cons-
taba en las diligencias extendidas a continuación de la citada
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1618
69
Real Cédula; lo manifestaba así para que en ningún tiempo le
parase perjuicio. No se cita la fecha de la Real Cédula, ni la de
la colación; y aunque se mandó poner testimonio de todo en el
libro, no se juró. (Libro 1, fol. 205 vto.).
En 7 del mismo mes de agosto, habiéndose presentado Diego
Gómez de Alvarado, cura de la Catedral en nombre de Dn. Jusepe
Escudero, para que se le diese a éste posesión de la dignidad de
chantre a que estaba presentado por el Rey y de que había recibido
colación, que le dió en Santiago de León el Illmo. Sor. Obispo;
aunque el señor Deán convino, el otro señor capitular asistente,
que lo era el Tesorero, se denegó a dar la posesión en la persona
del dicho apoderado, fundándose en que en el mismo Real despacho
se prevenía que compareciese personalmente y que Su Majestad
daba las prebendas para que el culto divino fuese servido y no
hubiese falta: ambos firmaron sus votos; y no hubo acuerdo ca-
pitular pero se hizo saber lo sobredicho al referido apoderado.
(Libro 1, fol. 208 vto.).
En 23 de octubre, se volvieron a ver los papeles nuevamente
presentados en el día anterior por Dn. Jusepe Escudero; e instó
el señor Tesorero por la resolución del punto, y el señor Deán
persistió en su voto dado en el Cabildo de 7 de agosto, y se volvió
a manifestar pronto a dar la posesión pedida, para que ningún
tiempo le parase perjuicio, pues él no iba ni venía en contra-
dicción a ello, y el señor Tesorero aunque ya estaba presente el
dicho Dn. Jusepe Escudero dijo: que obedecía la Real Cédula
de su presentación a la chantría, pero que no accedía a darle la
posesión porque el presentado no era sacerdote, ni tenía Orden
sacro; pues sólo estaba ordenado de menores, y que por el mismo
patronato real se exigía que los beneficiados fuesen sacerdotes
para el desempeño de sus misterios; y que además de esto exi-
giendo la erección que el Chantre sepa canto llano; el dicho Dn.
Jusepe no lo sabía, ni menos tenía instrucción de Iglesia, por no
haberse criado en ella; por lo cual reiteraba su contradicción,
hasta que Su Majestad mejor informado determinase, y que al
efecto se diese testimonio de sus votos: todo lo cual se notificó
al dicho Dn. Jusepe Escudero. (Libro 1, fol. 210).
En 7 de noviembre, habiéndose presentado en el Cabildo el
Capitán Yuste de Montejo, teniente de Gobernador y de Ca-
pitán General de la ciudad de Coro con dos informaciones eva-
cuadas, la una por él y la otra por el Capitán Diego Gómez de
70
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
Portes, teniente de la ciudad de La Laguna, de las cuales resul-
taba que el Illmo. Sor. Dn. Juan de Bohorques estaba promovido
al obispado de Guajaca de la provincia de Nueva España, por
haber visto los testigos las bulas que de la Corte se le remitían,
y llegaron a la dicha ciudad de La Laguna, para pasarlas a la
ciudad de Santiago de León, donde se hallaba su Sría. Illma.;
en cuya virtud el dicho teniente requirió al Cabildo en nombre
del Rey, protestando el interés de las rentas decimales que to-
caban a Su Majestad en las vacantes y pidiéndole que proveyese
en el caso y le diese testimonio: El Cabildo con vista de estos
documentos y añadiendo que un religioso que venía de Maracaibo
había asegurado in verbo sacerdolis haber visto las bulas y ejecu-
toriales y que asimismo por una parte ya anteriormente había
recibido una carta del dicho señor Obispo escrita desde el Tocuyo
en que avisa su promoción al Cabildo despidiéndose de éste y
que iba a Santiago de León a prevenirse; y por otra, que estaba
certificado de que por esta promoción estaba electo el Illmo.
Sor. Dn. Fr. Gonzalo de Angulo del Orden de Nuestra Señora
de la Victoria de los Mínimos; determinó con atención a las doc-
trinas de autores que cita y copia, tomar y tomó posesión de la
jurisdicción por todo el tiempo que durase la vacante, desde el
presente día y mandó dar el testimonio pedido al sobredicho
Capitán Yuste de Montejo, y remitir otra al señor Gobernador
Dn. Francisco de la Hoz Berrío, para hacerle constar la vacante
y que se sirviese participarla al sobredicho Illmo. Sor. Obispo
residente en la ciudad de Santiago de León. (Libro 1, fol. 231 vto.).
En 8 del mismo mes, congregados los dos únicos señores capi-
tulares existentes, Deán y Tesorero, aquél dijo: que atento a no
haber en todo el obispado clérigo graduado que pudiese ejercer
el oficio de provisor, él como Presidente del Cabildo, y tomando
toda la voz de éste elegía y nombraba por tal provisor y vicario
general al señor Tesorero como idóneo al efecto y que otra vez
había desempeñado, concediéndole todas las facultades correspon-
dientes, y dejando reservado al Cabildo todo lo que fuese de
derecho de patronato real, los nombramientos de visitadores de
todo el obispado y el procedimiento civil o criminal y cualquiera
demanda contra cualquiera capitular, lo cual debería hacerse en
cuerpo de Cabildo. El señor Tesorero dijo: que casaba y casó su
voto por esta vez de proveer y votar provisor: y después de haber
firmado cada uno lo que dijo: continúa el Cabildo diciendo que
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1619
71
vista por su Sría. Deán y Cabildo la elección de provisor hecha
en el señor Tesorero Dn. Bartolomé Gómez, compareciese éste
a hacer y allí mismo hizo su aceptación y prestó el juramento.
(Libro 1, fol. 213 vto.)-
Año de 1619.
En 9 de enero, habiéndose presentado Dn. Jusepe Escudero
con su Real presentación a la dignidad de chantre, las diligencias
de la colación que tenía recibida de mano del Illmo Sor. Obispo,
desde 10 de julio del año anterior, y una provisión del áeñor Me-
tropolitano para que se le dé la posesión, nombrándose por juez
de esta causa al padre Manuel Martínez de Andrade, el Cabildo
no admitió a este juez por ciertas causas allí expresas y manifestó
estar pronto a darle la posesión, con tal que sirviese la dignidad
personalmente y desempeñase su oficio y que pusiese a su costa
un sacerdote que cantase las misas de su obligación y que si hiciese
ausencia no ganase renta alguna conforme a lo dispuesto en la
Real Cédula del patronato Real y capitular respectivo de la erec-
ción, de que se puso copia y se notificó al dicho Dn. Jusepe Escu-
dero. (Libro 1, fol. 215).
En 10 del mismo, vistos nuevamente los documentos presen-
tados por el nominado Dn. Jusepe Escudero y recibiéndosele jura-
mento de usar y ejercer su cargo en todo lo anexo y dependiente
y que le tocase y de guardar y cumplir el patronato real y erección
del obispado y de que defendería y guardaría la jurisdicción de
esta Catedral y preeminencias de su Cabildo, y de no ir ni venir
contra ello en tiempo alguno y que defendería su Catedral en todo
aquello que tiene obligación, y las cédulas y provisiones reales
ganadas y por ganar, &. Se le dió la posesión sentándole en la silla
de la dignidad de chantre en el coro, y desde ella en señal de po-
sesión derramó moneda sellada y marcada con la marca real de
Su Majestad y se mandó custodiar en el archivo el expediente.
(Libro 1, fol. 217).
En 11 del propio mes de enero (asistiendo el sobredicho señor
Chantre con preferencia en lugar y firma al señor Tesorero, aunque
aquél no era sacerdote) se dió comisión al Licenciado Blas López
cura de la Catedral, para que tomase las cuentas al mayordomo de
fábrica Francisco Morales, y que con lo que expusiese las pre-
sentase al Cabildo. (Libro 1, fol. 218).
72
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
En este mismo acto, se nombró por monacillo a Diego de
Lugo con 15 pesos de salario anual. (Libro 1, fol. 218 vto.).
Aquí mismo el señor Chantre Dn. Jusepe Escudero expuso
que Su Majestad y el señor comisario general de cruzada lo habían
nombrado comisario en este obispado; y que para su desempeño
estaba precisado a residir en la ciudad de Santiago de León por
lo cual nombraba para las misas que le tocasen al cura de la Ca-
tedral Diego Gómez de Alvarado con el salario mensual de 12
pesos y que el Cabildo nombrase otro para el canto del coro, dán-
dole también de su renta 20 pesos cada año. Y el Cabildo dijo:
que sin perjuicio de la cédula del real patronato y de la erección
de este obispado le concedía para su ausencia sólo el tiempo de
seis meses, contados desde el siguiente febrero, quedando el dicho
cura con la carga de misas y que en el primer Cabildo se nom-
braría el sochantre. (Libro 1, fol. 218 vto.).
En 28 de mayo se trató acerca de hacer más fuerte la puerta
denominada del Perdón en la Santa Iglesia: se hizo nuevo ajuste
con el oficial y que allí mismo con los 100 pesos ofrecidos por los
vecinos de Coro. Se formase una capilla en honor de San Luis
Rey de Francia, como lo había concedido de mucho antes el Illmo.
Sor. Obispo con tal que antes de tomar posesión de ella los vecinos,
estuviese competentemente adornada, y se obligasen a su conser-
vación. (Libro 1, fol. 220).
En este mismo acto, se dió por relevado a Ambrosio Her-
nández de las misas que se cantaban a Nuestra Señora del Rosario,
a cuya limosna espontáneamente se obligó mientras pudiese;
porque ya no podía hacer esta contribución. (Libro 1, fol. 220).
En el propio acto compareció en Cabildo el cura de la Ca-
tedral Blas López de Belmonte, comisionado para recibir las
cuentas del mayordomo de fábrica Francisco de Morales, y habién-
dolas exhibido y jurado que las había examinado bien, y también
prestando su juramento el dicho mayordomo de haberlas firmado
fielmente, las aprobó el Cabildo y consecutivamente reeligió al
mismo mayordomo para continuar en este oficio y allí mismo
aceptó y juró; se le mandó que procediese al cobro de deudas
y que las cuentas se archivasen. Y al propio mayordomo se dió
poder por el Cabildo para tratar del aseguramiento de lo que debía
al hospital de Coro, Alonzo de Freiré, del tiempo que fue ma-
yordomo de él, y para que se pudiese pasar en cuenta lo que se
manda hacer en cuanto a techar la enfermería del hospital, enea-
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1619
73
larse o blanquearse de tierra y proveerlo de camas por el actual
mayordomo del mismo hospital, que lo era Juan Agustín (no tiene
apelativo) y para tomarle cuentas a éste se comisionó al sobre-
dicho cura Blas López de Belmonte. (Libro 1, fol. 220).
Aquí mismo se dió licencia al maestro mayor de la obra del
nuevo edificio de la Iglesia, para que mientras se juntaba material
pudiese por seis meses ocuparse en otras obras dentro o fuera de
la ciudad y que no se le pagase todo lo que se le debía, que ya
alcanzaba a 380 pesos de plata, sino en cuanto el Cabildo fuese
dando libranzas a fin de que volviese a continuar la obra. (Li-
bro 1, fol. 221).
También en este propio Cabildo se presentó la merced hecha
por el Rey a esta Catedral de vino para celebrar continuamente
sus sacerdotes, y aceite para alumbrar al Santísimo por cuatro
años y haberse tasado cada año en doce peruleras de vino y diez
y ocho botijiielas de aceite: y el Cabildo mandó al mayordomo que
tuviese cuidado de percibir esto de los oficiales reales. (Libro 1,
fol. 221 vto.).
En 29 de junio, haciéndose memoria de ser la fiesta de los
Apóstoles San Pedro y San Pablo; se presentó en el coro después
de tercia el Licdo. Diego Gómez de Alvarado, cura de la Catedral
con una bula del señor Paulo V dada en 20 de noviembre de 1617
en que se nombra por Obispo de esta diócesis al Illmo. Sor. Dn.
Fr. Gonzalo de Angulo (del Orden de mínimos según otro Cabildo)
que ya estaba en la ciudad de Santiago de León a fin de que se le
diese la posesión, en virtud del poder que también presentó:
visto todo por el Cabildo, prestando su reverente obedecimiento
a dicha bula, inmediatamente a presencia de todo el pueblo, jus-
ticia y regimiento, recibió juramento al dicho apoderado del
nominado señor Obispo de que guardaría y cumpliría todos los
estatutos y preeminencias a esta Santa Iglesia y a su Cabildo;
y luego el señor Deán lo sentó en la silla obispal y el Cabildo dió
la obediencia al nuevo prelado; y consecutivamente el mismo apo-
derado derramó en señal de posesión moneda marcada con el
sello y armas de Su Majestad. No se puso copia ni de la bula ni
del poder, ni se hace mención del real ejecutorial. (Libro 1, fol. 222).
En 14 de diciembre, se presentó el Licdo. Dn. Pedro Graterol
con la Real Cédula de su presentación a la dignidad de arcediano
y las diligencias de la colación que con comisión del Illmo. Sor.
Obispo le dió el Licdo. Diego Gómez de Alvarado, cura y vicario
74
FUF.NTKS PARA I.A HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
de la Catedral: y el Cabildo en vista de todo, prestado su obede-
cimiento a la Real Cédula y recibido juramento al efecto de
ejercer el oficio de arcediano en todo lo a él anexo y dependiente
y de guardar las preeminencias de la Iglesia y Cabildo lo que
contiene el patronato real y la erección de este obispado: y asi-
mismo de defenderlo todo, &., se le dio la posesión de la dignidad
de arcediano: y en señal de ello, derramó moneda sellada y mar-
cada del sello real. No se expresa la fecha de la Real Cédula, ni
se puso copia de ella, ni de las otras diligencias en el libro, aunque
si se mandó dejar en el archivo. (Libro 1, fol. 222 vto.).
Año de 1620.
hn 7 de enero, para traer desde el pueblo del río del Tocuyo
las maderas que allí estaban ya preparadas en virtud de la con-
trata hecha con Juan de Arteaga para el techo de la Iglesia que
eran 700 tablas de caoba, y 20 tirantes de 12 varas de largo se hizo
concierto con el padre Juan Sánchez, cura de aquel pueblo, y
con los indios de él, de la conducción de estas maderas en balsas
y canoas hasta el puerto de Pasabachoa, dándosele un ornamento
que valdría 20 pesos, un misal y un manual viejos, que valdrían
10, una jarra en 3 pesos, un cáliz con su patena en 20, y otra
alhaja en 3; lo cual ya se le había entregado, y que después de
traidas las maderas se le darían 100 pesos en plata corriente y
325 reales de lienzo y algodón. (Libro 1, fol. 224).
En este mismo acto, en virtud de lo pedido por el señor Chantre
Dn. Jusepe Escudero, ausente, se nombró por sochantre al Ledo.
Manuel iMartínez de Andrade, por ser persona idónea con el
salario anual de 20 pesos de la renta del mismo señor Chantre
que se había de cobrar en tierra adentro. (Libro 1, fol. 225).
En 30 de mayo, habiendo hecho exhibición Agustín Ruíz
Varón en nombre de doña Ana Ruíz Varón, su hermana, viuda
del capitán Micael de Quero de dos capitales de censos que éste
de mancomún con ella tenía reconocidos, el uno de 200 pesos que
se supone perteneciente al Cabildo y otro de 363 pesos, pertene-
ciente al hospital; se hubieron por redimidos y se mandaron de-
positar en el señor Tesorero, mientras se hacía el nuevo reconoci-
miento; y que al efecto se fijase cédula de aviso en la puerta de
la Iglesia, y los réditos exhibidos tocantes al hospital que fueron
34 pesos, se entregasen a su mayordomo. (Libro 1, fol. 225 vto.).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1621
75
En 31 de agosto, en atención a que no había comparecido
pretendiente a los sobredichos capitales y que la misma doña
Ana Ruíz los quería reconocer junto con el dicho su hermano,
se le concedieron para la nueva imposición, a razón de veinte
mil el millar. (Libro 1, fol. 226 vto.).
En el mismo acto, se nombró por monacillo a Cristóbal Quin-
tero, con el salario de 15 pesos anuales. (Libro 1, fol. 227 vto.).
En 2 de noviembre, se volvió a tratar acerca de las tablas
y tirantes que estaban en la boca del río del Tocuyo, y se dijo
algo acerca del concierto, así en cuanto a su traída, como por lo
respectivo al que las había labrado; y en el mismo acto, tenién-
dose aviso de que había llegado al puerto de Barlovento 319 tablas
y 10 vigas, se mandó pregonar si había quien quisiese traerlas
a la ciudad y sólo se halló un vecino que se obligó a traer las
tablas a razón de cinco reales cada carga, sin haberse podido
enviar a éste a los negros de la Iglesia, porque estaban ocupados
en trabajar materiales. (Libro 1, fol. 227 vto.).
En 19 de diciembre, se dió por redimido el capital de 200
pesos que tenía Alonzo Freiré, pertenecientes a la fundación de
capellanía del Señor Deán Dn. Francisco Gómez de Gamboa,
y en el mismo acto se concedieron a Diego Gómez, vecino de
Coro. (Libro 1, fol. 229 vto.).
En 29 del mismo, habiéndose presentado Francisco Rendón
con un título despachado en Santiago de León a 23 de noviembre
de este año por el Illmo. Sor. Dn. Fr. Gonzalo de Angulo, colado
(es a presentación del patronato real, y es el primero hecho de
esta manera) se le recibió por tal mayordomo, precedido el jura-
mento de fidelidad que en el mismo acto recibió el Cabildo: se
le señaló el salario anual de 50 pesos y se le mandó hacer la en-
trega y al mayordomo que acabó que diese cuentas, declarándose
también que comenzase el salario desde este día. Y seguidamente
se nombró a Cristóbal López de Belmonte, para tomar aquellas
cuentas y entregar los alcances al nuevo mayordomo. (Libro 1,
fol. 230 vto.).
Año de 1621.
No hubo Cabildo alguno; pues los folios del libro siguen bien.
76
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
Año de 1622.
Tampoco hubo Cabildo alguno en este año.
Año de 1623.
En 2 de enero, el señor Tesorero sólo insinuando que el señor
Deán estaba enfermo (nada se dice acerca del lugar donde se
hallaban el arcediano Dn. Pedro Graterol y el Chantre Dn. Jusepe
Escudero), y que había dos años que no se celebraba Cabildo y
que urgía mirar por el bien de la Iglesia, el dicho señor Tesorero
llevando la voz de Cabildo, acordó que se fijase un papel a la
puerta de la Iglesia avisando, que se haría concierto con el que
quisiese obligarse a traer la madera necesaria para la mitad del
techo de la Iglesia que estaba sin hacer. (Libro 1, fol. 232).
Kn este mismo acto se dispuso que en atención a estarse espe-
rando en Coro al Illmo. Sor. Obispo Dn. Fr. Gonzalo de Angulo,
el mayordomo de fábrica le diese el sustento los primeros días,
y que lo mismo hiciesen las dignidades que estuviesen en la ciudad.
(Libro 1, fol. 232).
Se mandó también al sacristán mayor conforme a lo que tenía
recibido por bienes de la Santa Iglesia en compañía del mayor-
domo que lo manifestase ante el secretario para que cuando vi-
niese el señor Obispo, entendiese que todo estaba apreciado y
bien tratado. (Libro 1, fol. 232 vto.).
En el mismo acto se dispuso, se les advirtiese a los curas y
vicario que de presente era, que la jurisdicción que tenían en cuanto
a vicario, no era más que para sus clérigos y no para las digni-
dades, y que en lo que tocaba a la jurisdicción para el proveer,
poner y quitar en la Santa Iglesia no se podían entrometer, ni
hacer fraternidades ni cofradías, abrazando en sí las misas can-
tadas pues era anexo y de costumbre antigua a las dignidades
en todas las catedrales, y su oficio de los dichos curas es no más
de sacramentar y conforme fue decretado por el Illmo. Sor. Dn.
Fr. Juan Martín de Manzanillo porque no había canónigo ni
racioneros por la pobreza de los diezmos, debían asistir todos
los domingos y fiestas a vísperas y a misa en compañía de las
dignidades, y que los mismos acompañasen a éstas todas las veces
que saliesen lo mismo acompañándolos para volver al coro. (Libro 1,
fol. 232 vto.).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1623
77
Aquí mismo se dispuso que para que en adelante los que go-
zaban salario en la Iglesia, cumpliesen sus obligaciones, se les hacía
entender a los monacillos que las suyas eran ayudar a misa, cargar
los ciriales, encender las lámparas, limpiar los altares y traer
el vino y aceite de la casa del mayordomo y que en todo estuviesen
sujetos al sacristán mayor el cual en lo que no pudiese remediar
diese aviso a los curas: que el oficio de éstos era sacramentar con
diligencia, amor y cuidado en cualquiera hora que fuesen avisados
y conocerse ser inferiores a las dignidades y mayores que los sa-
cristanes y monacillos: y que en lo que tocaba a las dignidades
eran señores y capitulares de la Iglesia catedral, a quienes todos
debían la obediencia, la cual debían las dichas dignidades a los
señores Obispos por la reverencia de superior a todos y por ser
nuestro pastor. (Libro 1, fol. 233).
Igualmente en este Cabildo, se nombró por monacillo a Andrés
Méndez, con el salario acostumbrado; y que lo sobredicho se noti-
ficase a los curas. (Libro 1, fol. 233).
También se mandó aquí mismo al secretario del Cabildo Ro-
drigo Patencia que contase hoja por hoja este libro de Cabildo
y viese si le faltaba algo y lo certificase para cuando lo pidiese
el señor Obispo. No autorizó el secretario el presente Cabildo
ni hay diligencia de notificación de lo acordado. (Libro 1, fol.
233 vto.).
En 19 de mayo, presente el señor Obispo Dn. Fr. Gonzalo de
Angulo y en su casa, insinuando que había hallado muchas cosas
dignas de remedio: se acordó que pues las campanas eran pe-
queñas y una estaba quebrada, se fundiesen e hiciesen dos, la una
de seis quintales y la otra de dos y media, cuyo costo lo haría
su Sría. Illma. : y que para ponerlas en la torre se hiciese concierto
con el albañil para agrandar los huecos o ventanas de la torre
donde habían de colocarse: que atento el riesgo y peligro en que
estaba la parte del edficio de la Iglesia que no estaba cubierto,
se tratase de su continuación hasta acabarlo quedando a cargo
de su Sría. Illma el hacer los conciertos con los oficiales. Y que
pues el Santísimo Sacramento se guardaba con indecencia en una
caja pequeña de madera sin adorno, ni forma de Sagrario, se hiciese
uno de madera de cedro muy autorizado y proporcionado al altar
mayor y que se dorase por dentro y fuera, quedando a cargo
de su Sría. Illma. el concierto con los oficiales. (Libro 1,
fol. 234).
78
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
En 5 de julio, presente el señor Obispo y en su casa, habién-
dose visto los conciertos hechos por su Sría. Illma. para traer
maderas y para el trabajo de la continuación del edificio, se apro-
baron y se dispuso que para la paga se entregase una negra esclava
de la Iglesia al Capitán Ambrosio Hernández y que se vendiesen
los negros de menor edad que no eran útiles a la Iglesia, para lo
cual se nombraron peritos. (Libro 1, fol. 235).
En este mismo acto, se acordó que para remediar la necesidad
de ornamentos pudiese vender un negro el Cabildo cuando le
pareciese y asimismo se dispuso que la clavazón necesaria para
la Iglesia y algunos pernos se trajesen de España, quedando su
Sría. Illma. encargado de la solicitud, con tal que al traerlos vi-
niesen de cuenta y riesgo de la Iglesia. (Libro 1, fol. 235 vto.).
En 8 del mismo, presente el señor Obispo y en su casa, reser-
vándose para otro Cabildo tratar acerca de los avalúos de los
esclavos: su Sría. Illma. manifestó una Real Cédula expedida a
28 de junio de 1621, en que para los gastos de la defensa del Estado
y de la religión se pide un donativo, quedando su Sría. Illma.
en dar lo que pudiese de sus rentas, los dos señores capitulares
presentes por sí y en nombre de los dos ausentes, después de
insinuada su pobreza, ofrecieron 300 pesos y que cobrados se
entregasen a su Sría. Illma. para la remisión a Su Majestad.
(Libro 1, fol. 236).
En este mismo acto, fue presentado un título de arcediano
interino, despachado por el mismo señor Obispo estando en Ca-
racas a 6 de octubre de 1621 a favor de Dn. Iñigo de Salcedo,
clérigo de menores órdenes: y en nombre de éste pidió el Ledo.
Manuel Martínez de Andrade, cura de la Catedral que se le diese
posesión: y se acordó que le diese suplicando el Cabildo a su Sría.
Illma. que pues en el libro no estaba, asentada cosa alguna de
éstas, lo dispusiere y en efecto así se mandó. Se dice que estaba
vacante el arcedianato por dimisión de Dn. Pedro Graterol que
su Sría. Illma. por puras causas le admitió en Trujillo y que este
nombramiento de interino fuese hasta que el Rey nombrase. Sigue
copia del título y de la posesión que dió el vicario juez eclesiástico
de Coro. (Libro 1, fol. 237 vto.).
En 17 del propio mes de julio, presente el señor Obispo y en
su casa, se dispuso que se trajesen de España para el servicio
de la Iglesia un antiphonario de canto llano, un martirologio y
kalenda, doce procesionarios; seis misales, seis manuales, stis
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1623
79
calendarios y seis ceremoniales: y su Sría. Illma. se hizo cargo de
la solicitud, con tal que viniesen de cuenta y riesgo de la Iglesia.
También se hizo memoria de la clavazón, insinuando su Sría.
Illma. que ya estaba encargada. Asimismo se trató de la venta de
un negro y de una negra de los esclavos de la Iglesia. (Libro 1,
fol. 239).
En el mismo acto, teniéndose presente lo dispuesto en la
erección del obispado, en cuanto al nombramiento de mayordomo,
se dispuso que en adelante se hiciese por el señor Obispo junta-
mente con el Cabildo, de suerte que estando su Sría. Illma. en
Cabildo se le proponga de parte del Cabildo la persona o personas
que estimasen a propósito y que no le pudiese nombrar el Cabildo
sin aprobación del señor Obispo, ni tampoco quitar al que estu-
viese sirviendo la mayordomía sin su consentimiento; y que los
que fuesen nombrados diesen fianza para el seguro de la adminis-
tración. Y atentas las circunstancias que concurrían en Martín
de Urquiola que era teniente, Gobernador y de Real Hacienda
en Coro, se hizo en él el nuevo nombramiento de mayordomo de
fábrica dando fianza a satisfacción del señor Tesorero Dn. Bar-
tolomé Gómez; y dejándose en su buena opinión y fama al an-
terior Francisco Rendón: aceptó aquél y se dispuso que su Sría.
Illma. le despachase el título. (Libro 1, fol. 239 vto.).
En este propio acto, se dispuso que se formase un libro para
asentar todas las memorias de misas; con expresión de sus fun-
dadores cargas y obligaciones y personas que tuviesen los ca-
pitales. (Libro 1, fol. 240).
En 28 de septiembre, congregado el Cabildo en la Santa Iglesia
a campana tañida, entró Juan Coronel Velarde, secretario del señor
Obispo y notificó una reformación hecha por su Sría. Illma. en
razón del culto divino, los prebendados de la Catedral que eran
y en adelante fuesen; y habiéndose obtenido en todo y por todo,
suplicaron que su Sría. Illma. se sirviese enviar un tanto de ella
para colocarlo en el archivo de la Iglesia. (Libro 1, fol. 240 vto.).
Seguidamente, notificó otro auto, en que manda su Sría.
Illma. para que se pusiese en el archivo de la Catedral el sínodo
provincial que se celebró en la ciudad de Santo Domingo, y un
tanto del mismo auto. (Libro 1, fol. 241).
Aquí mismo se dispuso, que se hiciese una alacena con sus
puertas y dos cerraduras en la sacristía para archivo de la Cus-
todia de los papeles: que se diesen por el mayordomo de fábrica
so
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
al de su Sría. Illma. ochenta reales que le pertenecieron por la
visita: que también se le entregasen 60 pesos para pagar al oficial
que hizo la obra para poner la campana grande, y lo que corres-
pondiese a los oficiales carpintero y herrero; y asimismo 100 reales,
tasados a un dependiente de su Sría. Illma. por componer los pa-
peles del archivo de la Iglesia. (Libro 1, fol. 241).
Sigue una copia del auto de su Sría. Illma. en que manda
poner en el archivo de la Iglesia el Concilio provincial para su
cumplimiento y una diligencia de la aceptaciíón del Cabildo.
(Libro 1, fol. 241 vto.).
En Io de agosto, se determinó mejor lugar en la sacristía para
el archivo de los papeles, y se concertaron las puertas con un
carpintero en 8 pesos: y se mandó hacer un libro para asentar
en él los decretos y libranzas que diese el Cabildo de las rentas
de la Iglesia: y que el mayordomo de fábrica diese 20 reales al
secretario para copiar las constituciones que su Sría. Illma. mandó
notificar al Cabildo. (Libro 1, fol. 242).
En 2 del mismo mes, se dispuso, que se pagasen 22 pesos al
oficial que había trabajado el Sagrario; y dos pesos más por las
almas de las campanas: y en atención a que el mayordomo de
fábrica no tenía dinero, y que también se debía su trabajo a otros
oficiales, se acordó que se vendiese un negrito esclavo de la Iglesia,
precedida la licencia de su Sría. Illma. (Libro 1, fol 243).
Participado este acuerdo al señor Obispo, decretó que el ma-
yordomo declarase si tenía dineros: declaró seguidamente que no
los tenía y en el mismo día concedió la licencia su Sría. Illma.
(Libro 1, fol. 243 vto.).
En 1 1 de dicho mes de agosto se mandó al mayordomo que
proveyese al oficial fundidor de campanas de unos materiales
que pedía para la fundición de una; y también se mandó pagar
el salario de un año a un monacillo. (Libro 1, fol. 244).
En Io de septiembre, se mandaron hacer roquetes para los
monacillos: comprar 4 libras de cera negra para las asas de las
campanas; y hacer también unos corporales y purificadores.
(Libro 1, fol. 247).
En 29 del mismo, formando el Cabildo sólo el señor Tesorero
por fallecimiento del señor Deán, habiéndose presentado el Ledo.
Miguel Arias con un poder y un título de Gregorio de Aguilar
despachado a éste por el señor Obispo, de Deán interino, se le
dió la posesión. (Libro 1, fol. 247 vto.).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1624
81
El título fue despachado en la ciudad de La Laguna de Mara-
caibo a 24 de septiembre de este año, según la copia puesta en el
libro. (Libro 1, fol. 248 vto.).
En 30 del propio mes, en atención a que era mucha la gente
empleada en la obra de la Iglesia, se mandó al mayordomo que
comprase 100 fanegas de maíz que por ser en la cosecha se vendían
a 12 reales, y las conservase para dar las raciones; pero parece
salían a menos cada fanega, pues lo que se mandó dar por ellas
fueron 120 pesos de plata corriente. (Libro 1, fol. 248).
También se mandó aquí mismo, que se pusiese en el coro una
campana de 12 ó 13 libras para hacer señal y se concertó en 15
pesos de plata. (Libro 1, fol. 248 vto.).
En Io de diciembre, se declaró que el censo de los 100 pesos
de la capellanía fundada por Ana de Morales que exhibieron los
albaceas del Sor. Deán Dn. Francisco Ramírez que tenía, se
había reconocido por Juan Agustín Viera, y Juan Joseph Can-
delajas, según la escritura que tenían otorgada. (Libro 1, fol. 249).
En el mismo acto, se nombró por mandador (sobrestante)
para cuidar del trabajo de los esclavos de la Iglesia a Mateo
Sánchez concertado en 50 pesos por año, una fanega de maíz
cada mes y dos reales de carne cada semana, y luego se celebró
el contrato en el cual se varió en cuanto a la carne, poniéndose
un real en cada pesa que hubiese. (Libro 1, fol. 249 vto.).
Año de 1624.
En 5 de enero, con motivo de lo insinuado por el maestro de
la obra de la Iglesia, se mandó al mayordomo que comprase cuatro
bestias mulares y las entregase al mandador para el trabajo y
también se dispuso que el mismo mayordomo pudiese pagar lo
que estaban debiendo de otras varias cosas de las mandadas
hacer por el Cabildo, dándosele desde luego las correspondientes
libranzas conforme a las ordenanzas hechas por el señor Obispo:
y también se le mandó comprase dos libras de incienso. (Libro 1,
fol. 251).
En 12 del mismo se mandó al mayordomo que comprase varios
materiales que necesitaba el albañil para las cimbras de los arcos;
y que cada mes comprase dos arrobas y media de queso para dar
7 — Actas, i.
82
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
de comer a los negros de la Iglesia los viernes y sábados. (Libro 1,
fol. 251, vto.).
En 13 de marzo, se expresó haberse redimido por Dn. Eran-
cisco del Barrio-nuevo y Mendoza, un tributo de 300 pesos de
capital de la capellanía del señor Obispo Palomino, y recono-
ciéndose de nuevo por Francisco López y su mujer Ana Mateos
y Alaría Gómez, su hermana. También se mandaron expedir
libranzas al mayordomo para pagar la carne, queso y pescado de
la comida de los negros de la Iglesia, y de los indios que estaban
alquilados para cortar pencas para hacer casa en donde alojarse
y en donde trabajase el carpintero: que se le despachase también
para pagar 60 pesos 7 reales y un cuartillo del alcance que res-
sultó en las cuentas de su antecesor Francisco Rendón a favor
de éste: y asimismo para pagar lo que se debiese al maestro de
obras de fragua y 80 varas de sogas y otras varias cosas, entre
las cuales una es el salario del secretario y 10 pesos de limosna
al religioso que había predicado los sermones: y por último se
expresa haberse recibido cuentas al que fue a las cobranzas de
la tierra adentro, de rentas de la Iglesia y se mandan preparar
algunas cosas para la Semana Santa. (Libro l, fol. 252).
En 8 de junio, habiendo expuesto el mandador Mateo Sánchez
que no podía proseguir en este oficio, se le hubo por despedido,
y se mandó al mayordomo que le pagase 25 pesos de medio año
que había servido. (Libro 1, fol. 253).
En 12 del mismo, a petición de Bartolomé de Naveda, maestro
mayor de la obra de la Iglesia, insinuando el concierto hecho de
trabajar todo lo que le faltaba hasta concluida por cantidad de
mil y ochocientos pesos a cuya cuenta había recibido dos negras
esclavas de la Iglesia en cantidad de quinientos y ochenta y ocho
pesos; se acordó que pues ya tenía trabajados dos tercios y medio
de la misma obra, quedasen ya las esclavas por suyas, cancelán-
dose la obligación otorgada: y que además se le diesen 312 pesos
de plata por el mayordomo de fábrica. (Libro 1, fol. 253 vto.).
En Io de julio, pidió el mayordomo libranzas para varios
gastos que tenía hechos en harina para hostias, armadura del
monumento, cera, &., y se le mandaron expedir, y también que
comprase cuatro peruleras de vino y unas varas de ruán para paños.
(Libro 1, fol. 254 vto.).
En 21 de agosto, el mayordomo pidió nuevas libranzas (pues
sin ellas nada podía gastar conforme a las ordenanzas hechas
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1625
83
por el señor Obispo para el gobierno de la Iglesia) y en efecto se
le dieron para varios gastos ordinarios y para aumentar la comida
a los trabajadores de la obra de la Iglesia. (Libro 1, fol. 255).
No hubo otro Cabildo en este año.
Año de 1625.
En 30 de mayo el albacea, testamentaría del señor Deán
Dn. Francisco Ramírez, exhibió el testimonio de éste, pidiendo
el cumplimiento de una cláusula en que dispone que de los 350
pesos que él tomó a tributo y emprestó a la Iglesia, hacía gracia
a ésta de 250 pesos y le daba además de ellos 50 pesos de limosna
por el ornamento con que fue sepultado y por la sepultura; y que
los 50 pesos restantes se entregasen para cumplir otras mandas
del dicho testamento: y en efecto se aceptó la donación y se mandó
al mayordomo de fábrica que pagase los dichos 50 pesos. (Libro 1,
fol. 255 vto.).
En 25 de agosto, habiéndose presentado al Cabildo el Br. Dn.
Bartolomé de Escoto, con un título y presentación real dada en
Madrid a 27 de noviembre de 1623 en que se le presenta al arce-
deanato de esta Santa Iglesia vacante por dejación que de él
hizo Dn. Pedro Graterol y asimismo con las diligencias de la
colación que con comisión del Illmo. Sor. Obispo le dió su provisor,
que lo era el mismo Dn. Pedro Graterol (no se dice en que lugar)
visto todo y hecha la profesión de la fe y juramento correspon-
diente se le dió la posesión, sentándosele en la silla de arcediano
en el coro, y allí en señal de ella derramó moneda de plata sellada
y marcada con el sello real. Y sigue una copia de sólo el real título.
(Libro 1, fol. 256).
Nota: que en todos los antecedentes Cabildos, después del
fallecimiento del señor Deán Dn. Francisco Ramírez, asistió sólo
el señor Tesorero porque los otros prebendados que era el Chantre
estaba ausente y los demás eran interinos. Todos estos Cabildos
se celebraban en el coro y precedía el toque de campana por haber
dispuesto esto el señor Obispo en su visita.
Nota: que desde el folio 258 hasta el 281 en que termina este
libro, están extendidos varios inventarios de entregas hechas a
los sacristanes mayores desde 8 de enero de 1581 hasta 15 de
febrero de 1617; siéndolo el primero Juan Gil Morcillo: el segundo
K4
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
Rod rigo García; sus interinos el mismo Juan Gil y Francisco
Ramírez unidos: el tercero el padre Juan de Soto, siguieron Marcos
Arias, Antonio de Valenzuela, subdiácono: el quinto Pedro Fer-
nández de Monte-oscuro: el sexto Gaspar Núñez: el séptimo Diego
Gómez de Alvarado, subdiácono: el octavo, Francisco Muñoz de
Ledezma: el nono, Gerónimo Martín, clérigo de menores órdenes,
su interino Baltazar Méndez de Camargo, clérigo tonsurado: y
el décimo, Juan Francisco Romero, presbítero.
Nota: el libro segundo comienza con cuentas del mayordomo
de fábrica y sigue así bacia el folio 3 inclusive, a que sigue el pri-
mer Cabildo extendido en él, en el cual se dispuso que aquí se
copiasen los Cabildos extendidos en un cuaderno por no haberse
hallado papel ni libro en que extenderlos.
Prosigue el año de 1625.
En 2 de septiembre, en atención a que estaba parada la obra
de la Iglesia, por falta de materiales de cal, arena y ladrillo; se
mandó al mayordomo que tratase de juntarlos y traerlos. Este
Cabildo y los siguientes se celebraban en las acristía. (Libro 2,
fol. 4).
En 9 del mismo, se mandaron deshacer un báculo y dos can-
deleras viejos de plata, que pesaron diez marcos y tres onzas y
con ellos se mandó hacer un cáliz y patena, un par de ampolletas,
y dos candeleros de mejor forma. (Libro 2, fol. 4 vto.).
En 16 del propio mes, se mandó al mayordomo de fábrica,
Martín de Urquiola, que presentase desde luego sus cuentas; pues
debiéndolas dar cada año, se habían pasado ya dos sin haberlas
dado, y también se le mandó que hiciese otra llave con su cerra-
dura para el nuevo archivo. (Libro 2, fol. 5).
En 21 de octubre, habiéndose presentado Dn. Iñigo de Sal-
cedo, clérigo subdiácono, con un título de Chantre interino, o
sustituto por ausencia de Dn. Jusepe Escudero, expedido por el
Illmo. Sor. Obispo; tratado el asunto el señor arcediano convino
en recibirlo al ejercicio de él; pero el otro señor asistente que lo
era el Tesorero, resistió el recibimiento alegando varias razones
probantes del perjuicio resultante a la Iglesia y al culto divino,
así por las circunstancias del nombrado como del ausente, y apeló
de las censuras impuestas en el mismo título. (Libro 2, fol. 5 vto.).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1626
85
Año de 1626.
En 9 de junio, con motivo de que el notario de la Iglesia,
secretario del Cabildo, Rodrigo Palencia, estaba muy cargado
con el otro oficio que tenía de escribano público; y del que en las
ordenanzas fechas en la visita del Illmo. Sor. Dn. Fr. Gonzalo
de Angulo, se disponía que el tal notario había de ser persona
eclesiástica; se eligió y nombró al padre Baltasar Méndez Ca-
margo, que esta subdiácono, y sacristán mayor de la Catedral
con el mismo salario que tenía el dicho Palencia, a quien se dejó
en su buena fama, fidelidad y cuidado. (Libro 2, fol. 6 vto.).
En el mismo acto, insinuándose que por falta de vino y aceite
no se había dicho misa, y había estado la lámpara apagada a causa
de haber sido preso por la justicia secular el mayordomo de fá-
brica, y embargándosele sus bienes; se nombró por sustituto entre
tanto a Francisco Rodríguez para que pudiese acudir al desempeño
de la mayordomía, mientras aquél estaba preso. Y por no haber
Juez eclesiástico en Coro, se mandó al secretario que leyese al
teniente de Gobernador y de Capitán General de Coro el requeri-
miento que se le hacia con las censuras en que había incurrido y
que se diése parte al Illmo. Sor. Obispo: en el mismo día lo hizo
saber al teniente y éste respondió que lo oía y no entendía; pues
él no tenía preso al mayordomo y que desde luego él daría de su
casa el vino y aceite, e hizo varias expresiones de su cristiandad.
(Libro 2, fol. 7).
Inmediatamente el secretario, pasó a leer el dicho requerimiento
a Marcos González de Lira, alcalde ordinario, el cual habiéndolo
oido y entendido dió razón de la comisión en cuya virtud le tenía
preso, y que él había secuestrado bienes de Martín Urquiola y no
de la Iglesia de que era mayordomo; pero que por haber hallado
seis botijas y cuatro botijüelas al parecer de vino y aceite, y que
tomada su declaración al mismo mayordomo, entendió eran de
la Iglesia, las mandó luego desembargar y el depositario que las
entregase al Cabildo o persona que nominase. (Libro 2, fol. 7 vto.).
En 19 de agosto, se mandaron llevar unos marcos de plata
a Santo Domingo para que allí se hiciese un cáliz y patena y unas
vinageras de cuenta y riesgo de la Iglesia y que se suplicase al
señor arzobispo que consagrase el cáliz; y asimismo se mandó
componer la Cruz de Cementerio. (Libro 2, fol. 8).
86
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
En 21 del mismo se mandó al mayordomo que se presentase
a pedir cumplimiento de la escritura del que se había obligado
a traer la madera para la Iglesia; y que se pusiesen edictos convo-
cando a traerlas de cuenta de aquél: y que se despachase libranza
de lo pagado al carpintero: y asimismo se cometió la ejecución
al secretario por estar impedido el mayordomo. (Libro 2, fol. 8 vto.)
En 28 del propio mes, en atención a que no había comparecido
persona alguna que quisiese encargarse de traer la madera, se dió
comisión al señor arcediano para esta solicitud y hacer los concier-
tos que tuviese a bien, participándolo al Cabildo. (Libro 2, fol. 9).
En 4 de septiembre, habiendo entrado a Cabildo un escribano
para intimar u.ia provisión del señor Metropolitano para que
Dn. Iñigo López de Salcedo no fuese recibido al ejercicio de
Chantre, sustituto, ganada por el señor Tesorero Dn. Bartolomé
Gómez, el otro asistente que lo era el señor arcediano, ya Deán
electo Dn. Bartolomé Escoto, lo mandó salir del Cabildo, y hecho
dijo: que sólo por el respeto debido al señor Metropolitano, y
por temor de las censuras lo obedecía; pero que juzgaba que las
causas que motivaron el recurso del dicho señor Tesorero habían
cesado, pues el dicho Dn. Iñigo que entonces no era presbítero
ya lo era, y digno y benemérito para ello y mayores cosas, y que
estaba recibido segunda y tercera vez por el mismo señor Te-
sorero: daba y dió por buenas las causas que había tenido el Ca-
bildo para recibirlo: y mandó dar testimonio del acuerdo a quien
lo pidiese a fin de que el señor Metropolitano revocase su deter-
minación. (Libro 2, fol. 9).
En 8 del mismo mes, el señor Br. Dn. Bartolomé Escoto pre-
sentó una Real Cédula de su presentación al deanato vacante por
fallecimiento de Dn. Francisco Ramírez, expedida en Madrid a
16 de octubre de 1625, y dijo: que en atención a que el Illmo.
Sor. Obispo estaba en la ciudad de Caracas, distante cien leguas
de malos caminos y que era tiempo de lluvias y que acaso podría
perderse esta Real Cédula o pasársele los dos años asignados
para recibir la posesión; hacia su presentación al Cabildo para
que le constase y se copiase en el libro y en su vista así se de-
cretó y sigue la copia de la dicha real presentación. (Libro 2,
fol. 9 vto.).
En 31 de octubre, el Dr. Dn. Diego Suárez de Aponte, pre-
sentó una Real Cédula de su presentación al arcedianato vacante
por promoción del sobredicho Dn. Bartolomé Escoto al deanato,
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1627
87
expedida en Monzón a 10 de marzo del presente año de 1626, e
hizo igual petición de la que se hizo por el sobredicho señor Dean
electo, y se expresa en el Cabildo antecedente y sigue copiada la
citada Real Cédula. (Libro 2, fol. 11).
En 19 de noviembre, se nombró por secretario de Cabildo a
Gerónimo de Velasco, por fallecimiento del padre Baltasar Méndez
Camargo, y habiendo aceptado y jurado de fidelidad y secreto
se le señalaron de renta anual 20 pesos de plata. (Libro 2, fol. 12).
En el mismo acto, por el fallecimiento del mismo padre Camargo
que era sacristán mayor, fue nombrado por interino Andrés Mén-
dez Camargo, clérigo tonsurado que había sido cuatro años mo-
nacillo. (Libro 2, fol. 12 vto.).
En 24 del mismo mes, se dispuso que todos los Cabildos ante-
cedentes que se hallaban en un cuaderno por falta de libro y de
papel se copiasen auténticamente como lo están en el presente
libro, autorizada la copia por Gerónimo Velasco, secretario de
Cabildo. (Libro 2, fol. 4).
Año de 1627.
En Io de enero de dicho año (véase este Cabildo en la línea
sexta para la expresada fecha) se nombró por monacillo a Juan
Esteban de Vargas, que ya estaba concertado desde 27 de fe-
brero de 1626 por 15 pesos anuales. (Libro 2, fol. 13).
En 25 del mismo, por estar ausente el secretario Gerónimo de
Velasco, se nombró por secretario a Leonardo de Magallanes
con la misma renta de aquél y que se supliesen el uno al otro sus
ausencias. (Libro 2, fol. 13).
En el propio día, habiéndose presentado las diligencias de la
colación e institución canónica dada por el Illmo. Sor. Obispo
en las personas de sus respectivos apoderados a los señores Br. Dn.
Bartolomé Escoto de la dignidad de Deán y Dr. Dn. Diego Suárez
de Aponte de la de arcediano; y héchose por ambos el juramento
y profesión de la fe, se les dió sucesivamente la posesión de sus
dignidades: y sigue copia de los dos títulos de colación despachados
en latín por el Illmo. Sor. Dn. Fr. Gonzalo de Angulo en la ciudad
de Santiago de León, a Io de diciembre de 1626, el de Deán y a
2 el del arcediano. (Libro 2, fol. 14).
En 28 del propio mes, en atención a que no había mayordomo
que pudiese acudir a las cosas de la Iglesia, se nombró a Fran-
88
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
cisco Rendón, dejándose en su buena opinión y fama a Martín
Urquiola, y a éste vigente su título mientras concluía las co-
branzas de tierra adentro: y se aumentaron el salario anual de 80
pesos más. (Libro 2, fol. 16).
En Io de febrero, se ratificó el acuerdo antecedente y que se
entendiese cesar el anterior mayordomo desde este día, pues las
cobranzas que había de hacer su antecesor era de los cargos que
se le habían hecho en las cuentas. (Libro 2, fol. 16 vto.).
En el mismo día, reiterándose el mismo nombramiento de
mayordomo hecho en Francisco Rendón (que otra vez antes lo
había sido) se le hizo comparecer; y habiendo aceptado el jurado
se le dió poder por el Cabildo en cuanto puede y a lugar para el
ejercicio de este empleo. (Libro 2, fol. 17).
En 27 de abril, se mandaron hacer doce atriles de madera. Y
en el mismo acto habiéndose presentado Dn. Iñigo López de
Salcedo con un ejecutorial del Illmo. Sor. Metropolitano de Santo
Domingo para que se le reciba al ejercicio del título de Chantre,
sustituyó por el propietario Dn. Jusepe Escudero que se hallaba
en Oaxaca del Reino de Nueva España, fue desde luego admitido
y recibido. (Libro 2, fol. 18).
En 1 7 de mayo, habiendo suplicado el señor arcediano Dr.
Dn. Diego Suárez de Aponte, le admitiese por sustituto al Licen-
ciado Gaspar Sánchez de Agreda, presbítero, mientras el pasaba
a la ciudad de Cartagena a dar allí cuenta de su persona y cumplir
los encargos que trajo de los reinos de Castilla; consideradas las
causas, se accedió por el Cabildo llanamente y en el mismo acto
compareció el sustituto, y aceptó y juró. (Libro 2, fol. 19).
En 22 de noviembre, con motivo de que el sobredicho Fran-
cisco Rendón, hizo dejación de la mayordomía sin haberla servido
por causas que tenía y le hicieron resistir las instancias que le
hizo el Cabildo; por último atenta la necesidad de persona que
atendiese al edificio de la Iglesia, se nombró en depósito a Dn.
Francisco de Barrionuevo y Mendoza: y en el mismo día aceptó
y juró. (Libro 2, fol. 19 vto.).
Año de 1628.
En 7 de marzo, se nombró a Juan de Bejar por monacillo.
(Libro 2, fol. 21).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1628
89
En 30 del mismo, otro nombramiento de monacillo en Fran-
cisco Martín. (Libro 2, fol. 21 vto.).
En Io de abril, se recibió una carta del Illmo. Sor. Obispo,
se leyó: y se mandó poner en el archivo y no se dice el contenido.
(Libro 2, fol. 21 vto.).
En 15 del mismo, habiéndose insinuado que un esclavo de la
Iglesia que estaba preso, se había huido, se mandó al mayordomo
lo solicitase y que dejándolo preso diese cuenta al Cabildo y tam-
bién que se pagase de los bienes de Ambrosio Hernández otra
esclava de la Iglesia que tenía recibida; y que para esto y lo ante-
cedente implorase el favor de la real justicia. (Libro 2, fol. 22).
En 17 del propio mes, habiéndose presentado por un apode-
rado de Martín Urquiola, requiriendo al Cabildo el cumplimiento
de un despacho del Illmo. Sor. Obispo, dado en la ciudad de San-
tiago de León a 20 de enero de este año, en que insinuando haber
hecho agravio a su Sría, Illma. en el despojo de mayordomía de
fábrica al dicho Martín de Urquiola y hecho nuevo nombramiento,
le manda que bajo la pena de excomunión mayor y de 200 pesos
de multa a cada prebendado lo restituyan a ella: el Cabildo de-
mostrando la fuerza que le hacía en esto el señor Obispo mediante
las causas ocurridas y que el mismo Urquiola estaba apremiado
para la satisfacción de más de 1.000 pesos de alcance; y asimismo
por el agravio que había hecho al Cabildo en despojarle de la
posesión en que estaba de nombrar mayordomo de fábrica; con-
cluyó apelando de este mandato para ante el Illmo. Sor. Metro-
politano o para ante quien con derecho pudiese. (Libro 2, fol. 23).
En 18 del mismo mes de abril, se mandó al mayordomo inte-
rino Dn. Francisco Barrionuevo que rindiese cuentas de la ma-
yordomía y que ésta se entregase a Martín Urquiola. (Libro 2,
fol. 25).
En 8 de agosto, se dió poder al señor Deán Dn. Bartolomé
Escoto, para que pasase a la ciudad de Santo Domingo, a defender
ante el señor Metropolitano varias causas del Cabildo y de la
Iglesia, especialmente la de un litigio con los curas de la ciudad
de Santiago de León sobre el excusado de Caravalleda y se mandó
al mayordomo de fábrica que le entregase 40 pesos para costos
de procurador y letrado. (Libro 2, fol. 25 vto.).
En 11 del mismo, se dispuso que el dicho mayordomo de fá-
brica Urquiola, se hiciese cargo de unas libranzas que se habían
encargado al interino para recibir en Caracas y Valencia 600
00
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
pesos, pertenecientes al espolio del Illmo. Sor. Dn. Fr. Domingo
Salinas y que diese razón de unos papeles que debía entregar al
señor Deán: y asimismo se dispuso que el enunciado interino rin-
diese cuentas como estaba acordado: y también se mandó a aquél
que solicitase incienso, pues había ya muchos días que faltaba
para el culto divino. (Libro 2, fol. 26).
En 23 de octubre, habiéndose conseguido con el favor del
señor Gobernador Dn. Juan de Meneses, que a la sazón se hallaba
en Coro que Francisco López se obligase a traer la madera para la
conclusión del edificio de la Iglesia, por la cantidad de 800 pesos
que se entregarían de las rentas de la Iglesia y 50 que daría el
señor Deán: se aprobó este concierto y se mandó al mayordomo
que concurriese al otorgamiento de la escritura y entregase de
presente 400 pesos al dicho López; y que asimismo tratase de
acabar de hacer el cobro de la negra que tomó Ambrosio Her-
nández: y aquí mismo se mandó hacer el reparo necesario a dos
bóvedas porque se pasaba el agua por ellas. (Libro 2, fol. 26 vto.).
Fn Io de diciembre, estando presente el señor arcediano Dr.
Dn. Diego Suárez de Aponte, pidió y se le mandó dar un certi-
ficado de haber regresado de su ausencia y haber comenzado a
servir en la Catedral desde el día 10 del anterior mes de noviembre.
(Libro 2, fol. 27 vto.).
Año de 1629.
En 30 de mayo, el señor Deán Br. Dn. Bartolomé de Escoto,
presentó un ejecutorial del señor Metropolitano dado en Santo
Domingo en 22 de diciembre de 1628 del cual sigue una copia
de los dos autos insertos en él y de su conclusión, revocándose los
mandamientos del Illmo. Sor. Obispo sobre que dos prebendados
interinos tuviesen silla en el coro y voto en Cabildo y que no se
pudiese celebrar Cabildo por un solo capitular y declarándose
que los tales interinos, sólo deben serlo en cuanto del coro, altar
e Iglesia, y de curas, sin dárseles sillas en el dicho coro, ni entrada
en él a tener voto en Cabildo lo cual sólo toca a los presentados
y proveídos que tuvieren institución canónica; de suerte que si
no se hallase sino sólo uno pueda por sí solo hacer Cabildo, ha-
blando por Deán y Cabildo y lo que se hiciese tenga fuerza de
Cabildo pleno, en ausencia o legítimo impedimento de los demás
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1630
91
prebendados: visto por el Cabildo, mandó poner la enunciada copia
en este libro. (Libro 2, fol. 28).
En 4 de julio, se mandó con atención a lo dispuesto en otro
anterior Cabildo, y con respeto a lo que había contestado el Illmo.
Sor. Obispo que un negro de la Iglesia, que por delincuente estaba
preso se remitiese a Cartagena para su venta, y que el producto
se emplease en ornamentos. (Libro 2, fol. 29 vto.).
En 15 del mismo, con motivo de que el mayordomo de fábrica
hacía viaje a Cartagena a curarse, se le mandó que llevase un acetre
y unas vinageras para que se hiciesen de nuevo en aquella ciudad
por no haber oficial en Coro. (Libro 2, fol. 30).
En 3 de diciembre, con la noticia que se tuvo de haber fa-
llecido en Cartagena el dicho mayordomo de fábrica, que lo era
Martín de Urquiola y de que se había dado parte al Illmo. Sor.
Obispo para el nombramiento de propietario, se nombró interi-
namente al Capitán Juan Esteban de Vargas, alférez real de Coro.
(Libro 2, fol. 30 vto.).
Año de 1630.
En 4 de enero, se obedeció y mandó ejecutar la Real Cédula
de Su Majestad y decreto del señor Obispo sobre la fiesta anual
de galeones. Sigue copia de la Real Cédula dada en Cervera a
21 de mayo de 1625, para que en estos reinos se cumpla el real
decreto signado de la real mano, y puesta en el mismo de propia
mano de Su Majestad una devotísima adición en el cual insinuán-
dose el prodigio de haber llegado a salvamento los galeones y
flota, se manda que en perpetua acción de gracias, cada año el
día 29 de noviembre por merced tan extraordinaria y por todas
las demás que en el año de 1626 había hecho el señor a la Monar-
quía española y por la continuación de estos beneficios a Su Ma-
jestad y a sus suscesores, siempre que su ánimo fuese enderezado
y resignado sólo al fin de la justicia y la razón; que en todos los
conventos y lugares principales se hiciese solemne fiesta al San-
tísimo Sacramento, previniéndose a los obispos que así lo insti-
tuyan en sus diócesis: y que en atención a que la alegría de tales
fiestas la dirigían a malos fines los inadvertidos y ociosos, les
prevenía a los mismos obispos con grande instancia y apretando
a lo que tanto les tenía encargado la Majestad, la reformación
92
y castigo de los vicios y pecados públicos; porque éstos en medio
de tantos beneficios podían y debían recatar más que nunca del
castigo del Cielo, sino se hacía la correspondiente acción de gracias.
La adición se dirige a manifestar al Rey estar dispuesto su real
ánimo con igual conformidad a dar gracias al Señor aunque hu-
biese sucedido lo contrario. Sigue el mandato e instrucción del
Illmo. Sor. Obispo, en que bajo de pena de excomunión mayor
manda celebrar esta fiesta con vísperas, misa, sermón y pro-
cesión (si bien que en cuanto al sermón dice sea donde se pudiere)
y que en las partes donde haya conventos los hagan éstos en el
primer o primeros días festivos que sigan después de la Iglesia
principal. (Libro 2, fol. 30 vto.).
En Io- de abril, se dispuso por no haber reloj que se señalase
en la parte más cómoda (supone que al sol) la hora de entre las
ocho y las nueve para entrar a la misa conventual: que no se ta-
ñese a las dos y media a vísperas, y que no se entrase a maitines
antes de las cuatro. (Libro 2, fol. 33 vto.).
En 15 de mayo, se nombró por monacillo a Francisco Martín
Sarco con 15 pesos de salario anual. (Libro 2, fol. 34).
En 27 de julio, se dispuso que se entregase a un vecino un
esclavo enfermo, de la Iglesia, para su curación: se diesen 40 pesos
para medicinas y 10 para alimentos. (Libro 2, fol. 34 vto.).
No hay otro Cabildo en este año.
Año de 1631.
Sigue sin decirse el motivo, ni el mandato, un testimonio de
la erección del obispado de Venezuela en lengua castellana, auto-
rizado por el secretario de Cabildo, Gerónimo de Velasco en 4
de noviembre de 1631, el que dice haberlo compulsado de otro
traslado autorizado en Santiago de León a 2 de febrero de 1621
por Alonzo García Pineda, escribano público y de gobernación,
quien dice haberlo compulsado de una Real provisión que estaba
en la real caja a pedimento de Francisco Castillo: la copia inserta
en la tal provisión es autorizada por Pedro de Mendoza, notario
de toda la Gobernación de Venezuela en la Nueva Segovia de
Barquisimeto a 2 de noviembre de 1566 de mandato del Illmo.
Dor. Dn. Fr. Pedro de Agreda; y ésta fue sacada de otra auto-
rizada por Diego de Herrera, notario apostólico y de la Audiencia
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1632
93
Episcopal (al margen: así está) de la ciudad de Santo Domingo
en 4 de septiembre de 1555 de mandato del señor Obispo de San
Juan, que había sido de Coro y la tenía firmada de su nombre
y la tradujo del latín al castellano Alonzo de Villaciega, quien
juró haber hecho fielmente la traducción. (Libro 2, fol. 36).
Sigue otro testimonio, autorizado en 7 de noviembre de 1631
por el mismo secretario de Cabildo, de una Real Cédula dada en
San Lorenzo el real a Io de junio de 1570, y dirigida al presidente
y oidores de la Audiencia Real de la Isla Española, en la cual
insinuándose las concesiones del patronato real en las Indias,
se dan las reglas de su ejercicio: fue compulsado este testimonio
de otro autorizado por Francisco Rodríguez como secretario de
Cabildo en 8 de octubre de 1594: y éste de otro autorizado por
Fernando Ruíz de Ahumada, escribano público en 26 de septiembre
del propio año: y éste último de otro autorizado por Simón de
Bolívar, secretario del Rey en la Audiencia de Santo Domingo
de la Isla Española a 3 de julio de 1585, sacado del original. (Li-
bro 2, fol. 41).
No hay Cabildo alguno en este año.
Año de 1632.
En 2 de junio, habiéndose presentado el Ledo. Dn. Domingo
de Ibarra, presbítero con el despacho de la colación que le había
conferido el Illmo. Sor. Obispo en la ciudad de Santiago de León
a 8 de abril del presente año, de la dignidad de Chantre que había
vacado por ausencia de Dn. Joseph Escudero, y a la cual fue pre-
sentado con real rescripto (no se dice la fecha) según todo se
expresa en aquel despacho que sigue copiado en latín; se le dió
la posesión de la dicha dignidad de Chantre, precedida la pro-
fesión de la fe y juramento prevenido por el Santo Concilio, sen-
tándosele en la silla correspondiente; y no se expresa otra cere-
monia. (Libro 2, fol. 44).
En 5 del mismo mes con motivo de la mayor indecencia que
ya tenía la caja en que se custodiaba el Santísimo Sacramento;
se dispuso que el Sagrario de madera que estaba hecho se dorase
y adornase: y también se mandaron hacer dos hopas y dos ro-
quetes para los monacillos y dos manteles de altar, y dos de cre-
dencia. (Libro 2, fol. 45).
94
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
En 25 del propio mes, habiéndose presentado Francisco Rendón
Trujillo con un título despachado por el señor Obispo en San-
tiago de León a 20 de abril de este año en que lo nombra para el
servicio en propiedad de la mayordomía de fábrica de la Catedral,
vacante por fallecimiento de Martín de Urquiola; fue admitido
por el Cabildo precedida la dación de fianzas y juramento de
fidelidad. Nada se dice acerca de presentación real. (Libro 2,
fol. 45 vto.).
En el mismo acto, se concedió licencia al señor Deán en cuanto
podía el Cabildo, para que pudiese pasar a la ciudad de Santiago
de León de Caracas a cosas que tenía que tratar con el señor
Obispo Dn. Fr. Gonzalo de Angulo, y se le confirió poder para
representar por el Cabildo y para hacer varios cobros de diezmos.
(Libro 2, fol. 45, vto.).
En 26 del dicho mes de junio, habiéndose presentado por
el señor arcediano Dr. Dn. Diego Suárez de Aponte, un nombra-
miento que en 20 de abril de este año, le hizo el señor Obispo
de obrero mayor de la Catedral, a efecto de acabar el edificio de
ella, con varias facultades para tomar cuentas de los conciertos
hechos, hacer otros nuevos, dar cartas de pago, etc., el Cabildo
lo obedeció llanamente, y mandó poner copia en el libro, y segui-
damente se puso. (Libro 2, fol. 46 vto.).
En 30 de dicho mes de junio, habiendo propuesto el señor
arcediano que se vendiesen los negros esclavos viejos, se acordó
que no se vendiesen pues hacían falta para el manejo de la carreta
y bueyes en que estaban instruidos. (Libro 2, fol. 47 vto.).
En 5 de julio, se dispuso el reparo de una parte de la fábrica
de la Iglesia a que se comenzaba a rendir y a este efecto se hizo
nuevo concierto con Bartolomé Naveda, maestro mayor de la
obra, (Libro 2, fol. 48).
En 9 del mismo, con vista de un mandamiento del señor
Obispo para que el dicho maestro mayor lo fuese con su autoridad
de toda la obra del edificio de la Iglesia, se le libertó de dar fianzas
para el concierto antecedente y que se le pudiese entregar un
tercio por el mayordomo. (Libro 2, fol. 49).
En 23 del propio mes, se mandó al dicho mayordomo Fran-
cisco Rendón, que pagase luego el tercio enunciado en el anterior
Cabildo al maestro mayor; y que el mismo mayordomo diese otra
fianza para el seguro de la mayordomía. (Libro 2, fol. 49 vto.).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1632
95
En 24 del dicho mes de julio, con motivo de haber resistido
el mayordomo el cumplimiento de la libranza de los 250 pesos que
había de entregar por el dicho tercio al maestro mayor, se tiró
la libranza contra la viuda del anterior mayordomo para que los
pagase de su alcance, y se dice haberse proveído lo conveniente
en la representación de aquel mayordomo. (Libro 2, fol. 50).
En 30 del propio mes, insinuándose que recibidas las cuentas
de la viuda del anterior mayordomo habían resultado líquidos de
alcance 506 pesos y que al presnte no había mayordomo hasta
que el señor Obispo resolviese el punto de las fianzas mandadas
dar de nuevo: se dispuso que se pagasen los 250 pesos al maestro
mayor y que el resto se depositase en el secretario de Cabildo y
en el mismo acto se le dió libranza para pagar a un monacillo.
Y al margen de este Cabildo hay una nota de lo pagado por el
secretario y de la entrega hecha de lo que le quedó de lo recibido
al mayordomo de fábrica. (Libro 2, fol. 50 vto.).
En 15 de septiembre, habiéndose presentado el Ledo. Gaspar
Sánchez de Agreda, presbítero, con un título del señor Obispo
para servir en calidad de sustituto por el señor Deán Dn. Barto-
lomé de Escoto, ausente fue admitido. (Libro 2, fol. 51).
En el mismo día, habiéndose recibido un mandamiento del
señor Obispo, para que se repusiese a Francisco Rendón a la ma-
yordomía de fábrica y que el maestro mayor devolviese lo que
se le había entregado por el Cabildo no se dió cumplimiento por
varias razones, y considerándose que el señor Obispo estaba mal
informado; y sigue una copia del mandamiento. (Libro 2, fol.
51 vto.).
En 24 del mismo mes, presentado otro mandamiento del
señor Obispo, en razón a la paga del maestro mayor, se mandó
traer la escritura del concierto. (Libro 2, fol. 54).
En 28 del propio mes de septiembre, teniéndose presente el
sobredicho mandamiento del señor Obispo (que sigue copiado)
se acordó con vista de la escritura del concierto de la fábrica
de la Iglesia hecho con Bartolomé Naveda, que se entendiesen
50 pesos de los 250 que se le habían dado por el otro concierto
de los estribos; y que en cuanto a este último concierto, se cum-
pliese lo mandado por el señor Obispo, en cuanto lo anula. (Libro
2, fol. 54).
En 3 de diciembre, los señores Deán y Tesorero, con motivo
de haber sabido que los señores arcediano y Chantre que se ha-
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
liaban presos en sus casas de mandato del señor Obispo, habían
revocado el poder que dio el Cabildo para el cobro de sus cuentas
al mismo señor Deán, cuando fue a Caracas y donde lo dejó sus-
tituido e igualmente en las ciudades de San Sebastián y de Va-
lencia; aquellos dos señores en Cabildo, expusieron ser nula la
tal revocación, y mandaron dar testimonio de esta acta para pre-
sentarla en cualquiera tribunal. (Libro 2, fol. 56).
En el mismo día con vista de lo mandado por el señor Obispo
se dispuso que se pusiese en posesión de la mayordomía de fábrica
a Francisco Rendón, y se le entregasen todos los bienes. (Libro 2,
fol. 56 vto.).
En el propio acto se dijo: que en atención a que el señor Obispo
Dn. Fr. Gonzalo de Angulo, había hecho donación al Cabildo de
toda su librería y cuadros, que eran de calidad y cantidad, se
dispuso que en agradecimiento de este don se pusiese todo en
parte que pudiese durar muchos años. (Libro 2, fol. 57).
Aquí mismo se dispuso que se encalase y enladrillase la Ca-
pilla del bautisterio y sala capitular que estaba sobre ella, y que
en ésta se pusiesen unos canes chicos con sus tablas para colocar
aquella librería. (Libro 2, fol. 57).
Sigue copia de un despacho del señor Obispo, dado en Caracas
a 9 de noviembre del presente año, en que ordena y manda cese
la costumbre de cobrar cada prebendado de por sí sus rentas, y
que en adelante se hagan los cobros con libramientos del M.V.S.
Deán y Cabildo, cuyo obedecimiento también está copiado. (Li-
bro 2, fol. 57 vto.).
En 7 del propio mes de diciembre, se aprobó el concierto hecho
con un oficial carpintero de varias cosas para la obra de la Iglesia.
(Libro 2, fol. 58).
En 31 del mismo, con motivo de estar necesitado a frecuentes
ausencias el secretario Gerónimo de Velasco, se nombró por se-
cretario de Cabildo a Diego Félix Minchaca, quien en el mismo
acto aceptó y juró de fidelidad y secreto. (Libro 2, fol. 58 vto.).
Año de 1633.
En 10 de abril se dispuso que se les hiciese ropa a los negros
de la Iglesia y que a los dos monacillos que servían dentro de la
Iglesia en el altar y coro, se les diese entero calzón y ropilla. (Libro
2, fol. 59).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1633
97
En 14 de mayo, se aprobaron las cuentas del apoderado que
el Cabildo tenía en Santiago de León para cobrar sus rentas allí,
y en San Sebastián y Valencia, se dispuso nuevamente que ningún
capitular pudiese cobrar sin libranza del Cabildo y se le dio nuevo
poder al mismo apoderado que lo era el Ledo. Dn. Bartolomé
de Navas Becerra, cura beneficiado de Santiago de León. (Libro
2, fol. 59 vto.).
En 29 del mismo mes de mayo, habiéndose recibido un certi-
ficado de haber fallecido el día 17 del corriente mes el Illmo. Sor.
Dn. Fr. Gonzalo de Angulo y haber sido sepultado en la Iglesia
parroquial, de Santiago de León de Caracas; el Cabildo apre-
hendió la jurisdicción, nombró por provisor y vicario general al
Ledo. Pedro Gordón de Almassan, presbítero, vecino de la ciudad
del Portillo de Carora, por Mayordomo de la Iglesia a Juan Germán
de Ortiz, vecino de Coro y por notario general al secretario de
Cabildo: y asimismo nombró vicarios foráneos para los partidos
de Caracas, de Valencia, de San Sebastián, de Barquisimeto, del
Tocuyo, de Trujillo y de Maracaibo. (Libro 2, fol. 60 vto.).
En 2 de junio, ratificándose el Cabildo antecedente, se dijo:
ser necesario proceder a la visita del obispado, y al efecto se co-
metió la visita de la Catedral y partido de derecho al señor Te-
sorero Dn. Bartolomé Gómez, al señor Chantre Ledo. Dn. Domingo
de Ibarra (que estaba ausente en Caracas, según se dice en el an-
terior Cabildo) la de los partidos de Valencia, San Sebastián,
Valle de Aragua, y pueblos de la costa: al señor arcediano Dr. Dn.
Diego Suárez de Aponte, los partidos de Maracaibo, de Carora,
de Tocuyo, de Barquisimeto y de Guanaguanare: y al señor Deán
Dr. Dn. Bartolomé de Escoto la del de Trujillo. Y en atención
a considerarse que el nuevo señor Obispo que se eligiese podía
venir breve, se reservó para su Sría. Illma. la visita de Caracas,
y que en caso de tardanza el Cabildo nombraría. Y se mandaron
fijar edictos para los curatos que estuviesen vacantes. (Libro 2,
fol. 61 vto.).
Sigue testimonio de una Real Cédula dirigida al presidente
y oidores de la Real Audiencia de Santafé, expedida en Madrid
a 3 de junio de 1620, en que se declara que las donaciones que
hicieron los Illmos. señores Obispos, sean válidas habiendo sido
ínter vivos irrevocables con entrega real y vivido después de ella
cuarenta días. Fue compulsado este testimonio por el secretario
de Cabildo de mandato de su Sría. y sacado de otro traslado auto-
8 — Actat, I.
98
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
rizado que se remitía a la ciudad de Santiago de León y este tras-
lado fue autorizado por un notario apostólico del obispado de
Santa Marta, quien dice lo sacó de otro ejemplar. (Libro 2,
fol. 62 vto.)-
En 7 del mismo mes de junio, con motivo de haber muchos
pleitos y cobranzas a que ocurrir en la ciudad de Santiago de León,
8C confirió poder en primer lugar al provisor y vicario general,
Pedro Cordón de Almassan, que de próximo vendría a Coro desde
Carora, en segundo al padre Bartolomé de Navas Becerra, cura
beneficiado de la dicha ciudad de Santiago de León; y en tercero
al Capitán Francisco Rendón Trujillo, con señalamiento de 200
pesos y lo más que fuese necesario para ayuda de costa. (Libro 2,
fol. 63 vto.).
En 17 de julio, con motivo de haber fallecido el sobredicho
Ledo. Pedro Gordón de Almassan, según constaba de cuatro cartas
que siguen copiadas; estando en Cabildo solamente los señores
Deán Br. Dn. Bartolomé de Escoto, y Tesorero Dn. Bartolomé
Gómez, casaren ambos sus votos y después el Deán solo casó
el suyo, y el Tesorero con solo el suyo eligió al Deán por provisor
y vicario general por todo el tiempo de la sede vacante y en el
mismo acto aceptó, juró e hizo la profesión de la fe, presentes los
dos curas de la Catedral, Gaspar Sánchez de Agreda y Blas López
de Belmonte, y el presbítero Martín de Quero. (Libro 2, fol. 64 vto.).
En 16 de diciembre, se dispuso que el señor Deán, provisor
y vicario general, pasase a Caracas a ocurrir a las causas del
espolio del señor Obispo difunto, y otras varias atenciones del
Cabildo: se le nombró también por visitador de la misma ciudad,
y se mandaron dar avisos, para que los que tuviesen causas,
ocurriesen a donde estuviese el dicho señor Deán. Este Cabildo
fue hecho ya en la sala capitular. (Libro 2, fol. 67).
En 27 del mismo, habiéndose tenido noticia que la causa de
la entrega de pontifical y de la librería del Illmo. Sor. Obispo,
difunto, se habían apelado para la Audiencia de Santo Domingo
y que el mayordomo de la Iglesia que estaba en Caracas había
enviado poder a un procurador, se mandaron remitir expensas
a éste y se nombró al padre Blas López de Belmonte para que
cuidase los bienes de la Iglesia, mientras volvía el mayordomo.
(Libro 2, fol. 67 vto.).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1635
99
Año de 1634.
En 15 de octubre fue nombrado un monacillo. (Libro 2, fol. 68).
En 23 del mismo, habiéndose redimido por los albaceas del
señor Tesorero Dn. Bartolomé Gómez, un censo de 350 pesos, que
tenía reconocido a favor del Cabildo; se dispuso que se diese a
persona abonada. (Libro 2, fol. 68).
En 24 del mismo, el señor Deán entregó al mayordomo un pec-
toral ,un anillo y un misal, que trajo del espolio del Illmo. Sor.
Angulo, y avisó que lo demás que venía en un barco, por mal
tiempo había ido a parar a Cartagena, donde estaba en poder del
provisor. (Libro 2, fol. 68 vto.).
En 2 de noviembre, se dispuso que lo tocante a la cuarta
capitular en los diezmos se arrendase separadamente a discrección
de sus apoderados. (Libro 2, fol. 69).
Año de 1635.
En 2 de enero, se acordó que por varias dificultades de los cobros
que se impusiese a censo lo que se debía en Santiago de León
de los excusados y también se impusiesen 2.000 pesos del propio
ramo que había en Trujillo. (Libro 2, fol. 70).
En 15 de febrero, se dió poder a Melchor Sánchez de Agreda
que iba a Cartagena para que recibiese los libros, plata y demás
cosas que allí estaban del espolio del Illmo. Sor. Angulo y que
los remitiese de cuenta de la Iglesia por mar o por tierra. (Libro 2,
fol. 70 vto.).
En 8 de marzo, habiéndose concertado un órgano en Santo
Domingo por 300 pesos (aunque valía quinientos) con calidad de
que se trajese de cuenta y riesgo de la Iglesia; se acordó que
desde luego se remitiesen los 300 pesos y se trajese junto con el
que había de tocarlo, el cual también fue concertado allí por can-
tidad de 1.500 reales anualmente de salario pagable de la fábrica,
se dice en esta acta que había Iglesias parroquiales en esta dió-
cesis ,que tenían órganos traídos de España y que la Catedral
nunca lo había tenido. (Libro 2, fol. 71 vto.).
En 8 del mismo por haber hecho ausencia a Santo Domingo,
Diego Félix Minchaca, fue nombrado por secretario de Cabildo,
Blas Joseph de Linares, y en el mismo acto aecptó y juró de fide-
lidad y secreto. (Libro 2, fol. 72 vto.).
100
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
En 21 de mayo, se mandó hacer de nuevo la lámpara por ser
muy pequeña y estar quebrada. (Libro 2, fol. 73).
En 13 de julio, habiendo recibido el señor Deán una carta
del señor Francisco Núñez Meleán, Gobernador de esta Provincia,
en que le avisa haber llegado al puerto de La Guaira el Illmo.
Sor. Dr. Dn. Juan López Agurto de la Mata, electo Obispo de
esta diócesis, y que venía sin las bulas a fin de que el Cabildo le
diese facultad para gobernar: el señor Deán (único capitular que
había existente) hizo dimisión del provisorato, y él mismo se la
admitió en vez del Cabildo, y que elegiría Gobernador del obis-
pado. Este señor Illmo. vino trasladado del obispado de Puerto
Rico, según se verá más adelante. (Libro 2, fol. 73 vto.).
En el mismo día se nombró por Gobernador del obispado al
sobredicho Illmo. Sor. Obispo con toda facultad así necesaria,
como voluntaria y delegada, sin que faltase cosa alguna y se
mandó remitir esta acta a su Sría. Illma. con la suplica de su
aceptación. (Libro 2, fol. 73 vto.).
En 26 de septiembre, por haber hecho dejación Francisco
Rendón Trujillo, fue nombrado por mayordomo de fábrica de
la Catedral, Gerónimo Velasco, vecino de Coro con el mismo
salario que había tenido su antecesor y en el mismo día aceptó
y juró y se dispuso que se le entregasen los bienes, luego que diese
cuenta el dicho Rendón. (Libro 2, fol. 74 vto.).
En 17 de octubre, se dieron facultades al señor Deán para
que, pues había de ir a la ciudad de Santiago de León, llamado
por el señor Obispo a dar cuentas del provisorato, pudiese tratar
con su Sría. Illma. cosas de la Iglesia y del Cabildo y cobrar lo
que allí se estuviese debiendo. (Libro 2, fol. 74 vto.).
No hubo otro Cabildo en este año.
Año de 1636.
En 24 de enero, habiéndose presentado el Ledo. Gaspar Sán-
chez de Agreda, cura de la Catedral con el poder y bulas del Illmo.
Sor. Dr. Dn. Juan López Agurto de la Mata, y en atención a que
su Sría. Illma. había hecho el juramento en Caracas en manos del
señor Deán, se le dió la posesión en las sillas del coro y del capítulo
de la Iglesia que estaba en la plaza, y de la audiencia eclesiástica,
y fue llevado con la solemnidad acostumbrada a la casa y palacio
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1636
101
obispal. Y siguen copias del poder y de las bulas, las cuales fueron
expedidas por el señor Urbano octavo en Santa María la mayor
de Roma a 20 de noviembre de 1634, y en ellas se dice trasladársele
del obispado de Puerto Rico que había poco tiempo obtenido:
el poder fue otorgado en Santiago de León a 7 del mismo mes y
año presentes. (Libro 2, fol. 75).
ACÁBANSE LOS CABILDOS EN LA IGLESIA DE CORO
Inician en la Iglesia Parroquial de Santiago de León de Caracas,
cabeza de la gobernación de la Provincia de Venezuela.
En 18 de marzo, congregados el Illmo. Sor. Dr. Dn. Juan
López Agurto de la Mata, y el M.V.S. Deán y Cabildo, a saber:
los señores Br. Dn. Bartolomé de Escoto, Deán y el Ledo. Dn.
Domingo de Ibarra, Chantre en la capilla nombrada para sala
capitular, se propusieron por su Sría. Illma. cosas tocantes al culto
divino y fábrica de la Iglesia, y se decretó lo siguiente: la elección
de tres prebendados interinos, porque sólo constaba el Cabildo
de los dos nominados propietarios, para el mejor servicio del
coro y altar, haciéndose la de arcediano en el Ledo. Gabriel de
Mendoza, vicario foráneo de Caracas y cura propietario de su
Iglesia, con 280 pesos de renta de la tocante a esta dignidad:
la de maestro de escuelas en el Ledo. Bartolomé de Navas Be-
cerra (que era el otro cura de la misma Iglesia) y la de canónigo
en el padre Juan Díaz de Mansilla. Se nombró por mayordomo
de esta Santa Iglesia Catedral de la Señora Santa Ana, con las
cargas que se expresarían en su título, a Gaspar Gutiérrez Flores
con 200 patacones de salario y obligación de dar fianzas. Se nom-
bró por sochantre y secretario de Cabildo a Juan Coello Coutino,
clérigo con 100 patacones de salario de sochantre y 30 de secre-
tario: y se nombró por pertiguero y portero de Cabildo a An-
tonio Montes con 80 patacones de salario. (Libro 2, fol. 78 vto.).
En 6 de mayo, con aprobación del dicho Illmo. Sor. Obispo
se decretó: que siempre que el M.V.S. Deán y Cabildo fuese
convidado para el acompañamiento de cualquiera entierro, así
de criatura como de persona adulta, llevase por derechos de él
500 reales de plata castellanos; y si hubiese posas 30 reales cas-
tellanos por cada una. (Libro 2, fol. 80).
En este mismo acto, en atención a que los monacillos que
hasta entonces habían servido en la Iglesia parroquial acudían
102
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
solemnemente a las fiestas, y se les daba el salario de 12 pesos
cada año; y que en adelante debían acudir y asistir todos los días
por la mañana a ayudar las misas rezadas hasta la conventual y
a la tarde a las vísperas cantadas, salves o maitines los días que
los hubiesen cantados, se les señaló a cada uno 24 pesos anuales.
(Libro 2, fol. 80).
En 7 de junio, con asistencia del Illmo. Sor. Obispo, consi-
derándose la necesidad de ocurrir a las curias romana y de Madrid
a hacer presentes los motivos y causas que se habían tenido para
trasladar la Santa Iglesia Catedral de Coro a Caracas, Ínterin
que Su Santidad y Su Majestad disponían lo que más conviniese
a su régimen y gobierno; se eligió y nombró al Ledo. Bartolomé
de Navas Becerra, cura beneficiado de Caracas para que pasase
a los reinos de Castilla, señalándose el salario anual de 1.000 pesos
de a ocho reales, y que se le pagasen los gastos procesales y de
letrados; y que también se le entregasen cien pesos para que los
llevase a un agente de la Iglesia en Madrid. (Libro 2, fol. 81).
En 17 del mismo presente su Sría. Illma. se decretó que la paga
del sobredicho salario de 1.000 pesos se entendiese, que las dos
terceras partes las pagaría la fábrica de la Iglesia y la otra tercera
parte la mesa capitular y lo mismo los gastos procesales. (Libro
2, fol. 82).
En 20 del mismo, se hizo el nombramiento (y es el primero)
de dos capellanes de Coro, en Nicolás Godino de Abreu, presbí-
tero y Gregorio Amálete, subdiácono, señalándoseles el salario
de 80 pesos anuales (no se dice quien los había de pagar) y se les
impuso la obligación de acudir al coro y pacistol a todas las horas
cantadas, a saber: en todos los dobles a las primeras y segundas
vísperas y misa, y todos los días de fiesta y domingos y a los ma-
nuales y a vestirse de diáconos y a asistir al coro en ausencia de
alguno de los señores prebendados, precediendo aviso. (Libro 2,
fol. 82 vto.).
No hubo otro Cabildo en este año.
Año de 1637.
En 15 de abril, presente su Sría. Illma. y en sus casas, se
acordó que convenía la venta de un hato y esclavos que quedaron
en San Sebastián por bienes del Illmo. Sor. Dn. Fr. Gonzalo de
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1637
103
Angulo y que al efecto se fijase convocatoria y se pregonase.
(Libro 2, fol. 83 vto.).
En el mismo acto, se nombró por abogado defensor de la
Iglesia al Ledo. Dn. Rodrigo Cervellón, provisor de su Sría. Illma.
con el salario anual de 50 pesos. (Libro 2, fol. 83 vto.).
Aquí mismo se admitió la dejación al pertiguero y se nombró
a Francisco Gómez con el mismo salario de 80 pesos anuales.
(Libro 2, fol. 83 vto.).
En 30 de junio, se dió posesión de la dignidad de Tesorero
al Dr. Dn. Juan de Salinas, vacante por fallecimiento de Dn.
Bartolomé Gómez era canónigo de Santo Domingo y comisario
de la Santa Cruzada. Fue presentado en Madrid a 4 de febrero
de 1635: se dió la colación por el Illmo. Sor. Obispo en el mismo
día 30 de junio, y en la posesión hubo las ceremonias de sentarlo
en una silla de terciopelo en la sala capitular, de donde pasó al
altar mayor, y allí desdobló unos corporales e hizo la profesión
de la fe; y después fue llevado al coro donde se le dió el asiento
correspondiente y derramó algunas monedas. Las copias de la
colación y presentación siguen en el folio 85 y siguiente. (Libro 2,
fol. 84).
En Io de julio, se dijo que ya se había tratado con su Illma.,
desde principio de este año, acerca del organista Juan García
Moreno, y en esta atención se le aumentaron 40 pesos a su renta,
la cual no se expresa, ni tampoco se puso en el libro la copia de
aquel tratado. (Libro 2, fol. 85).
En 17 de septiembre, se admitió por tercer capellán de coro
al padre Luis de Herrera, a quien su Sría. Illma. con consulta
del Cabildo nombró con las mismas obligaciones y salario de 80
pesos anuales que tenían los dos anteriormente nombrados, aña-
diéndole que supliese las ausencias que el mayordomo de fábrica
le pagase por tercios. (Libro 2, fol. 87).
En 3 de diciembre, con asistencia del Illmo. Sor. Obispo,
habiendo propuesto su Sría. Illma. en nombre del señor Gober-
nador y Capitán general de esta Provincia Rui Fernández de
Fuenmayor que éste pedía que en los días de tabla que fuese a
la Iglesia le saliesen a recibir dos o una de las tres dignidades
que había: los señores Deán y Chantre votaron oponiéndose a
ello por ser contra costumbre y sólo prácticable con las reales
audiencias y que sólo accederían si el señor Gobernador mani-
festaba cédula de Su Majestad. El señor Tesorero dijo: que saliese
104
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
uno a recibirlo. Y el señor Obispo mandó que sin perjuicio del
derecho del Cabildo, dejándoselo a salvo para ocurrir al Rey,
saliese una de las dignidades, exceptuando el señor Deán, a reci-
birlo en la pila del agua bendita, cerca de la puerta acompañado
de uno de los tenientes de cura. Y el señor Chantre apeló para
ante quien hubiese lugar. (Libro 2, fol. 88).
En el mismo acto, vista una memoria del Ledo. Dn. Rodrigo
Cervellón, defensor de los derechos de la Iglesia, se dispuso que
su salario anual fuese de 80 pesos y que a este respecto se le pagase
desde que se hizo el nombramiento. (Libro 2, fol. 89).
Aquí mismo se trató acerca de lo que había de pagarse a un
hombre que fue a San Sebastián a diligencias de la Iglesia y tam-
bién sobre venderse una tierras de la Iglesia en las cabezadas
de Baruta, y se acordó que se pregonasen y rematasen. (Libro 2,
fol. 89).
En 26 de diciembre, expresándose que el día 24 del mismo,
murió y se enterró en esta Santa Iglesia Catedral el Ulmo. Sor.
Dr. Dn. Juan López Agurto de la Mata: se declaró la vacante
del obispado aprehendido el Cabildo la jurisdicción, y se eligió
por provisor al señor Chantre Ledo. Dn. Domingo de Ibarra,
y en el mismo acto aceptó y juró de fidelidad e hizo la profesión
de la fe: y en el mismo acto, se nombró por visitador general
al señor Tesorero Dr. Dn. Juan de Salinas, quien también aceptó
y juró de fidelidad, reservándose las ciudades de Santiago de
León y de Trujillo, para que las visitase el señor Deán Br. Dn.
Bartolomé de Escoto, y asimismo aceptó y juró. Y al sobredicho
señor Tesorero se le concedió que pudiese enviar sustituto a la
ciudad de San Sebastián por ser lugar enfermizo. No se hicieron
especiales reservaciones; sólo se dice en el nombramiento de pro-
visor, que lo ejerza conforme al Santo Concilio, erección de este
obispado y su sínodo. (Libro 2, fol. 90).
En 30 del mismo mes, se ratificó el nombramiento de mayor-
domo de fábrica de la Catedral, hecho en Gaspar Gutiérrez Flores.
Y también atendiendo a las ocupaciones del padre Juan Coello
Coutino, se le relevó del oficio de secretario de Cabildo, y se nom-
bró al padre Juan Rodríguez Espejo, subdiácono, quien el mismo
acto aceptó y juró. (Libro 2, fol. 91 vto.).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1638
105
Año de 1638.
En 3 de enero, se decretó, como ya antes se había dispuesto
in vertir que se hiciese la sillería del coro, y que fuese tan costosa
como convenía al decoro de la Catedral y silla obispal, y que pu-
diese también servir en adelante en el nuevo coro que se hiciese.
Y aquí mismo se mandó que con algunos pontificales se hiciesen
ornamentos y otras cosas necesarias. (Libro 2, fol. 92).
En 5 del mismo, se dispuso, que se pagasen al mayordomo de
la cofradía del Santísimo Sacramento, unas andas que se pusiesen
en el altar mayor; y que se hiciese una cajita para el depósito
del Santísimo el Jueves Santo. (Libro 2, fol. 92 vto.).
En 18 de febrero, se aprobó el nombramiento hecho de so-
chantre por el señor provisor en el padre Luis de Herrera, pres-
bítero, para que sirviese este oficio, como lo tenía su antecesor:
y en este mismo acto se nombró para servir la capellanía de coro
que obtenía al padre Gregorio Aguilar Irmendi, presbítero. (Li-
bro 2, fol. 93).
En 6 de marzo, precedidas varias consultas, se decretó, que el
dinero que la Iglesia había heredado del Illmo. Sor. Dn. Fr. Gon-
zalo de Angulo, dejándose reservada alguna parte para comenzar
a fabricar, se impusiese a censo y que al efecto se fijase convoca-
toria. (Libro 2, fol. 93 vto.).
Erección de la Iglesia Parroquial di Caracas en Catedral.
En 7 de marzo, vista la Real Cédula, fecha en Madrid a 20
de junio de 1637 (que sigue copiada) en la cual se manda que
permanentemente este la Santa Iglesia Catedral en esta ciudad
de Santiago de León de la Provincia de Caracas, y que en ella
residiese el Obispo y el Deán y Cabildo por los inconvenientes
que había en la ciudad de Coro, de que ya se había tratado en
el Concilio provincial celebrado en Santo Domingo el año de
1622 y las grandes ventajas de esta dicha ciudad de Santiago
de León defendida por su naturaleza, habitada de muchos vecinos
y forasteros, rica y abundosa de trigo, maíz, cacao, corambre,
y otros frutos; de apacible y saludable témele, y de muchos y
buenos edificios, con estudio público de gramática y dos con-
106
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
ventos donde se leían artes y teología, y donde residía el Gober-
nador 3' oficiales reales: se prestó el obedecimiento con las cere-
monias acostumbradas, y se acordó que en virtud de ella se tomase
la posesión de esta Santa Iglesia constituida en Catedral de este
mismo día 7 de marzo, bajo el mismo título de Señora Santa Ana:
que pues el propio día 7 de marzo era fiesta del glorioso doctor
de la Iglesia Santo Tomás de Aquino, se celebrase perpetuamente
en acción de gracias esta fiesta en la Catedral con la veneración
y autoridad que fuese posible: que en atención a que el /tal de
Su Majestad fue a veinte de junio, y que en este obispado no había
día señalado para el oficio de dedicación, conforme a derecho
y al Breviario romano, se eligió el mismo día 20 de junio para el
dicho oficio, mandándose que se celebrase en todo el obispado de
primera clase con Credo en la misa, y sólo en la Catedral y en
la ciudad de Santiago de León y su distrito se le diese octava
y que se hiciesen el efecto las correspondientes participaciones.
(Libro 2, fol. 94 vto.)-
En 16 del mismo mes de marzo, el Cabildo, sede vacante, tomó
posesión de la Santa Iglesia; para la cual vestidos los señores
capitulares de capas blancas, el señor Deán abrió y cerró el Sa-
grario y se sentaron en sus sillas de prebendados y de allí pasaron
a la sala capitular, y abrieron y cerraron el cajón donde estaban
los libros capitulares: y por último en señal de posesión arrojaron
monedas de plata. (Libro 2, fol. 97 vto.).
En 23 de julio, con atención a no haber casas episcopales en
esta ciudad, se dispuso que de cuenta de la Iglesia se reparasen
unas que ésta tenía y habían sido de doña Elvira de Montes.
(Libro 2, fol. 100 vto.).
Aquí mismo se mandó comprar un reloj de bronce que se oía
a distancia de una cuadra, y se vendía en 80 pesos; y que se pu-
siese en el coro, y que el pequeño que allí había se vendiese: y
también se mandaron hacer algunos ornamentos. (Libro 2, fol.
100 vto.).
En 25 de agosto, con motivo de haberse ido a ordenar fuera
de este obispado el padre Juan Rodríguez Espejo, se nombró
por secretario de Cabildo al Ledo. Andrés Alvarez, sacristán
mayor, y en el mismo acto aceptó y juró. (Libro 2, fol. 101).
No hubo otro Cabildo en este año.
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1639 107
Año de 1639.
En 24 de mayo, se mandó hacer monumento, y que se traba-
jase con disposición de que pudiese con poco costo más, servir
en la nueva Iglesia que se hiciese por ser baja la existente; y se
nombró por interventor al señor Deán. (Libro 2, fol. 102).
En 21 de julio, estando en la Guayana el Dr. Bartolomé de
Navas Becerra, electo arcediano, que volvía de la agencia que fue
a hacer en la Corte, se mandó al mayordomo de fábrica que le
remitiese 300 pesos para que los enviase al agente que allí tuvo,
los 200 para costas de la Cédula de traslación de la Iglesia, y los
100 por otra Cédula que había ganado de merced de la tercera
parte de la vacante a favor de la Catedral (supone ser la presente
vacante de la silla obispal). (Libro 2, fol. 102 vto.).
En 27 del mismo, habiendo exhibido el sobredicho Dn. Bar-
tolomé Navas Becerra, cura de la Catedral el Real despacho,
fecho en Madrid a 26 de agosto de 1638 en que se le presenta a
la dignidad de arcediano que estaba vacante por haberse ausen-
tado sin licencia el Dr. Dn. Diego Suárez de Aponte, se le con-
firió la colación despachándose para ella especiales letras en latín,
y luego se le dió la posesión en la sala, sentándole en la silla corres-
pondiente e hizo la profesión de la fe, y después fue llevado al
coro, donde se le dió la silla del lado izquierdo de la episcopal
y derramó algunas monedas. (Libro 2, fol. 103).
En el mismo día, se nombró por cura interino del curato de
la Catedral, vacante por la antecedente promoción al Br. Marcos
de Sobremontes. (Libro 2, fol. 106).
En 3 de agosto, el sobredicho señor arcediano Dr. Bartolomé
de Navas Becerra, exhibió en el Cabildo una Real provisión de
la sentencia de vista y revista dada en el Supremo Consejo contra
la ciudad de Coro a fin de que permaneciese la Catedral en esta
de Caracas: una Real Cédula duplicada del decreto de traslación;
y otra Real Cédula de merced de la tercera parte de la vacante
presente para ayuda de la traslación de la Iglesia y sus reparos.
Visto todo se le dieron las gracias por esto y por otras cédulas que
se expresa haber ganado a favor del Cabildo sobre administración
de diezmos prebendados e informe acerca de agregación de los
curatos y aumento de prebendas. (Libro 2, fol. 107).
108
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
En este mismo acto se dispuso que para traer a esta ciudad
los esclavos y bienes de la Iglesia que había en Coro, se confe-
rirían los medios en otro Cabildo, si tardase la resolución de la
Audiencia de Santo Domingo, a donde se había ocurrido a pedir
auxilio con la Real Cédula de traslación. (Libro 2, fol. 108).
Igualmente en este acto, se mandó hacer archivo para la sala
capitular, y un bufete, todo provisional, mientras se ponía en
forma la sala capitular. (Libro 2, fol. 108 vto.).
En 5 de agosto, se dispuso que pues la erección disponía que
hubiese seis acólitos y seis capellanes de coro, se aumentasen dos
monacillos para que hubiese cuatro, cada uno con 24 pesos de renta
anual: y que se añadiese otro capellán a los dos que había, para
que hubiese tres. Se nombró para la tercera a Agustín Palma,
clérigo de menores: y que a éste y al otro capellán Diego Serrano
se les despachase título y se les diese colación para que pudiesen
recibir orden Sacro. (Libro 2, fol. 109).
En el mismo acto, con motivo de la ausencia del señor Te-
sorero se nombró al Ledo. Gabriel de Mendoza, cura de la Ca-
tedral para que sirviese interinamente esta prebenda, con el
salario de 200 pesos anuales. (Libro 2, fol. 109 vto.).
En 9 del propio mes, se nombró por notario general a Do-
mingo Pérez Araujo, y se mandó que uno que había sido notario
eclesiástico y cualesquiera otros notarios trajesen los procesos
concluidos para archivarlos en la sala. (Libro 2, fol. 110).
En 16 del dicho mes, se dijo: que pues estaba sirviendo de
sala de capítulo la Capilla de Nuestra Señora de la Antigua de
doña Elvira de Montes, y ya se había hecho una sala, que aunque
destinada para sacristía era capaz para aquel efecto; se tras-
ladase a ella la celebración de Cabildos, Ínterin se labraba y
edificaba sala correspondiente. Y aquí mismo se insistió en ser
conveniente la venta del hato de la Iglesia y que al efecto se co-
municase a dos letrados. (Libro 2, fol. 111).
En 19 del mismo fue nombrado por capellán de coro, Juan de
Velasco, clérigo de menores, se le señaló el salario de 80 pesos
(no dice de donde) y se le mandó despachar título de colación.
(Libro 2, fol. 111 vto.).
En 25 del mismo, se trató acerca del cobro de la cantidad de
pesos que debía al espolio del Illmo. Sor. Angulo, un cura de Tru-
jillo: y también se mandó vender en 300 pesos un negro de la
Iglesia. (Libro 2, fol. 112).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1640
109
En 2 de octubre, se determinó que el señor Deán pasase a
Coro a recoger los bienes de la Catedral, y tomar cuentas a los
mayordomos, con facultad de poder vender esclavos: y se le
nombró por visitador y juez eclesiástico de todo el obispado con
la jurisdicción plenaria voluntaria y contenciosa conforme se le
diesen de la fábrica 300 pesos para ayuda de costa. (Libro 2,
fol. 112 vto.)-
En 28 del mismo, se mandó al mayordomo de fábrica que rin-
diese cuentas y se cometió su recepción al señor Tesorero. (Libro
2, fol. 113 vto.).
En 15 de noviembre, se dijo: que por cuanto convenía hacer
y labrar una capilla de Sagrario, en que los curas tuviesen el
Santísimo Sacramento para su más cómoda administración y
también casas de Cabildo se mandó al mayordomo que al efecto
comprase dos hornos de cal que había en esta ciudad. (Libro 2,
fol. 114).
Año de 1640.
En 14 de enero, se mandaron fijar edictos para la provisión
del curato de la Catedral, vacante por la promoción del señor
Dr. Dn. Bartolomé de Navas Becerra. (Libro 2, fol. 114 vto.).
En 10 de marzo, habiendo vuelto el señor Deán de la ciudad
de Coro entregó los libros que donó al Cabildo el señor Angulo,
cuatro candeleros de plata, una campana pequeña del coro, tres
mitras y unas zandalias: el dinero de la venta de un solar que
alcanzó a 142 pesos y 15 en que vendió cuatro sillas. Y dió razón
que todos los esclavos viejos y mozos, cuando los juntó para
traerlos se huyeron, pero que así huidos vendió a algunos y dejó
disposiciones para recibir el dinero de éstos y venta o remisión
de los otros. Y también dió razón de lo que había dejado a la
Iglesia parroquial de Coro para su ornato de que trajo inventario:
el Cabildo mandó al mayordomo de fábrica recibiese lo que se
había traído y se hiciese cargo de cobrar lo que quedaba en Coro:
y que por lo respectivo a los papeles que trajo el dicho señor
Deán se irían viendo como se ofreciese. (Libro 2, fol. 115).
En 2 de abril, habiendo exhibido el señor Deán tres provi-
siones reales, una que habla con los gobernadores donde hay
Cabildo áobre el modo que se debe tener en el recibimiento, Agua
1 10
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
Bendita, acompañamiento y paz: otra, con inserción de una Real
Cédula para que no espere en los oficios divinos ni se detengan
por esperar, ni se avise a los gobernadores con ningún ministro:
y la otra para que se restituya a la Iglesia el ornamento, ponti-
ficales y plata labrada del Illmo. Sor. Dr. Dn. Juan López Agurto
de la Mata; se acordó, que se sacasen traslados de ellas para su
intimación y que los originales se encuadernasen en el libro de
cédulas. (Libro 2, fol. 117).
En este mismo acto, se dispuso que hubiese apuntador conforme
a las constituciones de la Catedral y con el salario señalado, y se
nombró por apuntador a Diego Serrano y a Agustín Palma,
capellanes más modernos y que se hiciese libro cuadrante, come-
tiéndose el dar la forma al señor arcediano: que se separase la
tercera parte de la gruesa para distribuciones, y se sacasen las
fallas para quien correspondiese: que la dicha tercera parte se
distribuyese por siete horas canónicas y una misa conventual:
que se apuntasen a los capellanes, al sochantre y a los que sir-
viesen prebendas interinamente, declarándose que éstos ni aquéllos
tenían meses de recles y patitur:y que se pusiese una escuela de
canto, pagándosele al maestro 50 pesos anuales de la fábrica,
con obligación de dar una lección cada día dentro de la Iglesia.
(Libro 2, fol. 117 vto.).
En 8 de mayo, se nombró por vicario del convento de monjas,
al señor arcediano Dr. Dn. Bartolomé Navas Becerra. (Libro 2,
fol. 119 vto.).
En 5 de junio, habiéndose tenido noticia de estar electo obispo
de esta diócesis el limo. Sor. maestro Dn. Fr. Mauro de Tovar,
se mandó que uno de los curas fuese a La Guaira a esperarlo y
obsequiarlo de parte del Cabildo, dándosele al efecto 200 pesos:
y que el mayordomo de fábrica preparase lo necesario para acu-
dir a su Illma, con lo necesario mientras ponía casa. (Libro 2,
fol. 120).
En este mismo acto se mandó poner en depósito la librería
que dejó el Illmo. Sor. Angulo para que hubiese quien la cuidase
mientras se hacía la sala capitular. (Libro 2, fol. 120 vto.).
En 20 de diciembre, habiéndose presentado las bulas del dicho
Illmo. Sor. Dn. Fr. Mauro de Tovar, dadas por el señor Urbano
VIII, en 11 de octubre de 1639, precedida lección de ellas y su
obedecimiento, se dió la posesión con el canto, música y solem-
nidades acostumbradas y se le sentó en la silla obispal así en la
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1641
111
Iglesia como en el capítulo, y se hicieron otros actos en señal de
posesión; habiéndose antes recibido el juramento conforme al
Santo Concilio y bulas del señor Pío IV y de guardar los estatutos
de esta Catedral. No hay copia de las bulas. (Libro 2, fol. 121).
Año de 1641.
En 30 de enero, presente el dicho Illmo. Sor. Obispo manifestó
que quería elegir sepultura en esta Iglesia, y suplicaba se la con-
cediese y señalase el Cabildo, el cual manifestado su reconoci-
miento dijo: que con asistencia de su Sría. Illma. la señalaría
donde le conviniese. (Libro 2, fol. 122).
En este propio acto, se insinuó la necesidad de construcción
de nuevo edificio de la Iglesia, y se dispuso que en todos los Ca-
bildos siguientes, se tratase de esto. (Libro 2, fol. 122 vto.).
Aquí mismo, se determinó; que atenta la necesidad de erigir
seminario, se fuese tratando de esto en los Cabildos siguientes.
(Libro 2, fol. 122 vto.).
También su Sría. Illma. pidió al Cabildo le diesen consejo
para hacer acertadamente la elección de provisor, y nada más
se dijo. (Libro 2, fol. 122 vto.).
Igualmente su Sría Illma. dijo: que convenía verse la fun
dación que había hecho Francisco Núñez Melean, gobernador
que había sido de la Provincia; y se dispuso que se avisase al
fundador de las dificultades que se habían tocado. (Libro 2,
fol. 122 vto.).
En 4 de marzo, presente el Illmo. Sor. Obispo, dijo: que mandó
de la merced que le había hecho el Cabildo, había elegido su
sepultura al lado de la Epístola, en frente de las sepulturas de sus
antecesores los Illmos. Sres. Dn. Fr. Gonzalo de Angulo y Dr.
Dn. Juan López Agurto de la Mata; y aunque quiso entregar los
20 pesos que correspondían de derechos, el Cabildo no los admitió.
(Libro 2, fol. 123).
Aquí mismo, con el acuerdo del Cabildo, se eligieron tres con-
ciliarios a saber: por su Sría. Illma. al señor Deán en el Cabildo,
y entre el clero al Ledo. Gabriel de Mendoza, y el Cabildo nombró
al señor arcediano. (Libro 2, fol. 123).
Y asimismo se dispuso en este acto: que se comenzase a acopiar
material para el nuevo edificio de la Iglesia. (Libro 2, fol. 124).
112
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
En 17 de mayo, presente su Sría. Illma. y en su palacio, se
acordó: que la erección del seminario y colegio se hiciese en Ínterin
en una casa que era de la Iglesia y estaba junto a ella, y que por
lo que el Cabildo e Iglesia debía contribuir se descontasen cada
año 150 pesos de alquiler, el que o se aumentaría o se disminuiría
en adelante: y que el mayordomo de fábrica fuese desde luego la-
brando allí lo necesario para su uso. (Libro 2, fol. 124 vto.).
En 16 de junio, presente su Sría. Illma. y en su casa, con
motivo del terremoto que arruinó toda la ciudad el día 1 1 de este
mes a las ocho y tres cuartos de la mañana, y que se hallaban
los vecinos y en particular los religiosos y religiosas, clérigos y
otros pobres habitando en corrales bajo de árboles sin casa ni
comida: se acordó que se repartiesen mil y doscientos reales de
a ocho, y que pues el mayordomo de fábrica había muerto entre
las ruinas, y no se le podían tomar cuentas se pidieron empres-
tados al comisario de la Santa Cruzada; y aunque el Cabildo
dejó la distribución a arbitrio de su Sría. Illma. aquí mismo se
hizo, señalándose 200 pesos a las monjas Concepciones; 100 al
convento de San Jacinto; 100 al de San Francisco; 100 al hos-
pital; 250 entre clérigos necesitados, y el resto entre los demás
pobres que con esto y lo que su Sría. Illma. estaba distribuyendo
por su parte y otros vecinos buenos, se comenzarían a remediar
las necesidades presentes. Y además de estos mil y doscientos
se tomó prestado todo lo demás que tenía depositado el dicho
comisario de cruzadas, y alcanzaba totalmente a 13.372 reales,
y que éstos se entregasen al que fuese electo mayordomo que-
dando obligadas las rentas de la Iglesia a la solución. (Libro 2,
fol. 125 vto.).
En 22 del mismo mes de junio, presente su Sría. Illma. y en
su morada, se acordó destechar lo que había quedado en pie
de la Iglesia para aprovechar los materiales, y que desde luego
se hiciese una Iglesia provisional que no pudiese impedir la cons-
trucción del nuevo edificio. (Libro 2, fol. 127).
Y aquí mismo el Cabildo a insinuación del señor Deán deter-
minó ocurrir a la mayor brevedad al remedio de la necesidad en
que se hallaba el Illmo. Sor. Obispo, habitando con su familia
en un corral a la inclemencia, sin casa, ni rancho, expuesta su
salud y perdiéndosele los muebles, y que desde luego se hiciese
una casa de madera. Y también se acordó que se prosiguiese la
obra del monumento y sillería del coro. (Libro 2, fol. 127).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1642
113
En 21 del mismo el Cabildo insinuando la caridad de su Sría.
Illma. con los pobres en lo que les daba de sus rentas, aun más
de lo que podía, y llevándolo personalmente le rogó que aceptase
la distribución acordada de los sobredichos mil y doscientos reales
de a ocho, y la aceptó. (Libro 2, fol. 128).
En 6 de octubre, se aceptó la donación que hizo su Sría. Illma.
a la Iglesia de una colgadura; porque habiéndola emprestado a la
Iglesia para su adorno en la Semana Santa, estimaba no deberla
ya usar, y más cuando por los justos juicios de Dios se halla sin
casa, y la destinó para adorno de la Iglesia en las principales
fiestas, dando también facultad al Cabildo para disponer de ella:
y se dispuso que pasase un capitular a dar las gracias a su Illma.
y que se entregase la colgadura por inventario al sacristán mayor.
(Libro 2, fol. 128 vto.).
No hubo otro Cabildo en este año.
Año de 1642.
En 15 de septiembre (no hay otro anterior en este año) con-
gregado su Sría. Illma. con su Cabildo por la tarde, atenta la
novedad de haberse embarcado el señor Gobernador Rui Fernández
de Fuenmayor en el puerto de La Guaira, llevándose mucha gente
en prosecución de la facción de la isla de Curazao, o a Cumaná,
o como otros decían a la isla de la Tortuga; haberse venido dos
tropas de indios que había dejado en La Guaira y haber quedado
desamparado aquel puerto con sólo los enfermos expuestos a
perecer: y habiendo llamado a este mismo acto a los dos alcaldes
ordinarios y procurador general, se insinuó a éstos la urgentísima
necesidad en que estaban de ocurrir a poner esta ciudad y puertos
marítimos en estado de defensa así de enemigos como de los negros
levantados, y cimarrones de esta Provincia, donde habitaban
tantos, que para cada persona había cuarenta negros, ofreciendo
al efecto de la defensa su Sría. Illma. y señores capitulares sus
personas y las de todos los clérigos aun para apostarse en cual-
quiera punto: los dichos alcaldes se prestaron a todo, se señaló
el edificio que estaba en pie de la Iglesia para custodia de las
armas y acogimiento de mujeres y niños en cualquiera invasión:
se mandaron dos clérigos a La Guaira para recoger todos los
9 — dcttu, 1.
114
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
enfermos que allí hubiese y los que estuviesen en el camino; y
se ofrecieron sus Sría. Mima, y señores capitulares, aún a recibirlos
y acomodarlos en sus casas. (Libro 2, fol. 129 vto.).
En este año no hubo otro Cabildo: era grande la tribulación.
Año de 1643.
No hubo Cabildo alguno. El reparo de todo lo arruinado se
debía llevar toda atención.
Año de 1644.
En 4 de julio, con asistencia del Illmo. Sor. Obispo se acordó:
que para defensa de la Iglesia, de la dignidad episcopal, de la
jurisdicción eclesiástica, y para varias protecciones en favor de
la Catedral y de sus ministros pasase el señor Deán Br. Dn. Bar-
tolomé de Escoto a las Cortes de Madrid y de Roma, con la me-
moria aquí mismo extendida de lo que había de pedir en ellas, y
lo más que se fuese acordado. (Libro 2, fol. 133).
En 8 del mismo habiéndose vuelto a examinar el antecedente
no hubo que enmendar, y se acordó volverse a juntar a este fin.
(Libro 2, fol. 140).
En 12 del dicho mes, se reiteró el acuerdo antecedente, y se
dispuso que de los 4.000 pesos que el mayordomo de fábrica había
entregado al señor Deán tomase éste 1.000 para ayuda de costa,
y los 3.000 fuesen destinados para gastos de las pretensiones y
que se le daría servida su prebenda por un sustituto, dándose a
éste 200 pesos de las rentas de fábrica. Se dice que el mayordomo
era Dn. Cristóbal Gordo de Mendoza; sobre cuyo nombramiento
no hay acta. (Libro 2, fol. 140 vto.).
En 24 de septiembre, fue admitido al servicio interino del
deanato con título del Illmo. Sor. Obispo y señalamiento de 200
pesos de las rentas de fábrica el Ledo. Dn. Rodrigo Cervellón
y Santa Cruz que era actualmente provisor. (Libro 2, fol. 141 vto.).
No hubo otro Cabildo en este año.
Año de 1645.
En 31 de julio, con motivo de ausencia del presbítero Andrés
Alvarez se nombró por secretario de Cabildo al Ledo. Sebastián
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS
- AÑO 1646
115
Moreno, presbítero, y sigue la diligencia de su aceptación y jura-
mento. En todos los Cabildos anteriores de nombramientos de
secretario autorizó la acta el mismo nombrado: mas en este lo
hizo un notario. (Libro 2, fol. 143).
No hay más Cabildo en este año.
Año de 1646.
En 6 de abril, asistiendo su Sría. Illma. se declaró la equivo-
cación padecida en el reconocimiento de un censo de 1.500 pesos,
pues siendo perteneciente al convento de Monjas Concepciones,
se había puesto a favor de la Catedral, a causa de que el mayor-
domo de ésta, lo era también de aquéllas. (Libro 2, fol. 145).
En 24 de mayo, se dispuso: que los curas ni por sí, ni por otros
pudiesen cantar misas en la Catedral; pues mientras no tenían
Sagrario aparte, sólo tenían administración de sacramentos, en-
tierros y honras y que para cantarse misas por algún sacerdote
pidiese licencia al presidente del Cabildo: todo si lo aprobase
así el señor Obispo. (Libro 2, fol. 146).
Aquí mismo se acordó que las posesiones de letanías fuesen
a la Iglesia de las Concepciones, al hospital de San Pablo y a San
Mauricio. (Libro 2, fol. 146).
Nota: este Cabildo y los siguientes los autorizó Juan Ro-
dríguez Espejo que fue secretario antes del padre Alvarez. (Libro
2, fol. 146 vto.).
En 13 de agosto, se dió por libre a un vecino de la fianza que
otorgó sobre la cuestión de una silla de manos perteneciente al
espolio del Illmo. Sor. Agurto de la Mata. (Libro 2, fol. 147).
En 15 de diciembre se dispuso que una casa de paja y sus
solares en el puerto de La Guaira, perteneciente a la Catedral
del espolio del Illmo. Sor. Agurto de la Mata, se reparase: y al
efecto se dió poder al padre Francisco del Pino para ésto, y tam-
bién para cobrar el diezmo de cal, teja y ladrillo. (Libro 2,
fol. 148).
En este mismo acto se acordó que unos capitales de censos
de manuales que estaban redimidos en Coro, se trajesen a Caracas
para su nueva imposición. (Libro 2, fol. 148).
116
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
Año de 1647.
En 2 de enero, suponiéndose que estaba adelantada la obra
del nuevo edificio de la Iglesia, se dispuso que se pusiese un sobres-
tante con el salario de dos reales diarios: que se comprasen tablas
para el techo de la capilla mayor y de las colaterales; que se hi-
ciesen unos ornamentos; que se hiciese de nuevo un candelero
grande de plata que estaba descompuesto; y que se compusiesen
dos aposentos de habitaciones de esclavos; y se hiciese uno nuevo
para guardar el monumento y éste se cubriese con un paño
de cañamazo. Y se encomendó la ejecución de todo al señor arce-
diano, a cuyo cargo estaba la mayordomía de fábrica, mientras
se nombraba mayordomo. (Libro 3, fol. 2).
En 3 de septiembre, se dispuso: que se hiciese la sacristía
Norte Sur con la capilla mayor con dos corredores para salir a
la Iglesia y cuatro alacenas, las dos para custodiar la plata, y
las otras dos destinadas la una para archivo del obispado y la
otra para archivo de la Iglesia: que se vendiese un esclavo que
estaba ausente: que se hiciesen cuatro sotanas negras para los
monacillos porque no asistiesen con las coloradas a las honras del
príncipe: y que se hiciese un libro para copiar las cuentas de los
mayordomos de fábrica. (Libro 3, fol. 3).
Aquí mismo se mandó hacer nuevo inventario de los orna-
mentos y alhajas y que estuviesen en un libro que se guardase
en el archivo capitular: que se dividiesen los cajones de la sa-
cristía para su mejor manejo: y que se hiciesen cuatro sobrepellices
para cargar las varas del palio. (Libro 3, fol. 3 vto.).
En este propio acto se mandó que se pusiese en este libro un
tanto de la facultad que tenía el Cabildo para proceder con cen-
suras en la administración y cobranza de los diezmos: y que tam-
bién se copiase una representación del apuntador de Coro, Lo-
renzo Izquiel y su decreto sobre que se le pagasen 75 pesos de año
y medio de su salario. No se pusieron estas copias. (Libro 3,
fol. 3 vto.).
En 31 de diciembre, se mandaron dar al Ledo. Alvarez, sa-
cristán mayor y secretario de Cabildo, que iba a España a negocios
del señor Obispo y de la Iglesia 400 pesos de la renta tocante al
abogado de la Iglesia y Deán interino Dn. Rodrigo Cervellón:
y que se le pagase su salario de secretario y otras cosas. (Libro 3,
fol. 4).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1648
117
Aquí mismo se mandó que se pagasen los ministros, descon-
tadas las fallas; y que a tres capellanes de coro que salían de curas
capellanes para la costa se les diese de gratificación; pues habían
servido bien, cien reales a cada uno, y se reservó para cuando vol-
viese el señor Obispo de La Guaira el aguinaldo que se acostum-
braba dar a otros ministros. (Libro 3, fol. 4 vto.).
Año de 1648.
En 7 de junio (es el primero de este año) presente su Sría.
Illma. se dispuso: que por los inconvenientes que tenía la fiesta
de la dedicación de Iglesia en el 20 de junio, ocurriendo entonces
las octavas de Corpus y de San Juan se trasladase al 30 de agosto.
Autorizó este Cabildo y el siguiente Sebastián Moreno, secretario,
cuyo nombramiento no consta. (Libro 3, fol. 5).
En 13 de octubre, haciéndose mención de una capellanía que
dió el señor Obispo al Cabildo fundada de los bienes del padre
Juan de Mansilla con carga de misas de ocho reales cada una
(no dice el capital) y que a esta capellanía pertenecía un ramo de
150 pesos, reconocido por el hospital; determinó el Cabildo ce-
lebrar todas las misas que se debían haciendo gracia al hospital
de los réditos; pero que se tratase o de redimir o de pagarlos en
adelante. (Libro 3, fol. 6).
Aquí mismo se mandó reformar el libro cuadrante del apun-
tador señalándose las ausencias de cada hora y misa con una raya
y con dos la prima, ínterin se establecía contaduría o receptoría
y se asignaba lo que correspondía a cada hora. (Libro 3, fol. 6 vto.).
Año de 1649.
Año de 1650.
Año de 1651.
En estos tres años no hubo Cabildo alguno y no se puede
inferir que se hubiesen perdido algunas hojas del libro, pues siguen
bien sus folios, y éstos son también antiguos. Se colige que toda
la atención estaba puesta en el nuevo edificio de la Iglesia.
118
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
Año de 1652.
En 27 de marzo, presente el Illmo. Sor. Obispo y en su casa
a instancia de Dn. iManuel Felipe de Tovar, caballero de la Orden
de Santiago, sobrino de su Sría. Illma., se le concedió a él y a
su legítima mujer la señora doña Juana Pacheco Maldonado y
a sus descendientes legítimos el patronato con asientos y sepul-
tura de la capilla colateral del lado izquierdo del altar mayor,
dedicada a Nuestra Señora (no se expresa el título) con calidad de
dar 200 pesos a la fábrica, y de que no se embarazase poner allí
el monumento para lo cual puso presente el pretendiente los
servicios que en doce años había hecho a la Iglesia el mismo señor
Obispo. Y autorizó este Cabildo el Br. Diego Sevillano de Estrada
que parece era secretario de su Sría. Illma. (Libro 3, fol. 7).
Aquí mismo se traspasó un solar de la Iglesia al señor Deán.
(Libro 3, fol. 8).
En 3 de mayo, fue nombrado por secretario de Cabildo, Juan
Caldera Quiñones, clérigo de menores órdenes con el salario se-
ñalado, derechos y emolumentos correspondientes, y en el mismo
día hizo el juramento de fidelidad y secreto. (Libro 3, fol. 8 vto.).
No hubo otro Cabildo en este año.
Año de 1653.
En 28 de julio, en atención a que de los esclavos de Coro nada
se podía conseguir en cuanto a cogerlos y que el cura de Coro
ofreció 200 pesos por uno, se le concedió en este precio, y que lo
exhibiese cuando cogiese al allí nominado. (Libro 3, fol. 9).
En 9 de octubre, convocado el Cabildo a insinuación del señor
Gobernador, se presentó éste con los alcaldes ordinarios, el depo-
sitario general, el procurador general y un escribano, y entregó
al señor Deán un pliego cerrado, que dijo ser Cédula Real, y hecha
esta diligencia y despedido aquellos señores, volvieron los capi-
tulares a la sala y en ella abrieron el pliego, el cual contenía una
Real Cédula, que se mandó copiar y que después volvería el Ca-
bildo a tratar de su asunto. (Libro 3, fol. 10).
Sigue copia de la Real Cédula, en la cual, que fue expedida
a 29 de mayo de este año, se participa al Cabildo que a presentación
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1653
119
de Su Majestad estaban expedidas bulas, por la silla apostólica
al Illmo. Sor. Dn. Fr. Mauro de Tovar de su traslación al obispado
de la ciudad de Chiapa, y se le manda al Cabildo que desde el
día del jiat de Su Santidad (que no se expresa) no le acuda al dicho
señor Obispo con las rentas episcopales. (Libro 3, fol. 11).
En 10 del mismo, el Cabildo acordó: que aunque obedecía
la sobredicha Real Cédula se hallaba impedido de cumplirla, a
causa de que rematados los diezmos, cada participe cobraba por
sí su parte, y que así lo hacía el Illmo. Sor. Obispo, el cual había
más de un año que estaba ausente en la visita a más de que sería
cosa extraña que el Cabildo se metiese a recoger la cuarta episcopal,
pues esto tocaba en el presente caso a los oficiales reales: y se
dispuso que así se participase al Rey. (Libro 3, fol. 12).
Sigue copia del informe que hace el Cabildo a Su Majestad
sobre este asunto, donde añade que no tiene noticia del jiat porque
no ha visto las bulas. (Libro 3, fol. 13).
En 18 del dicho mes de octubre, presente el Illmo. Sor. Obispo
manifestó su Sría. Illma. al Cabildo su traslación y entregó la
jurisdicción al Cabildo con expresiones honoríficas: y habiendo
correspondido el Cabildo y aceptado la jurisdicción rogó a su
Sría. Illma. la ejerciese en cuanto el Cabildo podía conferírsela
mientras permanecía aquí. (Libro 3, fol. 14).
En 22 del mismo, se eligió por provisor y vicario general del
obispado al Dr. Marcos de Sobremonte cura de la Santa Iglesia
Catedral dejando el Cabildo reservado en sí la jurisdicción volun-
taria. Y en el mismo acto, mediante llamamiento, compareció,
aceptó y juró de fidelidad e hizo la profesión de la fe. (Libro 3,
fol. 16).
En 30 del mismo con atención a que ya habían pasado once
meses de cumplido el término de su prelacia la Abadesa del Con
vento de Monjas, doña María Villela, el Cabildo nombró por
presidente del mismo convento a doña Isabel Arráez de Mendoza,
y se hizo la intimación por el señor arcediano con el secretario de
Cabildo. (Libro 3, fol. 17).
En 31 del propio mes de octubre, se hizo nuevo nombramiento
de notario eclesiástico de todo el obispado, de promotor fiscal,
y de alguacil en los mismos que los habían obtenido en el gobierno
del Illmo. Sor. Obispo. (Libro 3, fol. 18).
En 7 de noviembre, se hizo nuevo nombramiento de vicarios
foráneos de Nirgua, de Barquisimeto, de Carora, de Trujillo, de
120
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
Maracaibo, de Coro, de San Sebastián, conforme a los títulos
que les despachó el Illmo. Sor. Obispo, y se especifican aquí las
causas de que no podían conocer; y se le hizo encargo acerca de
la residencia de los curas. (Libro 3, fol. 19).
Año de 1654.
En 8 de enero, se mandaron despachar dos títulos de colaciones
de capellanías: se acordó que se pudiesen pagar más de 20 pesos
por la traida de una campana comprada en La Guaira, porque
los indios de Maiquetía se denegaron a traerla por sólo 20 pesos.
Se trató también de la fundición de tres campanas quebradas,
y de la venta de un excusado que había tomado la Iglesia para
recoger sus productos. (Libro 3, fol. 20).
En 7 de mayo, se dispuso que se previniese al cura de La Guaira
por el temor que había de invasión de enemigos con pujanza, que
siempre que apareciesen más de tres velas, consumiese el Santí-
simo Sacramento y pasase a lugar seguro las imágenes y orna-
mentos, y que sólo dejase uno para celebrar. (Libro 3, fol. 21 vto.).
En 26 de junio, el señor arcediano, que servía de mayordorro
de fábrica hizo presentes los perjuicios que se le seguían en la baja
que por la publicación que se había hecho de la pragmática sobre
moneda; pues la que corría que era del Perú y Mancerina indis-
tintamente se mandaba abonar a cinco reales el peso, habiendo
sido su valor el de ocho; y se dieron reglas al mismo señor arce-
diano para que no fuese perjudicado ni él ni los ministros. (Libro 3,
fol. 22).
En 6 de julio, se volvieron a dar reglas en cuanto a la paga
de excusados del presente año y también para la paga de ministros
a fin de que aunque algunos cobros se hacían a razón de cinco
reales el peso de la moneda perulera y mancerina, se estimase
como de ocho en los pagamentos de ministros y también de los
excusados de tierra adentro. (Libro 3, fol. 22 vto.).
No hubo otro Cabildo en este año.
Año de 1655.
En Io de enero, habiéndose insinuado que por enfermedad y
ausencia de algunos prebendados se había omitido algunos años
la elección de adjuntos, que conforme a derecho se debían elegir
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1656
121
anualmente para las causas que se ofreciesen entre el señor Obispo
y capitulares: y que asimismo se debían elegir dos o más preben-
dados para las causas que se ofreciesen de jueces conservadores:
fueron nombrados para adjuntos los señores arcediano y Chantre,
y para conservadores el señor Deán y el mismo señor arcediano.
(Libro 3, fol. 24).
En 23 de agosto se acordó: que los manuales fundados en
Coro que el Cabildo estaba cumpliendo aquí, se les cediesen como
se cedieron a los curas de la Iglesia parroquial de Coro, para que
allí se cumpliesen por ellos; y que con los atrasados que correspon-
dían al Cabildo se reemplazase el dinero que se trajo de unas
redenciones. (Libro 3, fol. 25).
En este propio acto se acordó que pues los esclavos de la Ca-
tedral, residentes en Coro permanecían en su inobediencia exco-
mulgados y que los vecinos de allí no habían querido comprarlos,
se diese como se dió facultad a los curas de aquella ciudad para
que los absolviesen y que el mayordomo de su Iglesia los aplicase
a trabajar en ella, sin perjuicio de la posesión en que estaba la
Catedral de los dichos esclavos. (Libro 3, fol. 25 vto.).
Aquí mismo se acordó también: que escribiese por duplicado
y por las vías de Cartagena, Panamá, Nicaragua y Maracaibo
al Illmo. Sor. Dn. Fr. Alonzo Briceño, que estaba electo Obispo
de esta diócesis suplicándole abreviase su venida. (Libro 3, fol.
25 vto.).
No hubo otro Cabildo en este año.
Año de 1656.
En Io de enero se hizo el nombramiento de adjuntos y sólo
recayó en el señor Deán que no asistió a este Cabildo por haber
sólo dos sufragantes. (Libro 3, fol. 27).
En 28 de abril se dispuso que se prosiguiesen las diligencias
de remate de la casa que fue del señor Deán Dn. Bartolomé Escoto
que había muerto, a fin de destinarlas para habitación del señor
Obispo. (Libro 3, fol. 27).
En 2 de mayo con atención a que la capellanía de misas can-
tadas para los más domingos del año, tenía muchos inconvenientes
en la práctica, por los cuales debía reducirse ya a misas rezadas
de a ocho reales cada una, como lo había prevenido el fundador;
122
se dispuso que así continuase de este año en adelante, fue el fun-
dador el señor Deán Dn. Bartolomé Escoto. (Libro 3, fol. 27 vto.).
La fundación de esta capellanía, fue hecha por el sobredicho
señor Deán en esta ciudad de Caracas a 18 de junio de 1644 en el
capital de 4.000 pesos; y aunque en ella se dispone la celebración
de una misa cantada en cada domingo (exceptuados algunos),
expuesto el Santísimo Sacramento y otras dos misas cantadas,
la una el día de Santo Tomás de Aquino, en memoria de la erec-
ción de Catedral en esta ciudad, y la otra en la octava de Di-
funtos, como al fin prevenido que no habiendo en algún tiempo
lugar la exposición del Santísimo Sacramento, se dijesen los 200
pesos de misas rezadas a peso cada una; quedó por último así
del presente año en adelante y han de aplicarse estas misas por
la Alma del fundador y las de sus padres y hermanos. Es patrono
el Cabildo, y por el mismo han de celebrarse las misas. (Libro 3,
fol. 33).
En 28 de septiembre, con atención a que esta Catedral debe
arreglarse según su erección a la de Sevilla, se acordó: que se re-
zase de los Santos de aquella diócesis, pues había cuadernos en
ésta. (Libro 3, fol. 29).
No hubo otro Cabildo en este año.
Año de 1657.
En Io de enero, se procedió al nombramiento de adjuntos,
y no resultó elección, pues sólo habían dos capitulares, y éstos
votaron entre sí reciprocamente, protestando elegir otro cuando
hubiese más prebendados. (Libro 3, fol. 30).
En 9 de abril, fue nombrado el padre Miguel Jiménez de Aguila
por músico cantor, como lo había estado antes un secular con 100
pesos de renta anual. Aquí se dice que había seis capellanes de coro
y un bajoncista con 100 pesos anuales: y en este mismo acto se
nombró un monacillo por la salida de otro. (Libro 3, fol. 31).
En 16 de junio, reclamó el señor arcediano con fuertes razones
no poder continuar en la mayordomía de fábrica que únicamente
aceptó en depósito, obligado de las instancias del señor Obispo
y lastimado de ver a su Sría. Illma. tan afligido con tantos pleitos
que se le habían ofrecido y que al fin se había ido dejándolo con
la misma carga y que también tenía en su poder el capital de
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1658 123
2.400 pesos pertenecientes a la fábrica, redimido por la Marquesa
doña María de la Aguila, y asimismo 4.000 que también había
redimido el capitán Bernabé de Silva, y aún estaba Dn. Fran-
cisco Solórzano para redimir 1.500, ambos de la misma fábrica
y que no hallaba personas en quien hacer las nuevas imposiciones:
y el otro señor capitular asistente que lo era el señor Chantre, le
dijo que tuviese paciencia hasta que viniese el señor Obispo,
sirviendo como buenamente pudiese, y que continuase solicitando
persona para la nueva imposición de los dichos censos. (Libro 3,
fol. 32).
No hubo otro Cabildo en este año.
Año de 165$.
En Io de enero, se hizo el nombramiento de adjuntos en la
misma forma que en el año anterior. (Libro 3, fo.. 35).
En 7 de marzo, se nombró por abogado defensor de la Iglesia
al Ledo. Dn. Domingo de Guzmán con 100 pesos de salario anual:
y por procurador a Pedro de la Rosa que lo era del número de la
ciudad con 30 pesos anuales. (Libro 3, fol. 35 vto.).
En este propio acto, se acordó comprar una esclava hija de
uno de los esclavos de la Iglesia que hacía buen servicio, desti-
nándola para lavar, remendar, barrer y fregar la plata. (Libro 3,
fol. 35 vto.).
En 21 de abril, con atención a lo que habían trabajado los
ministros en el canto, se mandó gratificar de cuenta de la fábrica
a dos capellanes, con 100 reales cada uno, ocho a cada monacillo
y ocho al pertiguero para zapatos. (Libro 3, fol. 36).
Aquí mismo se sostuvo la gracia hecha por el señor Obispo
a los cofrades de San Juan de la Iglesia de San Mauricio con la
limosna de cuatro reales cada uno. (Libro 3, fol. 36).
En 14 de agosto, se acordó: que la esclava de la Iglesia no
saliese a ganar jornal, que se corrtprase un barril de incienso que
había llegado a La Guaira, que se comprase un ornamento negro
completo, y que al secretario de Cabildo se le aumentasen 10 pesos
a los 30 que gozaba cada año. (Libro 3, fol. 36 vto.).
En el mismo día, habiendo presentado el señor arcediano Dr.
Dn. Bartolomé de Navas Becerra, la real Cédula de su presen-
tación al deanato, expedida en Balsaín a 18 de octubre de 1656,
124
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
el otro señor capitular único existente mandó despacharle título
y canónica institución; y el día 16 del dicho mes de agosto le dió
la posesión cuyas ceremonias no se expresan. (Libro 3, fol. 38).
En los mismos días se dió la colación y posesión del arcedianato
al señor Chantre Ledo. Dn. Domingo de Ibarra, mediante la real
presentación expedida en Balsaín a 18 de octubre de 1656. (Li-
bro 3, fol. 40).
Nota: ambos señores hicieron la profesión de la fe en 15 de
octubre de este año. (Libro 3, fol. 44).
En 10 de octubre se nombró por organista a Joseph de León
por muerte de Blas de León, con el salario anual de 100 pesos:
y asimismo se aumentaron 40 pesos al padre Miguel Avila, músico
cantor sobre los 100 pesos que tenía señalados. (Libro 3, fol. 42).
En 15 del mismo se compulsó en este libro un testimonio del
voto hecho por el Cabildo por sí y por sus sucesores y en nombre
del clero de esta ciudad y de toda la diócesis, de profesar y de-
fender: que la Santísima Virgen iMaría Madre de Dios, por los
méritos de Cristo su hijo Nuestro Señor previsto desde la eter-
nidad, desde el primer instante de su Concepción y del punto mismo
en que se le infundió su Alma benditísima fue preservada y libre
del pecado original: que cada uno guardaría personalmente el
día octavo de diciembre y que no comería carne el día de su vi-
gilia. Se hizo este voto el día 25 de agosto anterior, postrados
ante el Santísimo Sacramento, con estas expresiones: «Hacemos
voto solemne a Dios Nuestro Señor todo poderoso y a la misma
Virgen gloriosísima María su Madre y a la Bienaventurada Santa
Ana, titular de nuestra Iglesia, por los Santos cuatro Evangelios
que se contienen escritos en este libro, y tocaremos realmente
con nuestras manos». Y fue hecho con causa de la enfermedad
general y muertes continuas que había en esta ciudad. (Libro 3,
fol. 42 vto.).
En el mismo día 15 de octubre, habiéndose recibido dos reales
cédulas, la una de 29 de mayo de 54, en que se manda se enco-
miende a Dios la defensa de esta monarquía; y la otra de 25 de
diciembre de 57 en que se avisa el nacimiento del Príncipe para la
acción de gracias; se acordó que en el domingo próximo se can-
tase una misa solemne con sermón, y que en lugar de lo que se
había de gastar en cohetes y luminarias, se sacasen de la fábrica
800 reales de plata, y que el señor Deán con el secretario fuese
por el pueblo repartiéndolos a pobres vergonzantes, encargando
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1659
125
a éstos rogasen a Dios por la salud del Rey, etc.: y se man-
daron remitir testimonios de ambas cédulas a las parroquiales
de toda la diócesis. (Libro 3, fol. 45).
En 15 de noviembre, dió cuenta el señor Deán que en la limosna
antecedente fue menester dar doce pesos de los ciento, y se aprobó.
Y aquí mismo se mandaron hacer dos frontales verdes para los
altares colaterales, y dos casullas para el cajón de capellanes.
(Libro 3, fol. 45 vto.).
En 10 de diciembre, se dijo: que para evitar el que cuando
había fiesta solemne, era necesario valerse de los padres de San
Francisco, se nombrase y en efecto se nombró a Joseph Fernández
Montesdeoca que tenía voz de tiple y tenor para todo lo cantado,
con salario de 100 pesos anuales, y que de pronto se le diesen 50
para adorno de su persona. (Libro 3, fol. 46).
En este mismo acto, instado el señor Deán por no poder ya
servir la mayordomía de fábrica, y propuesto para ella al alférez
Pedro Paredes, se acordó: que se tratase el asunto con éste. Y
aquí mismo se nombró por procurador de la Iglesia a Juan Suárez
que lo era de número: y se mandaron hacer cuatro casullas de
damasco y cuatro albas para el cajón de capellanes. (Libro 3,
fol. 46). "
Año de 1659.
En 15 de febrero, se acordó: que sin embargo del recurso pen-
diente sobre que los mayordomos de fábrica no fuesen colados por
el real patronazgo se fijasen edictos convocatorios para la pro-
visión actual a presentación del señor Gobernador y Capitán
general. (Libro 3, fol. 46 vto.).
En 7 del mismo (así está) y debe ser de marzo, verificada la
oposición de la mayordomía de fábrica por el alférez Pedro Pa-
redes, su presentación por el señor Gobernador, y la dación de
fianzas; se le nombró por tal mayordomo, y se mandó al señor
Deán que había sido interino le hiciese la entrega: y que el nuevo
mayordomo no pudiese pagar a los ministros, ni hacer compra de
ornamentos que pasasen de 50 pesos sin libranza del Cabildo,
pero que pudiese comprar cera, vino, aceite e incienso, y materiales
para la obra que se supone del edificio de la Iglesia. (Libro 3,
fol. 47).
126
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
En 5 de abril, habiéndose presentado el Dr. Dn. Alonzo de
Ulloa y Fuentes, canónigo de Santo Domingo con la real provisión
de 18 de octubre de 1656, en que se le presenta a la tesorería de
esta Catedral de Caracas, vacante por promoción de Cristóbal
Baptista López a la dignidad de Chantre, el Cabildo sin embargo,
de haberse pasado el término asignado para presentarse en él,
vista una justificación que también presentó de las causas de su
dilación desde que se embarcó en Cádiz, y los arribos que hizo a
Cartagena y Coro, de donde vino por tierra a Caracas, consi-
derando que por tan legítimas causas nunca lo despojaría el Rey
de la prebenda, en el mismo día le dió la canónica institución por
letras expedidas en latín y seguidamente le dió la posesión en
la sala capitular, y en el coro donde derramó monedas. (Libro 3,
fol. 48).
En 17 del mismo hizo la profesión de la fe el sobredicho señor
Tesorero. (Libro 3, fol. 53).
En este mismo día se dispuso: que el padre Miguel de Avila
volviese a gozar los 150 pesos que se le daban de salario por cantor
músico; los cuales se le habían suspendido, con motivo de haber
estado de tesorero interino. (Libro 3, fol. 53).
En el propio día se nombró por abogado defensor de la Iglesia
al sobredicho señor Tesorero, con el salario anual de 200 pesos.
(Libro 3, fol. 53 vto.).
En 8 de mayo, se dispuso la compra y remisión a Sevilla de
cuenta de la Iglesia de 500 cueros, para traerse cuarenta arrobas
de cera labrada, y alguna tela de lana o damasco blanco para
ornamentos. (Libro 3, fol. 54).
En el mismo acto : que se entregase al señor Tesorero los libros,
plata y ornamentos de la Iglesia. (Libro 3, fol. 54).
Aquí mismo se declaró que la misa de cuerpo presente de los
entierros de Deán y Cabildo la cante el señor prebendado a quien
tocare y no los curas, aunque se cante en diferente día. Que la
ofrenda del día de la conmemoración de Difuntos tocaba al Ca-
bildo: y también las misas cantadas que entre año se encomen-
daban excepto las que decían las cofradías por los cofrados di-
funtos; menos las de la cofradía del Santo Sepulcro que las había
de decir el prebendado que salía de semana. (Libro 3, fol. 54).
En 20 del mismo fue nombrado por visitador del obispado el
señor Tesorero Dr. Dn. Alonzo de Ulloa y Fuentes. (Libro 3,
fol. 54 vto.).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1659
127
En Io de julio se dispuso: que para evitar la incomodidad de
sacarse el Santísimo Viático del altar mayor, se pusiese otro Sa-
grario para los curas en la capilla de doña Elvira de Montes: que
se compre un Sagrario que había en La Guaira: que el mayordomo
de fábrica proveyese de aceite la lámpara: y que el señor Tesorero
quedase encargado de la ejecución. (Libro 3, fol. 55).
En 30 del mismo, el señor Deán, hizo una larga narración
de lo ocurrido acerca de los espolios de los Illmos. Sres. Dn. Fr.
Gonzalo de Angulo y Dr. Dn. Juan López Agurto de la Mata,
y del robo que del espolio primero se hizo abriéndose una arca
de tres llaves que estaba en poder del mayordomo que murió
en el terremoto del año de 1641 y de las diligencias que se habían
hecho para la rendición de cuentas de éste y reincorporación de
lo robado; y se acordó que el actual mayordomo Pedro Paredes
solicitase testimonio de las entregas hechas por los oficiales reales
de los dichos espolios: las llaves de la dicha arca, se dice, que
la una la tenía el señor Obispo, otra el señor Deán, y otra el señor
Chantre, y que ésta pasó al mayordomo. (Libro 3, fol. 55 vto.).
En 4 de septiembre, habiéndose tenido noticia de la extrema
necesidad en que se hallaba la Iglesia parroquial de Coro con
motivo de que cuatro meses antes entró el inglés a aquella ciudad
y la saqueó, robó y quemó y en particular la dicha Iglesia; se
acordó que un Sagrario que estaba concertado en la Iglesia traido
de Nueva España se remitiese a Coro a costa de la Catedral,
para que pudiesen colocar el Santísimo Sacramento y que se
hiciese justificación del caso para ocurrir al Rey. (Libro 3, fol.
57 vto.).
En 6 del mismo, con motivo de ir a la visita el secretario se
nombró por secretario interino al padre Alonzo Picón, clérigo
presbítero, con 40 pesos de salario anual: y se dispuso que la
librería de la sala capitular, que estaba en poder del señor Teso-
rero, se entregase al sacristán mayor. (Libro 3, fol. 58).
Aquí mismo se acordó, que para el efecto de que los curas
tuviesen Sagrario aparte, se destinase el que servía la Semana
Santa para comulgatorio, y que el mayordomo de fábrica costease
el aceite para su lámpara en la capilla señalada, y que a ésta se
pasase el palio, guión y pértiga y la muceta y estola para las
administraciones solemnes y no otro ornamento alguno. (Libro 3,
fol. 58).
No hubo otro Cabildo en este año.
128
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
Año de 1660.
En Io de enero, se nombraron por adjuntos al señor Tesorero
y los otros dos señores Deán y Chantre que eran los sufragantes,
sólo quedó cada uno con un voto. (Libro 3, fol. 59).
En 17 del mismo, habiéndose insinuado que aunque las bulas
del Illmo. Sor. Dn. Fr. Alonzo Briceño estaban en poder del
señor Gobernador Dn. Pedro de Porres y Toledo y que se había
hecho diligencia para que las exhibiese al Cabildo se denegaba
a ello, diciendo: que tenía orden de Su Majestad para entregarlas
a su Sría. Illma.: se acordó; que desde luego despachase poder y
facultad al mismo lllmo. Sor. Obispo para que pudiese gobernar
luego que entrase a los términos de este obispado. (Libro 3, fol. 60).
En el mismo día, se nombró por provisor y vicario general
de esta diócesis al Ledo. Fernando Sánchez Mejía, vicario de la
ciudad de Trujillo con la jurisdicción contenciosa y voluntaria
por renuncia que hizo el Dr. Marcos de Sobremontes. (Libro 3,
fol. 60 vto.).
En 14 de marzo, con motivo de haberse excusado el sobredicho
vicario se nombró por provisor y vicario general con la jurisdicción
contenciosa al señor Tesorero Dr. Dn. Alonzo de Ulloa y Fuentes,
que era visitador general. (Libro 3, fol. 61).
En 26 de abril se dispuso que no se diese recado para decir
misa rezada, después del primer repique. (Libro 3, fol. 61 vto.).
Aquí mismo se declaró; que el señor Deán, como que estaba
a su cargo el gobierno del convento de Monjas de esta ciudad,
pudiese hacer allí todo lo correspondiente, menos el dar licencia
para entrar monjas para profesar y para dar sus dotes a tributo,
pues esto estaba reservado al Cabildo. (Libro 3, fol. 61 vto.).
En 5 de mayo, por no haber aceptado el provisorato el señor
Tesorero, se eligió y nombró al Ledo. Nicolás Fernández Ortiz,
cura y vicario de Coro, con la condición de que el Cabildo pudiese
revocar este nombramiento cuando le pareciese conveniente.
(Libro 3, fol. 62).
En 7 de julio, se mandaron rematar de cuenta de la Iglesia
unas tierras en el Valle de la Pascua, con algunos esclavos, las
cuales estaban embargadas por un censo de la fábrica, y otro de
un capellán particular, y que se satisfaciese éste; se aplicasen
los esclavos a la obra del edificio de la Iglesia; y que se prosi-
guiese la ejecución. (Libro 3, fol. 62 vto.).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 166)
129
En 20 del mismo, se dispuso que una casa de la Iglesia se
cambiase a las monjas de esta ciudad por dos capitales de censos
y el resto lo entregasen en dinero; pero que precediese insinuación
por escrito de la reverenda Madre Abadesa, de serle necesaria
la misma casa. (Libro 3, fol. 63).
Aquí mismo se volvió a determinar que la librería del Cabildo
se pusiese en poder del sacristán mayor padre Dn. Nicolás Oli-
vares, mientras el señor Tesorero iba a ordenarse a otro obispado.
(Libro 3, fol. 63).
En 28 de septiembre, a instancia del padre Juan Coello Cou-
tino que había 20 años servía de sochantre, insinuando el haber
subido de precio la comida, vestidos y habitación se le aumentó
el salario hasta 300 pesos cada año, con obligación de asistir a
las misas cantadas del Cabildo, tercia, sexta y vísperas, y a los
maitines cantados y a todo oficio que fuese del Cabildo, sin par-
titur ni ausencias, y que se le diese testimonio para hacérsele los
pagamentos por el mayordomo de la Iglesia. (Libro 3, fol. 63 vto.).
En 26 de octubre, se concedió por ochenta pesos la libertad
de una esclavita de la Iglesia, de cuatro meses de edad. (Libro 3,
fol. 64).
En 4 de diciembre, se nombró por secretario de Cabildo, por
dejación del antecesor al padre Pedro de Ilarraza, clérigo presbí-
tero con los 40 pesos de salario anual señalado a los antecesores;
y en 6 del mismo mes hizo el juramento de fidelidad. (Libro 3,
fol. 64 vto.).
En 7 del mismo se acordó, aprobar un contrato acerca de
reparar la Iglesia parroquial de Valencia, que permanecía arrui-
nada desde el terremoto. (Libro 3, fol. 65).
En 9 del propio mes, se volvió a poner en práctica el libro
de apuntaciones de asistencias al coro; y se nombró por apuntador
a Juan de la Huerta, capellán de coro, con el salario anual de
50 pesos, pagables por la fábrica. (Libro 3, fol. 66).
Año de 1661.
En Io de enero, para el nombramiento de adjuntos fue nom-
brado con dos votos únicos sufragantes el señor Tesorero que no
estaba presente y para el otro tuvo un voto el señor Deán y otro
el señor arcediano. (Libro 3, fol. 66 vto.).
10 — Actai, i.
130
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
En 22 de enero se acordó, que como lo tenía ya el Cabildo
ordenado pasase el señor provisor a Maracaibo, u otra ciudad a
donde llegase el señor Obispo a dar la bienvenida y carta del
Cabildo con tres reales cédulas sobre el nacimiento del Príncipe,
y para un donativo y que éste no se pidiese hasta que viniese el
mismo señor Obispo. (Libro 3, fol. 67).
En 22 de febrero, insinuándose la disposición antes dada para
compra de la casa que fue del señor Deán Dn. Bartolomé Escoto,
y se hallaba en la plaza cerca de la Iglesia destinándose para
habitación de los señores Obispos, se mandó levantar de alto esta
casa, repararla y aumentarle piezas, a costa de las mismas rentas
de fábrica de que se había comprado. (Libro 3, fol. 67 vto.).
En 4 de mayo, habiéndose tenido noticia por el señor provisor
de haber llegado el Illmo. Sor. Obispo Dn. Fr. Alonzo Briceño
a Maracaibo, y pasado a Trujillo, se insinuó que luego que el
señor Gobernador entregase o enviase las bulas el Cabildo con-
feriría poder al mismo señor provisor, o al señor Tesorero, que
fue a ordenarse con el mismo señor Obispo para que pudiese uno
u otro darle la posesión. (Libro 3, fol. 68 vto.).
En 15 del mismo habiendo enviado las bulas el señor Gober-
nador al Cabildo fueron abiertas y leídas con el real ejecutorial
que las acompañan y cerradas de nuevo junto con carta y poder
del Cabildo para que se le dé la posesión en cualquiera parte de
esta diócesis; se remitieron a su Sría. Illma. con un clérigo. (Li-
bro 3, fol. 69 vto.).
Sigue el poder dado por el Cabildo en el mismo día, para la
dicha posesión, en primer lugar del señor Tesorero Dr. Dn. Alonzo
Ulloa y Fuentes y en segundo del Ledo. Fernando Sánchez Mejía,
vicario del Tocuyo que había sido provisor. (Libro 3, fol. 70 vto.).
Sigue un testimonio de la posesión dada al sobredicho Illmo.
Sor. Dn. Fr. Alonzo Briceño en la Iglesia parroquial de la ciudad
de Trujillo, por el dicho Ledo. Fernando Sánchez Mejía en 14
de julio de este año, ante Juan de Gamboa, secretario de su Sría.
Illma, y dos notarios. Fue trasladado este Illmo. Sor. del obispado
de Nicaragua y las bulas fueron despachadas en Roma por el
señor Inocencio X, a 15 de septiembre de 1653; y aunque se hace
mención del real ejecutorial no se expresa su fecha, ni hay copia
de él ni de las bulas. Hizo su Sría. Illma. la profesión de la fe y
el juramento de guardar en todo el patronazgo real y los estatutos
de la Iglesia. (Libro 3, fol. 71 vto.).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1661
131
Sigue otro testimonio del poder conferido por su Sría. Illma.
en Trujillo a 7 de mayo de este año, en primer lugar al señor
arcediano y en segundo a un cura del Sagrario para tomar la po-
sesión en la Catedral: y presentado el Cabildo este poder con el
anterior testimonio pidiéndose que a mayor abundamiento se
ratificase la misma posesión; se acordó que aunque no había
necesidad de ésto, se llevase al altar mayor al señor arcediano y
se le sentase en la silla episcopal del coro y de la sala capitular;
se hiciese solemne repique de campanas y se le recibiese la pro-
feción de la fe y juramento: y en efecto el día 13 de septiembre
del presente año, se ejecutó todo. (Libro 3, fol. 73).
En el mismo día 13 de septiembre se dió posesión de la digni-
dad de Chantre al Ledo. Dn. Cristóbal López precedida la colación
que con facultad del Illmo. Sor. Obispo le dió el señor arcediano,
su real presentación fue expedida en Balsaín a 18 de octubre de
1656, y sobrecartada con ampliación de término en Madrid a 10
de febrero de 1660, y en ella se expresa que siendo arcediano de
Puerto Rico se le promovió a la dignidad de Tesorero de esta
Catedral de Caracas (de que no recibió posesión) y que de ella
fue promovido a la dicha de Chantre, vacante por promoción
del señor Dn. Domingo de Ibarra al arcediano. (Libro 3, fol.
76 vto.).
En 17 del mismo mes, con atención a que la dotación del señor
Gobernador Francisco Núñez Meleán, para una misa cantada
cada viernes al Santísimo Cristo, sólo tenía de limosna dos pesos
y que de ellos se daba la mitad para la cera de las misas y para
el aceite de la lámpara; se encargó la celebración de estas misas
por la limosna de los 8 reales al secretario de Cabildo, y que la
del Viernes Santo, se dijese el Miércoles Santo. (Libro 3, fol. 80).
En este mismo acto se acordó: que las misas de erección, la
del lunes por las Animas, la de los viernes por los Reyes difuntos
y la de los sábados por los Reyes vivos, prosiguiesen cantadas
después de prima, repartidas, tomando cada prebendado las tres
de cada mes por turno de mes en mes. (Libro 3, fol. 80).
Aquí mismo se mandaron hacer varios ornamentos de una
pieza de damasco blanco que se trajo de España. (Libro 3, fol.
80 vto.).
Igualmente en este acto, se reiteró el mandato de la capilla
destinada para el Sagrario de los curas, y se mandó que se le abriese
puerta a la calle. (Libro 3, fol. 80 vto.).
132
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
En 22 del propio mes de septiembre, se mandó comprar un
cáliz de plata dorada, y unas vinageras llanas que estaban de
venta: y se dispuso también que se hiciese una caja destinada
para guardar la casulla de piedras y mitra bordada. (Libro 3,
fol. 81).
En 5 de octubre, se mandaron alargar hacia atrás las naves
del Santísimo Cristo y de Nuestra Señora, dejando capacidad para
la conducción de materiales y que se hiciese junto a la capilla del
Bautisterio hacia la plaza una especie de torre provisional para
las campanas: y se dispuso que el mayordomo cobrase el diezmo
de cal y ladrillo que se debía a la Iglesia. (Libro 3, fol. 81 vto.).
En 18 del mismo, se acordó hacer recurso al Rey acerca de los
fraudes que se cometían en los remates de diezmos: a fin de que
el Cabildo pusiese administradores. Se cometió el informe al señor
Tesorero y la facultad de nombrar agente, remitiéndole para
expensas cien pesos de la fábrica; y que también este agente soli-
citase allí la real cédula sobre que las Iglesias no paguen derechos
de las cosas que trajesen de España. (Libro 3, fol. 82).
En 25 de noviembre, se dispuso que el día 29 en que se había
de celebrar la fiesta de galeones, se llevase en procesión el Santí-
simo Sacramento y se colocase en la capilla destinada para el
Sagrario de los curas, entregándose la llave al semanero: y que
en el altar mayor quedase su Divina Majestad en el relicario grande
de vidrieras y que su llave la tuviese siempre el prebendado que
sale de semana con la obligación de renovar los jueves y también
se mandó que todos los ministros guardasen la erección. (Libro 3,
fol. 83).
Año de 1662.
En Io de enero, se nombraron por adjuntos a los señores arce-
diano y Tesorero. (Libro 3, fol. 85).
En 23 de abril, se nombró un monacillo en lugar de otro que
salió. (Libro 3, fol. 86).
En 19 de octubre, se dispuso: que se encargasen a Nueva
España unos ciriales de plata por estar muy gastados los que
estaban sirviendo y que se hiciese una casulla de lama para el
cajón de prebendados y se pasase una blanca de éste al de cape-
llanes. Y aquí comienza a autorizar los Cabildos, Baltasar Muñoz
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1663
133
que se titula secretario y no consta su nombramiento el cual era
capellán de coro, presbítero según se dice en otro Cabildo. (Libro
3, fol. 86).
No hubo otro Cabildo en este año.
Año de 1663.
En 2 de enero, fueron nombrados por adjuntos los señores
arcediano y chantre. (Libro 3, fol. 86 vto.).
En 12 del mismo, demostrando el Cabildo que por mandato
del Rey había quedado tan reducido la cuarta capitular, que era
imposible el sustentar con ella cada capitular la mínima parte
de su familia; pues ahora en virtud de aquel mandato (el cual
no se especifica más) sólo se Ies había de dar lo que antiguamente
estaba señalado al principio de la erección, se acordó que para
representarlo al Rey pasase a la corte el señor Tesorero, dándo-
sele al efecto 2.000 pesos a saber, 400 que pudieron juntar los
mismos prebendados y 600 que tomaron prestados de la fábrica
y los otros 1.000 la sola fábrica por la nulidad que de esto resul-
taba a la Iglesia en el culto Divino; y se mandó dar cuenta al
Illmo. Sor. Obispo para que lo tuviese a bien y diese licencia al
dicho señor Tesorero. (Libro 3, fol. 87).
En 16 del mismo por estar ausente el señor Obispo, el Cabildo
trató de reformar la costumbre que tenían los curas de la Catedral
de llevar dineros por dar licencia para comulgar la Cuaresma en
otro lugar y se mandó que los sermones de los miércoles y viernes
que supone se pagaban con aquéllos dineros los pagase el mayor-
domo de fábrica a razón de 6 pesos cada uno Ínterin el señor Obispo
disponía otra cosa. (Libro 3, fol. 88).
En 27 de abril se acordó: que se comprasen unos ciriales de
plata, dos candeleras de lo mismo, y un terno morado, que se
trajesen para el convento de Nuestra Señora de la Merced; el cual
los vendía por estar en fábrica con necesidad de dinero: y quedó
sin efecto lo dispuesto en el Cabildo de 19 de octubre del año
anterior. (Libro 3, fol. 88 vto.).
En 18 de mayo se mandó al mayordomo que hicese eficaz
diligencia para cobrar los réditos de censos y la cal y ladrillo que
se debía a la Iglesia para poder proseguir el edificio de ella. Y que
el principal rédito que el señor Deán Dn. Bartolomé Escoto dejó
134
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
destinado para el Sagrario del altar mayor, se tomase desde la
imposición del censo y se trajese el Sagrario y una colgadura de
damasco o brocateles para la capilla mayor supliéndose de la
fábrica lo que faltase. (Libro 3, fol. 89).
En 4 de julio, habiéndose tenido noticia de que el Illmo. señor
arzobispo de Santo Domingo venía por aquí para ir a Trujillo
donde estaba el Illmo. Sor. Obispo para su consagración, se mandó
prevenirle casa, y todo lo necesario de cuenta de la fábrica. (Libro
3, fol. 90).
En Io de diciembre, se privó de la capellanía de coro al padre
Juan Picón, por algunas desobediencias que aquí se expresan.
(Libro 3, fol. 90 vto.).
En 5 del mismo se nombró en lugar del antecedente por ca-
pellán de coro al padre Domingo Pérez con el salario ordinario
de 100 pesos. (Libro 3, fol. 92).
En 1 1 del mismo mes, de diciembre, se volvió a tratar sobre
la inopia en que se hallaban los señores capitulares, especificándose
que por haberse dispuesto en Real Cédula de 16 de octubre de 1661
que la administración de los diezmos estuviese a cargo de los
oficiales reales y que por mala inteligencia de éstos los habían
despojado de la cuarta capitular, dando a cada uno sólo 150 pesos
de las reales cajas como se hizo al principio de la erección cuando
no había diezmos bastantes; atenta la necesidad en que se halla-
ban mandó el Cabildo que el mayordomo de fábrica diese 500
pesos a cada uno de los señores prebendados de las rentas de ella,
con calidad de reintegro de las que esperaban se les habían de
devolver mediante el recurso que se tenía propuesto. (Libro 3,
fol. 92 vto.).
Año de 1664.
En Io de enero, fueron nombrados por adjuntos los señores
arcediano y tesorero. (Libro 3, fol. 93 vto.).
En Io de febrero se nombró por músico con el salario anual
de 100 pesos al padre Juan Silveira, presbítero y para la capellanía
de coro, que este dejó; se nombró al padre Baltasar García, pres-
bítero, con el salario señalado. (Libro 3, fol. 93 vto.).
En Io de abril teniéndose presente la acta de Io de diciembre
del año anterior, se dispuso que en atención a que el padre Juan
Picón había recibido humildemente lo que allí se mandó y que
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1664 135
era sacerdote honrado y pobre, y que socorría a su madre, se le
admitiese a las funciones solemnes, se le permitiese decir misa en
la Catedral y se le convidase a los entierros, y que ésto se parti-
cipase al Dr. Dn. Marcos Sobremontes, juez eclesiástico que
había dejado en esta ciudad el Illmo. Sor. Obispo. (Libro 3, fol. 94).
En 14 de julio vista una representación del señor Tesorero
Dr. Ulloa, en que arguye al Cabildo de nulidad en haber nombrado
para el servicio interino del deanato a Dn. Cristóbal Gordo de
Mendoza y al mismo tiempo propone los que estimaba que podían
ser nombrados, el Cabildo sostuvo el nombramiento insinuando
que era el mismo que lo estaba sirviendo en el último año de la
vida del señor Deán, por enfermedad de éste: se vindica de lo que
contra el mismo Cabildo se dice en la representación, y haciendo
ver la paz y buena armonía en que siempre ha estado y lo que
producen tales discenciones, presentando escritos los mismos ca-
pellanes al Cabildo suplica al señor Tesorero se abstenga de ellos.
(Libro 3, fol. 94 vto.).
Sigue copia del nombramiento que en 25 del mismo mes de
julio, hizo en la ciudad de Trujillo el Illmo. Sor. Obispo de Deán
interino en el mismo Dn. Cristóbal de Mendoza con 100 pesos de
renta anual de la tocante a la dignidad de Deán y las obvenciones:
y el Cabildo en 22 de agosto de este propio año, no sólo lo recibió
sino que a éste interino le concedió silla alta en el coro, la última
del lado que le correspondiese. Aquí autorizó Dn. Miguel de Vi-
llena y Guzmán; y sigue autorizando los Cabildos como secretario,
cuyo nombramiento no consta. (Libro 3, fol. 96 vto.).
En 7 de octubre, haciéndose una individual descripción de la
Iglesia (esto es lo que se hizo después del terremoto) y hallarse
amenazando ruina porque siendo sus paredes de bahareque y el
techo de obra limpia, estaba éste próximo a caerse por estar había
ya un año apuntalada la una nave desde el altar y capilla de
Nuestra Señora de la Antigua, hasta el de las Benditas Animas
y la otra desde la capilla de San Pedro hasta el altar de San Jorge:
se comenzó aquí a tratar no sólo del remedio de esta Iglesia, sino
también de construirla como correspondía a Catedral, y de ma-
teriales; pues la renta anual de la fábrica montaría cada año de
cinco a seis mil pesos y el gasto conocido a 1880. Y asimismo se
reiteró el mandato de hacer alguna especie de torre para las cam-
panas; pues había ya como veinte y ocho años que estaban col-
gadas en dos horcas de palos. (Libro 3, fol. 97 vto.).
136
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
En 15 de noviembre, se mandó hacer concierto de los ma-
teriales de cal y piedra, y que se pusiesen dentro del cementerio,
pagándose el cahíz de cal a 17 pesos y la carga de piedra a real
y medio y se instó sobre el pronto reparo del antiguo edificio.
(Libro 3, fol. 99).
Año de 1665.
En Io de enero, se nombró por adjunto recíprocamente a cada
uno de los únicos dos señores capitulares existentes con protesta
de nombrar otro cuando lo hubiese. (Libro 3, fol. 99 vto.).
En 3 de marzo, instaurándose las razones para la consecución
de nuevo edificio competente se mandó al mayordomo diese razón
del dinero existente y de lo que estaba en deudas. (Libro 3, fol. 100).
Aquí mismo se dispuso: que en el cajón de vestirse los señores
prebendados no se permitiese lo hiciese ningún clérigo, por privi-
legiado que fuese a excepción del Dr. Dn. iMarcos Sobremontes,
que era cura; y había muchos años que había servido de provisor
y vicario general. Era sacristán mayor Dn. Nicolás de Olivares.
(Libro 3, fol. 100).
En 3 del mismo marzo se mandó guardar y cumplir el nombra-
miento de arcediano interino hecho en Alonzo de Ponce Ibar-
gollen, presbítero, por el Illmo. Sor. Obispo en 13 de noviembre
anterior por fallecimiento del señor Ledo. Dn. Domingo de Ibarra.
(Libro 3, fol. 101).
En 10 del mismo se mandó al mayordomo que practicase
diligencias judiciales para el cobro de más de 10.000 pesos que
se debían a la Iglesia y que fuese continuando en el acopio de
materiales. (Libro 3, fol. 102).
En 25 de abril, se concertó con Juan de Medina, carpintero,
el desbaratar la Iglesia y hacerla de nuevo en 2.400 pesos y que
de pronto se le diesen 500 bajo de fianza. (Libro 3, fol. 102 vto.).
En 12 de mayo, se reiteró el mismo concierto explicándose
más menudamente sus circunstancias. (Libro 3, fol. 103 vto.).
En 25 de agosto, con motivo de haber sido promovido a la
Tesorería de esta Santa Iglesia Dn. Miguel de Villena y Guzmán
se nombró por secretario de Cabildo en su lugar a Miguel de An-
drade con los 40 pesos de salario señalado: autorizó este Cabildo
un notario. (Libro 3, fol. 104).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1666
137
En este propio acto por la dicha promoción se nombró por
capellán de coro al padre Francisco Ayer ra Santa María y se
mandó al mayordomo de fábrica le acudiese con la renta de 100
pesos anuales. (Libro 3, fol. 104 vto.).
Aquí también por la misma promoción fue nombrado al dicho
padre Francisco Ayerra, con el salario anual de 50 pesos pagables
por la fábrica, por apuntador del coro. (Libro 3, fol. 104 vto.).
En 29 de octubre, habiéndose presentado cuatro despachos
del Illmo. Sor. Obispo, expedidos en Trujillo a 16 de septiembre
anterior en que haciendo relación de que por reales cédulas de
Su Majestad (cuyas fechas no se expresan) estaban promovidos
el señor Chantre Dn. Cristóbal López al deanato, el señor Dr.
Dn. Marcos de Sobremontes, vicario foráneo de esta ciudad (el
vicario general residía en Trujillo) al arcedianato, el señor Tesorero
Dr. Dn. Alonzo Ulloa y Fuentes a la Chantría; y el presbítero
Dn. Miguel Núñez de Guzmán a la Tesorería; da comisión al
señor Deán para dar la colación y posesión al señor arcediano;
y a éste para darla a los demás; cuando juntos en Cabildo los
cuatro graciados hicieron la profesión de la fe, y luego el Deán
sentó en su silla al arcediano, y éste al mismo Deán y al Chantre
y Tesorero; y después pasaron al coro a sentarse en sus respectivas
sillas .Nada se dice de la ceremonia de la colación, ni hay copia
de las reales presentaciones. (Libro 3, fol. 110).
En 4 de noviembre se hizo concierto con el mismo carpintero
Juan de Medina para trabajar de albañil la obra de la Iglesia en
900 pesos. (Libro 3, fol. 114 vto.).
En 13 del mismo, se mandaron hacer cuatro albas, cuatro
manteles y cuatro paños de manos; y que de ornamentos viejos
se hiciesen otras cosas del servicio de la Iglesia y que el mayor-
domo mandase hacer un libro para escribir Cabildos. (Libro 3,
fol. 115 vto ).
En el mismo día se mandó que pues estaba iniciada la fábrica
de la Iglesia se trabajase en el cañón principal, con preferencia a
la torre. (Libro 3, fol. 116).
Año de 1666.
En Io de enero fueron electos por adjuntos los señores Deán
y arcediano, como dice en la conclusión, aunque la votación estaba
casada. (Libro 3, fol. 117).
138
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
En 18 del mismo se nombró por interventor de la obra de la
Iglesia al señor Tesorero. (Libro 3, fol. 117 vto.).
En 1 1 de febrero se mandó dorar la Custodia, y ponerle por
remate un pectoral de oro con esmaltes de piedras que parecían
rubies y estaba en poder del mayordomo. (Libro 3, fol. 118).
En 28 de abril, con atención al favor con que trabajaba Juan
de Medina, y sus oficiales; pues habían cubierto la Iglesia para
la Semana Santa; se mandó al mayordomo que diese al dicho
maestro 40 pesos para gratificar a los oficiales y que acabada
la obra diese 200 al mismo efecto, a más del concierto. (Libro 3,
fol. 118 vto.).
En 28 de junio, se concertó el hacer dos campanas grandes
para poner en la torre que se estaba trabajando, la una de 24
quintales y la otra de 16 más o menos; cuyo concierto en el mismo
acto aprobó el señor arcediano, como juez eclesiástico que era
de esta ciudad y en virtud de facultad que tenía del Illmo. Sor.
Obispo. (Libro 3, fol. 119).
En 27 de agosto, se suspendió el salario de 200 pesos que se
daba al señor Chantre Dr. Ulloa, por abogado de la Iglesia, en
atención a estar enfermo. (Libro 3, fol. 120).
En el mismo día se dispuso, que pues ya la Iglesia había hecho
sus demostraciones de sentimientos cuando se le comunicó por el
señor Gobernador el fallecimiento del señor Dn. Felipe IV, que
en continuación luego que la ciudad hubiese hecho las exequias
en esta Santa Iglesia al otro día las hiciese ésta por sí, y que al
efecto el mayordomo comprase la cera necesaria e hiciese frontal
y paño de pulpito de damasco negro, y hopas negras para los
monacillos. (Libro 3, fol. 120 vto.).
En el propio día se dispuso que para el mejor gobierno del coro
y altar y observancia de los ritos eclesiásticos se pusiese un maestro
de ceremonia; y se nombró al efecto a Dn. Joseph Arrechidera,
presbítero, sacristán mayor que era de la parroquial de Valencia
con el salario anual de 50 pesos que le pagaría el mayordomo de
fábrica. (Libro 3, fol. 121).
En 31 del mismo mes de agosto, se nombró por abogado de
la Iglesia al Ledo. Dn. Domingo de Guzmán con 15 pesos de
salario anual. (Libro 3, fol. 121 vto.).
En el mismo día se despachó título de pertiguero a Lorenzo
Vicente Caldera, por muerte de Juan Ferrer con 100 pesos de sa-
lario anual. (Libro 3, fol. 122).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS
AÑO 1667
139
En 28 de septiembre, habiéndose recibido una Real Cédula
fecha en Madrid, a 18 de octubre de 1665, para que el Cabildo
informase el estado de los bienes que quedaron por fallecimiento
del Dr. Dn. Juan de Salinas, Tesorero que fue de esta Santa
Iglesia; se mandó al albacea del señor Deán Dr. Becerra, en cuyo
poder estaban los papeles que los exhibiese y el secretario compul-
sase testimonio de ellos. (Libro 3, fol. 122 vto.).
En 19 de octubre, atento el estado en que estaba la portada
de la Iglesia y el trascoro; se mandaron dar 100 pesos al maestro
Juan de Medina, y que también se le diesen 50 pesos por la tribuna
que hizo para el órgano. (Libro 3, fol. 123).
En 12 de noviembre se dispuso: que en los cinco nichos que
tenía el trascoro se pusiese en el del medio la imagen de San Ber-
nabé y en los de los lados los Arcángeles San Miguel, San Gabriel
y San Rafael y el Santo Angel Custodio; y que se pintasen de
florones y otras pinturas de lucimiento los blancos de la testera
y se dorasen los perfiles. (Libro 3, fol. 123 vto.).
En 2 de diciembre, se dispuso: que se hiciese retablo para el
altar mayor y Sagrario para el mismo, y se concertó con Juan de
Medina en que hiciese el retablo de todo el alto de la pared hasta
el enmaderado de la capilla mayor, poniéndole Cielo, y cuatro
varas y dos tercias de ancho y que el Sagrario ocupase el primer
cuerpo, invirtiéndose en esto lo que para Sagrario dejó el señor
Deán Dn. Bartolomé de Navas Becerra, que con lo que había
rentado cada año componía más de 1950 pesos y supliéndose por
la Iglesia lo que faltase al complemento de 2.000; y que los tres
señores prebendados existentes, daría cada uno 100 pesos para
completar los 2.300 pesos del ajuste. (Libro 3, fol. 124).
Año de 1667.
En Io de enero fueron electos por jueces adjuntos los señores
Deán y Tesorero, y ya aquí se dice que aceptaron y juraron de
fidelidad. (Libro 4, fol. 1).
En 3 de febrero se dispuso: que a los seis capellanes de coro
a quienes se pagaba anualmente 100 pesos; se les intimase que si
en adelante tuviesen al año 80 ra3'as, 40 en cada medianía, al que
las tuviese se le quitase la capellanía. (Libro 4, fol. 1 vto.).
140
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
En 20 de mayo, se apercibió a los eclesiásticos asistentes al
coro, para que ninguno saliese de él sin licencia del presidente,
y para que su ausencia fuese con toda modestia. (Libro 4, fol. 2).
En 5 de agosto, se mandó enladrillar la Iglesia, y enyesar
los arcos de la capilla mayor y demás capillas, y que para deter-
minar acerca de continuar la fábrica, el mayordomo diese razón
de lo gastado en ella, y si se estaba debiendo alguna cosa, y tam-
bién se le mandó que diese razón del dinero que tenía perteneciente
al altar del Santo Cristo, de la fundación del Gobernador Fran-
cisco Núñez Meleán. (Libro 4, fol. 2 vto.).
En 14 de octubre, se le quitó al padre Juan Silveira la cape-
llanía de coro que obtenía con el salario de 100 pesos y el de músico
con otros 100, por las fallas que hacía, y se nombró por capellán
de coro a Pedro de Vicuña. (Libro 4, fol. 3 vto.).
No hubo otro Cabildo en este año.
Año de 1668.
En Io de enero, estando sólo los señores Deán y arcediano;
se nombraron recíprocamente cada uno por adjuntos, con protesta
de que cada uno nombraría otro en adelante; pues el señor Te-
sorero estaba ausente en la visita. (Libro 4, fol. 4).
En 14 del mismo, estando acabado el retablo del altar del
Santo Cristo, se mandó al mayordomo de fábrica pagase al oficial
lo que se le debiese del ajuste que hizo sacándolo de la dotación
perteneciente al mismo altar. (Libro 4, fol. 4 vto.).
En 7 de julio, por haber vacado uno de los seis monacillos,
fue nombrado Remigio. (Libro 4, fol. 5).
En 14 de agosto, fue nombrado por capellán de coro, Martín
Fernández por otro que hizo dejación y se mandó al mayordomo
le atendiese con el salario. (Libro 4, fol. 5).
En 2 de diciembre, habiéndose recibido un testimonio auto-
rizado de un alcalde de Trujillo, de haber muerto allí el Illmo.
Sor. Don. Fr. Alonzo Briceño, el día 16 de noviembre de este
año, el cabildo aprehendió la jurisdicción y mandó tocar las cam-
panas a sede vacante. (Libro 4, fol. 5 vto.).
En 4 del mismo el señor arcediano solo, por no haber otro
prebendado, que el señor Tesorero Dn. Miguel Núñez y Guzmán
el cual estaba enfermo en su casa, eligió a éste mismo por pro-
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1669
141
curador y vicario general, dejando reservada en el Cabildo la
jurisdicción voluntaria y el nombramiento de vicario de Monjas.
Y en el mismo día en su casa aceptó: y después en 10 del propio
mes vino a la sala y prestó el juramento de fidelidad. (Libro 4,
fol. 6).
En dicho día 10, fue nombrado por vicario de Monjas con
especiales facultades el señor arcediano Dr. Dn. Marcos de Sobre-
montes, y seguidamente aceptó y juró y luego se hizo saber a la
Abadesa doña Ana de Santiago. (Libro 4, fol. 7).
Aquí mismo ante un notario que actuaba en lugar de secretario
fue nombrado por secretario de Cabildo el padre Francisco de
Ayerra Santa María, presbítero. (Libro 4, fol. 7 vto.).
En 14 del mismo mes de diciembre, con motivo de estar en
Trujillo el padre Juan de Gamboa, presbítero cura de la Catedral,
se le puso por sustituto al padre Dn. Nicolás Olivares, sacristán
mayor, y a éste mientras servía el curato para la sacristía al padre
Juan Bautista de Villanueva. (Libro 4, fol. 8).
En 20 de. propio mes se mandaron hacer dos ornamentos,
el uno de tela carmesí y el otro de raso verde. (Libro 4, fol. 8 vto.).
Año de 1669.
En Io de enero, los señores arcediano y Tesorero únicos exis-
tentes se nombraron recíprocamente por adjuntos, y en el mismo
acto juraron. (Libro 4, fol. 9).
En 15 del mismo, se mandó construir Sagrario para los curas,
esto es, una capilla capaz, y sobre ella la sala capitular con techo
de par y nudillo; y se nombró por interventor al cura de la Ca-
tedral Ledo. Agustín de Palma. (Libro 4, fol. 9 vto.).
En 14 de febrero se nombró por capellán y confesor ordinario
del convento de Monjas de esta ciudad al padre Benito Vázquez
de Montiel, por dimisión del padre Domingo Exquien. (Libro 4,
fol. 10).
En 10 de abril, por dejación que hizo Joseph de León se nombró
al padre Joseph Torrico, capellán de coro y músico, por organista
con el salario anual de 225 pesos con advertencia que los 25 eran
por tocar las misas del Santo Cristo los viernes, y que era de su
obligación tocar todas las misas cantadas que celebrase el Cabildo
y que si alguna persona quisiese darle alguna limosna pudiera
142
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
recibirla; y que se le señalaban otros 25 pesos por asistir a las
misas, tercia sexta y nona los días que no tocase el órgano. (Libro
4, fol. 10 vto.).
En 11 del mismo se aprobó el ajuste hecho con Dn. Francisco
Marín de Narvaes, de darle 200 pesos de cuenta de la Iglesia, por
alcanzar una Cédula Real en que se mandase entregarle el espolio
del Illmo. Sor. Dn. Fr. Alonzo Briceño, y otra en que se le hiciese
merced de la tercera parte de su vacante. (Libro 4, fol. 11).
En 12 del propio mes, fue nombrado el señor arcediano Dr. Dn.
Marcos de Sobremontes por visitador general de este obispado y
en el mismo acto aceptó y juró. (Libro 4, fol. 11 vto.).
En 4 de julio se nombró por monacillo a Antonio Carrera.
(Libro 4, fol. 12).
En 17 de agosto habiendo presentado el señor Tesorero Dn.
Miguel Núñez y Guzmán, una Real Cédula fecha en Madrid a 28
de octubre de 1668 en que se presenta a la dignidad de Chantre,
vacante por muerte del Dr. Dn. Alonzo de Ulloa y asimismo
el señor Ledo. Dn. Agustín de Palma, cura de la Catedral, con
otra Real Cédula de igual fecha, en que es presentado a la dig-
nidad de Tesorero; fueron ambos admitidos y hecha la profesión
de la fe, pasaron al coro donde se les dió posesión de sus sillas y
derramaron monedas de plata; de allí fueron a dar gracias ante
el Sagrario del altar mayor y volvieron a la sala donde también
se les dió posesión de sus sillas. (Libro 4, fol. 12 vto.).
En 20 de agosto, fue nombrado por cura interino de la Catedral
Dn. Dionisio Sánchez, presbítero. (Libro 4, fol. 15).
En 27 del mismo, fue nombrado por vicario de la ciudad de San
Sebastián el padre Manuel Rodríguez. (Libro 4, fol. 15).
En 30 del propio mes fue nombrado por pertiguero y procurador
de la Iglesia a Dn. Jacinto Heredero, por dejación que hizo Lorenzo
Vicente Caldera, y se le señalaron 125 pesos por pertiguero y 30
por procurador. (Libro 4, fol. 15 vto.).
En el mismo día fue nombrado por sacristán mayor interino
de la Catedral Dn. Joseph Linares, por haber fallecido el propie-
tario Dn. Nicolás Olivares, y se le mandaron dar las cuartas y el
noveno de diezmos. (Libro 4, fol. 16).
En dicho día se dispuso: que las misas de los viernes del Santo
Cristo las cantase el Cabildo, como lo dispuso el fundador, y que
cesase el sacerdote a quien se le habían encomendado el cantarlas.
(Libro 4, fol. 16 vto.).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1669
143
En 10 de septiembre se mandó encalar la torre y la portada y
se previno al mayordomo que hiciese diligencia del cobro de deudas
pues había necesidad de otras fábricas en la Iglesia. (Libro 4,
fol. 17).
En el mismo día, se nombró al mayordomo de fábrica Pedro
Paredes que presentase las cuentas de todo el tiempo que servía
la mayordomía. (Libro 4, fol. 17 vto.).
En este propio día, tratándose el hacer informe al Rey sobre
sujetos beneméritos y héchose por el señor Tesorero uno muy
malo contra un cura de Carora se acordó: que solamente se le
excluyese del informe y que se pidiese a Su Majestad le diese
canongía en otra Iglesia fuera de este obispado: no se accedió
a la mortificación que pidió se le hiciese al dicho cura y sólo negó
el testimonio que pedía de la acta, hasta que lo pidiese como parte
y no como capitular. (Libro 4, fol. 18).
En Io de octubre, se mandaron fijar edictos con término de
70 días para las provisiones del curato vacante de la Catedral
y de la Sacristía mayor de ella. (Libro 4, fol. 19).
En el mismo día se dispuso: que a su tiempo se pagasen los
encargos que había hecho a España con comisión del Cabildo el
señor Chantre de traer un reloj con campana de seis o siete arrobas,
para ponerlo en la torre un ceremonial de la Santa Iglesia de
Sevilla, la obra de Gavanto y unos manuales y rituales. (Libro 4,
fol. 19 vto.).
En 4 del propio mes a pluralidad de votos se mandó comunicar
vista al padre Juan de Gamboa, cura de la Catedral, sin perjuicio
de la apelación interpuesta de una exclamación que hizo al Ca-
bildo el maestro Francisco Albarrán Saavedra; diciendo que el
Illmo. Sor. Obispo, difunto, le hizo agravio en la provisión de
aquel curato. (Libro 4, fol. 20).
En 15 del dicho mes de octubre por dejación que hizo el padre
Francisco Ayerra Santa María, se nombró por capellán de coro
al padre Alonzo Brito, presbítero, y por apuntador al padre Pedro
Vicuña, que era capellán de coro. (Libro 4, fol. 20 vto.).
En 22 de noviembre, se mandó que para evitar lo anterior-
mente dispuesto de que se pagasen 2 reales a cada diácono de los
que se vestían para las misas y después el que se le diesen agui-
naldos por las pascuas se diesen por el mayordomo de fábrica 100
144
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
pesos anualmente a los que se vistiesen de diácono y subdiácono;
siendo éstos obligados a vestirse en todas las misas que cantase
el Cabildo en la Iglesia Catedral y en otras así en días festivos
como no festivos. (Libro 4, fol. 21).
Año de 1670.
En Io de enero, fueron electos por adjuntos el señor Tesorero
con dos votos y los señores arcediano y Chantre con sólo uno:
sólo había tres sufragantes. (Libro 4, fol. 21 vto.).
En 18 del mismo, sé nombró por vicario de Trujillo y juez
de diezmos al Ledo. Dn. Juan Wilches y Narvaes: y por vicario
del convento de iMonjas de Regma de la misma ciudad al padre
Dn. Diego Velásquez. Y asimismo se nombró por secretario de
Cabildo al padre Joseph de Heredia, presbítero. (Libro 4, fol. 22).
En 6 de febrero, con motivo de que el señor Tesorero Agustín
de Palma iba a la ciudad de Valencia, se le dió comisión de juris-
dicción para varias cosas eclesiásticas. (Libro 4, fol. 22 vto.).
En el mismo día se nombró por capellán de coro al padre
Baltasar Escovedo. (Libro 4, fol. 22).
En 12 de julio con motivo de que un negro que hacía oficio de
campanero estaba viejo y enfermo, se hizo nombramiento de
campanero en Sebastián de Flores, con la renta anual de 50 pesos
de la fábrica. (Libro 4, fol. 23 vto.).
En el mismo acto se hizo nombramiento de los que habían de
servir de diáconos en las misas. (Libro 4, fol. 23 vto.).
En 6 de agosto, en atención a estar mandada hacer capilla de
Sagrario para los curas en el sitio que se juntaba y continuaba
con la de San Pedro, que estaba para comenzarse a edificar y
para que una y otra fábrica fuesen útiles a la Iglesia, se nombró
por interventor de la obra al señor Chantre. (Libro 4, fol. 24).
En 24 de octubre, se nombró por vicario de la ciudad de Va-
lencia al Ledo. Gerónimo Riveros y en este mismo acto el señor
Tesorero insinuó que el señor provisor despachaba algunas cosas
tocantes a la jurisdicción voluntaria reservada al Cabildo; y
habiendo allí mismo dado su descargo el mismo señor provisor,
diciendo que sólo daba licencias de confesar y predicar como
ordinario y refrendaba las de altares portátiles dadas por los
señores obispos, y ponía cura sustituto en ausencia de algún pro-
pietario nada más se dijo. (Libro 4, fol. 24 vto.).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1670 1 45
En 14 de noviembre, se dio licencia para profesar una reli-
giosa en Trujillo, se admitieron opositores al curato de Valencia
y mandaron despachar censuras generales para descubrir bienes
ocultados del espolio del Illmo. señor Briceño. (Libro 4, fol. 25 vto.).
En 19 del mismo se concedió licencia para la erección de una
capilla en el sitio de Paraima. (Libro 4, fol. 26).
Aquí mismo se acordó: que pues el rematar todos los diezmos
en una sola persona, traía muchos inconvenientes, se dividiesen
en veredas para rematar en cantidades cómodas y que el que no
tuviese responsabilidad diese fiador. (Libro 4, fol. 26 vto.).
En 21 del propio mes, se dispuso: que en la división de veredas
para los remates de diezmos, se especificasen los lugares conte-
nidos en cada vereda o partido: que el mayordomo eligiese la casa
excusada conforme a la erección; que se pregonasen los diezmos, y
que se admitiesen las pujas conforme a derecho. (Libro 4, fol. 27 vto.).
En 28 del mismo mes, se mandó formar la toma para la pro-
visión del curato de Valencia según resultaba por mayor parte
de votos. (Libro 4, fol. 28 vto.).
En 2 de diciembre aunque se propusieron por el señor Tesorero
cuatro asuntos, el uno sobre jurisdicción del señor provisor, el
otro sobre los bienes del convento de Monjas, el otro sobre que
todos los martes y viernes hubiese Cabildo; y el otro sobre fraudes
en los remates de diezmos nada se resolvió por ser sólo dos los
sufragantes. (Libro 4, fol. 30).
En 5 del mismo se dió colación del curato de Valencia al padre
Andrés Arias Altamirano. (Libro 4, fol. 32).
En 9 del propio mes, se presentaron las cuentas del mayor-
domo del convento de Monjas, y se mandaron pasar a diputados.
Y aquí mismo se otorgó en el efecto devolutivo la apelación inter-
puesta por el padre Gaspar Sánchez. (Libro 4, fol. 32 vto.).
En 12 del mismo se proveyeron tres peticiones de los opositores
al curato de Valencia: y se mandó librar mandamientos para traer
de Trujillo algunos utensilios del pontifical del Illmo. señor Bri-
ceño. (Libro 4, fol. 33).
En 17 del mismo hizo la profesión de la fe el cura de Valencia.
(Libro 4, fol. 33 vto.).
En 23 del mismo se obedeció una Real Cédula expedida en
Tolosa a 10 de mayo de 1660, sobre que no se innove en lo acos-
tumbrado acerca de pagar los suplementos a los curas de su esti-
pendio. (Libro 4, fol. 34).
1 1 — de tai, i.
146
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
Ario de 1671.
En Io de enero, fueron elegidos por adjuntos los señores Chantre
y Tesorero. (Libro 4, fol. 34).
En 5 se nombró al padre Sebastián Moreno, cura y vicario de
Maracaibo por visitador de Trujillo y de aquel convento de Monjas.
(Libro 4, fol. 35).
En 8 se admitió la puja hecha a los diezmos de la costa del
Mar de Valencia, y que se rematasen en el proveedor Pedro Jaspe
de Montenegro. (Libro 4, fol. 35 vto.).
En 9 se acordó que las misas cantadas de los viernes al Santo
Cristo que estaban encomendadas a los capellanes, se volviesen
a cantar por el Cabildo y que también asistiesen al coro en ellas
los señores prebendados por haberse notado algunos desórdenes
en los capellanes: y también se acordó que las misas de erección
del principio de cada mes, se guardase lo dispuesto en la erección
y que los señores prebendados asistiesen a ellas. (Libro 4, fol. 36).
En este mismo acto se trató acerca de la falta de pasto espi-
ritual en que habían quedado unos indios desparroquiados de
Carayaca. (Libro 4, fol. 37).
En 13 se mandaron fijar edictos para la provisión de la sa-
cristía de Valencia y se proveyeron unas peticiones sobre remates
de diezmos. (Libro 4, fol. 38).
En 26 se mandó entregar al mayordomo de fábrica lo que el
comisionado que fue desde esta ciudad trajo de la de Trujillo
del pontifical del Illmo. Sor. Briceño. (Libro 4, fol. 39).
En 18 de febrero por dejación del antecesor fue nombrado
Luis López por pertiguero y alguacil de la Iglesia, y por procu-
rador de ésta y se le señalaron 1.000 reales por pertiguero y 30
pesos por procurador. (Libro 4, fol. 39 vto.).
En 19 se dispuso por el Cabildo a unos indios neófitos el impe-
dimento de afinidad que tenían, usando del privilegio concedido
a los Illmos. señores Obispos. (Libro 4, fol 40).
En 20 se mandó proceder a remate de los bienes entregados del
espolio del Illmo. Sor. Briceño, comisionándose al efecto al señor
vicario capitular y que el producto se impusiese a censo a bene-
ficio de la Iglesia. (Libro 4, fol. 40 vto.).
En 21 concedió el Cabildo la capellanía fundada por doña
María de Ponte (no dice el principal) de que era patrono, al padre
Francisco Muñoz, diácono. (Libro 4, fol. 42).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1671 147
En 6 de marzo, insinuándose que el altar de San Jorge estaba
indecente y que su advocación era de los gloriosos San Cosme y
San Damián; se mandó al mayordomo de fábrica que hiciese hacer
un cuadro grande con su marco dorado, pintadas en él las imá-
genes de estos Santos para el mismo altar. Y aquí mismo se man-
daron despachar edictos para la provisión de la sacristía de Ma-
racaibo. (Libro 4, fol. 42 vto.).
En 17 se nombró por capellán de coro a Domingo Araujo, clé-
rigo de menores por dejación que hizo el padre Lucas de Matos.
(Libro 4, fol. 43).
En 3 de abril se reiteraron las providencias que se expresan
dadas antes por el Cabildo, sobre que las doncellas educandas
en el convento de Monjas pagasen sus padres o deudos el piso.
(Libro 4, fol. 43 vto.).
En 7 se proveyó una petición de contradicción a la oposición
de un clérigo a la sacristía de Valencia, y se concedió licencia
al cura de Trujillo para venir a esta ciudad. (Libro 4, fol. 44 vto.).
En 9 se mandó proceder al examen de los opositores a la sa-
cristía de Valencia, y que evacuado se consultase letrado sobre lo
que había gestionado un opositor. (Libro 4, fol. 45).
En 10 se hizo la terna para la provisión de la dicha sacristía
y aquí se dice que el padre Juan Torrico propuesto en tercero lugar
era organista de la Catedral. (Libro 4, fol. 36 vto.).
En este mismo acto considerándose que en la Iglesia había
notable falta de música de solemnidad por no haber maestro que
la enseñase a los capellanes, monacillos y otros clérigos y mi-
nistros, se nombró al padre Gonzalo Cordero, presbítero, por
maestro de música de esta catedral; con el salario anual de 300
pesos, así por maestro de música como de capilla con la obligación
de enseñar a los ministros de la Iglesia el canto llano y de órgano,
y de asistir al gobierno de la música en el coro todas las festividades
de primera clase a primeras vísperas y misa mayor a los misereres
de cuaresma todos los viernes, el domingo de Ramos, jueves,
viernes y sábado y asimismo la Circuncisión del Señor, la Inma-
culada Concepción, y su Natividad, invención de la Santa Cruz,
dedicación de San Miguel, las festividades de los Santos Após-
toles y las demás que el capítulo celebrase, los sábados a la Salve,
y a las festividades del Santísimo Sacramento y de la Santísima
Virgen dispuestas por el Rey: y se le señaló en el coro el asiento
que sigue al de los curas al lado izquierdo. (Libro 4, fol. 48).
148
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
Aquí mismo se nombró por capellán de coro a Fernando Aré-
valo, por haberse ausentado el padre Matías Beltramilla, y tam-
bién se nombró el que había de servir de vestuario en las misas.
(Libro 4, fol. 48 vto.).
También se dispuso que el padre Sebastián Moreno ejecutase
la visita del convento de Monjas de Trujillo no obstante sus
instancias, desistimiento y su venida a esta ciudad. (Libro 4,
fol. 49).
En 17 con consulta del señor Gobernador se asignó la renta
anual de 125 pesos al capellán del hospital de San Pablo de esta
ciudad. (Libro 4, fol. 50 vto.).
En 20 se mandaron librar órdenes a todo el obispado prohi-
biéndose el uso de altares portátiles. (Libro 4, fol. 51 vto.).
En 29 de mayo, se hizo la terna para la provisión de la sa-
cristía mayor de Maracaibo: autorizó este Cabildo un notario
de la curia, por ser opositor al secretario, presbítero Joseph de
Ileredia, que llevó el primer lugar. (Libro 4, fol. 52).
En 13 de julio con motivo de haberse perdido la terna ante-
cedente cuando se remitió al señor Gobernador que se hallaba
en Carora se mandó formar y remitir de nuevo. (Libro 4, fol.
53 vto.).
En el mismo día, se despachó comisión al Vicario de Barqui-
simeto para nombrar cura interino del pueblo de Duaca. (Libro
4, fol. 54).
En 26 de agosto, habiéndose presentado por el señor arcediano
Dr. Dn. Marcos de Sobremontes, la Real Cédula fecha en Madrid
a 25 de junio de 1669 en la cual es presentado el deanato vacante
por fallecimiento del señor Dn. Cristóbal Bautista López; se le
dió la colación en la sala capitular y luego se dió la posesión en
el coro, donde derramó monedas de plata y después en la dicha
sala; habiendo precedido el juramento y profesión de la fe. (Libro
4, fol. 54).
En el mismo día y con iguales ceremonias se dió la colación
y posesión del arcedianato al señor Chantre Dn. Miguel Núñez
y Guzmán, cuya real presentación es de la misma fecha de 25 de
junio de 1669. (Libro 4, fol. 56 vto.).
En el propio día con las mismas ceremonias se dió la colación
y posesión de la Chantría al señor Tesorero Agustín de Palma,
cuya real presentación también es fecha en 25 de junio de 1669.
(Libro 4, fol. 58 vto.).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1671
149
En el mismo día 26 de agosto con iguales ceremonias (aunque
no se expresa la de derramar monedas, se supone olvido del secre-
tario en el certificado) se dio la colación y posesión de la Chantría
al señor Ledo. Sebastián Moreno cuya real presentación es fecha
en Madrid a 2 de diciembre de 1670 y en ella se dice estar vaca
la dicha tesorería, por fallecimiento de Dn. Nicolás Olivares, el
cual no recibió colación de ella. (Libro 4, fol. 60 vto.).
En 28 se dió colación de la sacristía mayor de Maracaibo al
Ledo. Joseph de Soto Leotario, y nada más se dice aquí: mas
éste es el propuesto en segundo lugar en la terna; y el secretario,
presbítero Joseph de Heredia prosigue autorizando. (Libro 4,
fol. 62 vto.).
En 30 se aprobó el nombramiento de vicario y de cura interino
de Maracaibo. (Libro 4, fol. 62 vto.).
En Io de septiembre se mandaron expedir edictos para la pro-
visión del curato de dicha ciudad de Maracaibo con término de
80 días por distar de esta capital 160 leguas. (Libro 4, fol. 63).
Aquí mismo se mandaron comprar misales y hacer un orna-
mento de terciopelo negro y otros utensilios. (Libro 4, fol. 63 vto.).
En 9 fue nombrado el padre Joseph de Heredia, secretario de
Cabildo por maestro de ceremonias, por haber dejado este oficio
el padre Dn. Joseph de Arrechederra, sacristán mayor. (Libro 4,
fol. 64).
En 15, insinuándose que consiguiente a la licencia concedida
al prior mayordomo y hermanos de la cofradía del glorioso Prín-
cipe de los Apóstoles San Pedro, para construir una capilla en el
lugar y sitio donde estaba la de bautisterio, frente a la plaza, y
asimismo en virtud de lo decretado en acta de 6 de agosto de 1670,
se estaban edificando ambas unidas a un mismo tiempo, pero que
por no tener dineros la cofradía había parado la suya, y con este
motivo no se podía proseguir la otra; se mandaron continuar
ambas de cuenta de la fábrica con calidad de que la cofradía
pagase el suplemento dentro de dos años y que no hiciéndolo lo
reconociese a censo a favor de la fábrica, o quedase la capilla a
disposición de ésta. (Libro 4, fol. 64 vto.).
En el mismo día se dió licencia para la entrada de dos reli-
giosas al convento de Monjas. (Libro 4, fol. 65 vto.).
En 10 de noviembre se dió comisión a Dn. Juan Wilches, cura
y vicario de Trujillo para recoger lo que allí había quedado del
espolio del Illmo. Sor. Briceño. (Libro 4, fol. 65 vto.).
150
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
En el mismo acto, se mandó aumentar a su salario 30 pesos
anuales a tres capellanes de coro, porque también servían de
músico. (Libro 4, fol. 66 vto.).
En 18 de diciembre, se mandaron expedir edictos con término
de 60 días para la provisión del curato de la ciudad al Tocuyo.
(Libro 4, fol. 67).
Año de 1672.
En Io de enero, fueron electos por adjuntos los señores Deán
y Tesorero. (Libro 4, fol. 67 vto.).
En lia pluralidad de votos se formó la nómina de los dos
opuestos al curato de Maracaibo para la provisión de él. (Libro 4,
fol. 68).
En 13 se dió la colación de este curato al padre Juan Caldera
a presentación del señor Gobernador. (Libro 4, fol. 69).
En 27 se mandaron expedir edictos con término de 80 días
para la provisión de la sacristía de la ciudad de Guanaguanare.
(Libro 4, fol. 69).
En 9 de febrero, se mandó al mayordomo dar razón de lo pro-
cedido del espolio del Illmo. Sor. Briceño: y también se le mandó
que hiciese peaña de madera guarnecida de plata al Crucifijo
de marfil; y que la lámpara vieja de plata de la capilla mayor la
vendiese al mayordomo de la Iglesia de Nirgua. (Libro 4, fol. 70).
En 4 de marzo, se admitió un opositor al curato del Tocuyo.
(Libro 4, fol. 70 vto.).
En 18 se mandó vender un negro de la Iglesia, por los 450
pesos que tuvo de costo, a causa de haber salido malo. (Libro 4,
fol. 70 vto.).
Aquí mismo se aumentaron 30 pesos al salario anual de 50 del
secretario de Cabildo, por el mayor trabajo que tenía en la sede
vacante y que pagase el mayordomo de fábrica. (Libro 4, fol. 71).
En 23 de abril, se admitió el traspaso de un censo de 4.000
pesos de principal que tenía reconocido el capitán Diego de Ovalle,
a Dn. Diego Fernández de Araujo, a favor de esta Santa Iglesia
Catedral. (Libro 4, fol. 71 vto.).
En 2 de mayo, se concedieron mil pesos del espolio del Illmo.
Sor. Briceño a doña Leonor Vásquez de Rojas, viuda del general
Rui Fernández de Fuenmayor, de mancomún con su hijo el sar-
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1672
151
gento mayor Dn. Domingo Baltasar Fernández de Fuenmayor,
para reconocerlos a censo a favor de la Iglesia. (Libro 4, fol. 72).
En el mismo acto, fue nombrado por capellán de coro, el padre
Domingo del Carpió, presbítero, por dejación de Baltasar Esco-
vedo. (Libro 4, fol. 72 vto.).
En 10 habiéndose recibido un pliego que contenía las bulas
despachadas en 17 de noviembre de 1670, y Real Cédula ejecutoria
de 22 de enero de 1672 en que se constituye Obispo de esta dió-
cesis de Venezuela al Illmo. Sor. Maestro Dn. Fr. Antonio Gon-
zález de Acuña, del Orden de Santo Domingo; y asimismo dos
poderes de su Sría. Illma. otorgados en Madrid, el uno a 16 de
febrero del dicho año de 72, para que en su nombre tome la po-
sesión el señor Deán o presidente del Cabildo, y el otro en 16 del
mismo mes, para que el Cabildo gobernase el obispado, se dió
el obedecimiento y se señaló el siguiente día para la posesión.
(Libro 4, fol. 73).
En 11 precedida lección pública por el secretario de Cabildo
de las bulas, real ejecutorial y poder; y hecho el juramento pre-
venido por el Santo Concilio de Trento, y el guardar los estatutos
de esta Santa Iglesia, se dió al señor Deán Dr. Dn. Marcos de So-
bremontes en nombre del sobredicho Illmo. Sor. Obispo, la po-
sesión de este obispado con canto y música, sentándole en la silla
obispal así en el coro, como el capítulo y en la Audiencia. (Libro 4,
fol. 74).
En el mismo día a pluralidad de votos con atención a las voces
del poder conferido al Cabildo por el sobredicho Illmo. Sor. Obispo
para gobernar el obispado como lo había hecho en sede vacante,
se acordó, que subsistiese el señor provisor y demás ministros
del juzgado eclesiástico usando de la jurisdicción como conferida
por su Sría. Illma. (Libro 4, fol. 75).
En 17 se concedió un censo de 4.070 pesos perteneciente al
convento de Monjas de esta ciudad. (Libro 4, fol. 77).
En el mismo día se nombró por vicario foráneo y juez de diez-
mos de Maracaibo al padre Juan Caldera Quiñones; y también
se nombró cura interino. (Libro 4, fol. 77 vto.).
En 27 citándose una Real Cédula de 22 de enero de este año,
en que se mandaba informar acerca de aumento de prebendas a
pluralidad de votos se acordó informar: que convenía aumentarse
tres canongías y dos raciones con tal que se incorporase a las rentas
del Cabildo las de los curatos y sacristía de la Catedral, ponién-
152
FUENTKS PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
(lose dos tenientes de cura y un sacristán y que asimismo se in-
formase que la Iglesia tenía seis capellanes de coro, un maestro
de capilla, un sochantre, un organista, tres músicos de los mismos
capellanes, dos sacerdotes para vestirse con las dignidades, seis
monacillos, un pertiguero y un campanero. (Libro 4, fol. 78).
Sigue copia de una carta del Illmo. Sor. Obispo al Cabildo
desde Madrid, insinuando las causas de la dilación de su venida,
y encargándole cuide de sus ovejas. (Libro 4, fol. 79).
En 5 de julio, se mandaron expedir edictos para la provisión
del curato de Maracaibo con término de 80 días y para el de Ca-
rora con el de 60: y asimismo se mandó pasar al señor provisor
una petición sobre poner tres niñas huérfanas en el convento de
Monjas para su educación. (Libro 4, fol. 79 vto.).
En 6, se concedió al Ledo. Gerónimo Rivero el capital de 1.000
pesos para reconocerlo a favor de la Iglesia como proveniente del
espolio del Illmo. Sor. Briceño; y asimismo se acordó a Pedro
Erancisco de León otro censo de 500 pesos también de la Catedral,
que tenía reconocidos Francisco Martínez Flores. (Libro 4, fol.
80 vto.).
En 4 de agosto, se concedió licencia al Ledo. Dn. Domingo
de Guzmán para reconocer de nuevo tres censos pertenecientes
a la Catedral, el uno de 1.000 pesos, otro de 500 y otro de 250
que estaban antes cargados sobre una casa que vendió a doña
Mencia Landaeta. (Libro 4, fol. 81 vto.).
En 3 de octubre, se concedió a Pedro Juan Carrasquer, 600
pesos de capital que dejó Sebastián Díaz, para que con sus réditos
se celebrasen en la Catedral cada año diez misas cantadas. (Libro
4, fol. 82 vto.).
En este mismo acto, se concedieron dimisorias a cinco clérigos.
(Libro 4, fol. 83).
En 10 se concedieron 500 pesos del convento de Monjas a
Juan de Mujica para su reconocimiento a censo. (Libro 4, fol.
83 vto.).
En 14 se pusieron varios reparos a las cuentas del mayordomo
del hospital de la ciudad de Barquisimeto, a cuyo vicario se de-
volvió el expediente, haciéndosele varias provisiones relativas a
seguridad de los censos, cobro de réditos y contribución del edi-
ficio del mismo hospital. (Libro 4, fol. 84).
En 15 se pusieron varios reparos a las cuentas del mayordomo
de la cofradía del Santísimo Sacramento de la Iglesia Parroquial
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1673
153
de la ciudad de Barquisimeto; se mandó imponer a censo su al-
cance y se dieron varias disposiciones para el buen gobierno de
esta cofradía, comisionándose al vicario al efecto. (Libro 4, fol. 85).
En 18 de admitieron más seguridades sobre el censo de 500
pesos del convento de Monjas, concedido a Juan Mujica. (Libro
4, fol. 86).
En 22 se formó la terna para la provisión del curato de Carora.
(Libro 4, fol. 86 vto.).
En 18 de noviembre, se formó la nómina de los dos únicos
opositores para el curato de Maracaibo. (Libro 4, fol. 87).
En 28 se concedió al capitán Juan Blanco de Villegas el ca-
pital de 2.000 pesos perteneciente al convento de Monjas de esta
ciudad. (Libro 4, fol. 87 vto.).
En 29 se puso copia de un auto proveído por el Cabildo en 26
de este mes, acerca del mismo censo referido en la antecedente
nota: y asimismo acerca de la profesión y pago de piso y demás
de una novicia, de cuya dote proviene el propio censo. (Libro 4,
fol. 88).
En 7 de diciembre, se admitió la renuncia del curato y doctrina
de Pariagüán, La Guaira y anexos. (Libro 4, fol. 88 vto.).
En 20 se mandaron expedir edictos para la provisión del sobre-
dicho curato y también de los de Quara y de Duaca. (Libro 4,
fol. 89).
Año de 1673.
En Io de enero, fueron electos por adjuntos los señores arce-
diano y Chantre, y en el mismo acto aceptaron y juraron. (Libro
4, fol. 89 vto.).
En 12, se admitió la renuncia del curato de San Miguel de
Carigua: y también se dió comisión al señor arcediano para re-
cibir cuenta al mayordomo del convento de Monjas de esta ciudad.
(Libro 4, fol. 90).
En 25 se concedió licencia al capitán Dn. Manuel de Urbina
para reconocer a favor de la Catedral el capital de 1.000 pesos,
que tenía sobre sus bienes doña Leonarda Queipo. (Libro 4,
fol. 90 vto.).
En 15 de febrero se dió colación del curato de Quara al padre
Juan Bambelle y se mandaron fijar edictos para el de Carigua.
(Libro 4, fol. 91 vto.).
154
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
En 12 se admitió la dejación del curato de Mapire que hizo
el Ledo. Antonio González Golpellares. (Libro 4, fol. 91 vto.).
En 20 insinuándose que el Ledo. Gerónimo Valera, cura de
Turmero se ausentó sin licencia y que se había ¡do a España y
conseguido una canongía de la ciudad de Cartagena, se mandó
que el señor provisor hiciese averiguaciones de esto, y diese cuenta
al Cabildo de las resultas. Y aquí mismo se mandó reiterar la
fijación de edictos para un curato que no había tenido opositor.
(Libro 4, fol. 92 vto.).
En 25 habiéndose averiguado que el sobredicho Ledo. Geró-
nimo de Valera había tomado posesión de la canongía, se man-
daron expedir edictos con términos de 20 días para la provisión
del curato de Turmero. (Libro 4. fol. 93).
En 7 de abril, se hicieron las nóminas para la provisión del
dicho curato de Turmero y del de La Guaira, Pariaguán y anexos.
(Libro 4, fol. 93).
En 13 se formó la terna para la provisión de la sacristía mayor
de Trujillo. (Libro 4, fol. 94).
En 15 con motivo de haberse retirado el padre Erancisco
Urbina para su ingreso de jesuita en Santa Fe, el cual era preceptor
de gramática en esta ciudad, se nombró para lo mismo a Juan de
Heredia Carballo, con el mismo salario de 200 pesos señalado por
el Rey en Real Cédula de 8 de octubre de 1598 y de 100 asignado
sobre las rentas de la Catedral. (Libro 4, fol. 94 vto.).
En 18 se mandaron expedir edictos con término de 35 días
para la provisión del curato de Guama y Cocorote. (Libro 4, fol.
95 vto.).
En 6 de mayo, se concedieron 500 pesos de capital pertene-
ciente a la dotación de misas del Santo Cristo a Dn. Ginés del
Cerro y Ponte. (Libro 4, fol. 95 vto.).
En 26 de junio, se mandó reparar la Custodia agrandándola
y poniéndole piedras preciosas, empleándose en esto una mitra,
dos pectorales y algunos anillos. (Libro 4, fol. 96 vto.).
En el mismo acto se hizo la nómina por la provisión del curato
de Guama y Cocorote. (Libro 4, fol. 97).
En 30 se mandó reiterar tercera vez la convocatoria para la
provisión del curato de Duaca. (Libro 4. fol. 98).
En 10 de julio se hizo la nómina para la provisión del mismo
curato de Duaca. (Libro 4, fol. 98 vto.).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1674 155
En 27 de agosto, mejor acordado y fundado el Cabildo dispuso
que la fiesta de la dedicación de la Iglesia, se celebrase como antes
en 20 de junio, conforme a lo dispuesto en acta de 7 de marzo de
1638; pues era contra las decisiones de la Sagrada congregación
de ritos la mutación hecha posteriormente al día 30 de agosto.
(Libro 4, fol. 99).
Sigue testimonio del mandamiento expedido por el Illmo. Sor.
Obispo en 20 de septiembre para que el secretario de Cabildo con
los señores capitulares, compareciese en el palacio obispal de
esta ciudad el mismo día cerca de la noche para tratar el negocio
tan importante de la erección de Colegio Seminario y este Illmo.
señor es el primero que se firma Obispo de Caracas. (Libro 4,
fol. 99 vto.).
En 15 de octubre, presente su Sría. lllma. y en su palacio, se
determinó que hubiese dos plazas seises para el servicio de la
Iglesia. (Libro 5, fol. 1).
En 31 de diciembre, con atención a que Su Majestad tenía
encargada la administración de diezmos de esta diócesis al Illmo.
Sor. Obispo y al Cabildo; y que su Sría. lllma. había nombrado
para asistir a los remates del siguiente año a los señores arcediano
y chantre el Cabildo hizo igual nombramiento en ellos. (Libro 5,
fol. 100).
Nota: en este Cabildo comenzó a autorizar como secretario
de Cabildo al Dr. Dn. Pedro Lozano del Valle, presbítero, cuyo
nombramiento no consta y prosigue.
Año de 1674.
En 19 de enero, presente el Illmo. Sor. Obispo y en su palacio,
manifestó su Sría. lllma. la terna que pasaba al señor Gobernador
para la provisión de la mayordomía de fábrica de esta Santa
Iglesia, conforme al real patronato, en primer lugar al capitán
Juan Sánchez Borrego, en segundo a Dn. Diego Miquilen y en
tercero a Miguel Barón y el Cabildo no puso reparo. (Libro 5,
fol. 1).
Aquí mismo consultó al Cabildo a quien nombraría por pro-
moto fiscal y habiéndosele propuesto al Ledo. Domingo Pérez
Hurtado, le mandó despachar título. (Libro 5, fol. 1 vto.).
En este mismo acto, con igual consulta se nombró por perti-
guero y fiscal de vara a Juan César de Castilla, porque Joseph
156
FUENTES PARA I.A HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
Rivera, presbítero, que lo obtenía no quería continuar por ser
corto el salario. (Libro 5, fol. 1 vto.).
En 24 presenta su Sría. Illma. y en su palacio, se dispuso que
los curas para el mejor servicio de la Iglesia y administración
de Sacramentos tuviesen tres tenientes, dos para de día y uno
para de noche, con el salario de 225 pesos pagados de las rentas
de los mismos curas. (Libro 5, fol. 1 vto.).
En 15 de abril, se hace informe por el Obispo y Cabildo a la
Reina gobernadora, de los eclesiásticos beneméritos de esta dió-
cesis, con expresión de sus servicios, costumbres y calidad. (Libro
5, fol. 2).
En 17 se hizo otro informe por el Obispo y Cabildo, en que
piden el aumento de cuatro canónigos de los cuales uno fuese
magistral y otro penitenciario por oposición, incorporándose a
la cuarta capitular los novenos de los curas y sacristán con calidad
de ponerse dos tenientes de curas principales por oposición y pre-
sentación del Cabildo al Obispo con 500 pesos de renta cada uno,
y dos menos principales con 225 y un teniente de sacristán con 250.
(Libro 5, fol. 3).
En 16 de marzo, presente su Sría. Illma. y en su palacio se
trató acerca de haber sido ordenado con irregularidad un ecle-
siástico y se acordó señalarle nuevo término para probar que
estaba bien ordenado. (Libro 5, fol. 4).
En 1 7 de junio, presente su Sría. Illma. y en su palacio se
dispuso tomar de cuenta de la Iglesia una casa, sobre que estaba
cargado el capital de 1.500 pesos pertenecientes a ella, y pagarse
con la misma casa de los réditos vencidos, pues el censuatario
Diego de Guevara no podía pagarlos ni reparar la casa. (Libro 5,
fol. 4 vto.).
En 20 presente su Sría. Illma. y en su palacio, habiéndose
presentado Dn. Manuel Eelipe de Tovar, con el título que le des-
pachó su tío el Illmo. Sor. Dn. Fr. Mauro de Tovar en 9 de abril
de 1652 a consecuencia de la acta capitular de 27 de marzo del mismo
año considerándosele el patronato de la capellanía de Nra. Sra. de
Candelaria y Concepción en la cabeza de la nave del lado de la
Epístola en esta Santa Iglesia, pidiendo que se le diese auto jurí-
dico de la posesión en que estaba; se le declaró por legítimo pa-
trono desde la fecha de aquel título y su Sría. Illma. quedó en
que mandaría despachar su auto, para que se le diese real posesión.
(Libro 5, fol. 5).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1674
157
En 23 de julio, presente su Sría. Illma. y en su palacio se
mandó que en adelante en cumplimiento de las rúbricas del bre-
viario, se rezase una vez cada mes el Oficio de Difuntos, vísperas,
maitines y laudes en el primer lunes, y otro día no impedida,
declarándose que obligaba de precepto en el coro. (Libro 5, fol.
7 vto.).
En 24 presente su Sría. Illma. y en su palacio, se declaró que
en adelante en la concurrencia de la fiesta del Apóstol Santiago,
y de la gloriosa Santa Ana, se diesen las primeras vísperas de ésta
íntegras, con conmemoración de las segundas de aquélla; en atención
a que Santa Ana estaba declarada legítimamente por la silla apos-
tólica en la bula de erección de esta Santa Iglesia, y que Santiago,
aunque era patrono de España no lo era de las Indias, pues estaba
declarada por patrona de esta Santa Rosa, y que el patronato de
Santiago en particular de esta ciudad; debía estimarse como
mera devoción; pues no estaba hecho con arreglo al decreto de la
sagrada congregación de ritos, confirmado por el Sumo Pontífice
el señor Urbano VIII que aquí mismo está inserto. (Libro 5,
fol. 8).
En 25 presente su Sría. Illma. y en su palacio se mandó que
en adelante volviese al coro el señor prebendado que hubiese
hecho el oficio de vísperas acompañado de los mismos ministros
que fueron con él al altar; y presididos del pertiguero; imponiendo
pena de cuatro pesos de multa al ministro que faltase, y la de pro-
cederse contra él judicialmente por el señor provisor después de
segunda falta; y al Cabildo se lo preceptuó su Sría. Illma. en virtud
de santa obediencia. (Libro 5, fol. 8 vto.).
En 12 de septiembre, presente el Illmo. Sor. Obispo y en su
palacio su Sría. Illma. con consulta del Cabildo agregó al seminario
cuya fábrica se estaba construyendo, dos capellanías de fuera de
la Catedral; y se acordó que para pagar los catedráticos de gra-
mática, artes y teología, se continuasen contribuyendo los 200
pesos que se daban de las reales cajas y 100 de la fábrica de la
Catedral para el preceptor de gramática; y que además de esto
y del tres por ciento la misma fábrica diese 200 pesos más anual-
mente pagables por medianías; pues con todo junto se acomodarían
todos los catedráticos. (Libro 5, fol. 9).
En 2 de noviembre, presente su Sría. Illma. en la sala capitular
habida consideración a las rentas que gozaba la fábrica de los
espolios de los Illmos. señores Obispos Dn. Fr. Gonzalo de An-
158
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
guio y Dn. Fr. Alonzo Briceño, y hechas otras reflexiones se acordó
que el día siguiente a la conmemoración de difuntos, se hiciese
aniversario por los señores Obispos que ha tenido esta diócesis,
sin hacerse otra contribución que la de la cera: que en los dos
días siguientes se hiciesen dos por aquellos nominados, Illmos.
señores Obispos Angulo y Briceño, contribuyendo la fábrica para
ellos 16 pesos y medio para distribuirlos entre los ministros: que
seguidamente se hiciese otro que ofrecía dotar el mismo Illmo.
Sor. Obispo presente Dn. Fr. Antonio González de Acuña por su
alma, y las de sus padres y deudos: y que después si hiciese otro
aniversario con igual contribución que la de la cera. (Libro 5, fol. 10).
En el mismo día y acto, habiendo insinuado su Sría. Illma.
que según se había determinado estaba destinado el caudal de
María Pérez para las imágenes de Nra. Sra. del Rosario del con-
vento de San Jacinto y de Nuestra Señora de Candelaria de esta
ciudad, en cuya virtud había mandado entregar lo correspondiente
a aquella y que de lo pertenenciente a Nra. Sra. de Candelaria
estaba todo impuesto a censo; conferenciando este asunto, se dis-
puso que su cofradía que estaba ya desvanecida se pusiese en
pie, siendo su Sría. Illma. y sus sucesores y el Cabildo perpetua-
mente patronos y cofrades de ella, eligiéndose cada año un capi-
tular para que cuidase de los bienes de esta cofradía y diese su
cuenta al prelado y capítulo: que la misa de los sábados se can-
tase con diáconos de los capellanes de coro, repartiéndoseles cada
año 200 pesos: que para el incienso de la misa y salve se diesen
cada año 5 pesos que se hiciesen las fiestas solemnes de Purifi-
cación e Inmaculada Concepción pagando 10 pesos por cada una
y que se hiciese un aniversario en la conmemoración general de
difuntos con la misma limosna y ofrenda de pan y vino aplicado
este aniversario y aquellas funciones por las almas de la dicha
María Pérez y sus parientes difuntos. Y aquí mismo se obligaron
los capellanes de coro por sí y por sus sucesores a vestirse de diá-
conos en las misas de los sábados por la dicha limosna. (Libro 5,
fol. 10 vto.).
En el mismo día y acto; vista una representación de Juan de
Medina, en que hacía presente haber concluido la Iglesia y su
torre en diez años transcurridos desde el de 1664 haciendo aún
oficio de albañil pues el era carpintero por no haber quien hiciese
aquél, y que aunque se le habían prometido 200 pesos de albiricias
no se le habían dado; se acordó: que concluyendo unas rejas que
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1675
159
faltaban y debían incluirse en aquellos 200 pesos su Sría. Illma.
despacharía mandamiento para que se le entregasen por el mayor-
domo de fábrica.
En el mismo día y acto, en consideración a que por ser corta
la dotación de las misas de los viernes al Santo Cristo se cantaban
sin diáconos, se acordó que se diesen (solamente) al organista
solamente 12 pesos, 4 reales y que los otros 12 pesos y 4 reales
se repartiesen entre los capellanes de coro por vestirse de diáconos:
y llamados a este acto los ocho capellanes que había, éstos se
obligaron por sí y por sus sucesores a ejecutarlo por aquella corta
limosna y por su devoción: y el Illmo. Sor. Obispo les dió las
gracias. (Libro 5, fol. 13).
En 30 del dicho mes de noviembre, presente su Sría. Illma.
y en su palacio se determinó para remediar los perjuicios que había
en los remates de diezmos y su solución que no se admitiesen pos-
turas que adeudasen algo: que las fianzas fuesen buenas: que
hubiese caja, en que entrase toda la masa a excepción de los dos
novenos reales: y que hubiese dos capitulares jueces de diezmos
autorizados por su Sría. Illma. hasta para imponer censuras,
y que a ellos se pasasen todas las causas: y en el mismo acto fueron
nombrados los señores arcediano y chantre a los cuales su Sría.
Illma. dió cumplidas facultades y mandó que cada uno tuviese
una llave de la caja, y la tercera el notario, dándoles también
facultad para nombrar jueces subalternos que en sus diezmos
tuviesen semejante caja. E igualmente se aceptó aquí la cesión
espontánea que hizo el señor Deán de la décima que percibía de
la masa de diezmos y que en adelante sólo se le contribuyese a
razón de cuatro y a las demás dignidades a razón de tres, confor-
mándose con lo dispuesto en la erección y que a este modo respec-
tivamente entrasen cuando los hubiese los canónigos, racioneros
y medios racioneros. (Libro 5, fol. 14).
En 30 de diciembre, presente su Sría. Illma. y en su palacio
se dispuso que en ausencia y enfermedades del señor Chantre,
fuese juez de diezmos por él el señor Tesorero. (Libro 5, fol. 16).
Año de 1675.
En Io de enero, presente el Illmo. Sor. Obispo en la sala capi-
tular dió cuenta del estado de los autos del concurso a la ma-
yordomía de fábrica de esta Santa Iglesia; y con consulta del
160
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
Cabildo formó la terna poniendo en primer lugar a Dn. Diego
Miquelena. Y aquí mismo consultó también al Cabildo sobre
provisión de la mayordomía del convento de Monjas y con su
parecer nombró al mayordomo. (Libro 5, fol. 16 vto.).
En 3 de febrero, presente su Sría. Illma. en la sala capitular
precedida consulta al Cabildo y aceptando su parecer determinó
proceder a concurso de los curatos vacantes y al nombramiento
de examinadores sinodales por haber muerto los nombrados en
la última sínodo; y en efecto con la misma consulta y consejo
nombró los veinte examinadores aquí nominados. (Libro 5, fol. 17).
En Io de marzo presente el Illmo. Sor. Obispo aceptó el Ca-
bildo la fundación que aquí está inserta de una capellanía de
2.200 pesos que su Sría. Illma. fundó con los bienes de Angela
Meló cuyo capital reconoció en 19 de enero de este año Santiago
de Liendo destinando sus réditos para la misa cantada de renovó
en el altar mayor de la Catedral cada jueves: que fuese capellán
perpétuo el Cabildo y patrono la dignidad episcopal: y que el
mayordomo de fábrica se hiciese cargo de cobrar los réditos y pagar
la limosna de las misas y tres por ciento tocante al seminario.
(Libro 5, fol. 18).
En el mismo día habiendo propuesto su Sría. Illma. que por
su devoción había fundado la capellanía de una misa cantada
en esta Santa Iglesia el día 21 de diciembre al glorioso Apóstol
Santo Tomás, dotándola en el capital de 270 pesos, según el tenor
de la fundación aquí mismo inserta; siendo del cargo del mayor-
domo de fábrica el cobro de los réditos anuales: el Cabildo aceptó,
y dió las gracias. (Libro 5, fol. 23 vto.).
En 27 de junio el Cabildo accedió a la petición del señor Chan-
tre Ledo. Agustín de Palma, de ausentarse por enfermo; y para
que restablecido ejerciese el título de visitador que le había des-
pachado el Illmo. Sor. Obispo; y se aceptó el nombramiento que
hizo en el padre Baltasar García, cura de la Catedral, para cantar
las misas de su obligación. (Libro 5, fol. 24 vto.).
No hubo otro Cabildo en este año.
Año de 1676.
En 26 de enero, se puso copia en este libro de un auto del
Illmo. Sor. Obispo, fecho en 23 del mismo, en que reúne las dos
capellanías fundadas por doña Elvira y doña Leonor de Montes,
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1677
161
reforma la carga de misas rezadas que ha de decir el capellán en
la capilla de Nuestra Señora de la Antigua: determina que el
Cabildo se haga cargo de doce cantadas de la una, y tres de la otra,
y de otra solemne con vísperas el día de Nuestra Señora de las
Nieves: que se entregue una parte de réditos al hospital de San
Pablo: que arda la lámpara de la capilla en ciertos días: que se
pague otra parte a la fábrica de esta Iglesia, y que el mayordomo
de ella los cobre todos y haga los pagamentos; y asimismo se
dispuso la asistencia al coro en ciertos días por el capellán y que
éste no pueda obtener beneficios fuera de la ciudad. (Libro 5,
fol. 25 vto.)-
En el mismo día se copió otro auto de 17 de este mes pro-
veído por el Illmo. Sor. Obispo, en que prohibe en virtud de santa
obediencia y pena de excomunión mayor con pretexto ni ocasión
alguna se sacase prestada, hurtada o vendida, ni aún por mínimo
tiempo cosa alguna del servicio de la Iglesia, ni de sus capillas
particulares, ni del archivo ni de la sala capitular. (Libro 5, fol.
28 vto.).
En 27 se puso copia de un edicto del mismo Illmo. Sor. Obispo
expedido en 25 del mismo prohibiendo con pena de excomunión
mayor el uso del tabaco de humo, o de polvo, o masticado o moho
dentro de las Iglesias en sus sacristías, paredes o ámbitos y a los
que hubiesen de comulgar desde la media noche y una hora después
de haber comulgado y que los de hábito talar no usasen el de
humo fuera de sus casas en público. (Libro 5, fol. 29).
En el mismo día se puso copia de otro edicto de su Sría. Illma.
de 21 del mismo mes, en que con precepto formal y perpetuo
manda que el clero no rece de otros Santos que de los de Breviario
Romano, siguiendo la práctica de esta Catedral, sin que obste
previlegio alguno. (Libro 5, fol. 31).
No hubo otro Cabildo en este año.
Año de 1677.
En 6 de febrero, por el temor que había de invasión a esta
ciudad por los enemigos franceses, se mandaron hacer preven-
ciones para sacar la plata y ornamentos de la Iglesia. (Libro 5,
fol. 32).
En 4 de noviembre, habiendo presentado el señor arcediano
Dn. Miguel Núñez y Guzmán la Real Cédula de 1 ° de agosto de
12 — Acta*, i.
162
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
este año en que es promovido al deanato vacante por promoción
del señor Dr. Dn. Marcos de Sobremontes al obispado de Puerto
Rico; el Cabildo mandó remitir al expediente al Illmo. Sor. Obispo
que estaba en la ciudad de Coro; y que quedase testimonio en el
libro. (Libro 5, fol. 33).
No hay otro Cabildo en este año.
/Iño de 1678.
En 13 de mayo, con motivo de haber sido nombrado visitador
general el Dr. Dn. Pedro Lozano del Valle, que era secretario
de Cabildo fue nombrado Martín Fernández de Alagarín, pres-
bítero. (Libro 5, fol. 34 vto.).
En 20 habiendo presentado el Ledo. Dn. Joseph de Areche-
derra, sacristán mayor de la Catedral, un título en que Su Majestad
le nombra por capellán ad honorem de su real capilla; y el Cabildo
dijo: que estaba pronto a guardarle los honores. (Libro 5, fol. 35).
Sigue copia de la petición y del título despachado en Madrid
a 4 de noviembre de 1676, y en él se dice: que se dió la posesión
al graciado en la persona de su apoderado el señor Dr. Dn. Diego
de Baños y Sotomayor, electo Obispo de Santa Marta. (Litro 5,
fol. 35).
En 28 de junio, se dió posesión del arcediano al señor Chantre
Ledo. Dn. Agustín de Palma, habiendo recibido la colación que
en 8 de febrero de este año le dió en la ciudad de Coro, el Illmo.
Sor. Obispo vista la Real Cédula despachada en 10 de agosto
del año anterior; y se expresa en este Cabildo que el arcediano
electo Deán había muerto, y que el Illmo. Sor. Sobremontes per-
maneció con la dignidad de Deán por no haber recibido las bulas
de su promoción al obispado de Puerto Rico: se le dió la posesión
con las ceremonias acostumbradas. (Libro 5, fol. 36 vto.).
En 13 de agosto, habiéndose recibido una carta del señor
Gobernador en que avisando al Cabildo las amenazas y preven-
ciones del enemigo francés, para acometer al Puerto de la Guaira
y a esta ciudad pidió que se hiciese alguna demostración se acordó
contestarle que en otra acta se trataría de aquello que podría
hacer en lo justo y lícito. (Libro 5, fol. 38).
En 19, se presentaron los señores Tesorero, Sebastián Moreno,
con un real despacho, expedido en 10 de agosto del año anterior
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1678
163
en que es promovido a la chantría, y el Ledo. Juan de Gamboa,
cura de la Catedral con otro expedido en 4 de septiembre de aquel
año, en que es promovido a la tesorería se hubieren por presen-
tadas y se les mandaron devolver quedando testimonio en el
libro para ocurrir al Illmo. Sor. Obispo que estaba en la ciudad
de Coro a pedir la colación. (Libro 5, fol. 38 vto.).
En 6 de septiembre, para responder a la carta del señor Go-
bernador, referida en el Cabildo de 13 de agosto en la cual por
el señor Gobernador se pedía, que el Cabildo y el clero, le diesen
parecer en que parte y lugar fabricaría una fuerza para defensa
de esta ciudad; se acordó: que pues el Cabildo y clero carecía de
conocimientos militares por no ser de su profesión no debían ni
podían dar tal parecer. (Libro 5, fol. 42).
En 10 de octubre, se mandó al mayordomo de fábrica que
embarcase para España doce fanegas de cacao para traer damasco
y tafetán morado para un ornamento, seis misales, seis rituales,
un calendario, y el vino, cera y aceite suficiente para dos años,
pues en esta ciudad estaba todo muy caro y que de España vendrían
sin derechos por estar así concedido a las Iglesias. (Libro 5, fol.
42 vto.).
En 20, se dió colación de la Chantría al señor Ledo. Sebastián
Moreno, y de la tesorería al señor Ledo. Juan de Gamboa, en
virtud de despachos expedidos por el Illmo. Sor. Obispo en la
ciudad de Coro a 7 y 8 de septiembre anterior: y en el mismo
acto se les dió la posesión con las ceremonias acostumbradas.
(Libro 5, fol. 43).
En 21, habiéndose presentado el Ledo. Dn. Juan de Areche-
derra con un auto del Illmo. Sor. Obispo (que sigue copiado)
en que manda se le guarden las preeminencias que le corresponden
como capellán de honor de la real capilla, y que el Cabildo le
señalase silla y asiento como lo debía tener en la misma real
capilla; en su obedecimiento el Cabildo le señaló en el coro asiento
y silla inmediata al señor Tesorero, el cual era el último del Ca-
bildo; y el despacho de su Sría. Illma. manda que también tenga
igual lugar en las procesiones y otros actos y el uso de capa pluvial
y también le concede que cante misa como los prebendados en el
altar mayor en suplemento de éstos. (Libro 5, fol. 45).
En el mismo día, se puso copia en el libro de un título despa-
chado por el Illmo. Sor. Obispo en Coro a 10 de septiembre de
este año, en que nombra por apuntador de coro al padre Martín
164
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
Fernández de Algarín, con 30 pesos pagables de las rentas de
fábrica de lo que ésta percibía de fallas. (Libro 5, fol. 47).
En 22, habiéndose reconocido por medio del maestro de Ca-
pilla que lo era el padre Fr. Buenaventura de los Angeles que un
mozo que había venido de España llamado Joseph de la Rosa
tenía habilidad para tocar el bajón fue nombrado por bajencista
de esta Santa Iglesia, con 100 pesos anuales de la renta de fábrica
y que se diese cuenta al señor Obispo. (Libro 5, fol. 47 vto.).
En este mismo acto, se dispuso que pues el señor Dn. Juan
de Gamboa estaba promovido a la tesorería se le entregasen por
inventario los ornamentos y alhajas de la sacristía. (Libro 5,
fol. 48).
En 14 de noviembre, el Cabildo manifestó su allanamiento
a recibir la bula de la Santa Cruzada, que se había de publicar
el día 20 de este mes; y sigue testimonio de la Real Cédula de
este asunto. (Libro 5, fol. 48).
Año de 1679.
En 7 de abril, se mandó reparar la torre en la parte que había
sido arruinada por un rayo. (Libro 5, fol. 48 vto.).
En 9 de mayo, se nombró un capellán de coro, interino, mien-
tras el propietario iba a servir interinamente una doctrina. (Libro
5, fol. 49).
En 2 de junio, se cometió al señor Deán el hacer la fundación
de una capellanía de 600 pesos de capital que dió al Cabildo a
este fin en su vida el capitán Sebastián Díaz, y estaban ya reco-
nocidos a censo, y cumpliéndose la carga de diez misas cantadas,
las nueve en las festividades de la Santísima Virgen María Nuestra
Señora, y la una en la octava de difuntos a tres pesos cada una.
(Libro 5, fol. 49 vto.).
En 7 de julio, habiéndose redimido el coro de la capellanía
antecedente por el castellano Pedro Juan Carrasquer, se concedió
al capitán Miguel de Mora. (Libro 5, fol. 50 vto.).
En 19 de agosto, se mandó remediar a la Iglesia parroquial
de Coro con un torno y un frontal por estar muy necesitada.
(Libro 5, fol. 51 ).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1680
165
En 12 de septiembre, se mandó reparar el órgano, por ser muy
antiguo y estar maltratado: y también se mandaron hacer cuatro
casullas de damasco encarnado para los capellanes y dos fron-
tales blancos para los altares colaterales. (Libro 5, fol. 51 vto.).
Año de 1680.
En 30 de enero, se nombró por capellán de coro y maestro
de ceremonias al padre Juan Telles; y que también asistiese a
la capilla de música, Ínterin el señor Obispo disponía otra cosa.
(Libro 5, fol. 52).
En 23 de marzo, se nombró a los padres Miguel Nieto y Tomás
de León, presbíteros, por capellanes de coro, por monacillo a
Andrés Camacho, y por apuntador al padre Alonzo Prieto, presbí-
tero capellán de coro; y aquí mismo se nombró un procurador
para defender el capital de la capellanía de Angela Meló, de que
era capellán el Cabildo. (Libro 5, fol. 53).
En 5 de septiembre, habiendo presentado el señor Chantre
Dn. Sebastián Moreno un real despacho dado en Madrid a 4 de
marzo de este año, en que se le promueve a la dignidad de Deán,
vacante por muerte de Dn. Miguel Núñez y Guzmán, se mandó
copiar en el libro capitular, y devolvérsele para que ocurriese por
apoderado a Maracaibo, donde se hallaba el Illmo. Sor. Obispo
para que le diese la colación. (Libro 5, fol. 53).
En el mismo, se dió igual providencia a la presentación de
otro real despacho de la propia fecha, en que se promueve al señor
Tesorero Dn. Juan de Gamboa a la dignidad de Chantre. (Libro
5, fol. 54).
En 13, se mandó pagar la cal comprada para las capillas que
estaban labrando junto a la de las Benditas Animas; y que se
reparase el techo de la capilla inmediata de Nuestra Señora de
la Antigua, por haberlo destruido el comején. (Libro 5, fol. 55).
En 8 de octubre, en atención a haber concluido el carpintero
los techos de las cuatro capillas desde la torre hasta la de Nuestra
Señora de la Antigua, se le mandó al mayordomo de fábrica pagar
el resto del ajuste. (Libro 5, fol. 55 vto.).
En 16 de noviembre, en virtud de comisión del Illmo. Sor.
Obispo, expedida en Maracaibo el 8 del mes anterior, se dió
colación al señor Chantre Dn. Sebastián Moreno, del deanato
166
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
cuyo real despacho que está copiado también se puso anterior-
mente en este mismo libro en el lugar que queda citado; y en el
mismo acto se le dio la posesión con las ceremonias acostumbradas.
(Libro 5, fol. 56).
En 26, con igual comisión se dió colación y posesión de la
dignidad de Chantre al señor Tesorero Ledo. Dn. Juan de Gamboa.
(Libro 5, fol. 59 vto.).
Año de 1681.
En 17 de enero, con atención a las bajas posturas hechas a
los diezmos se dispuso que las casas excusadas de la costa de esta
ciudad y de la de Valencia, las administrase el mayordomo de
fábrica. (Libro 5, fol. 63).
Aquí mismo, por hacerse retirado un capellán de coro, y no
haber en la actualidad sacerdote en esta ciudad, se nombró al
padre Gaspar Viana Zurita, clérigo diácono. (Libro 5, fol. 63).
En 24, insinuándose que Diego Bastardo estaba sirviendo el
oficio de bajonista, sin otro salario que los aguinaldos moderados
que daba la Iglesia a sus ministros; se acordó que se le diesen 20
pesos de socorro; y que en adelante se le contribuyese el salario
anual de 50 pesos. Y aquí mismo se dió providencia sobre pagarse
su trabajo al que ajustó las cuentas del mayordomo Pedro Paredes.
(Libro 5, fol. 63 vto.).
En 2 de mayo, habiéndose recibido un exhorto del señor Gober-
nador con inserción de una Real Cédula acerca de que el Cabildo
había prometido por el Estado eclesiástico seis mil pesos para
ayuda de una fortificación; se acordó que se vería y determinaría.
(Libro 5, fol. 64).
En 19 se acordó acerca del sobredicho exhorto del señor Go-
bernador, que el Cabildo no había hecho la oferta que se expresa
y que más bien debía suplicarse de los nuevos impuestos que
se hacían para la dicha fortificación en cuanto perjudicaban al
Estado eclesiástico; fundado todo en las sólidas razones que se
expresan prolijamente en el voto del señor arcediano que quedó
por auerdo; y así mismo el que se diese cuenta al Illmo. Sor. Obispo.
(Libro 5, fol. 64 vto.).
En 7 de junio, se recibió otro exhorto del señor Gobernador,
cuyo asiento no se expresa; se acordó que se vería y determinaría.
(Libro 5, fol. 65 vto.).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1681 167
En 9, habiéndose recibido dos pliegos del Illmo. Sor. Obispo
se mandaron copiar en el libro. El uno contiene un edicto convo-
catorio a la provisión de la mayordomía de fábrica. Y el
otro edicto convocatorio a oposición y concurso a la dignidad de
Tesorero por haberse dispuesto en Real Cédula de 24 de diciembre
de 1677 que así se proveyese alternando teólogos y juristas y
comenzando por los teólogos; que se hiciese la terna, y que se
remitiesen los autos originales cerrados y sellados al real y Su-
premo Consejo de Indias, y se señaló el término de ocho meses;
que las lecciones fuesen dentro de veinte y cuatro horas con puntos
dados por el maestro de las sentencias, y con sermón también
dentro de 24 horas por puntos tomados por el misal. Fue expedido
este edicto en Trujillo a 7 de mayo de este año. (Libro 5, fol. 66).
Seguidamente, se copió otra carta del Illmo. Sor. Obispo en
que avisa al Cabildo haber recibido dos reales cédulas acerca de
los 6.000 pesos que él ofreció (habiendo dado noticia por medio
de su provisor al Cabildo) sobre las Iglesias y obras pías para la
fortificación de esta ciudad y del Puerto de La Guaira; y que en
cumplimiento de la oferta, había señalado 2.000 pesos a la fábrica
de la Catedral; 2.000 a la de Valencia, 500 al hospital de esta
capital; 500 al monasterio de ella; 500 de la cuarta episcopal;
200 entre los curas y sacristán mayor de la Catedral y 300 que
rogaba al Cabildo contribuyese por su parte. (Libro 5, fol. 67 vto.).
En 14 se trató de realizar la entrega de los sobredichos 6.000
pesos y atento lo expuesto por el señor arcediano como provisor
se dispuso que se hiciese presente al señor Gobernador que la
Iglesia, las monjas y el hospital sólo podrían pagar su parte, si se
cobraba de lo que se les estaba debiendo, pues estaban en gran
necesidad. (Libro 5, fol. 68).
En 30, por promoción del padre Juan Telles, se nombró por
maestro de ceremonias al padre Juan Ignacio Diez Velasco, y
en cuanto a la capellanía de coro que aquél obtenía se reservó
por no haber quien la sirviese. Y aquí mismo se mandaron hacer
unos ornamentos y unos reparos. (Libro 5, fol. 68 vto.).
En 11 de julio, se mandaron remitir al señor Gobernador de
cuenta de los 6.000 pesos prometidos como queda dicho, 1.500
pesos, de las porciones de su Sría. Illma., del Cabildo y de los
curas de la Catedral, y parte de la de la Iglesia de Valencia; y
que se participase al mismo señor Gobernador que los mayordomos
de fábrica de las monjas y del hospital quedaban haciendo cobro
168
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
para poder entregar sus porciones. Y aquí mismo, se mandaron
hacer doce roquetes para los seis monacillos y comprar unos libros
de oro para el cuadro de Santa Rosa. (Libro 5, fol. 69).
En 23 de agosto, habiéndose recibido dos cartas del Illmo.
Sor. Obispo la una dirigida al Cabildo, acerca de realizar la en-
trega de los dichos 6.000 pesos a la mayor brevedad; y la otra al
señor provisor que lo era el arcediano, en que hace a éste una
fuerte reprensión acerca del voto que dio en el Cabildo de 30 de
mayo de este año, y dispuso que se leyese en Cabildo y se pusiese
copia en el libro como seguidamente se puso; y son dignas de
leerse ambas cartas por cuanto demuestran como se debe portar
la Iglesia en tales casos con las potestades seculares. Y el Cabildo
acordó: que se requiriese al mayordomo de fábrica y los de las
monjas y del hospital para que apurasen los cobros y realizasen
la entrega de su parte, en los dichos seis mil pesos. (Libro 5,
fol. 69 vto.).
En 1 1 de septiembre, se mandó al administrador de las rentas
de fábrica de la Catedral, siéndolo el padre Pedro Vicuña, pres-
bítero, que solicitase testimonio de las cláusulas del testamento,
que otorgó en esta ciudad el Illmo. Sor. Dr. Dn. Marcos de So-
bremontes para agenciar los legados que hizo a esta Santa Iglesia
y que envíase poder a Cumaná, donde había fallecido el dicho
señor Obispo que lo era de Puerto Rico. (Libro 5, fol. 72 vto.).
En 14 de octubre, se mandaron remitir al señor Gobernador
los 2.000 pesos que tocaron a la fábrica en los 6.000 de la donación
que queda referida. Y aquí mismo se mandó componer el altar de
la sacristía o mesa de vestirse. (Libro 5, fol. 72 vto.).
En 17 se mandó hacer nuevo palio para las administraciones
del Santísimo Viático, aderezar el altar de Santa Rosa, que se
reparase el aposento de los curas y se hiciesen varias cosas menudas
de la fábrica. (Libro 5, fol. 73).
En 17 de noviembre, habiéndose recibido una carta del Illmo.
Sor. Obispo, cuyo asunto no se expresa, se acordó que se consul-
taría y resolvería. Y aquí mismo a la insinuación que hizo el señor
arcediano de renunciar la judicatura de diezmos, el señor Deán
único que asistía con él, calificó las causas, y fue de parecer que
se diese cuenta a su Sría. Illma. Y esto mismo se resolvió en el
siguiente Cabildo en su segunda parte. (Libro 5, fol. 73 vto.).
En 18, tratándose el asunto de la carta antecedente citada, en
que se ordena al Cabildo que nombre sustitutos para el servicio
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1682 169
de la dignidad de Tesorero vacante y de la de Chantre, por el
mucho tiempo que no la servía por enfermo el señor Dn. Juan de
Gamboa; se nombró para la primera al Ledo. Dn. Joseph Are-
chederra, sacristán mayor, y para la segunda a los dos curas de
la Catedral, maestro Dn. Juan Fernández Hortiz, y Br. Dn. Jo-
seph Melero, alternando cada semana entre ambos, con el salario
de 300 pesos; y lo mismo se señaló al Ledo. Dn. Joseph Areche-
derra. (Libro o, fol. 74).
En 28, en atención a que no había quien sirviera la capellanía
de misa de once fundada por Bartolomé Rivilla y Puerta; el Ca-
bildo como patrono, nombró por capellanes a los ocho capellanes
de coro, para que dijesen las misas entrando por turno. En el
siguiente Cabildo se mandó sacar testimonio de la cláusula de este
patronato. (Libro 5, fol. 74 vto.).
En 2 de diciembre, fue recibido por capellán de coro con título
despachado por el Illmo. Sor. Obispo al padre Pedro Fernández
de Algarín, por otro que se ausentó y se mandó que el mayordomo
de fábrica le pagase la renta con libramiento del Cabildo y que
esto se entendiese para con los demás ministros. (Libro 5, fol. 75).
Aquí mismo se mandó al mayordomo de fábrica, hacer vestidos
a los esclavos y esclavas de la Iglesia, y hopas a los monacillos.
(Libro 5, fol. 75).
En 9, atenta la insinuación hecha por los nombrados para
sustitutos de Chantre y de Tesorero, acerca de ser corta la asig-
nación con respecto al número de misas cantadas y rezadas y
asistencia diaria al coro, se acordó que entrasen en parte como les
propiestarios a los manuales cantados asistiendo a ellos, pero
no a los de misas rezadas. (Libro 5, fol. 76).
En 30, se mandó al mayordomo de fábrica que hiciese una capa
para uso de los curas en los entierros: que pagase su medianía
a los ministros y que diese a éstos sus aguinaldos. Y asimismo
se le mandó; que en los respectivos tribunales sostuviese una
venta de tierras que se hizo por un censo de la fábrica. (Libro 5,
fol. 76 vto.).
Ario de 1682.
En 12 de enero aceptaron los nombramientos los electos susti-
tutos de Chantre y Tesorero. (Libro 5, fol. 77).
170
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
En 13 se acordó: que estos mismos comenzasen luego el ser-
vicio. (Libro 5, fol. 77).
En 16, habiendo insinuado el señor arcediano que la tabla
de sermones, sería mejor la hiciese el Cabildo y no él como pro-
visor del señor Obispo como se había practicado en su ausencia
porque conceptuaba que así sería de más respeto y los religiosos
no se excusarían, se acordó: que se diese cuenta a su Sría. Illma.
y que entretanto se encomendasen los sermones de Cuaresma y
demás hasta Pentecostés, ayudando la fábrica de la Iglesia con
6 pesos por los feriales, y 10 por los de misterios. (Libro 5, fol.
77 vto.).
En 13 de marzo, se recibió la noticia de haber fallecido en
la ciudad de Trujillo el día 22 de febrero anterior, el Illmo. señor
I)n. Fr. Antonio González de Acuña, y asimismo una carta que
el mismo día de su fallecimiento escribió a su Sría. Illma. el Ca-
bildo despidiéndose de él, y dándole su bendición. Y el Cabildo
aprehendió la jurisdicción y mandó que después del doble se
tocasen las campanas a sede vacante. La carta está copiada al
folio 82 de este libro. (Libro 5, fol. 78).
En 14, fue electo por provisor y vicario general el señor arce-
diano Dn. Agustín de Palma, dejando el Cabildo reservada en sí
la jurisdicción voluntaria. Y en otro Cabildo de 16 de este mes
aceptó y juró el nombrado. (Libro 5, fol. 78 vto.).
En 16, insinuándose que había expirado la jurisdicción c!e los
vicarios foráneos de esta diócesis, se hicieron nuevos nombra-
mientos y también el de visitador general para continuar lo que
hubiese quedado pendiente de la visita del Illmo. Sor. Obispo.
(Libro 5, fol. 79).
En 21, se admitió a oposición a la dignidad de Tesorero al
maestro Dn. Juan Fernández, cura de la Catedral; y se dieron
providencias de jurisdicción voluntaria. (Libro 5, fol. 79 vto.).
En 24, fue nombrado el señor arcediano por vicario del con-
vento de Monjas de esta ciudad con varias facultades que aquí
se especificaron. (Libro 5, fol. 80).
En Io de abril, con motivo de que el día 4 del mismo se cum-
plían los 8 meses de término del edicto convocatorio a oposición
de la dignidad de Tesorero y que sólo había un opositor se pro-
rrogó por cuatro meses más y que así se denunciase. (Libro 5,
fol. 80 vto.).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1682
171
En 2, se admitieron a oposición a la dicha Tesorería al Br.
Dn. Joseph Melero al Dr. Dn. Pedro Lozano del Valle, y al doctor
Tomás Pereira. (Libro 5, fol. 81).
Aquí mismo se proveyó acerca del alcance de cuentas de Pedro
Paredes, mayordomo de fábrica de esta Santa Iglesia: se dieron
algunas providencias de jurisdicción voluntaria, y se nombró
por capellán del convento de Monjas de esta ciudad al padre Juan
Díaz de Vargas. (Libro 5, fol. 80 vto.).
En 4, se despojó de la plaza de bajonista a Diego Bastardo,
por que faltaba mucho, y se nombró a Francisco Pérez Camacho,
clérigo de menores órdenes. (Libro 5, fol. 81 vto.).
En 6, habiéndose recibido el testamento del Illmo. Sor. Obispo
y los inventarios de sus bienes, y otros papeles; se mandó poner
todo en el archivo capitular. (Libro 5 fol. 82 vto.).
En 7, se confirmó la licencia dada para erigir una capilla en el
Tuy; y se concedió otra para erigir también una capilla en Catia.
(Libro 5, fol. 83).
En 10, se trató de la memoria de tres misas cantadas en las
infraoctavas de la Resurreción del Señor, Asunción de Nuestra
Señora y del glorioso príncipe de los Apóstoles San Pedro; que
dispuso por su testamento Dn. Manuel Felipe de Tovar; y que
se cantasen por el Cabildo en la capilla de Nuestra Señora de
Candelaria de la Catedral; y se mandó al albacea que exhibiese
los 360 pesos del capital de esta dotación. Y aquí mismo se con-
cedió licencia para el ingreso de una religiosa en el convento de
esta ciudad. (Libro 5, fol. 83).
En 14, se mandó hacer presentación al señor Gobernador de
los dos sujetos opuestos a la mayordomía del dicho convento
de Monjas. (Libro 5, fol. 83 vto.).
En 15, se mandaron fijar edictos para la provisión de la ma-
yordomía de esta Santa Iglesia Catedral y del hospital de San
Pablo y asimismo para la del convento de Monjas, no obstante
lo dispuesto en el Cabildo anterior. (Libro 5, fol. 84).
En 18, se dispuso, que se trajesen al Cabildo todos los papeles
de la secretaría del Illmo. Sor. Acuña, y que se remitiesen al señor
metropolitano los autos de concurso al curato de la Catedral
que vacó por la promoción del señor Gamboa como se mandaba
por un ejecutorial ganado por uno de los opositores. (Libro 5,
fol. 84).
172
FUENTES PAHA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
En 20, se admitió a Pedro Paredes a oposición a la mayor-
domía de fábrica de la Catedral, y se le mandaron pagar 3.280
pesos del alcance que resultó a su favor en las cuentas del tiempo
que obtuvo la misma mayordomía y se dió una providencia en la
apelación de la causa seguida por un vicario. (Libro 5, fol. 84 vto.).
En 21, se admitió la memoria de misas que se expresa en el
Cabildo de 10 del corriente mes; y se mandó dar a censo el capital
exhibido de 360 pesos. (Libro 5, fol. 85).
En 22, en la tercera parte de este Cabildo se dispuso que se
diese cuenta al Rey de la vacante de esta silla episcopal y se su-
plicase a Su Majestad concediese como otras veces a esta Santa
Iglesia la tercera parte de la vacante, y que al efecto se diese poder
a Dn. Diego Ignacio de Córdova, dándole 200 pesos por su agencia;
y que asimismo se le diesen 50 pesos por haber alcanzado la Real
Cédula que remitió en el año de 1680, mandándose a los oficiales
reales que restituyesen los derechos que había causado el em-
barque de cacao hecho por la Iglesia para vino y aceite. Y aquí
mismo se admitió la oposición a la mayordomía del convento de
Monjas, hecha por el proveedor Pedro Jaspe de Montenegro:
y se concedió licencia para la erección de una capilla rural. (Li-
bro 5, fol. 85 vto.).
En 24, se mandó hacer la nómina para la provisión de la ma-
yordomía de la Catedral en el alférez Pedro Paredes; y para la
del convento de Monjas en el proveedor Pedro Jaspe de Monte-
negro. Y al folio 86 vto.; habiéndose recibido las presentaciones,
se les mandó hacer saber a los electos para que diesen las fianzas;
las cuales dió y se admitieron en Cabildo de 28 de este mes: las
del otro se admitieron en Cabildo de 4 de mayo. (Libro 5, fol. 86).
En 25, se concedió licencia al R. P. Comendador del convento
de Nuestra Señora de la Merced, que estaba fuera de la ciudad
para que se trasladase al centro de ésta, en lugar que ahora está
edificado con calidad de traer la aprobación del Rey dentro de
un año. (Libro 5, fol. 86.).
En 30, se acordó: que se cambiasen dos tiendas que tenía la
Iglesia contiguas a la casa del capitán Pedro Ponte de Vilela
por otras dos que éste tenía en la misma calle, atenta la utilidad
que resultaba a la Iglesia. Y aquí mismo se despachó licencia de
confesar a un clérigo. (Libro 5, fol. 87).
En 2 de mayo, se mandó hacer la entrega de bienes al nuevo
mayordomo de fábrica el alférez Pedro Paredes, y que se le despa-
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1682
173
chase título asignándole la renta anual de 400 pesos como lo había
obtenido el anterior Dn. Diego Miquelena: y que el interino el
padre Pedro de Vicuña, rindiese cuenta; cuya recepción se cometió
al señor arcediano. (Libro 5, fol. 87 vto.).
Aquí mismo se dispuso: que se escribiese al apoderado del
Cabildo en la Corte, para que en uso del poder que tenía del Co-
legio Seminario pidiese al Rey alguna limosna de la vacante para
el mismo seminario asegurándole los costos. (Libro 5, fol. 88).
En 8, se admitió y aprobó una capellanía de 1.000 pesos de
principal que fundó el señor Deán Dn. Sebastián Moreno en
favor de los capellanes de coro, con carga de 30 misas cada año
que se habían de celebrar por ellos y dar el recibo de réditos al
capellán más antiguo, siendo patrono el Cabildo. (Libro 5, fol.
88 vto.).
En el mismo día, atentas las faltas que habían hecho a los
sermones los religiosos por decir que no se les pagaban, se acordó
que excepto aquéllos que tenían en tabla los demás se pagasen
a los que los predicasen a 10 pesos los de misterios, y a 6 los de
ferial; y que se hiciese saber al mayordomo de fábrica. (Libro 5,
fol. 88 vto.).
En 9, se mandó hacer la entrega de bienes al nuevo mayor-
domo del convento de Monjas, Pedro Jaspe Montenegro; y que
para la recepción de cuentas al antecesor el alférez Antonio Mejía
de Escobedo, se pasase exhorto al señor Gobernador y Cabildo
secular como patronal, para que nombrasen persona que asistiese.
(Libro 5, fol. 89).
En 11, fueron admitidos unos religiosos franciscanos para
doctrineros de los pueblos que estaban a su cargo. (Libro 5, fol. 89).
En 13, en la tercera parte de este Cabildo se aceptó el patro-
nato de las capellanías fundadas por el señor Chantre Dn. Juan
de Gamboa, a saber una de 500 pesos para tres misas cantadas
por el Cabildo en esta Santa Iglesia, la una el día de San Ilde-
fonso por el Illmo. señor Briceño, la otra el de San Juan Evan-
gelista por el testador, y la otra en la octava de la conmemora-
ción de Difuntos. Las demás consisten en la mitad del remanente
de bienes para imponerse y decirse misas a 8 reales por las Ben-
ditas Animas: y que la otra mitad, se entregase a la cofradía del
Santísimo Sacramento de esta Santa Iglesia para gastos de adornos
y cera. Y sigue la presentación del reconocimiento de los dichos
600 pesos; y de los 4.500 a que alcanzó la fundación de misas por
174
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
las Animas, que se habían de celebrar por los capellanes de coro;
y de 3.900 a favor de la cofradía del Santísimo. Las dos primeras
partes de este Cabildo son de providencias de la jurisdicción
voluntaria. (Libro 5, fol. 89 vto.).
En 23, se mandaron fijar edictos para unas doctrinas vacantes.
(Libro 5, fol. 90).
En 25 de junio, se acordó que el mayordomo de fábrica se
presentase ante el señor Gobernador a pedir lo que se restaba
del pontifical del Illmo. Sor. Acuña, y 6.229 pesos, que su Sría.
Illma. había tomado de las rentas de fábrica de la Catedral: y
que asimismo se pidiese lo que el mismo señor Obispo había co-
brado en la visita y pertenencia al Colegio Seminario. (Libro 5,
fol. 90).
En 27, habiendo insinuado el señor arcediano como juez de
diezmos que era muy trabajoso el método establecido por el Illmo.
Sor. Obispo de haber caja común para recibir los productos de
diezmos, se dispuso que se observase la práctica antigua de des-
pacharse recudimientos a los interesados en particular; y al Ca-
bildo por todos sus individuos: y que también se diesen recudi-
mientos a los tenientes de cura, y sacristanes de las ayudas de
parroquia de Nuestra Señora de Altagracia y de San Pablo: y
que el mismo señor arcediano retuviese lo tocante al Colegio
Seminario. (Libro 5, fol. 91).
En 3 de julio, habiéndose recibido un exhorto de los señores
ministros de real hacienda, requiriéndose al Cabildo sobre cum-
plimiento de la Real Cédula de 5 de julio de 1676 sobre la con-
tribución de mesadas eclesiásticas concedida por el Sumo Pon-
tífice, el Cabildo prestó su obedecimiento y allanamiento a pa-
garlas; y al efecto dispuso que fuese formando la razón que pedían
aquellos ministros. (Libro 5, fol. 91 vto.).
En 13, a instancia de los curas de la Catedral, se dispuso que
pudiesen retirar los dos tenientes de curas que tenían en la misma
Santa Iglesia, hasta que mejorasen las rentas. (Libro 5, fol. 92).
En 14, se mandó dar un certificado de servicios a favor del
secretario de Cabildo el padre Martín Fernández de Algarín y
autorizó este Cabildo un notario de la curia. Y aquí mismo se con-
cedió licencia para erección de una ermita en el sitio de Caricuao.
(Libro 5, fol. 92 vto.).
En 20, se nombró por capellán de coro al padre Juan Bautista
Navarro, presbítero, con la renta anual de 100 pesos de las rentas
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1682 175
de fábrica y las misas cantadas y rezadas adjudicadas a los ca-
pellanes de coro. Y asimismo se nombró por organista al padre
Joseph de León con la renta anual de 200 pesos de la fábrica, y
la obligación de acudir a todo lo cantado que celebrase el Cabildo,
de misas, vísperas y salves. (Libro 5, fol. 93).
Aquí mismo se dispuso, que pues por muerte del padre Juan
Torrico (que era el organista anterior) habían vacado dos cape-
llanías, la una de 800 pesos de principal que mandó fundar Pedro
Alonzo Sambrano, con carga de 27 misas rezadas en la Catedral,
y la otra de 1.500 pesos fundada por doña Isabel Marcano con la
de 37 o 36; de las cuales era patrono el Cabildo; se sirviesen ambas
por los capellanes de coro, y que el más antiguo diese los recibos
de los réditos. (Libro 5, fol. 93).
En 8 de agosto, se nombró por teniente cura de la ayuda de
parroquia de Nuestra Señora de Altagracia de esta ciudad al padre
Juan Ignacio Diez Velasco. (Libro 5, fol. 93 vto.).
En 18 de septiembre, se admitió un opositor a la doctrina
de Guama y Cocorote. (Libro 5, fol. 94).
En 22, se admitió otra al mismo curato y doctrina. (Libro 5,
fol. 94).
En 9 de octubre, se hizo la nómina para la provisión del propio
curato. (Libro 5, fol. 94 vto.).
En 10, recibida la presentación del señor Gobernador se mandó
despachar título y dar colación del dicho curato al padre Do-
mingo Carlos Becerra. (Libro 5, fol. 94 vto.).
En 17, se nombró al padre Diego Tomás de Paradas por cura
capellán de los sitios de Chirgua y de Aguacaliente. (Libro 5,
fol. 95).
En 26, se admitió la oposición del padre Lorenzo Sanz de
Suasola, presbítero; y bajo el examen que había sufrido para
otro curato fue nominado al señor Gobernador para la provisión
del curato y doctrina de San Miguel de Acarigua. (Libro 5, fol.
95 vto.).
En 27, se recibió la presentación y se le mandó despachar
título y dar colación, la cual se cometió al vicario de Barqui-
simeto. (Libro 5, fol. 95 vto.).
En 30, a instancia del R. P. prefecto de las Misiones de esta
diócesis y en cumplimiento de las Reales Cédulas que se citan;
se erigió en curato la Villa de San Carlos, y su Iglesia en parroquia,
por entonces con un solo curato, sin embargo de lo dispuesto en
176
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
la erección, por no ser suficientes las rentas para dos se le asignaron
diezmos y todo lo demás que corresponde a tales Iglesias parro-
quiales quedando el curato a cargo del mismo R. P. prefecto y
otro religioso en calidad de sacristán con la sola renta de primicias
y obvenciones; porque los novenos de la cura de Almas y el de
hospital se aplicaron a la fábrica de la Iglesia: de todo lo que
se dió parte al señor Gobernador. (Libro 5, fol. 96).
En 17 de noviembre, se admitió la dejación del curato de los
pueblos del Río del Tocuyo y Capadare; y se nombró cura inte-
rino; y asimismo se dió licencia para mudar la Iglesia del curato
de Urama. (Libro 5, fol. 98 vto.).
Año de 1683.
En 5 de enero, se dispuso que al bajonista que había estado
sirviendo con la renta de 50 pesos anuales, se le diesen en adelante
otros 50 y que fuese obligado los días de fiesta que no hubiese
música a acudir a primera y segundas vísperas y misa mayor
a ayudar en el coro al sochantre a cantar canto llano; y que el
mayordomo de fábrica le pagase por medianías como a los demás
ministros. (Libro 5, fol. 99).
En 5 de febrero, atento lo informado por el señor arcediano
provisor del estado en que se hallaba la fábrica del Colegio Semi-
nario, que principió en 9 de octubre de 1673 el Illmo. Sor. Dn.
Juan Fernández Ortiz que era rector, se leyese un curso de ma-
yores, señalándosele la renta de 100 pesos anuales y que los que
entrasen a oirlo lo hiciesen a su costa. (Libro 5, fol. 99 vto.).
En 23, se admitió la dejación de un curato de la jurisdicción
de Coro y se nombró interino: y asimismo se admitió un opositor
a otro. (Libro 5, fol. 100).
En 27, se recibió la presentación y se le mandó despachar
título y dar colación, la cual se cometió al vicario de Barquisimeto.
(Libro 5, fol. 95 vto.).
En 5 de marzo, atenta la necesidad en que se hallaba la Iglesia
de la ciudad de Coro a peligro de acabarse de arruinar por lo que
había padecido en la tormenta de agua que allí hubo en el año
anterior, se dispuso que se le prestasen 600 pesos de las rentas
del hospital de la misma ciudad que entonces no tenía enfermos.
(Libro 5, fol. 100).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1683 177
En 17, se obedeció la bula dirigida a este obispado para reco-
nocer por arzobispo de Santo Domingo al Illmo. Sor. maestro
Dn. Fr. Domingo Fernández de Navarrete: y se dieron facultades
a su Sría. Illma. para el uso del pontifical, cuando volviese con-
sagrado de Santa Marta y entrase por pueblos de esta diócesis.
(Libro 5, fol. 100 vto.).
En 30 se hizo la limosna para la provisión del curato de San-
tiago del Río del Tocuyo de Carora; y al siguiente día recibida
la presentación se le mandó despachar título y dar colación; y al
electo que era subdiácono también se le mandaron despachar
reverendas. (Libro 5, fol. 101).
En 10 de abril, se dispuso que el capellán del hospital de Ma-
racaibo, atento el incremento que había recibido volviese a gozar
la antigua asignación de 100 pesos anuales: y en 27 del mismo se
hizo el nombramiento de capellán, declarándose que pudiese
ordenarse con aquella renta y al efecto se le mandaron despachar
reverendas. (Libro 5, fol. 101 vto.).
En 7 de mayo, habiéndose tenido noticia de estar electo por
Obispo de esta diócesis el Illmo. Sor. Dr. Dn. Diego de Baños y
Sotomayor, que lo era de Santa Marta, se dispuso que aunque
la noticia no era jurídica pues se estimaba cierta, se denunciase
con repique general de campanas: que se escribiese a los vicarios
y curas para que le obsequiasen en su venida, que se consideraba
sería por tierra y a su Sría. Illma. se le escribió suplicándole que
gobernase el obispado desde luego que entrase a él, como si
hubiese presentado al Cabildo la Cédula de la Merced. (Libro 5,
fol. 102).
En 28 de junio, se nombró por pertiguero a Pedro Ortiz por
fallecimiento de Luis López con el mismo salario de 100 pesos
anuales pagables por la fábrica, y también se le mandó despachar
título de fiscal de vara del Tribunal eclesiástico. (Libro 5, fol.
102 vto.).
En 20 de julio, se admitió una oposición al curato de Barqui-
simeto; y se mandó a los vicarios de Nirgua y Tirgua (esto es la
Villa de San Carlos) para rematar separadamente los diezmos.
(Lib o 5, fol. 103).
Aquí mismo se mandó hacer nueva Cruz para los curas de la
Catedral en los entierros; y que se comprase un juego de libros
de la nueva recopilación en 30 pesos para la sala de Cabildo. (Li-
bro 5, fol. 103).
13 — Actat. I.
178
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
En 30, se admitió un opositor a la doctrina del pueblo de Si-
quisique. (Libro 5, fol. 103).
En 6 de agosto, habiéndose recibido dos exhortos de los ofi-
ciales reales, el uno para que se diese razón del valor de los diezmos
en los años anteriores y de las posesiones de beneficios dadas en
esta Santa Iglesia, con el fin de cobrar las mesadas eclesiásticas
y otro acerca de que los dos reales novenos se sacasen antes de
sacarse el tres por ciento del Seminario; se pidió testimonio de
ambos para poder contestar: y en efecto en 31 de este mes se
mandaron dar las razones pedidas. (Libro 5, fol. 103 vto.).
En 19, se admitió una oposición al curato de Barquisimeto.
(Libro 5, fol. 103 vto.).
En 27, se hizo la nómina para la provisión del curato de Siqui-
sique y se mandó que un religioso franciscano presentado para la
doctrina del Valle de la Pascua compareciese: y en 7 de septiembre
se recibió la real presentación de aquel curato, y se mandó al
electo que compareciese a recibir la colación. (Libro 5, fol. 104).
En 10 de septiembre, se dispuso, que se formasen constituciones
para el gobierno de la cofradía de las Benditas Animas que estaba
fundada en esta Santa Iglesia y de la cual era mayordomo el
Ledo. Dn. Joseph de Arechederra, sacristán mayor de ella. (Libro
5, fol. 104 vto.).
En 28, se mandó que los opositores a la dignidad de Tesorero
compareciesen el día 6 del siguiente octubre a las tres y media
de la tarde a recibir puntos. (Libro 5, fol. 105).
En 6 de octubre, se mandó que junto con el secretario asistiese
un notario a los actos de la sobredicha oposición. (Libro 5, fol. 105).
En 26, se acordó hacer recurso al Rey acerca de lo que requerían
los oficiales reales para que los dos reales novenos no satisfaciesen
el tres por ciento del Seminario: y asimismo se acordó informar a
Su Majestad lo que había ocurrido en los años anteriores en cuanto
a la cobranza de los mismos reales novenos. (Libro 5, fol.
105 vto.).
En 2 de noviembre, se hizo nombramiento de vicario foráneo
de Trujillo y de mayordomo de aquel convento de Monjas, y se
mandaron recibir las cuentas del antecesor. (Libro 5, fol. 106).
En 9, se mandó formar la nómina para la provisión de la Te-
sorería para remitirla al Rey por mano del señor Gobernador.
Y aquí mismo se dispuso mandar expensas para el recurso acerca
de los reales novenos; y se previno al mayordomo que sacase a
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1684 179
parte segura la plata de la Iglesia por el temor que había de in-
vasión de enemigos. (Libro 5, fol. 106).
En 4 de diciembre, se mandó dar razón a los oficiales reales
del modo como se distribuían las cuartas episcopal y capitular y
como se sacaba el tres por ciento del Colegio Seminario: y que
se fes insinuase estar ya mandado a los curas y sacristán mayor
diesen la razón pedida. (Libro 5, fol. 106 vto.).
En 7, se mandó imponer a censo el capital de 250 pesos que
destinó el Illmo. Sor. Dr. Dn. Marcos de Sobremontes, Deán
que fue de esta Catedral para que en ella en la octava de la conme-
moración de Difuntos se le cantase una misa: y se aceptó era
fundación y se convirtieron sus bienes de temporales en espiri-
tuales; lo que también se hizo en otras semejantes fundaciones que
quedan referidas. (Libro 5, fol. 107).
En 13, habiéndose recibido la real presentación para el curato
de Barqu:simeto. cuya nómina remitió el Cabildo el día anterior
al señor Gobernador se mandó al maestro Bernabé de Acuña
electo que compareciese a recibir colación y que al efecto se des-
pache el título. (Libro 5, fol. 107 vto.).
Año de 1684.
En 28 de enero, habiendo presentado por medio de apoderado
el Ledo. Dn. Nicolás Fernández Ortiz cura de la ciudad de Coro,
con su real despacho fecho en Madrid a 2 de julio del año anterior,
en que es promovido a la dignidad de Chantre, vacante por muerte
del señor Ledo. Dn. Juan de Gamboa; se le mandó que compa-
reciese personalmente a recibir la colación y posesión a cuyo fin
se le admitió la renuncia de curato. (Libro 5, fol. 107 vto.).
En 15 de febrero, se admitió la fundación de 2.000 pesos de
principal que hizo al señor Dn. Agustín de Palma, arcediano,
provisor y vicario general para dotación de la Catedral de moral
en el Colegio Seminario a fin de que desde luego pudiese empe-
zarse a leer por la necesidad que de ella había; y que aunque
estaba en fábrica el Seminario había concluidas algunas piezas
en que se estaban dando estudios y se reservó para después el
nombramiento de catedrático. (Libro 5, fol. 110).
En el mismo acto, se concedió al proveedor Pedro Jaspe de
Montenegro por los beneficios que había hecho a la fábrica del
180
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
Colegio Seminario que la agua encañada destinada para él pudiese
llevar una paja a su casa para él .y los demás que la poseyesen.
(Libro 5, fol. 110).
En 18, se dio colación a un clérigo de una capellanía y se ad-
mitieron las renuncias de los curatos de Humucaro, del Tocuyo
y de la ciudad de Guanaguanare y se nombraron interinos. (Li-
bro 5, fol. 110 vto.).
En 10 de marzo, se admitieron opositores a los curatos vacantes.
(Libro 5, fol. 111).
En 22 de abril, se admitieron otras oposiciones. (Libro 5,
fol. 111).
En 8 de mayo, habiendo comparecido el señor Ledo. Dn. Nicolás
Fernández Ortiz y hecho la profesión de la fe y juramento de guar-
dar los estatutos y loables costumbres de esta Catedral se le dió
la colación de la dignidad de Chantre y posesión en la silla de la
sala capitular y después en la del coro; desde la cual derramó
monedas de plata. (Libro 5, fol. 111 vto.).
En 12, presentes los curas de la Catedral se prohibió a las
ayudas de parroquia de Nuestra Señora de Altagracia y de San
Pablo el uso de Cruz en las procesiones generales y que sólo la
pudiesen usar alrededor del distrito de ellas. (Libro 5, fol. 112).
En el mismo día, recibida la presentación para el curato de
Trujillo en Miguel Suárez de Albin, se le mandó despachar título
y dar la colación. (Libro 5, fol. 112).
En 19 atenta la necesidad en que quedó la Iglesia de Trujillo
por haberla saqueado el enemigo francés; se le dieron de la Cate-
dral dos ornamentos cumplidos el uno morado y el otro blanco
y un paño de pulpito. (Libro 5, fol. 112 vto.).
En 20, habiéndose recibido la presentación a la sacristía de
Carora se mandó al padre Diego Tomás de Pozadas, electo que
compareciese a recibir colación. (Libro 5, fol. 112 vto.).
En 2 de junio, se dispuso que se formase un libro como lo hubo
en otro tiempo, para asentar en él los remates de diezmos y lo
tocante a ia cuarta capitular, y que los jueces de diezmos no
hiciesen novedad en los remates y que remitiesen al Cabildo lo
tocante a la dicha cuarta: y asimismo se les previno que las pagas
se hiciesen por las medianías de San Juan y de Navidad y que no
admitiesen género sino dinero. (Libro 5, fol. 113).
En 9 se nombró juez de diezmos para la ciudad del Tocuyo
al Ledo. Francisco Torralva de Almodovar. (Libro 5, fol. 113).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1684
181
En 18, se recibió una carta del Illmo. Sor. Obispo electo fecha
en Maracaibo, a 15 de mayo, en la cual su Sría. Illma. insinúa
al Cabildo que se ha abstenido de gobernar porque pudiese con-
tinuar el visitador que allí halló, y que tampoco no remitía sus
poderes porque quería que el Cabildo continuase hasta que per-
sonalmente tomase posesión: el Cabildo insinuando su gratitud y
reconocimiento mandó copiar la carta en este libro. (Libro o,
fol. 113 vto.).
En 8 de julio, se acordó que de cuenta de la fábrica de la
Iglesia y valiéndose de 7.000 pesos de un censo redimido por el
proveedor Pedro Jaspe de Montenegro se comprase una casa con-
tigua al colegio en la plaza que vendía el capitán Luis de Bolívar
en 7.100 pesos y la cual anteriormente fue de la Catedral que la
hubo de los bienes del señor Deán Dn. Bartolomé Escoto; y se
vendió para pagar las dos campanas grandes; y que se aliñase
y aderezase para que fuese Palacio episcopal para habitación del
Illmo. Sor. Obispo Dn. Diego de Baños y Sotomayor que se estaba
esperando y no tenía casa donde habitar. (Libro 5, fol. 114 vto.).
En 23, habiendo participado al Cabildo el señor Gobernador,
citándolo para el remate que se iba a hacer de los bienes del Illmo.
señor Dn. Fr. Antonio González de Acuña; se acordó hacer con-
tradicción formal a la venta de lo correspondiente al pontifical;
pues debía entregarse íntegro a la Iglesia: que de parte de ésta se
rematase la librería: y que se siguiese la demanda para el pago
de más de 12.000 pesos que su Sría. Illma. quedó debiendo a
esta Santa Iglesia a la mesa capitular y al Colegio Seminario.
(Libro 5, fol. 115 vto.).
En 12 de agosto, habiendo presentado el Illmo. Sor. Dr.
Diego de Baños y Sotomayor sus bulas expedidas por el señor
Inocencio XI en 15 de febrero de 1683 y hecho el juramento
y profesión de la fe, se le dió la posesión de esta diócesis en el
altar mayor y hechas las correspondientes ceremonias y dádosele
la obediencia, pasó sin los pontificales a la sala de coro y de aquí
a la de la sala capitular: fue recibido por el señor Gobernador
y Capitán general y Cabildo secular en la Iglesia de San Pablo
V de allí vino a pie de capa magna hasta la del convento de Monjas
donde esperaba el Cabildo, clero y religiones y de aquí vestido
de pontifical pasó a la Catedral. No hay copia de las bulas ni del
real ejecutorial. (Libro 5, fol. 116).
J82
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
En 24 de noviembre, se hicieron por el señor Chantre tres
propuestas y se reservaron para tratarse con su Sría. 1 lima, en el
siguiente Cabildo. (Libro 5, fol. 117).
En Io de diciembre, presente el lllmo. Sor. Obispo en la sala
capitular, sin embargo de lo alegado por el señor Chantre para
que en la colecta de la misa se nombrase a Santa Ana y no a San-
tiago se acordó que siguiese la costumbre; pues Santiago era título
de la Santa Iglesia; de lo cual interpuso súplica el dicho señor
Chantre. (Libro 5, fol. 117 vto.).
Aquí mismo se acordó sobre el otro punto de los tres pro-
puestos, que el secretario de Cabildo recogiese todas las Reales
Cédulas dirigidas al Cabildo y las pusiese en el archivo capitular
encuadernadas, para que allí pudiesen verlas los señores capitulares.
(Libro 5, fol. 117 vto.).
Y al tercer punto se acordó que se examinase el reloj para ver
el mejor modo de componerlo: que se pusiese en la sala capitular;
y que se diese la llave a un sacristán para que lo cuidase. (Libro 5,
fol. 117 vto.).
En este propio acto, se hizo la elección de juez de diezmos en
el señor arcediano Dn. Agustín Palma; se le confirieron facultades
para el desempeño de la judicatura y nombrar subalternos: y se
mandó que hubiese caja general para custodiar el producto de los
remates y que de sus tres llaves tuviese una el señor Deán, otra
el dicho juez y otra el notario del juzgado. (Libro 5, fol. 117 vto.).
En 15 de diciembre, se mandaron dar 100 pesos al abogado
nombrado, para defender el espolio del lllmo. Sor. Acuña. (Libro
5. fol. 118).
Año de 1685.
En 23 de febrero, presente el lllmo. Sor. Obispo en la sala
capitular, habiendo dado cuenta el señor arcediano del estado de
los remates de diezmos se dispuso: que algunas veredas se pu-
siesen en administración de cuenta de los interesados, asegu-
rándose antes los dos reales novenos para pagarse en la misma
cantidad que le cupo en el año anterior. (Libro 5, fol. 118 vto.).
En 28, se nombró por maestro de ceremonias al ministro Dn.
Joseph Valero de Tovar, presbítero a propuesta del lllmo. Sor.
Obispo de quien era familiar y se señaló el mismo salario ante-
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1686
183
nórmente señalado de 80 pesos anuales, pagables por la fábrica.
(Libro 5, fol. 119).
En 18 de marzo, presente su Sría. Illma. se dio facultad al
señor arcediano para correr con las administraciones de diezmos
y vender los frutos. (Libro 5, fol. 119).
En 28 de julio, presente su Sría. Illma. en la sala capitular
se mandó: que todos los martes se celebrase Cabildo después
de la misa mayor, y el día que hubiese embarazo a esta hora se
hiciese por la tarde después de maitines. (Libro 5, fol. 119 vto.).
Aquí mismo, se mandó al mayordomo de fábrica exhibiese
razón de los deudores: que todas las Reales Cédulas que hablan
con el Cabildo se pusiesen en el archivo de la sala, de la cual no
pudiesen sacarse afuera. (Libro 5, fol. 120).
También se nombró al señor Chantre para que por medio de
personas de su confianza cobrase lo que se adeudaba de manuales
y se le señaló un dos por ciento. (Libro 5, fol. 120).
Asimismo, se mandó: que cada año el juez de diezmos diese
cuenta de los remates al Cabildo, y que cumplido el primer tercio
se diese a cada interesado sus hijuelas; y que el mismo juez cobrase
por sí sin intervención de algunos de los señores capitulares y
diese las libranzas contra los diezmos. (Libro 5, fol. 120 vto.).
En 31, se cometió al señor Chantre la recolección de Reales
Cédulas y ponerlas en libro como estaba acordado, ejecutándose
con arreglo a una ley que aquí se cita. (Libro 5, fol. 120 vto.).
En 3 de agosto, se mandó formar inventario de las capellanías
tocantes al Cabildo. (Libro 5, fol. 120 vto.).
En 2 de octubre, se dispuso que el señor Chantre para el cobro
de lo que se adeudaba de las dichas capellanías pudiese nombrar
procuradores. (Libro 5, fol. 121).
No hubo otro Cabildo en este año.
Año de 1686.
En 14 de febrero, presente su Sría. Illma. en la sala capitular
se dispuso que las veredas de diezmos que no se habían podido
rematar se pusiesen en administración del mismo modo que se
practicó en el año anterior. (Libro 5, fol. 121).
En 18 de octubre, presente su Sría. Illma. en la sala capitular
se dispuso a instancia del señor Deán que la capellanía que el
184
FUENTES PARA I.A HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
cobraba y distribuía de las misas del Santo Cristo, se entregase
al señor Chantre como nombrado para las cobranzas de todas
las del Cabildo. (Libro 5, fol. 122).
No hubo otro Cabildo en este año.
Año de 1687.
En 25 de febrero, presente su Sría. Illma. en la sala capitular
se dispuso: que las veredas de diezmos que no se habían podido
rematar se pusiesen en administración como se había practicado
en los dos años anteriores; y se suplicó a su Sría. Illma. por los
señores capitulares que nombrase un sustituto al señor arcediano
juez de diezmos mientras estaba enfermo. (Libro 5, fol. 122 vto.).
En 13 de iunio, habiéndose recibido una Real Cédula fecha
en Buenretiro, a 20 de mayo del año anterior, en la cual se avisa
al Cabildo la resolución de que los indios quedasen libres del
trabajo que hacían tres días cada semana a los encomenderos,
y que sólo pagasen el tributo que se regulace; y que el Cabildo
informase de la diversidad de indios que había en esta provincia;
en cuya vista prestado el obedecimiento con la ceremonia acostum-
brada se mandó archivar la Cédula y copiarla como se copió en
este libro. (Libro 5, fol. 123).
En 24 de junio, presentado el real despacho de presentación
del señor maestro Dn. Juan Fernández Ortiz, cura de la Ca-
tedral a la dignidad de Tesorero, dado en Madrid, a 12 de enero
de 1686; y la diligencia de la colación y canónica institución que
le confirió el Illmo. Sor. Obispo; habiendo hecho el juramento
y la profesión de la fe, y la renuncia del curato; se le dió por su
Sría. Illma. la posesión en el coro y después en la sala capitular.
(Libro 5, fol. 124 vto.).
En 11 de julio, se nombró al señor Chantre Ledo. Dn. Nicolás
Fernández Ortiz, para representar todo lo que conviniese al Ca-
bildo en la sínodo diocesana que se había de celebrar el día 31
del siguiente agosto. (Libro 5, fol. 126 vto.).
En 19 de septiembre, con motivo de haber sido promovido
a cura rector de la Catedral el secretario de Cabildo, Martín Fer-
nández de Algarín, se le admitió la dejación de aquel oficio, y se
nombró al padre Pedro de Vicuña, presbítero, sochantre. (Libro
5, fol. 127).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1688
185
En 22 de noviembre presente su Sría. Illma. en la sala, se
trató de elegir juez de diezmos por fallecimiento del señor arce-
diano Dn. Agustín de Palma; y habiéndose determinado que co-
rriese esta judicatura por turno entre todos los señores preben-
dados a un año cada uno, quedó electo el señor Deán y se le con-
cedieron por su Illma. y Cabildo facultades para el desempeño
del oficio, encargándosele también que cobrase la cuarta capitular
y lo tocante a la fábrica de la Catedral. (Libro 5, fol. 127 vto.).
En el mismo día se dispuso que el reloj estuviese a cargo de
quien supiese cuidarlo y que se le diesen por su trabajo 100 reales
de la fábrica. (Libro 5, fol. 128).
Aquí mismo se determinó: que se diese íntegramente su renta
de capellán de coro al padre Alonzo Prieto, atentos sus buenos
servicios de cerca de treinta años y que se hallaba enfermo y
pobre; y que para el oficio de apuntador, que también lo obtenía
lo sirviese el padre Miguel Nieto con toda la renta. (Libro 5,
fol. 128).
En 29 de diciembre, presente su Sría. Illma. en la sala capi-
tular se nombró al señor Chantre Dn. Nicolás Fernández Ortiz
para representar los derechos de la Iglesia y del Cabildo en la causa
de espolio del Illmo. Sor. Acuña con facultad de poner sustitutos
aun para comparecer en la real Audiencia de Santo Domingo
que había de determinarla como estaba mandado por Su Majes-
tad; y no se le hizo señalamiento alguno ni él lo pidió. (Libro 5,
fol. 129).
Ario de 1688.
En 22 de marzo, habiéndose recibido cuatro Reales Cédulas
dirigic'as a! Cabildo, la una encargándole esté a la mira del obrar
del Gobernador acerca de la libertad de los indios de esta Pro-
vincia: otra avisándole de haberse mandado que la Real Audiencia
de Santo Domingo determine la causa del espolio del Illmo. Sor.
Acuña: otra aprobándose la erección que hizo de parroquia en
la Villa de San Carlos: cuyas fechas no se citan, ni hay copia de
ellas: y la última (que sigue copiada) fecha en 20 de mayo del
año anterior, en la cual se dispone que en esta Santa Iglesia que
sólo tenía cuatro prebendados, que eran las dignidades de Deán,
Arcediano, Chantre y Tesorero, se criasen y erigiesen cuatro
canongías destinándose la renta de una de ellas para el Santo
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
Tribunal de Inquisición de Cartagena: que para ello incorporase
a la cuarta capitular la renta de los dos curatos y sacristía mayor
de la Cated ral, quedando servidos por tenientes nombrados por
Cabildo y presentados al señor Gobernador en la forma que se
expresa: y que de estas tres canongías la una fuese de gracia y
las dos de oposición, una magistral y otra penitenciaria, prove-
yéndose en el principio la magistral de merced mientras obtu-
viese la Tesorería el señor maestro Dn. Juan Fernández Ortiz
que la obtuvo con esta carga: y por último se avisa los electos para
las tres canongías inclusive la penitenciaria. El Cabildo habiendo
obedecido las sobredichas Reales Cédulas, respecto de la última
interpuso súplica, haciendo ver que todos quedarían incongresos
por insuficiencia de las rentas. (Libro 5, fol. 129 vto.).
En 24, se comisionó al señor Chantre para seguir el sobredicho
recurso de súplica, ocurriendo a documentarlo ante el Illmo. Sor.
Obispo. (Libro 5, fol. 131 vto.).
En 28. precedida la presentación del real despacho dado en
20 de mayo del año anterior, en que se promueve al señor Br.
Dn. Joseph Melero, cura rector más antiguo de la Catedral a la
nueva canongía penitenciaria y la colación que le confirió el Illmo.
Sor. Obispo; se le dió posesión en la silla de coro y después en la
sala capitular, sin embargo de la contradicción que en ambos
actos hizo el señor Chantre comisionado del Cabildo para el re-
curso de súplica que queda dicho. Dio esta posesión su Sría. Illma.
unidamente con el Cabildo. (Libro 5, fol. 132).
En el mismo día precedida presentación del real despacho dado
en 27 de mayo del año anterior, en que se promueve al Ledo.
Martín Fernández de Algarín, cura menos antiguo de la Catedral,
a una de las otras dos canongías de gracia, y la colación que le
confirió el Illmo. Sor. Obispo; se le dio posesión semejantemente
al antecedente canónigo penitenciario, sin embargo, de igual
contradicción y de otra que se hizo por uno de los opositores al
mismo curato que obtenía y de cuyo concurso y provisión había
apelado. (Libro 5, fol. 134).
Nota: que al tercer canónigo nombrado, que lo era el señor
Dr. Dn. Joseph de Arechederra, sacristán mayor, según se ex-
presa en la Real Cédula de erección de estas canongías, no tomó
posesión por haber fallecido, según se expresa en el siguiente
Cabildo.
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1688 187
En 30, a insinuación del señor Chantre para que cumpliese
el capítulo décimo de la erección, en cuanto a celebrar la misa
todos los días los señores canónigos, pues estaban criadas cuatro
canongías aunque suprimida una para la Inquisición, conside-
rándose que sólo había dos canónigos posesionados; porque el
tercero había fallecido y que aún las dignidades no estaban com-
pletas, cuyas circunstancias necesitaban de más reflexión, se
reservó para otro Cabildo la resolución. (Libro 5, fol. 138).
En 6 de abril, se acordó remitir al Illmo. Sor. Obispo la duda
de sí sólo los dos canónigos deberían cantar las misas de todos
los días, o sí habrían de entrar en semana con ellos los señores dig-
nidades. (Libro 5, fol. 138 vto.).
En el mismo día, habiendo insinuado el señor penitenciario
la obligación que tenía el Cabildo de hacer el nombramiento de
los dos tenientes de cura principales, conforme a lo mandado
por el Rey; los demás señores acordaron: que para la resolución
de la duda pendiente en este punto por la contradicción hecha
por el Cabildo a estas nuevas canongías, y que entre tanto y sin
perjuicio de la misma súplica, se tratase del cobro de las rentas
de los curatos, mandada incorporar a la cuarta capitular. (Libro
5, fol. 140 vto.).
En 7 el Illmo. Sor. Obispo, por auto extendido a continuación
de los dos Cabildos antecedentes, determinó, entretanto el Rey
y su Real Audiencia determinaban otra cosa: que pues el número
de canónigos señalados por la erección, no estaba completo, tur-
nasen las dignidades haciendo semana con los canónigos; y que
por lo respectivo al nombramiento de los dos tenientes de cura
principales en atención a que el Cabildo no había aceptado lo
mandado por Su Majestad, ya su Sría. Illma. tenía nombrados
los dos que habían de servir, quedando a cargo del Cabildo el
cobro de las rentas de los curatos. (Libro 5, fol. 141).
En 28 el Cabildo, obedeció lo mandado por su Sría. Illma.
e interpuso súplica, así por lo respectivo a turnar las dignidades
con los canónigos, como en cuanto a los títulos despachados de
tenientes de cura principales y renta asignada a éstos: y para
recoger las rentas de los curatos y distribuirlas, se nombró por
colector al sacristán mayor el Br. Dn. Francisco Galindo y Sayas.
(Libro 5, fol. 142).
En 29 se puso copia del título de cura interino más antiguo
de la Catedral, despachado por el Illmo. Sor. Obispo en 7 de este
188
FUENTES PAHA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
mes al Ixrdo. Dn. Juan Díaz de Vargas Machuca con la renta anual
de 350 pesos pagables de los diezmos y sin otra obvención que
la de un peso por la intención de las misas que celebrase cantadas
y la vela en los entierros, y con la obligación de aplicar misas por
pópulo los días festivos de la semana que le tocase y están también
anotadas aquí las diligencias de la presentación en Cabildo y de
la posesión dada por el señor provisor. (Libro 5, fol. 143).
En el mismo día se puso igual copia del otro título de cura
interino menos antiguo de la Catedral, despachado con las propias
circunstancias al Ledo. Joseph de Heredia en 10 de este mes.
(Libro 5, fol. 144 vto.).
En 4 de mayo, se mandó a los sobredichos curas, que entregasen
al colector nombrado la ofrenda de los bautismos, no reteniéndola
para sí como pretendían. (Libro 5, fol. 146 vto.).
En 11 de junio, habiéndose recibido un oficio del señor comi-
sario de cruzada y una Real Cédula sobre publicación de las bulas
en esta Santa Iglesia el domingo 13 de este mes, el Cabildo prestó su
obedecimiento y quedó dispuesto al recibimiento. (Libro 5, fol. 147).
En 17 de agosto, se dispuso que sin embargo de la súplica
interpuesta en cuanto a las canongías aumentadas e incorporación
de los curatos a la cuarta capitular se separase en la caja de diezmos
lo correspondiente a la canongía suprimida para Inquisición y per-
maneciese allí en depósito hasta la resolución del Rey. (Libro 6, fol. 1 ) .
En 20 se acordó que la renta de la prebenda que vacase se
repartiese conforme a la erección; y se reservó para otro Cabildo
el acordar si en este repartimiento había de entrar, o no, la ca-
nongía de la Inquisición. (Libro 6, fol. 2).
En 11 de septiembre, habiéndose recibido una Real Cédula
fecha en 10 de junio de 1688, dirigida a los Cabildos, para que
antes de transferir el gobierno a los prelados electos, les constase
haberse presentado en la Real Audiencia, o ante el Gobernador
y hecho el juramento de guardar el real patronato; se obedeció
y se mandó colocar en el archivo. (Libro 6, fol. 2 vto.).
No hubo otro Cabildo en este año.
Año de 1689.
En 7 de enero, por haber hecho dimisión Dn. Francisco Ga-
lindo y Sayas de la colecturía de obvenciones de los curatos de
la Catedral se nombró al Ledo. Miguel Nieto y se le señaló de
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1689
189
renta el cuatro por ciento de lo que cobrase y que se suplicase al
Illmo. Sor. Obispo lo prefiriese en los acompañamientos de los
entierros. (Libro 6, fol. 3).
En 21 habiéndose intimado al Cabildo un auto de su Sría.
Illma. (de que hay testimonio al folio 6 vto.) en que por haber
fallecido el sacristán mayor Dn. Francisco Galindo y Sayas,
manda agregar las rentas de la sacristía al Cabildo, reservándose
200 pesos para el teniente sacristán mayor que nombrase su Sría.
Illma.; reiteraron algunos señores la oposición a esta agregación
como también la de los curatos; y se reclamaron los nombra-
mientos hechos; mas no hubo otra resolución que la de pasar
testimonio de esta acta a su Sría. Illma. (Libro 6, fol. 4).
En 8 de febrero, presente el Illmo. Sor. Obispo en la sala ca-
pitular, insinuó su Sría. Illma. que si había hecho los nombra-
mientos de los tenientes curas principales, fue por que la juris-
dicción de ellos dimana de la ordinaria eclesiástica y que así se
practicaba en otras Iglesias; y que por esta misma práctica había
nombrado al teniente sacristán mayor; si bien que estos nombra-
mientos eran Ínterin el Rey declaraba otra cosa a la consulta
hecha a Su Majestad : que en cuanto a obvenciones ya tenía puesto
remedio para que entregasen al colector. Y que por lo respectivo
a nombrarse aquellos tenientes curas rectores era cuestión de
nombre. A cuya insinuación el Cabildo unánimemente manifestó
su complacencia en ella, su obediencia y su gratitud. (Libro 6,
fol. 5).
Aquí mismo resolvió su Sría. Illma a la cuestión agitada sobre
si el teniente sacristán mayor debía la paz al coro que la llevasen
los sacristanes menores, como se había acostumbrado. (Libro 6,
fol. 5 vto.).
En el mismo día se puso copia del título de teniente sacristán
mayor despachado por el Illmo. Sor. Obispo al Ledo. Antonio
Martínez Nevado, presbítero. (Libro 6, fol. 7 vto.).
En 25 de junio, habiéndose presentado un expediente (de que
sigue copia) sobre la concesión hecha por su Sría. Illma. con
acuerdo del Cabildo al proveedor Pedro Jaspe de Montenegro
del terreno inmediato al cementerio y a la capilla que su Sría.
Illma. estaba fabricando para sí, a fin de que allí fabricase capilla,
para colocar un cuadro de media talla que se había hecho en
Nueva España del Misterio de la Santísima Trinidad y que allí
llevando el título de patrono, se diese sepultura sin pagar derechos
190
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
algunos a él y a sus esclavos y domésticos: el Cabildo acordó
que así se ejecutase. (Libro 6, fol. 8).
En S de julio, habiendo insinuado el mayordomo de fábrica
que lo era el maestro de campo Dn. Juan de Ibarra, habérsele
mandado por el señor Gobernador que diese fianza por el pon-
tifical del Illmo. señor Acuña que se había entregado a la Iglesia
el Cabildo resistió y mandó ciar cuenta de esta ocurrencia al Illmo.
Sor. Obispo. (Libro 6, fol. 10 vto.).
En 28 el Cabildo volvió a resistir la dación de la dicha fianza
a segunda intimación del señor Gobernador e interpuso súplica
para la Real Audiencia. (Libro 6, fol. 11 vto.).
En 12 de agosto, se nombró por colector de observaciones de
los curatos y sacristía al presbítero Pedro Fernández de Algarín.
(Libro 6, fol. 12).
En 26 de septiembre, habiéndose mandado por su Sría. Illma.
a su secretario que manifestase al Cabildo como lo hizo, la presen-
tación del señor Gobernador y del Cabildo secular, de que la Iglesia
les cediese el tercio de solar que tenía en la plaza de esta ciudad
y que por él se le daría otro; el Cabildo no tuvo a bien acceder
al cambio y acordó que si quisiesen comprarlo se vendería por su
justo valor, y éste se emplearía en fabricar dos tiendas. (Libro 6,
fol. 12 vto.).
En 19 de octubre, habiéndose pasado al Cabildo el real des-
pacho dado en Madrid, a 23 de junio de este año en que se pro-
mueve al señor canónigo Dn. Martín Fernández de Algarín a la
dignidad de Tesorero vacante por promoción del señor maestro
Dn. Juan Fernández Ortiz a la chantría y un decreto de su Sría.
Illma. en que dispone no haber lugar la colación mientras no
llegase el despacho de la promoción que causa la vacante, se mandó
copia de todo en el libro capitular: se le dió la colación y posesión
por el Illmo. Sor. Obispo en 4 de julio del siguiente año con las
ceremonias acostumbradas de que se puso copia al folio 28 de este
libro. (Libro 6, fol. 13).
En 27, habiéndose recibido una carta del señor Gobernador
y capitán general de esta Provincia en que avisa al Cabildo haber
recibido una Real Cédula en que le avisa haber muerto la señora
Reyna doña Luisa María de Borbón, para que se hiciesen su-
fragios por su alma, el Cabildo insinuó estar pronto a cumplirlos
por su parte. (Libro 6, fol. 15 vto.).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1690
191
Aquí mismo se recibieron dos Reales Cédulas fechas en 30 de
diciembre de 1688 la una dirigida al Cabildo y la otra al señor
Gobernador en aquélla, previniéndole que esto a la mira de lo que
se manda en la segunda; y en esta previniéndole al Gobernador
que desde luego se quiten los corregidores nombrados para cobrar
el tributo de cien reales a cada indio; y que en adelante los habi-
tantes en las inmediaciones de esta ciudad y diez leguas en contorno
pague cada uno 6 pesos y los de otras partes 4: y que los de nuevas
reducciones no pagasen alguno en el término de 10 años: el Ca-
bildo mandó poner y se puso copias de ambas en este libro. (Li-
bro 6, fol. 15 vto.).
En 20 de diciembre, habiéndose remitido por el Illmo. Sor.
Obispo el real despacho de 21 de abril de este año en que se pro-
mueve al señor Chantre Dn. Nicolás Fernández Ortiz a la dig-
nidad de arcediano vacante por fallecimiento del señor Dn. Agustín
de Palma, el Cabildo prestó su obedecimiento y en el mismo día
se le dió la colación e hizo la profesión de la fe en manos del mismo
Illmo. Sor. Obispo; y seguidamente su Sría. Illma. con el Ca-
bildo le dió la posesión en la silla del coro con las ceremonias
acostumbradas, y después en la sala capitular. (Libro 6, fol. 17 vto.).
Año de 1690.
En 27 de mayo, se recibió el duplicado de las Reales Cédulas
sobre tributos de los indios, y también otra dirigida al Obispo y
Cabildo (que está copiada al folio 32) fecha en Madrid, a 20 de
septiembre de 1689 en que a consecuencia de lo prevenido en la
de 20 de mayo de 1687 y de haber vacado la tesorería se previene
que la canongía que obtenía el Ledo. Dn. Martín Fernández de
Algarín, promovido a aquella se proveyese con título de ma-
gistral por oposición en teólogo. (Libro 6, fol. 20).
Aquí mismo se recibió también una carta de un padre de la
extinguida compañía, en que avisa al Cabildo en el oficio de indios
de la misma compañía que en Madrid había 1971 pesos y 2 reales
en escudos de oro y otras cosas que podrían valer 150 pesos per-
teneciente todo a esta Santa Iglesia; en cuya vista el Cabildo
quedó en dar las órdenes convenientes. (Libro 6, fol. 20 vto.).
En 29 del mismo, habiéndose presentado, se dió posesión de
la canongía de merced vacante por fallecimiento de Dn. Francisco
192
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
Galindo (el cual no tomó posesión) al Ledo. Dn. Juan Díaz de
Vargas Machuca en virtud del real despacho de su presentación
fecho en Madrid a Io de octubre de 1689 y de la colación que le
dió el Illmo. Sor. Obispo: y en el acto de la posesión se reiteraron
las protestas sobre el aumento de estas y las otras canongías.
(Libro 6, fol. 21).
En 27 de junio, se obedeció la Real Cédula sobre recibimiento
de la bula de la Santa Cruzada y el Cabildo quedó dispuesto a
recibirla el domingo 2 del siguiente julio, señalado por el comisario
para la publicación en esta Santa Iglesia. (Libro 6, fol. 24).
En 4 de julio se dió posesión de la chantría vacante por pro-
moción del señor Dn. Nicolás Fernández Ortiz al arcedianato, al
maestro Dn. Juan Fernández Ortiz, en virtud del real despacho
de su presentación dado en Madrid a 27 de junio de 1689 y de la
colación que se le dio por el Illmo. Sor. Obispo. (Libro 6, fol. 24 vto.).
En 3 de agosto, presente su Sría. Illma. en la sala capitular
se dispuso que en adelante hubiese dos jueces de cuentas para
rever las de diezmos y comunicar las resultas a su Sría. Illma.
v al Cabildo; y se nombraron a los señores canónigos, penitenciario
y de merced. (Libro 6, fol. 30 vto.).
En 6 de septiembre se dispuso que se pasase testimonio de la
Real Cédula sobre provisión de la canongía magistral, al Illmo.
Sor. Obispo respecto a que ya había llegado el tiempo de proveerse
por la que había vacado por la promoción del que la servía a la
tesorería y aunque se reiteraron las protestas de suplicar del
aumento de canongías la mayor parte de votos fue de cumplirse
lo mandado por Su Majestad y que se le informase del estado de
las rentas. (Libro 6, fol. 31).
En 24, se puso copia en este libro de un auto de 20 del mismo
mes del señor Gobernador y capitán general vicepatrono real en
que acompañando testimonio de la Real Cédula de 20 de mayo
de 1688 sobre el aumento de las canongías, incorporación de los
curatos y sacristía de la Catedral a la cuarta capitular y nombra-
miento de teniente requiere al Cabildo sobre su cumplimiento y
que le informe del estado de esto: a que contestó junto con el
Illmo. Sor. Obispo en 23 del propio mes según otra copia que
sigue, insinuando lo que se había ejecutado y la causa porque su
Illma. había puesto interinos en los curatos y sacristía. (Libro 6,
fol. 33).
No hubo otro Cabildo en este año.
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1691 193
Año de 1691.
En 9 de julio, habiéndose recibido un auto de su Sría. Illma-
en que da parte al Cabildo de haber fijado edictos para la provi.
sión de la canongía magistral de haber admitido dos opositores y
señalado día para iniciar los actos unidamente con el Cabildo ante
su secretario y un notario público, hubo varios pareceres sobre
si su Sría. Illma, podía o no por sí solo haber actuado lo expre-
sado sin la concurrencia del Cabildo inclinándose más fundada-
mente según el largo dictamen del señor penitenciario a la parte
negativa y todos a que no debía asistir notario; y se resolvió pasar
copia de la acta a su Sría. Illma. habiendo también al mismo
tiempo reiterádose las protestas sobre aumento de canongías.
(Libro 6, fol. 37).
En 10 contestó el Illmo. Sor. Obispo por un auto que sigue
testimoniado sosteniendo sus mandatos y reprendiendo fuerte-
mente al señor canónigo penitenciario, y de nuevo señala día
para iniciar los actos con los capitulares que concurriesen: y que
para salvar toda nulidad despacharía título de notario al se-
cretario. (Libro 6, fol. 40).
En 16, obedeció el Cabildo con algunas protestas y especial-
mente por lo respectivo a aumento de prebendas y en cuanto a
que el secretario fuese creado notario para los actos, y el señor
penitenciario insinuó su sana intención en lo que había dicho
y largamante se vindicó. (Libro 6, fol. 43).
En 17, se proveyó otro auto por su Sría. Illma. insistiendo
en los mismos que tenía proveído y dándose por satisfecho y en
el mismo acto contestó el Cabildo llanamente obedeciendo y su-
plicando a su Sría. Illma. se sirviese mirar por su Cabildo. (Libro
6, fol. 45).
En 11 de septiembre, habiendo pasado oficio el comisario del
Santo Oficio, sobre que se le entregase lo correspondiente a la
canongía suprimida para remitirlo al Santo Tribunal de Carta-
gena en depósito, como se acordó en acta de 17 de agosto de 1688
y que se pasase testimonio a su Sría. Illma. para que en caso de
mandarse por el Rey que se entregase si sería persona legítima
el dicho comisario. (Libro 6, fol. 46 vto.).
No hubo otro Cabildo en este año.
14 — AcUu, i.
194
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
Año de 1692.
En 10 de abril, se obedeció un auto del Illmo. Sor. Obispo,
que con sus antecedentes está copiado al folio 49 vto., en el cual
manda se entregue al comisario de Inquisición lo correspondiente
a la canongía suprimida y con atención a lo que se observaba
en la metropolitana de Santo Domingo, según un certificado allí
insertó, declara que del contingente se sacase la porción que
correspondiese en cada año a las misas que tocasen a esta canongía,
así conventuales como las demás de erección a razón de 2 pesos,
y las de manuales conforme a la limosna que tuviesen señalada
en sus fundaciones, haciéndose la cuenta entre ocho prebendados.
(Libro 6, foL 48).
En 17, habiéndose recibido un despacho del Santo Tribunal
de Cartagena, en que corrige al Cabildo por el decreto que puso
de retención en depósito de lo correspondiente a la canongía
suprimida, fulmina censuras y multa en 100 pesos a cada uno
de los señores prebendados; el Cabildo se vindica y apela para el
señor inquisidor general, y no obstante esta apelación y que aun
antes de la intimación de este despacho tenía mandado entregar
lo depositado, se allanó a entregar la multa, y en efecto la entregó.
(Libro 6, fol. 48 vto.).
En 21 de mayo, se dió posesión de la dignidad de Chantre
al señor Br. Dn. Joseph Melero, canónigo penitenciario, vacante
por fallecimiento del ministro Dn. Juan Fernández Ortiz, ha-
biéndose presentado el real título despachado en 8 de agosto
de 1691, y las diligencias de la colación dada por el Illmo. señor
Obispo, quien unido con el Cabildo dio la dicha posesión con las
ceremonias acostumbradas. (Libro 6, fol. 51 vto.).
En 27, presente su Sría. Illma. en la sala capitular, habién-
dose recibido una Real Cédula, fecha en 5 de julio de 1690, diri-
gida al Obispo y Cabildo, en que se mandan reemplazar a la Iglesia
siete mil y cien pesos que se gastaron de sus rentas en la casa
comprada para habitación del Illmo. Sor. Obispo: su Sría. Illma.
insinuó haber estado ignorante de ésto y que de haberlo sabido
no lo hubiera permitido y que desde luego dejaría la casa, no
obstante que había gastado más de 4.000 pesos en las habitaciones
que la había aumentado, pues antes bien considerando la cor-
tedad de rentas de la Iglesia, había socorrídola de sus rentas y
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1692 195
gastado más de 8.000 pesos en una nave que allí tenía fabricada
de ocho capillas de calicanto: y se acordó que se examinase de
donde se habían sacado aquellos 7.100 pesos para tratarse el asunto
en otro Cabildo; y los señores capitulares suplicaron a su Sría.
Illma. no saliese de la casa. (Libro 6, fol. 53 vto.).
En 3 de junio, presente su Sría. Illma. en la sala capitular
se nombraron dos señores capitulares, para examinar libros y
cuentas acerca de lo gastado en la casa episcopal. (Libro 6, fol. 54).
En el mismo día y acto, habiéndose recibido una Real Cédula
fecha en Madrid, a 8 de agosto de 1691 (de que sigue copia) en que
se dispone que la canongía penitenciaria que vacó por promoción
del señor Br. Dn. Joseph Melero, se proveyese por oposición y
que en adelante así ésta como la magistral, se proveyesen siempre
que vacasen por oposición sin nueva Orden real, se obedeció y
para su cumplimiento se mandó copiar en el libro capitular. (Li-
bro 6, fol. 55).
Aquí mismo, recibida otra Real Cédula fecha en Madrid a
17 de julio de 1691, sobre que se diese un donativo para los gastos
del casamiento del Rey se acordó que el estado actual de las cortas
rentas del Cabildo y sus empeños no le daba lugar a servir como
deseaba. (Libro 6, fol. 55).
En 18 de julio, presente su Sría. Illma. en la sala capitular
que entró a ella cuando iniciado el acto, con motivo de oir un auto
del comisario de Inquisición que al efecto había pasado recado
para que se convocase el Cabildo y su Sría. Illma. al entrar que
aún no se había leido el contenido del auto mandó al notario que
cesase y dijese al comisario que era ministro muy inferior para
expedir autos al Cabildo que si era en asunto de la canongía su-
primida se entendiese con su Illma. por peticiones y mandó al
Cabildo y a sus individuos que ninguno oyese ni en su casa, ni
en la sala autos del dicho comisario bajo la multa de 200 pesos
que impuso a cada capitular. (Libro 6, fol. 56).
En Io de diciembre, con motivo de no poder continuar por
enfermo el señor Deán en el oficio de juez de diezmos; y que aun-
que en acta de 22 de noviembre de 1687 se había acordado junto
con el Illmo. Sor. Obispo que esta judicatura turnase entre todos
los prebendados un año cada uno, se dudaba si debería obser-
varse ahora por no haber tenido uso desde que comenzó el turno
en el dicho señor Deán; se acordó remitir en consulta este asunto
a su Sría. Illma. (Libro 6, fol. 57).
196
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
En el mismo día, su Sría. Illma. proveyó auto disponiendo
que siguiese el turno en el señor Chantre, por la legítima excusa
del señor arcediano o que el Cabildo eligiese como quisiese. (Libro
6, fol. 57 vio.).
Inmediatamente, el Cabildo acordó ceder sin sufragio en el
que debía tener su Sría. Illma. para que nombrase como le pare-
ciese. (Libro 6, fol. 58).
En 2 su Sría. Illma. proveyó otro auto devolviendo al Cabildo
la elección. (Libro 6, fol. 58 vto.).
En 3 se acordó: que la elección de juez de diezmos fuese por
votos, y habiendo recaído la mayor parte en el señor Tesorero
Dn. Martín Eernández de Algarín, fue nombrado por juez de
diezmos hasta otra elección. (Libro 6, fol. 59).
Año de 1693.
En 17 y 24 de marzo, presente el Illmo. Sor. Obispo en la
sala capitular, habiéndose tratado sobre enviar a uno de los señores
capitulares a la corte, a la defensa de algunos puntos, por último
se resolvió que para el principal que era el de ocurrir a la inteli-
gencia de una Real Cédula publicada por el señor Gobernador
sobre que las haciendas comprendidas entre la legua de los pueblos
de indios, diezmasen para los doctrineros, se nombrasen como
nombraron dos comisarios que lo fueron los señores Chantre y
canónigo de merced para representar ante el señor Gobernador.
(Libro 6, fol. 59 vto.).
Sigue una diligencia de no haber querido firmar el Cabildo
antecedente el señor Chantre. (Libro 6, fol. 61).
En 26, volvieron los señores Chantre y canónigo de merced;
y habiendo dado razón de haber practicado su comisión y de
haberles ofrecido el señor Gobernador que trataría el asunto
con su Sría. Illma. y que en caso de haber inconvenientes infor-
maría al Rey, se dieron las gracias a los dichos comisarios. (Libro
6, fol. 61 vto.).
En 15 de julio, por haber hecho dejación el presbítero Dn.
Pedro Vicuña, fue nombrado por secretario de Cabildo el Ledo.
Francisco Pérez Camacho, presbítero, maestro de capilla, con el
mismo salario que habían tenido los antecesores. (Libro 6, fol. 62).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1694
197
En 2 de diciembre, prestó el Cabildo su conformidad para que
el Illmo. Sor. Obispo pudiese acceder a la petición de doña Mel-
chora Ana de Tovar, de que se le concediese en la nave que había
fabricado su Sría. Illma. y junto a su capilla, lugar para edificar
otra en honor de San Nicolás, Obispo de Mira, y se dejó al arbitrio
de su Sría. Illma. el señalamiento de lo que había de contribuir
a la Iglesia, pues pedía sepultura allí para sus domésticos. (Libro
6, fol. 62).
En 19, se obedeció una Real Cédula (de que sigue copia) dada
en Madrid, a 8 de octubre de 1692, en que con motivo de haberse
rematado los diezmos por entero en un sólo sujeto, se prohibe
ésto, y se manda que en adelante se pregonasen y rematasen por
veredas. (Libro 6, fol. 63).
Año de 1694.
En 5 de julio, se obedeció una Real Cédula sobre recibimiento
y publicación de la bula de la Santa Cruzada que se había de hacer
el domingo 11 de este mes. (Libro 6, fol. 63 vto.).
En 25 de noviembre, se mandó copiar, como se hizo a conti-
nuación un testimonio de la Real Cédula de 10 de febrero del año
anterior, ganada por el albacea del alférez Pedro Paredes, en
que se declara que no se pague alcabala de los bienes de las dos
capellanías de coro, que fundó en esta Santa Iglesia Catedral
y que el Illmo. Sor. Obispo como patrono las provea sin necesidad
de recurrir al señor Gobernador, no obstante lo que se le había
prevenido en despacho de 9 de septiembre de 1688. (Libro 6,
fol. 64).
No hubo otro Cabildo en este año.
Año de 1695.
En 23 de marzo, se admitió al Ledo. Joseph de Heredia, cura
rector de la Catedral, al ejercicio de arcediano interino que le hizo
el Illmo. Sor. Obispo en virtud de la ley que cita, por haber muerto
el propietario Dn. Nicolás Fernández Ortiz y haber quedado
sólo tres prebendados y se le señaló el salario de 500 pesos anuales.
(Libro 6, fol. 65).
198
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
En 20 de octubre, consecuente a un despacho del comisario
general subdelegado de la Santa Cruzada de Santo Domingo y
distrito de su Real Audiencia, quedó constituido comisario en
esta diócesis el señor Chantre Br. Dn. Joseph Melero, por haberse
excusado el señor Deán con motivo de tener 85 años de edad,
y estar enfermo. Y sigue copia del despacho. (Libro 6, fol.
66 vto.).
En 5 de noviembre, el dicho señor Chantre requirió al Ca-
bildo con un despacho del señor comisario general de cruzada
(de que sigue copia) en que se prohibe que ningún ministro del
tribunal de Inquisición pueda serlo de cruzada, y que pues él
era comisario en esta diócesis no podía ejercer el nombramiento
que había recaído en él por la excusa del señor Deán: y éste con
vista del dicho despacho se allanó a aceptar la comisaría de cru-
zada, ínterin hubiese quien pudiese servirla si acaso se proveían
las dignidades vacantes. (Libro 6, fol. 68 vto.).
No hubo otro Cabildo en este año.
Año de 1696.
En 14 de enero, se admitió al ejercicio de prebendado interino
por nombramiento del Illmo. Sor. Obispo al Ledo. Pedro de Lia-
moza del mismo modo que lo estaba el Ledo. Joseph de Heredia
por haber cegado éste. (Libro 6, fol. 70).
En 8 de febrero, habiéndose recibido un auto del Illmo. Sor.
Obispo y una Real Cédula de 18 de mayo de 1695 (todo inserto
aquí mismo) sobre la forma en que se han de satisfacer los salarios
de los ministros de esta Santa Iglesia de las rentas decimales y
no de la fábrica y declarándose que los nombramientos de ellos
se hiciesen como se habían hecho hasta entonces y previniéndose
al señor Obispo y al Cabildo que informasen a Su Majestad porque
se habían aumentado a la erección y con que orden los ministros,
apuntador, campanero, sochantre, maestros de capilla y cere-
monias y secretario de Cabildo; y porque se habían satisfecho
los salarios de todos de las rentas de fábrica; el Cabildo, en vista
de todo prestó su obedecimiento a la Real Cédula y al auto de su
Sría. Illma. en que comisiona al señor Chantre para hacer el
informe. (Libro 6, fol. 71 vto.).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1696
199
En 14 de abril, con motivo de otro auto de su Sría. Illma.
de 12 de marzo, en que consecuente a la dicha Real Cédula, mandó
que se satisfaciesen de la fábrica los salarios de los ministros de
la Iglesia: que tenientes de cura y de sacristán mayor se pagasen
de las rentas de los curatos; y que se suprimiesen los oficios au-
mentados de dos capellanes de coro, de sochantre, de maestros
de capilla y de ceremonias y de bajonista y campanero; dispo-
niendo también que el señor Chantre diese providencia para el
canto y el señor Tesorero para el toque de campana que se nom-
brasen dos clérigos para servir el uno como racionero y el otro
como medio racionero, con renta de 100 pesos cada uno de la mesa
capitular; y que subsistiese el secretario de Cabildo, pero pagado
de la misma mesa capitular: el Cabildo suplicó de estas determi-
naciones exponiendo prolijamente los motivos y causas del acre-
centamiento de los dichos ministros y de pagarse sus salarios por
la fábrica, y probó la costumbre generalmente observada de no
pagarse de las rentas de las dignidades de Chantre y de Tesorero
el canto y toque de campanas; y asimismo la que estaba estable-
cida en esta Catedral después que tuvo copioso número de ca-
pellanes de coro ordenados in sacris de vestirse éstos de diáconos
en las misas y también los ordenantes que enviaba el Illmo. Sor.
Obispo a ejercer su orden: y concluyó pidiendo a su Sría. Illma.
amparase a su Cabildo y dejase las cosas como estaban mientras
recaía la real resolución. (Libro 6, fol. 73).
En 14 de mayo, fue electo el señor Chantre Dn. Joseph Melero
por conciliario del Seminario, por dejación que hizo de este empleo
el señor Deán. (Libro 6, fol. 87 vto.).
En 13 de agosto, habiéndose recibido una Real Cédula diri-
gida al Illmo. Sor. Obispo y al Cabildo fecha en 19 de mayo de
1695 (de que sigue copia) en que a consecuencia del recurso hecho
acerca de la mutación de una casa de las excusadas, se declara
que en las elecciones de ésta no se haga resistencia al mayordomo
de fábrica procediendo éste con arreglo a la erección, eligiendo
el parroquiano que después del más rico le siga en opulencia de
hacienda, el Cabildo prestó su obedecimiento y suplicó a su Illma.
señalase día para tratar de eset asunto. (Libro 6, fol. 88).
En este Cabildo comenzó a autorizar un notario público que
lo era Francisco de Mendoza, y nada se dice de esta mutación
ni sí el secretario había dejado o había fallecido. (Libro 6, fol.
88 vto.)-
200
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
En Io de diciembre, a consecuencia de un auto del Illmo. Sor.
Obispo en que manda el Cabildo que elija juez de diezmos por
estar vaco este oficio por fallecimiento del señor Tesorero Dn.
Martín Fernández de Algarín que su Sría. Illma. le conferiría
las facultades necesarias; fue electo el señor Ledo. Dn. Juan Díaz
de Vargas Machuca, canónigo de merced. (Libro 6, fol. 89 vto.).
En 3 su Sría. Illma. confirmó la elección antecedente y con-
fiirió al electo las facultades necesarias. (Libro 6, fol. 90 vto.).
Año de 1697.
En 10 de enero, se dio posesión al Dr. Dn. Diego López, pres-
bítero de la canongía magistral en depósito a consecuencia de una
Real Cédula de 25 de mayo de 1696, en que declarándose por
nulo el concurso a dicha canongía y previniéndose que se fijasen
nuevos edictos se nombró al dicho presbítero por canónigo ma-
gistral en depósito hasta que se verificase la provisión de propie-
tario y tuviese las mismas preeminencias, asiento y vestuario:
sólo se omitió la colación y profesión de la fe, en lo de más fue
dada esta posesión, como se acostumbraba darla a dos propie-
tarios, aun con la ceremonia de derramar monedas. (Libro 6,
fol. 91).
En 15, habiendo presentado el señor canónigo Ledo. Dn. Juan
Díaz de Vargas Machuca el real despacho de 27 de marzo de 1696,
de su promoción a la dignidad de Chantre, vacante por promoción
del señor Br. Dn. Joseph Melero a la de arcediano, en atención
a que éste no había recibido el suyo, se suspendió como lo había
dispuesto el Illmo. Sor. Obispo el darle la colación y posesión.
(Libro 6, fol. 93).
En 25, presente el Illmo. Sor. Obispo en la sala capitular,
habiéndose leído una Real Cédula de 25 de mayo de 1696, diri-
gida a su Sría. Illma. (que sigue copiada) en la cual se declara
por nulo el concierto hecho para la canongía magistral por haber
expedido los edictos solo su Sría. Illma. y sin concurrencia del señor
Gobernador y por haberse hecho la votación sin los requisitos
prevenidos por las bulas pontificias del caso y se manda hacer
nuevo concurso; e igualmente para la canongía penitenciaria a
que no se pusieron edictos por no haber en esta diócesis sujetos
graduados de edad de cuarenta años; se previene que se expidan
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1697
201
enviándose a otras diócesis, debiéndose estar en la inteligencia
de que por la bula que se cita en caso de no haberlos en aquella
edad, puede elegirse el más apto teniendo más de treinta años:
se prestó el debido obedecimiento y quedó dispuesto su Sría.
Illma. y el Cabildo a su cumplimiento. (Libro 6, fol. 95).
En 13 de febrero, presente su Sría. Illma. en la sala capitular
propuesta la duda de si el señor canónigo magistral electo en
depósito debería tener voto en Cabildo; pesadas y reflexionadas
varias razones, atento lo prevenido en la Real Cédula de este
nombramiento; se determinó que dos señores prebendados pasasen
a consultar el caso con un señor oidor que se hallaba en esta
ciudad. (Libro 6, fol. 96 vto.).
En 15, habiéndose presentado otra Real Cédula de 25 de mayo
de 1696 en que se nombra al Dr. Dn. Juan Francisco Rivero,
presbítero, por canónigo penitenciario en depósito hasta la pro-
visión de propietario, se le dió la posesión del mismo modo que
se dió al canónigo magistral en depósito como queda explicado.
(Libro 6, fol. 98).
En 16, presentado el real despacho de 27 de marzo de 1696,
en que se promueve al Br. Dn. Joseph Melero al arcedianato,
vacante por fallecimiento del señor Dn. Nicolás Fernández Ortiz,
y conferida la colación por el Illmo. Sor. Obispo, y asimismo hecho
el juramento y profesión de la fe, se le dio por su Sría. Illma.
y el Cabildo la posesión con las ceremonias acostumbradas. (Li-
bro 6, fol. 101).
En el mismo día se dio posesión con las ceremonias acostum-
bradas de la dignidad de Chantre al señor canónigo de merced,
Dn. Juan Díaz de Vargas Machuca, precedida la colación que
le dio el Illmo. Sor. Obispo y habiendo hecho el juramento y pro-
fesión de la fe. El real despacho lo presentó en 15 de enero de
este año como queda dicho. (Libro 6, fol. 104).
En el mismo día, habiendo presentado el Dr. Dn. Félix de
Acuña, presbítero, el real despacho dado en 27 de marzo de 1696
de su presentación a la canongía de merced, vacante por la pro-
moción antecedente y con las diligencias de la colación que le
confirió el Illmo. Sor. Obispo se le dio la posesión por su Sría.
Illma. junto con el Cabildo con las ceremonias acostumbradas,
juramento y profesión de la fe. (Libro 6, fol. 105 vto.).
En 21, presente el Illmo. Sor. Obispo en la sala capitular, se
declaró a pluralidad de votos que los dos señores canónigos en
202
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
depósito magistral y penitenciario tuviesen en Cabildo voto de-
cisivo en todas las materias tocantes a la hacienda y bienes de la
Iglesia, y en las espirituales sólo consultivo, entendiéndose éste
en las oposiciones a las mismas canongías en los actos que se di-
rigían y ordenaban a la provisión que había de hacer el Rey,
y que se diese cuenta a Su iMajestad de la propia duda y de esta
declaración. (Libro 6, fol. 107 vto.).
En 23, el Cabildo, con relación a lo que había conferenciado
con el Illmo. Sor. Obispo sobre los concursos a las canongías
magistral y penitenciaria, se acordó que se expidiesen los edictos
con término de sesenta días, y que desde el de la expedición de
ellos, se concediesen cincuenta para comenzar a correr aquel
término, pues se habían de remitir a los vicarios de los partidos
y ciudades: y que esto se participase a su Sría. Illma. por dos
diputados. (Libro 6, fol. 109 vto.).
Aquí mismo, estimándose necesario que hubiese un cuadrante
para que se supiese lo que perdía el que fallase y que hubiese quien
cobrase los réditos de las capellanías del Cabildo, se nombró al
señor Dr. Dn. Félix Acuña, canónigo de merced: y también se
nombró al señor Dr. Dn. Domingo López, magistral en depósito,
por elector de los derechos capitulares y parroquiales, y que el
antecesor, que lo era el Ledo. Dn. Fernando Arévalo, diese cuentas.
(Libro 6, fol. 110).
No hubo otro Cabildo en este año.
Año de 1698.
En 22 de abril, presente su Sría. Illma. en la sala capitular
con motivo de estar podridas las maderas del techo y bóveda de
la Capilla del Sagrario y de San Pedro: y que para determinar
sobre el reparo, el mayordomo informase cuanto dinero había
existente. (Libro 6, fol. 110 vto.).
En 24, presente su Sría. Illma. en la sala capitular, se acordó
que antes de quitarse el retablo, se hiciese nuevo reconocimiento
con peritos de la capilla mayor, su techo y bóveda subterránea,
asistiendo uno de los señores prebendados y el mayordomo. (Libro
6, fol. 111 vto.).
En 28, presente su Sría. Illma. en la sala capitular, presen-
tado el reconocimiento, se acordó: que se quitase el altar y re-
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1699
203
tablo y se dejase el techo de la capilla mayor, mientras pasaba
el invierno para quitarlo después, y proceder a su reparo y al
de la bóveda de madera, y se dispuso que pasasen dos comisarios
a tratar el asunto con el señor vicepatrono real. (Libro 6, fol.
112 vto.)-
En 19 de agosto, habiendo participado los señores comisarios
estar ya impuesto el señor vicepatrono real del estado de la capilla
mayor y reparo que necesitaba, se mandó al mayordomo de
fábrica que diese sus cuentas, para saberse lo que tenía existente
y en deudas la Iglesia. (Libro 6, fol. 114).
En 25, presente su Sría. Illma. en la sala capitular, habiéndose
recibido una Real Cédula (que sigue copiada) expedida en 4 de
febrero de este año, en que en vista de lo informado a conse-
cuencia de otra Real Cédula de 18 de mayo de 1695, se dispuso
que los oficios aumentados a la erección que era apuntador, cam-
panero, sochantre, maestro de capilla, maestro de ceremonias y
secretario da Cabildo, se mantuviesen con calidad de por ahora
sin novedad, con distinción de que los creados para mayor culto
se les pagase su estipendio de las rentas de fábrica y que a los
otros que eran el colector, contador, mayordomo, apuntador y
secretario de Cabildo se les pagase de la mesa capitular, se obe-
deció y acordó su puntual cumplimiento. (Libro 6, fol. 114 vto.).
En 15 y 26 de septiembre, habiéndose tratado acerca de un
exhorto del señor Gobernador, acompañado de una Real Cédula
de 30 de diciembre de 1697 en que se pide un donativo para los
gastos de un armamento marítimo de resguardo para las costas
de Indias, el Cabildo no obstante a hallarse incongruo por el estado
de las rentas y aumentos de ministros, acordó dar de su mesa
capitular quinientos pesos. (Libro 6, fol. 116).
No hubo otro Cabildo en este año.
Año de 1699.
En 13 de enero, se nombró al Ledo. Dn. Luis Umpierres Lo-
zano por colector de obvenciones capitulares y de los curatos y
sacristía de la Catedral, y también de los réditos de capellanías,
aniversarios y memorias de misas tocantes al Cabildo, señalándo-
sele el ocho por ciento de lo que cobrase, y con calidad de dar
cuentas en cada medianía. (Libro 6, fol. 117 vto.).
204
FUENTES FA KA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
En 14 de julio, presente el Illmo. Sor. Obispo en la sala capi-
tular, se acordó hacerse otro reconocimiento a la capilla mayor
a presencia de su Sría. Illma., del señor Gobernador 3' del Cabildo
para examinar también si convendría no sólo repartirla sino tam-
bién aumentarla. (Libro 6, fol. 118).
Kn Io de agosto, presente su Sría. Illma. en la sala capitular
haciéndose relación de todo lo acordado anteriormente acerca de
la capilla mayor y del último reconocimiento practicado, se acordó:
que se hiciese de nuevo conforme a la planta que se había formado,
ofreciéndose su Sría. Illma. a concurrir por su parte: y que esto
se participase al señor vicepatrono real por medio de los dos co-
misarios que se nombraron. (Libro 6, fol. 118).
Kn 17 de septiembre, presente su Sría. Illma. en la sala capi-
tular se acordó a pluralidad de votos, que luego se trasladase el
altar mayor a la capilla de San Pedro, y aun los colaterales de
Santísimo Cristo, y de la Santísima Virgen, si fuese necesario;
y se derribase la capilla mayor para hacerse de nuevo con la mayor
amplitud demostrada en la planta, y que se construyese de bóveda
de ladrillo y que también se construyese la nueva sacristía, allí
mismo delineada. (Libro 6, fol. 120).
En 25, presente el limo. Sor. Obispo en la sala capitular, se
nombró al señor Chantre Ledo. Dn. Juan Díaz de Vargas Ma-
chuca por obrero mayor de la nueva fábrica de la dicha capilla
ma3'or y sacristía, y se aceptaron los donativos hechos por su Sría.
Illma. de costear 14.300 ladrillos calculados; de 300 pesos ofre-
cidos por el señor canónigo de merced Dr. Dn. Félix de Acuña,
y de 100 cahizes de cal por el dicho Chantre. Y habiendo éste
pedido que se le diese por compañero para suplir sus ausencias al
Ledo. Pedro de Vicuña, y llamándosele a Cabildo donde se le hizo
esta propuesta y también la que pues tenía un tejar aperado
vendiese algún ladrillo con equidad; aceptó la primera, y en cuanto
a la segunda ofreció de limosna 4.300 ladrillos, y que comenzaría
a traerlos desde luego; por lo que se le dieron las gracias. (Libro 6,
fol. 123).
No hubo otro Cabildo en este año.
Año de 1700.
En 9 de junio, habiéndose presentado el señor arcediano Brl
Dn. Joseph Melero, con el real despacho de 20 de septiembre de.
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1700
205
año anterior en que es promovido a la dignidad de Deán, vacante
por fallecimiento del Sr. Dn. Sebastián Moreno; y las diligencias
obradas ante el Illmo. Sor. Obispo, se le dio por su Sría. Illma.,
estando con el Cabildo, la colación y seguidamente la posesión
en el coro y sala capitular con las ceremonias acostumbradas,
juramento y profesión de la fe. (Libro 6, fol. 124 vto.).
En 17 de julio, a insinuación del señor Deán, se acordó: que
se tuviese Cabildo cada semana en los martes y viernes como
estaba dispuesto por la erección, sin ser necesario citación: que
ésta preceda en los extraordinarios; y que el que no pudiese asistir
a los ordinarios lo participase al señor Deán o presidente: y asi-
mismo se dispuso que se pasase a su Sría. Illma. un ejemplar
del cuadrante que se formaba en la Catedral de Guadalajara,
y había traido el señor Deán al Cabildo, a fin de que se viese si
del mismo modo se podría formar el de esta de Caracas y darse
luego principio a él. (Libro 6, fol. 128).
En 20 se acordó suplicar al Illmo. Sor. Obispo que franquease
os inventarios de alhajas y ornamentos de esta Santa Iglesia que
estaban en el archivo eclesiástico, y que destinase persona que
asistiese al reconocimiento que había dispuesto el Cabildo, para
añadir lo que se hubiese aumentado, y anotar lo consumido. (Libro
6, fol. 128 vto.).
En 23, a instancia de su Sría. Illma., se acordó que se cantasen
todos los días las horas de tercia y vísperas, y el martirologio en
la de prima que siendo las vísperas de Santo doble se tocasen con
tres repiques, y asimismo a la misa mayor y hora de tercia, siendo
siempre los repiques conforme a la mayor o menor solemnidad
o festividad, dándose principio en el siguiente día víspera de la
de Santiago: y que el cuadrante que ya lo ha visto su Sría. Illma.
se pusiese en práctica para lo cual se mandó al notario contador
de la Iglesia que se impusiese de él. (Libro 6, fol. 129).
En 27, atento lo informado por el notario, se dispuso que se
formase el cuadrante, poniéndose en él todos los ministros de la
Catedral: que en cuanto a los señores capitulares se figurasen cada
día siete casillas correspondientes a las siete horas canónicas, y
en ellas signos significativos de asistencias, de fallas, de enfer-
medades, de recles y de licencias : que a los curas y sacristán mayor
se les pusiesen dos casillas por las dos asistencias que debían hacer
a la misa mayor y vísperas, y otra casilla más en cada sábado
por la asistencia a la salve y letanías que debían hacer en virtud
206
FUENTES PAHA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
de lo dispuesto en la sínodo, no estando ocupados en la adminis-
tración de Sacramentos: que al organista se le pusiesen cada día tres
casillas correspondientes a las asistencias de tercia, misa mayor
y vísperas en los días que se debía tocar el órgano, con más las
casillas respectivas a la misa, salve y letanías de los sábados:
que el pertiguero, sacristanes y monacillos, se les pusiesen dos
casillas, la una por la tercia y misa mayor, y la otra por las vís-
peras y otra más los sábados por la salve. Que todos ganasen o
perdisen conforme a la erección, menos los curas y sacristán mayor,
a quienes se les babía de repartir en distribuciones cuotidianas la
tercia parte de sus salarios: y que este cuadrante comenzase en
los maitines del día Io del siguiente agosto. (Libro 6, fol. 130).
En 30, se dispuso que se diese cuenta al Illmo. Sor. Obispo
de la resolución antecedente, a fin de que ordenase lo que tuviese
por conveniente para que todos los ministros quedasen enten-
didos de él. (Libro 6, fol. 130 vto.).
En 3 de agosto, se acordó: que las misas de manuales se can-
tasen por turno entre los señores capitulares: que el colector for-
mase cuaderno para asentar los celebrantes y asistentes, y que
se pusiese tabla en la sacristía: y que también se cantasen por turno
las tres misas de erección de cada mes. (Libro 6, fol. 131).
En 6, se acordó: que ínterin se ponía en práctica la erección
en cuanto a misas cantadas de los santos y ferias mayores, y se
hacía la asignación del triplo; pues solamente estaban asignados
dos pesos por cada una de estas misas, se cantasen también por
turno entre los señores capitulares. (Libro 6, fol. 131).
En 13, se dispuso: que el que estuviese en patitur sin salir de
su casa con verdadera enfermedad ganase no sólo lo tocante a su
prebenda sino también la acreencia de fallas y de vacantes; con
tal que viniese a quebrantar el patitur a la Iglesia, y que no siendo
así perdiese todo lo que hubiese ganado: y que los que estuviesen
en recle sólo ganasen la parte que le tocaba por su prebenda, y
no aquellas acreencias. (Libro 6, fol. 132).
En 17, se dispuso, que pasasen dos comisarios a dar las gracias
al Illmo. Sor. Obispo, por lo que había cooperado a los sobredichos
nuevos establecimientos; y que al mismo tiempo tratasen con su
Sría. Illma. sobre dos escritos presentados por los seis capellanes
de erección en cuanto al mandamiento de cantar las horas de
tercia y vísperas y el martirologio. (Libro 6, fol. 132 vto.).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1700
207
En 20 del dicho mes de agosto, y Io de septiembre, se acordó:
que las quince misas cantadas de la capellanía de doña Elvira y
doña Leonor de Montes, y la del día de Nuestra Señora de las
Nieves, se continuasen cantando por el Cabildo, como se dispuso
por el Illmo. Sor. Acuña a instancia del patrono; y que el colector
solicitase el que se asignase ceresuatario particular para esto, a
fin de que no cobrase todos los réditos el capellán de la capellanía
de misas rezadas de la misma fundación. (Libro 6, fol. 133).
En 4 de septiembre, insinuándose la gran falta que había de
concordancia en el canto, por no haber sochantre (como antes
lo había habido) se acordó hacer la correspondiente representación
al Illmo. Sor. Obispo para que se solicitase algún sujeto idóneo
que sirviese este oficio. (Libro 6, fol. 134).
En 10, habiéndose tratado acerca de que se estaban debiendo
de las rentas de fábrica más de 20.000 pesos, se acordó: que se
presentase a su Sría. Illma. lo que se había tenido presente en
este Cabildo a fin de que hiciese que el maestro de campo Dn.
Juan de Ibarra, mayordomo de fábrica diese sus cuentas. (Libro
6, fol. 135).
En 14, se mandó al colector que reconociese todas las escrituras
de su cargo, y practicase las diligencias de aseguramiento de los
censos que lo necesitasen, (Libro 6, fol. 135 vto.).
En Io de octubre, se acordó: que los capellanes semaneros de
vestuario si faltasen sin causa perdiesen la hora conjunta a la
misa, y se procurase que estos semaneros no fuesen de los nece-
sarios para el canto por su mayor aptitud. (Libro 6, fol. 136).
En 5, se acordó: que los capellanes de coro que hubiesen de
cantar epístolas, evangelios o lecciones las pasasen antes; y que
se guardasen la costumbre de que los semaneros sacasen al facistol
los libros de canto y los registrasen en tiempo y que faltando
alguno de éstos suplan de los que salieron de semana, y que el
señor Deán o presidente multase a los omisos. (Libro 6, fol. 136 vto.).
En 22, se acordó: que se ejecutase la disposición de la erección
en cuanto a cantarse las misas mayores conventuales por los
señores dignidades en los días de primera y segunda clase, que no
la cantase el prelado, y en los demás días y ferias mayores, res-
pecto de la que se canta post nonam, por los señores canónigos
haciendo hebdómada, dándose principio a esto en el siguiente año
de 1701: y en atención a que por el estado actual de las rentas
decimales no se podía observar la distribución de triplo; se dispuso
208
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
que el señor Deán por cada misa llevase dos pesos; cada dignidad
doce reales y cada canónigo diez; y asimismo se dispuso: que
las tres misas de erección en cada mes, las de los santos que ocu-
rriesen en ferias mayores y se dicen a las siete después de tercia,
y la misa del día de Navidad después de prima: se cantasen por
turno entre todos los señores capitulares a razón de 10 reales
cada una indistintamente y que en las de manuales continuase la
costumbre. (Libro 6, fol. 137 vto.).
En 18 de noviembre, se acordó: que la hora de sexta en los
días que hay dos misas, se diga inmediatamente después de la
del santo para que no hubiese duda en cuanto a lo que debe perder
el que faltase a ella y que en los Santos y ferias simples, sea la
misma hora de sexta la que se cante antes de la misa conventual.
(Libro 6, fol. 139 vto.).
En 20, presentado el real despacho de 6 de abril de este año
en que es promovido al servicio de la canongía magistral en pro-
piedad el señor Dr. Dn. Diego López, que la había ofrecido en
depósito, y visto con las diligencias operadas ante el Illmo. Sor.
Obispo; se le dió por su Sría. Illma. estando junto con el Cabildo
la colación y seguidamente la posesión en el coro y sala capitular
con las ceremonias acostumbradas juramento y profesión de la fe,
Y en el citado real despacho se hace expresión del aumento de
canongías y de los autos del concurso. (Libro 6, fol. 140).
En el mismo día, presentado el real despacho expedido en 6
de abril de este año, en que es promovido el señor ministro Dn.
Bernabé de Acuña, cura doctrinero del pueblo de Guarenas, a
la canongía penitenciaria, se le dió la colación y posesión del
mismo modo que al señor magistral, y también se hace mención
en este real despacho del aumento de canongías y autos del con-
curso. (Libro 6, fol. 143).
En 26, teniéndose presente nuevamente la Real Cédula de 20
de mayo de 1687, sobre incorporación de los curatos y sacristía
de la Catedral a la mesa capitular, se determinó: que para que
en adelante no hubiese variación en los salarios asignados a los
curas de esta Santa Iglesia y de las ayudas de parroquia, se pa-
gasen de los novenos de diezmos incorporados, y que las obven-
ciones se agregasen a la mesa capitular. (Libro 6, fol. 146 vto.).
En 7 de diciembre, se dispuso: que el mayordomo de fábrica
diese expensas para el seguimiento de la causa en defensa de esta
Santa Iglesia contra la pretensión del marqués de Mijares, en
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1701
209
nombre del ministro Fr. Diego Briceño, sobre que se le entregasen
los 15.000 pesos que había recibido del espolio del Illmo. señor
Dn. Fr. Alonzo Briceño. (Libro 6, fol. 147).
En 17, se mandó al colector, que se presentase a pedir el ase-
guramiento de las dos dotaciones hechas a favor del Cabildo por
doña Brígida Morgado; la una de 2.000 pesos para misas cantadas
y rezadas (cuyo número no se expresa) y la otra de 500 para la
fiesta de la invención de la Santa Cruz, pagándose 100 reales por
la limosna de la misa, y otros tantos por el sermón. (Libro 6,
fol. 148).
Año de 1701.
En 26, de abril, presente el Illmo. Sor. Obispo, se obedecieron
el breve pontificio, y Real Cédula de 11 de abril de 1700, sobre la
concesión de un millón de ducados de plata sobre las rentas ecle-
siásticas de Indias para los gastos de la guerra contra los herejes
escoceses. (Libro 6, fol. 148 vto.).
En 2 de mayo, se mandó dar certificado a doña Melchora
Ana de Tovar, de haber construido y ornamentado la capilla de
San Nicolás con motivo de que intentaba ocurrir a Su Majestad.
(Libro 6, fol. 149 vto.).
En el mismo acto, se nombró apoderado del Cabildo en la corte
en primer, segundo y tercer lugar, para que defendiese allí las
causas del Cabildo, y especialmente la de la pretensión del padre
Fr. Diego Briceño acerca del espolio del Illmo. señor Briceño,
pues aunque se había ganado por parte de la Iglesia, se sabía que
se hacia recurso al consejo. (Libro 6, fol. 149 vto.).
En 15 de julio, se nombraron por jueces contadores de diezmos
a los señores Deán y magistral para hacer el repartimiento con-
forme a lo dispuesto en acta de 3 de agosto de 1690. (Libro 6,
fol. 150 vto.).
En 21, habiéndose recibido una insinuación del Santo Tri-
bunal de Inquisición, se mandaron entregar a los disputados las
rentas de diezmos cobradas y pertenecientes a la canongía supri-
mida y las de obvenciones que le correspondían. (Libro 6, fol. 151).
En 22, habiéndose recibido un auto del Illmo. Sor. Obispo,
acompañado de una Real Cédula de 30 de enero de 1698 (que
todo está copiado) acerca de la contribución de lo tocante a la
canongía suprimida y en que también se confirman las provi-
15 — dctm, i.
210
FUENTES PARA LA HISTOKIA COLONIAL DE VENEZUELA
ciencias dadas anteriormente sobre este asunto; el Cabildo prestó
a todo su obedecimiento y acordó: que se ejecutase lo mandado
por su Sría. Illma. en cuanto a las razones que debían dar el juez
de diezmos y el colector. (Libro 6, fol. 152).
En 28, habiéndose recibido otra insinuación del Santo Tri-
bunal de Inquisición, se mandó hacer la entrega de todo lo cobrado
perteneciente a la canongía suprimida al comisario de esta ciudad.
(Libro 6, fol. 155).
En 28 de septiembre, presentado el real despacho de 19 de
julio de este año, en que es promovido el señor canónigo de merced
Dr. Dn. Félix de Acuña a la dignidad de Tesorero vacante por
fallecimiento del señor Ledo. Dn. Joseph de Heredia, y las dili-
gencias operadas ante el Illmo. Sor. Obispo, le dió su Sría. Illma.
estando junto con el Cabildo la colación y seguidamente la po-
sesión en el coro y sala capitular con las ceremonias acostumbradas,
juramento y profesión de la fe. (Libro 6, fol. 156).
En 14 de octubre, se acordó que cuando algún dignidad o ca-
nónigo estuviese impedido de cantar la misa que le tocaba pasase
al que respectivamente le siguiese y que a éste se le asentase en el
cuadrante y se le diese la limosna. (Libro 6, fol. 158).
En el mismo acto refiriéndose la función que había hecho el
Cabildo el día 29 del mes anterior en acción de gracias de la exal-
tación del señor Rey Dn. Felipe V, al trono de España, se acordó:
que se hiciesen los repiques, iluminación y adorno de calles para el
día de la proclamación en esta ciudad que sería el día 23 de este
mes señalado por el señor Gobernador. (Libro 6, fol. 158 vto.).
No hubo otro Cabildo en este año.
Año de 1702.
En 17 de febrero, presentado el real despacho de 9 de mayo
de 1700 en que es promovido el señor Chantre Ledo. Dn. Juan
Díaz de Vargas Machuca, a la dignidad de arcediano, vacante
por promoción del señor Br. Dn. Joseph Melero a la dignidad
de Deán y las diligencias operadas ante el Illmo. Sor. Obispo,
le dio su Sría. Illma., junto con el Cabildo la colación y seguida-
mente la posesión en el coro y sala capitular con las ceremonias
acostumbradas, juramento y profesión de la fe. (Libro 6, fol. 159).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1702 211
En 7 de mayo, presentado el real despacho de 11 de septiembre
del año anterior, en que es promovido el señor Dr. Dn. Gabriel
Matías de Ibarra, presbítero, a la canongía de merced, vacante
por promoción del señor Dr. Dn. Félix de Acuña a la dignidad
de Tesorero, y las diligencias operadas ante el Illmo. Sor. Obispo,
le dio su Sría. Illma. estando junto con el Cabildo la colación y
seguidamente la posesión con las ceremonias acostumbradas
juramento y profesión de la fe. (Libro 6, fol. 162).
En 10, habiéndose recibido una Real Cédula de 17 de octubre
de 1701 (copiado aquí mismo) en que por lo ocurrido en las honras
del Rey que se hicieron de parte del Cabildo secular en esta Santa
Iglesia, denegándose el Cabildo a asistir por no habérsele convi-
dado; se le dice: que no debió reparar en materia de tan corta
substancia, que sólo acreditaba facilidad y ligereza en los dictá-
menes; y que estuviese advertido de esto para evitar disenciones
en adelante el Cabildo prestó llanamente su obedecimiento. (Li-
bro 6, fol. 165 vto.).
En 14, presentado el real despacho de 27 de febrero de 1701,
en que es promovido el señor Dn. Juan Díaz de Espino, presbí-
tero, a la dignidad de Chantre, vacante por promoción del señor
Dn. Juan Díaz de Vargas al arcedianato, y las diligencias operadas
ante el Illmo. Sor. Obispo; le dio su Sría. Illma. estando junto con
el Cabildo, la colación y seguidamente la posesión en el coro y
sala capitular, con las ceremonias acostumbradas: la profesión
de la fe la hizo en 6 de julio, y no se dice el motivo porque se
difirió. (Libro 6, fol. 166 vto.).
En 5 de julio, se aceptaron las gracias que por medio de dos
comisarios dio al Cabildo el Santo Tribunal de Inquisición por la
entrega de rentas de la canongía suprimida. (Libro 6, fol. 169).
En 8 de agosto, habiéndose recibido una Real Cédula de 25
de julio de 1701 (que sigue copiada) en la cual con motivo de la
guerra contra los Moros, se pide al Cabildo un donativo, se acordó:
que se haría la demostración en adelante, que le permitiese la
cortedad de las rentas. (Libro 6, fol. 170).
Aquí mismo se aceptó la dotación de 2.366 pesos de capital,
reconocidos por Dn. Cristóbal Loreto de Silva, hecha por el señor
Deán Dn. Sebastián Moreno, para establecimiento de dos músicos,
dándose a cada uno, cada año 59 pesos y un real, mitad de sus
réditos, con obligación de asistir cada uno a la capilla de música,
y los domingos y días festivos al coro a la tercia y misa mayor,
212
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
aplicadas las fallas al apuntador, y que fuese patrono el Illmo.
Sor. Obispo y en vacante el M.V.S. Deán y Cabildo. Y también
se dispuso por el Illmo. Sor. Obispo que todo lo que estaba de-
vengado de réditos de dicho capital, se impusiese a censo, y que
con sus réditos se distribuyesen por modo de aguinaldo entre los
músicos que cantasen la fiesta de Navidad. No se dice a cuanto
montó la cantidad de réditos para la nueva imposición y todo
quedó a cargo del mayordomo de fábrica. (Libro 6, fol. 170).
En 6 de septiembre, se dispuso con atención al estado en que
estaba el edificio de la Iglesia que de los nueve altares que había,
se reservasen tres para decir misa los señores prebendados, y que
en ellos no se dijese misa por otros, hasta que todos la hubiesen
celebrado. (Libro 6, fol. 173).
No hubo otro Cabildo en este año.
Año de 1703.
En 14 de abril, habiendo manifestado el señor juez de diezmos
el estado de los remates, se acordó: que se consultase a su Sría.
Illma. acerca de administraciones en que era necesario poner
algunas veredas. (Libro 6, fol. 174).
En 18, atento lo conferenciado con el Illmo. Sor. Obispo,
se acordó prestar el Cabildo su consentimiento para que se pusiesen
en administración las no rematadas. (Libro 6, fol. 174 vto.).
Sigue un testimonio del consentimiento prestado al mismo
efecto por los señores oficiales reales. (Libro 6, fol. 176).
En 28 y 31 de julio, tratándose sobre una petición del señor
canónigo de merced, acerca de que se hiciese el turno de semanas
para las misas mayores, entrando también los señores dignidades,
se acordó: que se hiciese citación de todos los señores capitulares
para resolver; y se declaró que el mismo señor canónigo debía
votar aunque la petición fuese de él: pues no era asunto personal
sino de su canongía. (Libro 6, fol. 177 vto.).
En 7 de agosto, habiéndose conferenciado el asunto antece-
dente, y resultado varios los pareceres y que se inclinaban más
a que debían hacer semana los señores dignidades, por estar pen-
diente el mismo punto en consulta al Rey, y que así se había
practicado antes de la resolución, de que sólo hiciesen semana los
señores canónigos; se acordó: pasarlo todo al Illmo. Sor. Obispo,
para que se sirviese resolver el punto. (Libro 6 fol. 179).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1703 2 1 3
En 16, proveyó auto el Illmo. Sor. Obispo, declarando que el
Cabildo se excedió en la acta de 22 de octubre de 1700 en obrar
contra lo proveído y determinado en 8 de abril de 1698, por su
Sría. Illma. en que se manda hacer recurso al real y supremo Con-
sejo de Indias, y a la Real Audiencia de Santo Domingo; y que
se continuase observando lo determinado allí mismo sin hacer
novedad hasta la resolución de Su Majestad a cuyo fin su Sría.
Illma. confirmó lo dispuesto en el citado auto así en cuanto a
semanas, como por lo respectivo a la limosna de las misas. (Libro
6, fol. 187 vto.).
En 17, sin embargo, de la apelación interpuesta por los señores
Deán y Chantre del auto antecedente, se acordó a pluralidad de
votos que se observase haciendo semana los canónigos y dig-
nidades. (Libro 6, fol. 188 vto.).
En 11 de noviembre, habiéndose recibido una Real Cédula
de 26 de septiembre de 1702 (que aquí mismo está copiada) en la
cual a consecuencia de lo informado por el Cabildo, se manda
que en adelante los mayordomos de fábrica no tengan salario fijo,
sino el cuatro por ciento de lo que cobrasen y que el actual Dn. Juan
de Ibarra rindiese cuentas dentro de cuatro meses y se hiciese
cargo a él y a su fiador de las partidas que se hubiesen hecho
incobrables por omisión, bajo los apremios que se expresan; el
Cabildo prestó su obedecimiento y mandó poner en noticia del
Illmo. Sor. Obispo esta determinación. (Libro 6, fol. 192).
En Io de diciembre, habiéndose tratado de elegir juez de diez-
mos por renuncia que hizo el señor arcediano Dn. Juan Díaz de
Vargas, por haber salido casada la elección entre los señores Te-
sorero Dr. Dn. Félix de Acuña y canónigo de merced Dn. Gabriel
Matías de Ibarra; se mandó dar cuenta de esto al Illmo. Sor. Obispo,
para con su mejor acuerdo, hacer nueva elección. (Libro 6, fol. 193).
En 4, con lo que dijo su Sría. Illma. se hizo nueva votación
y salió electo el señor Deán Br. Dn. Joseph Melero por juez ge-
neral de diezmos y en el mismo día fue confirmado por su Sría.
Illma. y le confirió las facultades correspondientes. (Libro 6,
fol. 194).
En 15, habiéndose insinuado de parte del señor arcediano como
comisario de la Santa Cruzada, por un auto (de que sigue copia)
que el día 21 de este mes se haría en esta Santa Iglesia la publi-
cación de la bula, trayéndola del convento de Monjas; el Cabildo
214
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
se ofreció llanamente al recibimiento y aunque el señor canónigo
Dn. Gabriel de Ibarra contradijo la publicación diciendo que el
era el comisario y el señor arcediano, el Cabildo dijo: que no le
tocaba otra cosa, sino asistir como lo haría. (Libro 6, fol. 195).
Año de 1704.
En 4 de abril, recibida una real provisión de la Audiencia
de Santo Domingo, fecha en 8 de marzo de este año, y un auto
del Illmo. Sor. Obispo para su ejecución, declarándose en aquélla
que deben cumplirse puntualmente los capítulos cuarto, décimo
y vigésimo cuarto de la erección de esta Santa Iglesia, ínterin que
Su Majestad declarase otra cosa; y que de consiguiente se can-
tarían las misas mayores haciendo turno cada semana los canó-
nigos y dignidades en los días clásicos; el Cabildo acordó su cum-
plimiento, comenzándose desde luego el turno en las primeras
vísperas de la dominica y pagándose el triplo por la limosna de
cada misa, y que se diese cuenta al Rey, y que se diesen testi-
monios de todo al señor Deán por nueva súplica que hizo en
cuanto a insinuar que debían corresponderle aun con interrupción
del turno, las misas de los días de Corpus, primeros días de las
Pascuas, el de Reyes, domingo de Ramos, Jueves y Viernes Santos,
sobre que hubo varias réplicas en el mismo acto: todo lo cual esta
testimoniado. (Libro 6, fol. 197).
En 11, agitada cuestión en cuanto a las misas celebradas antes
de la antecedente declaratoria por la dificultad de ajustarles el
triple de limosna y ver lo que se había recibido de más o de menos;
se determinó por último poner el asunto en manos del Illmo. Sor.
Obispo para que lo determinase. (Libro 6, fol. 203 vto.).
En 10 de junio, el Cabildo mandó del patronato de la capellanía
de 2.000 pesos de principal fundada por Bartolomé de Sevilla
para una misa todos los días festivos de precepto a la hora de
las once en esta Santa Iglesia, presentó por capellán a Bernardo
Vélez de Aguiar, clérigo de menores. (Libro 6, fol. 205).
En 15 de noviembre, se acordó: que todos los años perpetua-
mente el día siguiente al de la conmemoración de difuntos o en
el inmediato, si aquél estuviese impedido se celebrase solemne
aniversario por los señores prebendados difuntos, con vísperas
y vigilia y por su limosna se señaló la cantidad de 25 pesos, sacán-
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1705 2 1 5
dose de los manuales comunes y más prontos en que todos fuesen
interesados; y que en su defecto se supliese de la colecturía: y se
señaló la distribución de la limosna entre los que asistiesen a este
aniversario. (Libro 6, fol. 206).
No hubo otro Cabildo en este año.
Año de 1705.
En 5 de junio, se eligieron dos comisarios para tratar con el
Illmo. Sor. Obispo acerca del cumplimiento de la Real Cédula
sobre cuentas y salario del mayordomo de fábrica. (Libro 6,
fol. 207).
En 9 se acordó por último, por modo de transación que la
limosna de las misas conventuales anteriores al día 19 de agosto
de 1703, se pagase conforme a la disposición revocada de que al
señor Deán se le diesen 3 pesos, a los dignidades 12 reales y a los
canónigos 10 reales, y que de aquel día en adelante se observase
el triple; quedando a salvo el derecho del señor canónigo de merced
que no asistió. (Libro 6, fol. 207 vto.).
En 2 de julio, visto el reclamo hecho por el dicho señor canó-
nigo de merced sobre lo acordado en la acta antecedente se dispuso
que ocurriese donde le conviniese. (Libro 6 fol. 208 vto.).
En 4 de agosto, a insinuación del señor Deán acerca de que se
determinase sobre el fondo de donde debían sacarse los salarios
del mayordomo de fábrica, y de los seis monacillos en el concepto
de que éstos debían estimarse como ministros aumentados, y no
los seis acólitos de la erección pues aquéllos no estaban ordenados
y andaban en hábito secular, se acordó en cuanto al mayordomo,
lo mismo que anteriormente se dispuso, de que fuesen dos comi-
sarios a tratar el asunto con su Sría. íllma. y por lo respectivo
a los monacillos se reservó para otro Cabildo. (Libro 6, fol. 209 vto.).
No hubo otro Cabildo en este año.
Año de 1706.
En 15 de mayo, insinuándose haber fallecido el Illmo. Sor.
Dr. Dn. Diego de Baños y Sotomayor en este día, entre las nueve
y diez de la mañana en esta ciudad en su palacio, el Cabildo apre-
216
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
hendió la jurisdicción y acordó: que se tocase la sede vacante en
la forma acostumbrada; y se hiciese el doble y funeral con arreglo
al ceremonial romano. (Libro 6, fol. 210).
En 18, por no haberse podido hacer la elección de provisor
a causa de varios embarazos, se difirió para el siguiente día.
(Libro 6, fol. 210 vto.).
En 19, reservándose el Cabildo la jurisdicción graciosa y vo-
luntaria, y la provisión de beneficios curados y simples; se pro-
cedió a la votación para la elección de provisor y vicario general,
hubo dos votos a favor del señor Deán y dos a favor del señor
arcediano; y el señor Deán que no había votado dijo: que consentía
en la elección hecha en su persona sobre que se agitó cuestión
y a pluraidad de votos se acordó estar casada la votación y se
oyó en el efecto devolutivo la apelación interpuesta por el señor
Deán, a quien se previno hiciese citación para continuar por la
tarde de este día. (Libro 6, fol. 211 vto.).
En el mismo día, con motivo del embarazo de los inventarios
que se estaban haciendo se acordó diferir el Cabildo antecedente
para el siguiente día. (Libro 6, fol. 213).
En 20, habiéndose el señor Deán, con mejor acuerdo apartado
de la apelación y confesado llanamente estar casada la votación
hecha; y hecha de nuevo, salió electo con todos los votos el señor
canónigo de merced Dr. Dn. Gabriel Matías Martizaes de Ibarra,
por provisor y vicario general para el ejercicio de la jurisdicción
no reservada por el Cabildo y en el mismo acto aceptó y juró.
(Libro 6, fol. 213 vto.).
En 26, se dio nueva jurisdicción a todos los vicarios foráneos
de esta diócesis, y se confirmó al vicario de Monjas de Trujillo.
(Libro 6, fol. 214 vto.).
En 28, se eligió por vicario del convento de Monjas de esta
ciudad al Ledo. Juan Fernández de Algarín, reservándose el Ca-
bildo los nombramientos de capellanes, confesores, médicos, etc.,
y las entradas de religiosas, profesiones, cuentas y confirmación
de la elección de abadesa. (Libro 6, fol. 215).
En 7 de junio, se eligió al señor Deán, en calidad de apoderado
para representar los derechos de la Iglesia en la causa del espolio
del Illmo. Sor. Baños. (Libro 6, fol. 216).
En 9 se determinó que se hiciese inventario de los ornamentos
y demás del servicio de esta Santa Iglesia, y que el teniente sa-
cristán mayor diese fianzas: se removió al Ledo. Antonio Martínez
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1706 217
Nevado que servía este oficio, y se nombró al Ledo. Dn. Luis
Umpierres, hasta tanto que Su Majestad declarase sobre la forma
de esta provisión. (Libro 6, fol. 216 vto.).
En 22, habiéndose tratado acerca de las capillas de la Santí-
sima Trinidad; de San Nicolás, y de la Asunción (que es la deno-
minada del Pópulo) que ésta se estaba alargando a la parte de
adentro y que en la nave de enfrente usaban de las sepulturas
los patronos de aquéllas para sus esclavos, se acordó : que los mismos
patronos presentasen sus despachos y que no se abriesen sepul-
turas en las dichas capillas. Y que por lo respectivo a la de la
Asunción se prosiguiese la fábrica por Dn. Joseph de Oviedo a
su costa, y no de las obras pías que dispuso el Illmo. Sor. Baños
sobre las cuales se había de seguir litigio en cuanto así los bienes
pertenecían a la Iglesia. (Libro 6, fol. 218).
En 27 de julio, habiéndose recibido dos Reales Cédulas (que
no se copiaron) la una de 23 de noviembre de 1704 dirigida al
Illmo. Sor. Obispo para que procediese a la provisión de la ma-
yordomía de fábrica de la Iglesia parroquial de la ciudad de San
Sebastián de los Reyes y la otra de 21 de diciembre del mismo
año para que su Sría. Illma. informase sobre erección de una villa
en el Valle de Orituco y de hospital en aquella ciudad; el Cabildo
prestó su obedecimiento y dio varias providencias para el cumpli-
miento de lo prevenido en ellas. (Libro 6, fol. 221 vto.).
En 7 de agosto, se nombró por cura y vicario foráneo del puerto
de La Guaira al Ledo. Dn. Tomás de León por fallecimiento del
Ledo. Dn. Diego López Moreno. (Libro 6, fol. 222 vto.).
En 17, se nombró por vicario juez eclesiástico de Valencia al
padre Juan Bautista Navarro. (Libro 6, fol. 223).
Aquí mismo se nombró para una de las plazas de músicos
fundada por el señor Deán Dn. Sebastián Moreno, a Juan Joseph
Falcón, clérigo de menores. (Libro 6, fol. 223 vto.).
En 27, se nombró por cura capellán del Valle de Aguacaliente
al Ledo. Dn. Pedro Berjumea. (Libro 6, fol. 223 vto.).
En 17 de noviembre, se nombró por capellán de coro a Juan
Joseph Falcón, clérigo de menores con calidad de poner quien
sirviese de diácono en su semana. Aquí mismo se habilitó al vicario
del Tocuyo para continuar su empleo; y se mandaron fijar edictos
para la mayordomía de la Iglesia parroquial de la misma ciudad.
(Libro 6, fol. 224).
218
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
Año de 1707.
En 18 de enero, se acordó: que se prosiguiese la fábrica am-
pliándose más la Iglesia: de suerte que el altar mayor se pusiese
bajo la primera bóveda y a los lados se formasen arcos del mismo
modo que habían de ser lo de los de más que corría hasta la puerta
principal; y que sin embargo de que el señor Gobernador era de
este mismo parecer y lo había insinuado se le participase. (Libro
6, fol. 225).
En 28 se nombró por obrero mayor al Ledo. Dn. Luis Lozano,
sacristán mayor de esta Catedral y colector de manuales, y que
se le entregasen 5.147 pesos, 5 reales del espolio del Illmo. Sor.
Baños. (Libro 6, fol. 225 vto.).
Aquí mismo se nombró por capellán de coro, a Fernando de
Guadalupe, clérigo de menores, con obligación de poner en su
semana quien se vistiese de diácono. (Libro 6, fol. 226).
En 31, se trató acerca del litigio que se estaba siguiendo sobre
las dotaciones que hizo el Illmo. Sr. Dr. Dn. Diego de Baños
para varias fiestas, lámparas y ornato de la capilla que había
edificado en esta Santa Iglesia, según la escritura que otorgó en
15 de abril de 1706 en su enfermedad de que murió el día 15 del
siguiente mayo, donando también a la misma capilla una lám-
para y seis blandones de plata que tenía encargado al reino de
Nueva España, y asimismo una imagen de Nuestra Señora del
Pópulo y todos sus pontificales, se admitió por las causas que se
expresan la transación propuesta por Dn. Joseph de Oviedo,
patrono de las mismas dotaciones, de que cesase el litigio, entre-
gándosele las dos haciendas destinadas a ellas, y que por su parte
cedería en dominio y propiedad a la Iglesia todos los ornamentos
de pontifical y del oratorio, y un organito pequeño, como también
una custodia para que usase de ella la Santa Iglesia, conviniendo
en que se guardase y conservase en el Sagrario que se hiciese en
la Capilla del Pópulo; y que daría y pagaría a la Iglesia 3.500
pesos, y que no haría requerimiento alguno por 1.250 pesos que
tenía gastados en misas por el dicho señor Illmo. y costo de su
entierro, ni tampoco por 600 pesos entregados al mayordomo del
hospital de caridad; y que también estaba pronto a que la Iglesia
pudiese usar cuando lo hubiese menester de la lámpara y blan-
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1707
219
dones: sobre todo lo cual se había de otorgar escritura. (Libro 6,
fol. 226 vto.).
En 4 de febrero, se determinó crear nuevamente maestros de
ceremonias y en efecto se nombró al Ledo. Juan Rodríguez de Men-
doza, presbítero, y que se le pagase el salario de las rentas de
fábrica, conforme a la Real Cédula de 4 de febrero de 1698, seña-
lándose 60 pesos anuales. (Libro 6, fol. 228).
En 12 de mayo, se expidieron órdenes para que se intimase
al R. P. Prefecto de las Misiones de Maracaibo que exhibiese
las bulas en cuya virtud había comenzado a administrar el Sacra-
mento de la Confirmación de cuya prosecución estaba contenido
por el vicario de aquel partido. (Libro 6, fol. 228 vto.).
Aquí mismo se acordó un nombramiento de cura capellán, se
mandaron fijar edictos para la provisión de la cátedra de Filo-
sofía del Seminario; y pagar al catedrático que la dejó. (Libro 6,
fol. 229).
En 6 de julio, se obedecieron varias Reales Cédulas y órdenes
dirigidas al Illmo. Sor. Obispo, sobre diferentes asuntos: y asi-
mismo una cuya fecha no se cita, dirigida al Cabildo para que in-
formase sobre la pretensión de dar grados en el Seminario. (Li-
bro 6, fol. 229 vto.).
En 23, se nombró a Dn. Juan Lovera y Otañez, por mayor-
domo interino del hospital de San Pablo, que lo era en propiedad
de la Catedral. (Libro 6, fol. 230).
En 18 de octubre, se nombró al Ledo. Dn. Francisco Mar-
tínez de Porras por catedrático de Filosofía del Seminario. (Libro
6, fol. 230 vto.).
En 17 de noviembre, habiéndose recibido una carta del señor
Gobernador con testimonio de una Real Cédula de 13 de marzo
de 1705 (de que no hay copia), sobre un donativo; contestó ei
Cabildo que ya había entregado al anterior Gobernador qui-
nientos pesos. (Libro 6, fol. 231).
Aquí mismo se mandó dar cuenta al Rey de las funciones hechas
en acción de gracias del parto de la reina. (Libro 6, fol. 231 vto.).
En 19, teniéndose noticia cierta de que venía al Cabildo una
Real Cédula con fecha de 20 de octubre de 1706 sobre un donativo
y empréstito al Rey nuestro señor por medio del señor Virrey de
Nueva España, se acordó hacerse por el Cabildo entre sus seis
individuos a prorrata el de 2.000 pesos, y que se librasen a Ve-
racruz. (Libro 6, fol. 231 vto.).
220
FUENTES PAUA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
En 14 de diciembre, se dieron providencias acerca de una queja
del señor Gobernador de Maracaibo contra el vicario; y sobre
provisión de un curato de aquel partido. (Libro 6, foL 233).
En 16, se dieron otras providencias sobre la citada querella
del señor Gobernador de Maracaibo, a fin de que se justificasen
imparcialmente los hechos. (Libro 6, fol. 234).
Aquí mismo se acordó: que se entregasen al obrero mayor para
la continuación de la fábrica de la Iglesia 1 .035 pesos cobrados
en los diezmos del espolio del Illmo. señor Baños, y 673 pesos,
4 reales de los excusados. (Libro 6, fol. 234 vto.).
Año de 1708.
En 7 de marzo, se recibieron los duplicados de las Reales
Cédulas citadas en el Cabildo de 6 de julio del año anterior. (Li-
bro 6, fol. 235).
En 17, habiéndose recibido varias Reales Cédulas y órdenes,
se acordó en cuanto a la primera (cuya fecha no se cita, ni hay
copia de ella) en que se manden hacer rogativas por estar preñada
la Reina; que se avisase a Su Majestad haber cumplido el Cabildo,
no sólo estas rogativas, sino también la acción de gracias con la
noticia que tuvo de haber parido felizmente. (Libro 6, fol. 236 vto.).
A la segunda con que se enviaba una libranza contra las Reales
Cajas de 6.024 pesos que se tomaron en Madrid pertenecientes
al espolio del Illmo. Sor. Baños, que la parte de esta Santa Iglesia
se presentase ante el juez del espolio, a pedir esta misma cantidad.
(Libro 6, fol. 236 vto.).
A la tercera en que se pide informe sobre un alboroto que
hubo en esta ciudad con motivo de enfermedad y demencia del
señor Gobernador, que le hiciese el informe de lo que ciertamente
hubo. (Libro 6, fol. 236 vto.).
A la cuarta, en que se pide donativo para la conquista de los
reinos de Aragón y Valencia, que ya el Cabildo había servido a
este efecto con 2.000 pesos. (Libro 6, fol. 236 vto.).
A la quinta (que sigue copiada, y es fecha en 20 de febrero de
1706) en que se concede el patronato de la Capilla de Nuestra
Señora del Pópulo al Illmo. Sor. Baños, y sepultura allí mismo
que se entregase original a Dn. Joseph de Oviedo y Baños. (Libro
6, fol. 236 vto.).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1708
221
A la sexta, que se dice ser de 28 de julio de 1707, en que se
avisa haberse elegido por prelado de esta Santa Iglesia y diócesis
al señor Dn. Juan de Jáuregui y Barcena, arcediano de la Santa
Iglesia Catedral de la Puebla de los Angeles, que se hiciesen las
demostraciones de regocijo con repique general de campanas y
luminarias, participándose al señor Gobernador y que se escribiese
la enhorabuena al mismo señor electo. (Libro 6, fol. 236 vto.).
A la séptima, en que se avisa la feliz victoria que alcanzaron
las armas de Su Majestad en los campos de Almanza, que se
informase haberse hecho ya la correspondiente acción de gracias.
(Libro 6, fol. 236 vto.).
En 30 de mayo, se acordó: que los dineros existentes en Vera-
cruz pertenecientes al espolio del Illmo. Sor. Baños, sobre que
el Cabildo había librado los 2.000 pesos de su donativo, y de que
todavía tenía necesidad para el costo de traer los Santos Oleos,
se pagasen aquí, entregándose al juez de espolio. (Libro 6, fol. 239).
En 10 de julio, se dieron providencias para que los demás
eclesiásticos de esta diócesis, contribuyesen de donativo a Su
Majestad lo que quisiesen. (Libro 6, fol. 240).
En 20 se mandaron hacer los reparos necesarios en el espolio
del Colegio Seminario en la parte que se había arruinado, y que
para ello se entregase el dinero que había existente tocante del tres
por ciento de los diezmos. (Libro 6, fol. 240 vto.).
En 3 de agosto, se subrogó otro comisionado para continuar
la causa que se seguía en Maracaibo sobre agravios hecho al señor
Gobernador; y aquí mismo se nombró vicario foráneo del Tocuyo.
(Libro 6, fol. 241 vto.).
En este propio acto se mandaron entregar dos cantidades de
dinero pertenecientes a la fábrica, al obrero mayor para la con-
tinuación del edificio. (Libro 6, fol. 242).
En 6, habiéndose recibido tres reales Cédulas duplicadas de
las anteriormente recibidas y expresadas; y otra sobre que se
informe de los eclesiásticos beneméritos de esta diócesis; el Cabildo
prestó su obedecimiento. (Libro 6, fol. 242).
En el mismo acto se recibió una carta del Exmo. Sor. Virrey
de Nueva España, en que dá las gracias al Cabildo por el donativo
de los sobredichos 2.000 pesos; y se acordó escribir al agente que
había hecho la entrega y también remitido los Santos Oleos,
dándole las gracias. Y al propio tiempo se dispuso que se entre-
gasen a la fábrica los 2.000 pesos del dicho donativo, suplidos de
222
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
lo que existía en Veracruz del espolio del señor Baños: que un
clérigo fuese a La Guaira a recibir los Santos Oleos y los trajese
hasta la Iglesia de Nuestra Señora de Altagracia, de donde en la
forma acostumbrada se conducirían a la Catedral; y se dieron
gracias al señor Deán por haber aumentado hasta 1000 pesos la
cantidad que le tocó contribuir en aquellos 2.000. (Libro 6, fol.
242 vto.).
En 25 de septiembre, por haber fallecido Pedro Ortiz, fue
nombrado por pertiguero Félix Ortiz, y se dieron algunas pro-
videncias de jurisdicción gubernativa. (Libro 6, fol. 243).
Aquí mismo se mandaron entregar algunas cantidades de di-
nero del espolio del señor Baños al obrero mayor para continuar
la fábrica de la Iglesia. (Libro 6, fol. 243).
En 23 de octubre, se acordó informar al Rey de haberse ex-
pedido las órdenes a toda la diócesis para la contribución del
donativo. (Libro 6, fol. 243 vto.).
En 30, se acordó: que a la mayor brevedad se techase la parte
nuevamente construida de esta Santa Iglesia para que en la veni-
dera cuaresma se pudiese poner allí el altar mayor y coro: y los
más altares que cupiesen, aumentándose dos arcos más de los
edificados hasta llegar a la parte antigua: y que esta se descar-
gase de su techo por estar maltratado con el rayo el día 7 de este
mes. (Libro 6, fol. 244).
En 22 de noviembre, habiéndose recibido las reales presen-
taciones hechas por el señor Gobernador en Dn. Juan de Otalora
para el curato de Coro, en Diego Agustín Romero para el de San
Luis de Carigua y en Joseph de Borando para el del Pedregal;
en el mismo acto se les dió la colación e hicieron la profesión de
la fe. (Libro 6, fol. 245).
En 4 de diciembre, se recibió carta del señor Dn. Juan Luis
de Jáuregui y Bárcena, Obispo electo de esta diócesis, en que
participa al Cabildo el recibo de la suya, y le avisa que aunque
había recibido la cédula de gobierno aún no le habían llegado
las bulas y que procuraría venir sin perder tiempo con cuyo motivo
se mandó hacer otro repique general de campanas. (Libro 6,
fol. 246).
Aquí mismo se recibió el aviso de estar cumplidas las libranzas
del donativo entregado el resto de lo que existía en Veracruz del
espolio del Illmo. Sor. Baños; y haberse gastado 89 pesos en el
cajón que ahora se remitía. (Libro 6, fol. 246).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1709
223
En este propio acto, se mandó entregar dinero para la proce-
cución del edificio de esta Santa Iglesia al obrero mayor. (Libro
6, fol. 246 vto.).
Año de 1709.
En 21 de enero, se mandó dar aviso a Su Majestad de la vacante
del arcedianato por fallecimiento del señor Dn. Juan Díaz de Var-
gas Machuca. (Libro 6, fol. 246 vto.).
Aquí mismo se mandaron entregar 2.000 pesos al obrero mayor
para continuar el edificio de la Iglesia, cuya cantidad pagó el
Cabildo por los entregados del donativo en Veracruz, del espolio
del señor Baños. (Libro 6, fol. 246 vto.).
En este propio acto se nombró al Ledo. Dn. Pedro Vicuña
por capellán y mayordomo de la nueva Iglesia que se había hecho
bajo el título de la Santa Cruz y Nuestra Señora de Candelaria
en la sabana de Anauco de esta ciudad. (Libro 6, fol. 247).
En 7 de marzo, se mandaron entregar dineros al obrero mayor,
para continuar el edificio de la Iglesia, y entre ellos lo que entregó
el señor Deán de lo que se le suplió en Veracruz del espolio del
señor Baños. (Libro 6, fol. 247).
En (se dejó en blanco) át marzo, se dispuso en atención a estar
concluida la parte de la Iglesia contigua a la Capilla mayor que
también estaba hecha de nuevo que el día del patriarca señor
San Joseph, 19 del mismo se hiciese la bendición y fiesta de dedi-
cación con toda solemnidad participándose antes al señor Go-
bernador. (Libro 6, fol. 247 vto.).
En este mismo acto se nombró por juez general de diezmos
al señor Tesorero Dr. Dn. Félix de Acuña, mientras sanaba el
señor Deán de su enfermedad. (Libro 6, fol. 248).
Aquí también se nombró al Dr. Dn. Nicolás de Herrera, cura
de la Catedral, por rector del seminario. (Libro 6, fol. 248).
En 12 de agosto, se mandaron poner tejas y encerados a las
claraboyas de la Iglesia, reedificar las habitaciones de los sacris-
tanes, hacer un aposento para custodia de muebles, reparar al-
gunos ornamentos y hacer algunos frontales para los altares
de la Antigua, de Santa Rosa y de la Asunción. (Libro 6, fol.
248 vto.).
Aquí mismo se nombró por Capellán de coro, al presbítero
Pedro García Castellanos. (Libro 6, fol. 248 vto.).
224
FUENTES PAKA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
En 13 de diciembre, tratándose de la continuación del edi-
ficio de la Iglesia hasta su frente y capilla de bautisterio; se dispuso
el cobro de varias cantidades y de los legados que hizo por su
testamento el señor arcediano difunto Dn. Juan Díaz de Vargas
Machuca. Y en atención a que el tejar de Carguata arriba fue
concedido por el Illmo. señor Dn. Diego de Baños, y que la Iglesia
necesitaba de él para continuar su edificio y el del Seminario, se
mandó al mayordomo que se presentase al Cabildo secular para
que fuese libre de toda pensión. (Libro 6, fol. 249).
Año de 1710.
En 31 de enero, se dió providencia para reparar la Iglesia de
la ciudad de Valencia, y proseguir la fábrica de su hospital. (Li-
bro 6, fol. 250).
En 1 1 de marzo, se mandó cubrir la capilla del bautisterio
de esta Santa Iglesia y que se concluyese la nave inmediata a ella.
(Libro 6, fol. 250).
Aquí mismo se nombró al Ledo. Juan Ignacio Camacho por
capellán de una de las dos capellanías que fundó Pedro Paredes.
Y por apuntador de coro al Ledo. Pedro Hipólito de León, uno de
los capellanes de él. (Libro 6, fol. 250 vto.).
En 22, se mandó liquidar la cuenta de lo que se quedó debiendo
de sus rentas al señor arcediano Dn. Juan Díaz de Vargas para
cumplir la disposición testamental de éste, de que la mitad se
aplicase al nuevo edificio de la Iglesia, y la otra mitad se le dijese
de misas a 8 reales por los señores capitulares. (Libro 6, fol. 251).
En 30 considerándose estar pronta la venida del Illmo. Sor.
Dn. Juan de Jáuregui y Bárcena, Obispo electo de esta diócesis,
se nombraron comisarios para ocurrir a recibirle en el puerto de
La Guaira, y que se hiciesen los gastos de cuenta del Cabildo.
(Libro 6, fol. 251 vto.).
En 8 de abril, se dispuso que por peritos se examinase la an-
tigua portada de la Iglesia, a fin de reconocer si podría servir al
nuevo edificio. (Libro 6, fol. 252).
En 31 de mayo, manifestó el Cabildo estar dispuesto a recibir
la bula de la Santa Cruzada para su publicación en esta Santa
Iglesia, el día 9 del siguiente junio. (Libro 6, fol. 252 vto.).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1710
225
En 4 de julio, agitada la cuestión sobre el modo debían ser
examinados los religiosos de San Francisco propuestos para el
servicio de las doctrinas de los pueblos del Valle de Petare, de
San Mateo, y de San Nicolás; se resolvió dar comisión al R. P.
Provincial para examinarlos y remitir su censura al Cabildo.
(Libro 6, fol. 252 vio,).
En 15, se mandaron edictos para la provisión del curato de
Trujillo; y se nombró vicario foráneo para la misma ciudad; y se
mandó participar al señor Gobernador lo acaecido en el Valle
de los Cerritos de Cocorote, donde los vecinos de Barquisimeto
habían quemado las casas por temor de que no sirviesen de refugio
a los enemigos que podrían venir por el mar. (Libro 6, fol. 254).
Aquí mismo, habiéndose visto los pareceres de los oficiales
acerca de ser necesario derribar la portada y hacerla de nuevo;
se acordó que se participase al señor Gobernador a fin de que en
vista de los mismos pareceres, explicase el suyo. (Libro 6, fol. 255).
En 29, se nombró vicario foráneo para la ciudad de iMara-
caibo y se mandaron expedir edictos para la provisión de la sa-
cristía mayor de Nirgua. (Libro 6, fol. 255 vto.).
En Io de agosto, se mandó al vicario de Valencia que hiciese
reformar las cuentas del mayordomo de fábrica difunto, y se dieron
otras providencias relativas a esta mayordomía: y asimismo
acerca de las que debían dar los mayordomos del monasterio de
religiosos Concepciones el de esta Santa Iglesia, y el del hospital
de San Pablo. (Libro 6, fol. 256).
En 19, visto lo que dijo el señor Gobernador acerca de la por-
tada de esta Santa Iglesia, se dispuso: que se demoliese la antigua,
y se hiciese de nuevo, precediendo la formación de diseño y pro-
cediéndose desde luego al acopio de materiales. (Libro 6, fol.
256 vto.).
En 26, se mandaron expedir edictos para el curato de Tru-
jillo y mayordomía de aquella Iglesia, y se nombró cura interino.
(Libro 6, fol. 257).
En 9 de septiembre, se mandó ejecutar la fábrica de la por-
tada de esta Santa Iglesia, conforme al diseño formado, y que se
entregasen varias cantidades de dinero al obrero mayor; y asi-
mismo se dispuso: que para el arco correspondiente a la Capilla
de San Pablo coadyuvase la Cofradía a su costo. (Libro 6, fol.
257 vto.).
16 — ácUt, I.
226
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
En 12, se nombró por capellán de coro a Francisco Martínez
Sifuentes, colegial del Seminario, con calidad de dejar sustituto
mientras iba a ordenarse, y se apercibió a un capellán de coro que
no asistía. (Libro 6, fo.. 258).
En 16, teniéndose presente el auto de 23 de enero de 1676
acerca de la capellanía y misas cantadas fundada por doña Elvira
y doña Leonor de Montes, se mandó al capellán y al mayordomo
de fábrica que informasen de su estado. (Libro 6, fol. 258 vto.).
En 21 de octubre, con motivo de haber venido a esta ciudad
un hombre llamado Claudio Febres, francés, artífice de órganos,
y que en esta Santa Iglesia sólo había un órgano pequeño; se
dispuso que desde luego se tratase de hacer uno grande, y porque
la Iglesia no tenía dineros a causa de estar haciendo mucho gasto
en el edificio, ofrecieron dar el señor Deán 500 pesos, el señor
Chantre 400, el señor Tesorero el costo de los fuelles, el señor
penitenciario 150 pesos y el señor canónigo de merced que cos-
tearía la caja y se aceptaron las ofertas hechas también por Dn.
Luis Umpierres, sacristán mayor, de costear el plomo necesario,
por Dn. Pedro Hipólito de León de 50 pesos y 25 el Ledo. Dn.
Andrés Núñez, cura de la sabana de Ocumare; y se acordó que se
solicitasen otras contribuciones al efecto entre los eclesiásticos,
para que la Iglesia tuviese menos que pagar. (Libro 6, fol. 259).
En 27, se mandó hacer un reconocimiento judicial para en-
mendar el error que se había cometido en la ejecución de la portada
y que se participase al señor Gobernador; y aquí se enuncia que el
señor Deán Dn. Joseph Melero intentaba edificar una capilla y
que sirviese a aquel efecto. (Libro 6, fol. 259 vto.).
En 4 de noviembre, se recibió el aviso del señor Gobernador
de estar presto al reconocimiento de la portada; y se acordó,
que luego que viniese se procediese a él. Y aquí mismo se man-
daron fijar edictos para la provisión del curato de la ciudad de
Carora. (Libro 6, fol. 261).
En 17, estando ya ajustado el contrato de hacerse el órgano
en 1.500 pesos para el operario por su trabajo, se acordó: que se
pagase de las rentas de fábrica lo que faltase para todo el costo
y se nombró al Ledo. Dn. Luis Lozano por interventor, y para
recaudar las ofertas. (Libro 6, fol. 261 vto.).
En 2 de diciembre, se acordó: que el que había hecho el diseño
de la portada, que lo fue Dn. Francisco Andrés de Meneses diese
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1711
227
las reglas para trabajarla, y se concertó al albañil Juan Pablo
Cazorla por dos pesos diarios por su trabajo. (Libro 6, fol. 262).
En 5, se dispuso: que el colector de manuales diese razón de
lo que se estaba debiendo por los censuatarios; y a los capellanes
de coro que la diesen de las misas cantadas fundadas por el señor
Deán Dn. Francisco López; y por Sebastián Díaz que se les habían
encargado, expresando cuantas habían celebrado y cuantas se
les habían pagado (Libro 6, fol. 263).
Aquí mismo se mandaron reparar algunos ornamentos .y hacer
unos cíngulos de cordón de seda y otros de hilo. (Libro 6, fol.
263 vto.).
En 12, se trató de dar pasto espiritual a unos indios gentiles
que salieron a los Valles de Orituco deseando civilizarse. (Libro 6,
fol. 263 vto.).
Año de 1711.
En 30 de enero, se dieron algunas providencias relativas a
mayordomías de fábricas y de hospital de lugares de tierra adentro:
y por lo respectivo a la portada de la Catedral, se mandaron pagar
50 pesos al que hizo el diseño y entregar algunos dineros al obrero
mayor. (Libro 6, fol. 264).
En 28 de marzo, se le mandó hacer al mismo entrega de otros
dineros. (Libro 6, fol. 265).
En Io de junio, se le mandó hacer otra entrega de dineros
para los gastos de la portada, y del órgano, poner encerados a las
claraboyas y unas rejas de fierro en ventanas de la misma por-
tada. (Libro 6, fol. 265).
En 10 de julio, se dispuso: que se repitiese la fijación de edictos
para varias doctrinas del cargo de clérigos que estaban vacantes;
y que por lo respectivo a las del cargo de la Religión de San Fran-
cisco, se tratase de demarcarle el territorio de cada uno y después
de esto, de que el R. P. Provincial presentase para el servicio de
las que estaban vacantes. (Libro 6, fol. 266).
Aquí mismo, se trató acerca de la representación hecha a
Su Majestad, sobre que no percibiesen diezmos los doctrineros se-
culares y regulares, y que entre tanto no viniese la determinación
prosiguiesen sin percibirlo. (Libro 6, fol. 266 vto.).
En 26 de agosto, habiéndose recibido cuatro Reales Cédulas
(de que no se pusieron copias) el Cabildo prestó su obedecimiento
228
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
a todas; y en cuanto a la una que es fecha en 11 de enero de este
año, participándose los felices sucesos y victorias de las armas de
Su Majestad se mandó hacer en la Catedral y en toda la diócesis
solemne función de acción de gracias. (Libro 7, fol. 1).
A la segunda que es fecha en 31 de julio de 1710 en que se manda
construir cartel eclesiástica y que no se pusiesen clérigos presos
en el colegio seminario; se definió la resolución de arbitrios para
construirla. (Libro 7 fol. 1).
A la tercera que es fecha en 9 de febrero de este año sobre
que se procurase tuviese efecto el cobro del legado de 20.000 pesos
hecho a favor de la Real Hacienda por el proveedor Pedro Jaspe
de Montenegro; que se pidiese el auxilio necesario. (Libro 6, fol. 1).
A la cuarta, que es fecha en el mismo día participándose los
motivos de la mutación de los tribunales de la Corte, y su resti-
tución a ella; y previniéndose no se diese cumplimiento a lo que
viniese firmado de los ministros de un Consejo falso e intruso que
aunque no había llegado caso de recibir cosa alguna, quedaba el
Cabildo advertido. (Libro 7, fol. 1).
En 2 de septiembre, atento lo dispuesto en la Real Cédula
sobre cartel eclesiástica, se dispuso: que Ínterin se tomaban los
medios oportunos para su construcción, se pasasen los presos en
el Seminario a dos aposentos del hospital de San Pablo y que se
intimase al rector, despidiesen los huéspedes que tenían en el
seminario en el cual sólo habían de habitar el rector, vice-rector,
colegiales, ministros y criados. (Libro 7, fol. 2).
En 15, por haber fallecido Francisco de Mendoza, notario
público que había servido la secretaría del Cabildo y el empleo
de contador de las rentas decimales, se nombró por notario pú-
blico de la Audiencia episcopal a Joseph de Salas. Y por lo respec-
tivo a secretaría de Cabildo y contaduría de diezmos, se acordó:
que se solicitasen personas correspondientes, y se dieron provi-
dencias acerca de que continuasen los pagamentos de rentas de
diezmos. (Libro 7, fol. 3).
En 18 se resolvió que de los bienes embargados de Francisco
de Mendoza, se sacase el dinero correspondiente para pagar a
los señores prebendados y ministros de la Iglesia las dos medianías
de este año. (Libro 7, fol. 3 vto.).
En 20 de octubre, atenta la urgencia de concluir la portada
se dispuso, que se sacase el dinero que había en las arcas deci-
males y se entregase al obrero mayor, con calidad de reintegrarse
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1712 229
de las rentas de fábrica o de lo que había de pagar Dn. Joseph
Oviedo por el compromiso hecho acerca de la capilla del Pópulo.
(Libro 7, fol. 5).
Aquí mismo, en atención a haberse concluido el órgano grande
y compuéstose el pequeño con adición de un registro y en consi-
deración a la equidad, y buena voluntad con que lo había ejecutado
Dn. Claudio Febres, se le mandaron dar 200 pesos de remuneración
de cuenta de la fábrica. (Libro 7, fol. 4 vto.).
También se mandaron entregar sus rentas al ministro de ca-
pilla Francisco Pérez Camacho, al sochantre Silvestre de Media-
Villa y capellanes de coro. Y en este propio acto, se nombró por
capellán de coro al Ledo. Dn. Juan Joseph del Castillo. (Libro 7,
fol. 4 vto.).
En 4 de diciembre, se admitió la dotación de 1.000 pesos de
principal para los maitines de la Inmaculada Concepción de Nues-
tra Señora, por el Dr. Dn. Juan Chirino, presbítero. (Libro 7,
fol. 4 vto.).
En 30, se nombró por notario público y del juzgado de diez-
mos y contador y cobrador de las rentas decimales a Dn. Juan
García Márques con el salario anual de 400 pesos. (Libro 7, fol. 6).
Año de 1712.
El 11 de enero, se aprobó el proyecto del vicario de la ciudad
de San Sebastián de los Reyes, sobre la construcción de nueva
Iglesia parroquial de la dicha ciudad de San Sebastián. (Libro 7,
fol. 7).
En Io de marzo, se mandaron entregar dineros al obrero mayor
para concluir la portada de esta Santa Iglesia, hacer las puertas
principales y ventanas y poner barandas a la tribuna del órgano.
(Libro 7, fol. 8).
En 8 de abril, se dispuso que las veredas de diezmos de Bar-
quisimeto, se pusiesen en administración y que el señor juez de
diezmos lo participase a los señores oficiales reales, por lo respec-
tivo a la cuarta episcopal y novenos reales. (Libro 7 fol. 8).
Aquí mismo se dieron dos capellanías de libre presentación
a Joseph Falcón, clérigo de menores, músico de esta Santa Iglesia.
Y también se acordó aquí que se sacase de lo depositado en la arca
230
FUENTES PARA I.A HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
de diezmos lo necesario para pagar a los señores prebendados y a
la canongía suprimida. (Libro 7, fol. 8 vto.).
En 11, habiéndose tenido noticia de estar promovido a este
obispado el Illmo. Sor. ministro Dn. Francisco de Rincón, arzo-
bispo de Santo Domingo, y que intentaba venir por Coro, se hizo
solemne repique de campanas, y se mandó remitir un despacho
al vicario de aquella ciudad para que lo entregase a su Sría. I lima,
a fin de que desde luego pudiese usar de la misma jurisdicción
que tenía el Cabildo y asimismo se hiciesen algunas prevenciones
para el recibimiento. (Libro 7, fol. 9).
En 25, habiéndose recibido carta del mismo Illmo. Sor. arzo-
bispo, y al mismo tiempo presentádose por sus apoderados una
Real Cédula fecha en Corella a 18 de octubre de 1711 (la cual
sigue copiada al folio 14) dirigida al Cabildo en que se le avisa
habérsele remitido otra Real Cédula de 10 de julio del propio año,
previniéndole que sin embargo de que el señor Dn. Juan de Jáu-
regui y Barcena, electo Obispo de este obispado, se presentase
con la de gobierno que anteriormente se le expidió, no se diese
cumplimiento por haberse determinado que no obtuviese la pre-
lacia de esta Iglesia: y que desde luego que se presentase per-
sonalmente el sobredicho señor arzobispo, electo Obispo, le dejase
gobernar mientras obtenía las bulas: el Cabildo mandó poner
copia como se puso en este libro de la carta poder y Real Cédula,
y reservó el acordar después. (Libro 7, fol. 10).
En 28, considerado lo dispuesto en la citada Real Cédula en
cuanto a que el Illmo. señor arzobispo se presentase personal-
mente a recibir el gobierno, se acordó declarar insubsistente la
anticipada facultad de gobierno que se dió en acta de 25 de este
mes y solamente se concedió la del uso del pontifical y de prac-
ticar la visita, haciéndose presente a su Sría. Illma. aquel primer
acuerdo y que el Cabildo se hallaba embarazado con el dicho
real mandato para no conferirle el gobierno hasta que viniese a
esta ciudad: y sigue copia de la carta en que hizo esta participa-
ción su Sría. Illma. (Libro 7 fol. 15 vto.).
Sigue copia del despacho expedido, confiriéndole las facul-
tades para el ejercicio del pontifical y practicar la visita, y a su
margen tiene una nota de haberse suspendido y recogídose con
la carta que lo había de acompañar. (Libro 7, fol. 19).
En 13 de mayo, se mandaron pagar de lo depositado en la caja
de diezmos algunos gastos hechos en el hospital de San Pablo por
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1712 231
su mayordomo y también se mandaron sacar algunos dineros perte-
necientes al Seminario y a otros interesados, porque aún sub-
sistía embargada la caja con los bienes de Francisco Mendoza.
(Libro 7, fol. 20).
Aquí mismo, tratándose del nombramiento de secretario del
Cabildo y conceptuándose deber estar este empleo en algún
eclesiástico como se había practicado hasta el ingreso del sobre-
dicho Francisco de Mendoza, y ser así conveniente por la mayor
decencia, se nombró al Ledo. Francisco Martínez, clérigo, pres-
bítero, capellán de coro con el salario acostumbrado de 50 pesos
cada año, pagables de la cuarta capitular. (Libro 7 fol. 20 vto.).
También se dispuso en esta acta, que se informase a Su Ma-
jestad de los eclesiásticos beneméritos de esta diócesis. (Libro 7,
fol. 21).
En 24, con noticia dada por el señor juez de diezmos, se mandó
que se rematasen los diezmos de Barquisimeto en uno que los pre-
tendía; y que se pusiesen en administración varias veredas de la
casa que no se habían podido rematar. (Libro 7, fol. 21).
En 28, se dispuso, que de la caja de diezmos embargada con
los bienes de Francisco Mendoza, se sacasen las cantidades que
había en ella y se entregasen a los partícipes a quienes tocaban.
Y que se hiciese el remate que se proponía de una de aquellas
veredas que se habían mandado poner en administración. (Libro
7, fol. 21 vto.).
En 3 de junio, manifestó el Cabildo su deferencia a recibir
la bula de la Santa Cruzada, que se había de publicar en esta
Santa Iglesia el día 12 de este mes. (Libro 7, fol. 22).
En 7, se dispuso: que se sacasen algunos dineros de lo tocante
a la fábrica en los diezmos para pagar los oficiales que habían
concluido el edficio de esta Santa Iglesia, y para hacer algunos
reparos en ella y en el Palacio Episcopal. (Libro 7, fol.
22 vot.).
Faltan aquí los folios 23, 24, 25 y 26, que no se hallaron al tiempo
de la nueva encuademación de este libro; y en el 27 hay un Cabildo
cuya fecha no se sabe por haber quedado en el 26: en él se nombró
para músico de la capilla a Juan Joseph Falcón, clérigo de me-
nores. (Libro 7, fol. 27).
Aquí mismo se mandaron pagar sus salarios a los ministros
subalternos de esta Santa Iglesia, y se encargó al ministro de ca-
pilla la enseñanza de música, como era de su obligación, perci-
232
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
biéndole. Y en este propio acto se dió providencia sobre reedifi-
cación de la enfermería del hospital de San Pablo. (Libro 7,
fol. 27).
En 5 de octubre, habiéndose recibido noticia del señor comi-
sionado en La Guaira, de haber llegado el Illmo. Sor. ministro
Dn. Fr. Francisco del Rincón, y que al siguiente día 6 entraría
a esta ciudad, se acordó el convite al clero y religiones para ir
a la Iglesia de Nuestra Señora de Altagracia a recibir a su Sría.
Illma. haciéndose al efecto las debidas prevenciones por el mi-
nistro de ceremonias. (Libro 7, fol. 27).
En 7, estando el sobredicho Illmo. señor en la sala capitular
y sentado en la silla del prelado, hizo manifestación de una Real
Cédula de 18 de octubre de 1711 (que es el original del testimonio
que se cita en la acta de 25 de abril de este año, y que también
se puso aquí otra copia con adición de la diligencia del juramento
prestado por su Sría. Illma. ante el señor Gobernador) y en su
vista el Cabildo obedeciéndola manifestó a su Sría. Illma. toda
la jurisdicción que en él residía. (Libro 7, fol. 27 vto.).
En 22 de noviembre, habiéndose contradicho por los demás
señores capitulares el que tomase en Cabildo el primer asiento el
señor Deán ocupando el mismo lugar del prelado cuando éste no
asista: y contestando el señor Deán los fundamentos y causas
que tenía para ello protestando ocurrir a juez competente lo que
le conviniese sobre la quieta y pacífica posesión en que había
estado de ejecutarlo así; y quedó sentado en el propio lugar. (Li-
bro 7, fol. 29 vto.).
En este mismo acto, se recibieron dos Reales Cédulas de igual
tenor, fechas en Guadarrama a 20 de octubre de 1706 encargando
al Cabildo concurra por su parte al empréstito que había de pedir
el virrey de Nueva España y habiéndose obedecido insinuó el
Cabildo que ya con la noticia que tuvo de este empréstito había
hecho el donativo de 2.000 pesos en su acta de 19 de noviembre
de 1707, y estaba ya cumplido. (Libro 7, fol. 30).
También en este acto, recibido un oficio del Illmo. Sor. Obispe
en que solicita informe del Cabildo sobre lo que se hubiese prac-
ticado en el punto de paz en las misas y venia en los sermones,
al señor Gobernador, para responder a un exhorto de éste: el
Cabildo mandó hacer desde luego el informe por escrito: mas
no hay copia de esta contestación. (Libro 7, fol. 30 vto.).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1713
233
Año de 1713.
En 24 de enero, presente el Illmo. Sor. Obispo en la sala capi-
tular para tratar como se trató del cumplimiento de la Real Cé-
dula en que se manda construir cárcel eclesiástica; se resolvió
que se hiciese a espaldas de la capilla de San Pedro a derecha e
izquierda del callejón de entrada al cementerio, aplicándose a
este efecto los restos que había de algunas condonaciones; y se
nombró por interventor de la obra al Ledo. Dn. Luis Umpierres
Lozano, sacristán mayor de esta Santa Iglesia. (Libro 7, fol. 30 vto.).
En este propio acto, se acordó que se construyese sacristía
a espaldas de la capilla mayor, comprándose al efecto una tienda
que allí tenía Dn. Andrés de la Madriz para lo cual se comisionó
al señor Deán. (Libro 7, fol. 31).
En 8 de marzo, habiendo insinuado el señor Deán que el dicho
Madriz, no vendía la tienda sino junto con otra contigua y que
por cada una se le habían de dar 600 pesos; y que lo había consul-
tado con su Sría. Illma. y estimaba conveniente la compra para
que las ventanas de la sacristía quedasen hacia solar propio de la
Iglesia, y que allí mismo se podrían fabricar otras piezas nece-
sarias a la Iglesia; se acordó: que en esta atención y a que el precio
parecía justo, se hiciese la compra, comisionándose para ella al
señor Deán. (Libro 7, fol. 31 vto.).
En 23, se mandaron pasar al Illmo. Sor. Obispo dos Reales
Cédulas dirigidas a su Sría. Illma. que recibió el Cabildo, la una
encargándole vele sobre sus subditos a fin de que los enemigos
no lograsen sus cautelosas acechanzas; y la otra para que se remi-
tiese a España a un religioso Capuchino. (Libro 7, fol. 32).
Aquí mismo, habiéndose recibido una Real Cédula (que sigue
copiada) de 10 de julio de 1711, avisando al Cabildo haberse re-
vocado los reales despachos expedidos al señor Dn. Juan de Jáu-
regui y Bárcena para el gobierno de este obispado; que sí estu-
viese gobernando los suspendiese; o no lo recibiese si viniese; el
Cabildo volvió a prestar su obedecimiento a esta real determinación.
(Libro 7, fol. 32 vto.).
En 2 de abril, presentado el real despacho de 9 de julio del
año anterior, en que es promovido el señor Tesorero Dr. Dn. Félix
de Acuña a la dignidad de arcediano, vacante por fallecimiento
del señor Dn. Juan Díaz de Espino, y las diligencias operadas
234
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
entre el Illmo. Sor. Obispo; estando su Sría. Illma. junto con el
Cabildo en el coro, le dio la colación y seguidamente la posesión
con las ceremonias acostumbradas en la silla del mismo coro y
de la sala capitular donde hizo la profesión de la fe y el juramento.
(Libro 7, fol. 33).
En el mismo, presentado el real despacho de 9 de julio del
año anterior, en que es promovido a la dignidad de chantre (va-
cante por promisión a la de arcediano del señor Dr. Dn. Félix
de Acuña, quien no recibió posesión de aquélla y pasó de la Teso-
rería al arcedianato) el señor penitenciario Dn. Bernabé de Acuña,
y presentadas también las diligencias operadas ante el Illmo.
Sor. Obispo, se le dió la colación y posesión del mismo modo que
al antecedente. (Libro 7, fo.. 36).
En 26, presente el Illmo. Sor. Obispo, se trató acerca de iniciar
el concurso a la canongía penitenciaria, vacante por promoción
del señor ministro Dn. Bernabé de Acuña a la chantría y se acordó
que se formase auto para hacer la participación al señor Gober-
nador, y procederse a la fijación de edictos. (Libro 7, fol. 40).
Aquí mismo se mandó: que la propia Cruz y peana que servía
de Sagrario el Jueves Santo para el monumento, se hiciese de nuevo
de la mejor madera y que se le pusiesen los propios cristales y
adornos de bronce que tenía la antigua. (Libro 7, fol. 40).
No hubo otro Cabildo en este año.
Año de 1714.
En 10 de abril, se mandó justificar la costumbre de darse las
Pascuas en los sermones de ellas, primero al Illmo. Sor. Obispo,
Cabildo y clero y después al señor Gobernador y Cabildo secular,
y que no perjudicase el acto de haberse dado primero al señor
Gobernador en el de Pascua de Resurrección: y asimismo se mandó
participar esto al Illmo. Sor. Obispo que se hallaba en la ciudad
de Coro en la visita. (Libro 7, fol. 40 vto.).
En 20 de junio, se dió pleno poder y facultad al señor Deán
para la defensa del Cabildo en el punto que se expresa en el an-
terior y otros incidentes provocados por el señor Gobernador en
un exhorto contra el auto del señor provisor en que amparó al
Cabildo en la costumbre referida. (Libro 7, fol. 41).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1714
235
En 3 de agosto, tratándose de traer en procesión de rogativa
por peste que había iniciado en la ciudad de Coro, a la gloriosa
Santa Rosalía desde su ermita a esta Santa Iglesia por ser abogada
de la peste en esta ciudad de Caracas; habiendo ocurrido la no-
vedad al comenzarse el acto de oponerse el señor Gobernador a
que los señores prebendados llevasen quitasoles en la procesión;
por último se suspendió ésta y el Cabildo ocurrió a hacer justi-
ficación de la costumbre ante el señor provisor, habiéndose traído
la imagen de la Santa por el clero para hacerle ocho días de fiestas
en la Catedral. (Libro 7, fol. 41 vto.).
Este Cabildo está autorizado por Francisco Joseph Cedillo
que se firma secretario de Cabildo, y no consta su nombramiento.
(Libro 7, fol. 41 vto.).
En 8 de septiembre, presentado el real despacho dado en
Madrid, a 31 de diciembre del año anterior, en que es promovido
el señor Dr. Dn. Nicolás de Herrera y Ascanio, a la canongía
magistral de esta Santa Iglesia, vacante por fallecimiento del
señor Dr. Dn. Domingo López y asimismo un despacho del Illmo.
Sor. Obispo en que da comisión al señor Deán para dar la colación
al dicho señor Herrera que era su provisor y vicario general, el
mismo señor Deán estando junto con el Cabildo en el coro, le dió
la colación y seguidamente en las sillas del coro y sala capitular
la posesión con las ceremonias acostumbradas, juramento y pro-
fesión de la fe. (Libro 7, fol. 43).
En 22, con motivo de haber llegado las bulas al Illmo. señor
Obispo que estaba ausente, se dispuso: que se diese esta noticia
a su Sría. Illma. y que se hiciese solemne función de acción de
gracias. (Libro 7, fol. 44 vto.).
Aquí mismo habiéndose recibido dos Reales Cédulas (que
siguen copiadas) la una de 10 de octubre del año anterior en que
se solicita un donativo para los gastos del sitio puesto a Barcelona
por mar y por tierra; y la otra de 21 de abril del presente año,
sobre que se suspendiese la exacción de las mesadas eclesiásticas
por haberse acabado el tiempo de su concesión y que se afianzasen
las que ocurriesen, mientras se expedía por Su Santidad la pro-
rrogación: el Cabildo prestó a ambas su obedecimiento. (Libro 7,
fol. 45).
En 27, presentado el real despacho de 10 de marzo de este año
en que es promovido el señor canónigo de merced Dr. Dn. Gabriel
Matías de Ibarra a la dignidad de Tesorero vacante por dejación
236
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
que cíe ella hizo Dn. Antonio Escalante Barroso (el cual no tomó
posesión); y asimismo las diligencias operadas ante el señor pro-
visor y vicario general, estando este señor con el Cabildo en el
coro de esta Santa Iglesia, le dió la colación y separadamente la
posesión en las sillas de él y de la sala capitular con las ceremonias
acostumbradas juramento y profesión de la fe. (Libro 7, fol. 47).
En 29, presentado el real despacho de 10 de marzo de este año
en que es promovido a la canongía de merced el señor Dn. Luis
Umpierres Lozano, presbítero, cura de esta Santa Iglesia, y las
diligencias operadas ante el señor provisor y vicario general, se
le dió la colación y posesión del mismo modo que al antecedente.
(Libro 7, fol. 50).
En 22, de octubre, por fallecimiento del señor Deán Br. Dn.
Joseph Melero, se nombró por juez general de diezmos al señor
Tesorero Dr. Dn. Gabriel Matías de Ibarra; y se mandó remitir
testimonio de la acta al Illmo. Sor. Obispo ausente en su visita
para la confirmación, y para entre tanto, le confirió jurisdicción
el señor provisor que estaba presente. En este Cabildo se halla la
primera vez, la expresión de haber sido citados los señores capi-
tulares por cédula ante diem: anteriormente se hacia con recado
verbal por medio del pertiguero. (Libro 7, fol. 52 vto.).
En 25, de diciembre, habiéndose presentado el señor Dr. Dn.
Nicolás de Herrera y Ascanio, canónigo magistral, provisor y
vicario general, con un poder del Illmo. Sor. Dn. Fr. Francisco
del Rincón, otorgado en Maracaibo a 20 de octubre de este año,
las bulas de Su Santidad el señor Clemente XI, expedidas a 26
de febrero de 1713, en Santa María la mayor de Roma, y el real
ejecutorial del señor Felipe V expedido en Madrid a 26 de abril
de este año de 1714, se dió la posesión de este obispado al dicho
apoderado, primero en la sala capitular, luego en el coro, y después
en la Audiencia Episcopal con las ceremonias acostumbradas e
hizo el juramento prevenido en las bulas y el de guardar los esta-
tutos de esta Santa Iglesia, según todo consta del testimonio com-
pulsado de todo. (Libro 7, fol. 53 vto.).
Año de 1715.
En 12 de enero, presentado el real despacho de 10 de agosto
del año anterior, en que es promovido el señor Dr. Dn. Juan
Chirino, cura que había sido de la ayuda de parroquia de San
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1715
237
Pablo y actualmente de la Catedral, a la canongía penitenciaria
vacante por promoción del Señor Dn. Bernabé de Acuña, y asi-
mismo las diligencias operadas ante el señor provisor y vicario
general, se le dio por éste, estando en el coro con el Cabildo la
colación, y seguidamente la posesión con las ceremonias acostum-
bradas juramento y profesión de la fe. (Libro 7, fol. 57).
En 5 de febrero, habiéndose recibido carta del Illmo. Sor.
Obispo que se hallaba en Trujillo, con un despacho en que con-
firma la elección de juez de diezmos hecha por el Cabildo en 22
de octubre del año anterior, se prestó el obedecimiento y se mandó
poner como se puso copia en este libro. (Libro 7, fol. 59).
Aquí mismo, atenta la insinuación hecha por su Sría. Illma.
se mandó dar principio a la fábrica de la sacristía de esta Santa
Iglesia, precedida participación al señor vice-patrono real por
diputación. (Libro 7, fol. 59).
También se trató aquí de las capellanías fundadas por doña
Elvira y doña Leonor de Montes, y se mandó al colector que hi-
ciese dimisión de ellas ante el señor provisor. (Libro 7 fol. 59 vto.).
En 25 de abril, habiéndose presentado el Dr. Dn. Joseph
Mijares y Solórzano, con un título del Illmo. Sor. Obispo, en que
lo nombra por uno de los tenientes de cura de esta Catedral en el
curato vacante por promoción del señor Dr. Dn. Juan Chirino,
el Cabildo lo hubo por presentado y mandó poner como se puso
copia de él en este libro. (Libro 7, fol. 60).
En 6 de agosto, presente su Sría. Illma. en la sala capitular
se eligió por conciliario del Seminario al señor arcediano Dr. Dn.
Félix de Acuña. (Libro 7, fol. 61).
También en este acto se dió providencia sobre que se conti-
nuase la fábrica de la sacristía. (Libro 7, fol. 61).
En 19 de noviembre, presente su Sría. Illma. en la sala ca-
pitular, tratándose acerca de la Real Cédula expedida en 31 de
diciembre de 1712, sobre la fiesta de los desagravios, se acordó
que cada año perpetuamente se celebrase en la Dominica segunda
de adviento con la mayor ostentación que fuese posible, estando
patente el Santísimo Sacramento y la imagen de Nuestra Señora
de la Concepción, cantándose después de nona (celebrada antes
de la misa de la Dominica) misa votiva pro re gravi del Santísimo
Sacramento, con las oraciones pro gratiarum actiene, de la Inma-
culada Concepción y colecta, todo bajo de una conclusión, y las
demás circunstancias correspondientes, y que el sermón lo pre-
238
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
dicase el señor magistral, conmutándolo con el que había de pre-
dicar en la Dominica primera, el cual lo predicaría la religión
de Santo Domingo: que en la procesión se cantase el himno Pange
Itngua, hasta la puerta del Perdón, en que comenzaría solemne-
mente el Te Deum laudamus. Y su Sría. Illma. ofreció hacer el
inicio en este año cantando la misa de pontifical. (Libro 7, fol.
61 vto.).
Sigue testimonio de la citada Real Cédula de 31 de diciembre
de 1712, en la cual enunciándose los beneficios del Cielo que reci-
bieron las armas españolas en la batalla campal que tuvo el año
de 1710 en los campos de Brihuega y Villa Viciosa, habiendo dado
el sentimiento de las profanaciones que allí hicieron los herejes
a los templos y sagradas imágenes, y lo más doloroso al Santísimo
Sacramento, arrojado y puesto en precio y almoneda con sus vasos
sagrados; se manda que perpetuamente, en todas las ciudades,
villas y lugares, se haga una solemne fiesta en la Dominica inmediata
al día de la Inmaculada Concepción de Nuestra Señora de desa-
gravio al Divino Señor Sacramentado, en manifestación del do-
loroso y justo sentimiento de las injurias y ultrajes que le fueron
hechos por los enemigos de la Religión, cantándose misa votiva
del Santísimo Sacramento con conmemoración a la Inmaculada
Concepción. (Libro 7, fol. 62 vto.).
En este mismo testimonio está inserto el primer auto de su
Sría. Illma. el dictamen de los maestros de ceremonias, y la junta
que se hizo del clero en el Palacio Episcopal en que se pres-
tó el consentimiento para la misma fiesta. (Libro 7, fol.
62 vto.).
En 17 de diciembre, en vista de una real provisión del Supremo
Consejo de Indias, fecha en el Buen Retiro a 30 de enero de este
año sobre pertenencia de los diezmos de la costa de Bobures y de
San Pedro en la Laguna de Maracaibo, que pretendía el Cabildo
eclesiástico de Santa Fé, mediante el lilis que había sobre los
mismos terrenos entre los Cabildos seculares de Gibraltar y de
Maracaibo, y asimismo con presencia de un auto del Illmo. Sor.
Obispo con el cual se pasó al Cabildo, se acordó insinuar que éste
quedaba pronto a comparecer en el Supremo Consejo a la defensa
de los mismos territorios y sus diezmos. (Libro 7, fol. 65).
Sigue otro testimonio de la misma real provisión con un cer-
tificado de su intimación. (Libro 7 ,fol. 67 vto.).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1716
239
Año de 1716.
En 27 de junio, presentado el real despacho de 20 de junio
de 1715 en que es promovido el señor arcediano Dr. Dn. Félix
de Acuña a la dignidad de Deán, vacante por fallecimiento del
señor Dn. Joseph Melero, y las diligencias operadas ante el Illmo.
Sor. Obispo, estando su Sría. Illma. junto con el Cabildo, le dió
la colación y seguidamente la posesión en las sillas de coro y sala
capitular con las ceremonias acostumbradas, juramento y profe-
sión de la fe. (Libro 7, fol. 71 vto.).
En 29, presentado el real despacho de 27 de julio de 1715 en
que es promovido el señor Chantre maestro Dn. Bernabé de
Acuña a la dignidad de arcediano, se le dió la colación y posesión
del mismo modo que se expresa en la nota anterior. El real des-
pacho está al folio 70, y la posesión al 73. (Libro 7, fol. 73).
En 14 de julio, habiéndose recibido una carta del Tribunal
de la Inquisición de Cartagena, en que avisa al Cabildo haber
nombrado al comisario de esta ciudad para percibir la renta de
la canongía suprimida, se mandó copiar en el libro y pasarse original
al señor juez de diezmos. (Libro 7, fol. 73 vto.).
En 5 de agosto, presentado el real despacho de 5 de octubre
de 1715, en que es promovido el señor penitenciario Dr. Dn.
Nicolás de Herrera y Ascanio a la dignidad de Chantre, y las di-
ligencias operadas ante el Illmo. Sor. Obispo, estando su Sría.
Illma. con el Cabildo, le dió la colación y seguidamente la posesión
en el coro y sala capitular con las ceremonias acostumbradas
juramento y profesión de la fe. (Libro 7, fol. 74).
En 2 de septiembre, habiéndose propuesto siete puntos de
dudas acerca de misas de los dignidades y canónigos, de las de
manuales solemnes y de estipendios y suplementos; se acordó
que se citase para tratar de ellos. (Libro 7 fol. 76).
En 15, se acordó que las misas que se dijesen a las siete de
la mañana después de prima, a saber: las de los primeros lunes,
viernes y sábados de cada mes conforme a la erección y las que
según ella había de dotación, y otras que a la misma hora se decían
después de tercia, así en Cuaresma como en Témporas y vigilias,
las dijesen los señores canónigos, conforme al capítulo 10 de la
erección latina: que no habiendo canónigo que la cante corra al
cuidado de los señores dignidades por su turno: que en los días
240
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
que hubiese cuatro misas cantadas, y que no hubiese tantos canó-
nigos, habiendo de entrar los dignidades, cantasen éstos las pri-
meras de altar mayor por su turno, y las demás los canónigos:
que en los días de primera y segunda clase que hubiese misa de
dotación, cantase el señor dignidad la que se celebra a las nueve:
que separándose la distribución de la misa, y lo correspondiente
a los capellanes, lo restante se distribuyese entre los interesados
y canongía de inquisición por iguales partes: que la distribución
de las dichas misas a la hora de las siete haya de ser llevando el
celebrante el duplo canonical de lo que gana a cada hora del día,
y que aunque sea el celebrante dignidad sólo lleve el duplo cano-
nical por ser subrogante de los señores canónigos: que la regu-
lación de este duplo se hiciese por el contingente del año anterior,
a fin de que no se dilate: que a las misas de los sábados fundadas
por doña Catalina Mejía, asistiesen de diáconos los capellanes,
dándoseles en cada año 100 reales, y que lo mismo se observase
en los que se cantan los lunes por los curas, y que como se había
acostumbrado, se diesen de la colecturía un peso a los capellanes
asistentes a las misas de manuales y asistiendo los diez, a real cada
uno. (Libro 7, fol. 76).
En 2 de diciembre, presente su Sría. Illma. en la sala capi-
tular, se dispuso: que en la parroquia de esta Santa Iglesia hubiese
dos monacillos como estaba concedido por las constituciones
sinodales a todas las demás parroquias. Y asimismo se dispuso:
que se nombrase bajonista y también quien sirviese las dos plazas
de música fundadas por el señor Deán Dn. Sebastián Moreno en
el capital de 2.366 pesos. (Libro 7, fol. 77).
Año de 1717.
En 25 de febrero, expresándose que el Illmo. señor Dn. Fr.
Francisco del Rincón, con motivo de su traslación al arzobispado
de Santafé se despidió del Cabildo desde el mismo día que se la
participó, que fue el 20 de octubre del año anterior, y estando al
presente en la ciudad de Trujillo, le había escrito que el día 4 de
este presente mes saldría de allí, y que al tercero día estaría fuera
de la jurisdicción, el Cabildo declaró la vacante de esta silla epis-
copal, mandó denunciarla con la campana y señaló el día 27 para
elegir provisor. (Libro 7, fol. 77 vto.).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1717
241
En 27, hecha reservación de la jurisdicción graciosa y volun-
taria, y la provisión de beneficios curados y simples, y hecha la
votación para elegir provisor y vicario general, por haber salido
casada, se reservó para el día 18 de marzo, el repetirse. (Libro 7,
fol. 78).
Aquí mismo se acordó, que los vicarios de esta diócesis y sus
tenientes continuasen en sus empleos. (Libro 7, fol. 78 vto.).
En Io de marzo, con motivo de haber enfermado el señor
Deán, tuvo a bien el Cabildo reservar para otro día la elección
de provisor. (Libro 7, fol. 79).
En 3, fue electo a pluralidad de votos el señor Chantre Dr.
Dn. Nicolás de Herrera por provisor y vicario general, quien en
el mismo acto aceptó y juró, y por lo respectivo a la jurisdicción
reservada en el Cabildo, se le concedió que pudiese despachar
licencias de oratorios y hacer su visita, de dar también las de
altar portátil, de celebrar, predicar y confesar, de tener el gobierno
del Seminario, y de encomendar sermones. (Libro 7, fol. 79).
En 11 se reeligió por vicario del convento de religiosas Con-
cepciones de esta ciudad, al sobredicho señor Chantre, reservando
el Cabildo el nombramiento de primero y de segundo capellán.
(Libro 7, fol. 80).
Aquí mismo se nombró por promotor fiscal a Dn. Pedro Lo-
renzo de Urquia. (Libro 7, fol. 80).
En 8 de abril, se nombró al Dr. Dn. Francisco Martínez por
cura de la Catedral, en el curato vacante por fallecimiento del
Ledo. Dn. Francisco Piñango, y aquí se dice que era sacristán
mayor el Dr. Dn. Juan Francisco Cubillán. (Libro 7, fol. 80 vto.).
En 15, habiéndose recibido varias cartas se dieron provi-
dencias gubernativas especialmente para nombramiento de sa-
cristán mayor de Maracaibo. (Libro 7, fol. 81).
En 20 de mayo, con motivo, de estar suspensa la obra de la
sacristía de esta Santa Iglesia Catedral por falta de medios, se
acordó tomar prestado en la caja de diezmos 789 pesos pertene-
cientes al hospital de San Sebastián y 266 pesos al de Nirgua;
respecto a que ninguna de estas ciudades tenía necesidad, por no
estar erigidos sus hospitales, quedando obligadas las rentas de
fábrica al reintegro. (Libro 7, fol. 81 vto.).
En este Cabildo comienza a autorizar Dn. Juan de Talavera,
titulándose secretario de Cabildo, cuyo nombramiento no consta.
(Libro 7, fol. 81 vto.).
17 — Acta*. 1.
242
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
En Io de junio, se nombró por sacristán mayor de la Catedral
al Ledo. Dn. Antonio Chirino, presbítero, por haber renunciado
el Dr. Dn. Juan Francisco Cubillán. (Libro 7, fol. 82).
En el mismo día, se nombraron cinco examinadores sinodales.
(Libro 7, fol. 82 vto.).
En 6 de agosto, habiéndose tenido noticia de estar electo
Obispo de esta diócesis el Illmo. Sor. Dn. Juan Joseph Escalona
(no se dice que empleo había obtenido) y que vendría en una
flota al puerto de La Guaira; se nombraron comisionados para
obsequiarle, y se mandó al mayordomo de fábrica que reparase
el palacio Episcopal. (Libro 7, fol. 83).
Volvió a autorizar el secretario Dn. Francisco Joseph Cedillo.
(Libro 7, fol. 83).
En 13 de noviembre, habiéndose recibido unas Reales Cédulas
dirigidas al Illmo. Sor. Obispo, se acordó que se reservasen para
entregarlas al nuevo electo por exigirlo así las circunstancias de
ellas. (Libro 7, fol. 83 vto.).
En 7 de diciembre, recibidas otras Reales Cédulas dirigidas
también a su Sría. Illma.; dio igual providencia el Cabildo; y aunque
por lo respectivo a una de Io de junio de este año, en que se dispone
que los eclesiásticos no pagasen derechos de los embarques de cacao
que hiciesen de sus rentas eclssiásticas o bienes patrimoniales, se
mandó poner copia en este libro, y no se puso. (Libro 7, fol. 84).
Año de 1718.
En 8 de febrero, a instancia de algunos vecinos hacendados
en el territorio del curato de la sabana de Ocumare, se dieron
providencias sobre su desmembración para erección de otro.
(Libro 7, fol. 84 vto.).
En 25, se nombró a Dn. Antonio Núñez por cura capellán
interino de aquella parte desmembrada. (Libro 7, fol. 87).
En Io de marzo, se acordó: que para adorno de la Iglesia y
especialmente de la capilla del Sagrario cuando se pone en ella
el monumento se encargase una colgadura a Nueva España.
(Libro 7, fol. 88).
En 8 se dio comisión al señor Deán, para abrir las cartas que
viniesen rotuladas al Cabildo y contestarlas. (Libro 7 fol. 88 vto.).
Vuelve a autorizar el Cabildo Dn. Juan de Talavera. (Libro 7,
fol. 88 vto.).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1718 243
En 10 a instancias del R. P. Prefecto de las misiones de esta
diócesis, se concedieron facultades a los religiosos puestos en la
Villa de Araure, y pueblos de Acarigua, y de Cojedes para la
administración de Sacramentos. (Libro 7, fol. 88 vto.).
Aquí mismo se dieron providencias relativas a los hospitales
de las ciudades de Valencia y de Coro. (Libro 7, fol. 89).
En 21, habiéndose presentado un escrito de contradicción al
nuevo curato erigido en el Valle del Tuy, se mandó compulsar
testimonio de los Cabildos celebrados sobre este asunto y pasar
el expediente al señor provisor. (Libro 7, fol. 89 vto.).
En 27 de abril atenta la ausencia hecha por Dn. Joseph Mar-
tínez, vice-rector del Seminario, y catedrático de teología de casos
de conciencia, y considerando lo expuesto por el señor Chantre
Dr. Dn. Nicolás de Herrera y Ascanio, rector, se nombró para el
vice-rectorado al Dr. Dn. Francisco de la Vega, y para la cátedra
al Dr. Dn. Carlos Barbosa. Y aquí vuelve a autorizar Dn. Fran-
cisco Cedillo de secretario. (Libro 7, fol. 90).
En 27 de mayo, por renuncia que hizo el sobredicho señor
Chantre del rectorado del Seminario, se nombró a pluralidad de
votos al Dr. Dn. Francisco Martínez. Y aquí mismo se dio facul-
tad al señor provisor para proveer beneficios simples. (Libro 7,
fol. 90 vto.).
En 14 de junio, se nombró por notario público del juzgado
eclesiástico a Joseph Antonio Reyes. (Libro 7, fol. 91).
En Io de agosto, se nombró por examinador sinodal al R. P.
Fr. Agustín López, del Orden de San Francisco. (Libro 7, fol.
91 vto.).
Vuelve a autorizar Dn. Juan de Talavera en calidad de Secre-
tario. (Libro 7, fol. 91 vto.).
En 11 se nombraron un religioso de San Francisco, dos Domi-
nicos y un Mercedario, y asimismo a un clérigo por examinadores
sinodales. (Libro 7, fol. 91 vto.).
En 14 de septiembre, habiéndose recibido una carta del Illmo.
señor Dr. Dn. Juan Joseph de Escalona y Calatayud, fecha en
Madrid, a 27 de junio de 1717, remitiéndole sus poderes, bulas
pontificias de su promoción a este obispado, testimonio de su con-
sagración, y real ejecutorial (de lo cual sólo se copió la carta, el
testimonio de la consagración y juramento, el real ejecutorial
de primero de mayo de aquel año, y el poder, pues para las bulas
aunque se inició la copia quedó en blanco el campo de tres hojas
244
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
y media, como en disposición de proseguirse) el Cabildo acordó:
que se cantase el Te Deum solemnemente y señaló el siguiente
día para dar la posesión. (Libro 7, fol. 92).
En 15, se dio la posesión a su Sría. Illma. en la persona del
señor Chantre Dr. Dn. Nicolás de Herrera y Ascanio, uno de los
poderistas al cual se le sentó en las sillas correspondientes de la
sala capitular y del coro, y derramó muchas monedas de plata
y luego se cantó el Te Deum con repique general. (Libro 7, fol.
92 vto.).
Aquí mismo se denunció el nombramiento de provisor y vicario
general, Gobernador del obispado hecho en el dicho señor Chantre.
Y vuelve a autorizar Dn. Francisco Cedillo como secretario.
(Libro 7, fol. 93).
En 14 de noviembre, se prestó consentimiento a insinuación
del señor juez de diezmos, para poner en administración los diez-
mos de cacao de Maracaibo. (Libro 7, fol. 101 vto.).
En 18 de diciembre, habiéndose recibido tres Reales Cédulas
la una de 13 de noviembre de 1717, participando la forma de
despacharse los negocios de estos reinos, otra de 12 de febrero
de este año de 1718, sobre el modo de hacer representaciones a
Su Majestad, y otra sobre que los expulsos de religiosos no ob-
tengan beneficios; se prestó su obedecimiento, y no se puso copia
de ellas en el libro. (Libro 7, fol. 102).
Año de 1719.
En 21 de enero, habiéndose recibido una Real Cédula de 27
de mayo de 1717, sobre establecimiento de virreinato en Santafé,
y agregación de este obispado a aquella real audiencia, y remo-
viéndolo de la de Santo Domingo, y asimismo una carta del nuevo
Excmo. Sor. Virrey acompañada de otra Real Cédula del Io de
julio del mismo año, en que es nombrado para el establecimiento
de este virreinato; el Cabildo prestó su obedecimiento y sigue
testimonio de ambas Reales Cédulas. (Libro 7, fol. 102 vto.).
En 13 de abril, se recibió el duplicado de la Real Cédula, sobre
que no obtengan beneficios los expulsos de religiones, y se prestó
nuevamente su obedecimiento. Y por lo respectivo a una carta
que también se recibió del apoderado del Cabildo en la corte, se
reservó tratar después. (Libro 7, fol. 106 vto.).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1719
245
En 18, presentado el real despacho de 31 de octubre de 1718,
en que es promovido el señor Dr. Dn. Joseph Mijares de Solór-
zano, cura de la Catedral, a la canongía magistral, vacante por
ascenso del señor Dr. Dn. Nicolás de Herrera a la chantría; y asi-
mismo las diligencias operadas ante el señor provisor y vicario
general, estando este señor en el coro con el Cabildo, le dio la
colación y seguidamente la posesión con las ceremonias acostum-
bradas juramento y profesión de la fe. (Libro 7, fol. 107).
En 27, se mandaron remitir expensas al apoderado del Ca-
bildo en la corte para el seguimiento del litis sobre los diezmos
del litis de Bobures en Maracaibo con el Cabildo de Santafé.
(Libro 7, fol. 109 vto.).
En 5 de agosto, se dispuso: que pasase un diputado a recibir
al Illmo. Sor. Obispo, cuando desembarcase en La Guaira, y que
se reparase y alhajase el Palacio por el mayordomo de fábrica.
(Libro 7, fol. 110).
Aquí mismo se mandaron poner dos rejas de ventana a las capillas
de Nuestra Señora de la Antigua y de San Jorge. (Libro 7, fol. 110).
Vuelve a autorizar Dn. Juan de Talavera como secretario de
Cabildo. (Libro 7, fol. 110).
En 31, se mandó franquear de la cuarta episcopal de diezmos
al señor comisionado para recibir al Illmo. Sor. Obispo, lo que
necesitase, como su apoderado que era, para fletar algún barco
que fuese a traer a su Sría. Illma. desde Puerto Rico, donde estaba
detenido por falta de transporte. (Libro 7, fol. 110 vto.).
En 5 de diciembre, citándose una Real Cédula (de que no hay
copia) de 3 de febrero de 1716, en que Su Majestad hizo merced
a esta Santa Iglesia de la tercia parte de la vacante del Illmo.
Sor. Dr. Dn. Diego de Baños, sobre que se estaban practicando
las diligencias de su cobro; se mandó al mayordomo que las con-
tinuase hasta sacar lo líquido que se restaba de esta merced, y
de otras anteriormente hechas, y trajese las resultas para dar
cuenta a Su Majestad. (Libro 7, fol. 110 vto.).
Aquí mismo se mandó dar cuenta al Illmo. Sor. Obispo (que
ya estaba en esta ciudad) de lo ocurrido sobre la cobranza de los
diezmos de Maracaibo en la parte que lindaba con el arzobispado
de Santafé. (Libro 7, fol. 110 vto.).
En 7, se dispuso el embarque y venta de algún cacao que había
en Maracaibo de la administración de sus diezmos. (Libro 7,
fol. 111 vto.).
246
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
Aquí mismo se mandó hacer un dosel de color morado para su
Sría. Illma. y unos ornamentos. (Libro 7, fol. 112).
En 12, se mandó enladrillar de nuevo el presbiterio y al mayor-
domo de fábrica que diese cuenta del estado de los censos. (Libro 7,
fol. 112).
En 20 se trató acerca de la asociación que debe hacer el Ca-
bildo al Illmo. Sor. Obispo desde su casa a la Iglesia, y de ésta
a aquélla cuando celebra de pontifical o viene a asistir a los divinos
oficios; y se acordó que desde luego se comenzase a observar lo
prevenido en el ceremonial de obispos. (Libro 7, fol. 112 vto.).
Aquí mismo se enuncia haberse conferenciado ya sobre formar
estatutos para el gobierno de esta Santa Iglesia, y se dispuso que
en ellos se pusiese el sobredicho decreto de asociación. (Libro 7,
fol. 112 vto.).
Año de 1720.
En 9 de enero, se nombró un juez de diezmos interino por la
ausencia que había de hacer el propietario. (Libro 7, fol. 113).
En 30, se prestó consentimiento para que en el próximo año
se pusiese en administración el diezmo del cacao de Maracaibo.
(Libro 7, fol. 113).
Aquí mismo se mandó hacer el cajón para la testera de la
sacristía que sirviese para vestirse los señores prebendados. (Li-
bro 7, fol. 113 vto.).
En 12 de febrero, presentado el real despacho de 23 de marzo
de 1719 en que es promovido el señor Ledo. Dn. Alonzo de Escobar,
presbítero, a la canongía de merced, vacante por fallecimiento del
señor Dn. Luis Umpierres Lozano, y las diligencias operadas
ante el Illmo. Sor. Obispo, estando su Sría. Illma. junto con el
Cabildo en el coro, le dió la colación y seguidamente la posesión,
allí y en la sala capitular con las ceremonias acostumbradas.
(Libro 7, fol. 114).
En 9 de abril, recibida una Real Cédula (que sigue copiada)
de 5 de febrero de 1719, previniéndose al Cabildo que remitiese
testimonio de todas las prebendas que existiesen en esta Catedral
y razón de sus rentas, se obedeció y se mandaron copiar los docu-
mentos necesarios. (Libro 7, fol. 116 vto.).
En el mismo día, fue admitido el Dr. Dn. Carlos Barbosa
al servicio de uno de los curatos de esta Santa Iglesia, vacante
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1720
247
por promoción del Ledo. Dn. Diego Ramírez a la sacristía mayor
de ella, por nombramiento que le hizo el Illmo. Sor. Obispo ínterin
se disponía otra cosa por el Rey. (Libro 7, fol. 117 vto.).
En 19 se dispuso que en conformidad de lo dispuesto en la
erección se hiciese Cabildo espiritual y que al efecto se formase
un libro separado, en que se escribiesen: y en éste, habiéndose
oído al maestro de ceremonias se acordó que no se admitiese a
ningún eclesiástico en coro estándose oficiando, sino con el sobre-
pelliz, y bonete: que también asistiesen con este vestido el mi-
nistro de capilla y músicos clérigos en la tribuna: y que se hiciese
inclinación de cabeza al Gloria Patri y a cualquiera otro verso
en que se invocase a la Santísima Trinidad, y se pronunciasen los
Santísimos nombres de Jesús y María. (Libro 7, fol. 119).
En 10 de junio, se mandaron dar documentos al Illmo. Sor.
Obispo para el informe que por su parte había de hacer a Su Ma-
jestad, acerca del número de prebendados y de sus rentas. (Libro
7, fol. 119 vto.).
En 11 habiéndose entendido que por parte de esta ciudad se
solicitaba en el Supremo Consejo aumento de prebendas en esta
Catedral; se acordó nombrar apoderado para contradecirlo y se
expusieron las razones que tenía el Cabildo para esto. (Libro 7,
fol. 120).
En 14, prestó el Cabildo su obedecimiento a una Real Cédula
sobre publicación de la bula de la Santa Cruzada, y en confor-
midad de lo dispuesto por el señor comisario, quedó pronto a reci-
birla el día de la publicación que se había señalado para el 21 de
este mes. Primera ocasión que se hizo la publicación el día de San
Juan. (Libro 7, fol. 120 vto.).
En 8 de octubre, a insinuación del Illmo. Sor. Obispo, se de-
terminó acopiar documentos para informar al Rey, acerca de ha-
berse entregado a su Sría. Illma. 6.000 pesos que se le concedieron
en la vacante de su antecesor por resultar algún perjuicio a la
concesión hecha a la Iglesia de la tercera parte. (Libro 7, fol. 121).
Aquí mismo a efecto de ver, si sería conveniente fabricar unas
tiendas en el solar de esta Santa Iglesia a la parte del Sur, se
mandó hacer el cálculo del costo al mayordomo de fábrica que
lo era Dn. Gabriel Remigio de Ibarra. (Libro 7, fol. 121 vto.).
Hecho el libro destinado para Cabildos espirituales, y signado
con el número 7 duplicado, se irán anotando sus actas por el orden
de fecha interpoladamente.
248
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
En 11 del dicho mes de octubre, se mandaron hacer palios
para los altares y purificadores y al secretario que pusiese testi-
monio (lo que no se ejecutó) de todos los Cabildos anteriores que
hubiese sobre cosas espirituales. (Libro 7, fol. duplicado 2).
En 18, con presencia y parecer del maestro de ceremonias, se
dio comisión al señor penitenciario para que viese el mejor modo
de que con la misma Custodia que se ponía en el trono para expo-
siciones del Santísimo Sacramento, se hiciese la procesión, y se
evitasen los inconvenientes que traía el uso de dos Custodias: y
también se mandó que cuando hubiese exposición el sacristán mayor
cerrase la puerta colateral a la calle para evitar irreverencias.
(Libro 7, duplicado, fol. 2).
En 25, se dispuso: que el señor Tesorero cuidase del aseo y
limpieza de la sacristía y de los vasos sagrados y ornamentos.
(Idem fol. 2 vto.).
En 12 de noviembre, se mandó hacer el informe a Su Ma-
jestad de lo que se había percibido de mercedes de vacantes y
de las que no habían tenido efecto: y que al mismo tiempo se
pidiese el reintegro de ellas; y otra nueva en la vacante del Illmo.
Sor. Rincón. (Libro 7, fol. 121 vto.).
Sigue testimonio de una Real Cédula circular de 3 de noviembre
de 1716, ratificándose otra de 8 de agosto de 1715, sobre distri-
bución de las vacantes de los Illmos. Sres. Obispos, en tres partes,
la una para gastos de los sucesores en pontificales y viaje, otra
para la Iglesia vacante, y la otra para obras pías, y asimismo de
otra Real Cédula de 26 de enero de 1719, en que se pone a cargo
de los oficiales reales el cobro de estas vacantes quitándosele esta
comisión a los oidores subdecanos de las Audiencias. Y concluye
este testimonio con un parecer dado acerca de los 6.000 pesos dados
al Illmo. Sor. Escalona. (Libro 7, fol. 122).
En 15, se acordó: que el apuntador tuviese siempre el cua-
drante en la Iglesia, para que acabada cada hora hiciese el apunte
y que en caso de enfermedad remitiese la llave al señor presidente
del coro para que destinase quien supla la falta. Y aquí mismo se
mandasen hacer manteles de altar y toallas. (Libro 7, duplicado,
fol. 3).
En 19, se mandó hacer un aposento para custodia del monu-
mento y otros muebles de la Iglesia. Y que la cerca que se estaba
construyendo en el terreno de la Iglesia se hiciese con disposición
de poderse fabricar cinco tiendas para alquilar. (Libro 7, fol. 124).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1721
249
En 3 de diciembre, se mandaron hacer seis hacheros de ma-
dera pintados. (Libro 7, fol. 124 vto.).
En 10 se mandó citar para elegir juez de diezmos, Tesorero
de éstos y notario contador. (Libro 7, fol. 125).
En 20, con el parecer del ministro de ceremonias y aprobación
de su Sría. Illma. se dispuso: que en los huecos de las puertas que
salen al trascoro, se formasen dos sillas movibles para que en ellas
se siente el preste de los oficios cuando va vestido de capa con la
preferencia que por esto le corresponde. (Libro 7, duplicado fol.
3 vto.).
En 23, se obedecieron tres Reales Cédulas (de que no hay
copia) la una de 8 de febrero de este año, sobre que se envíe no-
ticia de las vacantes de los prebendados y méritos de los eclesiás-
ticos, la otra de 17 de marzo de este mismo año, para que se asegure
la mesada eclesiástica por los provistos; y la otra de 27 del propio
mes de febrero en que se pide al Cabildo informe acerca del
Virreinato de Santafé. (Libro 7, fol. 125).
En el propio acto, teniéndose presente lo acordado en 30 de
diciembre de 1664, y en Io de diciembre de 1684, acerca del juz-
gado de diezmos, y asimismo con respecto a lo tratado con el
Illmo. Sor. Obispo, se acordó: que el juez de diezmos no llevase
salario alguno y que pues el mismo juez estaba encargado del cobro
y distribución, no se pusiese Tesorero como se había propuesto;
y que cada año, se pasase a su Sría. Illma. la razón de su contin-
gente y de los rematadores para si quisiese hacer los cobros por sí.
Y aquí mismo se suplicó a su Sría. illma. nombrase por notario
contador a Dn. Juan de Talavera, que lo era del Cabildo y había
sido sustituto del antecesor Dn. Francisco Cedillo. (Libro 7,
fol. 125 vto.).
Año de 1721.
En Io de enero, admitido por el Illmo. Sor. Obispo la renuncia
que hizo el señor Tesorero Dn. Gabriel Matías de Ibarra del empleo
de juez general de diezmos, fue elegido el señor magistral Dr. Dn.
Joseph Mijares de Solórzano y se suplicó a su Sría. Illma. apro-
base la elección y le diese jurisdicción. (Libro 7, fol. 127).
En 26, presentado el real despacho de 30 de agosto de 1720,
en que es promovido el señor Tesorero Dr. Dn. Gabriel Matías
de Ibarra a la dignidad de arcediano, vacante por fallecimiento
250
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
del señor Dn. Bernabé de Acuña, y las diligencias operadas ante
el Illmo. Sor. Obispo, estando su Sría. Illma. en el coro con el
Cabildo le dio la colación, y seguidamente la posesión, allí y en
la sala capitular con las ceremonias acostumbradas, juramento y
profesión de la fe. (Libro 7, fol. 127 vto.).
En 4 de febrero, habiéndose presentado el Dr. Dn. Carlos
Barbosa con un título despachado por el Illmo. Sor. Obispo,
en que le nombró por cura interino de la Catedral, el Cabildo
lo aceptó sin perjucio de lo determinado en cuanto a estas pro-
visiones en la Real Cédula de 20 de mayo de 1687; la cual se mandó
hacer presente a su Sría. Illma. (Libro 7, fol. 130).
En 7 se dispuso, que cuando se estuviese cantando misa en el
altar mayor o antes inmediatamente, no se celebrasen misas re-
zadas en los altares de Nuestra Señora de la Antigua y de San
Jorge, y que las que se dijesen en otros, no se tocase entonces
campanilla. (Libro 7, duplicado fol. 4.)
En 1 1 se admitió el título de cura propietario de la Catedral
hecho por el Illmo. Sor. Obispo en el Dr. Dn. Francisco Martínez
de Porras y se reservó tratar el punto del perjuicio en esta pro-
visión, atento lo que había respuesto su Sría. Illma. (Libro 7,
fol. 130 vto.).
En 18, se acordó dar cuenta al Rey sobre el sobredicho punto
por no haberse observado en la provisión del curato de la Ca-
tedral la Real Cédula citada. (Libro 7, fol. 131).
En 21, se dispuso que se participase al señor provisor la irre-
siJencia de los capellanes de las dos capellanías fundadas por Pedro
Paredes y el número de fallas que tenían para que se cobrase el
importe de éstas a los censuatarios, y se celebrasen las misas. Y
lo mismo por lo respectivo al organista en las misas del Santí-
simo Cristo. (Libro 7, duplicado, fol. 4).
Aquí mismo se dispuso también pasar carta acordada al Illmo.
Sor. Obispo sobre que se cumpliese la asistencia de los curas de la
Catedral al coro y a la salve y letanías: y sigue copia de la carta.
(Libro 7 duplicado, fol. 4 vto.).
En 4 de marzo, habiéndose pasado al Cabildo un escrito del
sobredicho cura de la Catedral, en que resiste la asistencia al coro
y a la salve y letanías, como se lo mandó su Sría. Illma.; se acor-
dó solicitar testimonio de los autos, y asimismo se mandó
poner y se puso copia del título del propio cura. (Libro 7 fol.
131 vto.).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1721 251
En 6 se acordó dar las gracias al Illmo. Sor. Obispo por el
mandato hecho de la asistencia de los curas al coro y al mismo
tiempo con atención a lo representado en el escrito citado, se su-
plicó a su Sría. Illma. apremiase al cura que había resistido por
las razones que se exponen: e igualmente se le suplicase, remo-
viese de este conocimiento al teniente provisor Dn. Francisco de
Hoces, mediante lo que había ocurrido con éste. Todo lo cual se
participó a su Sría. Illma. por carta acordada, de que sigue copia;
y también de la conversación del mismo señor Illmo., fecha en
Guarenas, a 7 del mismo mes y año, en que accedió a reservar
en sí la dicha causa. (Libro 7 duplicado, fol. 5 vto.).
En 16 de abril, habiéndose recibido dos Reales Cédulas, la una
(de que se puso copia en el folio 135 de este libro) fecha en 8 de
febrero de 1720, sobre que se de cuenta de las prebendas que
vacaren y de los méritos de los eclesiásticos: y la otra de 27 del.
mismo mes y año para que el Cabildo informase sobre la resi-
dencia del señor Virrey de Santafé si convendría establecerla en
Cartagena y acerca de agregaciones de otros lugares a este virrei-
nato, se prestó a ambas el debido obedecimiento. (Libro 7, fol. 134).
Aquí mismo se mandaron remitir expensas al apoderado en
la Corte para el litis con el Cabildo de Santafé sobre diezmos;
y se dispuso que se diese noticia de esto al Illmo. Sor. Obispo.
(Libro 7, fol. 134 vto.).
En 22, prestó el Cabildo su consentimiento para la venta de
dos tiendas que tenía la Catedral cerca de San Mauricio, atenta
la utilidad que resultaba de su venta, según la representación
hecha por el mayordomo de fábrica, que se dice lo era Dn. Manuel
de Uribe. (Libro 7, fol. 135).
En 9 de mayo, con atención a que el cura que había resistido
la asistencia al coro a misa mayor y vísperas todos los días, y los
sábados a la salve y letanías, estaba ya allanado y cumpliéndola
se dispuso que se le colocase en el cuadrante y que sus fallas se
sacasen de la tercera parte del salario que tenía asignado. (Libro 7,
duplicado, fol. 10).
En 13 se mandó dorar el retablo del altar mayor por habér-
sele añadido el cuerpo principal y algunas piezas. (Libro 7,
fol. 136).
En 27, presentadas al Illmo. Sor. Obispo las cuentas del señor
juez general de diezmos, Dr. Dn. Gabriel Matías de Ibarra, y
pasadas al Cabildo, nombró por revisor de ellas al actual juez
252
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
el señor Dr. Dn. Joseph Mijares de Solórzano. (Libro 7, fol.
136 vto.)-
En 14 de julio, habiéndose expresado difusamente lo ocurrido
sobre haberse dado el primer asiento al señor provisor Dn. Fran-
cisco de Hoces en unos exámenes sinodales que (presidía su Sría.
Illin. i. y el segundo al señor magistral Dr. Dn. Joseph Mijares
de Solórzano; se acordó, que éste no obstante lo que se le había
mandado continuase resistiendo el firmar en segundo lugar; pues
debía ser el primero como prebendado por las razones que se
expresan. (Libro 7, fol. 137).
En 22, se acordó: que se hiciesen vasos mayores de plata,
para la Consagración de Oleos, y que se encargase a Nueva Es-
paña con la circunstancia de que se hiciesen iguales a los que tu-
viese la Santa Iglesia Metropolitana de México. (Libro 7, fol.
138 vto.).
En 12 (así está postergado), presentado el real despacho de
24 de agosto de 1720, en que es promovido el señor penitenciario
Dr. Dn. Juan Chirino, a la dignidad de Tesorero vacante por
promoción del señor Dr. Dn. Gabriel Matías de Ibarra al arce-
dianato; y asimismo las diligencias operadas ante el Illmo. Sor.
Obispo, estando su Sría. Illma. junto con el Cabildo en el coro
le dio la colación, y allí seguidamente la posesión y en la sala ca-
pitular, con las ceremonias acostumbradas juramento y profesión
de la fe. (Libro 7, fol. 139).
En 30, habiendo participado el apoderado que nombró el
Cabildo para la defensa del asunto, de haberse despojado al señor
magistral del asiento y tratamiento que le correspondía estando
asistiendo a unos exámenes que se le había negado el recurso de
apelación; se acordó que se acopiasen documentos probantes del
tratamiento de Señoría que se daba al Cabildo y de Señores a sus
individuos, para ocurrir donde conviniese. (Libro 7, fol. 142 vto.).
En 19 de agosto, se acordó: que en la sacristía principal se
erigiese un altar para que en él pudiese celebrar cualquiera de los
señores capitulares que tuviese impedimento para no celebrar
dentro de la Iglesia: que se costease el retoque de una imagen
de la Inmaculada Concepción para la misma sacristía: y que se
hiciesen seis hacheros de madera plateados para las gradas del
presbiterio. (Libro 7, fol. 143).
En 22, se mandó al maestro de capilla y músicos que obser-
vasen el decreto de asistir en la tribuna con sobrepelliz y bonete,
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1721 25 3
y se multó en 4 reales aplicados para la fábrica, a cada uno por cada
vez que no lo cumpliese, y al apuntador se previno que anotase
estas faltas en el cuadrante. (Libro 7, duplicado, fol. 11).
En 29, insinuándose prolijamente la fundación de las misas
cantadas de los viernes y haberse perdido 500 pesos del capital
de 4.000 se dispuso que continuase la orden dada de que siempre
tuviese luz la lámpara del altar del Santísimo Cristo, y que por lo
respectivo a lo demás acerca del estipendio de las misas y de los
asistentes se solicitase el parecer del señor Deán que no había
asistido a este acto. (Libro 7, duplicado, fol. 11.)
En 9 de septiembre, se nombró al mayordomo de fábrica que
solicitase judicialmente el paradero de 1.900 pesos que se hallaron
en el Palacio Episcopal, cuando se hizo el inventario de los bienes
del Illmo. Sor. Baños. (Libro 7, fol. 144).
¡ En 12, prosiguiéndose el asunto de las misas de los viernes
se dispuso: que el mayordomo de fábrica corriese con el cobro de
réditos de esta fundación, llevando el ocho por ciento, y que los
capellanes de coro cobrasen los 100 reales asignados a ellos: y
por lo respectivo a los demás puntos se reservó la resolución para
otro Cabildo. (Libro 7, duplicado, fol. 12).
En 16, teniéndose presente un oficio de Cabildo secular que se
recibió el día 2 del corriente, a fin de que por el eclesiástico se
nombrasen diputados para asistir a una junta, en que se iba a
tratar sobre subir el precio de la arroba de carne hasta cuatro
reales: el Cabildo expuso prolijamente las razones que había para
no hacerse tal aumento, y que no debía levantarse el precio de dos
reales, sin gravamen de conciencia y gravísimo perjuicio del bien
público y denegándose a enviar diputados a la junta, mandó
pasar testimonio de esta acta al señor Gobernador y al Cabildo
secular. (Libro 7, fol. 144 vto.).
En 19, se acordó con el parecer del señor Deán que las misas
del Santísimo Cristo, y de Nuestra Señora en los viernes y sá-
bados, se canten indistintamente por los señores dignidades
y canónigos: que por lo respectivo a las de los viernes se hiciese
prorrateo de los 25 pesos de los réditos de los 500 perdidos, entre
todos los interesados para rebajarle a cada uno su parte: que en
cuanto a las de la Virgen no se innovase: y que en caso de ocurrir
en los mismos días misa de Rey u otra que se deba cantar primero,
la haya de cantar el señor dignidad y la otra según el turno. (Li-
bro 7, duplicado, fol. 12 vto.).
254
FUENTES PAKA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
En 23 se mandó al mayordomo de fábrica que cobrase un legado
de 700 pesos que dejó el señor Deán Dn. Joseph Melero, aplicados
los 500 pesos para un reloj de campana para la Catedral y los
200 para un trono de plata de exposiciones del Santísimo Sacra-
mento. (Libro 7, fol. 146).
Aquí mismo, se mandaron hacer hopas para los monacillos,
frontales para dos altares, y velo para el mayor en el tiempo de
Pasión. (Libro 7, fol. 146).
En 25, se nombró un diputado para intervenir por parte del
Cabildo en las cuentas del mayordomo de fábrica rendidas ante
el prelado. (Libro 7, fol. 146 vto.).
En 30, para el cobro de los 700 pesos del sobredicho legado
del señor Deán Melero, se mandó ver lo que se le adeudaba de
diezmos. (Libro 7, fol. 147).
En 3 de octubre, relacionándose el acuerdo de 2 de noviembre
de 1674 acerca de los bienes de María Pérez, destinados al culto
de la imagen de Nuestra Señora de Candelaria, y Concepción
de la Catedral y su cofradía, se dispuso: que el apoderado del
Cabildo, con copia de esta y de aquella acta, se presentase al
III mo. Sor. Obispo, pidiendo que el administrador Dn. Juan de
Ulloa rindiese cuentas y presentase las escrituras de censos. (Li-
bro 7, duplicado, fol. 13 vto.).
En 7 se dispuso, que el señor juez de diezmos participase al
Illmo. Sor. Obispo y a los señores oficiales reales, el aviso que
daba el juez de diezmos de coro de la gran penuria que allí se
padecía a fin de que le dijesen lo que había de practicar en cuanto
a remates de diezmos. (Libro 7, fol. 147 vto.).
En 10, refiriéndose la fundación hecha por el señor Chantre
Dn. Juan de Gamboa, de misas cantadas en todos los lunes del
año con la disposición de que a cada capellán de coro por la asis-
tencia a ellas se le diesen 21 pesos anualmente con la obligación
de celebrar 21 misas rezadas, se acordó para remediar la falta de
asistencia experimentada, que la tercera parte de ésta cuota se
reservase para distribuciones a fin de que de ella se sacasen las
fallas y se distribuyesen entre los interesados. (Libro 7, duplicado,
fol. 14).
En 13, habiendo dado razón el señor magistral, de su comisión
de revisar las cuentas dadas por el señor juez de diezmos que
acabó, se aprobaron por parte del Cabildo: se dieron las gracias
al mismo señor juez y se le mandó entregar testimonio de la acta
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1721
255
al señor magistral, para que lo pasase al Illmo. Sor. Obispo. (Li-
bro 7, fol. 147 vto.).
En 14, se volvió a tratar sobre la administración de diezmos
de coro, con presencia de dos cartas del Illmo. Sor. Obispo, y de
los señores oficiales reales, y se reservó la determinación para otro
Cabildo, quedando copiadas las dichas cartas. (Libro 7, fol. 148).
Aquí mismo, habiendo hecho constar el mayordomo de fábrica
que a su antecesor Dn. Juan de Lovera, se entregaron los 1.900
pesos que se expresan en el Cabildo de 9 de septiembre próximo
se le mandó que se presentase con el documento ante el Illmo.
Sor. Obispo para que se examinase en las cuentas si se había hecho
cargo de esta partida. (Libro 7, fol. 148 vto.).
En 21, se volvió a tratar el asunto de los diezmos de coro y
se reservó la determinación. (Libro 7, fol. 149 vto.).
En 4 de noviembre, se dispuso: que se insinuase a su Sría.
Illma. los inconvenientes que había para poner en administración
los diezmos de coro y que el Cabildo no obstante se sujetaba a
su dictamen. (Libro 7, fol. 150).
En 11, con lo que dijo su Sría. Illma. (cuya carta sigue co-
piada), se dispuso que el juez de diezmos de coro practicase exactas
diligencias para el remate de los de aquella jurisdicción y que sólo
en caso de ser muy bajas las posturas se pusiesen en administración.
(Libro 7, fol. 150 vto.).
Aquí mismo, se mandó reparar el chapitel de la torre y algunas
bóvedas de la Iglesia dañadas por un rayo. (Libro 7, fol. 151).
En 5 de diciembre, se mandó a los sacristanes que no permi-
tiesen entrar seculares a la sacristía, sino solamente los que fuesen
a ayudar las misas. (Libro 7, duplicado, fol. 15).
En 9, se dispuso que en los censos de manuales no se permi-
tiesen traspaso ni mutación de finca, sin acuerdo del Cabildo.
(Libro 7, fol. 152).
En 16, habiéndose recibido noticia del estado en que se hallaba
en el Supremo Consejo el litigio con el Cabildo de Santafé sobre
pertenencia de diezmos en las partes de Maracaibo, se mandó dar
cuenta a su Sría. Illma. (Libro 7, fol. 152).
En 22, 23 y 29 se trató acerca de la renuncia hecha por el
señor magistral Dr. Dn. Joseph Mijares de Solórzano de la judi-
catura de diezmos y de su resistencia a proseguir, no obstante
las súplicas que se le hicieron de parte del Illmo. Sor. Obispo y
del Cabildo. Y habiéndose declarado por último su Sría. Illma.
256
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
de que no era conveniente que el mismo juez cobrase los remates
de los diezmos e hiciese su distribución y que sería mejor nombrar
un Tesorero y dar hijuelas a los partícipes para el cobro de su con-
tingente; el Cabildo accedió a que se diesen las hijuelas y no se
nombrase Tesorero, pero que se destinase persona para el cobro
de la cuarta capitular y su distribución y que convenía subsistiese
la judicatura de diezmos para dar providencia. (Libro 7, fol.
152 vto.).
En 30, proveyó auto su Sría. Illma. en el cual confirma y
aprueba la resolución del Cabildo en cuanto a darse hijuelas a los
partícipes de diezmos después de hechos los remates y a que el
Cabildo tenga quien cobre el contingente a la cuarta capitular:
manda que el Cabildo nombre persona que asista por su parte
a los remates sin jurisdicción y reserva ésta en su Tribunal o
persona que su Sría. Illma. tuviese a bien nombrar. (Libro 7,
fol. 155).
En 31, fue nombrado por el Cabildo para asistir a los remates
de diezmos por su cuarta, novenos agregados a ella y noveno y
medio de la fábrica al presbítero Dn. Diego Ramírez, sacristán
mayor, y se le dio la instrucción correspondiente para consentir
o no en los remates. (Libro 7, fol. 156).
Año de 1722.
En Io de enero, se procedió a la elección de jueces adjuntos
en conformidad de lo dispuesto por el Santo Concilio de Trento,
y costumbre de esta Catedral y salieron electos los señores Deán
Dr. Dn. Félix de Acuña y arcediano Dr. Dn. Gabriel ¿Matías de
Ibarra. Y este es el primer Cabildo que se escribió en un libro
particular destinado para sólo elecciones, que se mandó formar
a fines del año anterior, según un certificado del secretario de Ca-
bildo con que inicia. (Libro particular, fol. 1).
En 9 se aprobaron por parte del Cabildo las fianzas dadas
por Dn. Manuel de Uribe ante el Illmo. Sor. Obispo para el seguro
de las rentas que manejaba como mayordomo de fábrica. (Libro
7 duplicado, fol. 15 vto.).
En 10, habiéndose hecho saber al Cabildo un auto del Illmo.
Sor. Obispo (de que no se puso copia) sobre varios puntos de
ceremonias se aceptaron los que no se oponían a las costumbres
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1722
257
y práctica de la Catedral, y se representó a su Sría. Illma. los
inconvenientes que se seguían de otros tres, a saber: el uno para
que en las procesiones fuesen los señores capitulares del mismo
lado que estaban en el coro, otro para que los diáconos asistiesen
en el día de Ceniza y otros semejantes usasen planetas; y el otro,
de que cuando no asistiese su Sría. Illma. en las procesiones fuese
el preste entre el señor Deán y el diácono. (Libro 7, duplicado,
fol. 16).
Sigue copiado un auto del Illmo. Sor. Obispo, sobre que se
celebren Cabildos los martes y los viernes, y que se manden cum-
plir por su Sría. Illma. las resoluciones capitulares. (Libro 7, du-
plicado, fol. 17).
En 13, se nombraron varios apoderados para el cobro de la
cuarta capitular y novenos agregados a ella en las ciudades de
tierra adentro. (Libro 7, fol. 156 vto.).
En 27, se nombró al secretario Dn. Juan de Talavera, para
cobrar lo tocante a la cuarta capitular y demás anexo a ella res-
pectivo a esta ciudad, y recibir los cobros de tierra adentro, for-
mar la cuenta de misas y contingente a cada uno de los señores
capitulares y hacer la distribución: y se le señalaron 150 pesos
anuales de salario. (Libro 7 fol. 157).
En 30, habiéndose recibido una carta (que sigue copiada) del
Illmo. Sor. Obispo, satisfaciendo a los reparos puestos por el Ca-
bildo en cuanto a los tres puntos expresados en la acta de 10 de
este mes insistiendo en lo mandado, y sólo en cuanto al de que
el diácono vaya junto al preste, dejando su determinación a ar-
bitrio del Cabildo, no obstante las razones de su fundamento;
se acordó que siguiese la costumbre de ir el preste entre dos capi-
tulares y obedeciese lo demás sin perjuicio de la costumbre y de
los recursos que se hiciesen por el Cabildo. (Libro 7, duplicado,
fol. 17 vto.).
En 5 de abril, antes y después de la misa mayor celebrado
Cabildo, acerca de varios recados que envió el señor provisor,
relativos a que debía hacerse con su licencia la procesión del San-
tísimo Sacramento que seguía a la misa de la madrugada (supó-
nese ser de la Resurrección del Señor) y por haberse hecho por
dentro de la Iglesia, reiterado la notificación de un auto para que
se hiciese otra procesión por la calle, el Cabildo se denegó a esto
e insinuó la costumbre de hacerse la tal procesión sin preceder
la petición de licencia. (Libro 7, fol. 157).
18 — detat, i.
258
FUENTES PAKA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
En 28, insinuándose estar concluido el altar mayor, se dispuso
que se perfeccionase el Sagrario, pues le faltaba el segundo cuerpo,
y que hiciese la moldura y retoque de la imagen de Santa Rosa
que se había de colocar allí. (Libro 7, fol. 157 vto.).
En 28 de mayo, se nombró un revisor de las cuentas dadas
ante el Illmo. Sor. Obispo, por el señor juez de diezmos del tiempo
que las manejó. (Libro 7, fol. 157 vto.).
En 12 de junio, el Cabildo prestó su obedecimiento a la Real
Cédula, sobre publicación de la bula de la Santa Cruzada, y estar
pronto a recibirla el día 24 de este mismo mes indicado por el señor
comisario. (Libro 7 duplicado, fol. 19 vto.).
En Io de julio, se dispuso hacerse algunas consultas a su Sría.
Illma. y al señor vicepatrono regio, acerca de proseguir el concurso
de la canongía penitenciaria, que estaba parado, por no haber
vuelto algunos edictos de los fijados. (Libro 7, fol. 160 vto.).
En 4, se suspendió la resolución del acuerdo antecedente hasta
que hubiese Cabildo pleno, y estuviesen completas las consultas.
(Libro 7, fol. 161 vto.).
En 27, se aceptó el título de secretario de Cabildo despachado
por el Illmo. Sor. Obispo, a Dn. Juan Joseph Castillo, clérigo
presbítero y del título se puso testimonio al folio 176 vuelto de
este libro. (Libro 7, fol. 162).
Aquí mismo habiéndose recibido las consultas sobre proseguir
el concurso a la canongía penitenciaria, se mandó compulsar
testimonio de éste y de los acuerdos antecedentes para agregarlos
a los autos. (Libro 7, fol. 162).
En 28, habiéndose recibido una Real provisión de la Real
Audiencia de Santafé de 16 de mayo de este año en orden a la
preferencia de asiento y tratamiento del M.V.S. Deán y Cabildo
en los actos y casos que se expresan, relativos a lo acaecido con el
señor provisor, se obedeció y se mandó pasar al Illmo. Sor. Obispo
con expresiones de los motivos que tuvo el Cabildo para este re-
curso y de la buena voluntad con que siempre deseó complacer
a su Sría. Illma. Y sigue testimonio de la dicha real provisión.
(Libro 7, fol. 162 vto.).
En 4 de agosto, por ausencia de Dn. Juan de Talavera se
nombró por receptor de la renta de diezmos del Cabildo al Dr.
Dn. Francisco de la Vega, interinamente. Y aquí mismo se insinuó
haberse remitido a su Sría. Illma. la real provisión antecedente.
(Libro 7, fol. 174).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1723
259
En 11, se acordó: que el mayordomo de fábrica y el apoderado
del Cabildo, diesen razón de los censos de fábrica y de manuales
que no estuviesen con escritura, y que el apoderado no consistiese
en traspasos sin acuerdo del Cabildo. (Libro 7, fol. 174 vto.).
En 27, con motivo de un auto del Illmo. Sor. Obispo, cuyo
contenido no se expresa, el Cabildo protestó que no le parase
perjuicio en cuanto a lo resuelto en la sobredicha real provisión
de preferencia y tratamiento. (Libro 7, fol. 175 vto.).
En 1 ° de septiembre, se mandaron encuadernar las reales Cé-
dulas y provisiones dirigidas al Cabildo que andaban sueltas y
que de las que estuviesen en autos se compulsase testimonio para
agregarlo en la misma encuademación. (Libro 7, duplicado, fol.
20 vto.).
En 20 de octubre, habiéndose visto un título de cura de la
Catedral (de que sigue copia) despachado por el Illmo. Sor. Obispo
a favor del Dr. Dn. Cristóbal de Lizaurzabal, el Cabildo lo obe-
deció protestando no le parase perjuicio en cuanto le tocaba
hacer tales nombramientos. (Libro 7, fol. 178).
En los demás Cabildos de este año, no hubo acuerdo, y sólo
se pusieron las diligencias.
Año de 1723.
En Io de enero, fueron electos por jueces adjuntos los señores
Deán Dr. Dn. Félix de Acuña y arcediano Dr. Dn. Gabriel Matías
de Ibarra. (Libro particular, fol. 2).
En el mismo día se nombró al Dr. Dn. Francisco de la Vega
por colector del Cabildo con asignación del ocho por ciento, me-
diante renuncia que hizo Dn. Diego Ramírez, y también se le
facultó el asistir a los remates de diezmos por parte del mismo
Cabildo para admitirlos y aceptarlos o contradecirlos. (Libro 7,
fol. 182).
En 12, se mandaron revisar las cuentas de manuales presen-
tadas por Dn. Diego de Ramírez: y se mandaron pagar a los mi-
nistros lo que les correspondía según el cuadrante formado por
el apoderado Ledo. Dn. Juan de Ponte. (Libro 7, fol. 182 vto.).
En 19, se mandó requerir a los apoderados del Cabildo en tierra
adentro sobre las cobranzas de lo perteneciente a la cuarta capi-
tular. (Libro 7, fol. 183).
260
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
En 12 de febrero, se trató acerca de no ser conforme que tur-
nasen los señores dignidades en las misas del Santo Cristo, y se
suspendió la resolución hasta otro Cabildo de mayor concurrencia
y que se citase a los señores ausentes. (Libro 7, duplicado, fol. 23).
En 27 de abril, se mandaron quitar dos aperturas que tenía
el Sagrario del altar mayor. (Libro 7, fol. 183 vto.).
En 25 de mayo, atenta la insinuación hecha de haber recaído
el marquesado de Torre Casa en Dn. Ignacio de Urbina, se dispuso
que se le hiciese el cumplimiento correspondiente de parte del
Cabildo. (Libro 7, fol. 184).
En 15 (así está postergado) presentado el real despacho de
16 de abril de 1722, en que es promovido el señor Tesorero Dr.
Dn. Juan Chirino a la dignidad de Chantre, vacante por falle-
cimiento del señor Dr. Dh. Nicolás de Herrera, y asimismo las
diligencias operadas ante el señor Dr. Dn. Gabriel Matías de
Ibarra, comisionado del Illmo. Sor. Obispo ausente; estando este
señor comisionado con el Cabildo en el coro de esta Santa Iglesia,
le dio la colación e inmediatamente la posesión con las ceremonias
acostumbradas juramento y profesión de la fe. (Libro 7, fol.
184, vto.).
En 8 de junio, habiéndose presentado por Dn. Joseph de
Oviedo una Real Cédula (que sigue copiada) de 8 de agosto de
1716, en que se le concede al patronato de la capilla de Nuestra
Señora del Pópulo, el Cabildo obedeció llanamente. Y aquí mismo
se anuncia que esta concesión se hacía a semejanza de otra hecha
por real despacho de 5 de noviembre de 1701 a doña Alelchora
de Tovar y Baños, que es el patronato de la capilla de San Ni-
colás de Bari. (Libro 7, fol. 188 vto.).
En 11, con motivo de no efectuarse la contribución de la
limosna de las misas del Santo Cristo y descuidos que se notaban
en la lámpara de su altar se mandó al mayordomo de fábrica
diese razón del estado de la dotación. (Libro 7, duplicado, fol.
23 vto.).
En 23 de julio, se mandó copiar y en efecto se copió la razón
dada por el mayordomo de la dicha dotación y de lo proveído
por el Cabildo, dando comisión al señor canónigo de merced y
al secretario para remediar todo lo relativo a sus censos y distri-
buciones. (Libro 7, duplicado, fol. 24 vto.).
En 17 de agosto, se acordó: que se fabricase una bodega in-
mediata a la sacristía para custodia de alhajas y muebles y que
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1723
261
se solicitase al efecto el consentimiento del Illmo. Sor. Obispo.
(Libro 7, fol. 191 vto.).
En 7 de octubre, presentado el real despacho de 11 de mayo
de 1722, en que es promovido el señor canónigo de merced Dn.
Alonzo de Escobar a la dignidad de Tesorero, vacante por pro-
moción del señor Dr. Dn. Juan Chirino; y asimismo las diligencias
operadas ante el Illmo. Sor. Obispo; estando su Sría. Illma. con
el Cabildo en el coro, le dio la colación y seguidamente la posesión
con las ceremonias acostumbradas, juramento y profesión de la fe.
(Libro 7, fol. 192 vto.).
En 14, presentado el real despacho de 31 de marzo (así está
y parece debe ser de mayo para que sea como debe ser posterior
al antecedente) de 1722, en que es promovido el señor Dn. Joseph
de Oyanguren Villavicencio, cura del puerto de La Guaira a la
canongía de merced, vacante por promoción del señor Dn. Alonzo
de Escobar, y asimismo las diligencias operadas ante el Illmo.
Sor. Obispo estando su Sría. Illma. en el coro, le dio la colación
y seguidamente la posesión con las ceremonias acostumbradas,
juramento y profesión de la fe, sólo hubo de variación, el que no
le sentó por su mano el Illmo. Sor. Obispo, sino que mandó lo
hiciese en el coro el maestro de ceremonias y en la sala capitular,
que se le sentó allí en la silla correspondiente de orden de su Sría.
Illma. (Libro 7, fol. 195).
En 15, se admitió la dotación que proponía hacer una persona
devota de los maitines de la general conmemoración de los Difuntos;
con tal que se asegurase competentemente y que lo aprobase el
Illmo. Sor. Obispo: y sigue un auto de su Sría. Illma. en que
accede y ofrece dar la comprobación luego que se practicasen
en su Tribunal las competentes diligencias, Y aquí mismo declaró
por nulos los Cabildos de II de junio y 23 de julio, relativos a las
misas del Santísimo Cristo. (Libro 7, duplicado, fol. 26).
Sigue copia de la representación y memoria hecha acerca de
la sobredicha dotación de los maitines de Difuntos, y su distri-
bución entre los ministros. (Libro 7, duplicado, fol. 27 vto.).
En 26, se mandó al apoderado general del Cabildo procediese
al cobro de lo que debían a la cuarta capitular los arrendatarios
de diezmos. (Libro 7, fol. 197 vto.).
En 29, se dio satisfacción a lo dispuesto por el Illmo. Sor.
Obispo en el auto anteriormente citado; y se dispuso que se con-
sultase al señor juez metropolitano sobre los dos puntos repro-
262
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
baclos por su Sría. Illma; el uno en cuanto a haber el Cabildo
admitido la petición en que se le propuso la dotación de los mai-
tines de Difuntos, y el otro acerca de las razones que mandó dar
sobre el estado de la dotación de las misas del Santísimo Cristo.
(Libro 7, duplicado, fol. 28).
En 7 de diciembre, se mandó hacer reconocimiento de todo lo
que está a cargo del sacristán mayor, comisionándose para ello
al señor Tesorero j se dispuso: que la plata labrada que sirve
cotidianamente estuviese separada y bajo de llave, y que para
custodiar la demás se hiciese una arca con dos llaves, de las cuales
tuviese una el dicho señor Tesorero y otra el sacristán mayor.
(Libro 7, fol. 198 vto.).
Aquí mismo el Cabildo accedió con protesta por haberse hecho
sin su consentimiento al aumento de la renta del maestro de cere-
monias hasta completarle anualmente 100 pesos que le hizo el
Illmo. Sor. Obispo. (Libro 7, fol. 198 vto.).
En 13, habiéndose recibido un ejecutorial del Illmo. señor
metropolitano de Santo Domingo (que aunque se mandó copiar
no se copió) sobre el recurso de apelación interpuesto por el Ca-
bildo en la competencia que tuvo con el señor provisor y vicario
general Ledo. Dn. Francisco de Hoces, se dispuso que se presen-
tase a su Sría. Illma. por el apoderado del Cabildo. (Libro 7,
fol. 199).
Año de 1724.
En Io de enero, fueron electos por adjuntos los señores Teso-
rero Dn. Alonzo de Escobar y canónigo de merced Dn. Joseph de
Oyanguren. (Libro particular, fol. 3).
En 8 de febrero, habiéndose recibido la resolución de la con-
sulta hecha al Illmo. señor metropolitano sobre los dos puntos
que se refieren en el Cabildo de 29 de octubre del año anterior,
determinándose en cuanto al primero que no es ofensivo a la
jurisdicción ordinaria el explotar la voluntad del Cabildo sobre
alguna dotación que quiera hacerse antes de ponerse en práctica
las diligencias: y por lo respectivo al segundo que no se debieren
declarar por nulos los Cabildos de 1 1 de junio y 23 de julio; pues
lo dispuesto en ellos era de la jurisdicción económica del Cabildo,
se acordó que de la acta de 1 5 del dicho mes de octubre se borrasen
las palabras que decían haberse acordado admitir la dotación de
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1724
263
maitines de Difuntos, quedando en la inteligencia de que el Ca-
bildo sólo manifestaba su voluntad de estar dispuesto a admitirla
y que todo se participase a su Sría. Illma. Y sigue copia de la dicha
resolución. (Libro 7, fol. 199 vto.).
En 11, se dispuso que no se pusiese la llave en el Sagrario
los jueves para el renovó antes de la misa, sino que al tiempo de
salir los ministros a cantarla la llevase el diácono. (Libro 7, dupli-
cado, fol. 29).
En 15, se mandó dar cuenta al Illmo. Sor. Obispo (que estaba
ausente) de la renuncia que hacía el señor Deán Dr. Dn. Félix
de Acuña del empleo de conciliario del Seminario Tridentino.
(Libro 7, fol. 203 vto.).
En 7 de marzo, habiéndose presentado por los señores alcaldes
ordinarios que en calidad de gobernadores, cuyo empleo ejercían
se les hiciese venia verbal en los sermones y se les diese paz; el
Cabildo respondió que no tenía jurisdicción para decretar este
punto. (Libro 7, fol. 204 vto.).
En 21, se mandó reparar un corredor contiguo a la sacristía
común. (Libro 7, fol. 205 vto.).
En 28, se dispuso que pues había regresado Dn. Juan de Ta-
lavera continuase el empleo de receptor de las cuartas capitu-
lares y se diesen gracias al interino, y se dispuso también que la
arca de la custodia de este dinero de diezmos se colocase para
mejor seguridad en la casa del señor Tesorero. (Libro 7, fol. 2).
En 5 de mayo, se dispuso que se formase una tabla en que se
pusiese la hora fija de tocar y entrar a los oficios divinos en los
días en que es extraordinaria. (Libro 7, duplicado, fol. 29 vto.).
En 9, habiéndose recibido la anuencia del Illmo. Sor. Obispo
para la elección de conciliario del Seminario, se hizo ésta en el
señor Chantre Dr. Dn. Juan Chirino. (Libro 7, fol. 206).
Aquí mismo recibida otra carta de su Sría. Illma. acerca de
la sobredicha consulta hecha al Illmo. señor metropolitano en que
expresa venerarla y estar pronto a su ejecución sin perjuicio de la
jurisdicción y asimismo insinúa que contestará judicialmente
cuando pueda tener presentes los libros capitulares por lo res-
pectivo a los Cabildos anulados se acordó que se le remitiese
testimonio de éstos. Y siguen copiadas las dos cartas. (Libro 7,
fol. 206 vto.).
En 11, presentado el real despacho de 19 de septiembre de 1723
en que es promovido el señor Dr. Dn. Francisco Martínez de
264
FUENTES PAKA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
Porras, presbítero, cura de la catedral y rector del Seminario a
la canongía penitenciaria, vacante por promoción del señor Dr.
Dn. Juan Chirino a la Tesorería, y asimismo las diligencias ope-
radas ante el señor arcediano Dr. Dn. Gabriel Matías de Ibarra,
comisionado del Illmo. Sor. Obispo, a este efecto: estando dicho
señor comisionado junto con el Cabildo en el coro le dio la colación
y allí mismo la posesión de su respectiva silla, y seguidamente en
la sala capitular, todo con las ceremonias acostumbradas, jura-
mento y profesión de la fe. (Libro 7, fol. 207 vto.).
En 19, se trató acerca de las fallas que hacían al coro en los
domingos dos músicos de la capilla, que tenían esta obligación
y se acordó dar cuenta al señor teniente provisor para que los
apremiase y se les sacasen las fallas. (Libro 7, duplicado,
fol. 30).
En 16 de junio, insinuó el Cabildo su anuencia para la publi-
cación de la bula de la Santa Cruzada en la Catedral el día 24 de
este mes. (Libro 7, duplicado, fol. 30 vto.).
En 23, habiéndose recibido sobrecarta del ejecutorial del señor
metropolitano en la competencia con el señor provisor, sobre lo
ocurrido en la procesión del Viernes Santo, y mañana de Resu-
rrección, cometida su intimación y ejecución a los prelados de las
religiones; el Cabildo acordó suspender esto y comunicar simple-
mente el auto del señor metropolitano a su Sría. Illma. que estaba
ausente en su visita, insinuándole la buena voluntad con que el
Cabildo quedaba deseoso de la paz, a fin de que sin estrépito se
cumpliese lo mandado y su Sría. Illma. mirase por el bien de su
Cabildo. (Libro 7, fol. 211 vto.).
En 27, habiendo presentado sus cuentas el Dr. Dn. Francisco
de la Vega, del tiempo que fue receptor de la cuarta capitular,
se mandaron liquidar. (Libro 7, fol. 212, vto.).
Aquí mismo se mandó fabricar una oficina para efectos conve-
nientes, junto al aposento inmediato al donde estaban los ora-
torios. (Libro 7, fol. 212 vto.).
En 4 de julio se mandó comunicar vista de la liquidación de
las cuentas de diezmos del receptor de la cuarta a este mismo.
(Libro 7, fol. 213).
En 11 se mandó al apoderado del Cabildo que pidiese ante el
señor juez de diezmos el reintegro de algunas cantidades tocantes
al Cabildo en lo que había perteneciente a la testamentaría del
señor Deán Dn. Joseph Melero. (Libro 7, fol. 213 vto.).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1724
265
En 1 ° de septiembre, tratándose de las fallas de dos capellanes
de coro de capellanías particulares foráneas, se dispuso que se su-
plicase al Tribunal eclesiástico les compeliese al exhibo de lo corres-
pondiente a las mismas fallas; y que señale algún tanto por ciento
al colector para que éste cobrase las cuentas de las propias cape-
llanías. (Libro 7, duplicado, fol. 31 vto.).
En 13 de octubre, habiéndose visto una consulta del maestro
de ceremonias acerca de las misas de Difuntos del primer lía no
impedido de cada mes, se suspendió la resolución hasta otro
Cabildo de mayor concurrencia. (Libro 7, duplicado, fol.
32 vto.).
En 20, se volvió a tener el mismo tratado, y se suspendió sin
resolución. (Libro 7, duplicado, fol. 33).
En 27 se reiteró el mismo tratado, sin resolución. (Libro 7,
duplicado, fol. 33).
En 10 de noviembre, habiéndose continuado el tratado se de-
terminó por la variación de pareceres, que se remitiese el asunto
al Illmo. Sor. Obispo a fin de que lo determinase. (Libro 7, du-
plicado, fol. 33 vto.).
En 14, recibida la contestación de su Sría. Illma. (que sigue
copiada) acerca del aviso dado por el Cabildo del recibo del ejecu-
torial sobrecartado sobre lo ocurrido con el señor provisor se dis-
puso que se le remitiese éste y su antecedente en testimonio para
su cumplimiento. (Libro 7, fol. 216).
Aquí mismo se acordó dar gracias a su Sría. Illma. por haber
restituido a Dn. Juan de Talavera al oficio de notario contador
de diezmos. (Libro 7, fol. 216).
En 12 se mandaron coger las goteras que tenía el techo de la
Iglesia y reparar las bóvedas. (Libro 7, fol. 217).
En 15 y 22 se trató acerca del reparo hecho en que cuando
se celebraban misas solemnes votivas se cantaba antes de ellas
tercia votiva correspondiente a la solemnidad y no la hora de nona
como correspondía según las rúbricas; y se acordó que siguiese la
loable costumbre de cantarse la tal tercia votiva y que para no
faltar a la rúbrica se rezase antes la nona. Y a instancia de uno
de los señores sufragantes se mandó remitir copia de esta acta
al Illmo. Sor. Obispo. (Libro 7, duplicado, fol. 34).
266
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
Año de 1725.
En 1 ° de enero, se nombraron por adjuntos a los señores arce-
diano Dr. Dn. Gabriel Matías de Ibarra y magistral Dr. Dn. Jo-
seph Martínez de Solórzano. (Libro particular, fol. 3 vto.).
En 2, se nombró al señor Dr. Dn. Joseph Martínez, canónigo
penitenciario y juez de diezmos para asistir por parte del Cabildo
a los remates y admitir posturas. (Libro particular, fol. 4).
En 12, se acordó que se formasen constituciones y regla de
coro para el gobierno de esta Santa Iglesia, se nombró al efecto
al señor arcediano Dr. Dn. Gabriel Matías de Ibarra por parte
del Cabildo y se mandó remitir testimonio de este acuerdo al
Illmo. Sor. Obispo a fin de que por la suya nombrase otro de los
señores capitulares. Y que hechas las constituciones se remitiesen
al Rey. (Libro 7, duplicado, fol. 35 vto.).
En 30, se acordó que se participase al Illmo. Sor. Obispo haber
vacado por fallecimiento del señor Chantre Dr. Dn. Juan Chirino
el empleo de conciliario del Seminario, pues aunque tocaba al
Cabildo, quería éste obsequiar a su Sría. Illma. (Libro 7, fol. 218).
En 13 y 20 de febrero, 6 de marzo, habiéndose tratado sobre
una carta del Illmo. Sor. Obispo, en que insinúa al Cabildo haber
determinado suspender la ejecución del ejecutorial sobrecartado
en el asunto de lo ocurrido con el señor provisor en las procesiones
del Viernes Santo y mañana de Resurrección, el Cabildo satisface
a las razones de la suspensión e insta por el cumplimiento de lo
decretado allí. (Libro 7, fol. 218 vto.).
En 20 de abril, se mandó copiar y se copió en este libro una
carta del Illmo. Sor. Obispo en que acerca de lo que se le insinuó
en cuanto a la formación de constituciones y regla de coro, deter-
mina suspender, hasta que estuviese más cerca de esta ciudad,
pues se hallaba en la de Trujillo. (Libro 7, duplicado, fol. 36 vto.).
Aquí mismo se obedeció la determinación de su Sría. Illma.
(que sigue copiada) en cuanto a la misa mensual de Réquiem por
los difuntos, que no es carga obligada al día primero, sino al primer
día desembarazado de cada mes. (Libro 7, duplicado, fol. 36 vto.).
En 30, se obedecieron tres Reales Cédulas (que siguen copiadas)
dirigidas al Cabildo la una de 20 de noviembre de 1723, en que se
declara por nulo lo determinado por la real audiencia de Santafé,
sobre haber querido preceder el provisor al Cabildo en los exá-
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1725
267
menes; y que repuesto el expediente al estado en que estaba cuando
se llevó a la audiencia, determinase el Illmo. Sor. Obispo oyendo
a las partes en justicia. (Libro 7, fol. 222).
Otra de 22 de marzo de 1724 en que se avisa al Cabildo el
encargo que se hace al Illmo. Sor. Obispo de que le deje en la
posesión de nombrar juez general de diezmos. (Libro 7, fol. 223 vto.).
Y otra de 26 de noviembre de 1 724, sobre lo ocurrido con el
señor provisor en cuanto a precedencias, preferencias y acierto
en procesiones, en la cual se manda que el Cabildo y los señores
Deán y arcediano usen de su derecho para que se ejecute en todo
y por todo el auto del Illmo. señor metropolitano. (Libro 7, fol. 224).
En 26 de mayo, presentado el real despacho de 4 de julio de
1724 en que es promovido el señor Dr. Dn. Fernando Perera
Lozano, presbítero, a una de dos raciones aumentadas, y las dili-
gencias operadas ante el Illmo. Sor. Obispo, estando su Sría.
Illma. con el Cabildo en el coro le dio la colación y seguidamente
la posesión allí y en la sala capitular con las ceremonias acostum-
bradas, juramento y profesión de la fe, habiéndose solamente
alterado en cuanto a que en el coro lo llevó a la silla el maestro de
ceremonias y que en la sala capitular se le dio el asiento de orden
de su Sría. Illma. : y en la acta en que el Cabildo obedeció el real
despacho insinuó que aún no había recibido el real despacho del
indicado aumento, y que dudaba cuál era la renta que en el pre-
sentado se decía estar señalado. Está postergado el testimonio de
estas diligencias en el libro. (Libro 7, fol. 228 vto.).
En 29 de mayo, se acordó que se suplicase al Illmo. Sor. Obispo
se sirviese venir a la sala capitular el día que eligiese para tratar
de las obligaciones de los señores racioneros recientemente creados.
(Libro 7, fol. 225 vto.).
En el mismo día se eligió al señor penitenciario Dr. Dn. Fran-
cisco Martínez de Porras por conciliario del Seminario de parte
del Cabildo por fallecimiento del señor Chantre Dr. Dn. Juan
Chirino. (Libro particular, fol. 4 vto.).
En 15 de junio, habiéndose hecho mención de haberse aumen-
tado una canongía, dos racioneros y dos medios racioneros; y
considerándose que la tenue dotación de los manuales ya se hacia
incapaz de contribuir a todos los interesados, se acordó: que que-
dando las misas del Santísimo Cristo y de la Virgen sin alteración
por lo respectivo, a las demás sólo asistiesen seis capellanes a
oficiarlas, dándose un real a cada uno entrando por turno por su
268
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
antigüedad, poniéndose para ello clavija y que otros seis reales
quedasen para distribuciones. Y que cuando el manual fuese
después de la misa conventual, y ésta antes, quedasen libres
de asistir a la misa conventual los seis capellanes a quienes no
tocase el turno, quedando obligados a asistir a la misa mayor:
pero que este decreto no se ejecutase hasta que su Sría. Illma.
lo confirmase. (Libro 7, duplicado, fol. 38).
En 7 de septiembre, se acordó que se participase al Illmo. Sor.
Obispo la causa y fundamento de no acompañarlo al regreso de la
Iglesia a su palacio, habiéndose de seguir hora canónica después
de la misa como estaba acordado en acta de 22 de diciembre de
1719; y que sin embargo de esto quedaba el Cabildo dispuesto a
ejecutar lo que su Sría. Illma. determinase. (Libro 7, duplicado,
fol. 39 vto.).
En 8, habiéndose tenido noticia de que el comisario del Santo
Oficio había de pasar recado al Cabildo al tiempo de estar en el
coro para leerse un edicto, y que se mandaba dar asiento al notario
entre los señores dignidades; el Cabildo previniendo el lance
acordó, darle el asiento porque no se perturbase el acto, protes-
tando de ello como novedad insólita y opuesta al ceremonial de
Obispos. (Libro 7, fol. 228).
En 14, habiendo participado los señores diputados que pasaron
a tratar con el Illmo. Sor. Obispo acerca del recado que se espe-
raba del comisario de Inquisición, que su Sría. Illma. disponía
que no se diese asiento al notario entre los dignidades; y que en
caso de dársele se le señalase después de los curas, y que el recado
lo recibiese el señor presidente del coro fuera de éste; el Cabildo
acordó que así se ejecutase y no como lo había dispuesto en su
acta de 8 de este mes. (Libro 7, fol. 232 vto.).
En 15, reiterado el tratado acerca del recado que había de
enviar el comisario de Inquisición y en el mismo acto consultán-
dose al Illmo. Sor. Obispo nuevamente y contestado que el señor
presidente recibiese al notario en la sala capitular y le diese asiento
de taburete se acordó que así se ejecutase. (Libro 7, fol. 233 vto.).
En 18, participó el señor arcediano al Cabildo haber recibido
el recado, y después otros de protestas y el Cabildo le dio las
gracias y reservó acordar después. (Libro 7, fol. 236 vto.).
En 25, se acordó dar cuenta al Rey de lo ocurrido en todo lo
referido acerca del recado, intento de silla y publicación del edicto.
(Libro 7, fol. 237).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1725
269
En 2 de octubre, se dispuso que para recursos que el Cabildo
intentaba hacer a Su Majestad se formase cuenta por el notario
contador de las rentas capitulares de diezmos en cuatro quin-
quenios. (Libro 7, fol. 238).
En 9 al mismo efecto se mandó hacer una justificación de la
carencia de los alimentos y vestuario. (Libro 7, fol. 238 vto.).
En 12, tratándose de las obligaciones y privilegios de los se-
ñores racioneros y medios racioneros, y teniéndose presente un
certificado (de que sigue copia) dado por el maestro de ceremonias
de la Santa Iglesia metropolitana de Santo Domingo, se acordó:
que se observase y guardase lo que allí se expresa, en todo lo que
no fuese contrario a costumbre inmemorial. Y que en cuanto a
estipendio fuese en las misas mayores el señalado por la erección,
y por lo respectivo a las otras ante mayores de rúbrica y de erec-
ción llevase el preste el duplo, el diácono el tanto y el subdiácono
el medio tanto: y en las de dotación cuatro reales el diácono y
dos el subdiácono; y lo mismo el cura o capellán que supliese por
éste. Y se reservó acordar después por lo tocante a dotaciones
tenues. (Libro 7, duplicado, fol. 41).
En 13, se aprobó el Cabildo antecedente por el Illmo. Sor.
Obispo con calidad de que estando presente el prelado no usasen
los señores racioneros y medios racioneros de sillas iguales con
brazos. (Libro 7, duplicado, fol. 43 vto.).
En 16, se dispuso que el señor Tesorero hiciese reconocimiento
de los ornamentos y alhajas de la sacristía y se mandasen hacer
de nuevo las sillas del presbiterio, reparar un escaño del coro y
hacer carpetas encarnadas y moradas para dos de ellos. (Libro 7,
fol. 239).
En 19, habiéndose comenzado a tratar sobre distribución de
las dotaciones tenues, se reservó la resolución para otro Cabildo.
(Libro 7, duplicado, fol. 44).
En 23 dio razón el señor Tesorero del reconocimiento de la
sacristía y se dispuso que el mayordomo viniese otro día a la sala
a dar razón de las existencias, para acordar acerca de varias cosas
que habían de hacerse. (Libro 7, fol. 239 vto.).
En 26, habiéndose recibido dos representaciones de uno de los
curas de la Catedral, de que el Illmo. Sor. Obispo mandó co-
municar vista al Cabildo, la una en que se pide se le releve de
cantar epístolas en suplemento de los señores medios racioneros,
y la otra en que también pide relevación de las asistencias a misas
270
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
mayores, vísperas y salves; se acordó contestar por oficios a su
Sría. Illma., como se hizo y sigue copia de ellos, protestando el
Cabildo no entrar como parte a contender en juicio con el dicho
cura. (Libro 7, duplicado, Gol. 44 vto.).
En 31, se mandaron hacer algunos ornamentos y utensilios
que se expresan en la acta de 23 de este mes. (Libro 7, fol. 240).
En 13 de noviembre, se mandó dar al colector un certificado
del contingente de las obvenciones y manuales para el informe a
Su Majestad, acerca del estado en que quedaban los señores capi-
tulares con el aumento de una canongía y de las raciones y medias
raciones. (Libro 7, fol. 240 vto.).
En (así está) de noviembre, haciéndose memoria de los
Cabildos de 2 de noviembre de 1674 y de 3 de octubre de 1721
acerca de la cofradía de Nuestra Señora de Candelaria y Concep-
ción, se dispuso que para mejor cumplir las misas y procesiones,
se omitiese el gasto excesivo que se hacia en pebetes, y que se
pasase testimonio de las mismas actas al Illmo. Sor. Obispo para
que se sirviese mandar cumplir el primero de aquellos Cabildos.
(Libro 7, duplicado, fol. 47 vto.).
Año de 1726.
En Io de enero, fueron nombrados por adjuntos los señores
arcediano, Dr. Dn. Gabriel Matías de I barra y canónigo de mer-
ced Dn. Joseph de Oyanguren. (Libro particular, fol. 4 vto.).
En 8, comunicada vista al Cabildo de la pretensión del cura
de la Villa de Cura, de que se le asignasen diezmos a él y a su
Iglesia, el Cabildo se allanó por sí y por la Catedral a lo que su
Sría. Illma. dispusiese y suplicó que se hiciese vereda distinta
de la primera de Aragua en que estaba incluida la misma Villa.
(Libro 7, fol. 241).
En 15, se dispuso que se pusiese esquila dz vuelta en la torre
para el gobierno de las horas canónicas. (Libro 7, fol. 242).
En 25, recibida una carta del señor provisor del arzobispado
de Santafé y una real provisión de aquella real audiencia (que
no sigue copiada) de 31 de agosto de 1725, en que se declara haber
hecho fuerza el Illmo. Sor. Obispo en no haber otorgado la ape-
lación del Cabildo en la competencia con el señor provisor de esta
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1726
271
diócesis y tratamiento de señor se acordó pasarse por medio de
comisarios a su Sría. Illma. (Libro 7, fol. 242).
Aquí mismo vista una representación de los capellanes de coro,
hecha al Illmo. Sor. Obispo pidiendo que se le contribuyesen 12
reales por cada manual, se acordó suplicar a su Sría. Illma. que
los mandase observar lo acordado en acta de 15 de junio del año
anterior; cuyo contenido se reitera aquí, y se esfuerza con más
razones prolijamente. (Libro 7, fol. 243).
En el mismo día se acordó dar cuenta por medio de comisario
al Illmo. Sor. Obispo de las faltas de residencia de los capellanes
de coro. (Libro 7, duplicado, fol. 48 vto.).
En 29 se acordó: que lo que se pagaba a los capellanes de coro
de lo que le tocaba de manuales, supliéndose de la mesa capitular
por no estar pagos los réditos de las dotaciones se reintegrase del
primer dinero que se cobrase de éstos, porque de otro modo eran
perjudicados los señores capitulares, asistentes a los manuales.
(Libro 7, fol. 246).
En 12 de febrero, habiéndose tenido noticia de que el Dr. Dn.
Pedro Díaz Cienfuegos, cura de la Catedral había pedido ante el
Illmo. Sor. Obispo testimonio de las actas sobre incorporación
de los curatos a la mesa capitular, se acordó suplicar a su Sría.
Illma. se lo denegase y comunicase al Cabildo de lo que pretendiese.
(Libro 7, fol. 246 vto.).
Aquí mismo se nombró un comisario para presentar a su Sría.
Illma. la real provisión de la real audiencia de Santafé, que se
cita en el Cabildo de 25 del mes anterior. (Libro 7, fol. 247 vto.).
En el propio acto habiéndose presentado Dn. Bernardo Ro-
dríguez del Toro, con un título (que sigue copiado) de receptor
del real fisco de la Inquisición; se dispuso que el contador de
diezmos y el colector le entregasen lo correspondiente a la canongía
suprimida. (Libro 7, fol. 248).
En este Cabildo comienza de nuevo a autorizar Dn. Juan de
Talavera como secretario de Cabildo. (Libro 7, fol. 248).
En 19 y 26 se trató acerca de la vista comunicada al Cabildo
de los autos formados sobre la antedicha pretensión de los ca-
pellanes de coro en cuanto a manuales, y se dispuso el nombra-
miento de procurador y de abogado a arbitrio del señor arcediano.
(Libro 7, fol. 249).
En Io de marzo, habiéndose recibido carta del apoderado
(que sigue copiada) y dos reales cédulas, la una duplicada, sobre
272
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
nombramiento de juez general de diezmos y la otra de 22 de marzo
de 1724 (que sigue copiada) sobre que el Cabildo remita con jus-
tificación su instancia relativa a que no se introduzcan novedades
en las ceremonias en esta Santa Iglesia, se prestó su obedeci-
miento y se mandaron poner las dichas copias. (Libro 7, fol.
250 vto.)-
Sigue también copiada una Real Cédula de 20 de junio de
1724 en que se aumenta la canongía doctoral, dos raciones y dos
medias raciones con la renta anual de 1.343 pesos la canongía;
671 pesos 4 reales a cada ración; y 310 pesos a cada media ración,
cuya Real Cédula la manifestó su Sría. I lima, al Cabildo para que
se pusiese esta copia. (Libro 7, fol. 252).
En 5, presentado el real despacho de 4 de julio de 1724 en
que es promovido el señor Dn. Cristóbal de Lizauzabal a una de
las dos raciones aumentadas; y asimismo las diligencias operadas
ante el Illmo. Sor. Obispo estando su Sría. Illma. con el Cabildo
en el coro, le dio la colación y seguidamente la posesión con las
ceremonias acostumbradas, juramento y profesión de la fe; ha-
biendo habido en estos actos lo mismo que queda expresado res-
pecto del otro señor racionero y algunas protestas del Cabildo en
cuanto a la asignación de renta. (Libro 7, fol. 266).
En 28, habiéndose recibido por medio del Cabildo secular la
noticia del fallecimiento del señor Rey Dn. Luis I, se acordó hacer
la correspondiente función fúnebre con sermón por el señor ma-
gistral y correspondientes convites. (Libro 7, fol. 252 vto.).
En 2 y 30 de abril, tratados varios puntos acerca de la co-
branza de la cuarta capitular, cuentas, pagamentos y demás
relativos, se acordó que se nombrasen dos señores capitulares por
receptores; que se hiciese una arca de dos llaves para custodiar
lo que se fuese cobrando: que en los meses de enero y junio se hi-
ciese repartimiento, que diesen cuentas cada año: que el notario
formase la cuenta de distribuciones y que ante él corriesen los
remates y diese las hijuelas, etc. (Libro 7, fol. 253 vto.).
En 7 de mayo, se mandó al colector que apurase la cobranza
de deudas de réditos de los manuales y practicase diligencias para
el aseguramiento de los capitales. (Libro 7, fol. 256 vto.).
En 21 y 25 fueron electos por receptores de la cuarta capi-
tular los señores Tesorero Dn. Alonzo de Escobar y magistral
Dr. Dn. Joseph Mijares de Solórzano: y habiendo ocurrido la
duda de si los señores racioneros podían votai, se acordó con el
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1726
273
parecer de un jurisconsulto (que sigue copiado) poder sufragar
en todo lo que mira a lo temporal y espiritual, menos en lo que
fuere elección canónica. (Libro particular, fol. 5 vto.).
En 25 de junio, se trató del mejor modo de cobrar lo que se
estaba debiendo en las ciudades de tierra adentro a la cuarta
capitular; y también para que se entregase lo que había en la caja
de diezmos perteneciente al Illmo. Sor. Dn. Fr. Francisco del
Rincón. (Libro 7, fol. 257).
En 28, habiendo vacado una capellanía de 2.000 pesos fundada
por el Illmo. Sor. Dn. Marcos de Sobremontes, que servía el
presbítero Dn. Antonio Carrera, el Cabildo como patrono presentó
para capellán al Br. Dn. Pedro Nicolás Matamoros, por ser el
clérigo más pobre. (Libro 7, duplicado, fol. 50 vto.).
En 2 de julio, habiéndose presentado al Br. Dn. Pedro Ta-
maron con un título de cura de la Catedral, el Cabildo lo contra-
dijo y protestó ocurrir al Rey a pedir el cumplimiento de la Real
Cédula por la cual le pertenece el hacer tales nombramientos.
(Libro 7, fol. 257 vto.).
En 16, se dispuso con calidad de por ahora y sin perjuicio
que al señor racionero se le diesen por el diaconado en las misas
mayores 4 reales y en las demás de rúbrica y erección a 2 reales;
y que se consultase sobre este punto al Rey; pues parecía que en
la renta fija asignada a cada ración, se comprendía la obligación
de diaconar sin estipendio particular. Y aquí mismo se declaró
no haber lugar la pretensión de turnar los dichos señores en las
misas del Santísimo Cristo y de Nuestra Señora: todo lo cual
consintieron los mismo señores racioneros estando presentes y
ofrecieron no hacer alegación alguna. (Libro 7, fol. 258 vto.).
En 13 de agosto, se aprobaron las cuentas dadas por Dn. Juan
de Talavera, del tiempo que recaudó las rentas del Cabildo. (Libro
7, fol. 260 vto.).
En 11 de septiembre, presentado el real despacho de 24 de
noviembre de 1725, en que es promovido el señor Tesorero Dn.
Alonzo de Escobar a la dignidad de Chantre vacante por falleci-
miento del señor Dr. Dn. Juan Chirino, y asimismo las diligencias
operadas ante el Illmo. Sor. Obispo estando su Sría. Illma. con el
Cabildo en el coro, le dio la colación y seguidamente la posesión
allí y en la sala capitular por propia mano con las ceremonias
acostumbradas, juramento y profesión de la fe. (Libro 7, fol. 269).
19 — Actat. I.
274
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
En 12, presentado el real despacho de 24 de noviembre de
1725 en que es promovido el señor magistral Dr. Dn. Joseph
Mijares de Solórzano a la dignidad de Tesorero, vacante por la
promoción antecedente se le dio la colación y posesión en todo
igual a lo allí refeiido. (Libro 7, fol. 271 vto.).
En 13, presentado el real despacho de 11 de julio de 1725
en que es promovido el señor Dn. Diego Muñoz de la Trinidad,
presbítero a una de las dos medias raciones aumentadas, se le dio
la colación y posesión del mismo modo que el antecedente: sólo
hubo de variación las protestas que hizo el Cabildo para que no
se perjudicase el recurso hecho sobre la escasez de rentas. (Libro
7, fol. 274, vto.).
En 16 y 19, habiendo intimado al Cabildo una Real Cédula
(que sigue copiada al folio 263) fecha en 22 de diciembre de 1725
en que se declara que los señores provisores no prebendados cuando
concurran a Cabildo deben tener asiento después del señor Deán,
dignidad o canónigo más antiguo; se prestó su obedecimiento,
haciéndose la protesta de ocurrir a Su Majestad en vindicación
de los derechos d;l Cabildo, en cuanto el lugar señalado para el
asiento y también por lo respectivo a la concurrencia a actos de
exámenes. (Libro 7, fol. 261).
En 16, se obedecieron los reales derpachos de las prebendas
de que queda ya hecha mención; y habiendo exhibido de sufragar
a los señores racioneros, éstos obedecieron con protesta. (Libro 7,
fol. 264).
Sigue un testimonio de una Real Cédula de 11 de julio de 1725
en que se manda que en las prebendas de oposición luego que
vaquen se fijen edictos con término de 6 meses y que en primera
ocasión se remitan las nóminas a Su Majestad y que no verifi-
cándolo se consulten por el real consejo y cámara sujetos bene-
méritos. (Libro 7, fol. 265 vto.).
En 11 de octubre, se dispuso que las misas del Santísimo
Cristo y de Nuestra Señora corriesen por turno de parte indistin-
tamente entre los señores dignidades y canónigos: y que las misas
de erección después de prima las cantase el señor canónigo a quien
tocase por turno antes de aquéllas; y que tocando ambos turnos
a uno, cante el señor canónigo la de erección y la otra el que siga
en su turno y que esto mismo se practicase ocurriendo algún
manual en viernes o sábado, y se revocaron todos los demás de-
cretos anteriores a éste. (Libro 7, duplicado, fol. 51 vto.).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1727
275
En 15 de noviembre, se acordó que el apuntador apuntase
las fallas de los capellanes de coro a las misas del Santísimo Cristo
y de la Virgen Nuestra Señora y de las Benditas Animas y que
al fin del año de su montamiento tomase la tercera parte y las dos
restantes se distribuyesen entre los a .istentes. (Libro 7, dupli-
cado, fol. 52).
En 29 de diciembre, se dispuso: que los diezmos del partido
de coro se pusiesen en administración con consentimiento de los
partícipes, siempre que no se mejorasen las posturas que se habían
hecho, las cuales eran notablemente bajas según aviso de aquel
juez particular de diezmos. (Libro 7, fol. 278 vto.).
Año de 1727.
En Io de enero, fueron electos por adjuntos los señores peni-
tenciario Dr. Dn. Francisco Martínez de Porras y racionero Dr.
Dn. Cristóbal de Lizauzabal. (Libro particular, fol. 8 vto.).
En 7, se nombró un sujeto, que corriese con el cargo de la
percepción de las primicias tocantes a los curatos suprimidos y
agregados a la mesa capitular. (Libro 7, fol. 279).
En 14, habiéndose presentado un título (que sigue copiado)
de teniente cura de la Catedral, el Cabildo lo contradijo por ha-
berse hecho contra lo dispuesto en la Real Cédula de este asunto.
(Libro 7, fol. 280).
En el mismo día habiéndose determinado que la colecturía
de manuales y de obvenciones de los curatos estuviese anual-
mente en uno de los señores prebendados, se eligió y nombró
al señor medio racionero Dn. Diego Muñoz de la Ti inidad, y se
hicieron varias advertencias y mandatos para la mejor admi-
nistración. (Libro particular, fol. 9).
En 24, a insinuación del Illmo. Sor. Obispo se trató acerca de
quitarse la costumbre de aplicar misa mayor por manual; y se
resolvió que así para esto, como para determinar el día de la misa
para el manual y también para traslaciones de otras, cuando
ocurren tres en un mismo día se pusiese el asunto en manos de su
Sría. Illma. quedando el Cabildo allanado a observar lo que de-
terminase. (Libro 7 duplicado, fol. 53).
En 7 de febrero, se acordó la observancia del decreto de su
S -ía. Illma. sobre el tratado antecedente: se dice que es fecho
276
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
en 31 de enero, y aunque se mandó poner copia en este libro,
no se halla en él. (Libro 7 duplicado, f->l. 53 vto.).
Hallóse en el otro al folio 290 vto. Es la determinación de su
Sría. Illma. que ocurriendo manual de música y sermón en día
colendo de gran silemnidad asista la música a la misa conventual
y se pred'que en ella el sermón y la misa del manual se anteponga
o posponga al primer día desembarazado: que en los días colendos
de menor solemnidad y en los feriados se cante la misa de la do-
tación después de prima, y la música y sermón se haga en la con-
ventual: aunque sería bien que la mús ca as'stiese a aquélla:
que si el manual fuese en día que aunque no lo hubiese, debiese
la música aústir a la misa conventual, que en este caso le queda
la obligación de asistir a la del manual, por no poder ganar a un
tiempo dos d'stribuciones: que en los días en que se canta la misa
solemne pro re gravi y en funciones reales y exequias que se ce-
lebran a las nueve de la mañana, se cante la misa conventual
depués de tercia a la hora acostumbrada, siguiendo después aquélla
de la de las nueve; que en el día que ocurriesen más de tres ma-
nuales podría el Cabildo anticipar o posponer el cuarto y demás,
al día primero que hubiese cabimiento; para todo lo cual con-
cedió su Sría. Illma. las disposiciones necesarias. (Libro 7, fol.
290 vto.).
En 2 de marzo, presentado el real despacho de 20 de julio de
1726 en que es promovido el señor arcediano Dr. Dn. Gabriel
Matías de Ibarra a la dignidad de Deán vacante por fallecimiento
del señor Dr. Dn. Félix de Acuña y las diligencias operadas ante
el Illmo. Sor. Obispo; estando su Sría. Illma. con el Cabildo en
el coro, le dio la colación y seguidamente la posesión allí y en la
sala capitular con las ceremonias acostumbradas, juramento y
profesión de la fe. (Libro 7, fol. 281 vto.).
En 22 de abril, se mandó justificar la costumbre de llevar
caudarios de sobrepelliz, los señores prebendados en la procesión
del Viernes Santo, para ocurrir al Rey a donde se consideraba
ocurría el señor Gobernador por haber hecho en aquella procesión
la insinuación de que no debían usarlos, y tomado certificado de
ésto. (Libro 7, fol. 284 vto.).
En 29, se mandó al mayordomo de fábrica (que lo era Dn.
Manuel de Uribe Gabiola) que se hiciesen sillas aforradas de
damasco y terciopelo para la sala capitular; y que se hiciese una
distinguida para el Illmo. Sor. Obispo cuando celebrase de pon-
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1727 277
tifical, y se compusiesen los taburetes y se pusiesen barandas en
las partes del coro. (Libro 7, fol. 285).
En 10 y 20 de junio, se trató de llevar a efecto la fundación
de una capellanía que lispu o el señor Dr. Dn. Marcos de Sobre-
montes para asistir al coro a las horas canónicas y celebrar tres
misas cada año; siendo su renta anual el producto de alquileres
de unas tiendas: y el Cabildo como patrono, y tomado el bene-
plácito d-ú Illmo. Sor. Obispo, presentó para capellán a Dn. Jo-
seph Antonio Sopelano, clérigo de menores: y sigue copia de la
fundación. (Libro 7, fol. 286).
En Io de julio, se dispuso hacer recurso a la real audiencia
pidiendo amparo en la posesión del uso de caudas en la procesión
del Viernes Santo, y de quitasoles en otras, los señores prebendados:
lo cual se dispuso con motivo de un exhorto del señor Gobernador
sobre el uso de caudales. (Libro 7, fol. 289).
En 5 de agosto, habiéndose recibido dos Reales Cédulas (que
.siguen copiadas) la una de 22 de diciembre de 1725, sobre asiento
y lugar de los señores provisores entre el Cabildo: y la otra de 20
de julio de 1726, en que se manda al Cabildo que informe sobre
la pretensión de fundación de convento u hospicio d; franciscanos
en el puerto de La Guaira se prestó a ambas su obedecimiento.
(Libro 7, fol. 290).
En 7, presentado el real despacho de 15 de julio de 1726, en
que es promovido el señor Chantre Dn. Alonso de Escobar a la
dignidad de arcediano, vacante por promoción del señor Dr. Dn.
Gabriel Matías de Ibarra al deanato, y asimismo las diligencias
operadas ante el Illmo. señor Obispo, en que dio comisión a su
provisor el señor Dr. Dn. Agustín de Isturris; estando éste en el
coro le dio la colación y seguidamente la posesión allí y en la sala
capitular ante el secretario de su Sría. Illma. y después el Cabildo
en el día 18 de este mismo mes a representación del propio señor
arcediano le admitió a hacer la profesión de la fe; y mandó poner
testimonio díl expediente en este libro. (Libro 7, fol. 292 vto.).
En 8, presentado el real despacho de 26 de agosto de 1726
en que es promovido el señor Tesorero Dr. Dn. Joseph Mijares de
Solórzano a la dignidad de Chantre, quien dio comisión para con-
tinuarlas a su provisor; se le dio por éste la colación del mismo
modo que al antecedente: y el Cabildo le admitió a la profesión
de la fe el día 29 de este propio mes. (Libro 7, fol. 296).
278
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
En 10, presentado el real despacho de 20 de julio de 1726
(así está) en que es promovido el señor canónigo de merced Dn.
Joseph de O.yanguren Villavicencio a la dignidad de Tesorero, y
practicadas iguales diligencias que en el antecedente le dio el señor
provisor con comisión de su Sría. Illma., la colación y seguidamente
la posesión; y después el Cabildo en 29 del propio mes le admitió
a la profesión de la fe. (Libro 7, fol. 299 vto.)-
En 11, presentado el real despacho de 31 de agosto de 1726
en que es promovido el señor racionero Dr. Dn. Fernando Perosa
Lozano a la canongía de merced; y practicadas las diligencias co-
rrespondientes ante el señor Provisor y vicario general; le dio
este señor en el coro la colación y allí mismo y en la sala capitular
la posesión. Y despm's el Cabildo en 29 del propio mes, le admitió
a la profesión de la fe. (Libro 7, fol. 304).
En 12, presentado el real despacho de 26 de agosto de 1726
(así está) en que es promovido el señor medio racionero, Dn. Diego
Muñoz de la Trinidad, a la ración que vacó por la promoción
antecedente se le dió la colación y posesión del mismo modo que
allí se expresa: y el Cabildo le admitió a la profesión de la fe el
día 29 de este propio mes: sólo hubo de diferencia las protestas
que reiteró el Cabildo sobre no perjudicarse el recurso hecho en
cuanto al aumento de prebendas. (Libro 7, fol. 307 vto.).
En de agosto (así está) presentado el real despacho de 20
de julio de 1726 (así está) en que es promovido el señor Dr. Dn.
Joseph Martínez de Porras, presbítero, a la media ración, vacante
por la promoción antecedente; se le dio la colación y posesión con
iguales circunstancias de todas las que allí se expresa. (Libro 7,
fol. 311 vto.).
En 17 de septiembre, a insinuación de doña Josepha Mejía
y de doña Josepha de Ponte Aguirre, ofreció el Cabildo de sus
rentas 1.000 pesos para la fundación de convento de Carmelitas
Descalzas en esta ciudad. (Libro 7, fol. 315 vto.).
En 30, visto un certificado (que aunque se mandó copiar no
se cumplió) en el cual según se expresa, se afirma que es costumbre
en la Metropolitana de Santo Domingo que los señores racioneros
concurran a los recibimientos de los señores dignidades y canó-
nigos y a sus presentaciones en la sala y en el coro y que tienen
voto en lo temporal y espiritual y en las elecciones de adjuntos
y otras, excepto las de canónigos de oficio, el Cabildo se allanó
a la observancia de esta práctica. (Libro 7, fol. 316).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1727
279
En 3 de octubre, se dispuso que las fallas de los señores pre-
bendados se aplicasen a la fábrica de Iglesia y convento de Car-
melitas Descalzas de esta ciudad. (Libro 7, duplicado, fol. 55 vto.).
En 10 se determinó consultar al Illmo. Sor. Metropolitano
acerca de si los señores racioneros y medios, sin embargo de estar
su renta sujeta a cuota determinada se les había de acudir con la
distribución de interesencia cuando ministraba de diácono y sub-
diácono en las misas de manuales. (Libro 7, duplicado, fol. 55 vto.).
En 31 de dicho mes de octubre y 28 de noviembre, agitada
nuevamente la cuestión del punto acordado consultar en la acta
antecedente por último, revocándose esta acta y las demás que
hubiese relativas al mismo asunto, se resolvió que en las misas
que no pasasen sus dotaciones de 5 pesos los señores racioneros
y medios que administrasen de diáconos y subdiáconos, llevasen
un real cada uno y se les acudiese justamente con la distribución
de interesencia, que se da a los que asisten en el coro; y que en
las que excediesen de 5 pesos se diesen a cada uno dos reales y lo
correspondiente a la interesencia igualmente con los demás señores
capitulares. (Libro 7, dupl'cado, fol. 55 vto.).
En 12 de diciembre, el Cabildo con acuerdo del Illmo. Sor.
Obispo decretó: que en adelante los sermones panegíricos que se
predicasen en la Catedral, no excediesen de media hora; y que
llegada y cumplida se hiciese seña con campanilla por su Sría.
Illma. o por el señor presidente del coro en su ausencia; permi-
tiéndose que en los sermones morales u otro que ocurriesen de seme-
jante asunto puedan durar una hora sin pasar de ella. (Libro 7,
duplicado, fol. 59).
En 23, con acuerdo también de su Sría. Illma. decretó el Ca-
bildo que en ausencia o impedimento de los Illmos. Sres. prelados
y en sede vacante, el señor Deán celebrase las misas que aquellos
señores Illmos. acostumbraban cantar y constan del ceremonial
de Obispos y bendijesen las candelas, cenizas y palmas e hiciesen
la procesión de Corpus cantando en estas bendiciones la misa el
mismo señor Deán: y en su ausencia d impedimento, recayese
todo del mismo modo en la dignidad que siguiere: que para reem-
plazar el perjuicio a los demás señores dignidades se señalase y
señaló el señor Deán la cuarta parte de las misas de primera y
segunda clase pero que cuando cantase alguna su Sría. Illma.;
la reemplazase el señor Deán cantando la primera que ocurriese
del turno de las otras tres partes; y que también le tocasen dos
280
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
más que sobraban: y se señalaron nominadamente las festividades
tocantes al señor Deán, añadiéndole también las de fiestas reales
y de exequias de Sumos Pontífices o personas reales. (Libro 7,
duplicado, fol. 59 vto.).
Año de 1728.
En Io de enero, fueron electos por adjuntos los señores Deán
Dr. Dn. Gabriel Matías de Ibarra y canónigo de merced Dr. Dn.
Fernando Lozano .(Libro particular, fol. 10 vto.).
En 16, se eligió al pr2sbítero Dn. Juan Joseph del Castillo
por colector de manuales y de las obvenciones de los curatos
agregados a la mesa capitrlar. (Libro 7, fol. 318).
En 16 de febrero, se acordó consultar al Illmo. Sor. Obispo
si sería bien el introducir en los remates de diezmos la puja de
prometidos. (Libro 7, fol. 318 vto.).
En 17 se participó haberse tratado con su Sría. Illma. el asunto
antecedente y que había respuesta que el Cabildo hiciese lo que
estimase más conveniente; pareciéndole que lo sería el estable-
cimiento de la dicha puja de los prometidos. (Libro 7, fol. 319).
En 24, se mandaron hacer unos cojines morados y un aliño.
(Libro 7, fol. 319 vto.).
En 9 y 16 de marzo, habiendo representado el señor med'o
racionero Dr. Dn. Joseph Martínez, que en virtud de los privi-
legios que expuso se le considerase presente al servicio de su pre-
benda a las horas de lección de la aula de moral de esta Universidad
de que está catedrático se acordó por último que ocurriese al
Illmo. Sor. Obispo. (Libro 7, fol. 319 vto.).
En 17, a insinuación del señor Deán, sobre habérsele desobe-
decido por un ministro en cuanto no mudar el sagrario para poner
el monumento, se dispuso: que el mismc señor Deán viese el mejor
modo de remediar esta ocurrencia; y que después de la Semana
Santa se trataría de ella con los dictámenes que faltaban. (Libro 7,
fol. 321).
En 2 de abril, habiendo expresado el señor Deán que su Sría.
Illma. le había insinuado estimar gravoso al Cabildo las solemnes
completas que cantaba antes del Miserere en los Viernes de Cua-
resma, y que conceptuaba más útil, y conforme que en lugar
de ellas, se predicase una breve plática sobre los versos del Jíi-
serere y que se repartiesen entre su Sría. Illma., señores capitulares
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1728 281
y otros ministros de la Iglesia conferenciando el asunto en que se
agitó la fuerza de la loable costumbre inmemorial de las dichas
completas, se determinó dejar la resolución en manos del mismo
Illmo. Sor. Obispo; y que al efecto se le pasase testimonio. (Libro
7, duplicado, fol. 61).
En 21 de mayo, se trató d'fusamente acerca de los estatutos
o regla de coro formada por los señores Deán Dr. Dn. Gabriel
Matías de Ibarra, y penitenciario Dr. Dn. Francisco Martínez
de Porras, las adiciones que tenía en pliego separado el señor
Deán y anotaciones del Illmo. Sor. Obispo; y por último se acordó
aceptar las constituciones con las modificaciones que constaban
de un papel que rubricado del secretario se mandó pasar con
testimonio de esta acta a su Sría. Illma.; e igualmente las poste-
riores protestas que hizo el señor Deán en cuanto al tal papel.
''Libro 7 duplicado, fol. 63).
En 25, se mandaron hacer escaños suficientes para asiento
de las comunidades religiosas cuando asisten. (Libro 7, fol. 322).
En 5 de junio, se acordó atenta la calamidad de la peste de
viruelas y de la gran penuria de aguas que se padecía en esta ciudad,
que se suplicase al señor provisor (estaba ausente el Illmo. Sor.
Obispo) se hiciese rogativa pública sacándose un día la imagen
de Nuestra Señora de Copacavana de la Iglesia de San Pablo
y en otro la de Santa Rosalía de la suya, y trayéndose a la Ca-
tedral. (Libro 7 duplicado, fol. 66 vto.).
En 15, el Cabildo como patrono de una capellanía de 2.000
pesos fundada por el Illmo. Sor. Dn. Marcos de Sobremontes,
vacante por fallecimiento de Dn. Pedro Matamoros; presentó
para capellán a Joseph Miguel de Luna, clérigo de menores ór-
denes. (Libro 7, fol. 322 vto.).
Aquí mismo se manifestó el Cabildo pronto a recibir la bula
de la Santa Cruzada, que se había de publicar el día 27 Je este
mes, y se dispensó en que el sermón pudiese pasar de media hora.
(Libro 7, fol. 323).
En 28, habiéndose intimado de mandato del Illmo. Sor. Obispo
al Cabildo una Real Cédula (cuya fecha no se expresa) sobre que
a los dos curas de la Catedral Dr. Dn. Pedro Díaz Cienfuegos y
Dr. Dn. Pedro Tamaron se les acudiese con las rentas y obven-
ciones de los curatos, se prestó su obedecimiento, y se pidió testi-
monio de ella a su Sría. Illma. (Libro 7, fol. 323).
282
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
En 3 de julio, presentado el real despacho de 28 de noviembre
de 1727, en que es promovido el señor racionero Dr. Dn. Cristóbal
de Lizauzabal a la canongía magistral vacante por promoción
del señor Dr. Dn. Joseph Mijares de Solórzano, a la Tesorería,
el señor provisor y vicario general con encargo del Illmo. Sor.
Obispo ausente de esta ciudad le dió la colación en el coro de esta
Santa Iglesia y seguidamente la posesión allí y en la sala capitular
con las ceremonias acostumbradas ante el secretario de su Sría.
Illma.: y después el Cab ido en 30 de este mismo mes le admit'ó
a la profesión de la fe. (Libro 8, fol. 3).
En 6, se determinó dar poder el Cabildo a uno de sus indi-
viduos para la defensa de las rentas de los curatos incorporados
a la mesa capitular y de otros pleitos y se eligió al señor magistral
Dn. Cristóbal de Lizauzabal. (Libro particular, fol. 10 vto.).
En 16, habiéndose recibido el testimonio de la Real Cédula
enunciada en la acta de 28 del mes anterior; cuya fecha es de 19
de enero de este año, el Cabildo volvió a prestar su obedecimiento
y acordó hacer recurso al Rey, exponiéndose al efecto varias ra-
zones por las cuales debía seguir la observancia de otra, en que
se incorporaron las rentas que habían d * recibir, mientras se
resolvía el recurso: y se insinuó que por lo respectivo al sacristán
mayor como no nominado en la Cédula Real no debía hacerse
novedad. (Libro 7, fol. 324).
En 26, hecha por el señor Deán la insinuación de que a su
dignidad tocaba y no al Cabildo mandar multar y penar las fallas
de los ministros del coro; y sufragádose sobre este punto difusa-
mente por liltimo se resolvió: que sin embargo de la contradicción
y protesta del señor Deán mandase el Cabildo hacer el pagamento
de los salarios de los ministros, desfalcándose las fallas en la forma
acostumbrada a excepción de las de los señores capitulares, las
cuales se reservaron para ot-a medianía: y el señor Deán volvió
a contradecir este decreto y pidió testimonio de él. (Libro 8,
fol. 1).
En 5 de octubre, se mandó contestar a los Cabildos de las
catedrales de Córdova y de Cádiz, quedar pronto el de esta de Ca-
racas a la extensión del culto mandado dar a los santos patronos
de aquellos obispados. (Libro 8, fol. 6).
En 19, se dispuso con acuerdo del Illmo. Sor. Obispo que se
pusiese en práctica la constitución de la regla de coro (de cuya
confirmación se estaba tratando) en que se manda hacer seña
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - ANO 1729
285
con campana para entrar al trabajo y alzarlo los trabajadores de
fábrica para evitar los perjuicios de seguirse éstos por el toque
de las horas canónicas: y que por comisarios se participase esto
al señor Gobernador y justicia ordinaria. (Libro 8, fol. 6).
En 9 de noviembre, habiéndose presentado por el señor Marqués
de Torrecasa y por Dn. Ignacio Manuel de Urbina, dos títulos
depachados a su favor de familiares del santo oficio, se mandó
poner copia de ellos en este libro y así se cumplió. (Libro 8, fol. 7).
Aquí mismo se mandaron dar unos testimonios que pidió el
señor arcediano de Cabildos relativos a la regla de coro y Miserere
de Cuaresma. (Libro 8, fol. 7).
En 11 de diciembre, presentado el real despacho de 29 de
julio de 1728 en que es promovido el señor canónigo de merced
D-. Dn. Fernando Perera Lozano a la dignidad de Tesorero va-
cante por fallecimiento del señor Dn. Joseph de Ayanguren; el
señor provisor y vicario general le dio la colación estando en el coro,
de la Catedral, y allí mismo y en la sala capitular la posesión con
las ceremonias acostumbradas. Y después el Cabildo en 4 del si-
guiente enero, le admitió a la profesión de la fe. (Libro 8, fol.
18 vto.).
En 13, presentado el real despacho de 14 de julio de este año
en que es promovido el señor Dr. Dn. Lucas Casimiro de Salas,
presbítero a la canongía de merced, vacante por promoción del
señor Dr. Dn. Fernando Perera Lozano a la dignidad de Tesorero,
el señor provisor y vicario general, precedidas las debidas dili-
gencias y estando en el coro le dio la colación y seguidamente la
posesión allí y en la sala capitular y después el Cabildo en 3 de
enero siguiente le admitió a la profesión de la fe. (Libro 8, fol.
15 vto.).
Año de 1729.
En Io de enero, fueron electos por adjuntos los señores arce-
diano Dn. Alonzo de Escobar y penitenciario Dr. Dn. Francisco
Martínez de Porras. (Libro particular, fol. 11 vto.).
En 7, tratándose de la paga de los ministros y exacción de
multas y fallas; y hecha por el señor Deán la protesta de que no
se le perjudicase su derecho reclamado, se defirió la resolución
hasta otro Cabildo pleno para resolverse otra cuestión suscitada
aquí en cuanto no deberse observar aún las constituciones de la
284
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
nueva regla de coro por estar pasada a la real audiencia. (Libro
8, fol. 10 vto.).
En 8, insinuó el Cabildo su deferencia a la publicación en
esta Santa Iglesia de unos edictos del santo Tribunal de Inqui-
sición; contestando al recado que al efecto envió a la sala el co-
misario de esta ciudad. (Libro 8, fol. 1 1 vto.).
Aquí mismo se agitó nuevamente la cuestión sobre el asiento
que se había de dar al que traía aquel recado no obstante lo acor-
dado en actas de 14 y 15 de septiembre de 1725; y por último se
resolvió que se le diese asiento en taburete al lado derecho del
secretario. (Libro 8, fol. 11 vto.).
En este Cabildo se hace mención de estar sirviendo el oficio
de pertiguero, Valentín Picón. (L'bro 8, fol. 11 vto.).
En 11, habiéndose cuestionado sobre si antes de aprobarse la
regla de coro había de observarse una constitución de ella acerca
de fallarse a los señores capitulares que no asistiesen a la hora de
sexta y otras que se rezasen después de la misa cantada, se deter-
minó consultar el punto al Illmo. Sor. Obispo por medio del señor
Deán quien re'teró su protesta. (Libro 8, fol. 13).
En Io de febrero, agitada de nuevo la misma cuestión con
motivo de haber mandado su Sría. Illma. que se fallase al que
faltase a la hora de sexta y otras después de la misa cantada;
hallándose casada la votación en cuanto a la aceptación de la reso-
lución, se dispuso: que se diese testimonio de estas actas y consultas
a los señores que habían apelado; y que se diese noticia a los au-
sentes para que por escrito diesen sus dictámenes. Y al folio 33
vuelto de este libro se puso copia de la consulta y de la resolución.
(Libro 8, fol. 13 vto.).
En 8, se dispuso: que se formase una razón individual de los
ornamentos existentes, para en su vista proveer acerca de los que
piden los curas del sagrario. (Libro 8, fol. 22).
En 15, se d'spuso que se justificase la costumbre de no asistir
a la hora de sexta, y demás horas y misas de que queda hecha
mención y también a la de completas el que ofició las vísperas
solemnes, ocurriéndose al efecto al Illmo. Sor. Obispo; y se mandó
se copiase a continuación (y así se ejecutó) el dictamen que envió
el señor arcediano Dn. Alonzo de Escobar: y que se recibiese
loa votos de los demás señores capitulares ausentes; lo que también
así se hizo y siguen después de aquella copia (Libro 8, fol. 22 vto.).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1729
285
En 18, se obedeció una Real Cédula (cuya fecha no se expresa)
en la cual se declara que el clero de esta diócesis no es obligada
a asistir al coro de la Catedral, quedando reducida su obligación
en punto de asistencias a sólo la procesión del día de Corpus, las
de rogaciones y a las generales que se hiciesen por pública causa.
(Libro 7, duplicado, fol. 69 vto.).
Aquí mismo se acordó suplicar al señor provisor que mandase
a los inquilinos de las capellanías de coro fundadas por Pedro
Paredes y por Dn. Juan Díaz de Vargas; que no pagasen los ré-
ditos a los capellanes sin libramiento del Cabildo para poderse
sacar las fallas e invertirse en misas como se dispone en sus fun-
daciones. (Libro 7 duplicado, fol. 69 vto.).
En 8 de marzo, cuestionados dos puntos, el uno acerca de
suspenderse a los señores raconeros y medios el estipendio asig-
nado por evangelios y epístolas de las misas de erección y rúbricas
a causa de haberse acortado la mesa capitular, por haberse segre-
gado de ella los novenos de los curas; y otro sobre sí de este acto
debían ser excluidos como partes los mismo señores racioneros;
por último se difirió la resolución para otro Cabildo. (Libro 8,
fol. 31 vto.).
En 14, en vista de la razón dada por el sacristán mayor de
los ornamentos de la sacristía; se mandaron hacer algunos nuevos
pa«*a uso de los señores capitulares y de los curas: y que se par-
ticipase al señor provisor por estar ausente el Illmo. Sor. Obispo
para que diese el libramiento. (Libro 8, fol. 34 vto.).
En 15, se dispuso, que se diese cuenta a Su Majestad de la
segregación de los novenos de los curas de la mesa capitular y
estado en que quedaba ésta: y que Ínterin se determinaba este
recurso se continuase pagándose a los señores racioneros sus esti-
pendios de evangelios y epístolas en las misas de rúbrica y de
erección. (Libro 8, fol 35.).
En 11 de abnl, se mandó que el apoderado del Cabildo se
presentase en el Tribunal eclesiástico al seguimiento de la causa,
acerca de haberse quitado violentamente de mandato del señor
Gobernador los quitasoles que llevaban los señores prebendados
en la procesión del Domingo de Ramos. (Libro 8, fol. 36).
En 31 de mayo, se determinó consultar a la Real Audiencia
sobre la inteligencia del capítulo 31 de la erección, si el que se
retira enfermo al campo por necesidad haya de llevar partitur
286
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
o licencia y cuanta distancia deba considerarse para estimarse por
suburbios los que así se nombran. (Libro 8, fol. 36 vto.).
En 12 de julio, cumplido el trienio de los señores receptores
de la cuarta capitular; fueron nombrados por tales para otro trienio
los señores arcediano Dn. Alonzo de Escobar y penitenciario
Dr. Dn. Francsco Martínez de Porras. (Libro particular,
fol. 12).
En 20, recibida una carta del Illmo. Sor. Obispo Dr. Dn.
Juan Joseph de Escalona (de la cual sigue una copia al folio 40
vuelto) participando al Cabildo su promoción al obispado de
Mechoacan, se acordó su contestación y nombramiento hecho en
los señores Chantre y penitenciario para acompañar a su Sría.
Illma. hasta el puerto de La Guaira. (Libro 8, fol. 38).
En 27, se acordó que los señores racioneros y medios podían
sufragar en las elecciones de provisores y otras que no fuesen
canónicas como lo es la prohibida por la Ley d'; Indias. (Libro 8,
fol. 38 vto.).
En 30, recibido con certificado de haberse embarcado en el
día antecedente por la mañana el Illmo. Sor. Obispo siguiendo
viaje para el obispado a que estaba promovido, se declaró haber
vacado esta silla se mandó tocar sede vacante, aprehendió el
Cabildo la jurisdicción y señaló el día Io de agosto para la elección
de vicario capitular. (Libro 8, fol. 39).
En Io de agosto, se eligió por vicaño capitular al señor Deán
Dr. Dn. Gabiiel Matías de Ibarra dejando el Cabildo reservada
en sí casi toda la jurisdicción graciosa. (Libro particular, fol.
12 vto.).
En 4, se hicieron varios nombramientos de vicarios foráneos;
se confirmaron otros, se nombró promotor fiscal, y alguacil de la
cura. (Libro 8, fol. 41 vto.).
En 4, se confirmaron a los vicarios de Monjas de esta ciudad
y de la de Trujillo. (Libro 8, fol. 42).
En 7, se confirmó en la judicatura general de diezmos al señor
arcediano Dn. Alonzo de Escobar. (Libro particular, fol. 13 vto.).
En 9, se hizo nuevo nombramiento de vicario foráneo de Gua-
nare y de síndico del convento de Monjas de Trujillo. (Libro 8,
fol. 42 vto.).
En 20, se confirió el gobierno del seminario a su rector el señor
medio racionero Dr. Dn. Joseph Martínez de Porras. (Libro 8,
fol. 43).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1730 287
En 2 de septiembre, se formó la terna para la provisión de
mayordomo de fábrica de la Catedral, poniéndose en primer lugar
a Dn. Diego de Liendo. Hallábase vacante por renuncia que hizo
Dn. Sebastián de la Toire. (Libro 8, fol. 43).
En 13, se nombró notario para el vicariato de Valencia y se
aumentó el salario a los monacillos de aquella parroquial. (Li-
bro 8, fol. 44).
En 22, se obedeció una real provisión de la real audiencia de
Santo Domingo sobre que se remitiese testimonio de la regla de
coro y de la bula de erección. (Libro 8, fol. 44).
En 24, se excusó el Cabildo de introducirse en pagar un ex-
horto al señor Gobernador sobre que no embarazase sus comi-
siones a un señor oido •. (Libro 8, fol. 44 vto.).
En 11 de octubre, se nombró mayordomo de fábrica para las
Iglesias de los pueblos de Guama y Cocorote. (Libro 8, fol. 45 vto.).
En 11 de noviembre, se mandó solicitar razón de la renta
decimal del curato de Guanare, para proveer sobre la pretensión
de que allí hubiese dos curas: y aquí mismo se nombró síndico
para el convento de Monjas de Trujillo. (Libro 8, fol. 44 vto.).
En 15, se dio providencia acerca de proveerse de ministros
competentes unas doctrinas que estaban a cargo de los religiosos
del orden de San Francisco. (Libro 8, fol. 46).
En 2 de diciembre, se nombró a Atanasio Revenga por ca-
pellán de la capellanía de 1.500 pesos fundada por el Illmo. Sor.
Dn. Marcos de Sobremontes, con carga de asistencia al coro de
esta Catedral. (Libro 8, fol. 48).
En 16, se mandaron fijar edictos para la provisión de dos
mayordomías de Carora de fábrica y de hospital. (Libro 8, fol.
48 vto.).
Año de 1730.
En Io de enero, fueron electos por adjuntos los señores canó-
nigo de merced Dr. Dn. Lucas Casimiro de Salas y racionero
Dn. Diego Muñoz de la Trinidad. (Libro particular, fol. 14).
En 17, se mandaron expedir edictos para la mayordomía de
fábrica de Nirgua. (Libro 8, fol. 49).
En 30, tocado nuevamente el punto sobre asistencia de los
diáconos de la misa a la hora de sexta, se reservó su resolución
al Illmo. Sor. Obispo. (Libro 8, fol. 49 vto.).
288
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
En 14 y 20 de febrero, considerada la necesidad de hacer
algunos ornamentos para la Catedral y que en esta y otras obras
haya interventor, se dispuso, que siempre en adelante se nombrase
por interventor de toda obra algún señor capitular. (Libro 8,
fol. 50).
Aquí mismo mediante la noticia que se había tenido de apro-
ximarse la venida del Illmo. Sor. Dr. Dn. Joseph Félix Valverde,
electo Obispo de esta diócesis; se mandó al mayordomo de fábrica
que reparase el palacio Episcopal, y se nombraron diputados
para el recibimiento de su Sría. III nía; señalándosele cuota para su
subsistencia de cuenta del Cabildo (Libro 8, fol. 51).
En 7 de marzo, se nombró capellán para el hospital de Mara-
caibo. (Libro 8, fol. 51 vto.).
En 10, a insinuación del señor Gobernador de Maracaibo dio
el Cab'ldo 10 pesos para ayuda de una expedición dirigida a con-
tener a los indios iMotilones que hostilizaban las haciendas de
aquella jurisdicción. (Libro 8, fol. 52).
En 18, se dispuso: que se reconociesen en la librería del Semi-
nario los libros que allí había pertenecientes a la Catedral. (Libro
8, fol. 53 vto.).
En 24 de abril, se acordó: que se solicitase un reloj grande
para el servicio de la Iglesia y gobierno de esta ciudad: se nombró
al señor magistral para esta solicitud y se dieron providencias para
su pago. (Libro 8, fol. 54).
En 12 de mayo, allanó el Cabildo a afianzar una libranza de
8.000 pesos que tiró el Illmo. Sor. Obispo electo contra la cuarta
episcopal; por haberse mandado hacer este aseguramiento en un
auto del señor Gobernador. (Libro 8, fol. 54 vto.).
En 27 de junio, se mandó hacer saber al mayordomo de fábrica
de la Catedral la disposición de que ninguna obra se hiciese sin
intervenir en ella el señor capitular que se nombrase; y para los
gastos se arreglase a las constituciones sinodales de esta diócesis.
(Libro 8, fol. 56 vto.).
En 3 de julio, teniéndose noticia de aproximarse la venida del
Illmo. Sor. Obispo, se mandaron hacer los gastos de recibimiento,
almuerzo en Sancho-Orquiz, comidas, etc., de cuenta del Cabildo.
(Libro 8, fol. 57).
En 7 y 11, habiéndose propuesto si alguno de los señores capi-
tulares podría renunciar al derecho que tenía a las misas de los
viernes y sábados al Santísimo Cristo y a Nuestra Señora; se
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1730
289
declaró: ser obligados todos los individuos del Cabildo a can-
tarlas por turno y que no pudiéndolo cumplir algún señor capi-
tular por estar en recle o de partitur supla el señor capitular inme-
diato que sigue, sin que por eso se quebrase el tumo; con tal que
no hubiese de pasar de quince días, en cuyo caso debía quebrarse
el turno: y que esto no se entendiese cuando el señor capitular
a quien tocaba el turno estubiese embarazado con otra misa can-
tada: y que tocando a alguno de los señores dignidades alguna de
aquellas dos misas y juntamente otra de suplemento, cante la de
turno y no la del suplemento, la cual ha de pasar al que siga por
el turno de suplementos: y que cuando se anteponga la del sábado
a la del viernes, no por esto deje de cantar aquélla el señor capi-
tular a quien tocare. (Libro 7, duplicado, fol. 71).
En 14 de noviembre, se concedió una capellanía de libre pre-
sentación y se hizo un nombramiento de teniente de vicario de
la ciudad de Carora. (Libro 8, fol. 58).
En el mismo día y en 24 del propio mes, vista una real pro-
visión de 11 de marzo de este año (que sigue copiada) en la cual
se declaran las preeminencias y prerrogativas del señor teniente
general, auditor de guerra; el Cabildo le obedeció y dispuso que se
cumpliese todo lo relativo a ceremonias cuando asistiese a la
Iglesia en ausencia del señor Gobernador, menos la purificación
y la asistencia a oir sermones con los señores prebendados fuera
del coro; pero que se le admitiese en él, si quisiese venir. (Libro 8,
fol. 59).
En 8 y 9 de diciembre, habiéndose insinuado por el señor
Gobernador que se diese paz en la misa al ilustre Ayuntamiento
de esta ciudad en la Iglesia del convento de religiosas de la Inma-
culada Concepción, como patrono de ella; el Cabildo aunque
deseó acceder, hallándose embarazado con lo dispuesto en este
punto en las constituciones sinodales, consultó a un abogado
cuyo dictamen está copiado entre ambas actas y conformándose
con él la mayor parte de los señores capitulares, se accedió a que
se diese allí la paz al dicho Ayuntamiento, como tal patrono con
portapaz y superhumeral por un acólito. Y uno de los señores
inconformes protestó ocurrir al Rey con los fundamentos que
expuso para sostener su opinión negativa. (Libro 7, duplicado,
fol. 72 vto.).
En 15, a insinuación del Cabildo secular se le dió testimonio de
los acuerdos y parecer antecedentes. (Libro 7, duplicado, fol. 75).
20 — Actas, i
290
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
En 18, a instancia del señor Deán, vicario capitular, por estar
gravemente enfermo, se nombró por teniente provisor al Dr. Dn.
Pedro Tamaron, cura de la Catedral. (Libro 8, fol. 63).
En 22, presentado el título (aquí mismo copiado) de Comi-
sario de la Santa Cruzada en esta diócesis, despachado al señor
canónigo de merced Dn. Lucas Casimiro de Salas; el Cabildo lo
aceptó y se ofreció a concurrir con lo que le correspondiese. (Li-
bro 8, fol. 63 vto.).
En el mismo día, denunciándose que en el 20 había fallecido
el señor Dr. Dn. Gabriel Matías de I barra, Deán de esta Santa
Iglesia, provisor y vicario capitular, se procedió a nuevo nombra-
miento, y hecha la reserva de la jurisdicción graciosa (exceptuadas
algunas partes) y de las causas decimales, de lo tocante al convento
de Monjas en lo espiritual, y asimismo del régimen del Seminario;
salió electo el señor Chantre Dr. Dn. Joseph Mijares de Solórzano,
pero por haber éste renunciado a insistido constantemente en ello,
hubo el Cabildo de admitirle la renuncia, y reservó la elección para
la tarde de este día. (Libro particular, fol. 14 vto.).
En 24, hecha la elección en el señor arcediano Dn. Alonzo de
Escobar, sin embargo, de lo mucho que esforzó sus suplicaciones
para no aceptar, al fin hubo de allanarse y quedó electo provisor
y vicario capitular. (Libro particular, fol. 16 vto.).
Ario de 1731.
En Io de enero, fueron electos por adjuntos los señores Chantre
Dr. Dn. Joseph Mijares de Solórzano, y medio racionero Dr. Dn.
Joseph Martínez de Porras. (Libro particular, fol. 18).
En el mismo día, se abrió y leyó una carta del apoderado del
Cabildo en la corte, en que remite unas Reales Cédulas duplica-
das y avisa la sentencia dada en vista del asunto de la segre-
gación de los novenos de los curas de la Catedral de la mesa ca-
pitular. (Libro 8, fol. 65).
En 16, habiéndose remitido al Cabildo una capellanía de libre
presentación para que nombrase capellán; se acordó con motivo
de cierta duda consultar profesor de derecho. (Libro 7, duplicado,
fol. 75 vto.).
En 30, se mandó hacer un frontal de láminas de plata cincelada
para el altar mayor y que se le pusiese nuevo fleco de oro de Milán
al púlpito. (Libro 8, fol. 65).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1731 291
En 26 de febrero, se nombró un diputado que a nombre del
Cab'ldo y de su cuenta fuese al puerto de La Guaira a obsequiar
al Illmo. Sor. Arzobispo de Santo Domingo que había desembar-
cado allí. (Libro 8, fol. 65 vto.).
En 11 de abril, a insinuación del señor Gobernador acerca de
fundar un colegio de la Compañía de Jesús en esta ciudad, el
Cab'ldo, no solamente prestó su consentimiento, sino que también
manifestó su complacencia por las utilidades de tal estableci-
miento: y se ofreció a proporcionar medios al efecto, y sigue un
testimonio del oficio del señor Gobernador y de lo repuesto por el
Cabildo secular. (Libro 8, fol. 66).
En 23, con motivo de excusa del señor provisor, se cometió
la inspección de documentos presentados en solicitud de dimi-
sorias al teniente provisor Dr. Dn. Pedro Tamarón. (Libro 8,
fol. 68 vto.).
En 28 de mayo, el Cabildo tuvo a bien reservar al Illmo. Sor.
Obispo la resolución sobre el remate de una hacienda denominada
la Obrapía de Cumanibare. (Libro 8, fol. 69).
En Io de junio, se nombró capellán de una capellanía de libre
presentación y también un sacristán menor de esta Santa Iglesia.
(Libro 8, fol. 69 vto.).
En el mismo día, y en el siguiente se trató sobre expedición
de letras dimisoriales a un diocesano de este obispado que se
hallaba en el de Puerto Rico, cuyo Illmo. Sor. Obispo las pedía
al Cabildo por último a pluralidad de votos se le mandaron des-
pachar. (Libro 7, duplicado, fol. 76).
En 4 de julio, se hizo otro nombramiento de diputados del
Cabildo para esperar y cumplimentar al Illmo. Sor. Obispo en
su llegada. (Libro 8, fol. 70 vto.).
En 20 y 21 se subrogó otro diputado por haberse excusado
uno de los electos. (Libro 8, fol. 71).
En 2 de agosto, atentas var as ocurrencias en cuanto al reci-
bimiento del Illmo. Sor. Obispo, por excusarse los señores dipu-
tados electos; se dispuso hacerse citación de todos los señores
capitulares al efecto. (Libro 8, fol. 72).
En 3, se declaró tocar a la dignidad episcopal y de consiguiente
al Cabildo sede vacante la provisión de tenientes de cura de las
ayudas de parroquia de esta ciudad; y se nombró al Dr. Dn. Pedro
Monasterios para la de Altagracia. Y sigue el certificado de una
protesta, y de una carta del señor arcediano. (Libro 8, fol. 73).
292
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
En 4, se nombró al señor magistral Dn. Cristóbal de Lizau-
zabal para ir a La Guaira a esperar al Illmo. Sor. Obispo de cuenta
del Cabildo. (Libro 8, fol. 76).
En 14 de septiembre, se mandó retirar al dicho señor diputado
por no haber esperanza de próxima venida de su Sría. Illma. y
que dejase encargado al vicario de La Guaira por cualquiera acon-
tecimiento. (Libro 8, fjL 77).
En 25, se trató acerca de despachar dimisorias a un preten-
diente, y se dispuso que no se efectuase el despacho hasta que
hubiese competente número de ordenados, que habían de ocu-
rrir al Illmo. Sor. Obispo de Puerto Rico. (Libro 8, fol.
77 vto.).
En 27, se dio comis'ón para el seguimiento de unos autos acerca
de los tenientes de cura de las ayudas de parroquia de esta ciudad
cuyo nombramiento pretendían hacerlo los curas de la Catedral.
(Libro 8, fol. 78).
En 12 de octubre, recibido aviso del vicario de La Guaira de
haber llegado el Illmo. Sor. Dr. Dn. Joseph FéTx V?lverde, se
dispuso que el señor magistral fuese a obsequiarla. (Libro 8,
fol. 79).
En 13, recibida carta de su Sría. Illma. con sus bulas, el Ca-
bildo acordó transferirle la jurisdicción ínterin tomaba posesión.
(Libro 8, fol. 79 vto.).
En 16, se dio posesión de este obispado al sobredicho Illmo.
Sor. Dr. Dn. Joseph Félix Valverde, precedido el juramento pre-
venido en cumplimiento del real ejecutorial de 28 de mayo di 1728,
en qu; se dice qui al tiempo de su elección era Deán de la Catedral
de Caracas: y sigue testimonio de este real despacho y de las bulas
del señor Benedicto Papa XIII, dadas en San Pedro de Rema a
15 de noviembre de 1728, en las cuales se expresa qu; era doctor
en teología, natural de Granada y actualmente Deán. (Libro 8,
fol. 80).
En 19, habiéndose recibido una Real Cédula (que no sigue
copiada) en que se manda que a los señores racioneros y medios
se les distribuya su renta conforme a la erección, se dispuso: que
así se ajecutase por el notario contador, y lo mismo en cuanto a
vestuario, pero que en el caso de cantar el evangelio algún señor
medio racionero, sólo llevase lo que le correspondía como tal medio
racionero, y que el que de fuera del Cabildo supliese por ambos,
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1732 293
o por alguno de ellos, llevase dos reales siendo diácono, y uno
siendo subdiácono. (Libro 7, duplicado, fol. 78).
No hubo en este año otro Cabildo de que hubiese resul/ado
acuerdo.
Año de 1732.
En Io de enero, fueron electos por adjuntos los señores Chantre
Dr. Dn. Joseph Mijares de Solórzano y canónigo de merced Dn.
Lucas Casimiro de Salas. (Libro particular, fol. 19).
En 12, a insinuación del Illmo. Sor. Obispo, relativo a la fiesta
de colocación del Santísimo Sacramento en el nuevo convento
de Carmelitas, y entrada de las religiosas fundadoras que se pre-
paraba para el día 19 de marzo, el Cabildo se ofreció a acompañar
a su Sría. Illma. y dispuso: que se contribuyesen los gastos nece-
sarios para que esta función se hic'ese con toda solemn dad. (L"-
bro 8, fol. 84).
En el mismo día 12, habiéndose comunicado vista al Cabildo
de una Real Cédula de 10 de agosto de 1731, en que se nombra
al señor Dr. Dn. Francisco de la Vega por medio racionero de
esta Santa Iglesia en depósito; rrrentras el propietario que lo era
el señor Dr. Dn. Francisco de Ortega, cura de Maracaibo que se
hallaba impedido, podía pasar a servirla u otra cosa se disponía;
se insinuó no ofrecerse reparo y estar pronto el Cabildo a recibirlo :
y en esta ocasión el Illmo. Sor. Obispo estando en el coro, junto
con el Cabildo, le dio la posesión allí y en la sala capitular sin
esta ceremonia que la de sentarlo en las sillas. (Libro 8, fol. 86).
En 15 de febrero, se dispuso: que se ocurriese por el señor
juez general de diezmos al Illmo. Sor. Obispo a consultarle acerca
de un certificado que pedía el factor de la compañía Guipuzcoana
del valor de las rentas decimales. (Libro 8, fol. 84 vto.).
En 19, habiendo el Cabildo dudado fundadamente sobre la
renta que debía contribuirse al señor medio racionero en deposito
y asimismo en cuanto a la del señor doctoral cuyo provisto estaba
para venir: se dispuso consultar al Illmo. Sor. Obispo. (Libro 8,
fol. 85 vto.).
En 24, presentado el real despacho de 6 de agosto de 1731,
en que es promovido el señor arcediano Dn. Alonzo de Escobar
a la dignidad de Deán, vacante por fallecimiento del señor Dr. Dn.
Gabriel Matías de Ibarra, y asimismo las diligencias operadas ante
294
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
el Illmo. Sor. Obispo; estando su Srío. Illma. con el Cabildo en
el coro le dio la colación y seguidamente la posesión allí y en la
sala capitular con las ceremonias acostumbradas, juramento y
profesión de la fe. (Libro 8, fol. 88).
En 25, presentado el real despacho de 3 de agosto de 1731
(así está) en que es promovido el señor Chantre Dr. Dn. Joseph
iMijares de Solórzano a la dignidad de arcediano y asimismo las
diligencias operadas ante el Illmo. Sor. Obispo se le dio igualmente
que al antecedente la colación y posesión. (Libro 8, fol. 89 vto).
En 26, presentado el real despacho de 3 de agosto de 1731
en que es promovido el señor magistral Dn. Cristóbal de Lizau-
zabal a la dignidad de Chantre, se le dio la colación y posesión
por el Illmo. Sor. Obispo con el Cab'ldo del mismo modo que a
los antecedentes. (Libro 8, fol. 104).
En 9 de mayo, igualmente se dio colación y posesión de la
canongía doctoral (nuevamente establecida) al señor Dr. Dn.
Francisco de Hoces, presbítero; cuya real presentación es fecha
en 27 de junio de 1724 y está acompañada de una Real Cédula
de 17 de agosto de 1731 en que se le prorroga el término. (Libro 8,
fol. 106 vto.).
En 13 y 16, visto el dictamen del Illmo. Sor. Obispo (de que
sigue copia) acerca de la renta que deban gozar el señor doctoral
y el señor medio racionero en depósito el Cabildo conformándose
con lo dictaminado por su Sría. Illma., acordó: que ú señor medio
racionero se le contribuyese su renta conforme a la erección y
al señor doctoral según la cota señalada en la Real Cédula del
establecimiento de esta canongía. (Libro 8, fol. 91 vto.).
En el mismo día 16, se aceptó la fundación de 1.000 pesos
hecha por el Illmo. Sor. Dr. Dn. Joseph Félix Valverd^, para la
fiesta del Padre Eterno en la dominica quinta post pascha, con
todas las circunstancias que se refieren en una representaron
del colector de manuales inserta en este mismo Cabildo. (Libro 7,
duplicado, fol. 79).
En 16 de junio, insinuándose haberse conseguido por medio
del Illmo. Sor. Obispo un reloj grande de campana mayor, se
dispuso: que para su manejo y arreglo hubiese persona destinada
con el sueldo anual de 50 pesos pagables de la fábrica, dejándose
el nombramiento de la tal persona a la voluntad de su Sría. Illma.
que con efecto nombró a Dn. Juan Sánchez, clérigo tonsurado.
(Libro 7 duplicado, fol. 80).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1732
295
Aquí mismo con acuerdo de su Siía. Illma. se nombró al mismo
Sánchez por teniente de sacristán mayor Dn. Diego Ramírez
con la renta que éste le señalase. (Libro 7 duplicado, f>L 80).
En 29 de agosto, y Io de septiembre, se trató acerca de las
cuentas presentadas de dos trienios por los señores receptores;
y se nombraron para su liquidación a dos señores capitulares; y
asimismo para el trienio siguiente se nombraron por receptores
a los señores Tesorero Dr. Dn. Fernando Lozano y canónigo de
merced Dr. Dn. Lucas Casimiro de Salas. (Libro 7 duplicado,
fol. 81 vto.).
En el mismo día 1 ° de septiembre, y en la propia acta se acordó
no aceptarse el manual que se había fundado de limosna de 100
reales para que el Cabildo asistiese a la fiesta de Santa Rosalía
en su Iglesia y que desde luego pasase a los curas como lo disponía
el fundador en caso de no aceptar el Cabildo. (Libro 7 duplicado,
fol. 82).
En 9, se mandaron coger goteras en la Iglesia y poner una imagen
del señor San Joséph en un nicho de los del altar mayor que estaba
vacío. (Libro 8, fol. 93 vto.).
En 14 de octubre, se dispuso que a los señores receptores de
la cuarta capitular se le diesen cada año 50 pesos para reemplazo
de quiebras en los recuentos. (Libro 7, duplicado, fol. 82 vto.).
En 23, se mandaron pasar las cuentas de los anteriores señores
receptores a un tercero para liquidarlas por una duda que se ofreció
a los señores revisores. (Libro 7 duplicado, fol. 82 vto.).
En 14 de noviembre, presentada una Real Cédula de 2 de
julio de este año (de que no hay copia) sobre que al señor medio
racionero en depósito se le contribuyese el respectivo producto
de los diezmos, y vacantes que hubiese en la Iglesia; el Cabildo
la obedeció y mandó ejecutar con protesta de que no fuese per-
judicado para lo que debiese representar a Su Majestad. (Libro 7
duplicado, fol. 83).
En el mismo día se aprobaron las sobredichas cuentas de los
señores receptores. (Libro 7 duplicado, fol. 83 vto.).
En 19 de diciembre, se recibieron tres Reales Cédulas (que
siguen copiadas) la una de 13 de abril de 1731, en que se aprueba
la resolución del Cabildo, en cumplir una libranza de 8.000 pesos
que tiró el Illmo. Sor. Obispo estando electo, sobre las rentas de
la cuarta episcopal': y las otras dos que son fechas en 9 de marzo
de 1731 y 2 de julio de 32, en que se manda observar la costumbre
296
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
de llevar quitasoles los señores prebendados en las procesiones
(excepto las del Santísimo Sacramento) y caudatarios en la del
Viernes Santo, y acordó el Cabildo que la última se comunicase
al señor Gobernador. (Libro 8, fol. 94).
Al folio 112 de este libro hay un testimonio de la citada Real
Cédula de 2 de julio de 32, y del obedecimiento del señor Gober-
nador.
Año de 1733.
En 1 0 de enero, se nombraron por adjuntos a los señores Te-
sorero Dr. Dn. Fernando I>ozano y penitenciario Dr. Dn. Fran-
cisco Martínez de Porras. (Libro particular, fol. 19 vto.).
En 3 de febrero, se admitió un título despachado por el Illmo.
Sor. Obispo de teniente de secretario de Cabildo y de contador de
diezmos a Dn. Vicente Tejera de la Mota. (Libro 8, fol. 97).
En 5, agitado prolijamente el punto propuesto por el señor
canónigo de merced, sobre sí el que estaba impedido de cantar
una misa que le tocaba, podía encomendarse a quien le pareciese
o se había de seguir turno especial para estos suplementos entre
los señores prebendados por último se acordó: que se llevase el
asunto el Illmo. Sor. Obispo para su determinación; y llevado,
tuvo a bien su Sría. Illma. reservarla para cuando practicase la
visita de la Catedral. (Libro 8, fol. 97 vto.).
En 21 de abril, se compulsó testimonio de la fundación de
1255 pesos de capital hecha por el señor penitenciario Dr. Dn.
Francisco Martínez de Porras para cantarse los maitines de la
fiesta de la Santísima Trinidad; de la aceptación del Cabildo y
de la aprobación del Illmo. Sor. Obispo. (Libro 7 duplicado,
fol. 83 vto.).
En 24, accedió el Cabildo a un oficio verbal del tribunal de
inquisición sobre publicación de unos edictos ínter missarum so-
lemnia. (Libro 8, fol. 100).
En 19 de mayo, se nombró al señor medio racionero Dr. Dn.
Joseph Martínez de Porras, para llevar la correspondencia con el
apoderado de la Corte en la dependencia sobre los novenos de los
curas, que se segregaron de la cuarta capitular. (Libro 8, fol. 100 vto).
En 12 de junio y 7 de julio, cuestionado prolijamente el punto
de lo que deba llevar un señor medio racionero, cuando suple por
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1734
297
un señor racionero en vestuarios, por último se acordó remitirlo
a la determinación del Illmo. Sor. Obispo. (Libro 8, fol. 101).
En 14 de agosto, se nombraron revisores para las cuentas
presentadas por los señores receptores de la cuarta capitular.
(Libro 8, fol. 108).
Aquí mismo se determinó aumentar la renta del apuntador del
coro, señalándole 50 pesos sobre la cuarta capitular en lugar de
30 que tenía. (Libro 8, fol. 108 vto.).
En 17, presente su Sría. Illma. en la sala capitular se decretó:
que en las oposiciones a la canongía magistral vacante no obstante
que estaba opuesto al señor medio racionero Dr. Dn. Joseph
Martínez de Porras, tuviese voto su hermano el señor canónigo
penitenciario Dr. Dn. Francisco Martínez de Porras. Y se señaló
día para iniciar los actos. (Libro 8, fol. 108 vto.).
No hubo otro decreto capitular extendido en los libros en
este año. ,
Año de 1734.
En 1° de enero, se nombraron por adjuntos a los señores Chan-
tre Dr. Dn. Cristóbal de Lizauzabal y doctoral Dr. Dn. Francisco
de Hoces. (Libro particular, fol. 19 vto).
En 18 se nombró al sobredicho señor doctoral para asistir por
parte del Cabildo a una junta mandada formar sobre propios,
arbitrios y obras públicas, por la Real Cédula de 28 de agosto de
1733, de la cual se pasó copia al folio 1 ° del libro 9. (Libro 8, fol. 109).
En 1 1 de marzo, fueron recibidos en la sala el señor alguacil
mayor y un notario de la Santa Inquisición, dándosele asiento al
primero en silla después d;l señor presidente (era título de Cas-
tilla) y al notario en taburete al lado derecho del secretaiio; y a
su insinuación, avisando del día señalado para la publicación
de los edictos generales de la fe y función de este acto; el Cabildo
contestó urbanamente, y dispuso dar cuenta al Illmo. Sor. Obispo,
por medio de dos diputados para que determinase lo correspon-
diente a ceremonias, asientos y demás relativo a esta función.
(Libro 8, fol. 109 vto.).
En 15, su Sría. Illma. determinó el modo como había de ser
recibido el señor comisario y ministros, los lugares que habían de
tener, la colocación del estandarte, y la demás forma del acto;
y atribuyendo a inadvertencia el no habérsele hecho participación
238 FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
por el señor comisario como Obispo y como Inquisidor nato,
mandó poner en este libro, y se puso copia de la carta de aviso
dado a su Sría. Illma. por el Santo Tribunal de Cartagena. (Libro
8, fol. 110 vto.)-
En 16, el Cabildo se conformó con la anterior determinación
y dispuso complementar el señor comisario por medio de un dipu-
tado y que sobre el recado que éste había de llevar se consultase
a su Sría. Illma. (Libro 8, fol. 111 vto.).
En el mismo día, determinó su Sría. Illma. que fuese al cum-
plimiento el señor diputado acompañado de dos capellanes y del
secretario en nombre del Cabildo (Libro 8, fol. 112).
En 6 de abril, a insinuación del Illmo. Sor. Obispo en una
carta (que sigue copiada) con motivo de haberse dispuesto que
cuando no pudiese cantar la misa algún señor canónigo o dignidad,
se pusiese altar portátil en el presbiterio para el que hubiese de
cantarla, se determinó que en caso de suplir alguno de los señores
racioneros, o medios racioneros, en tal caso, no se le pusiese altar
portátil como a los de fuera del Cabildo, sino que pudiese cantarla
en el mayor (pero sin que se entendiese adquirir derecho a él
ni al turno de misas) y que llevase el triplo de su renta, con tal que
siendo menor de ocho reales se le diesen éstos: que siendo por
prima llevase el duplo; y que en las de manuales gozase el mismo
estipendio señalado al señor canónigo o dignidad; y se acordó
que se llevase este Cabildo a su Sría. Illma. para su confirmación.
(Libro 7 duplicado, fol. 84 vto.).
En 7 confirmó el Illmo. Sor. Obispo el Cabildo antecedente,
expresando que el caso de tales suplementos debe ser solamente
cuando los señores canónigos estén embarazados con legítimo
impedimento que a todos conste y los señores dignidades seme-
jantemente impedidos para el turno de suplemento: que no siendo
el impedimento legítimo quedase gravada la conciencia del que
lo protestase en lo que hubiese de ganar en aquella hora; y que
por lo respectivo a la asignación del triplo se observase, Ínterin
se resolvía el punto que se estaba batiendo en juicio relativo a
esta materia. (Libro 7 duplicado, fol. 87).
En 25 de mayo, se mandó poner copia de la Real Cédula y
su obedecimiento por el señor Gobernador, acerca del uso de
quitasoles y caudatarios de que ya queda puesta nota en su res-
pectivo lugar. (Libro 8, fol .112).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1734
299
En 28, habiendo propuesto el Illmo. Sor. Obispo devolver
el dinero que se le entregó para el reloj puesto en la torre, pues
era su ánimo hacer donación de él a la Iglesia, y que asimismo
estaba dispuesto a entregar a ésta más de 2.000 pesos, que gastó
en reparar el palacio Episcopal; y que estimaba por muy conve-
niente el que ambas cantidades se destinasen para el sagrario
de plata que se estaba construyendo; el Cabildo accedió a todo y
dio las gracias a su Sría. Illma. (Libro 9, fol. 4).
En 9 de junio, presentado el real despacho de 14 de febrero de
este año en que se presenta al señor Dr. Dn. Francisco de la Vega,
medio racionero en depósito a la misma prebenda en propiedad
por haberla renunciado el Dr. Dn. Francisco de Ortega; y evacuadas
las competentes diligencias el Illmo. Sor. Obispo estando con el
Cabildo en el coro le dio la colación y seguidamente la posesión
allí y en la sala capitular con las ceremonias acostumbradas, jura-
mento y profesión de la fe. (Libro 9, fol. 4).
En 13 de julio, en atención a que la erección tanto la latina
como la castellana de esta Santa Iglesia se había ido consumiendo
por no haberse hecho segunda impresión y que sólo se hallaban
dos o tres en todo el obispado, se dispuso: que se pusiese testi-
monio de ella en este libro autorizado por el secretario; y en efecto
se puso, pero fue en el libro 7 duplicado al folio 89 vuelto. (Libro
9, fol. 6 vto.).
En 16, se determinó irse ocurriendo al Illmo. Sor. Obispo
sobre algunos puntos que necesitaban de pronta resolución, Ín-
terin se concluía la aprobación de la regla de coro : y en efecto aquí
se pidió declararse que los recles pudieran tomarse por horas y
y no por días enteros. (Libro 9, fol. 7).
En 23, fue nombrado el Ledo. Dn. Luis Punzel por colector
de manuales y observaciones, por haber renunciado el presbítero
Dn. Juan Joseph Castillo. (Libro particular, fol. 20).
En 6 de septiembre, proveyó auto su Sría. Illma. declarando
que se tomasen por días enteros y no por horas, atentos los funda-
mentos que allí mismo se expresan: y asimismo declaró los días
en que no puede tomarse, y cuanto tiempo de residencia ha de
haber habido para tomarlo. (Libro 9, fol. 8).
En 13, habiéndose tratado acerca de la noticia que se tenía
de estar provisto para una media ración de esta Santa Iglesia, el
Dr. Dn. Andrés Alvarez Cárdenas y de lo que se notaba a éste
en cuanto a que parecía no estar en cabal juicio, se decretó ponerlo
.500
FUENTES PANA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
todo en noticia de su Sría. Illma. para que si lo tuviese a bien
procediese en tiempo a la competente justificación. (Libro 7 du-
plicado, fol. 87 vto.).
En 17 y 23, habiéndose tratado largamente sobre el antece-
dente auto relativo a recles, aunque a pluralidad de votos fue
aceptado, se mandó pasar testimonio de esta acta y de la Real
Cédula y provisión que se cita al Illmo. Sor. Obispo para que
allí ocurriesen los que fueron de voto contrario. (Libro 9, fol.
9 vto.).
En 2 de noviembre, el Cabildo por sí y a nombre del clero
prestó su consentimiento para que la gloriosa Santa Rosalía fuese
elegida por Patrona menos principal contra la epidemia y enfer-
medades comunes y particulares y otras necesidades; y que se
solicitare la elevación del rito de su fiesta :y ofreció que conseguida
la gracia de Su Santidad, haría voto por sí, y en nombre de sus
sucesores de ir el día 4 de septiembre capitularmente desde la
Catedral a su Iglesia a celebrar la misa mayor con toda solemnidad
y que el día antes pasase un señor prebendado a capitular las
vísperas. (Libro 9, fol. 14).
En 19, se nombraron comisarios para obsequiar a los señores
Conde de San Javier y Marqués del Toro, por la participación
que hicieron al Cabildo de sus títulos. (Libro 9, fol. 14 vto.).
No hubo otro Cabildo en que hubiese habido resolución en este
año.
Ano de 1735.
En Io de enero, fueron electos por adjuntos los señores Chantre
Dr. Dn. Cristóbal de Lizauzabal y doctoral Dr. Dn. Francisco
de Hoces. (Libro particular, fol. 20 vto.).
En 4 de febrero, cuestionado prolijamente el punto de haber
el Illmo. Sor. Obispo proveído la sacristía mayor de esta Santa
Iglesia y dado colación de ella al electo, por último se acordó
poner extrajudicialmente ;1 asunto en manos de su Sría. Illma.
con los documentos que podían instruirle del derecho del Cabildo
para que lo amparase en él. Y que para lo judicial se otorgase
poder por el Cabildo. (Libro 7 duplicado, fol. 97 vto.).
En 8, haciéndose mención de la diligencia extrajudicial que
el Cabildo había practicado verbalmente con el Illmo. Sor. Obispo,
acerca de la provisión de la dicha sacristía, se asentó la respuesta
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1735
301
de su Sría. Illma. de que en cuanto a rentas no demandaría el
sacristán electo cosa alguna contra la incorporación hecha al Ca-
bildo y que siendo necesario le haría hacer caución; pero que en
cuanto a la provisión no podía ceder; y se mandó compulsar testi-
monio de este Cabildo y del antecedente y demás necesarios;
pero no se dijo a que fin. (Libro 7 duplicado, fol. 99).
En el mismo día el Cabildo en calidad de patrono, presentó
al Ledo. Dn. Juan Miguel de Salas, presbítero, para capellán
de la capellanía de 1.000 pesos de principal que fundó Joseph
Ferraes, vecino que fue de esta ciudad. (Libro 9, fol. 15).
En 23 de marzo, se mandaron pasar al señor doctoral unos
autos de que su Sría. Illma. comunicó visita al Cabildo acerca de
la posesión de una media ración que pedía el Dr. Dn. Andrés
Alvarez Cárdenas. (Libro 9, fol. 15 vto.).
En 24, presentado el real despacho de 6 de septiembre de
1734 en que es promovido 1 señor medio racionero Dr. Dn. Joseph
Martínez de Porras, a una ración vacante por fallecimiento del
señor Dn. Diego Muñoz de la Trinidad, y las diligencias operadas
ante el Illmo. Sor. Obispo estando su Sría. Illma. en el coro con
el Cabildo, le dio la colación y seguidamente allí, y en la sala capi-
tular la posesión con las ceremonias acostumbradas, juramento
v profesión de la fe. (Libro 9, fol. 16).
En 27, se dio igualmente colación y posesión de la canongía
magistral, vacante por ascenso del señor Dr. Dn. Cristóbal de
Lizauzabal, al señor Di-. Dn. Gerónimo de Rada, presbítero, en
virtud del real despacho de 6 de septiembre de 1734, en que es
presentado para ella. (Libro 9, fol. 18 vto.).
En 29, presentada por el señor Dr. Dn. Bernardo Dacosta
Romero, presbítero, una Real Cédula, en que se le concede en
depósito una ración de esta Santa Iglesia, a que estaba presentado
el señor Dn. Cristóbal Mendés Cortés, vecino de Mariquita,
Ínterin que éste pasaba a servirla, o Su Majestad dispusiese otra
cosa, diclarándose que tuviese las mismas preeminencias de
asiento, vestuario y rentas: vista por su Sría. Illma. con acuerdo
del Cabildo se le dio la posesión en ;1 coro y sala capitular. (Li-
bro 9, fol. 21).
En 12 de agosto, fueron nombrados por hacedores y recep-
tores de la cuarta capitular los señores Chantre Dr. Dn. Cristóbal
de Lizauzabal y medio racionero, Dr. Dn. Francisco de la Vega.
(Libro particular, fol. 21).
302
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
En 20 de diciembre, se acordó que para que la Iglesia no fuese
perjudicada se reglase el gasto de cera en las funciones dotadas
a proporción de lo señalado en las fundaciones. (Libro 9, fol.
23 vto).
Año de 1736.
En Io de enero, fueron nombrados por adjuntos los señores
racionero, Dr. Dn. Joseph iMartínez de Porras y medio racionero
Dr. Dn. Francisco de la Vega. (Libro particular, fol. 22).
En 13, visto el reconocimiento hecho del archivo capitular
por dos señores dignidades se mandó: que el secretario se hiciese
cargo por inventario de todo que no se entregase papel alguno
a los señores capitulares y al colector, s'no fuera dejando recibo:
y que cada año se nombrasen diputados para reconocerlo. (Libro
7 duplicado, fol. 99 vto.).
En 10 de febrero, habiéndose propuesto por dos señores pre-
bendados la compra de un s^lar y dos tiendas de la fábrica, a fin
de construir sus casas; se difirió la determinación para Cabildo
pleno con precedente aviso a su Sría. Illma. (Libro 9, fol. 24).
En 16, .je dispuso: que se fabricasen en un solar vacío que tenía
la Iglesia contiguo a ella las tiendan de alquilar que cupiesen, y
que asimismo se tantease el costo que podría tener el fabricar otra
en un solar vacío que le pertenecía en el puerto de La Guaira.
(Libro 9, fol. 24 vto.).
En 25 de mayo, se obedecieron tres reales cédula-, (que siguen
copiadas) la una de 18 de septiembre de 1735, dirigida a la real
audiencia de Santo Domingo, repitiéndosele otra de 5 de mayo
de 1730 sobre la regla de coro de esta Santa Iglesia, para que
determinase el punto de su ejecución; oyendo a los interesados.
(Libro 9, fol. 25).
Otra de 21 de noviembre de 1735, en la cual se declara por
vía de explicación de la erección de esta Santa Iglesia, que cuando
los prebendados supliesen en las misas unos por otros, gasten
la cota que les corresponda triplicada y duplicada, con precso
respecto a lo que ganen: que no siendo capitular el que suple,
lleve solamente la limosna que señala la sinodal al diácono, y
subdiácono: que en los manuales y aniversarios siga la costumbre
de llevar un peso el preste y dos reales el diácono y subdiácono;
y lo demás se distribuya por iguales partes entre todos los pre-
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1736
303
bendados a excepción de los que en su fundación tengan asignada
la distribución: que el señor Deán turne en las misas de los días
clásicos con los demás señores dignidades, sin embargo de lo de-
terminado en el Cabildo del año de 1727, el cual se revoca permi-
tiéndosele solamente la del día de Corpus y Jueves Santo en caso
de no celebrarla el prelado, y con tal que se reemplace el turno
respectivamente, a quien tocare y que en las misas extraordinarias
de Asunción, pontificado, real nacimiento o coronación y funerales,
no se debe percebir por ellas absolutamente limosna alguna o esti-
pendio; y que estas misas no celebrándolas el prelado, toquen al
deanato, y en su defecto a la dignidad inmediata. (Libro 9, fol. 27).
Y la otra de 24 de diciembre del mismo año de 35 en la cual
se previene al Cabildo que informe sobre la pretensión del señor
doctoral de que se le diese la renta que tenía asignada por la
ereccón. (Libro 9, fol. 29).
En 7 de junoi, presentado el real despacho de 2 de octubre
de 1735 en que se concede en propiedad al señor Dr. Dn. Ber-
nardo Dacosta Romero, la ración que tenía en depósito; su Sría.
Illma. estando con el Cabildo en el coro, le dio la colación y segui-
damente allí, y en la sala capitular la posesión con las ceremonias
acostumbradas, juramento y profesión de la fe. (Libro 9, fol.
29 vto).
En 31 de agosto, habiéndose remitido al Cabildo por el señor
arcediano Dr. Dn. Joseph Mijares de Solórzano, un título de
comisario de la santa cruzada despachado a su favor para ausencias
o fallecimiento del que existía; se manifestó su aceptación y se
mandó copiar, y se copió seguidamente. (Libro 9, fol. 31 vto.).
En 12 de septiembre, se nombró nuevo interventor para la
obra del sagrario de plata del altar mayor que se estaba cons-
truyendo. (Libro particular, fol. 22).
En 10 de octubre, habiendo insinuado el Cabildo el señor
canónigo de merced Dr. Dn. Lucas Casimiro de Salas, que se ha-
llaba con motivos inexcusables de pasar a la ciudad de Cartagena,
se dispuso: que se le computasen los cuatro meses que podía tomar
de recle y que cumplidos se suspendiese el apunte del cuadrante,
hasta otra resolución. (Libro 9, fol. 33 vto.).
Aquí mismo se dispuso el informe a Su Majestad sobre la
causa porque no se pagaba al señor doctoral la renta conforme
a la erección. (Libro 9, fol. 34).
304
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
En 23, considerándose ser muy angustiada la capilla mayor
para colocar el nuevo sagrario de plata, se determinó consultar
al Illmo. Sor. Obispo. (Libro 9, fol. 34 vto.).
En 22 de noviembre, propuesto por los señores receptores de
la cuarta capitular, los medios que estimaron oportunos para el
mejor cobro de las rentas, se resolvió pasar el asunto al Illmo.
Sor. Obispo a fin de que se sirviese expresar su dictamen para
ejecutarlo y cumplirlo. (Libro 9, fol. 35 vto.).
No hubo otro Cabildo con resolución en este año.
Año de 1737.
En Io de enero, fueron nombrados por adjuntos los señores
penitenciario Dr. Dn. Francisco Martínez de Porras y racionero
Dr. Dn. Bernardo Dacosta Romero. (Libro particular, fol. 22 vto.).
En 26 de febrero, se acordó dar cuenta a su Sría. I lima, del
recibo de una Real Cédula de 10 de noviembre de 1736, en la cual
denegándose la instancia del Cabildo en cuanto a la incorporación
de los novenos de los curas de la Catedral a la mesa capitular, se
concede que ésta sea libre de 1.314 pesos que pagaba anualmente
en salarios de ministros sirvientes de la Iglesia, y que se pagasen
en adelante de los fon Jos de la rúbrica. Y al folio 40 vuelto de
este libro, se puso testimonio de la misma Real Cédula y dili-
gencias de su obedecimiento. (Libro 9, fol. 38).
En 4 de mayo, se dispuso: que el señor canónigo de merced
que estuvo ausente, se le pagase su renta, contándole cuatro meses
de recle y que lo pagase de éstos la ausencia, se computas i de
fallas, y se entregase a las reverendas M. M. Carmelitas, a quienes
estaban aplicadas. (Libro 9, fol. 38).
En 24, se mandó colocar el sagrario de plata en la capilla
mayor y que al efecto se sacase el altar una vara afuera; pues no
había otro remedio. (Libro 9, fol. 39).
En 13 de agosto, recibido el decreto de la Sagrada Congre-
gación de ritos, fecho en 21 de abril de 1736, en que aprueba la
elección de la gloriosa Virgen Santa Rosalía, por patrona menos
principal de esta ciudad, con todos los privilegios correspondientes,
bajo el rito de doble menor sin octava (del cual hay copia al folio
42, vto., de este libro) el Cabildo acordó su publicación e insinuó
estar pronto al cumplimiento del voto que tenía hecho. (Libro 9,
fol. 39 vto.).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1737
305
En 16 a insinuación del Illmo. Sor. Obispo se informó a su
Sría. Illma. que se estimaba suficiente para el oficio de maestro
de capilla vacante por fallecimiento de Dn. Silvestre Media-
Villa, al bajoncista Miguel Cervantes. (Libro 9, fol. 39 vto.).
En 27, consecuente a lo ofrecido en la acta de 2 de noviembre
de 1734, acerca del voto a Santa Rosalía, para su cumplimiento
se acordó: que la víspera pasase el señor capitular semanero a su
Iglesia con seis ministros del coro, un sacristán y dos monacillos
que nombrase el señor presidente a celebrar las vísperas, repu-
tándose presentes en la puntuación de toda la tarde : y que al día
siguiente, adelantándose los oficios hasta la hora de sexta inclu-
sive, se diesen a la hora acostumbrada tres repiques solemnes;
y que dado el segundo salga el Cabildo capitularmente con sus
ministros y pertiguero de manteo y bonete, a celebrar la tercia
votiva y misa solemne, reservándose para ésta la música y sermón
de la dotación que hay en la misma Iglesia, después de cantada
una misa por el capellán de ella para cumplirla. Y asimismo se
dispuso: que de las rentas comunes del Cabildo se sacasen 16
pesos, de los cuales se habían de dar dos reales a cada capellán
y 4 al sochantre, 8 reales al de la misa, y 2 a cada diácono y lo
restante a los señores capitulares que tuviesen física interesencia:
y que de todo se diese cuenta al Illmo. Sor. Obispo para su con-
firmación. (Libro 9, fol. 43 vto.).
En 4 de septiembre, se eligió por juez general de diezmos,
hallándose vacante este oficio por fallecimiento del señor Dn.
Alonzo de Escobar, al señor Chantre Dr. Dn. Cristóbal de Lizau-
zabal; y sigue copia de las facultades concedidas por el Illmo.
Sor. Obispo al Cabildo para esta elección y nombramiento. (Libro
9, fol. 44 vto.).
En 14, habiéndose presentado el señor Dr. Dn. Manuel de
Sosa y Betancourt con el real despacho de 25 de noviembre de
1736, en que determinándose poner en ejercicio la dignidad de
maestrescuela, es promovido a ella el sobredicho señor, el cual
estaba (aunque sin haberse posesionado) nombrado medio racio-
nero en depósito por el Dr. Dn. Andrés Alvarez de Riego1, a quien
se seguía causa acerca de sospecharse no estar en cabal juicio,
según se expresa en una Real Cédula de 27 de octubre de 1735
1 Otras dos veces se le nombra Priego y Pliego - (N. del E.).
21 — Acta*, l.
306
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
presentada junto con el dicho real despacho practicadas las com-
petentes diligencias en el tribunal del señor teniente provisor;
éste estando junto con el Cabildo en el coro, le dio la colación y
seguidamente la posesión allí, y en la sala capitular, con las cere-
monias acostumbradas, juramento y profesión de la fe: y firmó
el dicho señor teniente provisor después del señor presidente de
Cabildo. (Libro 9, fol. 48).
En 22 de octubre, se recibió el auto del Illmo. Sor. Obispo
en que confirma el Cabildo del día 27 de agosto de este año del
voto a Santa Rosalía y no se puso copia de él como se mandó.
(Libro 9, fol. 46 vto.).
En 24 se mandaron recoger de la casa del señor Deán difunto
algunos libros impresos que se expresan, y que se archivasen en
la sala capitular, y también una erección de esta Santa Iglesia
que impresa donó un señor capitular. (Libro 9, fol. 47).
En 29, se obedeció y mandó copiar en el libro (y lo está al
folio 52) una Real Cédula de 7 de julio de este año, en que se
declara al señor maestrescuela de esta Santa Iglesia, y a sus
sucesores el ejercicio de la cancelaria de la universidad, como lo
tiene el maestrescuela de Salamanca, y asimismo se declara la
jurisdicción del señor rector. (Libro 9, fol. 47 vto.).
En 8 de noviembre, se trató sobre cuenta de los señores recep-
tores de la cuarta capitular; y se declaró aquí mismo; que el sueldo
del teniente secretario lo pagase de su haber el secretario y notario
contador y no el Cabildo, pues tenía suficiente renta en ambos
oficios. (Libro 9, fol. 54 vto.).
En 12, se mandaron hacer ornamentos nuevos, reparar otros
y poner vidrieras a las claraboyas. (Libro 9, fol. 55).
En 19, se obedeció (y sigue copiada) una Real Cédula de 28
de abril de este año en que se dispone que al señor doctoral se le
contribuya su renta conforme a la erección, cesando la cuota que
tenía señalada. (Libro 9, fol. 55 vto.).
En 10 de diciembre, a insinuación del Illmo. Sor. Obispo
ausente en la visita, se dispuso: que Dn. Jacob de Miranda, orga-
nista, fuese maestro de capilla interino, y que dando éste como
ofrecía sujeto hábil para organista dentro de 10 meses se le con-
firiese en propiedad la maestría de capilla, vacante por fallecimiento
de Dn. Silvestre Media-Villa. (Libro 9, fol. 57 vto.).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1738
307
En 13, el Cabildo prestó su consentimiento para el reconoci-
miento de unos censos que no se dice a quien pertenecían. (Libro
7 duplicado, fol. 99 vto.).
En 17, recibidas dos reales provisiones de la audiencia de
Santo Domingo, la una para que se remitan a ellas las constitu-
ciones de la regla de coro; y la otra para que el Illmo. Sor. Obispo
revocase y repusiese su decreto de 6 de septiembre de 1734 sobre
recles, se dispuso : que por medio de comisarios se presentasen a
su Sría. Ulma. y se pidiese el cumplimiento de la última, pues la
primera estaba cumplida. (Libro 9, fol. 58).
Año de 1738.
En Io de enero, fueron electos por adjuntos los señores maes-
trescuela Dr. Dn. Manuel de Sosa y Betancourt, y magistral
Dr. Dn. Gerónimo de Rada. Y aunque aquél se excusó, el Cabildo
en 31 de este mes le mandó que aceptase sin réplica. (Libro par-
ticular, fol. 23).
En 25 de febrero, se participó al Cabildo por el señor Dr. Dn.
Angel Barreda, esta nombrado por comisario de inquisición en
ausencia del señor doctoral Dr. Dn. Francisco de Hoces. (Libro
9, fol. 59).
En 11 de marzo, vistos dos exhortos del señor Gobernador,
recibidos en 7 de enero, se acordó en cuanto al primero, que se
supone dirigirse a tomar documentos para informar a Su Ma-
jestad acerca de la capilla de San Pedro, cuya cofradía pretendía
que se le quitase el sagrario de la parroquia, se mandaron compulsar
ciertos testimonios y se suplicó al señor Gobernador que infor-
mase ser aquella capilla muy adaptada para el sagrario, y que
caso necesario, se le asignase a la cofradía la que estubo iniciada
para parroquia. Y en cuanto al otro que se supone también ser
acerca de la segregación dz los novenos de los curas de la mesa
capitular se insinuó que el Cabildo tenía obedecida la Real Cédula
y que había suplicado de ella. (Libro 9, fol. 60).
En 27 de marzo y en 11, 15 y 16 de abril tratándose de otro
exhorto del mismo señor Gobernador, acerca de la dicha capilla
de San Pedro y del sagrario de la parroquia colocado en ella; se
acordó contestar que no constaba que la cofradía hubiese reinte-
grado a la fábrica lo que ésta gastó en su construcción, conforme
a lo acordado en 5 de septiembre de 1670. (Libro 9, fol. 62).
.308
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
En 18 de abril, a insinuación de sus obligaciones se mandó al
sacristán mayor que en el cumplimiento de sus obligaciones se
arreglase a las disposiciones del derecho canónico, ceremonial
romano, derecho de la sagrada consagración de ritos, y lo prevenido
en la erección y en actas capitulares, y se amonestó acerca de
los defectos que se le notaban. (Libro 9 duplicado, fol. 100).
En 2 de mayo, se recibió el decreto del Illmo. Sor. Obispo en
que revoca su auto de 6 de septiembre de 1734, sobre recles; y
se mandó al apuntador que observase en esta parte lo que antes
se practicaba y aunque se mandó poner copia del dicho decreto
en este libro no se halla en él, ni en otro: y aquí mismo se man-
daron pagar los costos que se habían hecho en la dependencia
sobre la regla de coro. (Libro 7 duplicado, fol. 101 vto.).
En 9, se nombró a uno de los señores capitulares para reconocer
lo que se necesitase de reparos en los ornamentos y dar razón
después. (Libro 9, fol. 65).
En 22, presentado el real despacho de 28 de febrero de este
año en que es promovido el señor arcediano Dr. Dn. Joseph Mi-
jares de Solórzano al deanato vacante por fallecimiento del señor
Dn. Alonzo de Escobar; se le dio la colación por el señor teniente
provisor estando con el Cabildo en el coro, y seguidamente la po-
sesión allí, y en la sala capitular con las ceremonias acostumbradas,
juramento y profesión de la fe, y firmó después del señor pre-
sidente. (Libro 9, fol. 65 vto.).
En 25, presentado el real despacho de 22 de febrero (así está)
de este año, en que es promovido el señor Chantre Dr. Dn. Cris-
tóbal de Lizauzabal al arcedianato, se le dio la colación y posesión,
como al antecedente. (Libro 9, fol. 68).
En 26, presentado el real despacho de 28 de febrero de este
año en que es promovido el señor canónigo de merced Dr. Dn.
Lucas Casimiro de Salas a la dignidad de Chantre, se le dio la
colación y posesión lo mismo que al anterior. (Libro 9, fol. 71).
En 27, igualmente se dio la colación y posesión de la canongía
de merced al señor racionero Dr. Dn. Bernardo Dacosta Romero,
presentado en real despacho de 22 de febrero (así está) del pre-
sente año. (Libro 9, fol. 74).
En 17 de junio, habiéndose insinuado por el señor maestres-
cuela lo ocurrido en la remisión de los Santos Oleos consagrados
en Maracaibo por haberse hecho directamente al Ledo. Dn. Diego
Ramírez, o intentar el señor provisor la percepción y distribución
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1738 309
de ellos; y expuesto largamente los fundamentos de tocar al Ca-
bildo y deberse custodiar en la Catedral y desde ella hacerse la
distribución; se difirió la resolución para Cabildo pleno. (Libro 9,
fol. 77 vto.)-
En 19 de julio, presentado el real despacho de 17 de febrero
de 1737 en que se concede en depósito al señor Dr. Dn. Juan
Agustín Naranjo una media ración que obtenía el Dr. Dn. Andrés
Alvarez de Priego, se le dio posesión de ella por el señor teniente
provisor en el coro y sala capitular, estando junto con el Cabildo,
y hizo la profesión de la fe y todo lo demás que los propietarios,
menos la colación. (Libro 9, fol. 99).
En 20, habiéndose recibido el testimonio de una Real Cédula
de 5 de octubre de 1737, sobre que todos los caudales procedentes
de las vacantes de arzobispados y obispados desde el día Io de
enero de 1735 en adelante, y asimismo las de todas las prebendas
y de otros ministros que gozan renta en los diezmos, se aplicasen
a las obras pías que en ella se expresan, entregándose al efecto
a los señores oficiales reales; y vista con el auto del Illmo. Sor.
Obispo y otro de su provisor, en que hace varios mandatos para
el puntual cumplimiento de esta Real Cédula; puéstose un acuerdo
a consecuencia de los testimonios e insertó en el que sigue exten-
dido en el libro, en el cual insinuó el Cabildo no deber entrar en
las reales cajas el producto de vacante hasta cumplido un año
de la fecha de la Real Cédula y no deberse incluir las obvenciones
y manuales : se continuó tratando de la materia en este Cabildo
original, y se determinó que sin perjuicio de los derechos del
Cabildo y de la providencia de su Sría. Illma. se pusiese aquel
testimonio; y que después se trataría de los puntos tocados por
los señores capitulares en sus votos. (Libro 9, fol. 80 vto.).
Aquí mismo se trató también de una real provisión del supremo
consejo de 3 de septiembre de 1737, y un auto de su Sría. Illma.
(que todo está copiado al folio 95 de este libro) acerca de la capilla
de San Pedro y sagrario de la parroquia para que se informase lo
que la fábrica había gastado en ella, y así en esta acta original
como en la que está inserta en el mismo testimonio, insinuó el
Cabildo tener dado su cumplimiento, luego que se la intimó el
señor Gobernador, y se mandó devolver otro testimonio al señor
provisor. (Libro 9, fol. 80 vto.).
En 22, se mandó satisfacer el costo de 24 blandones de plata
que se trajeron por medio del Illmo. Sor. Obispo. (Libro 9, fol. 98).
310
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
En 5 de agosto, habiendo representado prolijamente el señor
racionero Dr. Dn. Joseph Martínez de Porras, acerca de no haber
aún aceptado el nombramiento de adjunto el señor maestres-
cuela; protestando éste que así se sometía al prelado y al Ca-
bildo, estando por su dignidad exento de su jurisdicción y que
con este mismo pretexto se excusaba de algunos otros actos, que
le incumbían como prebendado, se acordó hacerse citación para
tratar en otro día de esta materia como de tanta gravedad. (Li-
bro 9, fol. 101 vto.).
En 12, el Cabildo prestó su consentimiento para que se pu-
diese hacer la fundación en el capital de 1.200 pesos, de los maitines
de la Asunción de Nuestra Señora que dejó dotados doña Juana
Solórzano, y que vista la fundación la admitiría. (Libro 9, fol. 108).
En 14, se hizo la admisión de esta dotación. (Libro 9, fol.
108 vto.).
En 19, se reiteró el tratado pendiente del día 5 de este mes,
y resultó por acuerdo que se intimase de nuevo el de 31 de enero,
sobre que el señor maestrescuela aceptase el nombramiento de
adjunto y prestase el juramento. Y sigue una diligencia de la
respuesta a esta intimación. (Libro 9, fol. 109).
En 22, fueron nombrados por hacederos y receptores de la
cuarta capitular los señores magistral Dr. Dn. Gerónimo de Rada
y medio racionero Dr. Dn. Francisco de la Vega. (Libro particular,
fol. 24 vto.).
En el mismo día se presentaron las cuentas de los señores
que acabaron la receptoría, y se les dieron las gracias. (Libro 9,
fol. 112).
En 26, se reiteró el acuerdo sobre que el señor maestrescuela
acepte y jure el nombramiento de adjunto. (Libro 9, fol. 113).
En 29, se dispuso: que el sobredicho asunto de la resistencia
del señor maestrescuela se pasase al señor doctoral con los docu-
mentos que pidiese para exponer los derechos del Cabildo y que
el apoderado usase del poder en esta dependencia. (Libro 9, fol.
113 vto.).
En 2 de septiembre, se mandó contestar una carta del juez de
diezmos de Valencia, cuyo asunto no se expresa. (Libro 9, fol. 114).
En 9 presente el señor maestrescuela, se hizo que el notario
expresase la palabra que estimó menos decente cuando recibió
su respuesta a la intimación de la acta de 19 de agosto anterior,
y expresó haber sido la voz emulación. (Libro 9, fol. 114 vto.).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1738
311
En 14, presentado ú real despacho de 23 de marzo de este
año en que es promovido el señor medio racionero Dr. Dn. Fran-
cisco de la Vega a una ración vacante por ascenso del señor Dr. Dn.
Bernardo Dacosta, el señor teniente provisor, estando con el .Ca-
bildo en el coro le dio la colación y seguidamente la posesión allí
mismo y en la sala capitular con las ceremonias acostumbradas,
juramento y profesión de la fe, y firmó el dicho señor teniente
provisor, después del señor presidente. (Libro 9, fol. 166).
En 15, se dio igualmente colación y posesión de la media ración
que dejó el señor racionero antecedentemente expresado, al señor
Dn. Juan Ignacio Landaeta, a consecuencia del real despacho de
su presentación fecho en Io de abril de este año. (Libro 9, fol. 120).
En 16, se aprobaron las cuentas de los señores receptores
presentadas en el Cabildo de 22 de agosto anterior. (Libro 9,
fol. 115).
Aquí mismo protestó el señor medio racionero Dn. Juan Ignacio
Landaeta, que no consentía en que firmase primero el otro señor
medio racionero Dr. Dn. Juan Agustín Naranjo, por serlo en
depósito y el Cabildo acordó, que se presentasen los reales des-
pachos de ambos para proveer. (Libro 9, fol. 116).
En 19, habiendo expuesto el señor medio racionero Dn. Juan
Ignacio Landaeta, las razones que tenía para preferir al señor
medio racionero en depósito Dr. Dn. Juan Agustín Naranjo, se
difirió la resolución hasta oir a este señor que estaba ausente.
En 23, habiendo exhibido el sobredicho señor Dr. Dn. Juan
Agustín Naranjo, su representación acerca de la preferencia que
pretende en asiento y fi :ma el señor medio racionero Dn. Juan
Ignacio Landaeta se mandó copiar y sigue copiada. (Libro 9,
fol. 124).
En 26, exhibida otra representación por el nominado señor
Dn. Juan Ignacio Landaeta, se mandó también copiar y se copió
al folio 130 vuelto (Libro 9, fol. 128).
En 27, insinuándose lo ocurrido con el señor maestrescuela
Dr. Dn. Manuel de Sosa, en el asunto de no aceptar el nombra-
miento de adjunto, y demostrar su resistencia a sujeción a las
providencias de la jurisdicción ordinaria, en la causa que se seguía
sobre esto, y de que había resultado ser preso en la sala capitular;
se acordó hacerse como se hicieron presentes las singularidades de
este caso para haberse consentido en el hecho de la posesión sin
adjuntos, a fin de que en lo sucesivo no damnificase ?1 privilegio
312
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZL'ELA
de los señores capitulares; y para cualquiera otra criminalidad que
hubiese en la propia causa, o en distinta se nombró en lugar del
dicho señor maestrescuela, al señor medio racionero Dr. Dn.
Francisco de la Vega, por adjunto. (Libro 9, fol. 129).
En 30, se reiteró el mismo tratado, y aunque se mandó poner
copia del auto del señor teniente provisor, relativo a la sobredicha
prisión y de una respuesta dada por el señor presidente del Cabildo,
no se halla en este libro. (Libro 9, fol. 136).
En 7 de octubre, se acordó con vista de las enunciadas repre-
sentaciones sobre preferencia en asiento y firma de los dos señores
medios racioneros propietarios e interino, que ocurriesen al señor
provisor. (Libro 9, fol. 136 vto.).
En 29 de noviembre, sin embargo de no haber venido la con-
sulta hecha al Illmo. Sor. Obispo (ausente en visita) sobre nombra-
miento de juez de diezmos, se deliberó hacerse la elección por la
urgencia del tiempo de iniciar los pregones, y se hizo en el señor
canónigo de merced Dr. Dn. Bernardo Dacosta Romero. Se dio
parte a su Sría. Illma. y se pidió la confirmación al señor provisor,
y en efecto la concedió ínterin su Sría. Illma. determinaba otra
cosa, según un auto de que sigue copia. (Libro particular, fol. 25).
En 12 de diciembre, recibida la cuenta de gastos del apode-
rado de la Corte, se mandó pasar a la vista de todos los señores
capitulares ausentes, para después resolver acerca de la satisfac-
ción del alcance. (Libro 9, fol. 137).
En 16, se prestó consentimiento para el reconocimiento del
censo de 200 pesos de capital perteneciente al Cabildo, y no se
especifica más. (Libro 9, fol. 137).
Ario de 1739.
En Io de enero, fueron electos por jueces adjuntos los señores
Chantre Dr. Dn. Lucas Casimiro de Salas, y medio racionero
Dn. Juan Ignacio Landaeta.
En 3 de febrero, se dispuso: que el apoderado del Cabildo en
esta ciudad, bajo dirección del señor doctoral, se presentase en
la causa que se seguía en el Tribunal de diezmos sobre cobros
de diezmos de una hacienda en Ocumare de las Monjas Concep-
ciones. (Libro 9, fol. 138).
En 6 se mandó pasar al señor juez de diezmos, una carta del
vicario de San Sebastián acerca de algunos hechos de los vecinos
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1739
313
de Cumaná relativos a los diezmos de algunos confinantes de esta
diócesis que pretendían a aquéllos ser de aquella provincia. (Li-
bro 9, fol. 139).
Aquí mismo, habiéndose recibido el título de juez de diezmos
despachado por el Illmo. Sor. Obispo, al señor Dr. Dn. Bernardo
Dacosta Romero, y una carta de su Sría. Illma. insinuando el
Cabildo que no tuvo necesidad de ocurrir al señor teniente pro-
visor para darle jurisdicción provisionalmente, pues el Cabildo
tenía fundada la presunta de su Sría. Illma. en el caso; se mandó
poner copia de todo, y en efecto se puso al folio veinte y ocho
vuelto del libro particular de elecciones. (Libro 9, fol. 139).
También aquí mismo volvió a prestar su consentimiento el
Cabildo para A reconocimiento de un censo que se expresa en la
última nota del año anterior. (Libro 9, fol. 139 vto.).
En 23, el Cabildo accedió a insinuación del comisario del
Santo Oficio a que al siguiente día se publicase un edicto en la
Catedral. (Libro 9, fol. 139 vto.).
En 10 y 23 de marzo, el Cabildo a insinuación del señor juez
de diezmos se allanó a lo mismo en que conviniese otros partícipes
en cuanto a poner en administración la vereda de diezmos de la
Villa de Cura. (Libro 9, fol. 140).
Aquí mismo se accedió a la libertad que se pretendía de una
esclava de la Iglesia, y que con su precio se subrogase otra para
el oficio de lavandera. (Libro 9, fol. 141).
En 7 de abrU, se dispuso que se ejecutasen las obras de varios
ornamentos para las sacristías de esta Santa Iglesia. (Libro 9,
fol. 141 vto.).
En 10, se disputó a los señores Chantre, maestrescuela y
canónigo de merced para tratar con el Illmo. señor Obispo, acerca
de muchas cosas que necesitaba la Iglesia para su ornato y esplendor
del culto divino y tomar los medios de llevarlas a efecto, según
los fondos que tuviese la fábrica conviniendo también el señor
vicepatrono regio. (Libro 9, fol. 142).
En 14 y 15, se mandó al mayordomo cumpliese la libranza
tirada por el Cabildo para los ornamentos dispuestos y se acordó
dar cuenta al Illmo. Sor. Obispo de la resistencia que hizo el
mismo mayordomo a cumplirla para que obligase a éste a dar la
correspondiente satisfacción al Cabildo y que se procediese a la
recepción de sus cuentas y aseguramiento de la administración de
los caudales de fábrica. (Libro 9, fol. 143 vto.).
314
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
En 24, recibida la noticia de estar electo Obispo de Santa
Marta el señor Dr. Dn. Joseph Mijares de Solórzano, Deán, se
acordó celebrarla con repique general, Te Deum, ir el Cabildo capi-
tularmente a darle la enhorabuena, iluminaciones y fuegos de
cuenta del Cabildo: ponerle faldutorio, almohada, y tapete en su
silla, y destinar dos capellanes de coro para ayudarle la misa.
(Libro 9, fol. 145 vto.).
En 8 de mayo, se denegó al Padre Dn. Jacob de Miranda la
petición que hizo de que se le contribuyesen las rentas de maestro
de capilla y de organista; pues no había cumplido la promesa de
dar enseñado uno para el órgano, y hacia mucha falta: y se
dispuso que se noticiase esto al Illmo. Sor. Obispo por medio de
dos señores capitulares que iban a la ciudad del Tocuyo a asistir
a la consagración del Illmo. Sor. Obispo de Puerto Rico, cuyo
nombre no se expresa, y en cuanto a la petición que hicieron
ambos señores de que se le prestasen ornamentos para celebrar
en el tránsito, quedó sin resolverse por haberse inclinado la mitad
de los señores concurrentes a no haber facultades para tal prés-
tamo. (Libro 9, fol. 147).
En 23, de junio, se mandó avisar al Illmo. Sor. Obispo haber
fallecido el señor penitenciario para tratar de iniciar el concurso
a esta canongía. (Libro 9, fol. 148).
En 26, insinuándose que se habían de hacer el siguiente día
las honras por el dicho señor penitenciario, y que si la Univer-
sidad intentase concurrir a ella no se debía acceder, por no ser
conveniente su asistencia a presencia del Cabildo, y que así se
había observado anteriormente en igual caso: se dispuso dar este
aviso al señor maestrescuela para que providenciase en tiempo;
y en efecto ofreció providenciar. (Libro 9, fol. 148 vto.).
En 3 de julio, el Cabildo en vista de un expediente remitido
por el Illmo. Sor. Obispo, se allanó a que se pagase al padre Dn.
Jacob de Miranda la renta de maestro de capilla interino, que se
escribiese a éste que compareciese a manifestar su habilidad para
tal maestro de capilla; y que a Ambrosio Carreño, a quien había
enseñado a tocar el órgano, se le diese la renta de 50 pesos. (Libro
9, fol. 149).
En 7, habiendo participado el Illmo. Sor. Obispo al Cabildo
el nombramiento que había hecho de teniente provisor en el Dr.
Dn. Juan Pérez Hurtado, se mandó poner y se puso a continuación
copia de la carta. (Libro 9, fol. 150).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1739 315
En 10, tuvo a bien el Cabildo por medio de un diputado insi-
nuar al señor factor de la compañía Guipuzcoana que pagaría
por sí algunas telas que le habían sacado para ornamentos, en
caso que no pagase el mayordomo de fábrica. (Libro 9, fol. 150 vto.).
En 14 del mismo julio: el Cabildo insinuó al Illmo. Sor. Obispo
la timidez en que se hallaba para acceder a una propuesta de su
Sría. Illma. de establecer un teniente de sochantre con renta de
la fábrica sin la real aprobación de este nuevo establecimiento.
(Libro 9, fol. 151).
En el mismo día fue electo por consiliario del Seminario el
señor canónigo de merced Dr. Dn. Bernardo Dacosta Romero.
(Libro particular, fol. 31).
En 4 de agosto, habiéndose recibido carta de su Sría. Illma.
(que sigue copiada) en que dispone que el Cabildo proceda a la
expedición de edictos para la canongía penitenciaria, que se le
remitan al lugar donde se hallase para firmarlos y que se tratase
sobre convocar también a los no cuadragenarios, se reservó para
otro acto el tratado. (Libro 9, fol. 152).
En 21, vista una carta dirigida al Cabildo desde Segovia por
el Illmo. Sor. Dn. Juan García Abadiano (que sigue copiada)
participándole estar electo Obispo de esta diócesis, se dispuso su
contestación; y a pluralidad de votos se acordó suspender la parti-
cipación de esto al Illmo. Sor. Obispo que estaba gobernando,
hasta ocasión más oportuna. (Libro 9, fol. 153).
En 31, presentado el real título, en que es promovido el señor
Chantre Dr. Dn. Lucas Casimiro de Salas al arcedianato, vacante
por fallecimiento del señor Dr. Dn. Cristóbal de Lizauzabal; y
practicadas las previas diligencias ante el señor teniente provisor,
le dió éste la colación en el coro, y seguidamente la posesión allí
mismo y en la sala capitular con las ceremonias acostumbradas,
juramento y profesión de la fe. (Libro 9, fol. 155).
En 2 de septiembre, se accedió mediante insinuación del Illmo.
Sor. Obispo y de la reverenda madre priora del convento de Car-
melitas de esta ciudad, a asistir el Cabildo a la fiesta de la dedi-
cación de su Iglesia. (Libro 9, fol. 159 vto.).
En 7, presentado el real título, en que es promovido el señor
maestrescuela Dr. Dn. Manuel de Sosa y Betancourt a la dig-
nidad de Chantre vacante por promoción del señor Dr. Dn. Lucas
Casimiro de Salas, y practicadas las previas diligencias, se le dió
por el señor teniente provisor colación en el coro, y seguidamente
316
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
la posesión allí mismo, y en la sala capitular, con las ceremonias
acostumbradas, juramento y profesión de la fe. (Libro 9, fol. 160.).
En 11, habiéndose recibido un auto del señor teniente provisor
para que el Cabildo nombrase terceros en el juicio de cuentas del
mayordomo de fábrica Dn. Di?go de Liendo, se acordó insinuar
al dicho señor teniente provisor que en atención a no constar
la especial comisión del Illmo. Sor. Ob'spo, ni estar el procedi-
miento de este juicio conforme a la erección, sinodal y leyes reales,
omitía el Cabildo por ahora el tal nombramiento. (Libro 9, fol. 165).
En 17, presentado el real título en que el señor Dr. Dn. Pedro
Tamaron y Romeral, cura de la Catedral es promovido a la dignidad
de maestrescuela; y practidadas las previas diligencias, el señor
teniente provisor le dió la colación en A coro y seguidamente la
posesión allí y en la sala capitular con las ceremonias acostum-
bradas, juramento y profesión de la fe. (Libro 9, fol. 166 vto.).
En 18, vista la determinación del sobredicho señor teniente
provisor, de que el mayordomo ocurriese al Illmo. Sor. Obispo,
el Cabildo accedió sin perjuicio de su derecho. (Libro 9,
fol. 166).
En 25, habiéndose recibido un auto del Illmo. Sor. Obispo, en
que declara nulo todo lo obrado por su teniente provisor en la
causa sobre haberse resistido el señor maestrescuela a la acep-
tación d=d nombramiento de adjunto, estimándose por su dignidad
exento de ser juzgado por jueces eclesiásticos; y alzando su Sría.
Illma. el conocimiento en este punto por haberse hecho recurso
al Rey, manda seguir de nuevo la causa en cuanto a que el Cabildo
manifestase el privilegio de adjuntos: el Cabildo expresando difu-
samente los fundamentos del tal privilegio, hace presente a su
Stía. Illma. el ejecutorial ganado ante el señor metropolitano en
este punto, contra el Illmo. Sor. Escalona, y la cual cédula expe-
dida en 26 de noviembre de 1724, y bajo de varias protestas dis-
puso que se exhibiese testimonio de estos documentos. Y aunque
el señor doctoral en su voto hace mención de otra Real Cédula
expedida en el mismo caso en 22 de marzo del dicho año de 24,
no se mandó incluir en el testimonio. (Libro 9, fol. 171 vto.).
En 8 d . octubre, hecho nombramiento de los señores maestres-
cuela y medio racionero Vega para ir a La Guaira al recibimiento
del nuevo prelado electo, se suspendió por haber alegado aquél
estar por su dignidad exento de comisiones del Cabildo y hallarse
pendiente el asunto en el real y supremo consejo. (Libro 9, fol. 175).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1739
317
En 10 de noviembre, aunque en el principio de esta acta con
diversidad de pareceres, al fin unánimemente se acordó enviar
dos señores capitulares, que lo fueron los sobredichos señores
maestrescuela y medio racionero para el recibimiento del Illmo.
Sor. Dn. Juan García Abadiano, cuando allí arribase, y asimismo
se hicieron otras diputaciones para almuerzo en el s'tio de la
Venta, para muías de silla, para comidas en esta ciudad, para
expensas y para camas; y se dispuso que los señores receptores
de la cuarta capitular suministrasen lo necesario. (Libro 9, fol.
176 vto.).
En 19, habiéndose recibido un requerimiento del señor Gober-
nador y Capitán general sobre que se diese la posesión de este
obispado al Illmo. Sor. Dn. Juan García Abadiano en obedeci-
miento del real ejecutorial y bulas pontificias que remitió al Ca-
bildo: de que resultaba que siendo cura de la Iglesia de Santa
Olaya de Segovia, fue electo Obispo de esta diócesis por pro-
moción del Illmo. Sor. Dr. Dn. Joseph Félix Valverde al obispado
de Michoacán, y que estaba ya consagrado, se acordó el obedeci-
miento y se dispuso la función de acción de gracias y quedó el
Cabildo llano a dar la posesión luego que compareciese su Sría.
Illma. (Libro 9, fol. 178 vto.).
En 22, hizo su entrada a esta ciudad el Illmo. Sor. Dn. Juan
García Abadiano; y recib'do con las correspondientes solemni-
dades en la Iglesia ayuda de parroquia de Nuestra Señora de
Altagracia, pasó a la Santa Iglesia Catedral y se le dio la po-
sesión en el altar, coro y sala capitular, y en ésta hizo la profesión
de la fe. Y siguen copiadas las bulas expedidas por el señor Cle-
mente XII en 22 de diciembre de 1738: el testimonio de la consa-
gración hecha en Madrid el día 28 de junio de este año de 39;
y el real ejecutorial expedido en 8 de abril del mismo año. (Libro
9, fol. 179 vto.).
En 27, se nombró al señor arcediano por diputado para parti-
cipar al Illmo. Sor. Obispo el estado del concurso a la canongía
penitenciaria y a los señores doctoral y merceda/io para partici-
parlo al señor vicepatrono real. (Libro 9, fol. 191).
En 18 de diciembre, se trató acerca de aumentar la renta al
maestro de ceremonias y se acordó diputar dos señores para con-
ferir el asunto con el Illmo. Sor. Obispo. (Libro 9, fol. 193).
318
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
Año de 1740.
En 1 0 de enero, fueron electos por adjuntos los señores Chantre
y canónigo de merced: y aquí mismo habiéndose tratado acerca de
la inquietud causada en este privilegio por el Illmo. Sor. Valverde,
se mandó pasar noticia de la contestación del Cabildo y del ejecu-
torial y real cédula allí citada al Illmo. Sor. Abadiano. Y sigue
un auto original de este Illmo. señor en que declara indubitable
el mismo privilegio en esta Santa Iglesia se manifiesta pronto a
hacerlo cumplir en obedecimiento de lo mandado en el citado ejecu-
torial y en la Real Cédula; y aprueba el sobredicho nombramiento.
(Libro particular, fol. 31 vto.).
En 7, se declaró a pluralidad de votos susbsistentes el poder
dado en la Corte por el Cabildo a Dn. Francisco Sancho Ojeda
y se disputó al señor canónigo de merced Dn. Bernardo Romero
para tratar con él los asuntos y especialmente con el anterior
apoderado Dn. Joseph Serrano. (Libro 9, fol. 194).
En 12, visto el cuadrante se mandó poner en él el decreto
acostumbrado. (Libro 9, fol. 194 vto.).
En 22, insinuándose los perjuicios que resultaban de los re-
mates de diezmos hechos en la tierra adentro por los jueces parti-
culares, se dispuso que para el remedio se nombrase un señor
prebendado que con título de juez general pasase a la ciudad de
Barquisimeto, y que en ella conociese de los diezmos de allí y demás
partes de aquellos partidor, sus remates y administraciones y del
cobro de las cuartas episcopales y capitulares, señalándosele un
ocho por ciento con obligación de dar fianzas. Y a efecto de poner
esto en ejecución se mandó pasar t\ acuerdo al Illmo. Sor. Obispo,
quien a continuación proveyó auto confirmando todo lo que queda
expresado. (Libro 9, fol. 195).
En Io de febrero a insinuación del señor juez general de diezmos
por no haber comparecido postores, se dispuso que sí dentro del
segundo día, continuados los pregones no hubiese quien diese lo
mismo que en el año anterior, o más, se pusiesen en administración
las veredas no rematadas, supuesto el consentimiento dtl Illmo.
Sor. Obispo y solicitándose el de los señores oficiales reales. (Libro
9, fol. 200 vto.).
En 5, consecuente a un decreto del Cabildo de 29 de enero,
se puso testimonio del título de cura rector de la Catedral, des-
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1740
319
pachado por el Illmo. Sor. Obispo a Dn. Francisco Javier de
Ayesterán por promoción del señor Dr. Dn. Pedro Tamarón.
(Libro 9, fol. 201 vto.).
En 19, se dispuso poner en administración los diezmos del
Tuy y se dieron varias disposiciones para el cobro, remisiones y
demás consecuentes por medio de un administrador con fianza;
obligándose las cuartas episcopal y capitular a abonar los reales
novenos, según las mayores posturas anteriormente hechas. Y
aquí mismo por lo respectivo a los remates de tierra adentro, se
nombró al señor canónigo de merced Dr. Dn. Bernardo Dacosta
Romero, para que pasase por tiempo de tres años a la ciudad de
Barquisimeto, según lo acordado en 22 del mes antecedente,
declarándosele por presente a todo en la catedral, atenta la uti-
lidad del ejercicio de su comisión. Y sigue un auto del Illmo. Sor.
Obispo en que aprueba esta acta y se obliga al cumplimiento de
lo que le toca (Libro 9, fol. 207).
En 21, de marzo, el Cabildo, como patrono de una capellanía
de 500 pesos de principal fundada por el señor arcediano Dn. Agus-
tín de Palma, presentó por capellán de ella al Dr. Dn. Blas Arraes
en calidad de catedrático de moral de la Universidad conforme
a la fundación. (Libro 9, fol. 210).
En 29, se diputaron dos señores capitulares para tratar con el
Illmo. Sor. Obispo, sobre nombramiento de juez general de diezmos
de los que se rematan en esta ciudad, por haber pasado el que lo
era a la misma judicatura en tierra adentro. (Libro 9, fol. 210 vto.).
En 31, hecho aquel tratado, se eligió al señor medio racionero
Dn. Juan Ignacio Landaeta, por juez general de diezmos interino,
mientras regresaba el propietario. Y sigue un auto del Illmo. Sor.
Obispo en que confirmó esta acta, y mandó despachar el título.
(Libro particular, fol. 34).
En 4 de abril, se difirió para otro Cabildo el tratado sobre
un auto de su Sría. Illma. acerca de continuarse la fábrica aumen-
tada al palacio episcopal. (Libro 9, fol. 211).
En 5, se dispuso que se pasase aviso al señor canónigo de
merced ausente en Barquisimeto con la judicatura de diezmos;
por sí quisiese votar en la provisión de la canongía penitenciaria.
(Libro 9, fol. 211 vto.).
En 9, continuándose el tratado suspenso en 4 de este mes
acerca del palacio episcopal, se refiere todo lo ocurrido anterior-
mente acerca de él y que era propio de la. dignidad episcopal con
320
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
el gravamen de un censo de 7.100 pesos a favor de la fábrica,
conforme a la Real Cédula que se cita: y se acordó a pluralidad de
votos, no poderse acceder por el Cabildo al auto del Illmo. Sor.
Obispo mandando exhibir al mayordomo de fábrica la cantidad
calculada para concluir el edificio y al mismo tiempo insinuó el
Cabildo el agravio que se le irrogaba en que el Illmo. Sor. Obispo
hubiese dispuesto por si sólo de las rentas de fábrica, cuando
esto compete simultáneamente con el Cabildo. (Libro 9, fol.
212 vto,).
En 6 de mayo, a instancia del señor maestrescuela se le dio
testimonio de la acta de nombramiento de adjuntos en este año
y auto de su confirmación. (Libro 9, fol. 216).
En 17 y 20, a insinuación del Illmo. Sor. Dr. Dn. Joseph Mi-
jares de Solórzano, Deán, electo Obispo de Santa iMarta sobre
que se le había acabado el recle de que estaba usando y necesidad
de tiempo para las disposiciones de su viaje se le concedió con apro-
bación del Illmo. Sor. Obispo diocesano, que pudiese usar de
licencia todo el tiempo que necesitase y a su misma insinuación
se determinó que pasasen al señor dignidad a quien correspondiesen
los patronatos de la capilla de Nuestra Señora del Pilar y de la
obra pía de Chuao. (Libro 9, fol. 216).
En el mismo día 20, con motivo de haber insistido el Illmo.
Sor. Obispo en que se reparasen las casas episcopales de cuenta
de la fábrica y mandado al mayordomo hiciese la contribución
de gastos: el Cabildo insinuando su derecho perjudicado con esta
disposición y el de la Iglesia con el indicado gasto, determinó
bajo de varias protestas ocurrir al Rey dando cuenta de todo, y
también al señor vicepatrono regio para lo que conviniese Ínterin
venía la real resolución. (Libro 9, fol. 217 vto.).
En 21 de junio, se dispuso, que en la sala capitular a hora
determinada por dos señores capitulares con el secretario se ma-
nifestasen a los señores oficiales reales conforme a su solicitud
los libros donde constaban las cuartas tocantes al prelado y al
Cabildo en los diezmos, para hacer un informe al Rey. (Libro 9,
fol. 219 vto.).
En 23 de agosto, habiéndose hecho saber al Cabildo de man-
dato del señor provisor, una Real Cédula fecha en 7 de diciembre
de 1731, en que se aumenta a los mayordomos de fábrica de esta
Santa Iglesia, y del seminario, el cuatro por ciento que gozaban,
hasta un seis por ciento, el Cabildo no aceptó la providencia, por
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1741
321
no ser inmediatamente del Illmo. Sor. Obispo y faltar la simul-
taneidad del Cabildo y pidió testimonio para el recurso que le
conviniese. (Libro 9, fol. 220 vto.).
En 6 de noviembre, con motivo de ausencia de uno de los
señores adjuntos, y estar el otro impedido, y haberse prevenido
por el Illmo. Sor. Obispo al Cabildo, que subrogase otros para el
seguimiento de una causa contra dos señores capitulares, subrogó
a los señores maestrescuela y doctoral. (Libro particular, fol.
34 vto.).
No hubo otro Cabildo en este año.
Año de 1741.
En Io de enero, fueron nombrados por adjuntos los sobre-
dichos señores maestrescuela y doctoral. (Libro particular, fol.
35 vto.).
En 30 se acordó, que se pusiesen en administración algunas
veredas de diezmos y se nombraron dos señores capitulares con
asignación de un tres por ciento para recoger los frutos y expen-
derlos y se participó al Illmo. Sor. Obispo por su parte, y a fin
de que mandase practicar las correspondientes diligencias con los
señores oficiales reales. (Libro 9, fol. 221).
En 7 de marzo, se acordó pasar al señor doctoral un escrito
que se había remitido al Cabildo por el Illmo. Sor. Obispo sobre
pretensión de un sujeto a las capellanías que mandó fundar el
señor arcediano Dn. Juan de Vargas. (Libro 9, fol. 222 vto.).
En 4 de abril, habiéndose recibido por medio del señor Go-
bernador y Capitán general, una Real Cédula fecha en 27 de
agosto de 1740, en que atentos los informes hechos a Su Ma-
jestad, acerca de haber dado su consentimiento el Illmo. Sor.
Dr. Dn. Joseph Félix Valverde para la promoción al obispado de
Michoacán, y sin embargo de lo representado por el Cabildo
se declara: no haberse debido dar posesión de éste de Caracas al
Illmo. Sor. Dn. Juan García Abadiano, y ser nulo el mismo acto
y todos sus consecuentes: se enuncia haber Su Majestad ocurrido
al Sumo Pontífice por el breve subsanatorio ad cautelam de lo
obrado y de las suspensiones y penas incurridas; y se manda que
en caso de haber fallecido el dicho señor Valverde, se tocase a
sede vacante y ejerciese el Cabildo la jurisdicción que le competía
22 — Actat, i
322
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
y el Illmo. señor Abadiano se retirase al Puerto de La Guaira;
absteniéndose de todo acto y función episcopal: el Cabildo expre-
sando que el Illmo. Sor. Valverde había fallecido el día 23 de
febrero de este año y que actualmente se estaba tocando la sede
vacante, dispuso que se citase para la elección de vicario capitular
y para lo que se ofreciese entre tanto, nombró al señor arcediano
que era presidente. (Libro 9, fol. 223).
Sigue copiada la citada Real Cédula. (Libro 9, fol. 224 vto.).
En 7, en vista de un exhorto del señor Gobernador acerca
de que no votasen en la elección el provisor capitular, los señores
racioneros y medios, y en atención a que un racionero y un medio,
renunciaron sus votos sin perjuicio, se dispuso: que otro señor
medio racionero que no accedió a ésto, dedujese su derecho dentro
de segundo día y que se hiciese saber al otro señor racionero au-
sente. (Libro 9, fol. 228).
En 10, continuándose el tratado, se ventiló antes, si debía
salir de la sala el señor Chantre, como que fue el que representó
al señor Gobernador, y habiéndose acordado que saliese y veri-
ficándolo; se dispuso citación para ver las representaciones de los
señores racioneros y medios. (Libro 9, fol. 229).
En 11, proseguido el mismo tratado se acordó a pluralidad
de votos que los señores racioneros y medios, votasen en la elección
de vicario capitular y que a este efecto se citase. (Libro 9,
fol. 231).
En 12, sin embargo de las protestas hechas por el señor Chantre
en cuanto al voto de los señores racioneros y de haberse salido
de la sala protestando de nulidad, se procedió a la elección de
vicario capitular, y en efecto se hizo en el Dr. Dn. Angel Barreda,
con las mismas reservas de jurisdicción hechas en la anterior sede
vacante, menos la de entender en los conventos de Monjas: y en
el mismo acto compareció y aceptó. (Libro particular, fol.
36 vto.).
En 13 y 14, se acordó a pluralidad de votos consultarse por
medio de dos diputados a la Universidad, comunidades y abogados
acerca de varios puntos relativos a la posesión dada al Illmo. Sor.
Abadiano y ejercicios de éste en órdenes y jurisdicción. (Libro 9,
fol. 233 vto.).
En 19, se dispuso que el señor canónigo de merced, que se
hallaba en la comisión de la judicatura de diezmos en tierra adentro
regresase a esta ciudad. (Libro 9, fol. 235).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1741
323
En 29, se mandó poner preso a un notario por una falta de
atención que tuvo con el Cabildo, y especialmente con el señor
Tesorero. (Libro 9, fol. 235 vto.).
En 2 y 10 de mayo, con vista de las consultas hechas acerca
de los ordenados y licenciados, y otros ejercicios de orden y juris-
dicción por el Illmo. Sor. Abadiano, se acordó no deberse innovar
en casa alguna hasta la resolución del Rey, y consecución del
breve de Su Santidad. (Libro 9, fol. 236).
En 26, conferenciando el punto de si se había de dar posesión
dú deanato al señor arcediano Dr. Dn. Lucas Casimiro de Salas
y a los demás señores provistos en las multas, por estar aún en esta
ciudad el Illmo. Sor. Dr. Dn. Joseph Mijares de Solórzano, Deán,
electo Obispo de Santa Marta, sin embargo de que había recibido
la Real Cédula de gobierno y tenerse noticia de estar expedidas
sus bulas, se acordó que se ejecutasen los reales despachos dándose
a los provistos la posesión y que para la seguridad en tales casos
en lo de adelante, se consultase al Rey (Libro 9, fol. 239).
En 2 y 3 de junio, considerándose que una representación
hecha por el señor racionero Dr. Dn. Joseph Martínez de Porras
acerca de las facultades conferidas al señor vicario capitular y
reservaciones hechas en la misma elección, era perjudicial al
Cabildo, se dispuso, que se comunicase vista al promotor fiscal, y
pasase el asunto al mismo señor vicario capitular. (Libro 9, fol. 242).
En 9, a insinuación del señor Gobernador sobre ser defectuosa
a rectora del hospicio y enfermería de Nuestra Señora de la
Caridad, se dio comisión al señor canónigo de merced para remediar
lo que conviniese. (Libro 9, fol. 244).
En 12, el Cabildo sede vacante por medio del señor Chantre
dio en el coro la colación de la dignidad de Deán al señor arcediano
Dr. Dn. Lucas Casimiro de Salas, mediante el real despacho de
presentación; y las previas diligencias evacuadas al mismo fin,
y seguidamente le dio la posesión allí mismo y en la sala capitular
con las ceremonias, juramento y demás acostumbrado. Hallábase
vacante el deanato por fallecimiento del señor Dr. Dn. Francisco
Martínez de Porras, el cual no recibió posesión y a éste se había
conferido por promoción del Illmo. Sor. Dr. Dn. Joseph Mijares
de Solórzano al obispado de Santa Marta. (Libro 9, fol. 244 vto.).
En 13, de mismo modo se dio la colación y posesión del arce-
dianato al señor canónigo de merced Dr. Dn. Bernardo Dacosta
Romero. (Libro 9. fol. 251).
324
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
En 15, igualmente se dio colación y posesión de la canongía
de merced al señor racionero Dr. Dn. Francisco de la Vega. (Li-
bro 9, fol. 251).
En 19, se nombraron seis examinadores sinodales. (Libro 9,
fol. 251, vto.).
En 23, se nombró al señor arcediano Dr. Dn. Bernardo Dacosta
Romero por vicario del convento de Monjas Concepciones que
vacó por la promoción del Illmo. Sor. Dr. Dn. Joseph Mijares
de Solórzano. (Libro 9, fol. 252).
En 26, no obstante la oposición de dos señores capitulares se
mandaron dar a la parte del Illmo. Sor. Abadiano unos testimonios
que pidió de la Real Cédula del asunto de su posesión y otras cosas
relativas. (Libro 9, fol. 263).
En 7 de julio, habiendo insinuado el señor doctoral Dr. Dn.
Francisco de Hoces, como comisario del Santo Oficio, estar nom-
brado por receptor en esta ciudad, Dn. Miguel de Ascanioy Guerra,
se mandaron entregar a éste las rentas de la canongía suprimida.
(Libro 9, fol. 264).
En 14 y 15, se volvió a tratar el asunto de la representación del
señor racionero Dr. Dn. Joseph Martínez sobre reservaciones del
Cabildo en la elección de vicario capitular y conferenciando proli-
jamente el asunto se declaró residir en el Cabildo sede vacante,
no obstante el nombramiento de vicario capitular, la competente
jurisdicción para el conocimiento de una causa del dicho señor
racionero y que éste contestase la demanda ante el juez que había
comisionado. Y por algún exceso de expresiones en sus represen-
taciones se mandó comparecer en la sala al promotor fiscal para
corregirle. (Libro 9, fol. 265).
En 17, se presentó capellán para una capellanía formada de dos
fundadas por el señor arcediano Dn. Juan de Vargas, de que es
patrono el Cabildo; y asimismo se nombró un capellán de coro
de erección, y se hicieron varios nombramientos de vicarios y de
curas interinos. (Libro 9, fol. 270 vto.).
En 21, se revocó el nombramiento primero hecho en la acta
antecedente, y se hizo en otro sujeto idóneo. (Libro 9, fol. 272).
En 5 de agosto, a insinuación del señor Gobernador y a fin de
dársele la satisfacción que pedía de un agravio del señor provisor,
se mandó a éste que desde luego admitiese a un escribano a quien
había repudiado, a tiempo de hacerle saber un exhorto del mismo
señor Gobernador. (Libro 9, fol. 272 vto.).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1741
325
En 14, se trató sobre cobranzas de diezmos de tierra adentro,
y se determinó nombrar un vicario superintendente y de diezmos
con varias facultades y señalamiento de un dos por ciento, con tal
que diese fianzas. (Libro 9, fol. 275).
En el mismo día se hizo un nombramiento de capellán interino
de coro, en el padre Antonio Hernández que era músico de la
tribuna. (Libro 9, fol. 276 vto.).
En 16, se dispuso hacer la función de acción de gracias al
Altísimo, con repiques, Te Deum, misa y sermón de magistral,
y con iluminaciones por la victoria conseguida por las armas
españolas, contra los ingleses en la ciudad de Cartagena: y se mandó
celebrar también en toda la diócesis. (Libro 9, fol. 277).
En 29 y 31, se obedeció un despacho del Illmo. Sor. Nuncio
Apostólico, y una carta acordada del real y supremo consejo,
cometiéndose en aquél ciertas facultades del muy reverendo padre
guardián del convento de San Francisco, y para su actuación se
le concedió uno de los notarios eclesiásticos: y aunque se mandó
poner testimonio de todo en este libro no se puso: ni tampoco se
expresa el asunto del dicho despacho y carta. (Libro 9, fol. 278).
En 18 de septiembre, se mandaron devolver al vicario de Ma-
racaibo y juez de diezmos de aquel partido, unos autos formados
acerca de la introducción de los interesados del arzobispado de
Santafé en la percepción de diezmos en los sitios de los Bobures
y San Pedro, para que teniendo presentes las Reales Cédulas
anteriormente ganadas, continuase los mismos autos, hasta po-
nerlos en estado de ocurrir al real y supremo consejo con informe
que haría el Cabildo. (Libro 9, fol. 279 vto.).
En 27, a pluralidad de votos, se nombró por teniente de cura
de la ayuda de parroquia e iglesia de San Pablo al maestro Dn.
Joseph Daniel de Castro. (Libro 9, fol. 280 vto.).
En 4 de octubre, se aprobaron las cuentas del último año del
trienio de los señores receptores de la cuarta capitular. (Libro 9,
fol. 281).
En el mismo día fueron nombrados por receptores para otro
trienio los señores magistral Dr. Dn. Gerónimo de Rada y mer-
cedario Dr. Dn. Francisco de la Vega, que eran los propios del
anterior. (Libro particular, fol. 37 vto.).
En 7, se dispuso hacerse recurso al Rey sobre la pretensión
de un religioso asistente real a exámenes de curatos, de que se le
diese asiento después del señor presidente, con preferencia a los
326
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
demás señores capitulares y se mandaron suspender los concursos
hasta la real resolución. (Libro 9, Sol. 282).
En 14, no obstante lo representado por algunos señores capi-
tulares en razón a la suspensión de los concursos a curatos por
la competencia suscitada, y de haberse propuesto un medio pru-
dente para proseguirlos, se dispuso a pluralidad de votos no mo-
verse en lo determinado. (Libro 9, fol. 282 vto.).
En 23, se nombró al Dr. Dn. Joseph Francisco Atienza, por
cura interino de Valencia. (Libro 9, fol. 285).
En 3 y 8 de noviembre, se mandó al mayordomo de fábrica
de la Catedral, diese cuentas; se hizo aplicación de algunos pro-
ductos de la obra pía de Cumanibare a las Iglesias de San Pablo
de esta ciudad y de la parroquial de la de San Felipe, y se nombró
al señor canónigo de merced Dr. Dn. Francisco de la Vega, por
visitador del convento de Carmelitas. (Libro 9, fol. 286).
En 17, se trató de que un clérigo isleño manifestase las licencias
con que había venido. (Libro 9, fol. 287 vto.).
En 21, se nombró al Dr. Dn. Juan Pérez Hurtado, por rector
del seminario, cuyo oficio vacó por renuncia que de él hizo el
Dr. Dn. Blas Arraes. (Libro 9, fol. 288).
En 23, se dispuso que a las dos puertas colaterales de la calle
se les pusiesen canceles con puertas y se diputó para ésto al señor
arcediano. (Libro 9, fol. 289).
En 18 de diciembre, se denegó el Cabildo a pluralidad de votos
a poner juez de diezmos inte.ino, mientras el propietario que lo
era el señor arcediano Dr. Dn. Bernardo Dacosta Romero, pasaba
en calidad de recle a la ciudad de Guanare. (Libro 9, fol. 290).
En 20, habiendo hecho dejación de la judicatura de diezmos
el dicho señor arcediano, fue nombrado por juez general de diezmos
el señor Deán Dr. Dn. Lucas Casimiro de Salas. (Libro particular,
fol. 38).
Año de 1742.
En Io de enero, fueron electos por adjuntos los señores Chantre
y mercedario. (Libro particular, fol. 38 vto.).
En 3 de febrero, considerándose que ya parecía estudiosa la
omisión de algunos predicadores del Orden de Santo Domingo
en faltar a la salutación al Cabildo en sus sermones; pues en uno
de los últimos notados, se había producido el predicador haciendo
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1742 3 2 7
cierta aplicación de un sagrado texto en agravio del Cabildo; se
acordó requerir sobre todo al prelado de aquel convento: y hecho
el requerimiento se dio cumplida satisfacción de haber procedido
de inadvertencia lo primero y equivocación del predicador en lo
segundo, según se expresa en un auto del dicho prelado, que sigue
copiado. (Libro 9, fol. 291).
En 12 de marzo, se hizo cierta elección en el Dr. Dn. Joseph
Francisco Machado, y se le mandó despachar título, pero no se
expresa de que hubiese sido, ni hay por donde inferirse. (Libro 9,
fol. 295).
En 16 de abril, habiéndose querellado el señor teniente Gober-
nador del proceder en una causa por el señor Chantre, se mandó
pasar al señor provisor. (Libro 9, fol. 296).
En 7 de mayo, se trató de iniciar el concurso a la canongía
doctoral vacante por fallecimiento del señor Dr. Dn. Francisco
de Hoces. (Libro 9, fol. 296 vto.).
En 9, considerada la práctica de otras catedrales, se trató de
nombrar defensor de los derechos de la Iglesia y Cabildo en la
vacante de la canongía doctoral, y en efecto se nombró a los señores
arcediano Dr. Dn. Bernardo Dacosta Romero, y maestrescuela
Dr. Dn. Pedro Tamarón. Y aunque también se había dispuesto
hacérseles asignación de salario en las rentas de la vacante, se
resolvió dejarlo a la voluntad del Rey y que se diese cuenta a Su
Majestad. (Libro 9, fol. 297).
En 18, habiéndose tratado de firmar un exhorto al señor Go-
bernador acerca de venia en los sermones por no haber concurrido
todos los señores capitulares, se mandó a los ausentes bajo la
multa de cien pesos que concurriesen al siguiente día a firmarlo.
(Libro 9, fol. 298).
En 19, habiéndose querellado los señores Chantre y racionero
Martínez acerca de la disposición antecedente, después de expre-
sadas sus representaciones, se les mandó salir, y salieron de la
sala dejando firmada la acta en esta parte; y proseguida se acordó
que todos (a excepción de aquellos dos señores) firmasen al exhorto;
y que se borrasen todas las cláusulas contenidas en la dicha re-
presentación del señor Chantre. (Libro 9, fol. 299).
En 23, atento un exhorto del señor Gobernador, sobre que se
prosiguiesen los concursos a curatos, bajo la conminación de que
mandaría suspender la renta a los interinos, se acordó, salvo el
recurso hecho en cuanto a as'ento del asistente real que se prosi-
328
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
guiesen dichos concursos y se abriesen otros, precidiendo el señor
magistral Dr. Dn. Gerónimo de Rada, en su casa, con facultad
para las providencias necesarias, hasta estar en estado de for-
marse las ternas, y que entonces se trajesen los autos al Ca-
bildo. (Libro 9, fol. 303).
En 28, habiendo insinuado el señor magistral que también
firmaba el exhorto el señor Gobernador acerca de venia o salu-
tación de los predicadores al Cabildo; se mandó pasar esta acta
al mismo señor Gobernador a quien ya estaba pasado aquel exhorto.
(Libro 9, fol. 304).
En Io y 5 de junio, habiéndose denegado el señor Gobernador
a dar su consentimiento para la expedición de edictos para la
canongía magistral, sino se daba el segundo asiento al asistente
real; el Cabildo insistiendo en lo que tenía acordado, y que no se
debía innovar hasta la resolución del Rey, requirió al señor Go-
bernador con los perjuicios que se seguían de la dilación. (Libro 9,
fol. 305).
En 8, por haber renunciado el señor magistral la providencia
a concurso de curatos, se nombró al señor provisor y vicario ge-
neral capitular y atento el exhorto del señor Gobernador para que
no se hiciesen los exámenes en casa particular, tuvo a bien el Ca-
bildo, sin perjuicio de sus facultades dejar a arbitrio del mismo señor
Gobernador la asignación de lugar, como no fuese la sala capitular.
(Libro 9, fol. 306 vto.).
En 11, presentado el real título, en que el señor Dr. Dn. Pedro
Díaz Cienfuegos, siendo cura de la Catedral, es promovido a la
canongía penitenciaria, vacante por fallecimiento del señor Dr. Dn.
Francisco Martínez de Porras, el Cabildo por medio del señor
presidente le dio la colación en el coro y seguidamente la posesión
allí y en la sala capitular con las ceremonias acostumbradas,
juramento y profesión de la fe. (Libro 9, fol. 307).
En 3 de julio, presentado el real título, en que el señor medio
racionero Dr. Dn. Juan Agustín Naranjo, se le confiere en pro-
piedad la misma media ración, que obtenía en depósito, por haberse
hecho constar en el supremo consejo y cámara estar ciertamente
demente el señor Dn. Andrés Alvarez de Pliego; se le dio la colación
y posesión del mismo modo que se expresó en la antecedente nota:
y quedó en asiento después del otro señor medio racionero. (Li-
bro 9, fol. 311).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1742
329
En 30, se acordó que se procediese a la fijación de edictos para
la canongía doctoral, atenta la angustia del término señalado para
la provisión, dándose asiento después del señor presidente al asis-
tente real sin perjuicio de los derechos del Cabildo, y de lo que el
Rey declarase en este punto. (Libro 9, fol. 314).
En 31 de agosto, se acordó llevar a efecto lo dispuesto en el
Cabildo antecedente: y éste, aquél y otros Cabildos relativos a
canongías son celebrados por los señores dignidades y canónigos.
(Libro 9, fol. 315).
Nota: que las actas de provisión de canongías están exten-
didas en sus respectivos autos y que de algunas extendidas en los
libros capitulares, se pondría testimonio de ellos.
En 24 de septiembre, por haber hecho dejación el señor ma-
gistral del encargo de receptor de la cuarta capitular, se nombró
al señor medio racionero Dr. Dn. Juan Agustín Naranjo. (Libro
particular, fol. 39).
En 12 y 13 de octubre, precedida conferencia sobre la equivo-
cación que tenía la cédula de citación y aclarándose ser no para
tratar del recibimiento del Illmo. Sor. Abadiano que había avisado
tener ya la cédula de gobierno, sino para acordar acerca de dár-
sele una comida; y asimismo considerándose no haber ya tiempo
para ésta, se acordó omitirla y que le hiciese un cortejo de des-
pensa. (Libro 9, fol. 315).
En 16, habiendo comparecido en la sala capitular el Illmo.
señor Dr. Juan García Abadiano, y dándosele asiento en la silla
obispal, manifestó dos reales cédulas, ambas fechas en 17 de marzo
de este año de 42, dirigida la una al Cabildo y la otra al mismo
señor Illmo. en que haciéndose relación de estar ya su Sría. Illma.
absuelto ad cautelatn de las censuras y penas en que hubiese in-
currido por los ejercicios nulos de jurisdicción y orden practicados
sin legítima posesión en este obispado y haber confirmado Su
Santidad lo dispuesto por su Nuncio, se manda al Cabildo que le
entregue el gobierno de esta diócesis mientras se despachan las
bulas o se revalidan las anteriormente despachadas: en cuyo obe-
decimiento y de las demás diligencias manifestadas (que de todo
sigue copia) el Cabildo le entregó toda su jurisdicción para que
desde luego gobernase e hizo el juramento acostumbrado. (Libro
9, fol. 317 vto.).
En el mismo día, y en 27 de noviembre, y 4 de diciembre,
habiéndose tratado sobre conceptuarse que había algún fraude en
330
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
las cuartas de primicias, tocantes a la sacristía mayor, incor-
porada a la cuarta capitular por t'dtimo se acordó que se previniese
al colector pusiese todo el cuidado conveniente en la recaudación,
como se había estilado y acostumbrado. (Libro 9, fol. 321 vto.).
Año de 1743.
En Io de enero, fueron electos por adjuntos los señores ma-
gistral y penitenciario. (Libro particular, fol. 39 vto.).
En 25, fue nombrado por consiliario del seminario por falle-
cimiento del señor arcediano Dr. Bernardo Dacosta Romero, el
señor penitenciario Dr. Dn. Pedro Díaz Cienfuegos. (Libro par-
ticular, fol. 40).
En 5 de febrero, se recibieron y obedecieron las cuatro reales
cédulas siguientes. Una de 10 de agosto de 1741 (de que no hay
copia), mandándose informar al Cabildo sobre la pretensión de
edificarse una ermita extramuros de esta ciudad, dedicada a la
Santísima Trinidad. (Libro 9 fol. 324).
Otra de 17 de noviembre del mismo año avisándose el recibo
del informe del Cabildo sobre haber tocado la sede vacante: la
cual tampoco está copiada. (Libro 9, fol. 324).
Otra de 12 de mayo de 1742, para que se informase de los mo-
tivos que había habido para la administración de diezmos: la cual
sigue copiada; y se mandó hacer el informe a los señores Chantre
y maestrescuela. (Libro 9, fol. 324).
Y otra que también sigue copiada de 11 de julio del mismo
año de 42, para que en la casa episcopal, quedasen cargados no
solamente los siete mil y cien pesos que ya estaban impuestos
sobre ella, sino también los 3.247 pesos que tomó para concluirla
el Illmo. Sor. Dn. Juan García Abadiano, otorgándose la competente
escritura de reconocimiento a favor de la fábrica a quien los se-
ñores Illmos. Obispos como dueños de la misma casa debían pagar
sus réditos anualmente: que lo mismo se practicase en cuanto al
valor de dos tiendas que tomó para ampliación de la propia casa
el Illmo. Sor. Valverde y pertenecían a una capellanía que se
cobrasen los réditos que quedó debiendo este señor Illmo. pagán-
dose de su espolio: y que los libramientos contra las rentas de
fábrica no los pudiesen dar los prelados por sí solos sino junto
con el Cabildo. (Libro 9, fol. 324).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1743
331
En 13, 15, 19 y 28 de febrero, presentado el real ejecutorial
dado en 23 de julio de 1742, para que al Illmo. Sor. Dn. Juan
García Abadiano, se diese posesión de este obispado; y asimismo
un testimonio de las bulas de Su Santidad, autorizado por un
notario apostólico de Segovia, se controvertió largamente el
punto, de si podría dársele la posesión en virtud de este testi-
monio, y de asegurarse en el real ejecutorial que se había dado
el pase en el supremo consejo a las bulas originales no obstante
faltar la presentación de éstas, o de su trasunto dado en la da-
taría de Roma; y habiendo sido de parecer unos señores, de que
no se podía, según las doctrinas, que expusieron, y otros (entre
los cuales es notable el voto del señor penitenciario extendido
difusamente al folio 335, pues en él refiere todo lo acaecido en este
asunto desde su principio) de que podría dársele la posesión según
otras doctrinas que también expusieron: por último se acordó,
que todo se pusiese en noticia del mismo Illmo. Sor. Obispo por
medio de dos comisarios. (Libro 9, fol. 330 vto.).
En 21 de marzo, habiendo insinuado los señores comisarios
que su Sría. Illma. era también de parecer que se suspendiese la
posesión hasta recibir documento más auténtico, convino también
el Cabildo en esto. (Libro 9, fol. 345).
En 23 habiendo hecho renuncia el señor Deán de la judi-
catura de diezmos de determinó suspender la resolución entre
tanto se solicitaban ejemplares de esto. Y en primero del siguiente
abril (según está al folio 41 del libro particular) se admitió y se
nombró al señor canónigo de merced Dr. Dn. Francisco de la
Vega. (Libro 10, fol. 1).
En 28, atenta una insinuación del señor Gobernador sobre la
necesidad de fortificaciones para resistir a los ingleses que según
noticias, pretendían volver a invadir el puerto de La Guaira o
el de Cabello, y hallarse exhaustas las reales cajas, se acordó que
por vía de préstamo se entregasen cuatro mil ochocientos y más
pesos que estaban en la arca del tesoro, y que el mayordomo de
lo existente en su poder, entregase hasta llenar la cantidad de
doce mil, tomando los competentes resguardos. Y al folio 5 de este
libro hay un auto del Illmo. Sor. Obispo en que conviene en este
préstamo. (Libro 10, fol. 1 vto.).
En 30, presentado un trasunto dado en Roma de las nuevas
bulas expedidas por el Santísimo Padre Benedicto XIV, al Illmo.
Sor. Dn. Juan García Abadiano, en 30 de mayo de 1742, con re-
332
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
ferencia a todo lo acaecido; y asimismo dos Reales Cédulas, la
una de 17 de marzo del mismo año dirigida al Cabildo, y otra
de igual fecha dirigida a su Sría. Illma., avisándose en ambas
habérsele nombrado nuevamente por Obispo de esta diócesis,
para que se le entregase el gobierno de ella, mientras se expedían
las bulas y previniéndose en la última que solamente percibiese
las rentas desde el jiat de Su Santidad y que en el Ínterin se le
contribuyesen tres mil pesos anualmente de la vacante: todo lo
cual con el pase dado en el supremo consejo a las bulas, está co-
piado al folio 11 vuelto y siguientes de este libro, se prestó el
debido obedecimiento a todo y en el mismo día se le dio la po-
sesión, siendo al efecto llevado desde su palacio episcopal a la
Catedral, y ejecutado todo con arreglo al pontifical, pasó a la sala
capitular, donde hizo el juramento y profesión de la fe. (Libro 10,
fol. 2 vto.)-
En 1 ° de abril recibido un oficio del señor Gobernador en que
remitió testimonio de dos Reales Cédulas, la una sobre el censo
del palacio episcopal, que ya queda referido; y la otra sobre que
los hospitales, corriesen de cuenta del mismo señor Gobernador,
se hizo la contestación de su recibo, y para el cobro de réditos de
aquel censo, se mandó al mayordomo se presentase a pedir que se
pagasen los del tiempo del Illmo. Sor. Valverde, de su espolio,
y por medio de dos diputados se mandó poner en noticia del Illmo.
Sor. Abadiano la primera de dichas Reales Cédulas. (Libro 10,
fol. 4).
En el mismo día se contestó otro oficio del señor Gobernador
sobre no haberse aún entregado los doce mil pesos del préstamo
y se mandó pasar el libramiento al mayordomo. (Libro 10, fol.
5 vto.).
En 26, se participó a su Sría. Illma. el estado del concurso a
la canongía doctoral y especialmente lo acordado en cuanto al
asiento del asistente real. (Libro 10, fol. 6 vto.).
En 30, vino un poder del receptor de lo tocante a la canongía
de inquisición se le mandó entregar lo existente y lo que en adelante
correspondiese: y sigue testimonio del poder. (Libro 10, fol. 7).
En 21 de junio, habiéndose reclamado por el señor magistral,
sobre la oposición hecha por el señor Chantre de que los canónigos
hebdomadarios algunas veces encomendasen la capitula de vísperas
a los dignidades por no ser decoroso a éstos, sin embargo de la
costumbre que había de hacerse así esta encomienda, y cantar la
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1743
333
misa el señor canónigo; pidiendo al mismo tiempo que en adelante
no fuese necesario hacer la dicha encomienda, sino que fuese por
turno; que se preceptuase a todos que asistiesen a la prima, siguién-
dose algún manual: que las misas del Santísimo Cristo y de la
Santísima Virgen las cantasen sólo los canónigos; y que cada uno
de los señores dignidades cumpliese el oficio a que está destinado
por la erección, hecha una dilatada contestación por el señor
Chantre y tocado también otro punto de la falta de asistencia
del Cabildo a las tres misas mensuales de erección; por último se
acordó pasarlo todo al Illmo. Sor. Obispo. (Libro 10, fol. 18 vto.).
En 20 de septiembre, el señor medio racionero Dn. Juan Ig-
nacio Landaeta, presentó un título despachado a su favor de no-
tario y comisario del santo oficio en ausencia del de esta ciudad:
se ofreció el Cabildo a auxiliarle, y se puso copia a continuación.
(Libro 10, fol. 41 vto.).
En 15 de octubre, se insinuó el Illmo. Sor. Obispo la urgencia
de otorgarse la escritura de reconocimiento del censo cargado sobre
el palacio episcopal. (Libro 10, fol. 43 vto.).
En 21 y 23 se determinó informar al Rey con documentos, de
que en sede plena se han hecho los gastos de fábrica, con inter-
vención del prelado y en sede vacante sólo los precisos para el
culto divino. (Libro 10, fol. 44).
En la misma acta de 23, se mandó también informar al Rey
no ser conveniente el reconocimiento de 8,873 pesos 4 reales que
sacó el Illmo. Sor. Abadiano, a más de los mandados reconocer
para la fábrica del palacio; y que se consultase a Su Majestad,
quien pagaría los réditos en sede vacante, y quien había de hacer
los reparos del mismo palacio. (Libro 10, fol. 45).
En 26 de noviembre, habiéndose presentado por el presbítero
Dn. Mauro de Tovar, como albacea fideicomisario del Illmo.
Sor. Dr. Dn. Joseph Mijares de Solórzano, Deán, que fue de
esta Catedral y dignísimo obispo de Santa Marta, el testimonio
de una escritura de fundación de una capellanía de 9.243 pesos
y 5 reales de principal para un ministro maestro de ceremonias
supernumerario con obligación de asistir todos los días a misa
mayor y vísperas, y enseñar latinidad, y doctrina cristiana a los
sacristanes y monacillos de esta catedral y celebrar treinta misas
cada año, nombrándose por patrono el Cabildo, se aceptó este pa-
tronato y fundación. (Libro 10, fol. 45 vto.).
334
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
En 4 de diciembre, se nombró por capellán de la sobredicha
capellanía al licenciado Dr. Juan Antonio de Ponte, clérigo pres-
bítero, con calidad de renunciar la capellanía de coro que obtenía
por prevenirlo así la fundación. (Libro particular, fol. 42).
Año de 1744.
En Io de enero, fueron nombrados por adjuntos los señores
maestrescuela y canónigo de merced. (Libro particular, fol.
42 vto.).
En 17, se acordó hacerse rogativas con motivo de intentar
los ingleses invadir a esta provincia. (Libro 10, fol. 46).
En 24, se obedecieron las tres Reales Cédulas siguientes. La
una de 19 de diciembre de 1742, declarándose que al asistente
real en los concursos y oposiciones a curatos en sede vacante,
se dé el asiento inmediato al que presidiese el acto dejando a
arbitrio del Cabildo el concurrir a ellos en cuerpo de comunidad,
o nombrar quien los presida: y en esta cédula en su enunciativa
se expresa, que a los prelados de los conventos se les daba asiento
entre los canónigos y a los padres de provincia entre los dignidades.
Otra de 13 de junio de 1743, en que por lo respectivo a asiento
del asistente en concursos a curatos se reitera la anterior declara-
toria y en cuanto al lugar donde se hayan de hacer en sede vacante
se declara no poderse ni deberse hacer en casas particulares, porque
este privilegio sólo compete al obispo, o a su provisor, y en sede
vacante en el coro, o sala capitular; y aquí mismo se aprueba el
que al asistente real en la canongía doctoral se le diese el asiento
inmediato al presidente. (Libro 10, fol. 51).
Y otra del mismo día en que se declara que al Cabildo ni en
sede vacante, ni en sede plena no le compete la venia que en los
sermones piden los predicadores al Illmo. Sor. Obispo y al señor
Gobernador. Y aquí mismo se aprobó al señor Gobernador de que
hubiese hecho las honras de los militares en el convento de San
Francisco por aquella vez. (Libro 10, fol. 50).
En 5 de febrero, presentado el real despacho en que el señor
magistral Dr. Dn. Gerónimo de Rada es promovido al arcedianato
vacante por fallecimiento del señor Dr. Dn. Bernardo Dacosta
Romero, el señor provisor, con comisión del Illmo. Sor. Obispo,
le dio colación estando en el coro y allí mismo y en la sala capitular
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1744
335
la posesión con las ceremonias acostumbradas, juramento y pro-
fesión de la fe. (Libro 10, fol. 53).
En 3 de marzo, a exhorto de los señores oficiales reales, sobre
satisfacción de las vacantes de curatos, el Cabildo mandó dar
razón de la Real Cédula denominada de vacante. (Libro 10, fol.
57 vto.).
En 17 se trató de nombrar un agente para defender en el Tri-
bunal metropolitano hecho contra la jurisdicción del Cabildo, y
se reservó para otro Cabildo. (Libro 10, fol. 58 vto.).
En 3 de julio, se acordó el nombramiento de un sujeto que de
su cuenta y riesgo, dando fianza y contribuyéndosele un cuatro
por ciento fuese a tierra adentro a cobrar, y traer lo que se adeu-
daba a la cuarta capitular, a cuyo fin se pidió su consentimiento
por lo respectivo a vacantes a los señores oficiales reales. (Libro
10, fol. 59 vto.).
En 17, con referencia a otro acuerdo de 30 de junio de este año
se reiteró el mandato de remitirse una razón a los señores oficiales
reales de la vacantes de curatos proveídos por el Cabildo y sigue
copia de la razón formada. Y por lo respectivo a otra insinuación
de los mismos oficiales reales de que el Cabildo, por ser de su cargo
las rentas decimales debía pagar lo tocante a las tales vacantes,
se defendió haciendo ver, que esto no contaba de la Real Cédula
de vacantes, y exponiendo varias razones congruentes. (Libro 10,
fol. 60 vto.).
En 29 de agosto, se reeligió para otro trienio por receptores
de la cuarta capitular a los señores mercedario Dr. Dn. Francisco
de la Vega, y medio racionero Dr. Dn. Juan Agustín Naranjo.
(Libro particular, fol. 43).
En 7 de septiembre, se obedeció una Real Cédula ganada a
instancia del señor Chantre, e intimada de mandato del señor
Gobernador: es fecha en 3 de octubre de 1742; y en ella insinuán-
dose la cuestión agitada sobre que los señores racioneros y medios
racioneros no debían tener igualdad con los señores dignidades
y canónigos, y que no habían de votar en la elección de vicario
capitular, ni en los demás actos jurisdiccionales, se declara que se
observe la erección y particularmente lo dispuesto en el capítulo
41 de ella y que se guarde a los dignidades y canónigos la distinción
que les corresponde: Y sigue testimonio de esta Real Cédula y
de su intimación al folio 69. (Libro 10, fol. 67).
336
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
En el mismo acto se aceptó el título de receptor interino de
lo tocante a la canongía de inquisición, despachado a Dn. Blas
de Landaeta y se puso copia de él al folio 72 vto. (Libro 10, fol.
67 vto.)-
En 9, a nueva instancia de los señores oficiales reales sobre
las vacantes de curatos y sacristías, reiteró el Cabildo lo que antes
tenía expuesto, y lo esforzó con otras razones. (Libro 10, fol.
67 vto).
En 11, se aprobaron las cuentas de los señores receptores de
la cuarta capitular. (Libro 10, fol. 77).
En 10 de noviembre, se mandó entregar lo que correspondía
al seis por ciento impuesto sobre todas las rentas eclesiásticas
por Real Cédula de 23 de octubre de 1741 dirigida a su Sría. Illma.
(Libro 10, fol. 78).
En Io de diciembre, se trató acerca del pago de réditos atra-
sados de un censo de 4.000 pesos, reconocido por Joseph Joaquín
de Vildasola perteneciente a la fábrica. (Libro 10, fol. 78 vto.).
En 31, recibido un auto del Illmo. Sor. Obispo, en que manda
se cite a los señores racioneros y medios para la elección de ad-
juntos, se acordó que el apoderado del Cabildo se presentase en
aquel tribunal con testimonio de la Real Cédula en cuya virtud
no se les debía citar. (Libro 10, fol. 79).
Año de 1745.
En Io de enero, los señores dignidades y canónigos fin los
señores racioneros: fueron electos por adjuntos los señores arce-
diano y penitenciario. (Libro particular, fol. 43 vto.).
En 22 de febrero, se obedeció y mandó ejecutar un auto del
señor metropolitano (que sigue copiado) en que declara nulo lo
obrado contra el señor racionero Dr. Dn. Joseph Martínez de
Porras en sede vacante, manda tildar todas las expresiones inju-
riosas contenidas en unas actas capitulares; y declara que ti Ca-
bildo habiendo nombrado provisor, no les es facultativo ejercer
la jurisdicción ordinaria contenciosa. (Libro 10, fol. 80).
En 4 de marzo, por haber muerto el secretario Dn. Juan de
Talavera, se trató de nuevo nombramiento; y por haber caído
parte de votos en el notario Dn. Joseph Ferrero, y parte en el
señor medio racionero Dr. Dn. Juan Agustín Naranjo, insinuán-
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1745
337
dose que convenía que el secretario fuese de corpore capituli, y
que no tuviese la notaría de diezmos, se resolvió ponerlo todo pre-
sente al Illmo. Sor. Obispo. (Libro 10, fol. 84 vto.).
En 18, habiéndose presentado Dn. Miguel de Urosa, vice-
secretario del Illmo. Sor. Obispo, con un título en que se le nombra
por secretario de Cabildo, el Cabildo sin perjuicio de sus derechos
y por evitar toda competencia, acordó recibirlo. (Libro 10, fol.
85 vto.).
En 12 de abril, habiéndose intimado al Cabildo de parte del
señor Gobernador, una Real Cédula de 27 de marzo de 1744
(que no está copiada) acerca de que el Cabildo no saliese en la
procesión del Viernes Santo con caudatarios, vaya o no vaya el
vicepatrono y que en las demás no llevasen quitasoles no lleván-
dolo el mismo señor vicepatrono, prestado el obedecimiento hizo
el Cabildo una insinuación de las circunstancias de la dicha pro-
cesión y modo de su concurrencia, y le pareció por ahora tomar
el medio de no asistir a ella, a cuyo fin consultó al Illmo. Sor.
Obispo. (Libro 10, fol. 86).
Sigue un auto de su Sría. Illma. en que no estima conveniente
la enunciada omisión, atenta la antigua costumbre y escándalo
que se seguiría, y previene al Cabildo que asista con arreglo a
la citada Real Cédula y que después hiciese su recurso al soberano.
(Libro 10, fol. 87 vto.).
En 13, conferenciado el mismo asunto, fueron de parecer unos
señores que se asistiese como siempre sin llevar caudatario; y
otros de que se tomase el medio de concurrir con capas pluviales,
como se hacía en todas las demás procesiones, y por último se
dispuso participarlo a su Sría. Illma. para que se sirviese declarar
lo que le pareciese. (Libro 10, fol. 88 vto.).
En 27, habiéndose presentado Dn. Carlos Fábrega con un título
despachado por el Illmo. Sor. Obispo, en que le nombra por te-
niente de secretario de Cabildo, y notario contador de diezmos
el Cabildo lo aceptó y recibió bajo las protestas hechas antes en
el nombramiento de secretario. (Libro 10, fol. 90 vto.).
En 30, se dispuso, que el señor presidente mandase a los mi-
nistros del coro que cumpliesen su obligación rezando digne,
atente et devote. (Libro 10, fol. 91 vto.).
En 4 de mayo, se insinuó, que el día 30 del próximo abril por
la tarde, estando el Cabildo dispuesto para asistir a la procesión
de la imagen de la Divina Pastora para colocarla en su ermita,
23 — Acta*, i
338
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
omitió el ejecutarlo por evitar la competencia que en el mismo acto
se tuvo con el señor provisor sobre querer presidir al Cabildo:
sobre lo cual, continuado el tratado al siguiente día; el Cabildo
expresando todo lo acaecido en aquel acto, y las tres Reales Cé-
dulas y ejecutorial de este asunto, mandó a su apoderado que se
presentase a su Sría. I lima, a practicar justificación de todo y
asimismo sobre que el propio señor provisor siempre tomaba
en el coro la segunda silla, aunque el presidente actual estuviese
en otra inferior. (Libro 10, foL 92).
En 27, se acordó que el colector de manuales procediese a
compeler el otorgamiento de escrituras de reconocimiento a los
que la tenían. (Libro 10, fol. 96 vto.).
En 3 y 5 de junio, se acordó que se pasase al Illmo. Sor. Obispo
el libro capitular y no a su provisor, como éste pedía, para que
acerca del punto de lo que se había de testar en las actas sobre
lo ocurrido con el señor Martínez conforme a lo prevenido por el
señor metropolitano, dispusiese lo que le pareciese, sin perjuicio
de los derechos del Cabildo. (Libro 10, fol. 97 vto.).
En 15, con motivo del fallecimiento de Dn. Diego de Liendo,
mayordomo de fábrica, se acordó poner presentes al Illmo. Sor.
Obispo las Reales Cédulas del caso y capítulo de la erección a
fin de que concurriese con el Cabildo a la nueva elección y toma de
cuentas. (Libro 10, fol. 99 vto.).
En Io de julio, vista la determinación de su Sría. IUma. de
proceder a la provisión sin concurrencia del Cabildo, se determinó
hacer el competente recurso, y que al efecto se pidiesen por el
apoderado del Cabildo los documentos necesarios. (Libro 10,
fol. 100 vto.).
En 6, se reiteró el mandato de que se otorgasen escrituras de
reconocimiento de los censos de manuales. (Libro 10, fol. 101 vto.).
En 23, se mandó a los capellanes de coro foráneos, que presen-
tasen las fundaciones de sus capellanías para tratar de las fallas.
(Libro 10, fol. 102 vto.).
En 27, por haber resistido dos capellanes el obedecer a la ante-
cedente disposición, el Cabildo fundando su jurisdicción económica,
pasó dos diputados al Illmo. Sor. Obispo a pedir satisfacción de
este agravio. (Libro 10, fol. 103).
En 4 de agosto, el Cabildo se denegó a pluralidad de votos a
entrar en la calificación de fianzas dadas por Dn. Joseph Antonio
Veroiz electo mayordomo de fábrica por no habérsele concedido
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1746
339
por el Illmo. Sor. Obispo intervención en su nominación y se hi-
cieron las congruentes protestas. (Libro 10, fol. 104 vto.).
En 6, insinuada la real provisión que contiene la regla de coro
o constituciones de esta Santa Iglesia, se obedeció por el Cabildo
y a pluralidad de votos se dispuso su puntual ejecución. (Libro 10,
fol. 105 vto.).
En 27, se aprobaron las cuentas de los señores receptores de
la cuarta capitular. (Libro 10, fol. 109).
En 31, deliberó el Cabildo que lo que había existente de fallas
de los señores capitulares, se entregase a las reverendas madres
Carmelitas. (Libro 10, fol. 110).
En 24 de septiembre, habiendo requerido el señor vicepatrono
real sobre que lo tocante en los diezmos a hospitales no fundados
se pasase a las reales cajas; el Cabildo contestó que esto debía
entenderse con el señor juez general de diezmos. (Libro 10, fol. 111).
En Io de octubre, se deliberó hacer recurso al Rey acerca de
estos puntos; el uno de la provisión de mayordomo de fábrica hecho
por sólo el prelado; otro de nombramiento de secretario de Cabildo
igualmente hecho; otro sobre la concurrencia del señor provisor
con el Cabildo a procesiones; otro sobre caudatarios en la del
Viernes Santo, y otro sobre asiento del asistente real en canongía,
asistiendo el Cabildo. (Libro 10, fol. 114).
En 22, se mandaron hacer algunos reparos de ornamentos y
de adornos de la Iglesia. (Libro 10, fol. 114 vto.).
En 20 de diciembre, intimado un auto del Illmo. Sor. Obispo
a fin de que en el juicio de las cuentas presentadas por los here-
deros de Dn. Diego de Liendo, el Cabildo nombrase un tareero
contador, se denegó a esto, y dispuso continuar la defensa de su
jurisdicción simultánea, para el nombramiento de mayordomo,
toma de cuentas, y demás relativo a las rentas de fábrica. (Libro
10, fol. 115).
Año de 1746.
En Io de enero, los señores dignidades y canónigos eligieron
por jueces adjuntos a los señores maestrescuela y mercedario.
(Libro particular, fol. 44 vto.).
En 19 de febrero, el Cabildo accedió a la propuesta del señor
juez de diezmos, de que se pusiesen en administración las veredas
de diezmos que no se habían podido rematar con las seguridades
340
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
competentes y con consentimiento de los demás interesados. (Li-
bro 10, fol. 116 vto.).
En Io de marzo, se volvió a reiterar el tratado antecedente y
sigue un auto del Illmo. Sor. Obispo en que también conviene
en las administraciones. (Libro 10, fol. 117).
En 17, se diputaron dos señores capitulares para tratar con el
Illmo. Sor. Obispo acerca de la procesión del Viernes Santo en
cuanto a la asistencia del Cabildo a ella, que le parecía omitirla
como no necesaria, a fin de evitar cuestiones. (Libro 10, fol. 118).
En 15 de abril, se contradijo por los señores dignidades y canó-
nigos la asistencia de los señores racioneros y medios a los Ca-
bildos de la admisión para las dos procesiones que siguen. (Libro
10, fol. 119).
En 19, presentado el real título, en que el señor arcediano
Dr. Dn. Gerónimo de Rada, es promovido a la dignidad de Deán,
vacante por fallecimiento del señor Dr. Dn. Lucas Casimiro de
Salas, el señor provisor con comisión del Illmo. Sor. Obispo,
le dio en el coro en presencia del Cabildo la colación y allí mismo
y en la sala capitular la posesión con las ceremonias acostumbradas,
juramento y profesión de la fe y firmó el señor provisor después
del señor arcediano. (Libro 10, fol. 120).
En 20, presentado el real título en que el señor Chantre Dr.
Dn. Manuel de Sosa y Betancourt, es promovido a la dignidad
de arcediano; se le dio la colación y posesión con iguales circuns-
tancias que las que hubo en la del señor Deán. (Libro 10, fol. 126).
En 21, presentado el real título, en que el señor Tesorero Dr.
Dn. Fernando Perera Lozano, es promovido a la dignidad de
Chantre, se le dio la colación y posesión del mismo modo expre-
sado en las dos notas antecedentes. (Libro 10, fol. 131 vto.).
En 22, presentado el real título en que el señor mercedario
Dr. Dn. Francisco de la Vega, es promovido a la dignidad de Te-
sorero, se le dio la colación y posesión en todo igual a las circuns-
tancias antecedentemente expedidas. (Libro 10, fol. 137 vto.).
En 25 del mismo abril, presentado el real título en que el
señor racionero Dr. Dn. Joseph Martínez de Porras, es promo-
vido a la canongía de merced (o de gracia) se le dio asimismo la
colación y posesión. (Libro 10, fol. 144).
En 26, presentado el real título, en que ;1 señor Dr. Dn. Jo-
seph Lorenzo de Borges Méndez, es promovido a la canongía
doctoral, vacante por fallecimiento del señor Dr. Dn. Francisco
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1746 341
de Hoces, se le dio la colación y posesión del mismo modo que a
los antecedentes: y en cuyos actos consta, que era pertiguero
Tomás de Bustamante. (Libro 10, fol. 150 vto.).
En 28, presentado el real título en que el señor Dr. Dn. Juan
Fernández Quintana, es promovido a la ración vacante por el
sobredicho ascenso del señor Dr. Dn. Joseph Martínez de Porras,
se le dio la colación y posesión con iguales circunstancias. (Libro
10, fol. 156, duplicado).
En 10 de mayo, se obedecieron las dos reales cédulas siguientes:
la una (que no está copiada) de 25 de febrero del año de 1745,
participándose el desposorio de la serenísima Infanta doña María
Teresa, con el serenísimo Delfín de Francia, y se acordó hacerle
la función de acción de gracias con misa solemne, sermón y pro-
cesión, expuesto el Santísimo Sacramento. (Libro 10, fol. 162 vto.).
La otra (que sigue copiada) es de 27 de julio del mismo año,
en que se manda al Illmo. Sor. Obispo Dr. Dn. Juan García Aba-
diano, que restituyese a la fábrica la cantidad de nueve mil y dos
pesos, que últimamente había sacado para la continuación de la
obra del palacio obispal. (Libro 10, fol. 163).
En esta misma Real Cédula se dispone que el Cabildo diese
cuenta con justificación de la propiedad de la misma casa obispal,
y se previniese que no se gasten las rentas de fábrica ni se apliquen,
ni distribuyan, sino es en la forma dispuesta en el título 4 y capí-
tulo 21 del sínodo de esta diócesis con intervención del ,eñor
vicepatrono real, dándole antes cuenta de ello, siempre que exceda
el gasto de cien pesos. (Libro 10, fol. 164).
En 20, se dispuso darse 50 pesos de gratificación remuneratoria
de las rentas de fábrica a un niño que cantaba en la tribuna sin
renta. (Libro 10, fol. 164 vto.).
En 4 de julio, se mandó copiar y se copió en el folio prece-
dente a esta acta, un breve expedido en Roma a 16 de febrero de
1743, en que se concede que las facultades sólitas, no dejándolas
comunicadas los Illmos. señores Obispos, las ejerzan en sede
vacante los vicarios capitulares. (Libro 10, fol. 167).
En 15, prestó su consentimiento el Cabildo, en virtud del auto
del señor provisor para el reconocimiento de un censo de dos mil
pesos que fundó doña Estefanía de San Juan, y de éste era pa-
trono el Cabildo, no se dice si era capellanía o dotación de fiesta.
(Libro 10, fol. 168).
342
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
En 22, prestó su consentimiento el Cabildo para el reconoci-
miento de otro capital de mil y doscientos pesos, dotación hecha
por doña Juana Mijares de Solórzano, para los maitines de la
Asunción de Nuestra Señora, y accedió a que lo verificase Dn.
Andrés Miguel de la Madriz. (Libro 10, fol. 169).
En 7 de octubre, se aprobaron las cuentas de los señores re-
ceptores de la cuarta capitular. (Libro 10, fol. 169 vto.).
En 8 de noviembre, se deliberó tener apoderado en la Corte,
con salario de cien pesos anuales, y se nombraron en primer lugar
a Dn. Miguel Díaz, en segundo a Dn. Juan de Samaniego, y en
tercero a Dn. Lucas Asafra, y se mandaron librar doscientos pesos.
(Libro 10, fol. 170 vto.).
En 25, se aprobó el poder otorgado por un escribano. (Libro
10, fol. 171 vto.).
En 6 de diciembre, recibida la noticia del fallecimiento del
Rey el señor Dn. Felipe V, se determinó hacer la función de
exequias con sermón por el señor Tesorero, y para tratar el asunto
con el señor Gobernador se diputaron a dos señores. (Libro 10,
fol. 172).
En 7, con acuerdo del señor Gobernador se señaló el día 14
de este mes para la función del Cabildo y el 15 para la del señor
Gobernador y ciudad, y se dieron las disposiciones para que el
túmulo se hiciese entre el mayordomo de Iglesia y procurador
de ciudad y se hiciese la seña doble; y que también se cantasen
vísperas. El Illmo. Sor. Obispo estaba ausente y dio y se le dieron
los avisos competentes. (Libro 10, fol. 173).
En 20, el Cabildo aceptó el convite de llevar desde la Ca-
tedral la imagen de Nuestra Señora de Candelaria para colocarla
en su Iglesia y se ofreció cantar la misa al siguiente día, y a que
el señor maestrescuela predicase. (Libro 10, fol. 174 vto.).
En 23, se ratificó la acta de 6 de agosto de 1745 sobre que se
guarden y cumplan las constituciones de la regla de coro. (Libro
10, fol. 175).
Año de 1747.
En Io de enero, los señores dignidades y canónigos eligieron
por adjuntos a los señores arcediano y canónigo de merced. (Libro
particular, fol. 45).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1747 343
En 5, se trató acerca de la función de acción de Gracias por
la coronación del señor Dn. Fernando VI, y aunque se acordó
hacer una entre ambos Cabildos, eclesiástico y secular, por haberse
opuesto éste, hizo cada uno la suya. (Libro 10, fol. 175 vto.).
En 23 de marzo, se accedió al nombramiento de un arbitro
por parte de la fábrica, y de otro por parte de la cofradía de San
Pedro, para acordar lo que se había de pagar a la fábrica de los
entierros que hiciese la cofradía a algunos que no fuesen hermanos:
y que en caso de no estar acordes los dos árbitros, resolviese el
Illmo. Sor. Obispo. (Libro 10, fol. 176).
En 7 de mayo, refiriéndose haber fallecido el Illmo. Sor. Dr.
Dn. Juan García Abadiano, el día antecedente entre cuatro y
cinco de la mañana, tocádose inmediatamente la sede vacante y
sepultádose el propio día por la tarde, se nombró al señor peni-
tenciario para asistir al inventario. (Libro 10, fol. 177).
En 9, los señores dignidades y canónigos dejando reservada
en el Cabildo la jurisdicción voluntaria (con algunas excepciones)
y también la provisión de beneficios curados y simples, y las vi-
carías y capellanías de los monasterios de Monjas, se procedió
a la elección de vicario capitular: y aunque salió electo el señor
Deán Dr. Dn. Gerónimo de Rada, por haber renunciado en el
mismo acto, se eligió al señor maestrescuela Dr. Dn. Pedro Ta-
marón. (Libro particular, fol. 45 vto.).
En 24, se dio el pase a la comunicación que de las facultades
sólitas (que siguen copiadas) hizo el Illmo. Sor. Obispo difunto
al Dr. Dn. Pedro Nicolás Monasterios, cura de la Iglesia vice-
parroquial de Altagracia. (Libro 10, fol. 178).
En 16 de junio, se deliberó en conformidad de lo anterior-
mente acordado, excluir a los señores racioneros y medios de los
Cabildos sobre admisión de los presentados a prebendas y el tínico
medio racionero asistente aceptó con protesta. (Libro 10, fol.
182 vto.).
En 21, el Cabildo sede vacante, compuesto de los señores dig-
nidades y canónigos, dio por medio del señor vicario capitular (a
quien al efecto comisionó) la colación y seguidamente la posesión
con las ceremonias acostumbradas, juramento y profesión de la
fe, al señor Dn. Simón Marciano Malpica, de una ración de esta
Santa Iglesia, vacante por promoción del señor Dn. Onofre Ro-
mero Marmalejo, que estaba presentado para ella aunque no tomó
posesión. (Libro 10, fol. 183).
344
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
En 27, se aceptó la fundación de 500 pesos de capital para dos
misas cantadas, la una en la octava de San Juan Bautista y la
otra el día de San Lucas Evangelista, hecha por el señor Dr. Dn.
Lucas Casimiro de Salas, Deán, que fue de esta Santa Iglesia.
(Libro 10, fol. 186).
En 6 y 11 de julio, tratándose de la formación de la terna para
la provisión de un curato se deliberó excluir a los señores racio-
neros y medios en virtud de lo dispuesto en el capítulo 41 de la
erección, mandado observar por Real Cédula de 3 de octubre de
1742. (Libro 10, fol. 187)*.
En 31, el Cabildo sede vacante compuesto de los señores digni-
dades y canónigos, dio por medio del señor Deán colación y pose-
sión con las ceremonias acostumbradas, juramento y profesión
de la fe, al señor Dr. Dn. Carlos de Herrera, cura de la Santa
Iglesia Catedral de la canongía magistral, vacante por promoción
del señor Dr. Dn. Gerónimo de Rada. (Libro 10, fol. 189).
En 2 de agosto, vista una representación de los señores racio-
neros y medios, querellándose de habérseles excluido para la for-
mación de ternas de los curatos, en la elección de vicario capi-
tular, y en la de jueces adjuntos, y la concurrencia a las colaciones
y posesiones de prebendas, se acordó a pluralidad de votos y bajo
recíprocas protestas admitírseles a las nominaciones de curas y de
vicarios foráneos, y otras semejantes, ínterin que se resolvía otra
cosa por el soberano. (Libro 10, fol. 193 vto.).
En 4, atentas las protestas hechas por el señor arcediano sobre
la resolución antecedente se dio comisión general al señor vicario
capitular para formar las ternas de curatos quedando reservado al
Cabildo el despacho del título. (Libro 10, fol. 197 vto.).
En el mismo se nombró por capellán de coro a Dn. Alejandro
Carreño, tonsurado. (Libro 10, fol. 199).
En 6 de septiembre, se concedieron tres capellanías de jure
devoluto interinamente hasta la sede plena a tres capellanes de
coro. (Libro 10, fol. 199 vto.).
En 19, se aprobaron las cuentas de los señores receptores de
la cuarta capitular. (Libro 10, fol. 200 vto.).
En 20, sin embargo de haber reclamado el señor Tesorero
Dr. Dn. Francisco de la Vega, se le relevase del encargo de re-
ceptor de la cuarta se le eligió y se le nombró por compañero al
señor racionero Dr. Dn. Juan Fernández Quintana. (Libro par-
ticular, fol. 47 vto.).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1748
345
En 11 de octubre, se dispuso que sin embargo de lo acordado
en acta de 8 de noviembre del año anterior, se suspendiese la
asignación de cien pesos al apoderado en la Corte, y que en lugar
de los doscientos allí mandados remitir se le enviasen trescientos
y que se omitiese el dar cuenta sobre la casa episcopal. (Libro 10,
fol. 202 vto.).
En 2 de noviembre, se trató sobre el traspaso de un censo de
la fábrica y se mandó probar la existencia, valor y libertad de la
nueva finca. (Libro 10, fol. 203 vto.).
En 17 y 24, habiendo insinuado el señor vicario capitular el
estado en que estaba la obra pía denominada de Cumanibare de
que era patrono la dignidad obispal, se acordó que el mismo señor
vicario diese las providencias congruentes a su seguridad y cobro
de réditos, y que diese aviso de la cantidad que en efecto se cobrase
para su distribución. (Libro 10, fol. 204).
En 28, se admitió al señor Deán la renuncia del vicariato de
monjas Concepciones de esta ciudad y se nombró al señor ma-
gistral Dr. Dn. Carlos de Herrera. (Libro 10, fol. 206 vto.).
En 15 de diciembre, se dieron varias providencias de juris-
dicción gubernativa. (Libro 10, fol. 207 vto.).
En 10, se concedió a Dn. Miguel de las Mariñas un censo de
450 pesos de capital, perteneciente a la fábrica, y redimido por
doña Ana de Aquino. (Libro 10, fol. 208).
En 20, se aprobó un nombramiento de teniente cura. (Libro
10, fol. 208 vto.).
En 22, se dejó a arbitrio del señor provisor el providenciar
en el asunto de un matrimonio nulo. (Libro 10, fol. 209).
Año de 1748.
En Io de enero, los señores dignidades y canónigos eligieron
por adjuntos a los señores Tesorero y doctoral. (Libro particular,
fol. 48 vto.).
En 12, 19, 27 y 30 se dieron varias providencias de la juris-
dicción gubernativa; se hizo el nombramiento de dos examinadores
sinodales y se despacharon unos títulos de curas, y otros asuntos
se remitieron al señor vicario capitular. (Libro 10, fol. 209 vto.).
En 6 y 9 de febrero, se dieron también otras varias providencias
de la dicha jurisdicción. (Libro 10, fol. 212 vto.).
346
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
Kn 29, se concedió una capellanía de coro a Dn. Cristóbal
Fernández Feo; el oficio de apuntador a Dn. Miguel Fernández
Rincón: y se concedieron dos capellanías de libre presentación
al sacristán menor de la Iglesia Dn. Marcos Guía. (Libro 10,
fol. 214).
Fn 5 de marzo, se dieron algunas providencias de jurisdicción
gubernativa y entre ellas el nombramiento de sustituto a un
capellán de coro, enfermo. (Libro 10, fol. 215).
Fn 12, se mandó pasar al señor vicario capitular la renuncia
que hizo del oficio de sacristán mayor de esta Santa Iglesia el
presbítero Dn. Diego Tomás Pantoja. (Libro 10, fol. 216).
En 26 y 27, aunque se propuso el dejar al señor vicario capi-
tular toda la jurisdicción reservada al Cabildo; por último no se
tuvo por conveniente y se despacharon algunos expedientes.
(Libro 10, fol. 216 vto.).
En 2 y 4 de abril, se despacharon también otros expedientes
relativos a la jurisdicción reservada. (Libro 10, fol. 218 vto.).
En 26, haciéndose mención de hallarse vacantes las dos plazas
de música, que servían Dn. Miguel Cervantes y Fr. Isidro de
León, y que el maestro de capilla estaba instruyendo a algunos
que al mismo tiempo servían en la tribuna, se dispuso que de las
vacantes de las mismas plazas.se diesen 150 pesos al dicho maestro
para él y para aquellos músicos en calidad de gratificación remune-
ratoria. (Libro 10, fol. 219 vto.).
En 10 y 17 de mayo, se dieron algunas providencias de juris-
dicción gubernativa; y se concedieron dos dotes a mujeres de obras
pías de la mitra. (Libro 10, fol. 220 vto.).
En 26, se recibieron y obedecieron diez Reales Cédulas, diri-
gidas unas al Illmo. Sor. Obispo y otras al Cabildo, de las cuales
las dirigidas a éste son las siguientes: Una de 27 de agosto de 1747
(que sigue copiada) sobre intimación de la Real Cédula de las
fuerzas, declarándose cuando deba intimarse, y asimismo deter-
minándose que aunque en esta Catedral deben gozar los señores
capitulares del privilegio de adjuntos en las causas criminales,
no lo tienen los señores racioneros y medios por no ser del cuerpo
del Cabildo (Libro 10, fol. 222).
Otra de 10 de septiembre del mismo año de 47 (que también
sigue copiada) en que se desaprueba el nombramiento de mayor-
domo de fábrica de esta Santa Iglesia hecho por el Illmo. Sor.
Obispo por si solo; se dispone que en caso de no ratificarlo el
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1748 347
Cabildo se vuelva a hacer de nuevo : y se manda que en lo sucesivo,
para tales nombramientos y recepción de cuentas sea concurriendo
simultáneamente el Cabildo, conforme a lo dispuesto y prevenido
en el capítulo 21 de la erección. (Libro 10, fol. 238).
Y otra de 27 de febrero de este año de 1748, que no sigue
copiada, en la cual se dispone que por ahora se mantenga a los
señores racioneros y medios en la posesión de votar en los nom-
bramientos de provisor en sede vacante y de jueces adjuntos.
(Libro 10, fol. 221).
En 28, se dieron algunas providencias de jurisdicción guber-
nativa. (Libro 10, fol. 224).
En el mismo día, se vio y aceptó el título de comisario del
Santo Oficio en esta ciudad despachado, según la copia extendida
aquí mismo, a favor del señor canónigo de merced Dr. Dn. Joseph
Martínez de Porras. (Libro 10, fol. 244 vto.).
En 31, se mandó al mayordomo de fábrica Dn. Joseph Antonio
Veroiz, que presentase sus cuentas para en su vista acordar sobre
si conviniese el ratificar su nombramiento de mayordomo. (Li-
bro 10, fol. 248 vto.).
En 7 y 11 de junio, se dieron algunas providencias de juris-
dicción gubernativa. (Libro 10, fol. 249 vto.).
En 21, se acordó asistir el Cabildo al recibimiento y publi-
cación de la bula de la Santa Cruzada el día 24 de este mes: y aquí
mismo se trató sobre una providencia del señor Gobernador rela-
tiva a una Real Cédula sobre mesadas eclesiásticas de los curas.
(Libro 10, fol. 251 vto.).
En 28, se dieron algunas providencias de la jurisdicción guber-
nativa; y asimismo se trató sobre las cuentas de fábrica presentadas.
(Libro 10, fol. 252 vto.).
En 2 de julio, se proveyó la plaza de bajonista en Dn. Caye-
tano Castro, con la renta de cien pesos pagables por la fábrica
anualmente; se nombró también a Dn. Francisco Atilano para una
plaza de músico con los 60 de su dotación; y se le aplicó la renta
de 50 pesos al otro músico Dn. Manuel Pacheco. (Libro 10,
fol. 263).
En 4, se mandaron pasar al señor provisor dos reales Cédulas
sobre misiones y doctrinas de religiosos para tratar de su cum-
plimiento. (Libro 10, fol. 254).
En 5, se mandó dar al señor teniente Gobernador el testimonio
de una real provisión, relativa a privilegios del mismo, y se insinuó
.348
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
no haberse pretendido por sus antecesores ni haberse practicado
el ceremonial que allí se expresa. (Libro 10, fol. 255 vto.).
En 16, se vieron los cuadrantes de la medianía primera de
este año. (Libro 10, fol. 257).
En 23, de julio, y 6 de agosto, se resolvió y acordó con consen-
timiento del señor vicepatrono real hacer la compra de unas lozas
de piedra mármol traídas de Genova por España a esta ciudad,
para cubrir el presbiterio de esta Santa Iglesia. (Libro 10, fol.
257 vto.).
En 13, con consentimiento del señor vicepatrono real se acordó
repararse las dos naves de la Iglesia más inmediata a la de en-
medio: se presentó capellán para una capellanía de dos mil set< -
cientos pesos de capital fundada por Blas Luis Custodio de que
es patrono el Cabildo, y se concedió otra de 300 pesos de jure
devoluto. (Libro 10, fol. 259 vto.).
En 23 de agosto y 6 de septiembre, aunque se mandó entregar
bajo de fianza la renta del señor medio racionero Dr. Dn. Juan
Agustín Naranjo, a su apoderado, por último se dispuso que no
se le entregase: y aquí mismo se nombraron revisores para las
cuentas de los señores receptores de la cuarta y se mandó a éstos
diesen razón de si habían ya entregado estos dineros pertenecientes
a un hospital. (Libro 10, fol. 260 vto.).
En 9 del mismo septiembre, se proveyó una capellanía de coro,
en Joseph Antonio Gómez, clérigo de menores y se dio la razón
de la entrega de dineros de un hospital expresada en la antece-
dente acta. (Libro 10, fol. 263 vto.).
En 18, se aprobaron las cuentas de los señores receptores de
la cuarta capitular. (Libro 10, fol. 264 vto.).
En 4 de octubre, refiriéndose estar ya enlosado el presbiterio,
se dispuso que también se enlosase igualmente el crucero y calle
de peregrinos, y que se reparase el coro. (Libro 10, fol. 265).
En 11, se trató de darse providencia sobre que los curas colados,
asegurasen la mesada eclesiástica. (Libro 10, fol. 266 vto.).
En 18, visto el consentimiento del señor vicepatrono real se
mandó ejecutar el enlosado del crucero, y calle de peregrinos, y
composición del coro. (Libro 10, fol. 267).
En 22 y 25, se dispuso que la cantidad correspondiente al seis
por ciento impuesto sobre las rentas eclesiásticas se remitiese en
plata al Rey en un navio de la compañía Guipuzcoana. No se ex-
presa el total. (Libro 10, fol. 268).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1749
349
En el mismo día 25, se trataron dos puntos; el uno acerca de
las facultades sólitas comunicadas al Dr. Dn. Pedro Monasterios
por haber fallecido éste; y el otro en cuanto a la provisión de
cura en la ayuda de parroquia de Altagracia por haberse mandado
en una Real Cédula, que se proveyese según las reglas del real
patronato. (Libro 10, fol. 271).
En 26, conferidos los dos puntos antecedentes, se resolvió en
cuanto al segundo de la provisión del curato, que se cumpliese
lo dispuesto en la Real Cédula: y por lo respectivo al primero de
las facultades sólitas se acordó a pluralidad de sufragios que usase
de ellas el señor provisor en virtud del breve remitido por el Ca-
bildo de Popayán; y que se diese cuenta al Rey en cuanto a la
falta del pase del Consejo. (Libro 10, fol. 272).
En 27, 28 y 29 de noviembre, recibido un exhorto del señor
Gobernador sobre una censura fulminada y publicada por el señor
comisario de la santa cruzada, el Cabildo aunque pasó a éste una
diputación para que absolviese al sujeto excomulgado y se tratase
el asunto, no consiguió esto, y se lo participó al señor Gobernador;
y el señor provisor llevó testimonio de todo para proseguir la causa
por su parte contra el señor comisario en cuanto a conceptuar
vulnerada su jurisdicción. (Libro 10, fol. 278).
En 10 de diciembre, por haber fallecido el Ledo. Dn. Juan
Ignacio Camacho, se nombró por sochantre a Dn. Ambrosio Ca-
rreño; y para el oficio de organista, que éste tenía, se nombró
a Dn. Pedro Joseph Cosió. (Libro 10, fol. 281).
En 17, se dispuso que luego que se publicase la paz, se tra-
jesen de la Nueva España los seis blandones de plata que allí
se habían construido, e importaron 8.443 pesos y un real: y tam-
bién se mandó pagar al que había tocado las campanas por estar
enfermos los esclavos de la Iglesia. (Libro 10, fol. 282 vto.).
En 23, aprobadas las cuentas del mayordomo de fábrica Dn.
Joseph Antonio Veroiz, atentas sus resultas, y lo dispuesto en la
Real Cédula de 10 de septiembre de 1747; unánimente se ratificó
el nombramiento de tal mayordomo, y se mandó participar al
señor vicepatrono regio. (Libro 10, fol. 283 vto.).
Año de 1749.
En Io de enero, con asistencia de los señores racioneros y
medios en virtud de lo dispuesto en la Real Cédula de 27 de agosto
350
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
de 1747; fueron electos por adjuntos los señores penitenciario y
mercedario. (Libro particular, fol. 49 vto.).
En 7, habiéndose recibido la noticia de estar electo por obispo
de esta diócesis el Illmo. Sor. Dr. Dn. Manuel Jiménez Bretón,
residente en Málaga, se mandó hacer solemne repique de campanas
en todas las Iglesias de esta ciudad con participación al señor Go-
bernador y Capitán general. (Libro 10, fol. 284).
En 10, se dieron las disposiciones congruentes para el recibi-
miento del dicho señor Illmo. en La Guaira, y en esta ciudad de
cuenta del Cabildo y a su costa y se nombraron varios diputados
al efecto. (Libro 10, fol. 285 vto.).
En 21, se proveyó una capellanía de coro de erección en .1
Br. Dn. Joseph Antonio Sabino y Gómez. (Libro 10, fol. 286 vto.).
En 24, se proveyeron cinco capellanías de jure devoluto las tres
en Dn. Felipe Cantador, diácono, y las dos restantes en el Ledo.
Dn. Francisco de Ibarra. (Libro 10, fol. 287 vto.).
En 4 de febrero, se trató del despacho de unas dimisorias y
de otras providencias gubernativas. (Libro 10, fol. 289).
En 25 y 27, se nombraron otros señores comisarios para el reci-
bimiento del Illmo. Sor. Obispo, y composición del palacio y
oratorio, y se admitió la excusa de uno. (Libro 10, fol. 289 vto.).
En 18 de marzo, se tuvo a bien no admitir la renuncia del
empleo de rector del seminario al Dr. Dn. Gabriel Ramón de
Ibarra. (Libro 10, fol. 281 vto.).
En el mismo día con motivo de haberse introducido un escri-
bano a la sala con un escrito que parece ofendía al señor vicario
capitular, y a uno de los señores prebendados (excluido éste de
la sala) se acordó que se le diese providencia, y que al efecto
lo trajese el notario de la causa con sus autos. (Libro 10,
fol. 292).
En 23 de abril, a instancia de Dn. Juan Francisco León, se
mandó dar un certificado del valor de las rentas decimales en ciertos
quinquenios y sigue testimonio del mismo certificado. (Libro 10,
fol. 294).
En 29, se nombraron por examinadores sinodales al Dr. Dn.
Bernardo Rodríguez de Valenzuela, y al reverendo padre Fr.
Agustín de Quevedo. (Libro 10, fol. 297).
En 16, de mayo, se denegó el Cabildo a dar al señor Gober-
nador un certificado que le pidió de sus hechos sobre contener
una porción de gente armada que entró a esta ciudad porque en
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1749 351
tal asunto no debía hacerlo y ofreció informar al Rey. (Libro 10,
fol. 297 vto.).
En 19, se volvió a denegar este certificado y se acordó informar
a Su Majestad lo acaecido en esta ciudad en los días 19 y 20 del
mes anterior, sin especificar personas y enunciando lo que el
Cabildo practicó para contener la gente armada del campo que
acometió a esta ciudad: y sigue testimonio de las cartas de este
asunto. (Libro 10, fol. 298 vto.).
En 23, se trató de firmar el informe sobredicho; y asimismo
de cooperar con buenos oficios a fin de que se accediese a una
representación sobre que a los factores de la compañía Guipuz-
coana, se les permitiese volver a ajustar y liquidar sus cuentas.
(Libro 10, fol. 307 vto.).
En 18 de junio, recibida noticia del fallecimiento del Illmo.
Sor. Dn. Manuel Antonio Jiménez Bretón, electo Obispo de esta
diócesis; se acordó hacerse seña general de campanas y fanción
de honras; y que concluida se hiciese solemne repique de campanas
por otra noticia recibida al mismo tiempo de estar electo Obis-
po el Illmo. Sor. Dn. Manuel Machado y Luna. (Libro 10,
fol. 309).
En 20 y 21, habiendo propuesto el señor vicario capitular la
fundada duda en que se hallaba de si subsistía o no su nombra-
miento, conceptuándose nueva vacante por el fallecimiento del
Illmo. Sor. Bretón, que sucedió después de estar despachadas
sus bulas y que desde luego en cualquiera caso renunciaba el
mismo vicariato: el Cabildo no le admitió la renuncia y le rati-
ficó el nombramiento concediéndole de nuevo las mismas facul-
tades que antes obtenía. (Libro 10, fol. 310).
En 19 y 22 de agosto, se trató de la seguridad y nuevo reco-
nocimiento de dos censos el uno de la fábrica y el otro de colecturía,
sin más expresión. (Libro 10, fol. 313).
En 30, obedeciéndose una real provisión de la audiencia de
Santo Domingo y atendiéndose a la insinuación de un oidor des-
tinado a sosegar algunas turbulencias de esta provincia, el Cabildo
se ofreció a cooperar. (Libro 10, fol. 133 vto.).
En 26 de septiembre, y 3 de octubre, se acordó volver a in-
formar al Rey sobre los acaecimientos en esta ciudad, después
del hecho del día 19 de abril, relativos a él. (Libro 10, fol. 315).
En 10 de octubre, se dieron algunas providencias de juris-
dicción gubernativa. (Libro 10, fol. 317 vto.).
352
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
En 14 y 17, se volvió a tratar el punto de una recusación hecha
al señor vicario capitular, y a algunos señores capitulares; y por
último se resolvió que votase en este Cabildo el mismo señor
vicario como maestrescuela y los otros señores recusados; y que
los autos se volviesen al señor vicario para que procediese en
ellos conforme a derecho. (Libro 10, fol. 318).
En el mismo día 17, se recibió una carta del padre del Illmo.
señor Bretón, desde la ciudad de Orduña, en que remitió un
testimonio de una cláusula de su testamento en que donó unas
aras a esta Santa Iglesia y avisa que el fallecimiento de su Sría.
Illma. sucedió el día 30 de marzo de este año. (Libro 10, fol. 324).
En 4 de noviembre, se nombraron revisores para las cuentas
de los señores receptores de la cuarta. (Libro 10, fol. 329).
En el mismo día y en el 17, se acordó dar cuenta al Rey de
haberse hecho el aniversario de militares en la Iglesia del puerto
de La Guaira con motivo de estar allí el señor Gobernador. (Libro
10, fol. ibid.).
En 11, se admitió al Dr. Dn. Gabriel Ramón de Ibarra la
renuncia del empleo de rector del seminario. (Libro 10, fol. 330 vto.).
En 14, presentado el real título, en que el señor maestrescuela
Dr. Dn. Pedro Tamarón, es promovido a la dignidad de Chantre,
vacante por fallecimiento del señor Dr. Dn. Fernando Perera
Lozano, y practicadas las previas diligencias en el Cabildo, se le
dio colación por medio del señor Deán en el coro y allí mismo
y en la sala capitular la posesión con las ceremonias acostumbradas,
juramento y profesión de la fe. (Libro 10, fol. 331 vto.).
En 18 y 25, se nombró al señor magistral Dr. Dn. Carlos de
Herrera por rector del seminario: y cuestionado aquí mismo el
punto de si debía valer el voto dú señor doctoral remitido por
escrito con causa de estar despachado unos autos de cobranza
de la Iglesia, quedó sin resolución y sigue testimonio del dicho
voto. (Libro 10, fol. 337).
En 5 de diciembre, se nombraron dos señores capitulares para
obsequiar al nuevo señor Gobernador de esta provincia. Y aquí
mismo se aprobaron las cuentas de los señores receptores de la
cuarta capitular. (Libro 10, fol. 343 vto.).
En 9, a representación de los mismos señores receptores acerca
de que consideraban sin competente seguridad el dinero existente
en la caja perteneciente al seis por ciento deducido para el real
subsidio de las rentas de todos los señores capitulares, y que no
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1750
353
se podía remitir a España hasta que se avisase el recibo de la
cantidad remitida y se respondiese a una consulta, se acordó que
se entregase a cada uno de los mismos señores lo que había pagado
para que lo retuviese y a su tiempo lo entregase: y sólo resistió
uno de los dichos señores. (Libro 10, fol. 345 vto.).
En 16, se nombró al Br. Dn. Juan Joseph Tinoco por capellán
de la capellanía de coro foráneo fundada por el señor arcediano
Dn. Juan Díaz de Vargas Machuca. Y aquí mismo quedaron
citados los señores capitulares para concurrir todos a la habitación
del señor Gobernador a la publicación de unos reales despachos.
(Libro 10, fol. 348 vto.).
En 23, presentado el real despacho, en que el señor Tesorero
Dr. Dn. Francisco de la Vega, es promovido a la dignidad de
maestrescuelas vacante por promoción del señor Dr. Dn. Pedro
Tamarón, a la chantría; se le dio por medio del señor Deán la
colación en el coro y allí mismo y en la sala capitular la poseeión
en la forma acostumbrada. (Libro 10, fol. 349 vto.).
Año de 1750.
En Io de enero, fueron electos por adjuntos los señores maes-
trescuela y doctoral. (Libro particular, fol. 51).
En 19 de febrero, se aceptó la dotación de las completas y
maitines de la víspera de la festividad de Corpus hecha por el
señor Chantre Dr. Dn. Fernando Perera Lozano, en el capital
de dos mil y cuatrocientos pesos, nombrando por patrono a la
dignidad de Tesorero y en su vacante a la inmediata o según
dispusiese el Cabildo. (Libro 10, fol. 355 vto.).
En 23, se admitió la renuncia que de su oficio hizo la abadesa
del monasterio de religiosas Concepciones y se nombró una en ca-
lidad de presidente hasta el nuevo capítulo. (Libro 10, fol. 356 vto.).
En 3 de marzo, se aceptó la dotación de los maitines y misa
cantada de la mañana del primer día de Pascua de Resurrección,
en el capital de dos mil doscientos pesos, hecha pro el señor Deán
Dn. Alonzo de Escobar; y se hizo en esta acta la asignación a todos
los ministros y a la fábrica: y asimismo se dispuso que la misa de
manual se cante el día inmediato después de los tres de Pascua
por la limosna de los diez pesos que excedía a la dotación de los
maitines. (Libro 10, fol. 357 vto.).
24 — Acta*, i
354
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
En 5, a instancia del vicariato capitular, se nombró poi teniente
provisor para solo lo contencioso al Dr. Dn. Juan Antonio Montero.
Y aquí mismo se admitió al señor magistral la renuncia del vica-
riato de las religiosas Concepciones: y se nombró al señor peni-
tenciario Dr. Dn. Pedro Díaz Cienfuegos. (Libro particular,
fol. 52).
En 7 y 10 se trató de la asistencia del Cabildo a la procesión
del Viernes Santo por la tarde, con motivo de que se estaba no-
tando la falta de algunos señores que no tenían impedimento a
fin de ponerse regla fija en esto; como también en cuanto a la venía
que se pedía al Cabildo por los cabos militares para introducirse
marchando en esta procesión; se resolvió a plura'idad de votos
que debía asistir el Cabildo por ser costumbre inmemorial y ha-
berse proba lo para el recurso sobre caudatanos; si bien que aún
se reservó por esto mismo y por el punto de asistencia con plu-
viales, y también en cuanto a la imposición de alguna pena para
otro Cabildo, con lo que dijesen los señores ausentes. Y en cuanto
al otro punto se acordó, pasar oficio al señor Gobe.nador parti-
cipando aquella ocurrencia. (Libro 10, fol. 359).
En 17, 21 y 24 de abril, se acordó, que el mayordomo de su
propio caudal, y no del de la Iglesia siguiese unas apelaciones que
había interpuesto en causas de ciertos censos, y que cuando hu-
biese de seguir alguna apelación se consultase al Illmo. Sor. Obispo
en sede plena. (Libro 10, fol. 365).
En 28, a instancia de uno de los señores racioneros se acordó
a pluralidad de votos dar la vista de los autos sobre amparo de
los señores racioneros y medios en la posesión de votar y de otras
prerrogativas a fin de seguir el juicio de propiedad, y se comisionó
para esto al señor provisor. (Libro 10, fol. 369 vto.).
En 6 de mayo, se volvió a tratar de este asunto con vista de
lo representado por otro señor racionero y excluidos de la sala
el mismo y el otro señor racionero y medio racionero, se reiteró
la comisión al señor provisor para esta causa. (Libro 10, fo). 371).
En 22, se mandó componer el órgano y pagar al relojero los
50 pesos que le estaban señalados anualmente por el cuido del
reloj. (Libro 10, fol. 373 vto.).
En 26, con lo expuesto por el señor provisor se comisionó al
teniente provisor para la causa de los señores racioneros. (Libro
10, fol. 374 vto.).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1750 3 55
En 16 de junio, el Cabildo quedó dispuesto a la publicación
y recepción de la bula de la santa cruzada el día 24 de este mes.
(Libro 10, fol. 375).
En 19, se concedió a Dn. Marcos Montesinos una capellanía
de coro foránea fundada por Pedro Paredes, que renunció Dn. Fe-
lipe Cantador. (Libro 10, fol. 376).
En 28 de julio, cuestionado largamente el punto de si se per-
mitiría al mayordomo de fábrica seguir una apelación sobre la
aprobación de cuentas del tiempo que lo fue Dn. Diego de Liendo,
los más señores capitulares fueron de parecer ser perjudicial a
la Iglesia la misma apelación y se mandó hacer saber esto al ma-
yordomo. (Libro 10, fol. 376 vto.).
En 7 de agosto, sin embargo, de lo expuesto por el señor doc-
toral se reiteraron los votos de la acta antecedente. (Libro 10,
fol. 381 vto.).
En 27, insinuándose haber llegado el Illmo. Sor. Dr. Dn.
Manuel Machado y Luna al puerto de La Guaira, y vístose las
bulas que de allí remitió despachadas en Santa María la mayor
de Roma a 6 de octubre de 1749 en que se insinúa ser de 48 años
de edad y natural de la Villa de Cáceres de la provincia de Extre-
madura y asimismo el real ejecutorial expedido en 4 de noviembre
del mismo año, y el testimonio de su consagración en Puerto Rico
por el Illmo. Sor. Dn. Francisco Julián Antolino (que todo sigue
copiado); el Cabildo prestó a todo su obedecimiento y quedó
dispuesto a dar la posesión del mismo día que entrase su Sría.
Illma. y señaló para recibirle la Iglesia viceparroquial de Nuestra
Señora de Altagracia: era su Sría. Illma. capellán real de honor,
y fiscal de la real capilla. (Libro 11, fol. 1).
En 31, se dio la posesión traído su Sría. Illma. en procesión
desde la sobredicha Iglesia y se le dio en el coro y sala capitular;
e hizo la profesión de la fe. (Libro 11, fol. 3).
En 19 de septiembre, a instancia del procurador general, se
acordó informar al Rey acerca de los perjuicios resultantes de ha-
berse crecido la limosna de la bula de la santa cruzada. (Libro 11,
fol. 13).
En 30 de octubre, vi ..ta una Real Cédula (no se dice su fecha
ni hay copia) sobre que el señor medio racionero Dr. Dn. Juan
Agustín Naranjo se restituyese al servicio de su prebenda, el
Cabildo acordó recibirle. (Libro 11, fol. 13 vto.).
356
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
En 3 de diciembre, presentadas las cuentas de fábrica por el
mayordomo; el Cabildo deputó al señor Deán para conferenciar
con su Sría. Illma. la forma de recibirlas simultáneamente. (Libro
11, fol. 14).
En 17, estando presente el Illmo. Sor. Obispo se trató del
asunto de la apelación interpuesta en el juicio de cuentas de
Dn. Diego de Liendo, y reproducidos los votos del otro Cabildo
celebrado acerca del propio asunto, su Sría. Illma. dijo: que para
resolver oiría al señor provisor y al señor doctoral. Y por lo res-
pectivo a cuentas de fábrica del mayordomo Dn. Joseph Antonio
Veroiz, se nombraron a dos st ñores capitulares poi comisarios de
parte de su Sría. Illma. y del Cabildo. (Libro 11, fol. 15).
Sigue un decreto del Illmo. Sor. Obispo en que insinuando
ser su voto que se siga la sobre licha apelación y se le den expensas
al mayordomo lo manda participar al Cabildo. (Libro 11, fol. 17).
Año de 1751.
En Io de enero, fueron electos por adjuntos los señores arce-
diano y chantre. (Libro particular, fol. 55).
En 29, se dispuso que se reintegrase lo que los señores capi-
tulares tomaron en calidad de depósito de lo tocante de seis por
ciento al real subsidio; y que esto y lo demás que se fuese perci-
biendo se tuviese depositado por los señores receptores de la
cuarta a la disposición del Illmo. Sor. Obispo. (Libro 11, fol. 17 vto.).
Aquí mismo, se trató acerca de la renta del señor medio racio-
nero Dr. Dn. Juan Agustín Naranjo, del tiempo que estuvo en
España de mandato del Rey; y se acordó, que pues esta ida no fue
por voluntad de Su Majestad, ni por cosas de su real servicio
se distribuyese con lo demás que hubiese de fallas. (Libro 11,
fol. ibid.).
En 2 de marzo, se volvió a tratar el asunto de la acta de 17
de diciembre anterior sobre apelación del mayordomo en las cuentas
de su antecesor; y hecho aquí el cómputo de votos, resultó la
mayor parte en que la siguiese el mayordomo a costa de la fábrica
y se mandó pasar el escrito a su Sría. Illma. para que lo proveyese,
teniendo presente una representación del Deán relativa a su voto,
que fue de los de contrario parecer (y sigue copiada) pero concluye
en ella mudando de voto, con tal que el Cabildo asegure las resultas
a la Iglesia. (Libro 11, fol. 19).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1751 35 7
En 23, se nombraron revisores para las cuentas de los señores
receptores de la cuarta. (Libro 11, fol. 22 vto.).
En 26 de abril, a consecuencia de una instancia del señor
medio racionero Dr. Dn. Juan Agustín Naranjo, remitida por
su Sría. Illma. al Cabildo sobre la pretensión de que se le entre-
gasen sus rentas correspondientes al tiempo que estuvo en España,
el Cabildo con más extensión de fundamentos reiteró su negativa
hecha en acta de 29 de enero de este año. (Libro 11, fol. 23).
En 29, a consecuencia del real título en que el señor mercedario
Dr. Dn. Joseph Martínez de Porras, es promovido a la dignidad
de Tesorero, vacante por ascenso del señor Dr. Dn. Francisco de
la Vega, a la maestrescolía; practicadas las diligencias y recibida
la colación de mano de su Sría. Illm. en su palacio, el señor pro-
visor y vicario general a presencia del Cabildo le dio la posesión
en el coro y sala capitular en la forma acostumbrada. (Libro 11,
fol. 26 vto.).
En 4 de mayo, del mismo modo se dio posesión al señor racio-
nero Dr. Dn. Juan Fernández Quintana de la canongía de merced,
vacante por la antecedente promoción con arreglo al real título
presentado. (Libro 11, fol. 29 vto.).
En 6 igualmente se dio posesión al señor medio racionero Dn.
Juan Ignacio Landaeta de la ración vacante por la antecedente
promoción, conforme al real título presentado. (Libro 11, fol. 34).
En 10, semejantemente se dio posesión al señor Dn. Juan
Joseph Arechederra, presbítero, de la media ración vacante por
la antecedente promoción conforme al real título; solo hubo
de variación el que se presentó la partida de bautismo y el título
de presbítero. Y en esta posesión y las antecedentes y en sus
respectivos Cabildos asistieron los señores racioneros y medios
racioneros. (Libro 11, fol. 39).
En las diligencias de esta posesión se dice que era perdiguero
Dn. Tomás Vásquez Bustamante. (Libro 11, fol. 46 vto.).
En 18, se aprobaron las cuentas de los señores receptores de
la cuarta capitular; y se reeligió para otro trienio a los señores
maestrescuela y canónigo de merced. (Libro 11, fol. 47).
En 22 de junio, el Cabildo acordó conformarse con lo que de-
terminase el Illmo. Sor. Obispo acerca de aseguramiento de las
obras pías fundadas por el Illmo. Sor. Baños en cuanto a la venta
de la finca que pretendía Dn. Francisco Javier de Oviedo, en
358
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
calidad de patrono, y se insinuó que éste parecía no ser de los
legítimamente llamados al patronato. (Libro 11, fol. 48).
En 27, se recibió testimonio de una Real Cédula e instrucción
(de que no hay copias, ni se expresa la fecha) sobre subsistencia
de la compañía Guipuzcoana y se prestó el obedecimiento. (Libro
11, fol. 48 vto.).
En 9 de julio, se aceptó sin perjuicio de la fábrica y del Ca-
bildo la fundación hecha por el señor Tesorero Dr. Dn. Joseph
Martínez de Porras, conforme a la última voluntad del señor
Dr. Dn. Francisco Martínez de Porras, de creación de ministros
para el servicio de esta Santa Iglesia. No se expresa más. (Li-
bro 11, fol. 49 vto.).
En 13, especificándose los perjuicios resultantes de la sobre-
dicha fundación se expresa ser ésta de aumento de renta a dos
músicos de la tribuna y no ser conveniente que tenga patrono
particular, ni que se incorpore la misma fundación a las rentas
de fábrica. (Libro 11, fol. 50).
En 17 de agosto, se mandaron empedrar las calles pertene-
cientes a la Iglesia. (Libro 11, fol. 51).
En 12 de octubre, a instancia de los señores oficiales reales,
se mandó al notario de diezmos y al colector, diesen un certificado
de las rentas de los señores capitulares para las mesadas eclesiás-
ticas. (Libro 11, fol. 51 vto.).
En 9 de noviembre, se obedecieron dos Reales Cédulas, la una
de 11 de octubre de 1749, sobre que al señor medio racionero Dr.
Dn. Juan Agustín Naranjo, se le entregasen todas las rentas des-
pachadas de su prebenda: y la otra de 26 de octubre de 1750,para
que no se den posesiones de prebendas sin las representaciones
originales. No hay copia de ellas. (Libro 11, fol. 52 vto.).
Aquí mismo se recibió aviso del consejo de haberse recibido
los dos mil pesos remitidos del seis por ciento. (Libro 11, fol. ¿bid.).
También se recibió en este acto testimonio de otra Real Cé-
dula (cuya fecha no se cita) participándose los desposorios de la
Serenísima Señora Infanta Doña María Antonia con el Serení-
simo Señor Duque de Saboya; y se acordó hacer la función de
acción de gracias. (Libro 11, fol. 53).
E igualmente recibido otro testimonio de otra Real Cédula
sobre cobro de vacantes mayores y menores, se acordó justifi-
car las que había pagado el Cabildo. (Libro 11, fol. ¿bid.).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1752 359
En 12, se dispuso la sobredicha función de acción de gracias
con exposición y sermón. (Libro 11, fol. 54).
En 23, citándose la referida Real Cédula sobre vacantes y
expresándose ser de 19 de marzo de 1750, se dispuso pasar al señor
Gobernador el comprobante de lo que el Cabildo tenía entregado
en cajas reales de todas las vacantes de prebendas y dar cuenta
de ello al Rey, para hacer constar no haber habido morosidad
alguna en el Cabildo. (Libro 11, fol. 55).
No hay otro Cabildo en este año.
Año de 1752.
En Io de enero, fueron electos por adjuntos los señores maes-
trescuela y doctoral: y se anotó aquí haber recaído tres votos
en un señor medio racionero. (Libro particular, fol. 56).
En Io de febrero expresándose que el Illmo. Sor. Dr. Dn.
Manuel Machado y Luna, había fallecido el día 29 del mes anterior,
como a las 8 de la noche, y sepultándose su cadáver en un sepulcro
nuevo que se erigió en el presbiterio de esta Santa Iglesia al lado
de la epístola, se declaró la sede vacante y se mandó citar para
elegir vicario capitular. (Libro 1L fol. 5*7).
En 3, se eligió por vicario capitular al señor magistral Dr. Dn.
Carlos de Herrera con la sola reserva de las cuentas de fábrica y
nombramiento de ministros de la Iglesia al Cabildo y de la admi-
nistración temporal y espiritual de los dos monasterios de Monjas
de esta ciudad a los señores chantre Dr. Dn. Pedro Tamarón,
vicario del de Carmelitas y al señor penitenciario D. D. Pedro
Díaz Cienfuegos del de Concepciones. (Libro particular, fol. 58).
En 22, con motivo de haberse denegado la retención de que los
bienes del espolio del sobredicho Illmo. Sor. Obispo se entregasen
inmediatamente a la Igles'a bajo de fianza Ínterin determinaba
otra cosa el Rey para evitar su pérdida como se estaba experimen-
tando con los de los antecesores, se acordó informar de todo a
Su Majestad. (Libro 11, fol. 58).
En 21 de marzo, se obedecieron varios reales despachos diri-
gidos unos al Illmo. Sor. Obispo, y otros al Cabildo: ninguno de
ellos está copiado, algunos están ya citados: y de otros se ofrece
ir dando providencias. Los que hay de necesidad de especificarse,
son el de 10 de agosto de 1749, en que se remite el decreto de
360
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
concesión de rito doble con octava a las fiestas de San Fernando
y de Santa Isabel. Otro de igual fecha remitiéndose otro decreto
sobre celebrarse tres misas en el día de la conmemoración de di-
funtos. Otro de 10 de junio de 1751 con el de dispensa de trabajar
en algunos días feriados. Y otro de 12 de septiembre extendiendo
el jubileo de año santo. (Libro 11, fol. 59).
En 23 de marzo, se trató sobre un real despacho de 5 de oc-
tubre de 1751 y breve relativo a exacción del subsidio de dos
millones de ducados; y por haber venido equivocado el breve se
acordó conferenciar el asunto con el señor Gobernador. (Libro 11,
fol. 61).
En 11 de abril, se mandaron revisar las cuentas de los señores
receptores de la cuarta. (Libro 11, fol. 61 vto.).
En 22, por los señores capitulares presente^ a esta acta, y
otros ausentes, según las diligencias que siguen, se dieron qui-
nientos sesenta pesos en donativo gracioso para socorro de las
reales cajas y a fin de que pudiese pagar a la tropa. (Librol 1, fol. 62).
En 19 de mayo, se aprobaron las cuentas de los señores recep-
tores. (Libro 11, fol. 65).
En 16 de junio, quedó el Cabildo dispuesto a recibir la bula
de la santa cruzada y a asistir a su publicación en esta Santa
Iglesia el día 24 de este mes. (Libro 11, fol. 65 vto.).
En 20, a instancia del señor vicario capitular se le nombró
por teniente al Dr. Dn. Francisco de Ibarra, clérigo subdiácono
catedrático de cánones: Es el Illmo. Sor. Dr. Dn. Francisco de
Ibarra último Obispo y primer Arzobispo de esta diócesis. (Libro
11, fol. 66).
En 7 de septiembre, teniéndose noticia de hallarse electo
Obispo de esta diócesis el Illmo. Sor. Dn. Francisco Julián de
Antolino; se hicieron varias diputaciones para su recibimiento.
(Libro 11, fol. 67 vto.).
En el mismo acto habiéndose comunicado por el señor Gober-
nador al Cabildo estar sometido al mismo señor el conocimiento
del espolio del Illmo. Sor. Luna, se dispuso que el mayordomo de
fábrica ocurriese a representar lo conveniente a la Iglesia. (Li-
bro 11, fol. 68).
En 16, se mandó cumplir una real orden de 10 de julio de este
año para que el señor Tesorero Dr. Dn. Joseph Martínez, fuese
puesto en libertad de la prisión en que se hallaba. (Libro 11,
fol. 69 vto.).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1753 561
En 6 de octubre, se proveyó una capellanía de coro en Dn.
Francisco Quintana: y aquí mismo se mandó hacer el pago de una
deuda del Illmo. Sor. Luna. (Libro 11, fol. 70).
En 13, se obedeció una real orden en que se proviene que a los
oficiales de tropa y milicias se les den en esta Santa Iglesia en
concurrencia con el Cabildo secular los asientos que les corres-
ponden por la Ley real de Indias. (Libro 11, fol. 70 vto.).
En 18 de noviembre, cuestionado el punto de una disposición
testamental del Illmo. Sor Luna, de que se entregasen a sus al-
baceas para un comunicado cuatro mil pesos por otros tantos de
que le hizo gracia el Rey en cuanto a si esta donación debía esti-
marse como bienes patrimoniales; el Cabildo ratificando otro
acuerdo que tuvo y se extendió en los autos del espolio de que
se debía estimar tal donación como bienes patrimoniales de que
podía disponer el Illmo. Sor. Obispo en vida y en muerte expuso
los fundamentos de este acuerdo contra un escrito del señor doc-
toral y acordó que se presentase testimonio de esta acta, en los
mismos autos. (Libro 11, fol. 71 vto.).
En 21, se nombró por colector al Ledo. Dn. Ignacio Cabrices
presbítero, por haber renunciado Dn. Luis Punzel. (Libro parti-
cular, fol. 60).
En 5 de diciembre, se mandaron hacer algunos ornamentos de
otros del pontifical del Illmo. Sor. Luna: Y se proveyó un pedi-
mento del señor doctoral acerca de la justificación que intentaba
hacer de las causas porque no asistía a los Cabildos. (Libro 11,
fol. 75).
Año de 1753.
En Io de enero, se reeligieron por adjuntos a los señores maes-
trescuela y doctoral. (Libro particular, fol. 61).
En 12, es recibida la noticia de hallarse electo obispo de Puerto
Rico el señor Tesorero Dr. Dn. Joseph Martínez de Porras, se
dispuso cantarse Te Deum, expuesto el Santísimo, con repique
general en esta ciudad continuados por tres noches con iluminación
y fuegos de cuenta del Cabildo: que se le pusiese faldistorio, almo-
hada y tapete en su asiento; y que se señalasen dos capellanes de
coro para ayudarle con sobrepelliz a las misas rezadas. (Libro 11,
fol. 76 vto.).
362
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
En 18, se obedeció una Real Cédula de 8 de octubre de 1752,
en que se asigna renta en los diezmos a los curas le las parroquias
de esta ciudad y puerto de La Guaira. (Libro 11, fol. 78).
En 6 de febrero, se prestó consentimiento por el Cabildo para
el reconocimiento de un censo de una capellanía fundada por
doña Estefanía de San Juan, de que es patrono: No dice el capital.
(Libro 11, fol. 79).
En 15, se obedecieron las bulas y ejecutorial del limo. Sor.
Dn. Francisco Julián de Antolino, que siendo Obispo de Puerto
Rico fue trasladado a este de Caracas: y se acordó ponerse en
posesión a su Sría. Illma. (Libro 11, fol. 79 vto.).
En 17, refiriéndose que su Sría. Illma. llegó a esta ciudad sin
las bulas el día doce de este mes, se le dió la posesión viniendo a
la Iglesia de su palacio, y de un altar erigido en la puerta de él,
donde tomó los pontificales; y la tomó después de las ceremonias
prevenidas en la silla del coro, y en la de la sala capitular y aquí
hizo la profesión de la fe. Y sigue testimonio de las bulas expedidas
en Santa María la Mayor de Roma a 25 de septiembre de 1752
y del real ejecutorial dado en 7 de noviembre del mismo año.
(Libro 11, fol. 81).
En 2 de marzo, se obedeció una Real Cédula de 21 de marzo
de 1752 en que se dispone que en caso de fallecimiento de los
sujetos en quienes estén prevenidas algunas prebendas se dé la
posesión a los provistos en las resultas como si se hubiese veri-
ficado el ascenso. (Libro 11, fol. 91).
En 20, se mandó hacer un ornamento morado, y componer otros.
(Libro 11, fol. ibid.).
En 27, se declaró no deberse seguir apelación sobre haberse
mandado hacer en el tribunal de Gobierno la entrega de cuatro
mil pesos a los albaceas del Illmo. Sor. Luna para lo que su Sría.
Illma. les comunicó. (Libro 11, fol. 92).
Aquí mismo se mandó hacer un cáliz con unos pectorales y
cadenas que fueron del espolio del dicho Illmo. Sor. Luna: y un
guión de la misma tela del palio. Y se aprobaron las cuentas de
los señores receptores de la cuarta capitular. (Libro 11, fol. ibid.).
En 2 de mayo, se nombraron dos señores capitulares para
asistir al inventario de los bienes patrimoniales del Illmo. Sor.
Antolino. (Libro 11, fol. 92 vto.).
En 13 de junio, en obedecimiento de una real orden de 28 de
febrero de este año; se mandaron entregar al señor Tesorero Dr.
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1753
363
Dn. Joseph Martínez de Porras sus rentas del tiempo que estuvo
preso. Y sigue testimonio de la dicha real orden. (Libro 11, fol.
93 vto.).
En 26, a la vista comunicada al Cabildo de los reales despachos
de provisión de la dignidad de Tesorero, y sus resultas a pluralidad
de votos se puso el reparo de que el Illmo. Sor. Dr. Dn. Joseph
Martínez, según se vociferaba no aceptaba el obispado de Puerto
Rico por sus enfermedades. (Libro 11, fol. 95).
En 3 de julio, habiendo el Illmo. Sor. Obispo de esta diócesis
contestado, que justificada la vacante de la dicha dignidad estaba
dispuesto a dar la colación; el Cabildo quedó conforme con esta
determinación. (Libro 11, fol. 97).
En 5, a consecuencia de un oficio del señor Gobernador sobre
que al Illmo. Sor. Martínez se le diesen también las rentas obven-
cionales de manuales del tiempo que estuvo preso: cuestionado el
asunto fueron de parecer unos señores de que no debían entre-
gársele; otros de que aunque no le correspondían se le entregasen;
y otros de que debía accederse a su instancia en esta parte: por
último se determinó pasar testimonio de esta acta al señor Gober-
nador, junto con un certificado del secretario: del cual, del oficio
y de una consulta sigue copia. (Libro 11, fol. 98).
En 25 de septiembre, examinados los bienes entregados del
espolio del Illmo. Sor. Luna y separados algunos para su uso en
la Iglesia; se dispuso que otros se incluyesen con los que habían
de sacarse a almoneda. (Libro 11, fol. 106 vto.).
En 23 de octubre, concluidas las diligencias acerca de la pro-
moción a la dignidad de Tesorero del señor mercedario Dr. Dn.
Juan Fernández Quintana, por haber fallecido el día 3 de este mes
el Illmo. Sor. Dr. Dn. Joseph Martínez, que había hecho oposi-
ción, sin embargo de haber ya obtenido las bulas de su promoción
al obispado de Puerto Rico, y pretendía gozar la misma dignidad
de Tesorero hasta su salida, en caso de permitírselo sus enferme-
dades; se dió la colación al sobredicho señor mercedario, y seguida-
mente la posesión en el coro y sala capitular por el señor provisor
con comisión del Illmo. Sor. Obispo, y con las ceremonias acostum-
bradas a consecuencia del real despacho de presentación. (Libro
11, fol. 107).
En 24, se le dio colación y posesión semejantemente de la ca-
nongía de merced al señor racionero Dn. Simón Marciano de
364
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
Malpica, en virtud del real título de presentación. (Libro 11,
fol. 117 vto.).
En 20 de noviembre, se dispuso blanquear la sacristía y poner
respaldo decente en los cajones de revestirse y también el de fundir
algunas campanas que estaban quebradas en la torre, de las peque-
ñas. (Libro 11, fol. 122 vto.).
En 4 de diciembre, con lo proveído por el Illmo. Sor. Obispo
se mandó ejecutar la antecedente disposición precediendo el con-
sentimiento del señor vicepatrono real. (Libro 11, fol. 123).
En 31, se dio colación y posesión de la ración vacante por la
promoción del señor iMalpica, al Sor. Dr. Dn. Domingo Hermoso
de Mendoza, cura y vicario del puerto de La Guaira, se le dio
por el señor provisor y vicario general estando con el Cabildo en
el coro y sala capitular, y con las ceremonias acostumbradas.
(Libro 11, fol. 124 vto.).
Año de 1754.
En Io de enero, se eligieron por adjuntos a los señores arce-
diano y Tesorero. (Libro particular, fol. 62).
En 8, se dispuso la forma con que había de adornarse la testera
de la sacristía sobre los nuevos cajones de revestirse, y que allí
se colocasen las imágenes de los santos patronos como lo habían
estado antes y en el medio un Crucifijo, y lo demás con láminas
y espejos. (Libro 11, fol. 130).
En 19, con consentimiento del señor vicepatrono real el Ca-
bildo procedió al remate de bienes entregados del espolio del
Illmo. Sor. Luna. (Libro 11, fol. 130 vto.).
En 9, de marzo, con acuerdo del Illmo. Sor. Obispo se dispuso:
que los bienes que no se habían podido rematar dejándose algunos
que pudiesen servir a la Iglesia, los demás se entregasen al ma-
yordomo para que los pudiese vender aún por la tercera parte
menos de su avalúo. (Libro 11, fol. 131 vto.).
En 4 de abril, aunque el Illmo. Sor. Obispo por haber muerto
el mayordomo de fábrica Dn. Joseph Antonio Veroiz, propuso
que interinamente prosiguiese su hijo Dn. Pedro Veroiz, el Cabildo
a pluralidad de votos no accedió y propuso el que se despachase
a la mayor brevedad la provisión en propiedad. (Libro 11, fol. 133).
En 16 mediante otro auto del Illmo. Sor. Obispo a pluralidad
de votos se accedió a que Dn. Pedro Veroiz fuese mayordomo
interino. (Libro 11, fol. 134 vto.).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1754
365
En 10 de mayo, se accedió a otro auto de su Sría. Illma. para
que quedando el dicho Veroiz de mayordomo interino, rindiese la
cuenta de su padre, y se procediese a la fijación de edictos para
la provisión en propiedad. Y sigue testimonio de los citados autos.
(Libro 11, fol. 139).
En 21, con acuerdo del Illmo. Sor. Obispo se hizo a los dos
músicos cantores de la capilla el aumento de cuarenta pesos a
cada uno, de las rentas de fábrica, sobre sesenta que gozaban,
se creó un músico más con renta de doscientos pesos, por la circuns-
tancia que concurrían en él, y se señalaron cincuenta pesos a cada
uno de dos triples anualmente y para todo se pidió consentimiento
al señor vicepatrono real. (Libro 11, fol. 143 vto.).
En 24, 28 y 31 de mayo, tratado el asunto de una querella del
señor mercedario, por haberle negado la entrega de su renta en
una medianía, el señor maestrescuela como receptor, con motivo
de una deuda de diezmos a que había salido responsable; y cues-
tionádose si el mismo podía a un mismo tiempo ser receptor y
juez de diezmos: por último se transó amigablemente el asunto
con entregarle la renta y que el señor juez de diezmos cobrase la
deuda. (Libro 11, fol. 144 vto.).
En 5 de junio, a pluralidad de votos se dispuso que todos los
caudales de fábrica, que entregasen en dinero los herederos del
difunto mayordomo Dn. Joseph Antonio Veroiz, se pusiesen en
la arca de tres llaves que tenía la Iglesia, y que esta arca estuviese
en poder de los mayordomos bajo sus fianzas. (Libro 11, fol. 152).
En 8, habiéndose recibido un oficio del Illmo. Sor. comisario
general de cruzada, sobre que se reciba la bula con las debidas
solemnidades, siempre que venga su traslado auténtico e impreso,
el Cabildo quedó dispuesto a ello: y en este mismo acto insinuó
el señor comisario de esta ciudad estarlo también para la recepción
y publicación que se había de hacer el día 24 de este mes. (Libro
11, fol. 155).
En 11, movida cuestión sobre si el señor comisario de cruzada
debía ponérsele oficio en el cuadrante cuando estuviese ocupado,
mediante a que se consideraba no ser tribunal esta comisaría se
acordó a pluralidad de votos que siguiese la costumbre y estilo
de ponerle oficio. (Libro 11, fol. 156 vto.).
366
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
En 12, teniéndose presente la Real Cédula de 21 de noviembre
de 1735 se acordó por estar enfermo el señor Deán, que el señor
arcediano cantase la misa del día de Corpus con la condición de
que si le tocase había también de cantar la del Jueves Santo, el
que fuese arcediano. (Libro 11, fol. 160).
En 15, con acuerdo del Illmo. Sor. Obispo (que sigue copiado)
se dispuso: que por no haberse podido hacer por las calles la pro-
cesión del día de Corpus, se hiciese en el domingo infra-octavo
por la mañana y los reverendos padres Dominicos hiciesen la suya
por la tarde, y se expresa en aquel acuerdo que aún estando toda
la octava impedida por lluvias debía hacerse después en día opor-
tuno y más a propósito. (Libro 11, fol. 161 vto.).
En 18, a instancia del Tesorero de la santa cruzada se volvió
a obedecer la disposición del Illmo. Sor. comisario general, de que
se reciba la bula viniendo su traslado auténtico e impreso, y para
auxiliar a sus ministros y a los predicadores. (Libro 11, fol. 164).
En 28 de junio y Io de julio, se trató de la provisión de la
mayordomía de fábrica de esta Santa Iglesia, y se hizo la terna
proponiéndose en primer lugar a Dn. Juan Nicolás de Ponte,
en segundo a Dn. Francisco de Tovar, y en tercero a Dn. Manuel
Blanco de Villegas: y acordó, participar esta nominación al Illmo.
Sor. Obispo que estaba ausvnte y había refundido en el Cabildo
sus facultades para esta mayordomía, según consta del testimonio
que sigue a la acta de 2 de mayo de este año. (Libro 11, fol. 165).
En 3 y 6 de julio, se recibió la contestación de su Sría. Illma.
aprobando la nominación antecedente. (Libro 11, fol. 167).
En 9, con vista de un auto del señor Gobernador relativo a
la acta de 21 de mayo de este año, sobre creación de una plaza de
música, y aumento de rentas a las establecidas, se mandó remitir
al mismo señor Gobernador el testimonio que pedía de la erección
y dar cuenta de todo al Illmo. Sor. Obispo. (Libro 11, fol. 168 vto.).
En 12, se consultó a su Sría. Illma. sobre un exhorto del señor
Gobernador en que pedía los autos originales de la provisión de
la mayordomía y en 19 del mismo con lo que contestó su Sría.
Illma, se acordó a pluralidad de votos remitírselos, y los testi-
monios de otros instrumentos. (Libro 11, fol. 169 vto.).
En 19, se volvió a determinar con lo contestado por el Illmo.
Sor. Obispo que se remitiese la misma contestación al señor Go-
bernador con los otros testimonios sobre las dichas plazas de
músicos. (Libro 11, fol. 170 vto.).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1754 367
En 30, se aprobaron las cuentas de los señores receptores de
la cuarta capitular, y un cuadrante que las acompañó. (Libro 11,
fol. 182).
En 2 de agosto, se acordó que en punto de ceremonias para
que no hubiese variedad, se previniese al maestro de ellas que
dispusiese en el altar lo que no tuviese duda, que el señor Deán
procediese contra los transgresores; y que habiendo duda, se
observase la costumbre, ínterin el Cabildo determinase, hacién-
dolo presente al señor Deán, o presidente y éste al Cabildo. (Li-
bro 11, fol. 182 vto.).
En 13, se propuso tratarse en otro Cabildo de más concurrencia
sobre sí de las capellanías y memorias de misas que sirve el Ca-
bildo se había de pagar tres por ciento al seminario. (Libro 11,
fol. 184).
En 20, recibido un auto del Illmo. Sor. Obispo, con testimonio
de una Real Cédula sobre informar al Rey de los méritos de los
eclesiásticos de esta diócesis: se difirió para otro Cabildo la reso-
lución acerca de informar con justificación de los individuos del
Cabildo. (Libro 11, fol. 184 vto.).
En 23, recibido un exhorto del señor vicepatrono real sobre
que en la votación para la terna de la provisión de mayordomo
no debieron votar los señores racioneros y medios, y que con esta
exclusión en primer lugar Dn. Juan Ignacio Lecumberri, presen-
taba a éste, se difirió el acuerdo para otro Cabildo. (Libro 11,
fol. 185).
En 27 (excluidos los señores racioneros como también se hizo
en el antecedente bajo de protestas) a pluralidad de votos resultó
no aceptar la dicha presentación; y tanto para esto, como para
determinar en dos cuestiones agitadas, la una sobre aceptar un voto
escrito por un ausente estimándose sin causa, y la otra sobre lo
representado por los señores racioneros; se mandó pasar testi-
monio al señor Illmo. Obispo. Y sigue copia de los votos dados
por escrito. (Libro 11, fol. 187).
En 31, recibida una carta de su Sría. Illma. sobre que los
señores penitenciarios y doctoral, fuesen a dar al señor Gober-
nador la satisfacción que pedía, por lo que produjeron en sus
votos de la elección de mayordomo el señor doctoral se allanó,
y se dijo que el señor penitenciario ausente haría lo mismo. (Li-
bro 11, fol. 198).
368
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
Aquí mismo, vista una representación de los señores racioneros,
sobre las ocurrencias antecedentes, se les mandaron dar los testi-
monios que peJían. (Libro 11, fol. 198).
En 6 y 13 de septiembre, con vista de lo determinado por el
lllmo. Sor. Obispo, dejando al Cabildo la resolución de estos
asuntos por estar gravemente enfermo; cuestionados nuevamente,
y excluidos los señores racioneros, se acordó a pluralidad de votos,
admitirse la presentación hecha en Dn. Juan Ignacio Lecumberri,
y se le mandó despachar título y dar las fianzas; y asimismo que
se diesen los testimonios pedidos para recurso al Rey. (Libro 11,
fol. 202).
En 20, excluidos los señores racioneros bajo de protestas y re-
tirado espontáneamente de la sala el señor arcediano, después de
haber expuesto varias cosas, por los demás señores se admitieron
las fianzas del sobredicho Lecumberri. (Libro 11, fol. 212).
En 24 y 25, con vista de la escritura otorgada, se mandó des-
pachar el título y hacer la entrega de bienes por inventario; se
dispuso que los herederos del antecesor renliesen cuentas, y que
el dinero existente estuviese en la arca de tres llaves. (Libro 11,
fol. 216).
En 27, se acordó el remitir al lllmo. Sor. Obispo las relaciones
de méritos de los señores prebendados en cumplimiento de la pre-
vención hecha a este fin. (Libro 11, fol. 218).
En 28 y 30, congregado el Cabildo en virtud de citación hecha
a los presentes en el anterior Cabildo, y a los ausentes por medio
del secretario para tratar los puntos pendientes, el recurso intentado
por el señor doctoral acerca de la majordomía de fábrica proveída,
y de los señores racioneros por habérseles excluido de votar en
ella: el señor Deán protestando de nulidad por no haberse hecho
la citación por él, y también los señores racioneros y medios, se
retiraron de la sala; ventilado el asunto de la citación, conclu-
yéndose con que el Cabildo pudo mandar citar, y de que esta acta
era continuación de otra antecedente; se acordó remitirse al Rey
testimonio de los autos de la dicha provisión y darse los que pedían
el señor Deán y los señores racioneros. (Libro 11, fol. 220).
En el propio acto, se acordó dar otro igual testimonio al señor
penitenciario. (Libro 11, fol. 227).
En 30 de octubre, se dio comisión al señor magistral para el
examen de las cuentas del anterior mayordomo Veroiz. Y el dinero
manifestado se mandó poner en la caja, y que de sus tres llaves
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1755 369
tuviese una su Sría. Illma. otra el señor Deán (quien no la admitió,
y se puso en el señor Chantre) y la otra el mayordomo, y que la
arca estuviese en su poder. (Libro 11, fol. 227 vto.).
En 8 de noviembre, recibido un oficio del Illmo. Sor. Obispo,
en que accede a lo dispuesto en la acta antecedente, nombra al
señor maestrescuela por su parte para presenciar la entrega y
previene que a ésta asistan todos los señores capitulares, el Cabildo
acordó que así se practicase. (Libro 11, fol. 229).
En 15, el señor Chantre solo, por no haber concurrido los
demás señores, hizo ante el secretario renuncia de la llave, insi-
nuando que la quería el señor arcediano. (Libro 11, fol. 230).
En 3 de diciembre, a instancia de los señores oficiales reales,
se les mandó dar un certificado por quinquenio de las rentas deci-
males. (Libro 11, fol. 231).
Año de 1755.
En Io de enero, fueron electos por adjuntos los señores peni-
tenciario y doctoral. (Libro particular, fol. 63).
En 18 de febrero, con acuerdo del Illmo. Sor. Obispo se aceptó
la donación hecha a esta Santa Iglesia por el Dr. Dn. Juan Joseph
de Castro, presbítero, de dos imágenes, la una de Nuestro Señor
Jesucristo crucificado y la otra de la Santísima Virgen María
Nut stra Señora, con condición de colocarse y de sacarse en pro-
cesión el Jueves Santo: Y se acordó hacerse nuevo retablo para
altar, Cruz para la imagen del Señor, y vestidos para ambas a
costa de las rentas de fábrica, con consentimiento del señor vice-
patrono real. (Libro 11, fol. 231 vto.).
En 11 de marzo, se dieron cincuenta pesos de las rentas de
fábrica, por modo de gratificación a un músico que había servido
sin renta un año. (Libro 11, fol. 233).
Aquí mismo, a instancia del mayordomo de fábrica sobre si
también costearía las mesas y faldones para la procesión del Jueves
Santo con las sobredichas imágenes; se acordó que sólo por esta
primera vez lo hiciese; pero que en adelante fuesen de cuenta
del que hiciese la procesión (que se dice era la parroquia) y que
el mayordomo solo franquease para ella las imágenes y sus ves-
tidos; pe-o se mandó que antes se diese cuenta de esto al Illmo.
Sor. Obispo. (Libro 11, fol. 234).
25 — Actat, 1
370
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
En 28 de abril, se accedió a la permuta de finca de un censo
de 2.000 pesos, reconocido por el señor medio racionero Dr. Dn.
Juan Agustín Naranjo. (Libro 11, fol. 235 vto.).
En 9 de mayo, se nombraron revisores para las cuentas de los
señores receptores. (Libro 11, fol. 236).
En 10 de junio, se aprobaron. (Libro 11, fol. 236 vto.).
En 4 de julio, se dispuso que la moneda de pesetas que hubiese
en la caja de la Iglesia se fuese consumiendo en sus gastos hasta
que cumplido el año asignado para recogerla se entregase en la
real contaduría con la rebaja dispuesta en real pragmática. (Li-
bro 11, fol. 237).
En Io de agosto, se aprobó el cuadrante de la primera me-
dianía; y se insistió en la disposición antecedente ¿obre consumo
de la moneda antes de recogerse por el grave quebranto que habría
en el cambio. (Libro 11, fol. 238).
En 6, habiéndose avisado del puerto de La Guaira que el Illmo.
Sor. Obispo, Dn. Francisco Julián de Antolino estaba gravemente
enfermo y próximo a la muerte, se deputó a un señor capitular
para que fuera a asistirle y se le concedieron facultades para en
caso de morir, ocurrir, asistir al inventario, y recoger el pontifical.
(Libro 11, fol. 239).
En 7, llegada la noticia de haber fallecido su Sría. Illma. este
día a las ocho y media de la mañana, se mandó tocar la sede va-
cante, se ratificó la comisión dada para La Guaira; y se nombró
a otro señor capitular para los inventarios de esta ciudad en virtud
del requerimiento del señor Gobernador. (Libro 11, fol. 240).
En 11, por estar ausente en La Guaira el señor maestrescuela;
se difirió la elección de vicario capitular y se puso certificado de
la carta que se le escribió. (Libro 11, fol. 241 vto.).
En 12, aunque se hicieron tres escrutinios no resultó elección
y en 13 hechos por la mañana cuatro, tampoco resultó; y en éste
hubo varias protestas especialmente en cuanto al cómputo de votos
pues habiendo uno más en uno de los nominados respecto de los
que recayeron en otros, no se hubo por hecha la elección: y pro-
seguido por la tarde el acto, resultó en el señor penitenciario
Dr. Dn. Pedro Díaz Cienfuegos. (Libro particular, fol. 63 vto.).
En 14, habiendo comparecido el dicho señor penitenciario
aceptó y prestó el juramento y se le confirió toda la jurisdicción
contenciosa y graciosa, reservándose solamente el gobierno del
seminario para el señor magistral Dr. Dn. Carlos de Herrera,
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1755
371
como su rector, el de los dos conventos de monjas de esta ciudad
para sus vicarios el mismo señor penitenciario que lo era el de
concepciones, y el dicho señor magistral del de carmelitas: y al
Cabildo los nombramientos de vicarios foráneos cuando fuese
necesario, las cuentas de fábrica de la Catedral, el nombramiento
de ministros de ella, la provisión de beneficios de libre presen-
tación y la distribución del producto de obras pías. (Libro parti-
cular, fol. 72 vto.).
En 23, del mismo agosto, a instancia de uno de los padres que
intentaban fundar en esta ciudad un colegio de la Compañía de
Jesús, se le concedió a este fin todo lo que estuviese devengado
y que se devengase en la sede vacante de la obra pía denominada
de Cumanibare, dando por una vez doscientos pesos para la fábrica
de la Iglesia de la ciudad de San Felipe, y quinientos para el
dote de una mujer que pretendía ser monja. (Libro 11, fol.
243 vto.).
En 26, se reiteró la concesión de una dote de 800 pesos a una
mujer en la obra pía de Cata. (Libro 11, fol. 245).
Aquí mismo se acordó a pluralidad de votos que por entonces
y hasta que se hiciese declaratoria en sede plena continuase la
costumbre de pedir recles por medio de algún criado y no perso-
nalmente, y que el encomendar las lecciones en maitines cantados,
se hiciese por el señor Deán. (Libro 11, fol. 245 vto.).
En 3 de octubre, se mandaron devolver al señor vicario ca-
pitular unos autos sobre las obras pías que mandó fundar el Illmo.
Sor. Baños y se denegó un dote que se pedía de otra. (Libro 11,
fol. 249).
En 4, se mandó hacer saber al señor canónigo de merced lo
resuelto sobre recles en la acta de 26 de agosto y darle la vista
que pedía. (Libro 11, fol. 250).
En 7, se dispuso que toda la moneda antigua de pesetas que
hubiese en la caja se fuese gastando antes que cesase el término
para recogerla y cambiarla al peso y que se fuese reponiendo la
misma que se sacase en moneda corriente. (Libro 11, fol. ibid.).
En 14, se volvió a tratar acerca de la petición del sobredicho
señor canónigo de merced, y reservó para otro acto de mayor
concurrencia. (Libro 11, fol. 253).
En 4 de noviembre, se proveyó sobre nuevo reconocimiento
de dos censos pertenecientes a la fábrica: se concedieron 25 pesos
de gratificación sobre las rentas de fábrica a un músico de la
372
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
tribuna: y para tratar de una recusación que se hacía al señor
vicario capitular se trajeron los autos. (Libro 12, fol. 1).
En 14, se remitió al señor vicario capitular un escrito del señor
mercedario en asunto con el secretario y ambos salieron de la
sala. (Libro 12, fol. 2).
En 18, resistió el Cabildo hacer contribución alguna de las
impuestas por el Ilustre Ayuntamiento para reforzar la toma de
las aguas que entran a la ciudad por no habérsele tratado cosa
alguna sobre este asunto en particular, sino en común con el
clero. (Libro 12, fol. 2 vto.).
En 28, se denegó la pretensión de establecimiento de vicariato
en la Villa de Ospino, y también el informar sobre fundación de
colegio de niñas en esta ciudad, hasta que la pretendiente presen-
tase documentos. (Libro 12, fol. 4).
En 9 de diciembre, a instancia del apuntador de coro Dn. Mi-
guel Fernández Rincón, se mandó pasar al señor provisor una ie-
presentación sobre el tiempo que no servía un capellán foráneo su
capellanía. (Libro 12, fol. 5).
Año de 1756.
En Io de enero, fueron electos por adjuntos los señores arce-
diano y mercedario. (Libro particular, fol. 74).
En 16, 20, 23 y 24 se dieron algunas providencias de la juris-
dicción graciosa. (Libro 12, fol. 6).
En 30, atento lo expuesto por el mayordomo de fábrica con
manifestación de los autos sobre aseguramiento del censo de la
dotación hecha por el señor Dr. Dn. Francisco Martínez de Porras,
se le mandó que pidiese adjudicación de la finca que era una
hacienda y que cuidase de ella. (Libro 12, fol. 7).
En 6 y 13 de febrero, se acordó a pluralidad de votos que unas
veredas de diezmos que no tenían buenas posturas se pusiesen en
administración siempre que los remates de ellas no fuesen como en
el año anterior. (Libro 12, fol. 8).
En 23, se acordó que el sacristán mayor Dn. Diego Pantoja
hiciese la renuncia de la sacristía ante el Cabildo y no ante el
señor provisor. (Libro 12, fol. 9).
En 27 de marzo, se dispuso que para la solución de la deuda
de Dn. Diego de Liendo a la Iglesia se pidiese adjudicación de una
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1756
373
casa y que se pagase a los herederos el valor del exceso, que ascendía
a 3.162 pesos y cinco reales y que se practicasen todas las dili-
gencias necesarias para que quedase libre de otro cualquiera
gravamen. (Libro 12, fol. 9 vto.).
En 2 de abril, habiéndose recibido la noticia de estar promo-
vido al obispado de Cartagena de Indias el señor arcediano Dr.
Dn. Manuel de Sosa y Betancourt; se dispuso que se cantase Te
Deum, expuesto el Santísimo, con repique de campanas en todas
las iglesias : que se le pusiese faldistorio, tapete y almohada, en su
asiento del coro; que se asignasen dos capellanes de coro para
ayudarle las misas rezadas en la Catedral: que el Cabildo fuese
a darle la enhorabuena; y que por tres noches se continuasen los
repiques con luminarias y fuegos a costa del Cabildo. (Libro 12,
fol. 10).
En 6, recibido un pliego rotulado al Illmo. Sor. Obispo de
esta diócesis, el Cabildo determinó no abrirlo por que no tenía
el sello real y dispuso reservarlo hasta la sede plena. (Libro 12,
fol. 11).
En 27 y 30 con acuerdo del señor vicepatrono real se admitió
a Dn. Diego Pantoja la renuncia de la sacristía mayor de esta
Santa Iglesia, y se mandaron fijar edictos para su provisión y
que los exámenes se hiciesen en la sala capitular a presencia del
Cabildo. (Libro 12, fol. 11 vto.).
En 4 de mayo, se aprobaron las cuentas de los señores recep-
tores de la cuarta capitular y se les encargó que solicitasen y
recaudasen de los bienes del espolio del Illmo. Sor. Obispo los
30 pesos gastados por el señor prebendado que fue a asistirle a
La Guaira. (Libro 12, fol. 12 vto.).
En 7, se mandaron hacer unos candeleros de plata y dos varas
de palio para que el de los curas tuviese seis, pues sólo tenía cuatro;
y que en estos y otros adornos de la Iglesia se invirtiesen varios
muebles de pontificales viejos. (Libro 12, fol. 13).
En 11, refiriéndose el estado en que aún estaba la causa del
espolio del Illmo. Sor. Abadiano, y el haberse concluido las de los
espolios de los Illmos. Sres. Valverde y Luna, se acordó que el
mayordomo ocurriese al Rey a pedir se entregase el espolio del
Illmo. Sor. Antolino, y que también ocurriese a la real audiencia
de Santo Domingo para la conclusión de la causa del Illmo. Sor.
Abadiano. (Libro 12, fol. 13 vto.).
374
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
Aquí mismo se trató de proseguir el expediente de las cuentas
del mayordomo Dn. Joseph Antonio Veroiz. (Libro 12, fol. ¿bid.).
En 18, habiendo consultado el colector del real subsidio, si
procedía al cambio de doce mil pesos que tenía en pesetas por la
moneda nueva mejicana a razón de cinco pesetas por un peso,
como estaba mandado; se le mandó que hiciese la consulta al señor
Gobernador y capitán general. (Libro 12, fol. 15 vto.).
En 21, se reiteró lo acordado en la acta de 11 de este mes en
ambas partes, y se corrigió al mayordomo el mal estilo de la repre-
sentación que dio motivo a esto. (Libro 12, fol. 16).
En 25, se mandó dar testimonio de una Real Cédula al colec-
tor del real subsidio para el ocurso al señor Gobernador, en cuanto
al cambio de moneda. (Libro 12, fol. 17).
En el mismo día se recibió el parte que dio al Cabildo el señor
magistral Dr. Dn. Carlos de Herrera de estar nombrado comisario
de la santa cruzada en esta diócesis. (Libro 12, fol. 18).
En 28 de mayo y Io de junio, se evacuaron los exámenes de
opositores a la sacristía mayor de la Catedral. (Libro 12, fol. 18 vto.).
En 4 de junio, recibida insinuación del señor comisario sobre
publicación de la bula el día 24 el Cabildo se manifestó estar pronto
al recibimiento y puso presente que el mismo día era el octavo
de la solemnidad de Corpus en que había de haber procesión por
la tarde, a fin de que el señor comisario determinase lo que le
pareciese. (Libro 12, fol. 19).
Aquí mismo y en las actas de 11 y 12 del mismo mes, se trató
del cambio de moneda se insinuó el que había hecho la fábrica de
diez y nueve mil pesos de cuatro pesetas a razón de cinco por cada
peso fuerte y se dispuso que lo mismo se practicase por el colector
del real subsidio con el dinero que tenía. (Libro 12, fol. 19 vto.).
En 15, no obstante el reclamo hecho por el señor doctoral,
se acordó dar comisión al señor vicario capitular para la terna de
la sacristía mayor y despachar título. (Libro 12, fol. 21).
En 18, habiéndose recibido una real orden circular de 17 de
marzo de este año dirigida al Illmo. Sor. Obispo para que cuide
de que no se entre sino en algún caso urgente a la clausura de
las monjas, se mandó hacer saber a los vicarios de los conventos.
(Libro 12, fol. 21 vto.).
En 13, de julio, habida larga conferencia sobre darse posesión
al señor Dr. Dn. Francisco de Tovar del arcedianato, a causa de
estar presente en esta ciudad el Illmo. Sor. Dr. Dn. Manuel de
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1756
375
Sosa, electo Obispo de Cartagena que lo obtenía, quedó casada la
votación, mas al siguiente día el Cabildo unánimente acordó
que se la diese. (Libro 12, fol. 22 vto.).
Sigue testimonio del real título en que se expresa que el dicho
señor era doctoral del arzobispado de Santo Domingo y las dili-
gencias de la colación y posesión dada en 22 de este mes de julio.
(Libro 12, fol. 26 vto.).
En 23, conferenciada la duda de si se habían de pasar en calidad
de recle un número de días que cayeron en cuaresma, del que tomó
un señor capitular se dispuso que el apuntador certificase lo que
se había practicado en tales casos. (Libro 12, fol. 2).
En 7 de agosto, se nombró a Dn. Juan de Ascanio por vicario
de Puerto Cabello. (Libro 12, fol. 30).
En 13, se recibió una cuarta de misas de las legadas por un
difunto y se mandó hacer un balandrán encarnado al pertiguero
por estar inútil el que tenía. (Libro 12, fol. ibid.).
En 27, se acordó hacer nueva lámpara para el altar mayor
y doce blandones para las misas rezadas todo de plata; Crucifijos
para los altares, y una oficina para guardar utensilios de la sa-
cristía. (Libro 12, fol. 30 vto.).
En 31, se concedió a Dn. Manuel Gedler un censo de 800 pesos
de la fábrica que redimió el señor Dr. Dn. Pedro Díaz Cienfuegos.
(Libro 12, fol. 31).
En 7 de septiembre, se trató de proveer en una causa matri-
monial cumpliendo un ejecutorial del señor metropolitano y de
esta misma causa se trató en 14, 17 y 24 de este mismo mes. (Li-
bro 12, fol. 32).
En 10, por haber concurrido un solo señor capitular, éste
obligó al secretario a que extendiese la diligencia de lo ocurrido
en este acto. (Libro 12, fol. ibid?).
En 27, recibida noticia de estar electo Obispo de esta diócesis
el Illmo. Sor. Diego Antonio Diez Madroñero, se mandó hacer
un solemne general repique. (Libro 12, fol. 34).
En 28, habiéndose pasado al Cabildo las bulas y real ejecutorial
del dicho Illmo. Sor. Madroñero que se hallaba en Madrid, siendo
vicario general de la ciudad y partido de Alcalá de Henares, y un
poder para que en su nombre recibiese la posesión y gobernase
el obispado el Illmo. Sor. Dr. Dn. Manuel de Sosa y Betancourt:
reconocido todo el Cabildo prestó su obedecimiento y al siguiente
día 29 dio al dicho señor apoderado la posesión en el coro y sala
376
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
capitular; derramó monedas e hizo la profesión de la fe en la forma
acostumbrada. Fueron expedidas las bulas en Roma a 24 de mayo de
1756, siendo Papa el señor Benedicto XIV. (Libro 12, fol. 34 vto.).
En 22 y 26 de octubre, con motivo de la prisión del señor
penitenciario por el Illmo. Sor. Gobernador del obispado, el Ca-
bildo extensamente expuso sus derechos en cuanto a la fracción
del privilegio de adjuntos y mandó a su apoderado que siguiese
la causa sobre nulidad de los hechos. (Libro 12, fol. 43 vto.).
En el mismo día 22, fue elegido por juez adjunto en lugar del
señor arcediano, por su promoción al obispado de Cartagena, el
señor Chantre. (Libro particular, fol. 75).
En 27, se acordaron las prevenciones necesarias para el reci
bimiento del Illmo. Sor. Obispo diocesano, a su venida de España:
y se hizo aquí expresión de las personas que se habían de convidar
para los días de obsequio en esta ciudad. (Libro 12, fol. 49).
En 9 de noviembre, se mandó al señor doctoral que insistiese
en pedir adjudicación a la Iglesia de una casa que fue de Dn.
Diego de Liendo a cuenta de los alcances de éste en sus cuentas
del tiempo que fue mayordomo de fábrica. (Libro 12, fol. 50 vto.).
En 10, no obstante haberse declarado por el señor Gober-
nador del obispado estar ileso del privilegio de adjuntos y que
en el caso ocurrido con el señor penitenciario no debió éste go-
zarlo; el Cabildo acordó dar cuenta al Rey de todo lo acaecido.
(Libro 12, fol. 51).
En 16, se volvió a tratar de este asunto con motivo de haber
sido preso el apoderado del Cabildo porque no hizo la entrega de
autos en el término señalado y se acordó que se entregasen los
autos y se pidiese testimonio de ellos para el recurso dispuesto.
(Libro 12, fol. 52).
En 20, se obedeció una Real Cédula (que sigue copiada) fecha
en 24 de julio de este año, declarándose nula la provisión de la
mayordomía de fábrica de esta Santa Iglesia, en Dn. Juan Ignacio
Lecumberri, y subsistente en Dn. Juan Nicolás de Ponte, como
propuesto en primer lugar con mayor número de votos, por ser
válidos los de los señores racioneros y medios racioneros, decla-
rándose también subsistente el privilegio de votar éstos en tales
elecciones. (Libro 12, fol. 54).
En 26 de noviembre y 3 de diciembre, se aprobaron las fianzas
del nuevo mayordomo y se le mandó otorgar la escritura con las
debidas mancomunidades. (Libro 12, fol. 56 vto.).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1757 377
En 10 de diciembre, previniéndose el lance que se esperaba
en el despacho del título al mayordomo porque el señor Gober-
nador del obispado intentaba firmar primero, hechas las refle-
xiones congruentes, se acordó que el señor Deán debía firmar
primero pues las mayores facultades que aquél tenía del Illmo.
señor propietario, lo dejaban siempre en la cualidad de su pro-
visor. (Libro 12, fol. 57 vto.).
En 14, reiterado el mismo tratado y esforzadas más las razones
del antecedente acuerdo, se determinó despachar el Cabildo por su
parte título en forma, y que proveyese auto, para que el ante-
cesor hicic se la entrega inclusive la arca del tesoro. (Libro 12,
fol. 59 vto.).
En 22, se accedió a que Dn. Manuel Felipe de Tovar, reco-
nociese un censo de quinientos pesos a favor de la fábrica de esta
Santa Iglesia, el cual había tenido antes doña Catalina Arias.
(Libro 12, fol. 62).
En 24, se dispuso remitir al supremo consejo testimonio de los
autos de la prov'sión de la mayordomía de fábrica por lo ocurrido
en el punto controvertido con el señor Gobernador del obispado
en punto de firmas. (Libro 12, fol. 62 vto.).
Ario de 1757.
En Io de enero, fueron electos por adjuntos los señores arce-
diano y magistral. (Libro particular, fol. 76).
En 11 y 14, en obedecimiento de una Real Cédula de 13 de
septiembre de 1755 sobre que el Cabildo informase acerca de la
pretensión de fundarse colegio de la Compañía de Jesús en Mara-
caibo, se acordó que para verificarlo se acopiasen documentos:
y en la primera de estas actas se expuso que al señor Deán no se
le cometían negocios del Cabildo atentas sus obligaciones y también
se hizo alguna insinuación acerca de la circunspección en dictarse
los Cabildos. (Libro 12, fol. 63).
En 18, tratándose acerca de la dilación del juicio de cuentas
del mayordomo Dn. Joseph Antonio Veroiz, se acordó, relevar
al señor magistral como lo tenía pedido el mismo y pasar el expe-
diente al señor Gobernador del obispado. (Libro 12, fol. 67).
En 21, se aprobó la formación de un libro y de un cuaderno para
que el apuntador tomase razón en el primero de todos los ministros
378
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
de esta santa Iglesia y en el segundo las órdenes que se le comuni-
casen por el Cabildo o por el señor presidente. (Libro 12, fol. 71).
En 7 de febrero, se obedeció una Real Cédula de 9 de noviembre
de 1756 sobre que el Cabildo informase acerca de la pretensión
de erigirse en esta ciudad una Iglesia dedicada a Nuestra Señora
de la Luz. Y en Io de marzo se acordó hacerse el informe de no
ser conveniente esta fundación por haber otras de mayor necesidad.
(Libro 12, fol. 72).
En 8, 9 y 15 se trató acerca del pagamento de mil y cincuenta
pesos que debía hacer el mayordomo de fábrica por el dorado y
materiales del altar del Santísimo Cristo. (Libro 12, fol. 72 vto.).
En 18, se admitieron al heredero del mayordomo difunto Dn.
Pedro Veroiz las propuestas que hizo sobre el pago del resto de su
alcance que ascendía a 16.282 pesos, 3 reales con las condiciones
que se tuvieron por convenientes. (Libro 12, fol. 74 vto.).
En 15 y 16 de marzo, se trató de la función de colocación de
las imágenes del Santísimo Cristo, y de la Santísima Virgen de
Dolores en su altar de esta Santa Iglesia; y se refiere lo acaecido
con el señor Gobernador del arzobispado en un extraño e irregular
embarazo que hizo el día destinado para la función que el Ca-
bildo había dispuesto a su costa. (Libro 12, fol. 78).
En 29 de marzo y 15 de junio, seguidamente se volvió a tratar
del recibimiento del Illmo. Sor. Dn. Diego Antonio Diez Ma-
droñera, y se dieron algunas disposiciones más, y se nombró otro
comisario para entender en las funciones de esta ciudad con el
otro nombrado. (Libro 12, fol. 80).
En 5 de julio, expresándose estar ya en esta ciudad el dicho
Illmo. Sor. Obispo, se acordó tratar con su Sría. Illma. para hacer
algunos ornamentos para la Iglesia, y adornar los altares de Nuestra
Señora y de San Jorge. (Libro 12, fol. 83).
En 8, habiéndose suscitado alguna duda en cuanto al suple-
mento del turno del señor canónigo hebdomadario cuando éste
falta, se acordó que se observase la constitución de la regla de
coro literalmente. Y aunque el señor maestrescuela propuso re-
nunciar la judicatura de diezmos se le suplicó que prosiguiese.
(Libro 21, fol. 83 vto.).
En 9, se trató de pasar oficio al Illmo. Sor. Obispo sobre curso
de las cuentas de Dn. Joseph Antonio Veroiz y de Dn. Juan
Ignacio Lecumberri. (Libro 12, fol. 85).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1757
379
En 22, se acordó que el mayordomo anterior al actual, de su
alcance pagase lo que se debía al oficial de su trabajo y materiales
en el dorado del altar del Santísimo Cristo: y que se hiciesen
algunos utensilios para el servicio de la Iglesia. (Libro 12, fol. 86).
En 14 de agosto, presentado el real título en que el señor
Dr. Dn. Blas Arrais, cura de la Catedral, es promovido a una
media ración, vacante por fallecimiento del señor Dr. Dn. Juan
Joseph de Arechederra, se le dio la colación (sin imposición de
bonete) por el Illmo. Sor. Obispo, estando su Sría. Illma. en el
coro con el Cabildo le dio la posesión allí y después en la sala
capitular con las ceremonias acostumbradas. (Libro 12, fol. 87).
En 6 de septiembre, se reiteró oficio al Illmo. Sor. Obispo
sobre las cuentas de Veroiz. (Libro 12, fol. 90).
En 7 y 9, se recibió el aviso de haber llegado el señor Gober-
nador Dn. Felipe Ramírez, y se disputaron dos señores capitulares
para cumplimentarle. (Libro 12, fol. 91).
En 27, se mandó al colector de manuales dar razón del estado
de ellos. (Libro 12, fol. 91 vto.).
En 11 de octubre, se reiteró oficio al Illmo. Sor. Obispo sobre
hacer algunos utensilios para la Iglesia como estaba acordado.
(Libro 12, fol. ibuL).
En 14, se acordó a pluralidad de votos que para evitar dila-
ciones en las cuentas del mayordomo Veroiz, procediese por sí
solo el Illmo. Sor. Obispo, en quien al efecto el Cabildo ponía
sus facultades de concurrencia simultánea. (Libro 12, fol. 92).
En 25 y 27, atentas algunas expresiones de un auto de su
Sría. Illma. sobre lo antecedente y en que determinaba proceder
en el juicio de cuentas por sí solo, hasta que al tiempo de la de-
terminación de ellas concurriese el Cabildo, se deliberó dejarle
obrar, así con protesta de ocurrir después al Rey a fin de que no
parase el curso de estos autos. (Libro 12, fol. 93 vto.).
En 31, se acordó llevar a efecto el dicho recurso por modo de
consulta, y que no parase el juicio de las cuentas. (Libro 12,
fol. 96).
En 15 de noviembre, se acordó hacer el informe al Rey expre-
sando ser útil, conveniente y necesaria la fundación de colegio de
la Compañía de Jesús en Maracaibo. (Libro 12, fol. 97 vto.).
En 18, el Cabildo accedió a que se dividiesen en cinco veredas
las dos de diezmos del partido de San Sebastián y también la
principal de esta ciudad. (Libro 12, fol. 98 vto.).
380
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
En 2 de diciembre, reservó el Cabildo el acordar acerca de lo
que se debía disponer de una hacienda de cacao, que en el Valle
de Yare dejó a esta Santa Iglesia el señor Dr. Dn. Francisco Mar-
tínez de Porras. (Libro 12, fol. 99).
En 3 y 6, se obedecieron dos Reales Cédulas (de que no hay
copia) fechas en 23 de junio de este año, para que se diese razón
del modo como se distribuían los diezmos y se remitiese testi-
monio de la erección: y se mandó remitir aquella razón a los se-
ñores oficiales reales. (Libro 12, fol. 99 vto.).
En 8, recibida la noticia de estar electo Obispo de Durango
en Nueva España el señor Chantre Dr. Dn. Pedro Tamarón, se
mandó hacer (con previa participación del Illmo. Sor. Obispo
diocesano) solemne, general repique de campanas; cantar el Te
Deum, expuesto el Santísimo: que se le pusiese en la silla del coro
faldistorio, alfombra y tapete: que le ayudasen a misa dos cape-
llanes de coro vestidos de sobrepelliz que el Cabildo pasase en
forma capitular a darle la enhorabuena: y que se continuasen los
repiques por tres noches, con luminarias y fuegos a costa del
Cabildo. (Libro 12, fol. 100 vto.).
En 10, convino el Cabildo en que la hacienda de cacao corres-
pondiente a la fábrica de esta Santa Iglesia que le donó el señor
Dr. Dn. Francisco Martínez de Porras, se vendiese en remate,
porque así le sería más útil; y reservó el tratar después con el
Illmo. Sor. Obispo sobre distribución y destino de sus réditos.
(Libro 12, fol. 101).
En 13, en vista de unos autos seguidos en el tribunal eclesiás-
tico consecuente a una Real Cédula sobre entrega a la Iglesia del
espolio del Illmo. Sor. Antolino, se mandó al mayordomo que se
presentase pidiendo el cumplimiento de lo mandado en ella. Y
aquí mismo se previno al propio mayordomo que bajo la dirección
del señor doctoral pidiese lo conveniente para la conclusión del
juicio de cuentas de Dn. Joseph Antonio Veroiz, mayordomo que
fue de la fábrica; y se hicieron algunas insinuaciones acerca de
no haber sido culpable el Cabildo en la demora. (Libro 12, fol. 193).
Año de 1758.
En Io de enero, fueron electos por adjuntos los señores maes-
trescuela y canónigos de merced. (Libro particular, fol. 77).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1758
381
En 13 de febrero, se aprobaron los cuadrantes de la segunda
medianía del año anterior. (Libro 12, fol. 106 vto.).
En 7, se acordó hacerse algún obsequio para el recibimiento
del Illmo. Sor. Dn. Felipe Ruíz de Arismendi, arzobispo de Santo
Domingo que venía a consagrarse, pero habiendo insinuado un
señor capitular que esto no convenía escribirse hasta que se tratase
con el Illmo. Sor. Obispo diocesano se quedó sin firmar la acta.
(Libro 12, fol. ibid.).
En 11, se trató acerca de los remates de los diezmos de Cau-
cagua, y el Cabildo se conformó con lo proveido por su Sría. Illma.
(Libro 12, fol. 107).
En 14, se acordó comprarse por la Iglesia una casa que vendía
al Illmo. Sor. Dr. Dn. Pedro Tamarón para cuatro mil pesos
haciendo gracia de lo más que valía, y que en adelante si hubiese
quien pagase su total valor se impusiese a censo. (Libro 12, fol.
107 vto.).
En 21 y 22, se acordó estar pronto el Cabildo a concurrir a
tomar las cuentas presentadas por los herederos del mayordomo
Dn. Joseph Antonio Veroiz. (Libro 12, fol. 108 vto.).
En 28, visto un auto en que el Illmo. Sor. Obispo comisiona
al señor arcediano para la dicha toma de cuentas de Veroiz, el
Cabildo también le nombró por su parte; y por lo respectivo a
lo que se disponía de que para lo contencioso de este negocio pasase
a su tribunal de justicia; el Cabildo aceptó sin perjuicio del recurso
pendiente en cuanto a la simultaneidad con el prelado. (Libro 12,
fol. 111).
En 4 de marzo, en atención a haber insinuado el Illmo. Sor.
Obispo no ser conveniente ni conforme a derecho el refundirse la
sobredicha comisión en un solo individuo; se nombró por parte
del Cabildo al señor Tesorero. (Libro 12, fol. 112).
En 9, se aceptó la donación de unos papeles de música hecha
por el señor medio racionero Dr. Naranjo, y en cuanto a la compra
de otra que tenía el maestro de capilla se mandó investigar si había
necesidad. (Libro 12, fol. 114).
En 14, con acuerdo del Illmo. Sor. Obispo se dispuso que el
dinero necesario para la compra de la casa que fue del Illmo. Sor.
Dr. Dn. Pedro Tamarón, y asimismo para reparar otra que tenía
la Santa Iglesia cerca de la de Altagracia, se diese por los here-
deros de Dn. Joseph Antonio Veroiz a cuenta de su alcance: y
aquí mismo se entregó la llave de la arca del tesoro que tenía
382
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
aquel señor Illmo. como Chantre al señor Deán. (Libro 12,
fol. 115).
En 1 1 de abril, se trató acerca del ejercicio de la jurisdicción
simultánea en el juicio de cuentas de fábrica y reservó el Cabildo
exponer sus derechos con vista de unos documentos que nece-
sitaba. (Libro 12, fol. 116).
En 14, no tuvo a bien el Cabildo que se comprasen unos papeles
de música por no haber ejecutores en la capilla de música; e insinuó
que sería conveniente establecer algunas plazas. (Libro 12, fol. 117).
En 21, el Cabildo acordó insinuar al Illmo. Sor. Obispo que
su simultáneidad conforme al capítulo 21 de la erección y reales
cédulas que se citan debía ser a todos los actos y providencias
de la provisión de la mayordomía de fábrica y recepción de cuentas
en la sala capitular con el prelado y en su ausencia solo el Cabildo,
sin introducción del señor provisor en cosa alguna. (Libro 12,
fol. 117 vto.).
En 27, se aprobó el informe hecho sobre ser útil la fundación
de colegio de la Compañía de Jesús en Maracaibo, y se nombraron
revisores de las cuentas de los señores receptores. (Libro 12, fol.
118 vto.).
En 12 de mayo, fueron electos para otro trienio, por receptores
de la cuarta capitular los señores maestrescuela y racionero
Hermoso. (Libro 12, fol. 120).
En 19, por no haber aceptado el señor maestrescuela se nombró
al señor doctoral. (Libro 12, fol. 120 vto.).
En 8 de junio, precedida la presentación en tiempo congruo
del real despacho en que el señor maestrescuela Dr. Dn. Francisco
de la Vega, es promovido a la dignidad de Chantre, vacante por
promoción del Illmo. Sor. Dr. Dn. Pedro Tamarón al obispado
de Durango, y habiendo quedado suspensa la ejecución, hasta que
este señor Illmo. recibió las bulas, se le dio la colación por el Illmo.
Sor. diocesano (sin expresión de imposición de bonete) y después
su Sría. Illma. junto con el Cabildo le dio la posesión en el coro
y sala capitular con las ceremonias acostumbradas y precedida
también la renuncia que hizo el sobredicho señor Obispo de Du-
rango de la chantría con calidad de gozar su renta hasta este día.
(Libro 12, fol. 121 vto.).
En 10, semejantemente se dio colación y posesión de la dignidad
de maestrescuela al señor Tesorero Dr. Dn. Juan Fernández
Quintana, a consecuencia de su real despacho y previas diligencias.
(Libro 12, fol. 124).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1758
383
En 12, igualmente se dio colación y posesión de la dignidad
de Tesorero al señor magistral Dr. Dn. Carlos de Herrera. (Li-
bro 12, fbl. 125 vio.).
En 16, con acuerdo del Illmo. Sor. Obispo se dispuso: que de
cuenta de la fábrica y en utilidad suya, se reimprimiesen las cons-
tituciones sinodales de esta diócesis, y el índice manuscrito que
acompañaban a los que habían quedado de la primera impresión.
(Libro 12, fol. 127 vto.).
En 20, se aprobaron las cuentas de los señores receptores de la
cuarta capitular y se prohibió que de ella se pagasen testimonios
para informes sin orden del Cabildo. (Libro 12, fol. 128).
En 27, haciéndose memoria de estarse reparando una de las
naves de la Iglesia, que corresponde al altar de San Jorge, por
haberse arruinado e insinuándose la urgencia de reparar los techos
de otras; se mandó al mayordomo que se presentase a obtener
las competentes licencias para este otro reparo, para hacer algunos
ornamentos y para asear toda la Iglesia y sus altares. (Libro 12,
fol. 128 vto.).
En 5 de julio, se mandó que se hiciese reconocimiento de lo
que había de repararse. (Libro 12, fol. 130 vto.).
En 18, se vieron los cuadrantes de la primera medianía de este
año. (Libro 12, fol. 131).
En 11 de agosto, el Cabildo convino con lo decretado por su
Sría. Illma. en cuanto a los sobredichos reparos y también en cuanto
a ornamentos; mas no se especifican. (Libro 12, fol. ibid.).
En 7 de septiembre, se mandó al mayordomo que informase
el estado de las imágenes antiguas del Santísimo Cristo de San
Juan y de Santa María Magdalena, y del retablo en que estaban
para ver si se podrían donar a la Iglesia de San Lázaro que lo
pedía. (Libro 12, fol. 132).
En 19, se dispuso constituir apoderado, para que en unión de
los otros interesados defendiese el punto de que se pagasen diezmos
de las haciendas de los Jesuítas. (Libro 12, fol. 133 vto.).
En 28 de septiembre, y 7 de octubre, precedida alguna insi-
nuación del Cabildo acerca de lo que le compete en la mayordomía
de fábrica, admitió por lo que le tocaba la admisión que hizo de
ella Dn. Juan Nicolás de Ponte. (Libro 12, fol. 134 vto.).
En 3 de octubre, se aceptó la dotación de un manual de misa
cantada el día 15 de diciembre octava de la Inmaculada Concepción
384
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
de Nuestra Señora, hecho en el capital de 600 pesos por el Illmo.
Sor. Dr. Dn. Pedro Tamarón. (Libro 12, fol. 135).
En 14, se acordó hacer recurso sobre la pertenencia de los
diezmos de la Villa de Perijá. (Libro 12, fol. 136 vto.).
En 20, el Cabildo unánimemente haciendo memoria de los
méritos y servicios del Illmo. Sor. Dr. Dn. Pedro Tamarón, acordó,
que cuando se tuviese noticia de su fallecimiento se le hiciese,
no solamente el novenario de misas cantadas como si actualmente
fuese del gremio de esta Santa Iglesia, sino que la primera fuese
solemne. (Libro 12, fol. 137).
En 24, mediante insinuación del Illmo. Sor. Obispo se acordó
que se hiciese funeral por el Sumo Pontífice, difunto el señor
Benedicto XIV, y en otro día la función de acción de gracias por
la exaltación del señor Clemente XIII: y aquí mismo se trató
de la provisión de la mayordomía de fábrica. (Libro 12, fol. 138).
En 8 de noviembre, se insinúa haberse nombrado al señor
doctoral para el seguimiento de la defensa de las causas de diezmos
con los Jesuitas, por apoderado del Illmo. Sor. Obispo y del Ca-
bildo y se mandaron dar expensas. (Libro 12, fol. 138 vto.).
En 16 de diciembre, el Cabildo por su parte eligió para ma-
yordomo de fábrica en propiedad al único opositor Dn. Joaquín
de Castillo Beitía. (Libro 12, fol. 139 vto.).
Año de 1759.
En Io de enero, se eligieron por adjuntos a los señores maes-
trescuela y doctoral. (Libro particular, fol. 78 vto.).
En 5, se dispuso poner presente al Illmo. Sor. Obispo y al
señor vicepatrono real los derechos del Cabildo sobre que el asiento
del asistente real a los exámenes de una canongía, debía tener no
el asiento inmediato a su Siía. Illma. sino al señor Deán o pre-
sidente del Cabildo. (Libro 12, fol. 140).
En 13, vista la resistencia del señor vicepatrono, se acordó
ceder, sin perjuicio, el asiento del lado derecho de su Sría. Illma.
al asistente real a fin de que no se parase el curso de las oposiciones
a la magistral. (Libro 12, fol. 141).
En 13 de febrero, se dispuso el señalamiento perpetuo de un
dos por ciento deducible anualmente de la cuarta capitular para
la defensa de lo que le ocurriese al Cabildo y a sus individuos, en
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1759
385
causas relativas a sus prebendas no siendo contra el Cabildo y
acordándole por éste en caso de duda. (Libro 12, fol. 142).
En 5 de marzo, se trató acerca de las fianzas del nuevo mayor-
domo de fábrica Dn. Joaquín Castillo Beitía, y se dispuso que el
señor doctoral expusiese para responder el traslado comunicado
por un decreto del Illmo. señor Obispo: y en 22 se mandó citar
a todos los señores capitulares para determinar. (Libro 12, fol. 1J3.)
En 10 de abril, a consecuencia de un auto del Illmo. señor
Obispo con una Real Cédula de 12 de septiembre del año anterior,
en que se participa el fallecimiento de la señora doña María Bár-
bara de Portugal, reina de España, se acordó hacer el funeral de
exequias con la pompa acostumbrada en semejantes casos. (Li-
bro 12, fol. 145).
En 20, se dispuso que el mayordomo de fábrica hiciese los
costos de cera y túmulo; y se mandó convidar al señor Gober-
nador, y al Ilustre Ayuntamiento por medio de dos señores dipu-
tados, y a las religiones por el maestro de ceremonias; y que éste
impusiere a los prelados del responso que habían de cantar en el
túmulo antes de la misa: y se insinuó que el señor tesorero Dr.
Dn. Carlos de Herrera, se había hecho cargo del sermón. (Libro
12, fol. 146).
En 24, se dispuso que el señor doctoral defendiese el punto de
una casa que fue del Illmo. Sor. Baños y se pretendía que fuese
perteneciente a la obra pía de casa de enseñanza de niñas. (Libro
12, fol. 146 vto.).
En 28, habiéndose excusado el mayordomo de fábrica Dn. Juan
Nicolás de Ponte, de hacer los gastos del sobredicho funeral, se
dio cuenta a su Sría. Illma. para que diese providencia para e^to
y demás gastos de la Iglesia, pues aunque estaba electo otro por
mayordomo él había seguido administrando las rentas después de
su renuncia. (Libro 12, fol. 147).
En 9 y 18 de mayo, comunicada vista de la escritura de fianza
del nuevo mayordomo, el Cabildo insinuando sus facultades en
el caso y querellándose dt 1 modo con que se le comunicó esta vista;
suplicó a su Sría. Illma. le mandase pasar los autos y le invitó
a que concurriese a la sala para lo que fuese de jurisdicción simul-
tánea, o le dejase obrar por si solo. (Libro 12, fol. 148).
En 17, se mandó reparar y alquilar la casa comprada al Illmo.
Sor. Tamarón. (Libro 12, fol. 148 vto.).
26 — Acias, i.
386
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
En 28, se volvió a tratar en vista de otro auto de su Sría. I lima,
sobre la escritura de fianza del mayordomo y hechas sus obje-
ciones el Cabildo volvió a insinuar lo que le competía por su juris-
dicción cumulativa y protestando de nulidad, siempre que no
proveyese como juez en este asunto y en el de las cuentas de fá-
brica, se allanó a todo lo que su Sría. Illma. quisiese, sin per-
juicio de la real determinación. (Libro 12, fol. 150).
En 2 de junio, allanándose el Cabildo a exponer no estar bien
otorgada la escritura del mayordomo; hechas varias protestas en
cuanto a jurisdicción simultánea, acordó ocurrir al Rey. (Libro 12,
fol. 151 vto.).
En 16, el Cabildo bajo las antedichas protestas convino en que
se admitiese al nuevo mayordomo don Joaquín Castillo Beitía,
la renuncia que hacía del derecho que tenía a la misma mayor-
domía. (Libro 12, fol. 154 vto.).
En 2 de julio, el Cabildo bajo iguales protestas firmó el edicto
convocatorio a nueva provisión. (Libro 12, fol. 155 vto.).
En 17, se aprobaron las cuentas de los señores receptores y
los cuadrantes. (Libro 12, fol. 156).
En 24 bajo las antedichas protestas, se accedió a que se exone-
rasen al anterior mayordomo Dn. Juan Nicolás de Ponte, del
cuidado de lo correspondiente a la mayordomía. (Libro 12, fol.
156 vto.).
En 14 de agosto, con atención a no haber habido pretendiente
a la dicha mayordomía y usando la Iglesia del privilegio que le
competía y derecho de que la sirvan sus fieles, se determinó pro-
ceder a votación para eligir a tres vecinos de esta ciudad y pro-
ponerlos al señor vicepatrono real y en efecto fueron electos Dn.
Pedro Blanco de Ponte, Dn. Fernando Lovera y Otañes y Dn.
Miguel de Aristeguieta ; lo que se notició a su Sría. Illma. y en 17
de este mismo mes se formó la terna. (Libro 12, fol. 158).
En 21, avisado el Cabildo por decreto de su Sría. Illma. de
estar presentado el sobredicho Dn. Pedro Blanco y Ponte para la
mayordomía, el Cabildo proveyó haberlo por presentado. (Libro 12,
fol. 159).
En 25, se accedió a que el antecesor le hiciese la entrega y
nada se dice de fianza. (Libro 12, fol. 159 vto.).
En 6 de septiembre, se trató sobre señalamiento al mayordomo
de un ocho por ciento en lugar del seis que gozaba y se determinó
ocurrir para esto al Rey. (Libro 12, fol. 160).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1760
387
En 28, se determinó para el dos por ciento que llevaban los
mayordomos del dinero custodiado en la arca del tesoro, y otros
inconvenientes que esta arca se pusiese con sobre caja y en lugar
bien asegurado en la sacristía de esta Santa Iglesia, y que en la
entrega de los demás bienes al nuevo mayordomo se separasen
los inútiles. (Libro 12, fol. 161).
En 3 de octubre, se denegó la pretensión del mayordomo de
que se le nombrase abogado defensor de las causas de cobros,
pues el señor doctoral sólo conceptuaba de su obligación la defensa
de derechos, fueros y privilegios y que corriesen como siempre con-
forme a lo dispuesto en la regla de coro. (Libro 12, fol. 163).
En 21, se accedió a que se hiciese el traspaso de uno de los
censos de fábrica que tenía doña Paula de Liendo a doña Isabel
Arratía. (Libro 12, fol. 163 vto.).
En 10 de noviembre, se trató del mismo censo, y se dice ser
de mil pesos. (Libro 12, fol. 164).
En 20, se accedió a la disposición de su Sría. Illma. en los fune-
rales que habían de hacerse por el señor Rey Dn. Fernando VI
por el Cabildo y por la ciudad. (Libro 12, fol. 165).
En 3 de diciembre, se dispuso la dicha función de funerales:
que se encomendase el sermón por el Illmo. Sor. Obispo, por estar
vacante la magistral y no hallarse alguno de los señores capitu-
lares en posibilidad para predicarlo: y que se hiciese el convite
al señor Gobernador y al Cabildo secular por diputación de dos
señores capitulares; y por el maestro de ceremonias a las reli-
giones advirtiendo a sus prelados del responso que habían de
cantar en el túmulo antes de la vigilia; y que el mayordomo de
fábrica ocurriese a los gastos. (Libro 12, fol. 165 vto.).
Año de 1760.
En Io de enero, se eligieron por adjuntos a los señores arce-
diano y canónigo de merced. (Libro particular, fol. 80).
En 11, el Cabildo se denegó a responder a la vista de una
presentación del mayordomo de que se le diese dinero de la caja;
porque al efecto debía su Sría. Illma. venir a la sala en uso de la
jurisdicción simultáneay no comunicar tal vista. (Libro 12, fol. 166).
En 15, se obedeció una Real Cédula de 27 de septiembre del
año anterior sobre lo ocurrido con motivo de la provisión de la
388
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
mayordomía de fábrica en Dn. Juan Nicolás de Ponte (no se
específica la determinación, ni hay copia) y se dispuso que otra
igual dirigida al Illmo. Sor. Obispo se la presentase el apoderado
del Cabildo. (Libro 12, fol. 166 vto.)
En 26, a consecuencia de aviso de estar nombrado comisario
de inquisición en esta ciudad el señor racionero Dr. Dn. Domingo
Hermoso, se le mandó obsequiar por dos comisarios de parte del
Cabildo. (Libro 12, fol. 167).
En 8 de febrero, el Cabildo con motivo de otro auto de su Sría.
Illma. ratificó lo acordado en la acta de 11 del próximo enero en
cuanto a jurisdicción simultánea. (Libro 12, fol. 167 vto.).
Sigue copia de un auto del Illmo. Sor. Obispo protestando
también por su parte, y determinando dar cuenta a Su Majestad
en el mismo asunto. (Libro 12, fol. 168 vto.).
En 4 y 6 de marzo dio el Cabildo cumplida satisfacción a todo
lo que se expresó en el auto antecedente y concluyó suplicando
a su Sría. Illma. determinase por sí solo en los asuntos de juris-
dicción simultánea mientras resultaba real resolución. (Libro 12,
fol. 170).
En 10, refiriéndose lo ocurrido con el Illmo. Sor. Obispo en
cuanto a denegarse el Cabildo a darle dos asistentes por obligación
a sus concurrencias a rosarios y que si lo harían por convite; atentos
los procedimientos violentos que se experimentaron, se determinó
seguir formalmente los recuross necesarios, pidiéndose antes la
revocación del auto de su Sría. Illma. de mandato y conminaciones.
(Libro 12, fol. 174 vto.).
Sigue un auto en testimonio en que Ínterin resulta real deter-
minación, dispone su Sría. Illma. que para el ejercicio de la juris-
dicción simultánea se pasen las instancias desde su tribunal al
Cabildo, y después a su Illma. estando en la ciudad; y estando
fuera primero al Cabildo y que después se le remita testimonio
de la acta: y que en adelante todos los libramientos para el mayor-
domo se diesen simultáneamente. (Libro 12, fol. 177).
En 27, se accedió con protestas a que el interventor nom-
brado por el real vicepatronato, firmase en las determinaciones
de la recepción de cuentas de un mayordomo de fábrica, antes del
comisionado del Cabildo, sin embargo de que éste con el del prelado
no eran meros liquidadores sino delegados. (Libro 12, fol. 178 vto.).
En 9 de abril el Cabildo accedió a las disposiciones del Illmo.
Sor. Obispo, sobre las funciones para la acción de gracias por la
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1760
389
exaltación al trono de España del señor Dn. Carlos III: y se mandó
hacer el convite al señor vicepatrono y al ilustre ayuntamiento
por diputación de los señores Tesorero y doctoral y a las reli-
giones por el maestro de ceremonias. (Libro 12, fol. 179 vto.).
En 10, no se admitió la excusa del señor doctoral a la dicha
diputación que fundaba en no ser dignidad y en estar de misa mayor
en los días del convite. (Libro 12, fol. 180 vto.).
En 12, accedió el Cabildo a la función que el ilustre ayunta-
miento propuso hacer también de acción de gracias. Y por lo
respectivo a la bendición del nuevo pendón que había de servir en
la jura, se denegó, estimando ser esto una novedad jamás vista de
traerse el pendón a este fin en cuerpo de ciudad. (Libro 12, fol. 181).
En 19, se determinó que para ejercer el poder del Cabildo en
la Corte hubiese a más del apoderado que existía, dos más en
segundo y tercero lugar, y que se remitiesen diez fanegas de cacao
para expensas. (Libro 12, fol. 182).
En 2 de mayo, con motivo de haberse presentado el señor
doctoral pidiendo suspensión de la obra que se estaba haciendo
en la sacristía para custodia de la arca del tesoro; el Cabildo pidió
a su Sría. Illma. que ni a él ni a ningún señor prebendado admi-
tiese tales representaciones en asuntos ya determinados; e insinuó
que en la sacristía no había los oratorios que aquél anunciaba,
aunque acaso antiguamente habría servido para esto alguna pieza.
(Libro 12, fol. 183).
En con motivo de un auto del señor provisor en que emba-
razaba al Cabildo el libre uso de su cuarta capitular, el Cabildo
resistió e insinuó los motivos de haber ido a provocar aquella deter-
minación uno de los señores receptores, y apeló y protestó otros
recursos. (Libro 12, fol. 184).
En 15, visto otro auto del señor provisor sobre el mismo asunto,
el Cabildo acordó que su apoderado se presentase en el tribunal
eclesiástico a pedir revocación del antecedente, y seguir los re-
cursos. (Libro 12, fol. 186 vto.).
En 16, se reprodujo la acta antecedente con motivo de que el
señor provisor disponía, que el Cabildo demandase en su tribunal
al sobredicho señor receptor. (Libro 12, fol. 188 vto.).
En 17, se acordó poner en noticia del señor vicepatrono real
toda la ocurrencia de los tratados antecedentes a fin de que mediase
1 Hay un espacio en blanco en el original (N. del E.).
390
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
en el asunto y que a su tiempo si se pidiese la intimación de la
fuerza, se sirviese hacerlo con brevedad. (Libro 12, fol. 189).
En 20 de mayo, 4 y 6 de junio, se trató sobre un auto del señor
provisor, en que mandaba se observase la constitución sinodal y
regla de coro, en cuanto a que los que van en las procesiones con
pluviales, no se quiten los bonetes, ni hagan cortesía a persona
alguna, ni a comunidad: y asimismo teniéndose presente la queja
del ilustre ayudamiento en este punto y noticia que allí daba
de tener apelado del citado auto; el Cabildo le insinuó que cuando
observó lo dispuesto en aquel auto, no sabía que estuviese apelado
y oída libremente la apelación y expresando la costumbre inme-
morial de quitarse el bonete y hacer cortesía al ayuntamiento
los que aunque tuviesen capa pluvial no llevaban estola; se ma-
nifestó pronto a observarlo si se revocaba el auto. (Libro 12,
fol. 191).
En 7 de junio, habiéndose intimado un auto del señor provisor
al señor Deán, a instancias de los curas de la Catedral, sobre
que a ellos tocaban las misas cantadas que no fuesen de erección
o dotación y que se les diesen los derechos de unas que habían
cantado unos señores prebendados que no eran de aquéllas; el
Cabildo insinuó el derecho que tenía a todas las que se cantasen
en el cuerpo de la Iglesia, y que por éste podía haber permitido
a algunos de sus individuos el cantar las de su devoción particular,
y que esta práctica era costumbre inalterada; y acordó que su
apoderado se presentase a defender este punto. (Libro 12, fol. 195).
En 16, se nombró apoderado del Cabildo para la real audiencia
de Santo Domingo. (Libro 12, fol. 196).
En 17, se mandó al colector de manuales Dn. Joseph Ignacio
Cabrices presbítero, que en cumplimiento de un edicto del Illmo.
Sor. Obispo diese razón de ellos a su Sría. Illma. con presentación
de las escrituras: y aquí mismo se reiteró el poder del Cabildo al
mismo colector para representar en su nombre. (Libro 12, fol.
196 vto.).
En 20, presentadas las cuentas de los señores receptores de la
cuarta capitular, el Cabildo se abstuvo de recibirlas ínterin se
declaraba el punto del libre uso de sus rentas, embarazado por
el auto del señor provisor. (Libro 12, fol. 197).
En 23, prestó el Cabildo su consentimiento para el reconoci-
miento de un censo de mil pesos de capital por Dn. Diego de Ibarra
a favor de la fábrica. (Libro 12, fol. 198).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1760
391
En 23, se requirió al colector de manuales para que los presen-
tase en visita. (Libro 12, fol. 198 vto.).
En Io de julio, se dispuso que se tratase de sacar el testimonio
de los autos sobre haberse embarazaso el uso de la cuarta capitular,
para el recurso. (Libro 12, fol. ibid.).
En 5, se trató sobre que se pusiese en la caja el alcance con-
fesado por el mayordomo Dn. Juan Nicolás de Ponte. (Libro 12,
fol. 199).
En 22, se aprobaron los cuadrantes. (Libro 12, fol. 200 vto.).
En 30, se accedió a la instancia del ilustre ayuntamiento
sobre que se sacase en rogativa por falta de lluvias a Nuestra Se-
ñora de Copacavana en el día que señalase el Illmo. Sor. Obispo.
(Libro 12, fol. 201).
En 12 de agosto, a insinuación del Illmo. Sor. Obispo se deter-
minó poner la caja del dinero de la Iglesia en la sacristía ínterin
se acababa la pieza que se estaba construyendo y que se le hiciese
caja. (Libro 12, fol. 202).
En 26, se trató sobre las cuentas de Dn. Joseph Antonio Veroiz,
y aseguramiento de su alcance. (Libro 12, fol. 203 vto.).
En 31, presentado el real despacho en que el señor Dr. Dn.
Pedro Juan Díaz Orgaz, cura rector de la Catedral, es promovido
a la canongía magistral vacante por promoción del señor Dr. Dn.
Carlos de Herrera a la dignidad de Tesorero; y hecha la colación
por un auto del Illmo. Sor. Obispo su Sría. Illma. estando con el
Cabildo en el coro, le dio allí y en la sala capitular la posesión
en la forma acostumbrada, (Libro 12, fol. 204).
En 12 de septiembre, convino el Cabildo en que se rematasen
una casa y una hacienda para el pago de los alcances de Dn. Jo-
seph Antonio Veroiz y que ambos pudiesen reconocer a censo el
valor de los remates. (Libro 12, fol. 206).
En 16, 19 y 20 se trató sobre hacer recurso al Rey en cuanto
al asiento del asistente en las oposiciones a canongías y se acordó
no hacerse por ahora. (Libro 12, fol. 207).
En 23, recibido un auto del Illmo. Sor. Obispo en que para
la toma de cuentas presentadas por Dn. Juan Ignacio Lecumberri,
del tiempo que fue mayordomo de fábrica, da comisión por su parte
al señor arcediano, se suspendió la determinación del Cabildo
hasta otra ocasión de mayor número de vocales. (Libro 12, fol.
208 vto.).
392
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
En 26 y 27, atento lo dispuesto por el Illmo. Sor. Obispo acerca
de la sobre caja hecha a la arca del tesoro para su custodia en
la sacristía se acordó nombrar peritos para su reconocimiento y
se dispuso que las otras dos llaves que se le habían hecho a la
sobre caja tuviese una el señor Tesorero y otra el secretario. (Li-
bro 12, fol. 209).
En 3 de octubre, habiéndose recibido dos Reales Cédulas de
igual tenor y fechas en 27 de septiembre del año anterior: cuyos
principales ya se habían recibido, sobre lo ocurrido en la pro-
visión de la mayordomía en Dn. Juan Nicolás de Ponte; se mandó
archivar la dirigida al Cabildo, y remitir la otra al Illmo. Sor.
Obispo. (Libro 12, fol. 211).
En 29, presentado el real despacho en que el señor Dr. Dn.
Joseph Francisco Machado, cura de la parroquial de Nuestra
Señora de Altagracia de esta ciudad, es promovido a la canongía
penitenciaria, vacante por fallecimiento del señor Dr. Dn. Pedro
Díaz Cienfuegos, el Illmo. Sor. Obispo estando con el Muy Vene-
rable Sor. Deán y Cabildo en el coro, le dio allí la posesión y en
la sala capitular con las ceremonias acostumbradas y la colación
se la dio antes por un auto. (Libro 12, fol. 212).
En 31, se volvió a tratar sobre si sería conveniente admitir
censos en los remates de los bienes del mayordomo Veroiz, y se
suspendió la determinación. (Libro 12, fol. 213 vto.).
En 5 de noviembre, se acordó hacer un enrejado de fierro sobre
maderos para colocar la arca del tesoro. (Libro 12, fol. 214).
En 18, con lo que dijo el Illmo. Sor. Obispo se dispuso que
este enrejado con la arca estuviese en el rincón de una pieza si-
guiente a la sacristía. (Libro 12, fol. 214 vto.).
En 22, por último se resolvió que se admitiesen las posturas
hechas a los bienes del mayordomo Dn. Joseph Antonio Veroiz
por el alcance de sus cuentas para reconocerse a censo a favor de
la fábrica el total de cada remate (Libro 12, fol. 215).
En 25, se accedió a que dos de los dichos remates se verificasen
en el señor magistral Dr. Dn. Pedro Juan Díaz y en Dn. Pedro
Manuel Aguado: no se expresan las cantidades. (Libro 12, fol,
216 vto.).
En 6 de diciembre, habiendo insinuado el señor doctoral que
convenía hacer protesta de parte del Cabildo sobre que en ningún
tiempo se le impusiese como gravamen capitular la voluntaria
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1761
393
asistencia a los ejercicios espirituales que se hacen anualmente en
el seminario, y también para que allí tuviesen distinción de silla
los señores que asistiesen se reservó para otro Cabildo de mayor
concurrencia el determinarse. (Libro 12, fol. 217).
Año de 1761.
En Io de enero, fueron electos por adjuntos los señores Tesorero
y magistral. (Libro particular, fol. 81).
En 23, se protestó no parase perjuicio al Cabildo en la presen-
tación de capellán para una capellanía fundada por el señor Deán
Dn. Alonzo de Escobar, mientras no se le pasasen los autos de su
provisión. (Libro 12, fol. 218 vto.).
En 26, 27 y 29 hechas las debidas protestas sobre haberse
denegado el señor provisor a la remisión de los autos de la sobredicha
capellanía (cuyo principal no se expresa) presentó para capellán
a Dn. N. (así está) Maestre de la Mota, o bien en caso de que
justificase derecho, o bien en el de no justificarlo; y mandó a su
apoderado presentase testimonio de esta acta. (Libro 12, fol. 219).
En 30, con acuerdo del Illmo. Sor. Obispo se accedió a que
el día 9 del próximo febrero, se celebrase el funeral de exequias
por la Reina la señora doña María Amalia de Sajonia; que pre-
dicase el sermón el señor magistral que se hiciesen los costos de
túmulo y cera por el mayordomo de fábrica; y que se hiciese el
convite al señor Gobernador y al ilustre ayuntamiento por dos
señores capitulares diputados a las religiones por el ministro
de ceremonias; y que éste advirtiese a los prelados del responso
que habían de cantar ante el túmulo. Y en el auto que sigue copiado
de su Sría. Illma. se dice que al otro día se haría la misma función
por parte de la ciudad. (Libro 12, fol. 221).
En 5 de febrero, se prestó por el Cabildo su consentimiento
para poner en administración dos veredas de diezmos. (Libro 12,
fol. 222).
En 12 de marzo, se accedió a que Dn. Martín de Tovar, Dn.
Martín Colón, Dn. Juan Ramírez y Dn. Pedro Veroiz, recono-
ciesen las cantidades en que habían rematado los bienes del mayor-
domo Dn. Joseph Antonio Veroiz. No se expresan los capitales.
(Libro 12, fol. 222 vto.).
En 3 de abril, el Cabildo como patrono de una capellanía fun-
dada por Dn. Juan Blanco Infante y doña Isabel de Ponte, pre-
394
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
senté para capellán a Dn. Domingo Blanco Uribe. (Libro 12,
fol. 223).
En 4, aunque el señor doctoral insinuó no estar obligado a
hacer escritos sobre un patronato de capellanía que obtenía el
Cabildo se defirió la resolución. (Libro 12, fol. 224).
En 17, se obedeció una Real Cédula de 13 de diciembre del
año anterior en que se reprende al señor provisor y al señor doctoral
el haberse opuesto al uso de las facultades del Cabido en la libre
administración de sus rentas. (Libro 12, fol. 225).
En 19 de mayo, se accedió a la fijación de edictos para la pro-
visión de la mayordomía de fábrica vacante. (Libro 12, fol. 226).
En 9 de junio, se previno al apoderado del Cabildo se presen-
tase al señor provisor instando por el obedecimiento de la sobre-
dicha Real Cédula pues instaba el nombramiento de receptores
de la cuarta. (Libro 12, fol. 227).
En 16 de junio y Io de julio, se acordó que una cantidad de
dinero exhibida de cuenta del alcance del mayordomo Veroiz, se
destinase a la paga de ministros en esta medianía por estar va-
cante la mayordomía y que lo sobrante se pusiese en la caja. (Li-
bro 12, fol. 227 vto.).
En el mismo día Io, se accedió a un auto del Illmo. Sor. Obispo,
sobre que no se nombrasen receptores de la cuarta, hasta que no
estuviesen aprobadas las cuentas que presentó a su Sría. Illma.
el uno de los que acabaron; y se nombraron revisores, todo sin
perjuicio. (Libro 12, fol. 228).
En 3, con atención a no haber habido opositor a la mayordomía
de fábrica de que la sirvan sus fieles se propusieron a Dn. Miguel
de Aristeguieta en primer lugar, en segundo a Dn. Joseph Palacios
y Sojo y en tercero a Dn. Martín de Tovar y Blanco. (Libro 12,
fol. 230 vto.).
En 7, se aprobaron las cuentas de los señores receptores, sin
hacerse mención de lo ocurrido con el Illmo. Sor. Obispo. (Libro
12, fol. 231 vto.).
En 10, se eligieron por receptores de la cuarta para otro trienio a
los señores penitenciarios y racionero Landaeta. (Libro 12, fol. 232).
En 17, se firmó la terna de la mayordomía de fábrica para su
provisión. (Libro 12, fol. 233).
En 21, se admitió un nuevo fiador a Dn. Martín Colón para el
reconocimiento de lo que había comprado de los bienes del ma-
yordomo Veroiz. (Libro 12, fol. ibid.).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1761 395
En 24, con acuerdo del Illmo. Sor. Obispo se hubo por pre-
sentado a Dn. Miguel de Aristeguieta para el servicio de la ma-
yordomía de fábrica. (Libro 12, fol. 233 vto.).
En 28, se trató sobre las fianzas ofrecidas por Dn. Martín de
Tovar Baños para el reconocimiento de lo que había rematado de
los bienes de Dn. Joseph Antonio Veroiz y lo mismo acerca de
Dn. Martín Colón. (Libro 12, fol. 234).
En 31, se accedió a la petición de Dn. Miguel de Aristeguieta,
excusándose a servir la mayordomía por causas que expuso. (Li-
bro 12, fol. 235).
En 4 de agosto, se contestó políticamente al aviso dado por
los señores Dn. Joseph Ferrer de la Puente y Dn. Antolín de
Liendo de sus títulos de oidores honorarios. (Libro 12, fol. 236).
En 14, se conformó el Cabildo con las fincas y fiador ofrecido
por Dn. Martín Colón para el reconocimiento de un censo. (Libro
12, fol. ibi(L).
En 18, tratándose de formar nueva terna para la provisión
de la mayordomía de fábrica; por no haber resultado acuerdo
y ser muy diversos los pareceres especialmente en cuanto a con-
servarse la costumbre de que los mayordomos fuesen de las fa-
milias nobles de esta ciudad, sin embargo, de que no fuesen llanos,
y más en el caso de nombrarse sin pretensión de alguno, pues
no se les exigía fianza; se dispuso dar cuenta de todo al Illmo.
Sor. Obispo. (Libro 12, fol. 236 vto.).
En 18 de septiembre, se accedió a que se dividiesen las cuatro
veredas de diezmos del partido de la ciudad de coro. (Libro 12,
fol. 240).
En 24, el Cabildo, en el supuesto de haberse estimado válida
la terna resultante de los más votos de la acta de 18 del mes an-
terior y de haberse presentado al primero, que lo fue el Ledo. Dn.
Diego Obelmejía; lo hubo por presentado como lo había hecho
el Illmo. Sor. Obispo. (Libro 12, fol. 241).
En 28, tratándose sobre haberse excusado el dicho Obelmejía
de aceptar la mayordomía aunque hecho varios votos accedién-
dose a la excusa por haberse ingerido aquí varios puntos y entre
ellos especialmente el de deberse aumentar el seis por ciento al
mayordomo, y de que el señor doctoral fuese obligado a defender
las cobranzas de deudas, por último se decretó que se pasase la
acta de su Sría. Illma. (Libro 12, fol. 241 vto.).
396
FUENTES PARA !.A HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
En 2 de octubre, en virtud de auto de su Sría. Illma. para
que se acordase únicamente sobre el punto de la dicha excusa;
se acordó unánimemente estimarse por bastantes las causas en
que se fundaba. (Libro 12, fol. 245 vto.).
En 13, sin perjuicio de los derechos de la Iglesia, se eligió a
Dn. Juan Ignacio de Lecumberri para nueva terna en lugar del
dicho Obelmejía. (Libro 12, fol. 246).
En 16, se hubo por presentado para la mayordomía de fábrica
al sobredicho Lecumberri como lo había hecho el Illmo. Sor.
Obispo. (Libro 12, fol. 247).
En 20, insinuándose estar ya firmado el título de mayordomo;
se acordó que se hiciese la entrega de bienes. (Libro 12, fol. 247 vto.).
En 20 de noviembre y 1 ° de diciembre, se dispuso que en adelante
para el mejor manejo de los manuales se nombrase cada año el
día Io de enero, un contador: que este nombramiento recayese
en uno de los señores capitulares, con las mismas rentas seña-
ladas al colector e iguales cargas, a excepción de la de ser apo-
derado del Cabildo: que del mismo fondo se costease archivo
para custodiar las escrituras, y se hiciese un libro en que estuviesen
asentados, y otro para las cuentas. (Libro 12, fol. 248).
No hubo otro acuerdo en este año.
Año de 1762.
En Io de enero, fueron electos por adjuntos los señores Chantre
y penitenciario. (Libro particular, fol. 82).
En 12 de febrero, atento el aviso dado por el señor arcediano
Dr. Dn. Francisco de Tovar de estar nombrado por comisario
de la santa cruzada de esta diócesis; se acordó, que por medio
de dos señores diputados se le obsequiase. (Libro 12, fol. 250).
En 30 de abril, se nombraron revisores para las cuentas de los
señores receptores de la cuarta capitular, y para las del colector
de manuales: y a éste se mandó que dirigido por el señor doctoral
cumpliese el auto del Illmo. Sor. Obispo, en que le mandaba
diese razón de si estaban cumplidas las cargas de manuales. (Li-
bro 13, fol. 1).
En 28 de mayo se aprobaron las cuentas de los señores recep-
tores. (Libro 13, fol. 1 vto.).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1762
397
En 15 de junio, insinuó el Cabildo estar dispuesto a recibir
la bula de la santa cruzada y a todo lo demás correspondiente
para la publicación el día 24 de este mes. (Libro 13, fol. 2).
En 6 y 30 de julio, se accedió a que del caudal de la Iglesia,
se diesen seis mil pesos al señor Dn. Francisco Solórzano Már-
quez de Mijares, para su reconocimiento a censo. (Libro 13,
fol. 2 vto.).
En 13, 20 y 21 del mismo mes se accedió a que Dn. Pedro Ve-
roiz reconociese a censo 3.282 pesos 2 reales último resto del al-
cance del mayordomo Dn. Joseph Antonio Veroiz. (Libro 13,
fol. 3).
En 24 de septiembre, a instancia de los señores oficiales reales
se mandó darles razón de las rentas del Cabildo en un quinquenio:
y se dispuso que el colector en nombre del Cabildo hiciese opo-
sición a dos capellanías la una fundada por el señor Dn. Alonzo
de Escobar y la otra por Dn. Ignacio Vásquez a que parecía estar
llamado el Cabildo por patrono y capellán. (Libro 13, fol. 5).
En 6 de octubre, el Cabildo nombró diputado para que junto
con el nombrado por el Illmo. Sor. Obispo para el examen de
las cuentas presentadas por el actual mayordomo de fábrica
Dn. Juan Ignacio Lecumberri de otro tiempo que anteriormente
lo había sido. (Libro 13, fol. 5 vto.).
En 12 y 16, se accedió a lo dispuesto por su Sría. Illma. en
cuanto a que las cuentas de los mayordomos de fábrica se rindiese
y recibiesen con las formalidades prescritas en su auto que está
copiado al folio 9 vto. de este libro. (Libro 13, fol. 6).
En 19 y 21 atentas las insinuaciones hechas por los señores
oficiales reales, sobre que se les franquease en calidad de préstamo
el caudal de la fábrica para ocurrir a los gastos de la guerra; y
considerada la respuesta del Illmo. Sor. Obispo, se acordó estar
pronto el Cabildo al préstamo de lo que fuese necesario y se pu-
diese, con calidad de ser en el último extremo de la necesidad
y de ser este delito el primero que se reintegrase con preferencia
a todo, a fin de que no sucediese lo que se estaba experimentando
en el recobro de doce mil pesos anteriormente prestados y aún
no pagados. (Libro 13, fol. 8).
En 2 de diciembre, presentado el real despacho en que el señor
Chantre Dr. Dn. Francisco de la Vega, es promovido a la dignidad
de Deán, vacante por fallecimiento del señor Dr. Dn. Gerónimo
de Rada; y conferida la colación por medio de un auto del señor
398
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
provisor, éste, estando con el muy venerable señor Deán y Ca-
bildo, le dio la posesión en el coro y sala capitular en la forma
acostumbrada y firmó después del señor arcediano presidente.
(Libro 13, fol. 11).
Año de 1763.
En Io de enero, fueron electos por adjuntos los señores arce-
diano y doctoral. (Libro particular, fol. 83).
En 3, presentado el real despacho en que el señor maestres-
cuela Dr. Dn. Juan Fernández Quintana, es promovido a la dig-
nidad de Chantre; y conferida la colación por impositionem birreti
por el señor provisor y vicario general éste estando con el muy
venerable señor Deán y Cabildo le dio la posesión en el coro y
sala capitular con las ceremonias acostumbradas y firmó después
del señor Deán. (Libro 13, fol. 13).
En 25 y 26, se trató de sostener la posesión de la Villa de San
Jaime y sus diezmos, contra las pretensiones del Cabildo de San-
tafé. (Libro 13, fol. 15 vto.).
En 21 de marzo, presentado el real despacho en que el señor
doctoral Dr. Dn. Joseph Lorenzo de Borges Méndez, es promovido
a la dignidad de maestrescuela; el señor provisor y vicario general
le dio la colación y posesión del mismo modo que queda dicho
en la del señor Chantre. (Libro 13, fol. 17 vto.).
En 27, presentado el real despacho en que el señor magistral
Dr. Dn. Pedro Juan Díaz Orgaz, es promovido a la dignidad de
Tesorero vacante por fallecimiento del señor Dr. Dn. Carlos de
Herrera; el señor provisor y vicario general le dio la colación y
posesión igualmente que al de la anterior nota. (Libro 13, fol. 19).
En 19 de abril, se dispuso que el apoderado del Cabildo se
presentase en el tribunal del señor provisor a representar de hecho
y derecho sobre la pretensión de un señor racionero que quería
administrar el Santísimo Viático a un señor medio racionero.
(Libro 13, fol. 21).
En 22, se nombró diputado para que junto con el del Illmo.
Sor. Obispo examinase las cuentas del mayordomo Dn. Juan
Nicolás de Ponte. (Libro 13, fol. 21 vto.).
En 13 de mayo, se nombraron revisores para las cuentas de los
señores receptores de la cuarta. (Libro 13, fol. 22).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1764
399
En 10 de junio, los señores dignidades y canónigos en vista
de un auto del Illmo. Sor. Obispo iniciando dos concursos a las
canongías, doctoral y magistral, protestaron el perjuicio que se
irrogaba en proveer de este modo; pues aunque así hubiese simul-
taneidad era divisiva y no unitiva como correspondía y se había
siempre practicado. (Libro 13, fol. 23).
En 5 de julio, se aprobaron las cuentas de los señores receptores.
(Libro 13, fol. 24).
En 15, se aprobaron los cuadrantes. (Libro 13, fol. 24 vto.).
Sigue un testimonio de dos Reales Cédulas, con sus respectivos
autos de obedecimiento por el Illmo. Sor. Obispo y de su provisor
a quienes son dirigidas, la una de 16 de enero de este año, en que
se declara no ser deferible la pretensión del ilustre Ayuntamiento
de que el prelado y Cabildo le hiciesen cortesía en las preten-
siones a que concurren ambos cuerpos al tiempo de incorporarse
y de despedirse. (Libro 13, fol. 25).
Y la otra en que expresándose el recurso hecho por el Illmo.
Sor. Obispo y por su provisor, acerca de la Real Cédula de 13 de
diciembre de 1760 en que se mandó reprender al dicho provisor
y al señor doctoral Borges por haber embarazado un libramiento
del Cabildo tirado sobre su cuarta capitular; se dispone que no
obstante esta determinación pudiesen las partes usar de los re-
cursos interpuestos para el señor metropolitano y real audiencia.
(Libro 13, fol. ibid.).
En 18 de octubre, el Cabildo obedeció estas dos Reales Cé-
dulas y reservó el tratar sobre los autos proveídos en ellas para
otro acto de mayor concurrencia de señores capitulares. (Libro
13, fol. 26).
En 22 de noviembre, se encomendó al señor arcediano el examen
de los autos de la capellanía fundada por doña Leonor y doña
Elvira de Montes para responder a un traslado comunicado al
Cabildo en el tribunal eclesiástico. (Libro 13, fol. 27).
No hubo otro Cabildo con resolución en este año.
Año de 1764.
En 1 0 de enero, fueron electos por adjuntos los señores Chantre
y penitenciario. (Libro particular, fol. 84).
En 10, se aprobaron los cuadrantes. (Libro 13, fol. 27).
400
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
En 27, recibido un testimonio de la Real Cédula de 6 de no-
viembre, dirigida al ilustre Ayuntamiento, sobre que todas las
personas que ejerzan empleos públicos juren de defender la Inma-
culada Concepción de Nuestra Señora y para que en el escudo
de sus armas pudiese poner esta orla: «Ave María Madre Santí-
sima de la Luz sin pecado concebida»; y asimismo para que pu-
diese tener oratorio en la casa de Ayuntamiento; se acordó dar
expresivas gracias y enhorabuenas a aquel cuerpo. (Libro 13,
fol. 27 vto.).
En 1 0 de febrero, presentado el real despacho en que el señor
Dr. Dn. Luis Joseph de Vargas cura de esta Santa Iglesia, es
promovido a una media ración vacante por fallecimiento del
señor Dr. Dn. Blas Arraiz; y dada la colación por impositionem
birreti por el Illmo. Sor. Obispo estando su Sría. Illma. en el coro
con el Cabildo le dio la posesión en la forma acostumbrada. (Li-
bro 13, fol. 28 vto.).
En 9 de junio (no hubo otro Cabildo en los meses antecedentes
porque en ellos fue horrenda la mortandad con la peste de vi-
ruelas) se acordó el recibimiento de la bula de la santa cruzada,
que se había de publicar el día 24 de este mes. (Libro 13, fol. 30).
En 10 de julio, recibido del tribunal eclesiástico un testimonio
de la Real Cédula de 18 de marzo de este año, confirmándose el
señalamiento al mayordomo de fábrica de esta Santa Iglesia,
de un dos por ciento sobre el seis que antes llevaba; el Cabildo
acordó que daba su obedecimiento luego que el mayordomo se
presentase con la Real Cédula en la sala. (Libro 13, fol. 31).
En 11, se aprobaron las cuentas de los señores receptores de
la cuarta con la condición de que los cien pesos pagados al con-
ductor de los edictos de las canongías se reintegrasen de las va-
cantes de éstas. Y aquí mismo fueron reelectos para otro trienio
los mismos señores receptores. (Libro 13, fol. 31 vto.).
En 27, se vieron los cuadrantes y se providenció acordar de
ellos. (Libro 13, fol. 32).
En 7 de agosto, se nombró por consiliario del seminario por
parte del Cabildo al señor penitenciario Dr. Dn. Joseph Fran-
cisco Machado por haber pasado a la dignidad de maestrescuela
el que lo obtenía a ser incompatible aquel oficio con esta dignidad.
(Libro 13, fol. 32).
En 9, con motivo de haberse querellado los señores racioneros
y medios de que se les hubiese excluido del Cabildo antecedente,
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1765
401
y tenídose varias consideraciones respecto de la posesión en que
se hallaban; por último se acordó pasar testimonio de la acta al
Illmo. Sor. Obispo para que determinase. (Libro 13, fol. 32 vto.).
En 28 de septiembre, se acordó a la pretensión de Dn. Joseph
Rodríguez de Mejorada, de reconocer a censo el capital de 2.550
pesos, perteneciente a la fábrica, y redimido por Dn. Pedro Manuel
Aguado, siempre que justificase el competente valor de las fincas:
Y por lo respectivo a la pretensión del señor maestrescuela que
fue de dictamen de que no se le diese, pidiendo se le diese testi-
monio de la acta para representar con ella por sí; se dispuso que
se citase para otro Cabildo. (Libro 13, fol. 34 vto.).
En 17 de octubre, se obedeció una Real Cédula de Io de di-
ciembre, del año anterior,con inserción de la constitución apostólica
expedida por el señor Clemente XIII, sobre los nombramientos
que hacían algunos misioneros regulares de jueces conservadores,
previniéndose que toda se observase y cumpliese a excepción de
la cláusula en que Su Santidad avocaba así el conocimiento de
las causas de que conocían los jueces conservadores, por haberse
interpuesto suplica de ella. Y sigue copia de la dicha Real Cé-
dula. (Libro 13, fol. 35 vto.).
En 26, se accedió a que el mismo censo redimido por Dn. Pedro
Manuel de Aguado lo reconociese Dn. Marcos García Naranjo,
se justificase ser competentes las fincas. (Libro 13, fol. 39).
No hubo otro Cabildo con acuerdo capitular en este año.
Año de 1765.
En Io de enero, fueron electos por adjuntos los señores Teso-
rero y mercedario. (Libro particular, fol. 85).
En 28 de febrero, por haber fallecido Dn. Ignacio Cabrices,
colector de manuales y apoderado del Cabildo en esta ciudad se
nombró a pluralidad de votos por apoderado al señor medio racio-
nero Dr. Dn. Luis Joseph de Vargas: y en cuanto al de colector
se omitió, insinuándose haber pendiente competencia con el Illmo.
Sor. Obispo sobre el tal nombramiento y recepción de sus cuentas.
(Libro 13, fol. 40 duplicado).
En 23 de abril, se nombraron revisores para las cuentas de los
señores receptores de la cuarta. (Libro 13, fol. 41).
En 2 de mayo, se obedeció una Real Cédula de 29 de enero del
año anterior, en que se manda al Cabildo ocurra a la real au-
27 — Acta*. I.
402
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
diencia del distrito a usar de su derecho en cuanto a la paga de
diezmos de una hacienda de los Jesuítas. (Libro 13, fol. 41 vto.).
En 6, presentado el real despacho en que el señor medio racio-
nero Dr. Dn. Luis Joscph de Vargas es promovido a la canongía
magistral vacante por promoción del señor Dr. Dn. Pedro Juan
Díaz Orgaz, y conferida la colación el señor provisor y vicario
general estando en el coro con el muy venerable señor Deán y
Cabildo le dio allí la posesión y después en la sala capitalar en la
forma acostumbrada. (Libro 13, fol. 42).
E igualmente se dio colación y posesión al señor Dr. Dn.
Francisco de Ibarra, rector del seminario de la canongía doctoral,
vacante por promoción del señor Dr. Dn. Joseph Lorenzo de Borges,
en vista del real despacho expedido a su favor. (Libro 13, fol. 44).
En 21 y 31, habiendo consultado el ilustre Ayuntamiento al
eclesiástico sobre su intento de traer el real pendón a la Iglesia
la víspera y día de Apóstol Santiago, patrón de esta ciudad y de
poner en él, como lo tenía concedido su escudo de armas con la
inscripción u orla «Ave María Madre Santísima de la Luz conce-
bida sin pecado en el primer instante de su ser natural»; se con-
testó pidiéndose la real Cédula en que se hubiese mandado la
enunciada traída del pendón a la Iglesia. (Libro 12, fol. 47).
En 4 de junio, a instancia de los señores oficiales reales, se
mandó darles razón de las rentas del Cabildo en el último quin-
quenio para cobrar la mesada eclesiástica a los provistos en pre-
bendas. (Libro 13, fol. 47 vto.).
En 14 y 18 recibido un oficio del ilustre Ayuntamiento sobre
la referida traída del pendón, y una Real Cédula en que se manda
hacerse la función correspondiente, como si no estuviese hecha la
que con él debió hacerse en la real proclamación; el Cabildo se
allanó a recibirlo el día del Apóstol Santiago y en cualquiera otro,
siempre que viniese con sólo el escudo de las armas del Rey, sin
acompañamiento de las de la ciudad o se le manifestase privi-
legio expreso derogativo de las leyes, que prohiben poner en el
real pendón otras armas: y por último se dispuso participar al
señor Gobernador este acuerdo a fin de que si tuviese alguna
real orden relativa al caso la pasase al Cabildo. (Libro 13, fol. 48).
En 25, se aprobaron las cuentas de los señores receptores de
la cuarta capitular y no se accedió a la renuncia que hacía de su
nombramiento de receptor el señor penitenciario, con motivo de
estar padeciendo algún mal en los ojos. (Libro 13, fol. 53).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1765
405
En 5 y 6 de julio, recibido un oficio del señor Gobernador
acerca de lo que se le participó sobre el pendón real insinuando
conceptuar estar aprobado por el Rey del modo que se hallaba
con el escudo de las reales armas en parte superior y en la inferior
las de esta ciudad, el Cabildo se allanó (sin perjuicio) a recibirlo.
(Libro 13, fol. 54).
En 9 y 10, en vista de otro oficio del ilustre Ayuntamiento,
sobre si habría reparo en que se pusiese en el mismo pendón real
la orla concedida; el Cabildo se allanó también sin perjuicio de lo
que Su Majestad determinase. (Libro 13, fol. 55).
En 12, se aprobaron los cuadrantes de la primera medianía
de este año. (Libro 13, fol. 56).
En 16 y 19, habiéndose participado por el señor provisor al
Cabildo una Real Cédula de 7 de marzo del año anterior, en que
se dispone el orden con que se había de celebrar en esta Iglesia
la función del recibimiento del real pendón, previniéndose que un
prebendado y dos capellanes saliesen a recibirlo a la ciudad; y
a la vuelta los acompañasen hasta la puerta de la Iglesia, el Ca-
bildo prestó su obedecimiento y nombró al señor Tesorero y a dos
capellanes al efecto. (Libro 13, fol. 56 vto.).
En 9 de agosto, habiéndose quejado el ilustre ayuntamiento
de que no se hubiese dado paz a todos sus individuos en la sobre-
dicha función, se reservó el acuerdo para otro acto de precedida
citación. (Libro 13, fol. 57 vto.).
En 18 de octubre, se acordó ocurrir al supremo consejo a la
continuación de la causa sobre diezmos de la orilla de la laguna
de Maracaibo. (Libro 13, fol. 58).
En el mismo día y en 12 de noviembre, se accedió a la dispo-
sición del Illmo. Sor. Obispo, de que en la Catedral como en las
demás iglesias se hiciese una función fúnebre por los que habían
fallecido en la peste de viruelas. (Libro 13, fol. 58).
En 23 de noviembre, presentado el real despacho en que el
señor Dr. Dn. Juan de Mendoza Colmenares, cura de la Catedral,
es promovido a una media ración vacante por ascenso del señor
Dr. Dn. Luis Joseph de Vargas; y conferida la colación por el señor
provisor y vicario general, el mismo señor estando con el muy
venerable señor Deán y Cabildo, le dio la posesión en el coro y
en la sala capitular en la forma acostumbrada. (Libro 13, fol. 59).
No hubo otro Cabildo en este año.
404
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
Año de 1766.
En Io de enero, se eligieron por adjuntos a los señores ma-
gistral y doctoral. (Libro 13, rol. 60 vto.).
En 14, se aprobaron los cuadrantes de la antecedente medianía.
(Libro 13, fol. 61).
En 21 de enero y 4 de febrero, se acordó el hacerse algunos
ornamentos y que para los que habían de traerse de España, se
remitiese cacao y también se dispuso comprar esclavos para sub-
rogar los que estaban inútiles del servicio de la Iglesia. (Libro
13, fol. ib id.).
En 18 del mismo febrero, se nombró por apoderado del Ca-
bildo en esta ciudad y receptor de las rentas obvencionales al
señor doctoral Dr. Dn. Francisco de Ibarra, por haber renun-
ciado este empleo el señor Dr. Dn. Luis de Vargas. (Libro 13,
fol. 62).
En 4 de marzo, se nombraron revisores para las cuentas de ma-
nuales. (Libro 13, fol. 62 vto.).
En 8 de abril, se nombraron otros para las cuentas de los
señores receptores. (Libro 13, fol. 63).
En 29, se aprobaron ambas cuentas; y se nombró por recep-
tor al señor magistral en lugar del señor penitenciario que renunció
por haber perdido enteramente la vista. (Libro 13, fol. ibid.).
En 2 de mayo, presentado el real despacho en que el señor
Dn. Manuel de Granda, cura de la Catedral, es promovido a una
media ración vacante por fallecimiento del señor Dr. Dn. Juan
Agustín Naranjo, el señor provisor le dio la colación y después
estando en el coro con el muy venerable señor Deán y Cabildo
le dio allí y en la sala capitular la posesión con las ceremonias
acostumbradas. (Libro 13, fol. 64).
En 6 de junio el Cabildo se prestó como siempre a recibir la
bula de la santa cruzada que se había de publicar el día 24 de este
mes. (Libro 13, fol. 66).
En 14, se obedecieron dos Reales Cédulas, la una de 25 de
febrero de este año, para que anualmente se remita a Su Majestad
los cuadrantes de diezmos y los de obvenciones; y la otra de 13
de marzo siguiente en que se manda que corriese el pendón real de
esta ciudad según demostraba su diseño. (Libro 13, fol. 67).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1767 405
En 15, se aprobaron los cuadrantes de la antecedente medianía,
y se mandó llevar al señor provisor un certificado de multas im-
puestas a algunos capellanes para que proveyese acerca de ella.
(Libro 13, fol. 67 vto.).
En 12 de agosto, se dispuso la función de acción de gracias
por el desposorio del señor Dn. Carlos, príncipe de Asturias, con
la señora princesa de Parma doña Luisa, y se nombraron dos
señores diputados para participarlo al señor provisor, y convidar
al señor Gobernador y señores alcaldes regidores y oficiales reales.
(Libro 13, fol. 68 vto.).
En 24 de octubre, habiéndose tratado acerca de las ruinas
causadas por el terremoto del día 21 de este mes, se acordó hacerse
un reconocimiento de todo el edificio de esta Santa Iglesia por un
ingeniero, tres albañiles y un Jesuíta director de la fábrica del
colegio de su instituto en esta ciudad. (Libro 13, fol. 70 vto.).
En 23 de diciembre, habiéndose recibido tres oficios del señor
Gobernador, relativos al funeral hecho en esta Santa Iglesia por
la señora Reina Madre doña Isabel Farnesio, sobre haber pre-
dicado el señor magistral llevando cauda y caudatario, no habér-
sele hecho el debido obsequio en los sermones de este funeral y
del otro que se hizo por parte del ilustre Ayuntamiento, y faltá-
dose al convite acostumbrado hacerse por dos señores diputados,
se reservó la resolución para otro acto. (Libro 13, fol. 71).
Año de 1767.
En Io de enero, se eligieron por adjuntos los señores arce-
diano y mercedario. (Libro 13, fol. 72).
En 13, se aprobaron los cuadrantes. (Libro 13, fol. 72 vto.).
En 23, intimada prohibición al Cabildo por el señor provisor
en cuanto a acordar acerca de los tres oficios del señor Gober-
nador, relativos a los sobredichos funerales, se mandaron pasar
los mismos oficios al dicho señor provisor. (Libro 13, fol. ibid.).
En 27, el Cabildo reservó para otro acto responder al dicho
señor provisor por lo respectivo a su prevención de que expusiese
su derecho en actas capitulares sobre los tres puntos reclamados
por el señor Gobernador. (Libro 13, fol. 73).
En 3 de febrero, recibido otro oficio del señor Gobernador
sobre que el Cabildo acordase en los puntos reclamados, se acordó
406
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
bajo de varias protestas, citarse al efecto a todos los señores capi-
tulares: y así en ésta, como en las actas antecedentes el Cabildo
insinuó su allanamiento a obedecer las Reales Cédulas del caso.
(Libro 13, fol. 73 vto.).
En 28, se suspendió para otro acto con citación aun de los
señores ausentes para tratar acerca de lo pedido por el señor
arcediano, en cuanto a que en calidad de licencia por no poder
usar de recle en la Cuaresma, pudiese ausentarse de esta ciudad
huyendo del contagio de viruelas. (Libro 13, fol. 75 vto.).
En 27 de marzo, tratándose de los tres puntos reclamados
por el señor Gobernador en los funerales de la señora Reina Madre;
y según lo expresado en los largos sufragios de los señores capitu-
lares resulta, por lo respectivo al punto de venia en los sermones
no haberse faltado al señor Gobernador, pues aunque primero
se hizo cortesía al Cabildo fue sólo acatamiento de cabeza, y al
dicho señor con expresión de palabras: al segundo que no llevó
el señor magistral verdadero caudatario, sino un ministro que la
enderezase en las varias encrucijadas para llegar al pulpito como
se hace en el Viernes Santo para la adoración de la Cruz: y al
tercero que la falta de convite procedió de no haber habido lugar
por el estrecho tiempo que hubo, y por estarse aún en las fun-
ciones relativas al terremoto del día 21 de octubre. Y se acordó
pasar testimonio de una acta al señor provisor. (Libro 13, fol.
76 vto.).
En Io de abril el Cabildo dijo no ofrecerle reparo en lo pro-
veído sobre lo antecedente por el señor provisor, pero no se espe-
cifica la providencia. (Libro 13, fol. 85).
En 16, con motivo de haberse intentado por el señor Gober-
nador que el piquete de tropa de custodia del Santo Sepulcro en
la procesión del Viernes Santo, fuese inmediato al paso, de suerte
que quedaría entre el clero el Cabildo suplicó al señor provisor
no permitiese hacerse esta novedad. (Libro 13, fol. 86).
En 5 de mayo, se obedecieron tres reales despachos, el uno de
20 de junio de 1766, sobre los bienes de los que mueren ab in-
testato: otro de 8 de septiembre del mismo año, declarándose
el asiento que en los concursos a canongías ha de tener el asis-
tente real: y otro de 4 de diciembre del propio año, sobre que se
pagasen diezmos de las haciendas de los colegios de la Compañía
de Jesús. (Libro 13, fol. 86 vto.).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1767
407
En 16 de junio, se nombraron revisores para las cuentas de los
señores receptores. (Libro 13, fol. 87).
En 30, el Cabildo por su parte nombró al señor mercedario
para el examen de las cuentas del mayordomo de fábrica Dn.
Pedro Blanco de Ponte dadas por sus herederos. (Libro 13, fol.
87 vto.).
En 7 de julio, se recibió con exhorto del señor Gobernador,
un testimonio de la Real Cédula sobre extrañamiento de los Je-
suítas. (Libro 13, fol. 88).
En 14, se aprobaron las cuentas de los señores receptores de
la cuarta capitular. (Libro 13, fol. ibid.).
En 7 de agosto, se acordó suplicar a un ingeniero, pasase al
reconocimiento especial de los daños causados en la torre de esta
Santa Iglesia con el terremoto del año anterior. (Libro 13, fol.
88 vto.).
En 18 y 26, con el parecer de este ingeniero y de los alarifes,
convino el Cabildo en que se derribase el remate y tercer cuerpo
de la torre y que hecho se hiciese nuevo reconocimiento del estado
en que quedase el segundo. (Libro 13, fol. 89).
En 15 de septiembre, a pluralidad de votos de los señores dig-
nidades y canónigos, se acordó que desde luego se siguiese el juicio
petitorio o de propiedad sobre voto de los señores racioneros en
las elecciones y demás que no les corresponde por derecho y que
se encargase de la defensa el señor doctoral, y se hiciese los costos
de cuenta del Cabildo. (Libro 13, fol. 90).
En 9 de octubre, se dispuso que el señor doctoral presentase
en el tribunal eclesiástico el agravio irrogado al Cabildo por haber
un cura de la Catedral hecho en la iglesia de San Mauricio las
honras del señor Tesorero Dr. Dn. Pedro Juan Díaz Orgaz; pues
por haber sido sepultado en la misma Catedral, y héchose el
entierro por el Cabildo correspondía que por el mismo se hiciese
aquella función, como siempre se había practicado. (Libro 13, fol. 91).
En 13, se tuvo a bien no proceder a acordar sobre el testimonio
de un acuerdo del ilustre ayuntamiento hasta que lo trajese a la
sala el escribano; pues omitiendo esta ceremonia lo dejó en la
casa del secretario. Se trata en él del establecimiento de fiesta
de acción de gracias por los beneficios recibidos en el terremoto
del año anterior. (Libro 13, fol. 92).
En 14, se mandó hacer nuevo monumento y velo morado para
cubrir el altar mayor, y también se mandó componer el sagrario,
408
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
frontal y blandones de plata; y que las piezas que les faltaban las
entregase el sacristán mayor o las pagase. (Libro 13, fol. 92 vto.).
En 16, habiéndose decretado por el señor provisor que se
hiciese en la Catedral la función de honras funerales por el señor
Tesorero Dr. Dn. Pedro Juan Díaz, se acordó, que después de
ejecutado el colector devolviese a los herederos los derechos to-
cantes al Cabildo. (Libro 13, fol. 93).
Aquí mismo, insinuándose haberse aceptado con la calidad de
por ahora la función de Cuarenta Horas, dispuesta por el Illmo.
Sor. Obispo en acción de gracias de los beneficios recibidos en el
terremoto; se dispuso que por esta vez se pagasen sus gastos por
el mayordomo de fábrica como se había hecho en el año anterior;
pero que no se entendiese establecimiento perpetuo. (Libro 13,
fol. ib id.).
En 20, se obedeció una Real Cédula de 20 de mayo de este
año, en que se insertan dos breves, el uno para rezarse en los
sábados el oficio de la Inmaculada Concepción de Nuestra Señora,
y el otro para añadir Mater Inmaculada en las letanías lauretanas.
(Libro 13, fol. 93 vto.).
En 10 de noviembre, se obedeció una Real Cédula de 21 de
junio de este año en que se declara que el asistente real a opo-
siciones de canongías, tenga asiento después del señor Deán,
que asista o no asista el Illmo. Sor. Obispo. Y se mandó pagar
al apoderado en la corte, lo que había gastado en este recurso.
(Libro 13, fol. 94).
En 17 y 18, visto el reconocimiento hecho del segundo cuerpo
de la torre después de descargado el tercero, se acordó: que aquél
también se derribase, y que hecho esto se reconociese el primero;
en inteligencia de que la torre debería quedar lo mismo o en mejor
forma que lo estaba. (Libro 13, fol. 94 vto.).
En 4 de diciembre, a pluralidad de votos se informó al señor
provisor que los señores canónigos de oficio, no habían dejado de
hacer su semana aunque hubiesen estado de oficio y que consi-
guientemente no era justa la pretensión del señor magistral de no
hacer la semana que le había tocado estando de oficio. (Libro 13,
fol. 95 vto.).
En 17, a insinuación del señor provisor se dio un ornamento,
cáliz y vinageras para la capilla que se iba a erigir en una reduc-
ción de indios gentiles y vagos cerca de Río de Apure. (Libro 13,
fol. 97).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1768 409
Año de 1768.
En Io de enero, fueron electos por adjuntos los señores Chan-
tre y doctoral. (Libro particular, fol. 87).
En 15, se obedeció una real orden de 27 de octubre del año
anterior para que anualmente se remitiesen certificados del pro-
ducto del diezmo de cacao. (Libro 13, fol. 97 vto.).
En 12 de febrero, se obedeció una Real Cédula de 14 de julio,
de aquel año, dirigida al Illmo. Sor. Obispo, por quien fue comu-
nicada al Cabildo en la cual se dispone que el mismo Cabildo,
con el secular, se avisen recíprocamente para todos los actos y
funciones extraordinarias que no sean de las comunes anuales, y
que tienen día fijo. (Libro 13, fol. 98).
En 15 de abril, se dispuso que se hiciesen de nuevo tres cam-
panas de las de la torre, y otras pequeñas para el reloj, y asimismo
el construirse unas oficinas contiguas a la sacristía. (Libro 13,
fol. 98 vto.).
En 26, se acordó que se pagase de la fábrica el costo de 745
pesos que había tenido la reimpresión de las constituciones sino-
dales, y asimismo la gratificación al que la había agenciado por
encargo del Illmo. Sor. Obispo. (Libro 13, fol. 99).
En 29, se obedeció una Real Cédula de 25 de noviembre del
año anterior en que se manda al Cabildo que informe sobre las
ausencias que con motivo de las viruelas hacían los señores arce-
diano y doctoral, y sobre el percibo de sus rentas; y se acordó
que el apuntador de coro diese un certificado de lo resultante de
los cuadrantes. (Libro 13, fol. 100).
En 6 y 27 de mayo, se examinaron y aprobaron las cuentas de
los señores receptores de la cuarta capitular. (Libro 13, fol. 100 vto.).
En 7 de junio, manifestó el Cabildo estar dispuesto como
siempre a recibir la bula de la santa cruzada que se había de pu-
blicar el día 24 del corriente, y a ejecutarlo sin interés alguno.
(Libro 13, fol. 101).
En 12 de julio, se aprobaron los cuadrantes de la próxima
medianía. (Libro 13, fol. 101 vto.).
En 2 de agosto, insinuándose haber fallecido el señor Deán
Dr. Dn. Francisco de la Vega, que era juez de diezmos, se mandó
remitir a su Sría. Illma. testimonio de una Real Cédula para su
instrucción en cuanto al modo de nombramiento para este oficio.
(Libro 13, fol. ibid.).
410
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
En 19, se obedeció una Real Cédula de 21 de abril de este año,
en que refiriéndose los acaecimientos que hubo en los funerales
de la señora Reina Madre, se encarga a ambos Cabildos y al pro-
visor la paz y buena armonía y que procedan los competentes
avisos para toda función extraordinaria. (Libro 13, fol. 102 vto.).
Sigue testimonio de un auto de 29 del próximo julio, proveído
por el señor provisor y vicario general en que insinuando el estado
actual de las asistencias de los señores capitulares al coro y altar,
a causa de haber muchos enfermos, y algunos tomado recle; dis-
pone que cesasen en él, y que en adelante no se concediese a un
tiempo a tantos prebendados que faltando de la Iglesia, hubiese
de quedar ésta en menos número de siete, los tres para el altar
y los cuatro para el coro. (Libro 13, fol. 103).
En 30, presentado el real despacho en que el señor mercedario
Dn. Simón iMariano de Malpica, es promovido a la dignidad de
Tesorero, vacante por fallecimiento del señor Dr. Dn. Pedro Juan
Díaz Orgaz, el señor provisor le dio la colación y después estando
con el Cabildo en el coro le dio allí y en la sala capitular la po-
sesión con las ceremonias acostumbradas. (Libro 13, fol. 103 vto.).
En Io de diciembre, con lo dispuesto por el Illmo. Sor. Obispo
se procedió a la votación para nombramiento de juez general de
diezmos y habiendo salido electo el señor provisor Ledo. Dn. Lo-
renzo Fernández de León, racionero electo de esta Santa Iglesia,
se mandó pasar testimonio de la acta a su Sría. Illma. para su
confirmación. (Libro particular, fol. 87 vto.).
En 3, presentado el real despacho en que el señor racionero
Dn. Juan Ignacio Landaeta, es promovido a la canongía de merced;
el señor provisor le dio la colación y posesión, como al de la nota
antecedente. (Libro 13, fol. 105).
En 27, el Cabildo accedió por su parte a que se dividiesen en
más número las veredas de diezmos principal de esta ciudad y
la de Capaya. (Libro 13, fol. 106).
En Io de octubre, accedió también a la división de la vereda
de Los Altos. (Libro 13, fol. ¿bid.).
En 3, presentado el real despacho en que el señor provisor,
Ledo. Dn. Lorenzo Joseph Fernández de León es promovido a
la sobredicha ración vacante, el señor arcediano con comisión
especial del Illmo. Sor. Obispo le dio la colación y seguidamente es-
tando en el coro con el Cabildo le dio allí y en la sala capitular la
posesión con las ceremonias acostumbradas. (Libro 13, fol. 106 vto.).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1769
411
En 11, tratándose de realizar el informe mandado dar sobre
las ausencias de los señores arcediano y doctoral, y aceptada una
representación verbal que en el acto y antes de retirarse de la
sala hiciesen ambos señores: y decretándose que no debían firmar
en este acuerdo; se dispuso que según el resultado de los docu-
mentos formados y de otros que habían de formarse, se hiciese
el informe. (Libro 13, fol. 108).
No hubo otro Cabildo en este año.
Año de 1769.
En Io de enero, fueron electos por adjuntos los señores maes-
trescuela y mercedario. (Libro particular, fol. 89).
En 10, se aprobó el cuadrante de la última medianía. (Libro
13, fol. 110).
En 6 y 7 de febrero, recibido un oficio del señor Gobernador
sobre que el Cabildo nombrase diputados para inventario de los
bienes del espolio del Illmo. Sor. Dn. Diego Antonio Diez Ma-
droñera, que había muerto en Valencia, estando en su pastoral
visita, el día 3 de este mes: y atentos los documentos que asegu-
raban este acaecimiento, el Cabildo declaró la vacante de la silla
obispal: mandó tocar la sede vacante y que se hiciese el funeral
correspondiente. Y nombró para asistir al inventario en esta ciudad
al señor doctoral y en Valencia al señor racionero Dn. Lorenzo
Fernández de León. (Libro 13, fol. 111).
En 7, se recibió el certificado del entierro del dicho Illmo.
Sor. Obispo. (Libro 13, fol. 112).
En 9, fue nombrado por provisor y vicario general capitular
el señor arcediano Dr. Dn. Francisco de Tovar con toda la juris-
dicción voluntaria graciosa, sin reservación alguna. (Libro par-
ticular, fol. 90).
En 10, se señaló el día 13 para el funeral por el dicho Illmo.
Sor. Obispo, y se dispuso que por diputación de dos señores ca-
pitulares se convidase al señor Gobernador y al ilustre Ayunta-
miento y por el maestro de ceremonias a las religiones que el
pertiguero avisase de ésto a los señores capitulares ausentes: y
que se suplicase al mismo señor Gobernador por oficio el que diese
orden al albacea de su Sría. Illma. para hacer los gastos del es-
polio. (Libro 13, fol. 112 vto.).
412
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
En 11, por haberse insinuado que no había dinero para el dicho
costo se dispuso; que con anuencia del señor vicepatrono y con las
debidas reservas se hiciese por el mayordomo de fábrica. (Libro
13, fol. 113).
En 17 y 18, atendiéndose al desamparo en que quedaba el
palacio episcopal, y que era necesario hubiese quien cuidase de
él, en la sede vacante y asimismo de los archivos allí fijos y arca
de depósitos, e insinuándose también que en este tiempo de va-
cante cesaba el rédito del censo allí cargado y que tampoco no era
decente el alquilar piezas, se acordó, que prestando su consenti-
miento el señor vicepatrono real pudiese habitarlo el señor vicario
capitular. (Libro 13, fol. 113 vto.).
En 25, se dispuso que las facultades sólitas presentadas por
el señor racionero Dn. Lorenzo Fernández de León a quien las
comunicó con otras extraordinarias el Illmo. Sor. Obispo se re-
mitiesen para decretar el pase que se pedía al señor vicario capi-
tular. (Libro 13, fol. 114).
En 11 de marzo, se mandó pasar al señor vicario capitular sin
prejuicio de las facultades del Cabildo, una representación del
señor Tesorero sobre diez fallas que le había puesto el señor maes-
trescuela presidente y se dejó en el libro testimonio de ella. (Li-
bro 13, fol. 115 vto.).
En 21 de abril, se acordó que la fiesta de San Jorge que se debía
trasladar por caer en dominica, se celebrase votiva en el mismo
día, por no ser clásica la dominica, y ser fiesta dotada por el muy
ilustre Ayuntamiento desde el año de 1597, contra el gusano de las
labranzas. (Libro 13, fol. 118 vto.).
En 5 y 9 de mayo, se acordó que las cuentas de los señores
receptores se revisasen; y que al predicado del sermón del funeral
del Illmo. Sor. Obispo, que lo fue el Dr. Dn. Juan Antonio Eguia-
rreta, se le pagasen 25 pesos por el mayordomo de fábrica, al cual
se le reprendió el haber querido tasar menos. (Libro 13, fol. 119).
En 19, se mandó componer un ornamento y que se citase para
tratar de preces pro eligendo episcopo. (Libro 13, fol. 120).
En el mismo día y en el 23 tratándose de la representación del
señor racionero Ledo. Dn. Lorenzo Joseph Fernández de León,
sobre unas fallas que se le habían puesto; por último atentas
varias incidencias, se mandó pasar este asunto al señor vicario
capitular para su determinación. (Libro 13, fol. 121).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1769 413
En 2 de junio, tratándose sobre haberse denegado el señor
racionero Dn. Lorenzo Fernández de León a vestirse en la misa
de Rey, y también el señor medio racionero Dn. Manuel de Grada,
insinuando aquél haber estado en inteligencia de no ser este ves-
tuario de obligación; quedó suspensa la continuación del tratado
para otro día. (Libro 13, fol. 123 vto.).
En 6, se prosiguió y se declaró ser de la obligación de los señores
racioneros y medios, vestirse en aquellas misas. Y por lo respec-
tivo a lo representado por el dicho señor Fernández, querellándose
de agravio, se mandó citar. (Libro 14, fol. 1).
En 9, tratándose de la dicha representación y de otra remitida
en este mismo día y copiada aquí, expuesta varias ocurrencias
por los señores sufragantes se acordó, que ambas representaciones
se remitiesen al señor vicario capitular, y que se diese cuenta de
todo al Rey. (Libro 14, fol. 4).
En 16, se aprobaron las cuentas de los señores receptores de
la cuarta capitular. (Libro 14, fol. 15).
En 17, a insinuación del señor vicario capitular, se acordó que
se pusiese a censo la tercera parte del dinero existente en la arca
del tesoro y al efecto se solicitó el consentimiento del señor vice-
patrono real. (Libro 14, fol. 16).
En 20, se devolvió al señor juez de diezmos una providencia
con que comunica la vista al Cabildo de la representación de un
diezmero, por estar falta de urbanidad. (Libro 14, fol. 17).
En 26, presentado el real despacho en que el señor maestres-
cuela Dr. Dn. Joseph Lorenzo de Borges Méndez, es promovido
a la dignidad de Chantre vacante por ascenso del señor Dr. Dn.
Juan Fernández Quintana, al deanato (de que no recibió posesión
por haber fallecido) se le dio la colación con comisión del Cabildo
por el señor arcediano vicario capitular, y seguidamente la posesión
en el coro y sala capitular en la forma acostumbrada. (Libro 14,
fol. 18).
En Io de julio, semejantemente se dio colación y posesión de
la dignidad de maestrescuela al señor magistral Dr. Dn. Luis
Joseph de Vargas, en vista de su real despacho y diligencias pre-
liminares. (Libro 14, fol. 32 vto.).
En 4, recibida una Real Cédula de 17 de diciembre del año
anterior en que se manda que el Illmo. Sor. Obispo y el Cabildo
informen sobre lo representado por el señor maestrescuela acerca
de la falta de asistencia de tres catedráticos, por serlo el señor
414
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
doctoral y un cura de la Catedral en quienes se estimaba incom-
patibilidad, y por la ausencia del otro, se acordó hacerse el informe
y se denegó un señor racionero el testimonio que pidió de su con-
trario parecer y protestas. (Libro 14, fol. 26 vto.).
En 18, se reeligió por receptores de la cuarta capitular a los
señores Chantre Dr. Dn. Luis de Vargas y mercedario Dn. Juan
Ignacio Landaeta. (Libro 14, fol. 29).
Aquí mismo, se accedió a que Dn. Carlos Bertancourt, dando
competentes fianzas y fincas reconociese el capítulo de 250 pesos
perteneciente a las misas del Santísimo Cristo. (Libro 14, fol. ibid.).
En 28, se mandó hacer un fragmento de tela blanca para todos
los días y la fundición de varias campanas para la torre: y asimismo
ocurrir al Rey pidiendo el espolio del Illmo. Sor. Madroñero.
(Libro 14, fol. 30).
En 4 de agosto, recibida dos providencias del señor juez de
diezmos reparada ya la falta de urbanidad, aunque con protestas
y hechas otras de parte del Cabildo se acordó se devolviese la de
asunto de no querer pagar diezmos un esclavo para que se ventilase
el punto entre éste y el diezmero: y se accedió a la división de varias
veredas de diezmos. (Libro 14, fol. 31).
En 18, se mandaron solicitar los autos del préstamo de doce
mil pesos hecho a la real hacienda en el año de 43 para tratar
de su cobro. (Libro 14, fol. 33 vto.).
En 16, se obedeció una Real Cédula de 6 de mayo de este año,
en que se manda observar lo dispuesto en las leyes, respecto de
la ausencia que habían hecho con motivo de huir del contagio
de viruelas los señores arcediano y doctoral. (Libro 14, fol. 34).
Aquí mismo, a pluralidad de votos, se acordó que las Reales
Cédulas que viniesen dirigidas al prelado debía sacarlas y cum-
plirlas el señor vicario capitular por la plenitud de facultad con
que se había hecho su nombramiento. (Libro 14, fol. 34 vto.).
En 22 de septiembre, recibido el aviso de haber fallecido el
Illmo. Sor. Dr. Dn. Pedro Tamarón, Obispo de Durango, y hecho
el funeral a que el Cabildo estaba comprometido por especiales
circunstancias, se contestó al señor presidente que hizo la parti-
cipación. (Libro 14, fol. 38).
Aquí mismo, se dispuso que se tratase de comenzar los gastos
de provisión de la canongía magistral. (Libro 14, fol. ibid.).
En 26, se obedecieron tres Reales Cédulas; la una de 23 de
mayo de este año, para que las cuentas de fábrica se presenten
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1770
415
a los señores vicepatronos reales; otra de igual fecha, en que se
remite el breve de prorrogación de las facultades del Excmo. Sor.
Patriarca de Indias: y en otra de 28 de junio para que se infor-
mase sobre la pretensión de doña Bárbara Galindo, de entrar en
religión. (Libro 14, fol. 38 vto.).
En 6 y 10 de octubre, los señores dignidades y canónigos
iniciaron los autos de concurso a la canongía magistral. (Libro 14,
fol. 39).
En 13, se contestó al señor Gobernador estar ya inteligenciado
de la real disposición antedicha, relativa a cuentas de fábrica;
y se mandó avisar el recibo de ésta y de las otras reales cédulas.
(Libro 14, fol. 41 vto.).
En 17, se ratificó por bien hecha la remisión al señor vicario
capitular de una carta del señor Gobernador de Maracaibo, en que
se interponía para que se le diese licencia a un cura para ir allá,
y se contestó la dicha carta. (Libro 14, fol. 43).
En 17 y 21 de noviembre, se accedió a la pretensión del señor
Dn. Francisco de Ponte, que se le concediesen cuatro a seis mil
pesos del caudal de fábrica para reconocerlo como siempre que
diese competentes fianzas y fincas. (Libro 14, fol. 34 vto.).
No hubo otro Cabildo en este año.
Año de 1770.
En Io de enero, fueron electos por adjuntos los señores Teso-
rero y doctoral. (Libro particular, fol. 92).
En 20, a pluralidad de votos se acordó nombrar a Dn. Miguel
Uroza, por su grave enfermedad un teniente de secretario y de
notario de diezmos. (Libro 14, fol. 47).
En 23, se nombró para los dichos oficios a Dn. Andrés Be-
tancourt, no obstante la contradicción del señor juez de diezmos
que decía tocarle a él el nombramiento de notario de diezmos.
(Libro 14, fol. 48 vto.).
En 30 del mismo y Io de febrero, se firmó el título del teniente
secretario y notario de diezmos: se aprobó el cuadrante de la
última medianía y se acordó que Dn. Miguel de Uroza cometiese
la formación del repartimiento, ínterin estaba pendiente la com-
petencia con el señor juez de diezmos sobre nombramiento de
notario. (Libro 14, fol. 50 vto.).
416
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
En 9, reiterándose el tratado sobre el mismo teniente se sus-
pendió el acuerdo para otro acto que no fuese autorizado por él,
sino por el propietario. (Libro 14, fol. 53).
En 15 y 16, habiéndose tenido noticia privada de estar electo
Obispo de esta diócesis el Illmo. Sor. Dr. Dn. Mariano Martí,
que lo era de Puerto Rico, se acordaron varias diputaciones para
recibirlo en La Guaira, para las comidas en esta ciudad, para la
composición del palacio, y para la conducción del equipaje y fa-
milia: autorizó estos cabildos el notario Dn. Nicolás de Jáuregui.
(Libro 14, fol. 53 vto.).
En 12 de marzo, hechas algunas insinuaciones de lo ocurrido
y remediado en punto de convite y diputaciones, se acordó que en
la tarde de este día, se trajese en rogativa a Santa Rosalía, pa-
trona contra la peste y se hiciesen las dos fiestas acostumbradas
por haber muchas enfermedades; y haber hecho la petición el muy
ilustre Ayuntamiento. (Libro 14, fol. 56).
En 16, cuestionado si para el asunto que sigue, y se propuso
en este caso deba hacerse la citación por papeleta o quedar citados
los presentes y avisarse a los ausentes, no resultó acuerdo. (Libro
14, fol. 58).
En 20, tenida noticia cierta de estar electo el sobredicho Illmo.
Sor. Martí por Obispo de esta diócesis, se acordó que con previa
participación al señor Gobernador se diese un solemne general
repique de campanas, 3' que al siguiente día se cantase el Te Deum,
convidándose a las comunidades de religiosos para asistir. (Libro
14, fol. 59 vto.).
En 27, se mandaron continuar las preces por la peste hasta el
sábado de Pasión, y habiéndose tratado aquí, sobre si ya debía
ponerse en la colecta el nombre del Illmo. Sor. Obispo electo,
atentas las otras demostraciones hechas, se dispuso que se citase.
(Libro 14, fol. 60).
En 30 y 31, vistas las representaciones del Dr. Dn. Miguel de
Uroza, querellándose del señor vicario capitular y habiéndose
retirado de la sala espontáneamente este mismo señor después de
expuestos los derechos de tal vicario capitular en el caso, se acordó
a pluralidad de votos haber lugar el recurso de recusación; y que
para examinar las causas se trajesen los autos a la sala y que
entre tanto no innovase el dicho señor vicario. (Libro 14, fol. 62
duplicado).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1770
417
En 3 de abril, a pluralidad de votos se mandó poner en libertad
al dicho Dr. Uroza bajo de caución y juratoria, se hubo por recu-
sado al señor vicario capitular, y se cometió la causa al señor
doctoral, y al Dr. Dn. Bernardo Rodríguez de Valenzuela: y que
se participase con la debida urbanidad al mismo señor vicario.
(Libro 14, fol. 67 vto.).
En 7, se obedeció una Real Cédula de 9 de diciembre del año
anterior en que se manda observar otra inserta en ella de 18 de
octubre de 1767 renovando las penas impuestas a los Jesuitas
y a los que les diesen auxilios o no diesen cuenta de lo que su-
piesen: y se acordó pasarla original quedando testimonio, al señor
vicario capitular para la debida ejecución. (Libro 14, fol. 70).
Aquí mismo se obedeció otra Real Cédula de 14 de enero de
este año, en que se manda informar al Cabildo sobre la pretensión
de fundarse convento de San Francisco en La Guaira, y se mandó
citar para hacer el informe. (Libro 14, fol. 71 vto.).
También se trató de la causa del Dr. Uroza y se mandó citar:
y por lo respectivo a la entrega que él mismo y su hermano como
herederos del secretario Dn. Miguel de Uroza debían hacer de lo
que estaba en su poder perteneciente a esta secretaría, se sus-
pendió hasta otro Cabildo, y que entretanto se hiciese cargo de
las llaves de dos cajas el notario Jáuregui que estaba actuando.
(Libro 14, fol. 73).
En 24, se acordó dar traslado de la apelación del fiscal al
Dr. Uroza que la entrega de papeles que estaban en poder de los
herederos del secretario difunto los recibiese el notario Jáuregui;
y se diputaron dos señores capitulares para el informe de con-
vento de San Francisco en La Guaira. (Libro 14, fol. 73 vto.).
Aquí mismo, se obedeció una Real Cédula sobre recibimiento
de la bula de la santa cruzada y en su vista y de oficio del señor
comisario quedó el Cabildo al cumplimiento de todo lo que le
tocaba. (Libro 14, fol. 75 vto.).
En 27, del mismo y 4 de mayo, se nombraron revisores para el
examen de las cuentas de los señores receptores de la cuarta.
(Libro 14, fol. 75 vto.).
En 8, mandaron hacer varios utensilios de la Iglesia y orna-
mentos: y blanquear las paredes, precediendo consentimiento del
señor vicepatrono real. (Libro 14, fol. 77).
En 18, se acordó comunicar al Cabildo todas su facultades al
Illmo. Sor. Obispo electo, luego que llegase a La Guaira, y que
28 — Actai. 1.
418
FUENTES I-ARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
se le participase por los señores comisionados. (Libro 14,
fol. 78).
Aquí mismo, se mandó hacer citación para otros dos asuntos
por el señor capitular más digno que estuviese en la ciudad, por
estar fuera de ella el señor arcediano y hallarse vacante el deanato.
(Libro 14, fol. 78 vto.).
En 25, por renuncia hecha por el señor penitenciario, se nombró
por consiliario del seminario al señor Chantre Dr. Dn. Joseph
Lorenzo de Borges Méndez. (Libro 14, fol. 80).
También se acordó aquí: se pasase a los señores receptores
de la cuarta una petición de los herederos de Dn. Miguel de Uroza,
sobre el pago de 516 pesos que suplió en un repartimiento. (Libro
14, fol. 80 vto.).
En 29, se aprobaron las cuentas de los dichos señores recep-
tores y se dieron varias disposiciones para el pago de algunas can-
tidades, y se suplicó a los mismos señores continuasen por otro
trienio, no obstante la renuncia que habían hecho. (Libro 14,
fol. 81).
Aquí mismo, tratándose sobre algunas ausencias del señor
vicario capitular sin participación al Cabildo y especialmente en
la última hecha al puerto de La Guaira, no obstante que era comi-
sionado para el recibimiento de su Sría. Illma. dejando comisionado
al señor maestrescuela, se acordó que a éste se le subsanase la
jurisdicción de parte del Cabildo y que se avisase por carta a
aquél, y para acordar en este punto de participación se citase.
(Libro 14, fol. 82).
En Io de junio, se aceptó una escritura de aseguramiento de
una deuda de la cuarta capitular, y se mandó pasar a los señores
receptores para su cobro. (Libro 14, fol. 84).
Aquí mismo, se nombró al señor medio racionero Dr. Dn. Juan
de Mendoza por receptor de la cuarta capitular por haber instado
el señor mercedario se le admitiese la renuncia. (Libro 14, fol. ibid.).
En 15, estando ya en esta ciudad el Illmo. Sor. Dr. Dn. Mariano
Martí, presentada al Cabilto la Real Cédula de 9 de octubre de
1769 en que se encarga se le entregue el gobierno mientras recibía
las bulas; se obedeció llanamente, y se acordó participarlo al señor
Gobernador. (Libro 14, fol. 85).
En 3 de julio, presentado el cuadrante de la primera medianía
por Dn. Francisco Quintana apuntador del coro; se nombraron
dos señores capitulares que lo revisasen. (Libro 14, fol. 86).
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1770 4 1 9
En 6, admitida la renuncia que hacía del empleo de receptor
el señor Chantre se mandó citar para nuevo nombramiento. (Li-
bro 14, fol. 86 vto.).
También se aprobó el cuadrante, corregidos algunos errores,
y aunque reclamó el señor racionero Fernández contra las licencias,
patitur y recles del señor arcediano, y pidió testimonio de este
Cabildo o de su voto, se le denegó. (Libro 14, fol. 87).
En 13, se nombró por receptor al señor doctoral Dr. Dn. Fran-
cisco de Ibarra, y se admitió a este mismo señor la renuncia del
oficio de colector de manuales. (Libro 14, fol. 88).
En 14 de agosto, se obedecieron las bulas y real ejecutorial
despachadas a favor del Illmo. señor Dr. Dn. Mariano Martí,
para posesionarse de este obispado, y se acordó que se le diese
el día y hora que eligiese su Sría. Illma. (Libro 14, fol. 89).
En el mismo día por la tarde se dio la posesión al dicho Illmo.
Sor. Obispo, viniendo procesionalmente desde la Iglesia del ora-
torio de San Felipe Neri; y después de hechas las ceremonias
correspondientes en el altar mayor fue conducido al coro, donde
se le dio en la silla competente, y seguidamente en la sala capitular.
(Libro 14, fol. 90 vto.).
Sigue testimonio de las bulas expedidas por el señor Clemente
XIII en Santa María la Mayor de Roma a 23 de enero de 1769;
mas se conoce ser error de pluma, y que debe ser 1770, así porque
en aquella fecha aún no había muerto el señor Obispo, antecesor,
como porque el certificado de las mismas bulas es dado en 7 de
febrero de 1770. (Libro 14, fol. 91 vto.).
En 22, presentado el real despacho en que el señor Chantre
Dr. Dn. Joseph Lorenzo de Borges Méndez, es promovido a la
dignidad de Deán, vacante por fallecimiento del señor Dr. Dn.
Juan Fernández Quintana (quien no recibió posesión) el Illmo.
Sor. Obispo le dio la colación despachando título en forma con
la expresión de imponerle bonete en el mismo acto, y después
estando su Sría. Illma. con el Cabildo en el coro le dio la po-
sesión allí y en la sala capitular con las ceremonias acostumbradas,
habiéndose añadido a la publicación del real despacho la del título
de colación. (Libro 14, fol. 94 vto.).
En 29, se obedeció una Real Cédula de 21 de febrero de este
año, dirigida al Cabildo, en que atentas las disenciones que había
habido con el señor racionero Ledo. Dn. Lorenzo Joseph Fer-
nández de León, se encarga y manda guardar la debida tran-
420
FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA
quilidad y armonía; y después de dos votaciones sobre la llana
ejecución de lo mandado, por último quedó en suspenso lo pedido
y protestando por el dicho señor racionero, suponiendo falso el
informe que motivó esta real resolución. (Libro 14, fol. 97 vto.).
En 31, presentado el real despacho, en que el señor maestres-
cuela Dr. Dn. Luis Joseph de Vargas, es promovido a la dignidad
de Chantre, se le dio la colación y posesión por el Illmo. Sor.
Obispo, del mismo modo que le fue dada al señor Deán. (Libro
14, fol. 100).
En 13 de septiembre, se mandó a los opositores a la canongía
magistral que presentasen los títulos de sus grados. Y debe adver-
tirse porque no se extraña la falta, que muy rara vez se ha exten-
dido acuerdo en los libros sobre canongías, sino que todos se
escriben en los autos de sus respectivos concursos. (Libro 14,
fol. 103).
Sigue otro auto sobre el escrito presentado por uno de los
opositores sobre que a otro se le mandase deducir acertó; pues
proponía toda la teología; y se mandó pasar al Illmo. Sor. Obispo.
(Libro 14, fol. 104).
En 8 de octubre, habiéndose suplicado verbalmente por el
reverendo padre provincial de San Francisco, que el Cabildo
informase a su reverendísimo comisario de Indias, sobre el estado
de esta provincia religiosa se acordó a pluralidad de votos que lo
representase por escrito. (Libro 14, fol. 104 vto.).
En 15, se acordó a pluralidad de votos hacerse el informe y
sigue testimonio del memorial presentado por el reverendo padre
provincial y de un documento que presentó. (Libro 14, fol. 107).
En 19, se nombró por colector de manuales al señor racionero
Dr. Dn. Domingo Hermoso de Mendoza. (Libro 14, fol. 112).
En 29, se acordó que se comprasen o hiciesen de nuevo los dos
órganos de la tribuna: que en los días de solemnidad el maestro
de capilla solicitase músicos que la ayudasen: que se comprasen
unos papeles de misas de canto Gregoriano para el coro: que se
le pusiese una ventana al bautisterio, por haber quedado obscu-
recido con un corredor contiguo: se le hiciese una alacena, y se
adornase la imagen que allí está colocada: que se hiciesen algunos
aposentos en el solar del cementerio para custodia de muebles
y de materiales para la torre; y también un lugar común, y que
se techase el hueco que había entre las capillas de San Nicolás y
Nuestra Señora del Pilar: que se pusiese un crucifijo con respaldo
ACTAS DEL CABILDO ECLESIASTICO DE CARACAS - AÑO 1770
421
en el pulpito, y otros pequeños en los altares, una ventana en la
capilla de San Jorge, y se hiciese nuevo altar de San Liborio: que
se hiciese adorno de plata a la ampolleta de medir tiempo en los
sermones, nueva campana para los cuartos del reloj, un dosel
para silla episcopal, pabellón para el sagrario del altar mayor,
alfombra grande para el presbiterio y una colgadura, precediendo
anuencia del señor vicepatrono real. (Libro 14, fol. 103).
No hubo otro Cabildo en este año.
FE DE ERRATA
Pág. Línea Dice Léase
27 11 cuarentena cuaresma
52 8 impresión imposición
55 22 perdiguero pertiguero
63 35 exhibido eximido
63 39 Agregar al final: (Libro I, f° 190).
66 37 observaciones obvenciones
69 4 juró puso
102 1 solemnemente solamente
102 27 pacistol facistol
INDICE
Estudio preliminar
Nota preliminar .
Año de 1580 2
Año de 1582 5
Año de 1583 7
Año de 1584 9
Año de 1585 9
Año de 1586 11
Año de 1587 11
Año de 1588 13
Año de 1589 14
Año de 1590 14
Año de 1592 16
Año de 1593 18
Año de 1594 20
Año de 1595 21
Año de 1596 21
Año de 1597 23
Año de 1598 23
Año de 1599 26
Año de 1600 28
Año de 1601 31
Año de 1602 32
Año de 1603 34
Año de 1604 36
Año de 1605 37
Año de 1606 40
Año de 1607 44
Año de 1608 48
XI
1
Año de 1609 51
Año de 1610 53
Año de 1611 56
Año de 1612 57
Año de 1613 59
Año de 1614 61
Año de 1615 62
Año de 1616 64
Año de 1617 67
Año de 1618 68
Año de 1619 71
Año de 1620 74
Año de 1621 75
Año de 1622 76
Año de 1623 76
Año de 1624 81
Año de 1625 83
Año de 1626 85
Año de 1627 87
Año de 1628 88
Año de 1629 90
Año de 1630 91
Año de 1631 92
Año de 1632 93
Año de 1633 96
Año de 1634 99
Año de 1635 99
426
INDICE
Año de
1 (>"><>
100
no de
Ano de
1637
102
A ño op
Ano de
1638 .
105
Año de
Año <le
1639
107
A ño de
Año de
1640
109
Año OP
Año de
1641
111
Año dp
í 111'' uc
Año de
1642
113
Año dp
11 no uc
Año de
1643
1 14
A ño de
Ano de
1644
1 14
A ño de
Año de
1645
114
Año op
A ño de
1646
||5
^Vño de
Año de
1647
U6
Año de
A ño de
1648
117
Año de
Año de
1649
117
Año dr
* ■ 1 Hf UC
Año de
1650
117
Año dp
/mu u c
Año de
1651
117
Año dp
. i l ■ ' uc
Año de
1652
118
Año de
Año de
1653
118
Año de
A ño de
1654
1 20
Año de
Año de
1655
120
Año de
Año de
1656
121
Año op
. l 1 1 1 ' uc
Año de
1657
122
A ño dp
- 1 1 1 w u c
Año de
1658
123
A ño op
n 1 1 U UC
Año de
1659
125
Ano de
Año de
1660
128
Año dp
i Ü1W uc
Año de
1661
129
Año de
Año de
1662
132
Año de
Año de
1663
133
Año op
i 111W uc
Ano de
1664
134
Año op
- 1 1IU u c
Año í p
1665
136
Año op
•MI1 UC
Año de
1666
137
Año op
.111 1 uc
Año op
1667
139
Año op
i LIIU UC
Año de
1668
140
Año op
i 111U uc
Año de
1669
141
Año dp
i mu uc
Año op
i 111U
1670
144
Año op
illlU uc
Año de
1671
146
Año op
i 111U uc
Año nP
1672
150
Año op
i mu uc
Año dp
"Vil1' Ut
1673
153
Año op
i 1 1 1 1 1 uc
Año op
illiU
1674
155
A.ño de
Año de
1675
159
Año op
* 1 1 1 w UC
Año op
. 111W tic
1676
160
A.ño de
A.ño de
1677
161
Año o p
¿1.1 1 u uc
Ano de
Ano de
Año de
1679
164
Año de
Año de
1680
165
Año de
Año de
1681
166
Año de
Año de
1682
169
Año de
Año de
1683
176
Año de
684 179
685 182
686 183
687 184
688 185
689 188
690 191
691 193
692 194
693 196
694 197
695 197
696 198
697 200
698 202
699 203
700 204
701 209
702 210
703 212
704 214
705 215
706 215
707 218
708 220
709 223
710 224
711 227
712 229
713 233
714 234
715 236
716 239
717 240
718 242
719 244
720 246
721 249
722 256
723 259
724 262
725 266
726 270
727 275
728 280
729 283
730 287
731 290
INDICE
427
Año de 1732 293
Año de 1733 296
Año de 1734 297
Año de 1735 300
Año de 1736 302
Año de 1737 304
Año de 1738 307
Año de 1739 312
Año de 1740 318
Año de 1741 321
Año de 1742 326
Año de 1743 330
Año de 1744 334
Año de 1745 336
Año de 1746 339
Año de 1747 342
Año de 1748 345
Año de 1749 349
Año de 1750 353
Año de 1751 356
Año
de
1752
359
Año
de
1753
361
Año
de
1754
364
Año
de
1755
369
Año
de
1756
372
Año
de
1757
377
Año
de
1758
380
Año
de
1759
384
Año
de
1760
387
Año
de
1761
393
Año
de
1762
396
Año
de
1763
398
Año
de
1764
....... 399
Año
de
1765
401
Año
de
1766
404
Año
de
1767
405
Año
de
1768
409
Año
de
1769
411
Año
de
1770
415
SE TERMINO DE IMPRIMIR ESTE LIBRO,
REALIZADO EN LOS TALLERES DE
ITALGRAFICA, C. A., CARACAS,
EN EL MES DE NOVIEMBRE DE 1963
6298 K 35611
11-02-00 32180 MC lll
1 1012 01223 8582